SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 28
Descargar para leer sin conexión
José María Olayo olayo.blogspot.com
Empleo
ordinario
Inclusión laboral
en Aragón
José María Olayo olayo.blogspot.com
La Constitución Española de 1978 dispone, en su artículo
49, que los poderes públicos realizarán una política de
integración de las personas con discapacidad, a las que
prestarán la atención especializada que requieran y
las ampararán especialmente para el disfrute de
los derechos que la Constitución otorga a todos
los ciudadanos.
Entre estos derechos, el artículo 35 del texto
constitucional reconoce el derecho al trabajo
de todos los españoles.
José María Olayo olayo.blogspot.com
El Capítulo VI del Título Primero del texto refundido
de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social, aprobado por
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre,
está dedicado al derecho al trabajo de las personas
con discapacidad y concretamente, en su artículo 39,
establece que se fomentará el empleo de este colectivo
mediante el establecimiento de ayudas que faciliten su
inclusión laboral.
Estas ayudas podrán consistir, entre otras medidas, en
subvenciones para la contratación, la adaptación de
los puestos de trabajo, la eliminación de todo tipo
de barreras que dificulten su acceso, movilidad,
comunicación o comprensión en los centros de producción.
José María Olayo olayo.blogspot.com
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Aragón, su Estatuto de Autonomía, aprobado por
la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece
en su artículo 26 que los poderes públicos de
Aragón, entre otras medidas, promoverán el pleno
empleo de calidad en condiciones de seguridad, la
prevención de los riesgos laborales y la igualdad
de oportunidades en el acceso al empleo.
Asimismo, su artículo 25 dispone que los poderes
públicos aragoneses promoverán medidas que
garanticen la autonomía y la integración social y
profesional de las personas con discapacidades, así
como su participación en la vida de la comunidad.
José María Olayo olayo.blogspot.com
Por su parte, el artículo 77.2.ª del citado Estatuto de
Autonomía atribuye a nuestra Comunidad Autónoma
competencias de ejecución sobre trabajo y relaciones
laborales, incluyendo las políticas activas de ocupación,
la intermediación laboral, así como la prevención de
riesgos laborales y la seguridad y salud en el trabajo.
Igualmente, el artículo 79 del Estatuto de Autonomía
atribuye a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la
actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar
subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o,
en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de
otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.
José María Olayo olayo.blogspot.com
La ORDEN EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la
contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de
trabajo, expresa que valorando que la integración laboral de las personas
con discapacidad es la finalidad principal de la presente norma y dada
la atención permanente que estas personas requieren por parte de la
Administración, se opta por otorgar las subvenciones contempladas en la
presente orden en régimen de concurrencia competitiva por el procedimiento
simplificado previsto en el artículo 14.3.a) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo,
de Subvenciones de Aragón, que permite que el único criterio a tener en cuenta
para determinar el orden de prelación de las solicitudes sea la fecha de su
presentación, siempre que sean válidamente presentadas y que cumplan
todos los requisitos.
José María Olayo olayo.blogspot.com
La opción por este procedimiento simplificado obedece a que las presentes bases
van dirigidas a favorecer la contratación de personas con discapacidad y, por ello,
los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de sus derechos,
y en particular su derecho al trabajo, sea pleno y efectivo, siendo necesario que,
como expresa el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas
con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/2013, de 29 de noviembre, el marco normativo y las acciones públicas en
materia de discapacidad intervengan en la organización social y en sus expresiones
materiales que apartan a las personas con discapacidad de la vida social ordinaria.
En este sentido, las oportunidades de empleo difícilmente se pueden acompasar
en el tiempo con las reglas procedimentales de la concurrencia competitiva.
La oportunidad de un contrato de trabajo depende de muchas variables y
circunstancias que no pueden, ni debe pretenderse, que coincidan con el
ámbito temporal de los plazos que marcan y exigen las reglas procedimentales
de las convocatorias de la concurrencia competitiva.
José María Olayo olayo.blogspot.com
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto.
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones destinadas al fomento del empleo por cuenta ajena
de las personas con discapacidad, con la finalidad de favorecer su integración
laboral en el sistema ordinario de trabajo.
2. La finalidad de las subvenciones contempladas en la presente orden es fomentar
la contratación temporal e indefinida de personas con discapacidad en situación de
desempleo, favorecer la estabilidad en el empleo de los trabajadores con discapacidad
mediante incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos y
contribuir a la adaptación de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
José María Olayo olayo.blogspot.com
Artículo 2. Financiación.
1. El Instituto Aragonés de Empleo, con sujeción a las limitaciones presupuestarias
del correspondiente ejercicio económico, podrá conceder las subvenciones reguladas
en la presente orden, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos para
cada una de ellas.
Para ello se destinarán créditos presupuestarios dentro del Programa 3221 - Fomento
del Empleo - del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo. La financiación
de las subvenciones se efectuará con cargo a aquellas aplicaciones presupuestarias que
se determinen en las correspondientes órdenes de convocatoria.
2. La concesión de subvenciones por el Instituto Aragonés de Empleo queda
condicionada a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio económico.
José María Olayo olayo.blogspot.com
3. Las subvenciones previstas en esta orden podrán contar con una
cofinanciación del 50%, procedente del Fondo Social Europeo a través del
Programa Operativo de Aragón para el período de 2014-2020, aprobado por
decisión de la Comisión Europea de 17 de diciembre de 2015.
Dicho Programa contempla dentro del Eje Prioritario 1, dirigido a promover la
sostenibilidad y la calidad en el empleo y a favorecer la movilidad laboral, el
objetivo específico 8.1.5 de promover estímulos para la creación de empleo
en las empresas para, entre otros, el colectivo de las personas con discapacidad.
José María Olayo olayo.blogspot.com
Artículo 5. Destinatarios finales de las medidas.
1. Los destinatarios finales de las medidas de fomento de empleo recogidas en
esta orden serán los trabajadores con discapacidad.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley General
de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y a efectos de lo dispuesto en
la presente orden, se entenderá por personas con discapacidad aquellas que tengan
reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Asimismo, se considerará
que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33% los pensionistas de la
Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el
grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que
tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente
para el servicio o inutilidad. La acreditación del grado de discapacidad se realizará de
acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que
se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de dicha Ley.
José María Olayo olayo.blogspot.com
Artículo 6. Modalidades de subvención.
En el marco del presente programa de subvenciones destinadas a fomentar la
contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de
trabajo se establecen las siguientes modalidades de subvención:
a) Subvención por la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad.
b) Subvención por la contratación temporal de trabajadores con discapacidad.
c) Subvención por las transformaciones en indefinidos de contratos temporales.
d) Subvención para la adaptación del puesto de trabajo.
e) Subvención por la contratación indefinida de trabajadores procedentes
de enclaves laborales.
José María Olayo olayo.blogspot.com
En la Comunidad Autónoma de Aragón, la ORDEN
EIE/210/2018, de 5 de febrero, que modifica la
Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, establece las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones
destinadas a fomentar la contratación de las personas
con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
En 2016 se aprobó la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio,
por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones destinadas a fomentar la
contratación de las personas con discapacidad en
el mercado ordinario de trabajo.
El objeto de dicha norma es fomentar la contratación
temporal e indefnida de personas con discapacidad en
situación de desempleo, favorecer la estabilidad en el
empleo de los trabajadores con discapacidad mediante
incentivos a la transformación de contratos temporales
en indefnidos ycontribuir a la adaptación de los puestos
de trabajo de las personas con discapacidad.
José María Olayo olayo.blogspot.com
Por un lado, y al objeto de favorecer el tránsito del empleo
protegido al empleo ordinario y contribuir así a la plena
integración laboral de las personas con discapacidad en
condiciones de igualdad con el resto de trabajadores, se
opta por matizar alguna de las exclusiones del acceso a las
ayudas previstas en la citada Orden EIE/608/2016, de 7 de
junio, que vienen impidiendo la obtención de dichas ayudas
en supuestos de trabajadores procedentes del mismo grupo
