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Página núm. 6                                               BOJA núm. 129                               Sevilla, 4 de julio 2011



                                               1. Disposiciones generales


CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN                                   venciones en materia turística, en régimen de concurrencia
Y CIENCIA                                                            competitiva, que se otorgarán con arreglo a los principios de
                                                                     publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, no discri-
           DECRETO 193/2011, de 14 de junio, por el que              minación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados
       se aprueba el Programa Estadístico de la Comunidad            y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos pú-
       Autónoma de Andalucía para el año 2011.                       blicos, en el marco del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
                                                                     marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Ver esta disposición en fascículos 2, 3 y 4 de 4 de este             General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y del
                     mismo número                                    Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el
                                                                     Reglamento de los procedimientos de concesión de subvencio-
                                                                     nes de la Administración de la Junta de Andalucía.
                                                                          La presente Orden, cuyo contenido se ajusta al referido
                                                                     Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se adapta en lo sustancial
CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO                                      a las bases reguladoras tipo para la concesión de subvencio-
Y DEPORTE                                                            nes en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas por
                                                                     Orden de 30 de agosto de 2010, de la Consejería de Hacienda
            ORDEN de 14 de junio de 2011, por la que se              y Administración Pública, y, en consecuencia, no se exige la
       aprueban las bases reguladoras para la concesión de           presentación de documento alguno que tenga que aportarse
       subvenciones en régimen de concurrencia competitiva           por la persona interesada junto con la solicitud. Sin embargo,
       en materia de Turismo y se convocan las mismas para el        se ha estimado necesario completar los contenidos de los for-
       ejercicio 2011 en la línea de fomento de servicios turísti-   mularios de solicitud (Anexo I) y de alegaciones (Anexo II) y
       cos y creación de nuevos productos (modalidad ITP).           modificar, en consecuencia, los de dicha Orden, al objeto de
                                                                     añadir los datos referidos a los proyectos y criterios propios de
      El Decreto 137/2010, de 13 de abril, por el que se             las modalidades que se convocan y adaptarlos a la Plataforma
aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo,          «Solicita» a través de la que se van a tramitar.
Comercio y Deporte, de conformidad con el artículo 3 de la                En este sentido, de conformidad con el artículo 6.2 del
Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo, dispone en             Reglamento aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de
su artículo 1 que le corresponden a este Organismo, dentro           mayo, y la disposición adicional primera, apartado d), de la
del marco de las competencias atribuidas a la Comunidad
                                                                     Orden de 30 de agosto de 2010, junto con la aprobación de
Autónoma por el Estatuto de Autonomía para Andalucía, las
relativas al turismo, ejerciendo esta competencia mediante la        las bases reguladoras y el Cuadro resumen de la modalidad
planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de        ITP, la presente Orden incluye la convocatoria para el ejerci-
dicha materia.                                                       cio de 2011 y aprueba los formularios para la presentación de
      El ejercicio de las competencias en materia de promoción       solicitudes y para la presentación de alegaciones, aceptación,
y apoyo del turismo andaluz, como consecuencia de la dero-           reformulación y presentación de documentos.
gación de la Orden de 12 de noviembre de 2009, que estable-
cía las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en              En su virtud, y en el ejercicio de las competencias que me
materia de turismo, necesita un nuevo marco normativo que,           atribuyen el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de
al abordar la aprobación de unas nuevas bases reguladoras            marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Ge-
del procedimiento de concesión de subvenciones, las adapte           neral de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y el ar-
a la coyuntura actual y a la nueva regulación que en materia         tículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno
de subvenciones se recoge en el Decreto 282/2010, de 4 de            de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedi-
mientos de concesión de subvenciones de la Administración                                   DISPONGO
de la Junta de Andalucía.                                                 Artículo único. Aprobación de bases reguladoras y cuadro-
      Al objeto de afrontar la nueva coyuntura y sin perjuicio de    resumen.
que puedan preverse en próximos ejercicios otras actuaciones
de fomento en materia de turismo, mediante la ampliación del              1. Se aprueban las bases reguladoras (texto articulado)
objeto de esta Orden, se aborda ahora la regulación de las que       para la concesión de subvenciones, régimen de concurrencia
han de regir las subvenciones para los servicios turísticos y la     competitiva, en materia de turismo, y cuadro resumen, que
creación de nuevos productos (modalidad ITP).                        forma parte de las mismas, para la línea de fomento de servi-
      El referido Decreto 282/2010, de 4 de mayo, supone un          cios turísticos y creación de nuevos productos (modalidad ITP).
avance cualitativo de considerable alcance en lo referente a la
simplificación de los procedimientos en materia de subvencio-             Disposición adicional primera. Vigencia. Convocatorias
nes consiguiendo una gestión más eficaz y rápida en beneficio        anuales.
de la ciudadanía y también de la propia Administración. Así, de           1. La presentes bases reguladoras tienen vigencia inde-
cara a dicha ciudadanía, la norma potencia la simplificación         finida.
del procedimiento a través del empleo de declaraciones res-               2. Las convocatorias anuales de las subvenciones se efec-
ponsables a suscribir por las personas solicitantes relativas al     tuarán por Orden de la Consejería competente en materia de
cumplimiento de los requisitos establecidos, en sustitución de       turismo en las que, además del plazo de presentación de soli-
la presentación de documentación acreditativa por las perso-         citudes, se aprobarán el formulario de solicitud (Anexo I de la
nas interesadas en el momento inicial del procedimiento.             Orden) y el formulario para presentar alegaciones y efectuar la
      En consecuencia, la presente Orden se adapta a las nue-        reformulación, la aceptación y la presentación de documentos
vas necesidades, establece las bases reguladoras de las sub-         (Anexo II de la Orden).
Sevilla, 4 de julio 2011                                   BOJA núm. 129                                            Página núm. 7



      Disposición adicional segunda. Aprobación convocatoria        solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan
para ejercicio 2011 con sus formularios. Solicitudes y plazo de     sido beneficiarias por agotamiento del citado crédito disponible.
presentación. Financiación convocatoria.
      1. Se aprueba la convocatoria para el presente ejercicio            Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
2011 de la línea de subvención para fomento de servicios                  Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o infe-
turísticos y creación de nuevos productos (modalidad ITP).          rior rango que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la
Asimismo, se aprueban los formularios que constan como              presente Orden.
Anexos a la presente Orden, correspondientes a la línea de
subvención convocada:                                                    Disposición final primera. Habilitación.
      a) Formulario de solicitud (Anexo I).                              Se faculta a la persona titular de la Dirección General de
      b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y       Planificación y Ordenación Turística para dictar cuantas reso-
presentación de documentos (Anexo II).                              luciones sean necesarias para la correcta aplicación e inter-
      2. Las solicitudes deberán cumplimentarse a través del        pretación de la presente Orden.
acceso establecido al efecto en la página web de la Conse-
jería, en la dirección www.juntadeandalucia.es/turismocomer-            Disposición final segunda. La Consejería de Turismo, Co-
cioydeporte, pudiéndose presentar en los lugares y registros        mercio y Deporte adoptará las medidas necesarias para que
referidos en el apartado 10 del cuadro resumen citado que se        se posibilite que la tramitación administrativa de los proce-
acompaña.                                                           dimientos de concesión de subvenciones recogidos en esta
      3. El plazo para la presentación de solicitudes de la con-    Orden sea completamente electrónica.
vocatoria de la línea de subvención que se aprueba a través
de esta Orden para el ejercicio 2011 será de un mes a contar            Disposición final tercera. Entrada en vigor.
desde el día siguiente a la publicación de la presente norma            La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de
en el BOJA.                                                         su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
      4. Financiación convocatoria. La cuantía total máxima
destinada en el presente ejercicio 2011 a la línea de subven-                           BASES REGULADORAS
ción de fomento de servicios turísticos y creación de nuevos
productos (modalidad ITP) será cofinanciada con fondos eu-              Artículo 1. Objeto de las subvenciones y conceptos sub-
ropeos (dentro del ámbito del Programa Operativo FEDER de           vencionables.
