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GRAN MISIÓN VIVIENDA
PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES
DEL SECTOR UNIVERSITARIOS

LINEAMIENTOS METODOLÓGICOS

Cumpliendo con el Plan de la Patria, legado de nuestro Comandante
Supremo Hugo Chávez, y como parte de la Gran Misión Vivienda
Venezuela, el Presidente Nicolás Maduro Moros promueve la Gran
Misión Vivienda Venezuela Obrera como iniciativa para activar la
inclusión del pueblo trabajador que requiere vivienda.
Por tal motivo, la I Convención Colectiva Única de los Trabajadores y
Trabajadoras

del

Sector

Universitario,

garantiza

a

todas

las

trabajadoras y trabajadores universitarios, con al menos un 1 año de
antigüedad en la institución de adscripción y que aún no posean
vivienda principal, tengan la oportunidad de acceder a ella mediante
el fortalecimiento de la organización colectiva, la identificación y
puesta a disposición de su potencial disponible, y el trabajo conjunto
con las instituciones del Gobierno Revolucionario. También, tendrán
las mismas oportunidades

los trabajadores y trabajadoras que ya

posean vivienda principal y que necesiten remodelarla, repararla o
ampliarla, dándoles acceso al programa de la GMVV.
Los aspectos a considerar son:


La organización de los colectivos de trabajadores y trabajadoras.



Identificación de potencialidades de cada colectivo.



Identificación de las necesidades de cada colectivo.



Identificación de esquema de gestión a aplicar con base en las
potencialidades y las necesidades del colectivo.

1. ORGANIZACIÓN DE LOS COLECTIVOS DE TRABAJADORES

UNIVERSITARIOS
1.1

Los trabajadores y trabajadoras que requieran adquirir,
remodelar, ampliar o reparar su vivienda principal, deberán
estar adscritos a una institución de Educación Universitaria,
tener al menos un año de antigüedad, ser cotizantes al Fondo
de Ahorro Obligatorio para Vivienda (FAOV), y la institución
estar solvente con ese Fondo.

1.2

La

organización

inicial

del

grupo

de

trabajadores

y

trabajadoras será conducida por el Comité Promotor de
Vivienda, que se encargará única y exclusivamente de llevar a
cabo la asamblea de trabajadores o trabajadoras que no
posean vivienda principal, y estará integrado por hasta seis
(06)

voceros

y

voceras

que

formen

parte

de

las

Organizaciones Sindicales Signatarias y Adherentes de la I
Convención Colectiva Única del Sector Universitario y las
Asociaciones de Profesores que cumplan con los requisitos
establecidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, que
hagan vida activa en las Instituciones de Educación
Universitaria; y el representante del Ministerio del poder
Popular para la Educación Universitaria (MPPEU). Los
miembros de este Comité Promotor, pueden formar parte del
Comité de Vivienda de cada IEU, siempre y cuando cumplan
con las cualidades exigidas para ello.
1.3

La Dirección de Personal y/o Talento Humano de cada
Institución de Educación Universitaria (IEU), tendrá como
responsabilidad facilitar todo lo requerido por el Equipo
Promotor y el Comité de Vivienda Institucional.

1.4

Una

vez

realizada

la

Asamblea

de

Trabajadores

y

Trabajadoras, para la conformación del Comité de Vivienda
en cada Institución de Educación Universitaria, estos Comité
Promotores cesarán en sus funciones.
1.5

Conformados los Comité de Vivienda en cada Institución de
Educación Universitaria, estos se encargarán de recabar en el
censo físico y posteriormente en un archivo digital, los datos
socio-económicos

de

cada

trabajadora

o

trabajador

universitario, tales como: nombre completo de la jefa o jefe de
familia, cédula de identidad, número telefónico de contacto,
lugar y condición de habitación, además los datos de los
miembros del grupo familiar, identificando nombre completo,
cédula de identidad, fecha de nacimiento e ingresos de cada
uno de los integrantes del núcleo familiar, entre otros (anexo
planilla de datos socio-económicos).
1.6

Este archivo, validado por el Comité de Vivienda Institucional,
será consignado ante la Comisión Nacional de Vivienda, para
que conjuntamente con el MPPEU y el MPPVH se verifiquen
los datos en el Registro Nacional de Vivienda de la GMVV,
realizado en el año 2011, y 0800MIHOGAR. De esta manera,
garantizar que ninguno de los solicitantes haya recibido apoyo
en materia habitacional, ni posea vivienda propia.