de empresas al que perteneciese la solicitante de subvención.
Se considera oportuno no aplicar esta exclusión cuando la
empresa de la que proceda el trabajador con discapacidad
incorporado a la empresa solicitante de la ayuda fuese un
centro especial de empleo y dicho trabajador hubiese
estado vinculado a aquélla por una relación laboral
de carácter especial.
José María Olayo olayo.blogspot.com
Por otro lado, la experiencia en la aplicación de las
citadas bases reguladoras y la permanente interlocución
con las entidades representativas de las personas con
discapacidad aportan nuevos enfoques en algunas
cuestiones tales como la necesidad de identifcar
aquellos conceptos que han de considerarse
subvencionables en el ámbito de la adaptación
de puestos de trabajo o la eliminación de barreras en
el acceso al empleo de las personas con discapacidad.
En este ámbito se considera oportuno incluir expresamente
en la norma, como una eliminación de barreras, la contratación
de servicios de interpretación en lengua de signos española
que faciliten el acceso al empleo de personas sordas o
con discapacidad auditiva.
José María Olayo olayo.blogspot.com
La Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, dispone en
su artículo 11 que el titular de cada Departamento de la Administración
de la Comunidad Autónoma es el órgano competente para la aprobación
de las bases reguladoras de las subvenciones que puedan otorgar los
Departamentos y los organismos públicos adscritos a ellos.
En su virtud, previos los informes preceptivos de la Dirección General de los
Servicios Jurídicos y de la Intervención General, emitidos en aplicación de lo
dispuesto en el apartado 3, del artículo 11 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo,
de Subvenciones de Aragón, y del informe de la Secretaría General Técnica
del Departamento de Economía, Industria y Empleo, emitido en aplicación
de lo dispuesto en el artículo 50.1.a) de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del
Presidente y del Gobierno de Aragón, de acuerdo con las competencias
atribuidas por la legislación vigente, dispongo:
José María Olayo olayo.blogspot.com
Artículo único. Modifcación de la Orden EIE/608/2016, de 10 de junio,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas
con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
Se modifca la redacción otorgada a las letras f) y g) del apartado 2 del artículo 3,
relativo a los supuestos de exclusión de las ayudas, quedando redactada de la
siguiente manera:
f) Las contrataciones de trabajadores que hubiesen prestado servicios con
contrato indefnido en la misma empresa o grupo de empresas en los 24 meses
anteriores a la formalización del contrato. No se aplicará esta exclusión cuando
la última empresa en la que hubiese trabajado la persona contratada fuese un
centro especial de empleo y su relación laboral en la misma fuese de carácter
especial conforme a lo dispuesto en la letra g) del artículo 2.1 del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
José María Olayo olayo.blogspot.com
g) Las contrataciones de trabajadores que hubiesen tenido una relación
laboral en la misma empresa o grupo de empresas en los 3 meses anteriores
a la formalización del contrato si dicha relación laboral ya hubiese sido objeto
de una subvención para fomentar la contratación de personas con discapacidad.
No se aplicará esta exclusión cuando la última empresa en la que hubiese
trabajado la persona contratada fuese un centro especial de empleo y su
relación laboral en la misma fuese de carácter especial conforme a lo
dispuesto en la letra g) del artículo 2.1 del texto refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
José María Olayo olayo.blogspot.com
Se modifca la redacción otorgada al artículo 10, relativo a la subvención para la
adaptación del puesto de trabajo, quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo 10. Subvención para la adaptación del puesto de trabajo.
1. Las empresas podrán benefciarse de una subvención de hasta mil doscientos
euros (1.200 euros) para la adaptación del puesto de trabajo ocupado por una
persona con discapacidad contratada con carácter indefnido, así como para
dotarlo de equipos de protección o eliminar barreras u obstáculos. Esta
subvención será también de aplicación a los contratos temporales de fomento
de empleo para personas con discapacidad, conforme con lo establecido en la
disposición adicional primera de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la
mejora del crecimiento y del empleo; a los contratos en prácticas o para la
formación y el aprendizaje, regulados en el artículo 11 del texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; y a los contratos de duración
determinada celebrados al amparo del artículo 15 del citado texto
refundido; siempre que, en cada caso, la duración de estos contratos sea
igual o superior a 12 meses. Esta ayuda será aplicable asimismo en los supuestos
de discapacidad sobrevenida reconocida con posterioridad a la contratación.
José María Olayo olayo.blogspot.com
2. La necesidad de la eliminación de barreras, adaptación del puesto
de trabajo o dotación de equipos de protección deberá contar con el
informe favorable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, salvo
en el supuesto previsto en la letra f) del apartado 5 de este artículo.
3. Si la empresa no solicitase esta ayuda, el propio trabajador podrá instar al
Instituto Aragonés de Empleo para que convenga con la empresa la necesidad
de adaptar el puesto de trabajo y para que informe a la misma de la
posibilidad de solicitar la subvención establecida para ello.
José María Olayo olayo.blogspot.com
4. El importe de la subvención solicitada destinada a la adaptación de puestos de
trabajo, eliminación de barreras u obstáculos o dotación de medios de protección
personal, en ningún caso podrá rebasar el coste real, excluidos impuestos, que al
efecto se justifque por la referida adaptación, dotación o eliminación.
5. A efectos de los dispuesto en este artículo se entiende por barreras aquellos
obstáculos, trabas o impedimentos de carácter permanente o temporal que
limiten o difculten la accesibilidad de las personas con discapacidad a su
puesto de trabajo o el desempeño del mismo, o que impidan u obstaculicen
la comunicación oral/auditiva de las personas que tengan limitada o
reducida su capacidad de relacionarse con el entorno.
José María Olayo olayo.blogspot.com
Serán subvencionables en concepto de eliminación de barreras, adaptación
del puesto de trabajo o dotación de equipos de protección todos aquellos
gastos que contribuyan a ello y que supongan actuaciones en alguno
de los siguientes ámbitos:
a) Eliminación o adaptación de barreras arquitectónicas en infraestructuras
y edifcaciones.
b) Adaptación de elementos de transporte para las personas con discapacidad.
c) Adaptación de máquinas, herramientas y otros equipos productivos.
d) Adaptación o adquisición de mobiliario adaptado.
José María Olayo olayo.blogspot.com
e) Adquisición de ayudas y dispositivos técnicos adaptados para personas con
discapacidad, destinados a procurarles los medios oportunos para la correcta
utilización de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) de
forma accesible, con el fn de facilitar el desempeño de su puesto de trabajo.
f) Servicios de interpretación en lengua de signos española y lengua oral,
ejecutados por técnicos superiores en interpretación en lengua de signos
española y guía interpretación para personas sordociegas o titulación
equivalente, para la supresión de las barreras de comunicación, permitiendo
y favoreciendo la comunicación entre personas sordas y personas oyentes.
g) Cualquier otro elemento o adaptación que contribuya a facilitar la
accesibilidad, movilidad y autonomía del trabajador con discapacidad en
su puesto de trabajo, mejorando así su plena integración laboral.
José María Olayo olayo.blogspot.com
6. Esta subvención se concederá de una sola vez por cada trabajador
o puesto de trabajo, si bien serán subvencionables todos los gastos
elegibles que haya tenido el benefciario y se hayan pagado
íntegramente con carácter previo a la solicitud.
No obstante para el supuesto previsto en la letra f) del apartado 5 la
subvención abarcará todos los gastos elegibles que se hayan producido
durante el primer año de contrato o desde el momento en que se
reconozca en su caso una discapacidad sobrevenida.
José María Olayo olayo.blogspot.com
Se modifca la redacción otorgada a la letra b), del apartado 1 del artículo 11
relativo a subvenciones por contratación indefnida de trabajadores procedentes
de enclaves laborales, quedando redactado de la siguiente manera:
“b) Subvención por adaptación del puesto de trabajo y eliminación de
barreras u obstáculos. Esta subvención, compatible con la prevista en la
letra a) anterior, podrá alcanzar los mil doscientos euros (1.200 euros)
por trabajador con discapacidad contratado y se destinará a la adaptación
de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal
necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad
contratado, o a eliminar barreras u obstáculos que impidan o difculten el
trabajo de los trabajadores con discapacidad. Si esta ayuda no fuese
solicitada por la empresa, podrá ser solicitada por el propio trabajador. (...)
José María Olayo olayo.blogspot.com
(...)
Serán subvencionables en concepto de eliminación de barreras, adaptación
del puesto de trabajo o dotación de equipos de protección todos aquellos
gastos que contribuyan a ello y que supongan actuaciones en alguno de
los ámbitos relacionados en el apartado 5 del artículo 10 de esta orden”.
Disposición fnal única. Eficacia.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
“Boletín Ofcial de Aragón”.
Zaragoza, 5 de febrero de 2018.
La Consejera de Economía, Industria y Empleo,
MARTA GASTÓN MENAL
José María Olayo olayo.blogspot.com
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1005167225151
José María Olayo olayo.blogspot.com
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=915125044141