Andalucía 2007-2013), con cargo a las siguientes aplicaciones           1. Constituye el objeto de las presentes subvenciones el
presupuestarias:                                                    establecido en el apartado 1 del Cuadro Resumen.
      - 0.1.17.00.17. 775.03 75B (Servicios Centrales y Delega-         2. Serán subvencionables los conceptos indicados en el
ciones Provinciales), por importe de 339.282,89 euros.              apartado 2.a) del Cuadro Resumen.
      - 1.1.17.00.17. 775.03 75B.0. 2010 (Servicios Centrales
y Delegaciones Provinciales), por importe de 6.504.407,37                 Artículo 2. Régimen jurídico.
euros.                                                                    1. Las subvenciones se regirán por las normas específi-
      De conformidad con el artículo 40 del Texto Refundido de      cas indicadas, en su caso, en el apartado 3 del Cuadro Resu-
la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía         men, por lo previsto en las presentes bases reguladoras y en
y su norma de desarrollo, se podrán adquirir compromisos de         las siguientes normas:
gasto de carácter plurianual. No obstante, los compromisos                a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub-
de estos gastos de carácter plurianual deberán adecuarse,           venciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición
en todo caso, al período de subvencionalidad de gasto esta-         final primera.
blecido en el citado Programa Operativo FEDER de Andalucía                b) El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
2007-2013.                                                          aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviem-
      De conformidad con el artículo 5.2 de las bases regulado-     bre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido
ras aprobadas mediante la presente Orden, la distribución te-       en su disposición final primera, así como las demás normas
rritorial y/o funcional de la cuantía total máxima, para la línea   básicas que desarrollen la Ley.
de subvención convocada, se realizará para cada ámbito de                 c) El Título VII del Texto Refundido de la Ley General de
concurrencia por Orden de la persona titular de la Consejería       la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el
competente en materia de turismo y se publicará en BOJA,            Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
con anterioridad al comienzo de la evaluación previa a que se             d) La vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autó-
refiere el artículo 16 de las citadas bases reguladoras.            noma de Andalucía.
      Excepcionalmente, a la cuantía total máxima fijada se adi-          e) El Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se
cionarán 1.306.961,35 euros, sin necesidad de realizar nueva        aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
convocatoria, que aunque no figuran inicialmente como dispo-        Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
nibles en el Presupuesto en el momento de esta convocatoria,              f) La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-
se incrementarán antes de Resolución de Concesión, tras la          rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
tramitación de una transferencia de crédito al efecto. La efecti-   Administrativo Común.
vidad de esta cuantía adicional será establecida mediante una             g) La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de     de la Junta de Andalucía.
la modificación presupuestaria, en un momento anterior, en                h) La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico
cualquier caso, a la resolución de concesión de subvención, y       de los ciudadanos a los servicios públicos.
será realizada por Orden de la persona titular de la Conseje-             i) La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promo-
ría competente en materia de turismo, que será publicará en         ción de la igualdad de género en Andalucía.
BOJA. La distribución territorial y/o funcional de esta cuantía           j) El Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula
adicionada se entenderá realizada en la misma proporción de         la información y atención al ciudadano y la tramitación de proce-
la distribución efectuada de la cuantía total máxima en virtud      dimientos administrativos por medios electrónicos (internet).
del párrafo anterior.                                                     2. Las subvenciones cofinanciadas con fondos europeos
      Asimismo, cuando se produzcan eventuales aumentos so-         se ajustarán a la normativa comunitaria, nacional y autonó-
brevenidos en el crédito disponible, se podrá dictar Resolución     mica que, con carácter específico, se indique en el apartado 3
complementaria de la concesión de la subvención que incluyan        del Cuadro Resumen.
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     Artículo 3. Requisitos que deben reunir las personas o en-      de noviembre, las prohibiciones anteriores tampoco podrán
tidades solicitantes para la obtención de la subvención.             concurrir en cualquiera de sus miembros.
     1. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presen-
tes bases reguladoras las personas o entidades contempladas                Artículo 4. Cuantía de las subvenciones y gastos subven-
en el apartado 4.a).1.º del Cuadro Resumen, que reúnan todos         cionables.
los requisitos indicados en su apartado 4.a).2.º                           1. La forma de concretar la cuantía de la subvención se
     2. Los requisitos señalados en el apartado anterior, de-        especificará en el apartado 5.a) del Cuadro Resumen, pu-
berán mantenerse durante el período indicado en el aparta-           diendo consistir en un porcentaje máximo de la subvención
do 4.b) del Cuadro Resumen.                                          a conceder en relación al presupuesto total de las actividades
     3. Salvo las excepciones establecidas en el apartado 4.c)       subvencionadas, una cuantía máxima, una cuantía mínima, o
del Cuadro Resumen, no se podrá obtener la condición de              un importe cierto sin referencia a un porcentaje o fracción, o
persona o entidad beneficiaria cuando concurra alguna de las         en otras formas o métodos de concreción.
circunstancias siguientes:                                                 2. Siempre que se establezca afirmativamente en el apar-
     a) Haber sido condenada mediante sentencia firme a la           tado 5.b) del Cuadro Resumen, el órgano concedente proce-
pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o          derá al prorrateo entre las personas o entidades beneficiarias
ayudas públicas.                                                     de la subvención, del importe global máximo destinado a las
     b) Haber solicitado la declaración de concurso voluntario,      subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-
haber sido declarada insolvente en cualquier procedimiento,          lo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
hallarse declarada en concurso, salvo que en éste haya adqui-              3. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá
rido la eficacia un convenio, estar sujeta a intervención judicial   ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con
o haber sido inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que        subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o
haya concluido el período de inhabilitación fijado en la senten-     de otros entes públicos o privados, nacionales o internaciona-
cia de calificación del concurso.                                    les, supere el coste de la actividad a desarrollar por la persona
     c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido           beneficiaria.
declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato            4. Se consideran gastos subvencionables los indicados en
celebrado con la Administración.                                     el apartado 5.c).1.º del Cuadro Resumen. Solo podrán com-
     d) Estar incursa la persona física, los administradores de      pensarse unos conceptos con otros cuando la subvención
las sociedades mercantiles o quienes ostenten la representa-         se hubiera concedido para financiar inversiones o gastos de
ción legal de otras personas jurídicas, en alguno de los su-         distinta naturaleza y así se prevea en el apartado 5.c).2.º del
puestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de           Cuadro Resumen o en la resolución de concesión.
los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de              5. Los gastos subvencionables deberán haberse realizado
los Altos Cargos de la Administración General del Estado; de         dentro del plazo indicado en el apartado 5.e) del Cuadro Re-
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades            sumen.