1.7

Con la información sistematizada, las familias de trabajadores
(as) provenientes de diferentes instituciones universitarias, se
organizarán

en

grupos

de

hasta

200

familias

para

conformarse en Asambleas de Viviendo Venezolanos. Cada
asamblea tendrá un código de identificación y se vinculará
con un terreno o proyecto habitacional específico.
1.8

En aquellas instituciones universitarias donde la población de
trabajadoras y trabajadores que requieran vivienda principal
sea menor a 200, podrán agruparse con otras Instituciones de
Educación Universitaria adyacentes a esta o proyectos que se
estén desarrollando en el marco de la GMVV.

2 IDENTIFICACIÓN DE POTENCIALIDADES DE CADA
COLECTIVO.
2.1.1 Los colectivos de trabajadores organizados en Comité de
Vivienda Institucional, en conjunto con sus instituciones de
adscripción, y en concordancia con la Comisión Nacional
de Vivienda del Sector Universitario más el apoyo del
Órgano

Estadal

de

Vivienda,

evaluarán

sus

potencialidades en las siguientes áreas:
2.1.2 Terrenos aptos para construir, bien sean de la institución
universitaria, donaciones, adquiridos por los trabajadores,
o propuestos para adquirir.
2.1.3 Proyecto urbano y de edificaciones. Si tuvieren terreno,
evaluar la posibilidad de elaborar el proyecto urbano y de
edificaciones, siguiendo los lineamientos de la Gran Misión
Vivienda Venezuela, establecidos en la Resolución N° 89
del 23/07/13, publicada en Gaceta Oficial N° 40.215 del
26/07/13, bien sea con financiamiento de los trabajadores
u otra fuente.
2.1.4 Financiamiento. El Comité de Vivienda Institucional, en
conjunto evaluarán las capacidades financieras de cada
familia, tanto para aportar como para desarrollar las
construcciones; tomando en cuenta sus disponibilidades en
el Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda, en caja de
ahorro si la tuvieran, los aportes directos que cada
trabajador tenga a bien realizar en acuerdo con el
empleador

y/o

las

deudas

institucionales

con

los

trabajadores que pudieran saldarse con aportes al
proyecto; y de esta manera definir las posibilidades reales
de asumir los créditos a largo plazo para adquirir su
vivienda.
2.1.5 Materiales, equipos y maquinarias disponibles. En los
casos en los que los comité

o las instituciones

universitarias tengan posibilidad de poner a disposición
algún rubro específico, sin afectar en absoluto la
operatividad de las instituciones, podrán hacerlo para
aportar al proyecto.
2.1.6 Aporte de experiencia de los integrantes de cada
asamblea de Comité de Vivienda de cada Institución
Universitaria Viviendo Venezolanos en materia de
planificación,
Aquellos

proyección

integrantes

con

y

ejecución

formación,

de

obras.

capacidades

y

disponibilidad que puedan participar en las diversas
actividades, serán de mucho provecho para llevar a cabo
los proyectos y para fortalecer la organización popular,
independientemente que posea vivienda principal.
3 IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES DE CADA COLECTIVO.
3.1

Terrenos. Si el Comité de Vivienda de las IEU no pudieran
aportar terrenos aptos para construir, desde la GMVV se
podrán asociar los trabajadores a terrenos, proyectos u obras
en ejecución.