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

VII Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación de Venezuela 201...
VII Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación de Venezuela 201...VII Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación de Venezuela 201...
VII Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación de Venezuela 201...Julio Alexander Parra Maldonado
 
De las prestaciones sociales
De las prestaciones socialesDe las prestaciones sociales
De las prestaciones socialesguitarra3110
 
Estatutos Mutua Montañesa
Estatutos Mutua MontañesaEstatutos Mutua Montañesa
Estatutos Mutua MontañesaMutua Montañesa
 
El servicio esencial y huelga docente
El servicio esencial y huelga docenteEl servicio esencial y huelga docente
El servicio esencial y huelga docenteElver Ruiz Díaz
 
PROYECTO DE II CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA DE TRABAJADORES DEL SECTOR UNIVERSI...
PROYECTO DE II CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA DE TRABAJADORES DEL SECTOR UNIVERSI...PROYECTO DE II CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA DE TRABAJADORES DEL SECTOR UNIVERSI...
PROYECTO DE II CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA DE TRABAJADORES DEL SECTOR UNIVERSI...Álvaro Muñoz
 
Sintesis informativa 01 16 2015
Sintesis informativa 01 16 2015Sintesis informativa 01 16 2015
Sintesis informativa 01 16 2015megaradioexpress
 
Unidad 4 La Seguridad Social
Unidad 4 La Seguridad Social Unidad 4 La Seguridad Social
Unidad 4 La Seguridad Social cmrp22
 
Seguros voluntarios 2013
Seguros voluntarios 2013Seguros voluntarios 2013
Seguros voluntarios 2013canacoobregon
 
Proyecto de ley AFP que propone la creación de un comite consultivo para eval...
Proyecto de ley AFP que propone la creación de un comite consultivo para eval...Proyecto de ley AFP que propone la creación de un comite consultivo para eval...
Proyecto de ley AFP que propone la creación de un comite consultivo para eval...Norman Lewis Del Alcázar
 
Impuestos de seguridad social
Impuestos de seguridad socialImpuestos de seguridad social
Impuestos de seguridad socialJulio Chavez Glz
 
ORDEN DEL DIA Nº 1632
ORDEN DEL DIA Nº 1632ORDEN DEL DIA Nº 1632
ORDEN DEL DIA Nº 1632Juan Mijana
 
LEY DEL SEGURO SOCIAL
LEY DEL SEGURO SOCIALLEY DEL SEGURO SOCIAL
LEY DEL SEGURO SOCIALmigueltachna
 
G.O.E.N° 6.403 - 31-AGO-2018 - SE FIJA CESTATICKET SOCIALISTA
G.O.E.N° 6.403 - 31-AGO-2018 - SE FIJA CESTATICKET SOCIALISTAG.O.E.N° 6.403 - 31-AGO-2018 - SE FIJA CESTATICKET SOCIALISTA
G.O.E.N° 6.403 - 31-AGO-2018 - SE FIJA CESTATICKET SOCIALISTASaharahí Querales
 
sentencia ej 1 paternidad
sentencia ej 1 paternidadsentencia ej 1 paternidad
sentencia ej 1 paternidadpaulixaa
 

La actualidad más candente (20)

VII Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación de Venezuela 201...
VII Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación de Venezuela 201...VII Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación de Venezuela 201...
VII Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación de Venezuela 201...
 