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas; de              6. Salvo que se establezca lo contrario en el apartado 5.f)
la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos         del Cuadro Resumen, se considerará gasto realizado el que ha
Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de De-
claración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y       sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización
otros Cargos Públicos, o tratarse de cualquiera de los cargos        del período de justificación determinado en el apartado 26.b)
electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio,       del Cuadro Resumen.
del Régimen Electoral General, en los términos establecidos                No obstante, cuando la subvención se financie con fon-
en la misma o en la normativa autonómica que regule estas            dos de la Unión Europea, solamente se considerará gasto rea-
materias.                                                            lizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad
     e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obli-     a la finalización del período de justificación determinado en el
gaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas        apartado 26.b) del Cuadro Resumen.
por las disposiciones vigentes.                                            7. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos
     f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio califi-   subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
cado reglamentariamente como paraíso fiscal.                               8. En ningún caso serán gastos subvencionables:
     g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por               a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
reintegro de subvenciones. Se considerará que se encuentra                 b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y
al corriente cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas         penales.
o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impug-               c) Los gastos de procedimientos judiciales.
nación de la correspondiente resolución de reintegro.                      9. Los tributos son gastos subvencionables cuando la per-
     h) Haber sido sancionada mediante resolución firme con          sona beneficiaria de la subvención los abone efectivamente.
la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la        En ningún caso se consideran gastos subvencionables los im-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, o la Ley 58/2003, de 17             puestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación
de diciembre, General Tributaria.                                    o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
     i) Tener deudas en período ejecutivo de cualquier ingreso       No obstante, cuando las subvenciones se financien con fondos
de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.            provenientes de la Unión Europea deberá estarse en cuanto a
     j) En el supuesto de tener la condición de empresa, haber       las reglas de subvencionabilidad a lo establecido en la norma-
sido sancionada o condenada por resolución administrativa            tiva comunitaria y nacional que resulte de aplicación.
firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácti-             10. Los costes indirectos habrán de imputarse por la per-
cas laborales consideradas discriminatorias por la legislación       sona o entidad beneficiaria a la actividad subvencionada en la
vigente.                                                             parte que razonablemente corresponda de acuerdo con prin-
     k) En el supuesto de asociaciones, estar incursa en al-         cipios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en
guna de las prohibiciones mencionadas en el artículo 13.3 de         todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.                                  período en que efectivamente se realiza la actividad. A efec-
     4. En el supuesto de que en el apartado 4.a).1.º del Cua-       tos de imputación de costes indirectos la fracción del coste
dro Resumen se hubiera previsto que puedan acceder a la              total que se considera coste indirecto imputable a la actividad
condición de beneficiarias las agrupaciones previstas en el          subvencionada será la que, en su caso, se establezca en el
segundo párrafo del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17           apartado 5.d) del Cuadro Resumen.
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     11. La persona beneficiaria deberá destinar los bienes al      que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisi-
fin concreto para el que se concedió la subvención durante el       tos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.
periodo indicado en el apartado 5.g) del Cuadro Resumen.                 6. El régimen de control de las subvenciones se realizará
     12. Las reglas especiales en materia de amortización de        conforme a lo establecido en el apartado 6 del cuadro resumen.
los bienes inventariables serán las que, en su caso, se esta-
blezcan en el apartado 5.h).                                             Artículo 6. Financiación y régimen de compatibilidad de
     13. En los términos establecidos en el artículo 31.3 de        las subvenciones.
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando el importe del                1. Siempre que se especifique en el apartado 7.a) del Cua-
gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el        dro Resumen, la persona beneficiaria tendrá que efectuar una
supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000 euros          aportación de fondos propios para cubrir la actividad subven-
en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación       cionada, teniendo que acreditarse al justificar la subvención.
de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica,           2. Salvo que se establezca lo contrario en el aparta-
la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofer-     do 7.b), las subvenciones que se otorguen al amparo de las
tas de diferentes proveedores, con carácter previo a la con-        presentes bases reguladoras serán compatibles con la percep-
tracción del compromiso para la prestación del servicio o la        ción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para
entrega del bien.                                                   la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administra-
                                                                    ciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
     Artículo 5. Limitaciones presupuestarias y control.            Europea o de organismos internacionales, de conformidad con
     1. La concesión de las subvenciones estará limitada por        el artículo 19.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y
las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo         demás normativa de aplicación.
con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General           3. Salvo que se establezca lo contrario en el apartado 7.c),
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.                    los rendimientos financieros que se generen por los fondos li-
     2. Las subvenciones se concederán con cargo a los crédi-       brados a las personas o entidades beneficiarias incrementarán
tos presupuestarios que se establezcan en la correspondiente        el importe de la subvención concedida y se aplicarán igual-
convocatoria, en la que se especificará la cuantía total máxima     mente a la actividad subvencionada. Este apartado no será
destinada a cada línea de subvención en dicha convocatoria.         de aplicación en los supuestos en que la beneficiaria sea una
     En aquellos casos en los que, de conformidad con lo es-        Administración Pública.
tablecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen, existiesen             4. Si la Unión Europea participa en la financiación de es-
dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurren-       tas subvenciones, en el apartado 7.d) del Cuadro Resumen se
cia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir      indicará el fondo europeo que corresponda, así como si parti-
entre dichos ámbitos en los importes que indique la convoca-        cipa la Administración General del Estado y otras Administra-
toria o, en su defecto, en una declaración posterior de distri-     ciones Públicas.
bución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de
la evaluación previa. Esta declaración se deberá formular por            Artículo 7. Entidades colaboradoras.
parte de quien efectuó la convocatoria y en los mismos me-               1. La entrega y distribución de los fondos públicos a las
dios de publicidad que ésta.
     3. Cuando se prevea en la convocatoria, se podrá adquirir      personas o entidades beneficiarias y/o la colaboración en la
compromisos de gasto de carácter plurianual de conformidad          gestión de las subvenciones se efectuará por entidad/es cola-
con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la      boradora/s cuando así se haya previsto en el apartado 8.a) del
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía         Cuadro Resumen.
y su normativa de desarrollo, conforme a la distribución por             2. Para actuar como entidad colaboradora se deberán
anualidades e importes que en ella se establezca.                   reunir todos los requisitos indicados en el apartado 8.b) del
     4. Excepcionalmente, la convocatoria de subvenciones           Cuadro Resumen.
podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los             3. Los requisitos señalados en el apartado anterior de-
créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la    berán mantenerse durante el período indicado en el aparta-
concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convo-          do 8.c) del Cuadro Resumen.
catoria. La fijación y utilización de esta dotación presupuesta-         4. Salvo las excepciones establecidas en el apartado 8.d)
ria adicional estarán sometidas a las siguientes reglas:            del Cuadro Resumen, no se podrá obtener la condición de en-
     a) Solo resultará admisible la fijación de esta cuantía adi-   tidad colaboradora cuando concurra alguna de las circunstan-
cional cuando la dotación necesaria de los créditos a los que       cias indicadas en el artículo 3.3.
resulta imputable no figure en el Presupuesto en el momento              5. Las entidades colaboradoras deberán reunir las condi-
de la convocatoria, pero se prevea obtener en cualquier mo-         ciones de solvencia y eficacia que, en su caso, se establezcan
mento anterior a la resolución de concesión por depender de         en el apartado 8.e) del Cuadro Resumen.
un aumento de los créditos derivado de una generación, una               6. Las particularidades y contenido del convenio de cola-
ampliación o una incorporación de crédito.                          boración o contrato, serán los que, en su caso, se indiquen en
     b) La convocatoria deberá hacer constar expresamente           el apartado 8.f) del Cuadro Resumen.
que la efectividad de la cuantía adicional queda condicionada            7. Las funciones y obligaciones de las entidades colabo-
a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aproba-      radoras serán las indicadas en el apartado 8.g) del Cuadro
ción de la modificación presupuestaria que proceda en un            Resumen.
momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de conce-
sión de la subvención.                                                   Artículo 8. Subcontratación.
     c) La declaración de créditos disponibles, que deberá               1. Las personas o entidades beneficiarias de las subven-
efectuarse por quien efectuó la convocatoria, deberá publi-         ciones podrán subcontratar la ejecución de la actividad sub-
carse en los mismos medios que ésta, sin que tal publicidad         vencionada cuando así se haya previsto en el apartado 9 del
implique la apertura de un plazo para presentar nuevas solici-      Cuadro Resumen.
tudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar            2. En ningún caso podrán subcontratarse actividades
y notificar la resolución.                                          que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no
     5. La convocatoria podrá también prever que eventuales         aporten valor añadido al contenido de la misma.
aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, posibiliten una          3. Cuando la actividad concertada con terceros exceda
resolución complementaria de la concesión de la subvención          del 20% del importe de la subvención y dicho importe sea su-
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perior a 60.000 euros, la subcontratación estará sometida al               Artículo 10. Solicitudes.
cumplimiento de los siguientes requisitos:                                 1. Las solicitudes se presentarán ajustándose al formula-
     a) Que el contrato se celebre por escrito.                      rio incorporado en la convocatoria, cumplimentando:
     b) Que la celebración del mismo se autorice previamente               a) Los datos identificativos de la persona o entidad intere-
por el órgano concedente de la subvención.                           sada y, en su caso, de quien la represente.