3.2

Proyecto Urbano y de Edificaciones. Si tuvieren terreno
disponible y apto, pero no proyecto o recursos suficientes
para elaborarlo, desde la GMVV se podrá apoyar para realizar
estudios y proyectos urbanos, además se proveerá de
proyectos de edificaciones disponibles para ser aplicados en
esos terrenos.
3.3

Financiamiento. Una vez definido el proyecto y determinada
la capacidad financiera del colectivo, se evaluará la
posibilidad de financiar la construcción del proyecto mediante
un crédito a corto plazo con recursos de la banca pública o
privada, de no ser posible, desde el Órgano Superior de
Vivienda (OSV) se solicitará al Presidente de la República los
recursos faltantes, en cuyo caso el OSV asignará 30% de las
viviendas a construir con base en el Registro Nacional de
Vivienda. Durante la construcción de la obra, se determinará
la capacidad de pago de cada familia para tramitar sus
créditos, a largo plazo, para la adquisición de su vivienda.

3.4

Materiales, equipos y maquinarias necesarios. En los
casos en que los trabajadores o su empleador no tengan
posibilidad de poner a disposición algunos de estos rubros, se
proveerán desde CONSTRUPATRIA y se cancelarán a
precios justos.

3.5

Disponibilidad de Trabajadores. Si el colectivo no dispone
de trabajadores que puedan integrarse al desarrollo del
proyecto, desde el Órgano Superior de Vivienda, mediante los
diferentes entes ejecutores, dispondrán de los profesionales,
técnicos y obreros necesarios, quienes serán remunerados de
manera justa.
4. ESQUEMA DE GESTIÓN A APLICAR.
4.1. Los terrenos seleccionados. Estos deberán contar con
factibilidad de todos los servicios y serán evaluados por los
equipos técnicos de la Vicepresidencia para el Desarrollo
Territorial y el Instituto Nacional de Tierras Urbanas, con el
apoyo del Órgano Estadal de Vivienda correspondiente. Los
estudios topográficos y de suelos serán realizados por estas
instituciones y su costo de ejecución será imputado al costo
total de la obra.
4.2. Proyecto

urbano.

Será

elaborado

por

instancias

seleccionadas por el Órgano Superior de Vivienda, sus
características serán acordes con los lineamientos de la
GMVV. El costo será imputado al costo total de la obra.
4.3. Proyecto de edificaciones. Podrá ser aportado por la GMVV
al colectivo, basado en los prototipos constructivos que a
través de los distintos ejecutores se tienen disponibles. Caso
contrario, será elaborado por instancias seleccionadas por el
Órgano Superior de Vivienda y sus características serán
acordes con los lineamientos de la GMVV. El costo será
imputado al costo total de la obra.
4.4. Financiamiento. El costo de la obra se determinará con base
en el proyecto y debe estar dentro de los montos fijados por
el Órgano Superior de Vivienda. De forma conjunta con los
trabajadores, se diseñarán formas de financiamiento, a través
de fondos propios como: cajas de ahorro, prestaciones
sociales, ahorros, financiamiento público o de la banca
privada,

o

aportes

del

sector

público,

estableciendo

claramente plazo e intereses de los créditos a corto plazo
para la construcción.
4.5. Ejecución de obra. El Órgano Superior de Vivienda
seleccionará el ejecutor responsable de la obra, bien sea de
carácter nacional, estadal o municipal, que contratará la
construcción

con

gerencias

técnicas

y

brigadas

de

construcción o con empresas constructoras, que con base en
el proyecto presentarán presupuesto y cronograma de
ejecución para darlo a conocer al colectivo universitario. Una
vez iniciada la obra, el seguimiento y supervisión será igual al
resto de las obras de la GMVV.
4.6. Asignación de viviendas. Una vez conformada la Asamblea
de Comité de Vivienda Institucional, elaborado el proyecto e
iniciada la construcción, se hará la selección del orden de
asignación, de acuerdo a criterios de necesidad, mediante
acuerdos en asamblea, con participación del Órgano Estadal
de Vivienda, para que cada familia sepa en qué etapa del
proyecto será atendido y qué vivienda específica le
corresponde, en qué precio le será vendida y cuáles serán las
condiciones de pago.
4.7. Entrega de las viviendas. Una vez concluidas las viviendas,
aprobado el crédito a largo plazo y protocolizado el
documento de compra-venta, se hará entrega de las
viviendas a las familias beneficiadas.
4.8. Aquellos trabajadores y trabajadoras que no quieran
optar por una vivienda a través del proyecto, podrán
solicitar los aportes necesarios a través del FAOV o cualquier
otro mecanismo que disponga la Comisión Nacional de
Vivienda.
4.9. Aquellos aspectos que no estén contemplados en este
instrumento o causen dudas, serán dirimidos en la
Comisión Nacional de Vivienda del Sector Universitario.