De las prestaciones sociales
De las prestaciones socialesDe las prestaciones sociales
De las prestaciones sociales
 
2020 00065 tutela edwin eduardo ortega luna
2020 00065 tutela edwin eduardo ortega luna2020 00065 tutela edwin eduardo ortega luna
2020 00065 tutela edwin eduardo ortega luna
 
Estatutos Mutua Montañesa
Estatutos Mutua MontañesaEstatutos Mutua Montañesa
Estatutos Mutua Montañesa
 
El servicio esencial y huelga docente
El servicio esencial y huelga docenteEl servicio esencial y huelga docente
El servicio esencial y huelga docente
 
PROYECTO DE II CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA DE TRABAJADORES DEL SECTOR UNIVERSI...
PROYECTO DE II CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA DE TRABAJADORES DEL SECTOR UNIVERSI...PROYECTO DE II CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA DE TRABAJADORES DEL SECTOR UNIVERSI...
PROYECTO DE II CONVENCIÓN COLECTIVA ÚNICA DE TRABAJADORES DEL SECTOR UNIVERSI...
 
Sintesis informativa 01 16 2015
Sintesis informativa 01 16 2015Sintesis informativa 01 16 2015
Sintesis informativa 01 16 2015
 
Unidad 4 La Seguridad Social
Unidad 4 La Seguridad Social Unidad 4 La Seguridad Social
Unidad 4 La Seguridad Social
 
Seguros voluntarios 2013
Seguros voluntarios 2013Seguros voluntarios 2013
Seguros voluntarios 2013
 
Convencion colectiva unificada
Convencion colectiva unificadaConvencion colectiva unificada
Convencion colectiva unificada
 
Proyecto de ley AFP que propone la creación de un comite consultivo para eval...
Proyecto de ley AFP que propone la creación de un comite consultivo para eval...Proyecto de ley AFP que propone la creación de un comite consultivo para eval...
Proyecto de ley AFP que propone la creación de un comite consultivo para eval...
 
2.11 ley del-seguro-social
2.11 ley del-seguro-social2.11 ley del-seguro-social
2.11 ley del-seguro-social
 
Novedades 2014
Novedades 2014Novedades 2014
Novedades 2014
 
Impuestos de seguridad social
Impuestos de seguridad socialImpuestos de seguridad social
Impuestos de seguridad social
 
ORDEN DEL DIA Nº 1632
ORDEN DEL DIA Nº 1632ORDEN DEL DIA Nº 1632
ORDEN DEL DIA Nº 1632
 
Gaceta oficial-40-773
Gaceta oficial-40-773Gaceta oficial-40-773
Gaceta oficial-40-773
 
Ley de IMSS
Ley de IMSSLey de IMSS
Ley de IMSS
 
LEY DEL SEGURO SOCIAL
LEY DEL SEGURO SOCIALLEY DEL SEGURO SOCIAL
LEY DEL SEGURO SOCIAL
 
G.O.E.N° 6.403 - 31-AGO-2018 - SE FIJA CESTATICKET SOCIALISTA
G.O.E.N° 6.403 - 31-AGO-2018 - SE FIJA CESTATICKET SOCIALISTAG.O.E.N° 6.403 - 31-AGO-2018 - SE FIJA CESTATICKET SOCIALISTA
G.O.E.N° 6.403 - 31-AGO-2018 - SE FIJA CESTATICKET SOCIALISTA
 
sentencia ej 1 paternidad
sentencia ej 1 paternidadsentencia ej 1 paternidad
sentencia ej 1 paternidad
 

Similar a Inclusión laboral en Aragón: subvenciones para la contratación de personas con discapacidad

Incentivos a la contratación de personas con discapacidad.
Incentivos a la contratación de personas con discapacidad.Incentivos a la contratación de personas con discapacidad.
Incentivos a la contratación de personas con discapacidad.José María
 
I congreso nacional sobre el empleo en las personas con discapacidad.
I congreso nacional sobre el empleo en las personas con discapacidad.I congreso nacional sobre el empleo en las personas con discapacidad.
I congreso nacional sobre el empleo en las personas con discapacidad.José María
 
Empleo y discapacidad. Cuota de reserva.
Empleo y discapacidad. Cuota de reserva.Empleo y discapacidad. Cuota de reserva.
Empleo y discapacidad. Cuota de reserva.José María
 
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.José María
 
ORDEN EMP/520/2016, de 3 de junio
ORDEN EMP/520/2016, de 3 de junioORDEN EMP/520/2016, de 3 de junio
ORDEN EMP/520/2016, de 3 de junioCEDER Merindades
 
Empleo y discapacidad en Euskadi.
Empleo y discapacidad en Euskadi.Empleo y discapacidad en Euskadi.
Empleo y discapacidad en Euskadi.José María
 
La contratación de personas con discapacidad.pdf
La contratación de personas con discapacidad.pdfLa contratación de personas con discapacidad.pdf
La contratación de personas con discapacidad.pdfJosé María
 
Boja13 155-00004-13102-01 00031915
Boja13 155-00004-13102-01 00031915Boja13 155-00004-13102-01 00031915
Boja13 155-00004-13102-01 00031915Roberto Caro
 
Cartilla servicios temporales
Cartilla servicios temporalesCartilla servicios temporales
Cartilla servicios temporalesFreelance
 
Formación y empleo. Personas con discapacidad.
Formación y empleo. Personas con discapacidad.Formación y empleo. Personas con discapacidad.
Formación y empleo. Personas con discapacidad.José María
 
El programa PREPARA. De su origen (Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de enero) a...
El programa PREPARA. De su origen (Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de enero) a...El programa PREPARA. De su origen (Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de enero) a...
El programa PREPARA. De su origen (Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de enero) a...Universidad Autónoma de Barcelona
 
Empresas de inserción. Exclusión social.
Empresas de inserción. Exclusión social.Empresas de inserción. Exclusión social.
Empresas de inserción. Exclusión social.José María
 
Charla ASPECTOS LEGALES DE LA CONTRATACIÓN DE PcD.pptx
Charla ASPECTOS LEGALES DE LA CONTRATACIÓN DE PcD.pptxCharla ASPECTOS LEGALES DE LA CONTRATACIÓN DE PcD.pptx
Charla ASPECTOS LEGALES DE LA CONTRATACIÓN DE PcD.pptxNataliaFigueroa77
 
Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.
Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.
Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.José María
 

Similar a Inclusión laboral en Aragón: subvenciones para la contratación de personas con discapacidad (20)

Incentivos a la contratación de personas con discapacidad.
Incentivos a la contratación de personas con discapacidad.Incentivos a la contratación de personas con discapacidad.
Incentivos a la contratación de personas con discapacidad.
 
I congreso nacional sobre el empleo en las personas con discapacidad.
I congreso nacional sobre el empleo en las personas con discapacidad.I congreso nacional sobre el empleo en las personas con discapacidad.
I congreso nacional sobre el empleo en las personas con discapacidad.
 
Empleo y discapacidad. Cuota de reserva.
Empleo y discapacidad. Cuota de reserva.Empleo y discapacidad. Cuota de reserva.
Empleo y discapacidad. Cuota de reserva.
 