     4. No podrá fraccionarse un contrato con el objeto de dis-            b) El medio preferente o el lugar a efectos de practicar las
minuir la cuantía del mismo y eludir el cumplimiento de los          notificaciones que, en su caso, proceda efectuar. A tal efecto,
requisitos exigidos en el apartado anterior.                         en el modelo de solicitud figura un apartado para que puedan
     5. Los contratistas quedarán obligados solo ante la per-        indicar como preferente el medio electrónico.
sona beneficiaria, que asumirá la total responsabilidad de la              c) Una declaración responsable de no hallarse incursas
ejecución de la actividad subvencionada frente a la Adminis-         en las circunstancias previstas en el artículo 3.3.
tración.                                                                   d) Una declaración responsable de que cumplen los requi-
     6. A efectos de lo previsto en el apartado anterior, las per-   sitos exigidos en las bases reguladoras.
sonas o entidades beneficiarias serán responsables de que en               e) En los apartados correspondientes de la solicitud, la
la ejecución de la actividad subvencionada concertada con ter-       información necesaria para aplicar los criterios de valoración.
ceros se respeten los límites establecidos en las presentes ba-            f) Una declaración responsable relativa a otras subven-
ses reguladoras en cuanto a la naturaleza y cuantía de gastos        ciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso,
subvencionables, y los contratistas estarán sujetos al deber de      concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera Admi-
colaboración previsto en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de        nistraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales
17 de noviembre, para permitir la adecuada verificación del          o internacionales, con indicación de la entidad concedente,
cumplimiento de dichos límites.                                      fecha e importe.
     7. En ningún caso podrá concertarse por la persona o en-              g) En su caso, el consentimiento expreso al órgano ins-
tidad beneficiaria la ejecución total o parcial de las actividades   tructor para que recabe de otras Consejerías o de otras Ad-
subvencionadas con:                                                  ministraciones Públicas toda la información o documentación
     a) Personas o entidades incursas en alguna de las prohibi-      acreditativa exigida en la normativa de aplicación que estu-
ciones del artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General      viera en poder de aquéllas. En caso de no prestar el consenti-
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía o en la del          miento, en el trámite de audiencia estarán obligadas a aportar
artículo 13.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la         los documentos necesarios para facilitar esa información, en
promoción de la igualdad de género en Andalucía.                     los términos indicados en el artículo 17.
     b) Personas o entidades que hayan percibido otras sub-                h) La declaración responsable de la veracidad de todos
                                                                     los datos reflejados en la solicitud.
venciones para la realización de la actividad objeto de contra-
                                                                           2. Conforme al artículo 23 del Reglamento de los Proce-
tación.                                                              dimientos de Concesión de Subvenciones de la Administra-
     c) Intermediarios o asesores en los que los pagos se de-        ción de la Junta de Andalucía, la presentación de la solicitud
finan como un porcentaje de coste total de la operación, a           conlleva la autorización al órgano instructor para recabar las
menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor        certificaciones o la remisión de datos de la Agencia Estatal
de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.          de Administración Tributaria, de la Tesorería General de la Se-
     d) Personas o entidades vinculadas con la persona benefi-       guridad Social y de la Consejería competente en materia de
ciaria, salvo que concurran las siguientes circunstancias:           Hacienda que estas bases reguladoras requieran aportar.
                                                                           3. El formulario de solicitud se podrá obtener en los luga-
     1.ª Que la contratación se realice de acuerdo con las con-      res indicados en el apartado 10.a) del Cuadro Resumen.
diciones normales de mercado.                                              4. La solicitud irá dirigida a la persona titular del órgano
     2.ª Que se obtenga la previa autorización del órgano con-       indicado en el apartado 10.b) del Cuadro Resumen.
cedente de la subvención.                                                  5. En la fase de presentación de solicitudes, la documen-
                                                                     tación acreditativa del cumplimiento de cada uno de los requisi-
     e) Personas o entidades solicitantes de ayuda o subven-         tos exigidos en estas bases reguladoras queda sustituida por la
ción en la misma convocatoria y programa, que no hayan ob-           declaración responsable contemplada en el apartado 1.d), con
tenido subvención por no reunir los requisitos o no alcanzar la      el compromiso de aportarla en los términos del artículo 17.
valoración suficiente.                                                     6. En la fase de presentación de solicitudes, la documen-
     8. Las solicitudes de autorizaciones previstas en los apar-     tación acreditativa de la información necesaria para aplicar los
tados 3.b) y 7.d).2.ª de este artículo, se podrán presentar en los   criterios de valoración establecidos en estas bases regulado-
lugares y por cualquiera de los medios indicados en el artícu-       ras queda sustituida por la incorporación de la información en
lo 11. Las resoluciones de estas solicitudes de autorización         los correspondientes apartados del formulario de solicitud y la
se deberán adoptar y notificar en el plazo máximo de un mes          declaración responsable contemplada en el apartado 1.h), con
desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro del        el compromiso de aportarla en los términos del artículo 17.
órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho                  7. Con carácter general, cuando se trate de información
plazo sin haberse dictado y notificado la correspondiente reso-      o documentos que obren en poder de la Administración de
lución, se entenderá estimada la solicitud de autorización.          la Junta de Andalucía o sus agencias, la persona solicitante
     9. En los demás aspectos relativos a la subcontratación se      podrá ejercer su derecho a no presentarlos, autorizando al
estará a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de        órgano instructor para que los recabe de otra Consejería o
17 de noviembre, y al artículo 68 del Real Decreto 887/2006,         agencia, para lo cual deberá indicar el órgano al que fueron
de 21 de julio.                                                      presentados o por el que fueron emitidos, la fecha de dicha
                                                                     presentación o emisión, y el procedimiento al que correspon-
     Artículo 9. Procedimiento de concesión.                         den, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años
     1. El procedimiento de concesión de subvenciones se ini-        desde la finalización de éste.
ciará de oficio, y se tramitará y resolverá en régimen de concu-
rrencia competitiva.                                                      Artículo 11. Lugares y medios de presentación de solicitudes.
     2. El ámbito territorial y/o funcional de competitividad             1. Las solicitudes se podrán presentar en los lugares y
será el establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen.          registros indicados en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen.