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  • 1. GRAN MISIÓN VIVIENDA PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DEL SECTOR UNIVERSITARIOS LINEAMIENTOS METODOLÓGICOS Cumpliendo con el Plan de la Patria, legado de nuestro Comandante Supremo Hugo Chávez, y como parte de la Gran Misión Vivienda Venezuela, el Presidente Nicolás Maduro Moros promueve la Gran Misión Vivienda Venezuela Obrera como iniciativa para activar la inclusión del pueblo trabajador que requiere vivienda. Por tal motivo, la I Convención Colectiva Única de los Trabajadores y Trabajadoras del Sector Universitario, garantiza a todas las trabajadoras y trabajadores universitarios, con al menos un 1 año de antigüedad en la institución de adscripción y que aún no posean vivienda principal, tengan la oportunidad de acceder a ella mediante el fortalecimiento de la organización colectiva, la identificación y puesta a disposición de su potencial disponible, y el trabajo conjunto con las instituciones del Gobierno Revolucionario. También, tendrán las mismas oportunidades los trabajadores y trabajadoras que ya posean vivienda principal y que necesiten remodelarla, repararla o ampliarla, dándoles acceso al programa de la GMVV.
  • 2. Los aspectos a considerar son:  La organización de los colectivos de trabajadores y trabajadoras.  Identificación de potencialidades de cada colectivo.  Identificación de las necesidades de cada colectivo.  Identificación de esquema de gestión a aplicar con base en las potencialidades y las necesidades del colectivo. 1. ORGANIZACIÓN DE LOS COLECTIVOS DE TRABAJADORES UNIVERSITARIOS 1.1 Los trabajadores y trabajadoras que requieran adquirir, remodelar, ampliar o reparar su vivienda principal, deberán estar adscritos a una institución de Educación Universitaria, tener al menos un año de antigüedad, ser cotizantes al Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda (FAOV), y la institución estar solvente con ese Fondo. 1.2 La organización inicial del grupo de trabajadores y trabajadoras será conducida por el Comité Promotor de Vivienda, que se encargará única y exclusivamente de llevar a cabo la asamblea de trabajadores o trabajadoras que no posean vivienda principal, y estará integrado por hasta seis (06) voceros y voceras que formen parte de las Organizaciones Sindicales Signatarias y Adherentes de la I Convención Colectiva Única del Sector Universitario y las Asociaciones de Profesores que cumplan con los requisitos
  • 3. establecidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, que hagan vida activa en las Instituciones de Educación Universitaria; y el representante del Ministerio del poder Popular para la Educación Universitaria (MPPEU). Los miembros de este Comité Promotor, pueden formar parte del Comité de Vivienda de cada IEU, siempre y cuando cumplan con las cualidades exigidas para ello. 1.3 La Dirección de Personal y/o Talento Humano de cada Institución de Educación Universitaria (IEU), tendrá como responsabilidad facilitar todo lo requerido por el Equipo Promotor y el Comité de Vivienda Institucional. 1.4 Una vez realizada la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras, para la conformación del Comité de Vivienda en cada Institución de Educación Universitaria, estos Comité Promotores cesarán en sus funciones. 1.5 Conformados los Comité de Vivienda en cada Institución de Educación Universitaria, estos se encargarán de recabar en el censo físico y posteriormente en un archivo digital, los datos socio-económicos de cada trabajadora o trabajador universitario, tales como: nombre completo de la jefa o jefe de familia, cédula de identidad, número telefónico de contacto, lugar y condición de habitación, además los datos de los miembros del grupo familiar, identificando nombre completo, cédula de identidad, fecha de nacimiento e ingresos de cada