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
Ayudas al empleo en Euskadi. Centros especiales de empleo.
 
ORDEN EMP/520/2016, de 3 de junio
ORDEN EMP/520/2016, de 3 de junioORDEN EMP/520/2016, de 3 de junio
ORDEN EMP/520/2016, de 3 de junio
 
Empleo y discapacidad en Euskadi.
Empleo y discapacidad en Euskadi.Empleo y discapacidad en Euskadi.
Empleo y discapacidad en Euskadi.
 
La contratación de personas con discapacidad.pdf
La contratación de personas con discapacidad.pdfLa contratación de personas con discapacidad.pdf
La contratación de personas con discapacidad.pdf
 
Boja13 155-00004-13102-01 00031915
Boja13 155-00004-13102-01 00031915Boja13 155-00004-13102-01 00031915
Boja13 155-00004-13102-01 00031915
 
Comparación del desarrollo del Programa PREPARA 2011 y 2012.
Comparación del desarrollo del Programa PREPARA 2011 y 2012.Comparación del desarrollo del Programa PREPARA 2011 y 2012.
Comparación del desarrollo del Programa PREPARA 2011 y 2012.
 
Ley de regimen prestacional de empleo
Ley de regimen prestacional de empleo Ley de regimen prestacional de empleo
Ley de regimen prestacional de empleo
 
Cartilla servicios temporales
Cartilla servicios temporalesCartilla servicios temporales
Cartilla servicios temporales
 
decreto leguislativo
decreto leguislativodecreto leguislativo
decreto leguislativo
 
Mesicic4 per dl728
Mesicic4 per dl728Mesicic4 per dl728
Mesicic4 per dl728
 
Formación y empleo. Personas con discapacidad.
Formación y empleo. Personas con discapacidad.Formación y empleo. Personas con discapacidad.
Formación y empleo. Personas con discapacidad.
 
BOE A-2013-1653
BOE A-2013-1653BOE A-2013-1653
BOE A-2013-1653
 
El programa PREPARA. De su origen (Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de enero) a...
El programa PREPARA. De su origen (Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de enero) a...El programa PREPARA. De su origen (Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de enero) a...
El programa PREPARA. De su origen (Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de enero) a...
 
Empresas de inserción. Exclusión social.
Empresas de inserción. Exclusión social.Empresas de inserción. Exclusión social.
Empresas de inserción. Exclusión social.
 
Charla ASPECTOS LEGALES DE LA CONTRATACIÓN DE PcD.pptx
Charla ASPECTOS LEGALES DE LA CONTRATACIÓN DE PcD.pptxCharla ASPECTOS LEGALES DE LA CONTRATACIÓN DE PcD.pptx
Charla ASPECTOS LEGALES DE LA CONTRATACIÓN DE PcD.pptx
 
Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboral
 
Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.
Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.
Medidas de acción positiva. Personas con discapacidad.
 

Más de José María

Aforismos sobre diversidad funcional. Parte 62..pdf
Aforismos sobre diversidad funcional. Parte 62..pdfAforismos sobre diversidad funcional. Parte 62..pdf
Aforismos sobre diversidad funcional. Parte 62..pdfJosé María
 
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfJosé María
 
Personajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdf
Personajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdfPersonajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdf
Personajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdfJosé María
 
Cultura y estigma, la experiencia moral..pdf
Cultura y estigma, la experiencia moral..pdfCultura y estigma, la experiencia moral..pdf
Cultura y estigma, la experiencia moral..pdfJosé María
 
Derechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdf
Derechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdfDerechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdf
Derechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdfJosé María
 
El Estigma social. Enfermedad mental..pdf
El Estigma social. Enfermedad mental..pdfEl Estigma social. Enfermedad mental..pdf
El Estigma social. Enfermedad mental..pdfJosé María
 
Bienestar saludable. Personas con discapacidad. Glosario..pdf
Bienestar saludable. Personas con discapacidad. Glosario..pdfBienestar saludable. Personas con discapacidad. Glosario..pdf
Bienestar saludable. Personas con discapacidad. Glosario..pdfJosé María
 
Medidas y recursos para la atención académica. Discapacidad auditiva y sordoc...
Medidas y recursos para la atención académica. Discapacidad auditiva y sordoc...Medidas y recursos para la atención académica. Discapacidad auditiva y sordoc...
Medidas y recursos para la atención académica. Discapacidad auditiva y sordoc...José María
 
Atención a las personas en situación de dependencia..pdf
Atención a las personas en situación de dependencia..pdfAtención a las personas en situación de dependencia..pdf
Atención a las personas en situación de dependencia..pdfJosé María
 
Los Derechos humanos. Unión Europea. 1.pdf
Los Derechos humanos. Unión Europea. 1.pdfLos Derechos humanos. Unión Europea. 1.pdf
Los Derechos humanos. Unión Europea. 1.pdfJosé María
 
Erradicacion de la violencia sobre la infancia y la adolescencia..pdf
Erradicacion de la violencia sobre la infancia y la adolescencia..pdfErradicacion de la violencia sobre la infancia y la adolescencia..pdf
Erradicacion de la violencia sobre la infancia y la adolescencia..pdfJosé María
 
Las cifras de cáncer en España 2024..pdf
Las cifras de cáncer en España 2024..pdfLas cifras de cáncer en España 2024..pdf
Las cifras de cáncer en España 2024..pdfJosé María
 
Derecho a un trabajo digno. Empleo y discapacidad..pdf
Derecho a un trabajo digno. Empleo y discapacidad..pdfDerecho a un trabajo digno. Empleo y discapacidad..pdf
Derecho a un trabajo digno. Empleo y discapacidad..pdfJosé María
 
Actividad física y salud. Personas con discapacidad..pdf
Actividad física y salud. Personas con discapacidad..pdfActividad física y salud. Personas con discapacidad..pdf
Actividad física y salud. Personas con discapacidad..pdfJosé María
 
Derechos de las personas con discapacidad. Actores clave..pdf
Derechos de las personas con discapacidad. Actores clave..pdfDerechos de las personas con discapacidad. Actores clave..pdf
Derechos de las personas con discapacidad. Actores clave..pdfJosé María
 
Sonia Ruiz Escribano. 132. Personajes con discapacidad...pdf
Sonia Ruiz Escribano. 132. Personajes con discapacidad...pdfSonia Ruiz Escribano. 132. Personajes con discapacidad...pdf
Sonia Ruiz Escribano. 132. Personajes con discapacidad...pdfJosé María
 
Cultura sorda. Patrimonio Cultural Inmaterial..pdf
Cultura sorda. Patrimonio Cultural Inmaterial..pdfCultura sorda. Patrimonio Cultural Inmaterial..pdf
Cultura sorda. Patrimonio Cultural Inmaterial..pdfJosé María
 