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      2. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se      dos en el artículo 14. En este trámite, el órgano competente
deberá disponer de un certificado electrónico reconocido ex-         para realizar la evaluación previa podrá realizar cuantas actua-
pedido por cualquiera de los prestadores de servicios de cer-        ciones estime necesarias para la determinación, conocimiento
tificación cuyos certificados reconoce la Administración de la       y comprobación de los datos en virtud de los cuales se efec-
Junta de Andalucía. La relación de prestadores de servicios de       tuará la evaluación previa.
certificación cuyos certificados electrónicos reconoce la Admi-           2. El trámite de evaluación previa dará lugar a que el ór-
nistración de la Junta de Andalucía se puede consultar en la         gano competente emita la propuesta provisional de resolución.
dirección electrónica indicada en el apartado 10.d) del Cuadro            3. El informe de evaluación incluirá la relación de solicitu-
Resumen. Igualmente se podrá utilizar los sistemas de firma          des que hayan conseguido un orden preferente tras aplicar a
electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad,         cada una de ellas los criterios objetivos. La suma de los impor-
para personas físicas, en los términos de los artículos 13 y 14      tes propuestos para su concesión en el informe de evaluación
de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de          no podrá ser superior al crédito presupuestario previsto en la
los ciudadanos a los servicios públicos.                             convocatoria.
                                                                          4. La propuesta provisional de resolución, contendrá:
     Artículo 12. Plazo de presentación de solicitudes.                   La relación de personas o entidades interesadas que han
     1. El plazo de presentación de solicitudes será el estable-     obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración
cido en el apartado 11 del Cuadro Resumen.                           de beneficiarias provisionales, por orden de puntuación y la
     2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de       cuantía de la subvención otorgable.
dicho plazo; la resolución de inadmisión será notificada perso-           La relación de personas o entidades interesadas que no
nalmente en los términos del artículo 59 de la Ley 30/1992,          han obtenido la puntuación suficiente para tener la considera-
de 26 de noviembre.                                                  ción de beneficiarias provisionales, por orden de puntuación.
                                                                     Tendrán la consideración de beneficiarias suplentes y se indi-
      Artículo 13. Subsanación de solicitudes.                       cará la cuantía de la subvención otorgable para el supuesto de
      1. Si en las solicitudes no se hubieran cumplimentado los      que acabaran resultando beneficiarias definitivas.
extremos contenidos en las letras a), b), c), d), f), y h) del ar-        5. Las personas o entidades que tengan la consideración
tículo 10.1, el órgano instructor requerirá de manera conjunta       de interesadas en este procedimiento de concesión de sub-
a las personas o entidades interesadas para que en el plazo          venciones, podrán conocer a través de un acceso restringido
de diez días procedan a la subsanación, con la indicación de         en la dirección electrónica indicada en el apartado 14 del Cua-
que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su       dro Resumen, el estado de tramitación del mismo. El acceso y
solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la        consulta se podrá realizar en tiempo real, previa identificación
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, previa resolución que de-           mediante alguno de los sistemas de firma electrónica indica-
berá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la refe-       dos en el artículo 11.2. La información sobre el estado de la
rida Ley.
      2. No obstante lo anterior, el plazo para subsanar la so-      tramitación del procedimiento comprenderá la relación de los
licitud podrá ser ampliado, hasta cinco días más, a petición         actos de trámite realizados, su contenido y fecha en la que
de las personas o entidades solicitantes de la subvención o          fueron dictados. Todo ello, sin perjuicio de lo previsto en el ar-
a iniciativa del órgano instructor cuando afecte a personas o        tículo 35.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
entidades interesadas residentes fuera de España o cuando se
haya de cumplimentar algún trámite en el extranjero.                      Artículo 17. Audiencia, reformulación, aportación de docu-
      3. Transcurrido el plazo para subsanar, se dictará resolu-     mentación y aceptación.
ción declarando el archivo de las solicitudes no subsanadas, y            1. El órgano instructor, tras haberse dictado la propuesta
la inadmisión en los casos en que corresponda.                       provisional de resolución, concederá un plazo de diez días para
      4. Los escritos mediante los que las personas o entida-        que, utilizando el formulario-anexo II las personas o entidades
des interesadas efectúen la subsanación podrán presentarse           beneficiarias provisionales y suplentes puedan:
en cualquiera de los lugares y por cualquiera de los medios               a) Alegar lo que estimen pertinente, en los términos que
indicados en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen.                   prevé el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
                                                                          b) Reformular su solicitud siempre que, habiéndose pre-
     Artículo 14. Criterios objetivos para la concesión de la        visto en el apartado 2.b) del Cuadro Resumen, el importe de
subvención.                                                          la subvención de la propuesta de resolución provisional sea
     1. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los cri-      inferior al que figura en su solicitud, en orden a ajustar los
terios objetivos, y su ponderación, enumerados en el aparta-         compromisos y condiciones a la subvención otorgable; en todo
do 12.a) del Cuadro Resumen.                                         caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad y los
     2. En el supuesto que se produjera igualdad en la puntua-       criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases
ción de la baremación, se priorizarán en la forma indicada en        reguladoras.
el apartado 12.b) del Cuadro Resumen.                                     c) Comunicar su aceptación a la subvención propuesta.
                                                                     Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 4 de este artículo, la
     Artículo 15. Órganos competentes para la instrucción y          propuesta provisional se tendrá por aceptada:
resolución.
     1. Los órganos competentes para la instrucción, eva-                  1.º Cuando se proponga la concesión de la subvención
luación y resolución del procedimiento de concesión de sub-          por un importe inferior al solicitado, al transcurrir el plazo para
venciones serán los indicados en el apartado 13 del Cuadro           reformular sin que las personas o entidades beneficiarias pro-
Resumen.                                                             visionales o suplentes comuniquen su desistimiento.
     2. Cuando así se establezca en el apartado 13 del Cuadro              2.º Cuando se proponga la concesión en los importes so-
Resumen, la evaluación de las solicitudes y, en su caso, la          licitados sin que se comunique el desistimiento por las perso-
propuesta de resolución, se llevarán a cabo por un órgano co-        nas o entidades beneficiarias provisionales.
legiado con la composición indicada en dicho apartado.
                                                                         d) Optar entre las subvenciones en las que haya resultado
     Artículo 16. Tramitación.                                       beneficiaria provisional, cuando en el apartado 2.c) del Cuadro
     1. La evaluación previa comprenderá el análisis y valora-       Resumen se haya contemplado la posibilidad solicitar dos o
ción de las solicitudes de acuerdo con los criterios estableci-      más subvenciones y solo se pueda optar a una de ellas.
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     2. Las personas o entidades beneficiarias provisionales de-     ciación, consignando la cuantía o el porcentaje de la ayuda
berán presentar, junto al formulario indicado en el apartado 1,      aportada por el fondo comunitario que corresponda.
la documentación señalada en el apartado 15 del Cuadro Re-                d) La forma y secuencia del pago y los requisitos exigidos
sumen, la cual deberá ser acreditativa de los datos que hayan        para su abono; en el caso de contemplarse la posibilidad de
consignado en su solicitud, tanto de los requisitos, en las decla-   efectuar anticipos de pago sobre la subvención concedida, la
raciones responsables, como de los criterios de valoración.          forma y cuantía de las garantías que, en su caso, habrá de
     Esta documentación también deberá ser presentada por            aportar la persona o entidad beneficiaria.
las personas o entidades beneficiarias suplentes que así se               e) Las condiciones que, en su caso, se impongan a las
especifique en la propuesta provisional de resolución.               personas o entidades beneficiarias.