  • 4. uno de los integrantes del núcleo familiar, entre otros (anexo planilla de datos socio-económicos). 1.6 Este archivo, validado por el Comité de Vivienda Institucional, será consignado ante la Comisión Nacional de Vivienda, para que conjuntamente con el MPPEU y el MPPVH se verifiquen los datos en el Registro Nacional de Vivienda de la GMVV, realizado en el año 2011, y 0800MIHOGAR. De esta manera, garantizar que ninguno de los solicitantes haya recibido apoyo en materia habitacional, ni posea vivienda propia. 1.7 Con la información sistematizada, las familias de trabajadores (as) provenientes de diferentes instituciones universitarias, se organizarán en grupos de hasta 200 familias para conformarse en Asambleas de Viviendo Venezolanos. Cada asamblea tendrá un código de identificación y se vinculará con un terreno o proyecto habitacional específico. 1.8 En aquellas instituciones universitarias donde la población de trabajadoras y trabajadores que requieran vivienda principal sea menor a 200, podrán agruparse con otras Instituciones de Educación Universitaria adyacentes a esta o proyectos que se estén desarrollando en el marco de la GMVV. 2 IDENTIFICACIÓN DE POTENCIALIDADES DE CADA COLECTIVO. 2.1.1 Los colectivos de trabajadores organizados en Comité de Vivienda Institucional, en conjunto con sus instituciones de
  • 5. adscripción, y en concordancia con la Comisión Nacional de Vivienda del Sector Universitario más el apoyo del Órgano Estadal de Vivienda, evaluarán sus potencialidades en las siguientes áreas: 2.1.2 Terrenos aptos para construir, bien sean de la institución universitaria, donaciones, adquiridos por los trabajadores, o propuestos para adquirir. 2.1.3 Proyecto urbano y de edificaciones. Si tuvieren terreno, evaluar la posibilidad de elaborar el proyecto urbano y de edificaciones, siguiendo los lineamientos de la Gran Misión Vivienda Venezuela, establecidos en la Resolución N° 89 del 23/07/13, publicada en Gaceta Oficial N° 40.215 del 26/07/13, bien sea con financiamiento de los trabajadores u otra fuente. 2.1.4 Financiamiento. El Comité de Vivienda Institucional, en conjunto evaluarán las capacidades financieras de cada familia, tanto para aportar como para desarrollar las construcciones; tomando en cuenta sus disponibilidades en el Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda, en caja de ahorro si la tuvieran, los aportes directos que cada trabajador tenga a bien realizar en acuerdo con el empleador y/o las deudas institucionales con los trabajadores que pudieran saldarse con aportes al proyecto; y de esta manera definir las posibilidades reales
  • 6. de asumir los créditos a largo plazo para adquirir su vivienda. 2.1.5 Materiales, equipos y maquinarias disponibles. En los casos en los que los comité o las instituciones universitarias tengan posibilidad de poner a disposición algún rubro específico, sin afectar en absoluto la operatividad de las instituciones, podrán hacerlo para aportar al proyecto. 2.1.6 Aporte de experiencia de los integrantes de cada asamblea de Comité de Vivienda de cada Institución Universitaria Viviendo Venezolanos en materia de planificación, Aquellos proyección integrantes con y ejecución formación, de obras. capacidades y disponibilidad que puedan participar en las diversas actividades, serán de mucho provecho para llevar a cabo los proyectos y para fortalecer la organización popular, independientemente que posea vivienda principal. 3 IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES DE CADA COLECTIVO. 3.1 Terrenos. Si el Comité de Vivienda de las IEU no pudieran aportar terrenos aptos para construir, desde la GMVV se podrán asociar los trabajadores a terrenos, proyectos u obras en ejecución. 3.2 Proyecto Urbano y de Edificaciones. Si tuvieren terreno disponible y apto, pero no proyecto o recursos suficientes