Bienestar saludable para las personas con discapacidad..pdf
Bienestar saludable para las personas con discapacidad..pdfBienestar saludable para las personas con discapacidad..pdf
Bienestar saludable para las personas con discapacidad..pdfJosé María
 
Derecho a la salud. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la salud. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la salud. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la salud. Personas con discapacidad..pdfJosé María
 
Plan de Salud 2030. EUSKADI. Retos Estratégicos..pdf
Plan de Salud 2030. EUSKADI. Retos Estratégicos..pdfPlan de Salud 2030. EUSKADI. Retos Estratégicos..pdf
Plan de Salud 2030. EUSKADI. Retos Estratégicos..pdfJosé María
 

Más de José María (20)

Aforismos sobre diversidad funcional. Parte 62..pdf
Aforismos sobre diversidad funcional. Parte 62..pdfAforismos sobre diversidad funcional. Parte 62..pdf
Aforismos sobre diversidad funcional. Parte 62..pdf
 
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
 
Personajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdf
Personajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdfPersonajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdf
Personajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdf
 
Cultura y estigma, la experiencia moral..pdf
Cultura y estigma, la experiencia moral..pdfCultura y estigma, la experiencia moral..pdf
Cultura y estigma, la experiencia moral..pdf
 
Derechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdf
Derechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdfDerechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdf
Derechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdf
 
El Estigma social. Enfermedad mental..pdf
El Estigma social. Enfermedad mental..pdfEl Estigma social. Enfermedad mental..pdf
El Estigma social. Enfermedad mental..pdf
 
Bienestar saludable. Personas con discapacidad. Glosario..pdf
Bienestar saludable. Personas con discapacidad. Glosario..pdfBienestar saludable. Personas con discapacidad. Glosario..pdf
Bienestar saludable. Personas con discapacidad. Glosario..pdf
 
Medidas y recursos para la atención académica. Discapacidad auditiva y sordoc...
Medidas y recursos para la atención académica. Discapacidad auditiva y sordoc...Medidas y recursos para la atención académica. Discapacidad auditiva y sordoc...
Medidas y recursos para la atención académica. Discapacidad auditiva y sordoc...
 
Atención a las personas en situación de dependencia..pdf
Atención a las personas en situación de dependencia..pdfAtención a las personas en situación de dependencia..pdf
Atención a las personas en situación de dependencia..pdf
 
Los Derechos humanos. Unión Europea. 1.pdf
Los Derechos humanos. Unión Europea. 1.pdfLos Derechos humanos. Unión Europea. 1.pdf
Los Derechos humanos. Unión Europea. 1.pdf
 
Erradicacion de la violencia sobre la infancia y la adolescencia..pdf
Erradicacion de la violencia sobre la infancia y la adolescencia..pdfErradicacion de la violencia sobre la infancia y la adolescencia..pdf
Erradicacion de la violencia sobre la infancia y la adolescencia..pdf
 
Las cifras de cáncer en España 2024..pdf
Las cifras de cáncer en España 2024..pdfLas cifras de cáncer en España 2024..pdf
Las cifras de cáncer en España 2024..pdf
 
Derecho a un trabajo digno. Empleo y discapacidad..pdf
Derecho a un trabajo digno. Empleo y discapacidad..pdfDerecho a un trabajo digno. Empleo y discapacidad..pdf
Derecho a un trabajo digno. Empleo y discapacidad..pdf
 
Actividad física y salud. Personas con discapacidad..pdf
Actividad física y salud. Personas con discapacidad..pdfActividad física y salud. Personas con discapacidad..pdf
Actividad física y salud. Personas con discapacidad..pdf
 
Derechos de las personas con discapacidad. Actores clave..pdf
Derechos de las personas con discapacidad. Actores clave..pdfDerechos de las personas con discapacidad. Actores clave..pdf
Derechos de las personas con discapacidad. Actores clave..pdf
 
Sonia Ruiz Escribano. 132. Personajes con discapacidad...pdf
Sonia Ruiz Escribano. 132. Personajes con discapacidad...pdfSonia Ruiz Escribano. 132. Personajes con discapacidad...pdf
Sonia Ruiz Escribano. 132. Personajes con discapacidad...pdf
 
Cultura sorda. Patrimonio Cultural Inmaterial..pdf
Cultura sorda. Patrimonio Cultural Inmaterial..pdfCultura sorda. Patrimonio Cultural Inmaterial..pdf
Cultura sorda. Patrimonio Cultural Inmaterial..pdf
 
Bienestar saludable para las personas con discapacidad..pdf
Bienestar saludable para las personas con discapacidad..pdfBienestar saludable para las personas con discapacidad..pdf
Bienestar saludable para las personas con discapacidad..pdf
 
Derecho a la salud. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la salud. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la salud. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la salud. Personas con discapacidad..pdf
 
Plan de Salud 2030. EUSKADI. Retos Estratégicos..pdf
Plan de Salud 2030. EUSKADI. Retos Estratégicos..pdfPlan de Salud 2030. EUSKADI. Retos Estratégicos..pdf
Plan de Salud 2030. EUSKADI. Retos Estratégicos..pdf
 

Último

LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDiegoMorales287268
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADORLuisMiguelT4
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptxantidoxxeo29
 
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptxArianaNova1
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 

Último (20)

LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx pptPRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
 
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 

Inclusión laboral en Aragón: subvenciones para la contratación de personas con discapacidad