     Los documentos serán originales, copias auténticas o co-             f) El plazo y la forma de justificación por parte de las per-
pias autenticadas.                                                   sonas o entidades beneficiarias del cumplimiento de la finali-
     3. El formulario y, en su caso, documentación adjunta           dad para la que se concede la subvención y de la aplicación
podrán presentarse en cualesquiera de los lugares y por cua-         de los fondos recibidos, y del importe, procedencia y aplica-
lesquiera de los medios indicados en el apartado 10.c) del           ción de otros fondos a las actividades subvencionadas, en el
Cuadro Resumen, siempre que, para el supuesto de presen-             supuesto de que las mismas fueran financiadas también con
tación en el Registro Telemático Único de la Administración de       fondos propios u otras subvenciones o recursos.
la Junta de Andalucía, se trate de documentos electrónicos,               g) La indicación, en su caso, de que han sido desestima-
copias electrónicas de documentos electrónicos o copias elec-        das el resto de solicitudes.
trónicas de documentos emitidos originalmente en soporte                  2. De acuerdo con el artículo 115.3 del Texto Refundido
papel, que incluyan un código generado electrónicamente u            de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Anda-
otros sistemas de verificación que permitan contrastar su au-        lucía, la resolución ha de ser motivada, razonándose el otorga-
tenticidad mediante el acceso a los archivos electrónicos de la      miento en función del mejor cumplimiento de la finalidad que
Administración Pública, órgano o entidad emisora.                    lo justifique.
     En el supuesto de presentación a través del Registro Te-             3. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución
lemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía,        del procedimiento será el establecido en el apartado 16 del
las personas o entidades interesadas también podrán aportar          Cuadro Resumen, y se computará a partir del día siguiente al
copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el        de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
original garantizarán mediante la utilización de firma electró-      El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y
nica avanzada. En este supuesto, el órgano instructor podrá          publicado la resolución expresa, legitima a las personas intere-
solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido        sadas para entender desestimada por silencio administrativo
de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo        la solicitud de concesión de la subvención.
y con carácter excepcional, podrá requerir a las personas o               4. Cuando en el apartado 17 del Cuadro Resumen se re-
entidades interesadas la exhibición del documento o de la            quiera la aceptación expresa de la resolución de concesión,
información original. La aportación de tales copias implica la       ésta deberá producirse en el plazo de los quince días siguien-
autorización al órgano instructor para que acceda y trate la         tes a la publicación prevista en el artículo 21, con indicación
información personal contenida en tales documentos.                  de que, si así no lo hiciese, la resolución dictada perderá su
     4. La falta de presentación en plazo de los documentos          eficacia, acordándose el archivo con notificación a la persona
exigidos por la propuesta provisional implicará:                     o entidad interesada.
     a) Cuando se refiera a la acreditación de requisitos para            5. La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la
obtener la condición de persona beneficiaria, su desistimiento       vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso
de la solicitud.                                                     contencioso-administrativo, en la forma y los plazos estable-
     b) Cuando se refiera a la acreditación de los elementos a       cidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Ju-
considerar para aplicar los criterios de valoración, la no consi-    risdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente,
deración de tales criterios, con la consiguiente modificación de     recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley
la valoración obtenida.                                              30/1992, de 26 de noviembre.
     Todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en que se
pueda incurrir.                                                            Artículo 20. Terminación convencional.
                                                                           1. Cuando así se haya establecido en el apartado 18.a)
     Artículo 18. Propuesta definitiva de resolución.                del Cuadro Resumen, el procedimiento de concesión de sub-
     El órgano competente analizará las alegaciones presenta-        venciones podrá también finalizarse mediante acuerdo entre
das durante el trámite de audiencia, comprobará la documen-          el órgano concedente y las personas o entidades interesadas
tación aportada y formulará la propuesta definitiva de resolu-       sobre la determinación de la cuantía de la subvención a conce-
ción, que no podrá superar la cuantía total máxima del crédito       der, debiendo respetarse en todo caso el objeto, condiciones y
establecido en la correspondiente convocatoria.                      finalidad de las subvenciones, así como los criterios de valora-
                                                                     ción establecidos para cada una de ellas.
     Artículo 19. Resolución.                                              2. A los efectos previstos en el apartado anterior, las per-
     1. La resolución del procedimiento será adoptada por el         sonas o entidades solicitantes y el órgano competente para la
órgano competente con el siguiente contenido mínimo:                 instrucción del procedimiento podrán, en cualquier momento
     a) La indicación de las personas o entidades beneficia-         anterior a la propuesta provisional de resolución, proponer un
rias, de la actividad, proyecto o comportamiento a realizar o        acuerdo referido a la cuantía de la subvención.
situación que legitima la subvención, y del plazo de ejecución,            3. Si la propuesta obtiene la conformidad del órgano ins-
con expresión del inicio del cómputo del mismo.                      tructor y de todas las personas o entidades solicitantes, se
     b) La cuantía de la subvención, y en su caso, los concep-       remitirá con todo lo actuado al órgano competente para resol-
tos o líneas de subvenciones en que se desglose; la aplicación       ver, quien lo hará con libertad de criterio, procediéndose, en
presupuestaria del gasto y, en su caso, su distribución pluri-       su caso, a la correspondiente formalización del acuerdo, con
anual; cuando proceda, tanto el presupuesto subvencionado            las particularidades que puedan establecerse en el aparta-
como el porcentaje de ayuda con respecto al presupuesto              do 18.b) del Cuadro Resumen.
aceptado.                                                                  4. El acuerdo formalizado producirá iguales efectos que la
     c) En el supuesto de cofinanciación con fondos europeos,        resolución del procedimiento, debiendo contener los extremos
la indicación de que la Unión Europea participa en su finan-         mínimos exigidos en el artículo anterior.
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      Artículo 21. Notificación y publicación.                      neficiaria de la subvención podrá instar del órgano concedente
      1. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a        la iniciación de oficio del procedimiento para modificar la re-
todas las personas o entidades interesadas y, en particular,        solución de concesión, incluida la ampliación de los plazos
los de requerimientos de subsanación, el trámite de audien-         de ejecución y justificación, sin que en ningún caso pueda va-
cia y el de resolución del procedimiento, se publicarán en la       riarse el destino o finalidad de la subvención, ni alterar la acti-
página web indicada en el apartado 19 del Cuadro Resumen,           vidad, programa, actuación o comportamiento para los que se
en los términos del artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26       concedió la subvención ni elevar la cuantía de la subvención
de noviembre, y del artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de         obtenida que figura en la resolución de concesión. La varia-
junio. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación   ción tampoco podrá afectar a aquellos aspectos propuestos
personal y surtirá sus mismos efectos.                              u ofertados por la persona o entidad beneficiaria que fueron
      2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior,     razón de su concreto otorgamiento. La ampliación del plazo
las notificaciones que deban cursarse personalmente, se prac-       de justificación no podrá exceder de la mitad del inicialmente
ticarán en el lugar o por el medio indicado por las personas o      establecido y en ningún caso podrá perjudicar derechos de
entidades en sus solicitudes, salvo que se hubiera establecido      terceras personas.
en el apartado 20 del Cuadro Resumen la obligatoriedad de la              4. El escrito por el que se inste la iniciación de oficio
notificación electrónica.                                           deberá estar suficientemente justificado, presentándose de
      3. Salvo que en el apartado 20 del Cuadro Resumen se          forma inmediata a la aparición de las circunstancias que lo
hubiera establecido la obligatoriedad de la notificación electró-   motiven y con antelación a la finalización del plazo de ejecu-
nica, siempre que las personas o entidades interesadas hayan        ción y de justificación inicialmente concedido.
señalado o consentido expresamente el medio de notificación               En el plazo máximo de 15 días desde que el escrito haya
electrónico, las notificaciones que deban cursarse personal-        tenido entrada en el registro del órgano competente para su
mente a las mismas se practicarán por ese medio en la sede          tramitación, se notificará a la persona o entidad interesada el
electrónica que se les hayan asignado a tal efecto, de confor-      acuerdo por el que se adopte la decisión de iniciar o no el pro-
midad con la normativa aplicable. A tal efecto, en el formulario    cedimiento. La denegación deberá motivarse expresamente.