  • 7. para elaborarlo, desde la GMVV se podrá apoyar para realizar estudios y proyectos urbanos, además se proveerá de proyectos de edificaciones disponibles para ser aplicados en esos terrenos. 3.3 Financiamiento. Una vez definido el proyecto y determinada la capacidad financiera del colectivo, se evaluará la posibilidad de financiar la construcción del proyecto mediante un crédito a corto plazo con recursos de la banca pública o privada, de no ser posible, desde el Órgano Superior de Vivienda (OSV) se solicitará al Presidente de la República los recursos faltantes, en cuyo caso el OSV asignará 30% de las viviendas a construir con base en el Registro Nacional de Vivienda. Durante la construcción de la obra, se determinará la capacidad de pago de cada familia para tramitar sus créditos, a largo plazo, para la adquisición de su vivienda. 3.4 Materiales, equipos y maquinarias necesarios. En los casos en que los trabajadores o su empleador no tengan posibilidad de poner a disposición algunos de estos rubros, se proveerán desde CONSTRUPATRIA y se cancelarán a precios justos. 3.5 Disponibilidad de Trabajadores. Si el colectivo no dispone de trabajadores que puedan integrarse al desarrollo del proyecto, desde el Órgano Superior de Vivienda, mediante los diferentes entes ejecutores, dispondrán de los profesionales,
  • 8. técnicos y obreros necesarios, quienes serán remunerados de manera justa. 4. ESQUEMA DE GESTIÓN A APLICAR. 4.1. Los terrenos seleccionados. Estos deberán contar con factibilidad de todos los servicios y serán evaluados por los equipos técnicos de la Vicepresidencia para el Desarrollo Territorial y el Instituto Nacional de Tierras Urbanas, con el apoyo del Órgano Estadal de Vivienda correspondiente. Los estudios topográficos y de suelos serán realizados por estas instituciones y su costo de ejecución será imputado al costo total de la obra. 4.2. Proyecto urbano. Será elaborado por instancias seleccionadas por el Órgano Superior de Vivienda, sus características serán acordes con los lineamientos de la GMVV. El costo será imputado al costo total de la obra. 4.3. Proyecto de edificaciones. Podrá ser aportado por la GMVV al colectivo, basado en los prototipos constructivos que a través de los distintos ejecutores se tienen disponibles. Caso contrario, será elaborado por instancias seleccionadas por el Órgano Superior de Vivienda y sus características serán acordes con los lineamientos de la GMVV. El costo será imputado al costo total de la obra. 4.4. Financiamiento. El costo de la obra se determinará con base en el proyecto y debe estar dentro de los montos fijados por
  • 9. el Órgano Superior de Vivienda. De forma conjunta con los trabajadores, se diseñarán formas de financiamiento, a través de fondos propios como: cajas de ahorro, prestaciones sociales, ahorros, financiamiento público o de la banca privada, o aportes del sector público, estableciendo claramente plazo e intereses de los créditos a corto plazo para la construcción. 4.5. Ejecución de obra. El Órgano Superior de Vivienda seleccionará el ejecutor responsable de la obra, bien sea de carácter nacional, estadal o municipal, que contratará la construcción con gerencias técnicas y brigadas de construcción o con empresas constructoras, que con base en el proyecto presentarán presupuesto y cronograma de ejecución para darlo a conocer al colectivo universitario. Una vez iniciada la obra, el seguimiento y supervisión será igual al resto de las obras de la GMVV. 4.6. Asignación de viviendas. Una vez conformada la Asamblea de Comité de Vivienda Institucional, elaborado el proyecto e iniciada la construcción, se hará la selección del orden de asignación, de acuerdo a criterios de necesidad, mediante acuerdos en asamblea, con participación del Órgano Estadal de Vivienda, para que cada familia sepa en qué etapa del proyecto será atendido y qué vivienda específica le corresponde, en qué precio le será vendida y cuáles serán las condiciones de pago.
  • 10. 4.7. Entrega de las viviendas. Una vez concluidas las viviendas, aprobado el crédito a largo plazo y protocolizado el documento de compra-venta, se hará entrega de las viviendas a las familias beneficiadas. 4.8. Aquellos trabajadores y trabajadoras que no quieran optar por una vivienda a través del proyecto, podrán solicitar los aportes necesarios a través del FAOV o cualquier otro mecanismo que disponga la Comisión Nacional de Vivienda. 4.9. Aquellos aspectos que no estén contemplados en este instrumento o causen dudas, serán dirimidos en la Comisión Nacional de Vivienda del Sector Universitario.