  • 1. José María Olayo olayo.blogspot.com Empleo ordinario Inclusión laboral en Aragón
  • 2. José María Olayo olayo.blogspot.com La Constitución Española de 1978 dispone, en su artículo 49, que los poderes públicos realizarán una política de integración de las personas con discapacidad, a las que prestarán la atención especializada que requieran y las ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que la Constitución otorga a todos los ciudadanos. Entre estos derechos, el artículo 35 del texto constitucional reconoce el derecho al trabajo de todos los españoles.
  • 3. José María Olayo olayo.blogspot.com El Capítulo VI del Título Primero del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, está dedicado al derecho al trabajo de las personas con discapacidad y concretamente, en su artículo 39, establece que se fomentará el empleo de este colectivo mediante el establecimiento de ayudas que faciliten su inclusión laboral. Estas ayudas podrán consistir, entre otras medidas, en subvenciones para la contratación, la adaptación de los puestos de trabajo, la eliminación de todo tipo de barreras que dificulten su acceso, movilidad, comunicación o comprensión en los centros de producción.
  • 4. José María Olayo olayo.blogspot.com En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, su Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, establece en su artículo 26 que los poderes públicos de Aragón, entre otras medidas, promoverán el pleno empleo de calidad en condiciones de seguridad, la prevención de los riesgos laborales y la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo. Asimismo, su artículo 25 dispone que los poderes públicos aragoneses promoverán medidas que garanticen la autonomía y la integración social y profesional de las personas con discapacidades, así como su participación en la vida de la comunidad.
  • 5. José María Olayo olayo.blogspot.com Por su parte, el artículo 77.2.ª del citado Estatuto de Autonomía atribuye a nuestra Comunidad Autónoma competencias de ejecución sobre trabajo y relaciones laborales, incluyendo las políticas activas de ocupación, la intermediación laboral, así como la prevención de riesgos laborales y la seguridad y salud en el trabajo. Igualmente, el artículo 79 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.
  • 6. José María Olayo olayo.blogspot.com La ORDEN EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, expresa que valorando que la integración laboral de las personas con discapacidad es la finalidad principal de la presente norma y dada la atención permanente que estas personas requieren por parte de la Administración, se opta por otorgar las subvenciones contempladas en la presente orden en régimen de concurrencia competitiva por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 14.3.a) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, que permite que el único criterio a tener en cuenta para determinar el orden de prelación de las solicitudes sea la fecha de su presentación, siempre que sean válidamente presentadas y que cumplan todos los requisitos.
  • 7. José María Olayo olayo.blogspot.com La opción por este procedimiento simplificado obedece a que las presentes bases van dirigidas a favorecer la contratación de personas con discapacidad y, por ello, los poderes públicos están obligados a garantizar que el ejercicio de sus derechos, y en particular su derecho al trabajo, sea pleno y efectivo, siendo necesario que, como expresa el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, el marco normativo y las acciones públicas en materia de discapacidad intervengan en la organización social y en sus expresiones materiales que apartan a las personas con discapacidad de la vida social ordinaria. En este sentido, las oportunidades de empleo difícilmente se pueden acompasar en el tiempo con las reglas procedimentales de la concurrencia competitiva. La oportunidad de un contrato de trabajo depende de muchas variables y circunstancias que no pueden, ni debe pretenderse, que coincidan con el ámbito temporal de los plazos que marcan y exigen las reglas procedimentales de las convocatorias de la concurrencia competitiva.
  • 8. José María Olayo olayo.blogspot.com CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1. Objeto. 1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento del empleo por cuenta ajena de las personas con discapacidad, con la finalidad de favorecer su integración laboral en el sistema ordinario de trabajo. 2. La finalidad de las subvenciones contempladas en la presente orden es fomentar la contratación temporal e indefinida de personas con discapacidad en situación de desempleo, favorecer la estabilidad en el empleo de los trabajadores con discapacidad mediante incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos y contribuir a la adaptación de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
  • 9. José María Olayo olayo.blogspot.com Artículo 2. Financiación. 1. El Instituto Aragonés de Empleo, con sujeción a las limitaciones presupuestarias del correspondiente ejercicio económico, podrá conceder las subvenciones reguladas en la presente orden, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos para cada una de ellas. Para ello se destinarán créditos presupuestarios dentro del Programa 3221 - Fomento del Empleo - del Presupuesto de Gastos del Instituto Aragonés de Empleo. La financiación de las subvenciones se efectuará con cargo a aquellas aplicaciones presupuestarias que se determinen en las correspondientes órdenes de convocatoria. 2. La concesión de subvenciones por el Instituto Aragonés de Empleo queda condicionada a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio económico.
  • 10. José María Olayo olayo.blogspot.com 3. Las subvenciones previstas en esta orden podrán contar con una cofinanciación del 50%, procedente del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón para el período de 2014-2020, aprobado por decisión de la Comisión Europea de 17 de diciembre de 2015. Dicho Programa contempla dentro del Eje Prioritario 1, dirigido a promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y a favorecer la movilidad laboral, el objetivo específico 8.1.5 de promover estímulos para la creación de empleo en las empresas para, entre otros, el colectivo de las personas con discapacidad.
  • 11. José María Olayo olayo.blogspot.com Artículo 5. Destinatarios finales de las medidas. 1. Los destinatarios finales de las medidas de fomento de empleo recogidas en esta orden serán los trabajadores con discapacidad. 2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y a efectos de lo dispuesto en la presente orden, se entenderá por personas con discapacidad aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Asimismo, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. La acreditación del grado de discapacidad se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de dicha Ley.
  • 12. José María Olayo olayo.blogspot.com Artículo 6. Modalidades de subvención. En el marco del presente programa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo se establecen las siguientes modalidades de subvención: a) Subvención por la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad. b) Subvención por la contratación temporal de trabajadores con discapacidad. c) Subvención por las transformaciones en indefinidos de contratos temporales. d) Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. e) Subvención por la contratación indefinida de trabajadores procedentes de enclaves laborales.
  • 13. José María Olayo olayo.blogspot.com En la Comunidad Autónoma de Aragón, la ORDEN EIE/210/2018, de 5 de febrero, que modifica la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. En 2016 se aprobó la Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. El objeto de dicha norma es fomentar la contratación temporal e indefnida de personas con discapacidad en situación de desempleo, favorecer la estabilidad en el empleo de los trabajadores con discapacidad mediante incentivos a la transformación de contratos temporales en indefnidos ycontribuir a la adaptación de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
  • 14. José María Olayo olayo.blogspot.com Por un lado, y al objeto de favorecer el tránsito del empleo protegido al empleo ordinario y contribuir así a la plena integración laboral de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad con el resto de trabajadores, se opta por matizar alguna de las exclusiones del acceso a las ayudas previstas en la citada Orden EIE/608/2016, de 7 de junio, que vienen impidiendo la obtención de dichas ayudas en supuestos de trabajadores procedentes del mismo grupo de empresas al que perteneciese la solicitante de subvención. Se considera oportuno no aplicar esta exclusión cuando la empresa de la que proceda el trabajador con discapacidad incorporado a la empresa solicitante de la ayuda fuese un centro especial de empleo y dicho trabajador hubiese estado vinculado a aquélla por una relación laboral de carácter especial.