de solicitud figura un apartado para que la persona o entidad             5. La resolución de modificación será dictada y notificada
interesada pueda señalar expresamente el medio de notifica-         en un plazo no superior a dos meses, y siempre antes de fina-
ción o comunicación electrónica como preferente e indicar,          lizar el plazo que, en su caso, sea modificado. La resolución
para el caso de comunicación, una dirección electrónica.            se adoptará por el órgano concedente de la subvención tras la
                                                                    instrucción del correspondiente procedimiento en el que, junto
      Artículo 22. Publicación trimestral de las subvenciones       a la propuesta razonada del órgano instructor, se acompaña-
concedidas.                                                         rán los informes pertinentes y las alegaciones que, en su caso,
      1. A efectos de general conocimiento, de acuerdo con lo       hubiera presentado la persona o entidad beneficiaria.
dispuesto en los artículos 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y 123 del Texto Refundido de la Ley General de la              Artículo 24. Obligaciones de las personas o entidades
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las subvenciones         beneficiarias.
concedidas se publicarán trimestralmente en el Boletín Oficial            1. Son obligaciones de la persona o entidad beneficiaria:
de la Junta de Andalucía con expresión de la convocatoria, el             a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la acti-
programa y crédito presupuestario al que se imputen, la per-        vidad o adoptar el comportamiento que fundamenta la conce-
sona o entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finali-     sión de las subvenciones en la forma y plazos establecidos.
dad o finalidades de la subvención.                                       b) Justificar ante el órgano concedente o, en su caso, la
      2. No será necesaria dicha publicación respecto de las        entidad colaboradora, el cumplimiento de los requisitos y con-
subvenciones cuyo importe individual sea de cuantía inferior        diciones, así como la realización de la actividad y el cumpli-
a 3.000 euros. En este supuesto la publicidad se efectuará a        miento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute
través de la página web indicada en el apartado 19 del Cuadro       de la subvención.
Resumen.                                                                  c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efec-
      3. Se exceptúan de las obligaciones previstas en este ar-     tuar por el órgano concedente o, en su caso, la entidad co-
tículo las subvenciones cuando la publicación de los datos de       laboradora, así como cualesquiera otras de comprobación y
las personas o entidades beneficiarias pueda ser contraria al       control financiero que puedan realizar los órganos de control
respeto y salvaguarda del honor, la intimidad personal y fami-      competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando
liar de las personas físicas en virtud de lo establecido en la      cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las ac-
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del          tuaciones anteriores.
derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la pro-          d) El sometimiento a las actuaciones de comprobación y
pia imagen.                                                         control financiero que corresponden a la Intervención General
                                                                    de la Junta de Andalucía, en relación con las subvenciones
     Artículo 23. Modificación de la resolución de concesión.       y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del
     1. El procedimiento para modificar la resolución de con-       Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalu-
cesión se iniciará siempre de oficio por acuerdo del órgano         cía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos
que la otorgó, bien por propia iniciativa, como consecuencia        órganos.
de petición razonada de otros órganos o bien a instancia de la            e) Comunicar al órgano concedente o, en su caso, la en-
persona beneficiaria.                                               tidad colaboradora, la obtención de otras subvenciones, ayu-
     2. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta        das, ingresos o recursos que financien las actividades subven-
para la concesión de la subvención, indicadas en el apartado        cionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o
21.a) del Cuadro Resumen, podrá dar lugar a la modificación         privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación de-
de la resolución de concesión. En el supuesto de que se ob-         berá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso,
tengan de manera concurrente otras aportaciones fuera de los        con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los
casos permitidos en estas bases reguladoras, se acordará la         fondos percibidos. Asimismo, se comunicará cualquier altera-
modificación de la resolución de concesión en los términos          ción de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión
previstos en el artículo 28.                                        de la subvención.
     3. Salvo previsión expresa en contrario establecida en el            f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados
apartado 21.b) del Cuadro Resumen, la persona o entidad be-         y demás documentos debidamente auditados en los términos
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exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la    del Cuadro Resumen, mediante pago del 100% del importe de
persona beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados         la subvención y/o, cuando la naturaleza de la subvención así lo
contables y registros específicos sean exigidos en el aparta-       justifique, mediante pago fraccionado.
do 22 del Cuadro Resumen, con la finalidad de garantizar el               b) Pago anticipado: En el supuesto de haberse señalado
adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.     esta forma de pago, en el apartado 24.a).2.º del Cuadro Resu-
     g) Conservar los documentos justificativos de la aplica-       men, el pago se realizará mediante uno o varios pagos antici-
ción de los fondos recibidos, incluidos los documentos elec-        pados con anterioridad a la justificación de la realización de
trónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de          la actuación o proyecto, según la secuencia del pago y el por-
comprobación y control.                                             centaje del importe de la subvención que se abonará en cada
     h) Hacer constar en toda información o publicidad que          uno de ellos que se señala en el apartado 24.b) del Cuadro
se efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la         Resumen. La forma y cuantía de las garantías que, en su caso,
misma está subvencionada por la Administración de la Junta          habrán de aportar las personas o entidades beneficiarias será
de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha con-      la señalada en el apartado 24.a).2.º del Cuadro Resumen.
cedido, utilizando un lenguaje no sexista. En los supuestos de            En esta forma de pago, no podrá abonarse a la persona
subvenciones financiadas con fondos comunitarios, se deberá         o entidad beneficiaria un importe superior al 75% de la sub-
cumplir con las disposiciones que sobre información y publici-      vención concedida, sin que se justifiquen previamente los pa-
dad se dicten por la Unión Europea. En todo caso, se deberán        gos anteriores, excepto en los supuestos en que el importe de
adoptar las medidas específicas de información y publicidad         aquellas sea igual o inferior a 6.050 euros. Excepcionalmente
que se indican en el apartado 23.a) del Cuadro Resumen.             podrá abonarse un importe superior al 75% y hasta el límite
     i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los       del 100% del importe de la subvención en los supuestos expre-
supuestos contemplados en el artículo 28.                           samente establecidos por la Ley del Presupuesto de la Comu-
     j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio       nidad Autónoma para cada ejercicio económico.
o de la dirección de correo electrónico durante el período en el          3. En caso de que el importe de la subvención se fije en
que la subvención es susceptible de control.                        porcentaje sobre el presupuesto total, el importe definitivo de
     k) Cualquier otra condición u obligación específica que se     la subvención se liquidará aplicando al coste de la actividad
establezca en el apartado 23.b) del Cuadro Resumen.                 efectivamente realizada por la persona beneficiaria, conforme
     2. Conforme al artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de         a la justificación presentada y aceptada, el porcentaje de fi-
noviembre, las personas beneficiarias, la entidad colabora-         nanciación establecido en la resolución de concesión, sin que
dora, en su caso, y los terceros relacionados con el objeto de      en ningún caso pueda sobrepasar su cuantía el importe autori-
la subvención o su justificación estarán obligados a prestar        zado en la citada resolución.
colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida               Siempre que se haya alcanzado el objetivo o finalidad per-
en el ejercicio de las funciones de control que corresponden        seguidos, si no se justificara debidamente el total de la activi-
a la Intervención General de Junta de Andalucía, así como a         dad o la inversión subvencionada, deberá reducirse el importe
los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria,           de la subvención concedida aplicando el porcentaje de finan-
tengan atribuidas funciones de control financiero, a cuyo fin       ciación sobre la cuantía correspondiente a los justificantes no
tendrán las facultades:                                             presentados o no aceptados.