  • 15. José María Olayo olayo.blogspot.com Por otro lado, la experiencia en la aplicación de las citadas bases reguladoras y la permanente interlocución con las entidades representativas de las personas con discapacidad aportan nuevos enfoques en algunas cuestiones tales como la necesidad de identifcar aquellos conceptos que han de considerarse subvencionables en el ámbito de la adaptación de puestos de trabajo o la eliminación de barreras en el acceso al empleo de las personas con discapacidad. En este ámbito se considera oportuno incluir expresamente en la norma, como una eliminación de barreras, la contratación de servicios de interpretación en lengua de signos española que faciliten el acceso al empleo de personas sordas o con discapacidad auditiva.
  • 16. José María Olayo olayo.blogspot.com La Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, dispone en su artículo 11 que el titular de cada Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma es el órgano competente para la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones que puedan otorgar los Departamentos y los organismos públicos adscritos a ellos. En su virtud, previos los informes preceptivos de la Dirección General de los Servicios Jurídicos y de la Intervención General, emitidos en aplicación de lo dispuesto en el apartado 3, del artículo 11 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y del informe de la Secretaría General Técnica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, emitido en aplicación de lo dispuesto en el artículo 50.1.a) de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, de acuerdo con las competencias atribuidas por la legislación vigente, dispongo:
  • 17. José María Olayo olayo.blogspot.com Artículo único. Modifcación de la Orden EIE/608/2016, de 10 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Se modifca la redacción otorgada a las letras f) y g) del apartado 2 del artículo 3, relativo a los supuestos de exclusión de las ayudas, quedando redactada de la siguiente manera: f) Las contrataciones de trabajadores que hubiesen prestado servicios con contrato indefnido en la misma empresa o grupo de empresas en los 24 meses anteriores a la formalización del contrato. No se aplicará esta exclusión cuando la última empresa en la que hubiese trabajado la persona contratada fuese un centro especial de empleo y su relación laboral en la misma fuese de carácter especial conforme a lo dispuesto en la letra g) del artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
  • 18. José María Olayo olayo.blogspot.com g) Las contrataciones de trabajadores que hubiesen tenido una relación laboral en la misma empresa o grupo de empresas en los 3 meses anteriores a la formalización del contrato si dicha relación laboral ya hubiese sido objeto de una subvención para fomentar la contratación de personas con discapacidad. No se aplicará esta exclusión cuando la última empresa en la que hubiese trabajado la persona contratada fuese un centro especial de empleo y su relación laboral en la misma fuese de carácter especial conforme a lo dispuesto en la letra g) del artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
  • 19. José María Olayo olayo.blogspot.com Se modifca la redacción otorgada al artículo 10, relativo a la subvención para la adaptación del puesto de trabajo, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 10. Subvención para la adaptación del puesto de trabajo. 1. Las empresas podrán benefciarse de una subvención de hasta mil doscientos euros (1.200 euros) para la adaptación del puesto de trabajo ocupado por una persona con discapacidad contratada con carácter indefnido, así como para dotarlo de equipos de protección o eliminar barreras u obstáculos. Esta subvención será también de aplicación a los contratos temporales de fomento de empleo para personas con discapacidad, conforme con lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo; a los contratos en prácticas o para la formación y el aprendizaje, regulados en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; y a los contratos de duración determinada celebrados al amparo del artículo 15 del citado texto refundido; siempre que, en cada caso, la duración de estos contratos sea igual o superior a 12 meses. Esta ayuda será aplicable asimismo en los supuestos de discapacidad sobrevenida reconocida con posterioridad a la contratación.
  • 20. José María Olayo olayo.blogspot.com 2. La necesidad de la eliminación de barreras, adaptación del puesto de trabajo o dotación de equipos de protección deberá contar con el informe favorable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, salvo en el supuesto previsto en la letra f) del apartado 5 de este artículo. 3. Si la empresa no solicitase esta ayuda, el propio trabajador podrá instar al Instituto Aragonés de Empleo para que convenga con la empresa la necesidad de adaptar el puesto de trabajo y para que informe a la misma de la posibilidad de solicitar la subvención establecida para ello.
  • 21. José María Olayo olayo.blogspot.com 4. El importe de la subvención solicitada destinada a la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras u obstáculos o dotación de medios de protección personal, en ningún caso podrá rebasar el coste real, excluidos impuestos, que al efecto se justifque por la referida adaptación, dotación o eliminación. 5. A efectos de los dispuesto en este artículo se entiende por barreras aquellos obstáculos, trabas o impedimentos de carácter permanente o temporal que limiten o difculten la accesibilidad de las personas con discapacidad a su puesto de trabajo o el desempeño del mismo, o que impidan u obstaculicen la comunicación oral/auditiva de las personas que tengan limitada o reducida su capacidad de relacionarse con el entorno.
  • 22. José María Olayo olayo.blogspot.com Serán subvencionables en concepto de eliminación de barreras, adaptación del puesto de trabajo o dotación de equipos de protección todos aquellos gastos que contribuyan a ello y que supongan actuaciones en alguno de los siguientes ámbitos: a) Eliminación o adaptación de barreras arquitectónicas en infraestructuras y edifcaciones. b) Adaptación de elementos de transporte para las personas con discapacidad. c) Adaptación de máquinas, herramientas y otros equipos productivos. d) Adaptación o adquisición de mobiliario adaptado.
  • 23. José María Olayo olayo.blogspot.com e) Adquisición de ayudas y dispositivos técnicos adaptados para personas con discapacidad, destinados a procurarles los medios oportunos para la correcta utilización de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) de forma accesible, con el fn de facilitar el desempeño de su puesto de trabajo. f) Servicios de interpretación en lengua de signos española y lengua oral, ejecutados por técnicos superiores en interpretación en lengua de signos española y guía interpretación para personas sordociegas o titulación equivalente, para la supresión de las barreras de comunicación, permitiendo y favoreciendo la comunicación entre personas sordas y personas oyentes. g) Cualquier otro elemento o adaptación que contribuya a facilitar la accesibilidad, movilidad y autonomía del trabajador con discapacidad en su puesto de trabajo, mejorando así su plena integración laboral.
  • 24. José María Olayo olayo.blogspot.com 6. Esta subvención se concederá de una sola vez por cada trabajador o puesto de trabajo, si bien serán subvencionables todos los gastos elegibles que haya tenido el benefciario y se hayan pagado íntegramente con carácter previo a la solicitud. No obstante para el supuesto previsto en la letra f) del apartado 5 la subvención abarcará todos los gastos elegibles que se hayan producido durante el primer año de contrato o desde el momento en que se reconozca en su caso una discapacidad sobrevenida.
  • 25. José María Olayo olayo.blogspot.com Se modifca la redacción otorgada a la letra b), del apartado 1 del artículo 11 relativo a subvenciones por contratación indefnida de trabajadores procedentes de enclaves laborales, quedando redactado de la siguiente manera: “b) Subvención por adaptación del puesto de trabajo y eliminación de barreras u obstáculos. Esta subvención, compatible con la prevista en la letra a) anterior, podrá alcanzar los mil doscientos euros (1.200 euros) por trabajador con discapacidad contratado y se destinará a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad contratado, o a eliminar barreras u obstáculos que impidan o difculten el trabajo de los trabajadores con discapacidad. Si esta ayuda no fuese solicitada por la empresa, podrá ser solicitada por el propio trabajador. (...)
  • 26. José María Olayo olayo.blogspot.com (...) Serán subvencionables en concepto de eliminación de barreras, adaptación del puesto de trabajo o dotación de equipos de protección todos aquellos gastos que contribuyan a ello y que supongan actuaciones en alguno de los ámbitos relacionados en el apartado 5 del artículo 10 de esta orden”. Disposición fnal única. Eficacia. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Ofcial de Aragón”. Zaragoza, 5 de febrero de 2018. La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL
  • 27. José María Olayo olayo.blogspot.com http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1005167225151
  • 28. José María Olayo olayo.blogspot.com http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=915125044141