     a) El libre acceso a la documentación objeto de compro-              4. No podrá proponerse el pago de subvenciones a per-
bación, incluidos los programas y archivos en soportes infor-       sonas o entidades beneficiarias que no hayan justificado en
máticos.                                                            tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad
     b) El libre acceso a los locales de negocio y demás esta-      con cargo al mismo programa presupuestario por la Adminis-
blecimientos o lugares en que se desarrolle la actividad sub-       tración de la Junta de Andalucía y sus agencias.
vencionada o se permita verificar la realidad y regularidad de            El órgano que, a tenor del artículo 115 del Texto Refun-
las operaciones financiadas con cargo a la subvención.              dido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
     c) La obtención de copia o la retención de las facturas,       Andalucía, sea titular de la competencia para la concesión de
documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro do-      subvenciones, así como el competente para proponer el pago,
cumento relativo a las operaciones en las que se deduzcan           podrán, mediante resolución motivada, exceptuar la limitación
indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la       contenida en este apartado cuando concurran circunstancias
subvención.                                                         de especial interés social, sin que en ningún caso pueda dele-
     d) El libre acceso a información de las cuentas bancarias      garse esta competencia.
en las entidades financieras donde se pueda haber efectuado               5. Cuando se establezca en el apartado 24.c) del Cua-
el cobro de las subvenciones o con cargo a las cuales se pue-       dro Resumen, las personas o entidades beneficiarias deberán
dan haber realizado las disposiciones de los fondos.                acreditar, antes de proponerse el pago, que se encuentran al
     3. La negativa al cumplimiento de estas obligaciones se        corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
considerará resistencia, excusa, obstrucción o negativa a los       frente a la Seguridad Social, así como que no son deudoras de
efectos previstos en el artículo 28, sin perjuicio de las sancio-   la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho
nes que, en su caso, pudieran corresponder.                         público. Esta previsión es independiente del requisito que, en su
                                                                    caso, resulte aplicable en el momento previo a la concesión.
      Artículo 25. Forma y secuencia del pago.                            En el apartado 24.c) del Cuadro Resumen se establecen,
      1. El pago de la subvención se efectuará en la forma o        en su caso, otros requisitos previos al pago.
formas y con la secuencia señalada en el apartado 24.a) del               6. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria
Cuadro Resumen.                                                     a la cuenta que la persona solicitante haya indicado, previa
      2. Formas de pago:                                            acreditación de su titularidad.
      a) Pago previa justificación: En el supuesto de haberse se-         7. Para las subvenciones a las que se refiere el artícu-
ñalado esta forma de pago en el apartado 24.a).1.º del Cuadro       lo 9.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el pago de la
Resumen, la persona o entidad beneficiaria, deberá justificar       subvención estará en todo caso condicionado a que los órga-
previamente al cobro de la subvención, la realización de la ac-     nos competentes de la Unión Europea hayan adoptado una
tividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento que       decisión de no formular objeciones a la misma o hayan decla-
motivó la concesión de la misma en los términos establecidos        rado la subvención compatible con el mercado común y en los
en estas bases reguladoras. En este supuesto, el pago se rea-       términos en los que dicha declaración se realice, extremo éste
lizará, según la subopción señalada en el apartado 24.a).1.º        que deberá constar en el acto administrativo de concesión.
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      8. En el apartado 24.d) del Cuadro Resumen se especi-                 - Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones
fica, cuando proceda, si se establece el compromiso de pago           que hayan financiado la actividad subvencionada con indica-
de las subvenciones en una fecha determinada.                         ción del importe y su procedencia.
                                                                            - Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo
     Artículo 26. Medidas de garantía en favor de los intereses       31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba de haber
públicos.                                                             solicitado la persona beneficiaria.
     Las medidas de garantía en favor de los intereses públi-               - En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto
cos, distintas de las previstas en el artículo anterior, requeridas   de remanentes no aplicados así como de los intereses deriva-
a las personas o entidades interesadas, serán las que, en su          dos de los mismos.
caso, se establezcan en el apartado 25 del Cuadro Resumen.                  a) 2.ª Cuenta justificativa con aportación de informe de
                                                                      auditor, que contendrá:
      Artículo 27. Justificación de la subvención.                          1.º Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejer-
      1. En el apartado 26.f) del Cuadro Resumen se concreta          ciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas depen-
la forma de justificación por parte de la persona o entidad be-       diente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,
neficiaria o, en su caso, de la entidad colaboradora, del cum-        que llevará a cabo la revisión de la cuenta justificativa con el
plimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención       alcance que se determina en el apartado 26.f).2.º del Cuadro
y de la aplicación de los fondos percibidos. Por justificación se     Resumen, y con sujeción a las normas de actuación y supervi-
entenderá, en todo caso, la aportación al órgano concedente           sión que, en su caso, proponga el órgano que tenga atribuidas
de los documentos justificativos de los gastos realizados con         las competencias de control financiero de subvenciones en el
cargo a la cantidad concedida, debiendo comprender el gasto           ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
total de la actividad subvencionada aunque la cuantía de la                 2.º Memoria de actuaciones justificativa del cumplimiento
subvención fuera inferior. El plazo máximo para la presenta-          de las condiciones impuestas en la concesión de la subven-
ción de la justificación será el establecido en apartado 26.b)        ción, con indicación de las actividades realizadas y de los re-
del Cuadro Resumen.                                                   sultados obtenidos.
      2. La justificación por parte de la persona o entidad be-             3.º Memoria económica abreviada con el contenido que
neficiaria o, en su caso, de la entidad colaboradora, del cum-        se indica en el apartado 26.f).2.º del Cuadro Resumen, si bien
plimiento de las condiciones impuestas y de la consecución            como mínimo contendrá un estado representativo de los gas-
de la finalidad u objetivos previstos en el acto de concesión de      tos incurridos en la realización de las actividades subvencio-
la subvención revestirá la forma que se señala en el aparta-          nadas, debidamente agrupados, y, en su caso, las cantidades
do 26.f) del Cuadro Resumen, conforme a alguna de las mo-             inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas.
dalidades de justificación de subvenciones que se describen a               En aquellos casos en que la persona beneficiaria esté
continuación:                                                         obligada a auditar sus cuentas anuales por un auditor some-
      a) Cuenta justificativa:                                        tido a la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas,
      La rendición de la cuenta justificativa, en cualquiera de       la revisión de la cuenta justificativa se llevará a cabo por el
las modalidades que se describen a continuación, constituye           mismo auditor, salvo que en el apartado 26.f).2.º del Cuadro
un acto obligatorio de la persona o entidad beneficiaria o, en        Resumen, se prevea el nombramiento de otro auditor. En el
                                                                      supuesto en que la persona beneficiaria no esté obligada a
su caso, de la entidad colaboradora, en la que se deben in-           auditar sus cuentas anuales, la designación del auditor de
cluir, bajo responsabilidad de la persona declarante, los jus-        cuentas será realizada por la misma, salvo que en el aparta-
tificantes de gasto o cualquier otro documento con validez            do 26.f).2.º del Cuadro Resumen se prevea su nombramiento
jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de         por el órgano concedente. El gasto derivado de la revisión de
la subvención.                                                        la cuenta justificativa podrá tener la condición de gasto sub-
      a) 1.ª Cuenta justificativa con aportación de justificantes     vencionable cuando así se establezca en el apartado 26.f).2.º
de gasto.                                                             del Cuadro Resumen, y hasta el límite que en él se fije.
      Salvo que, cuando por razón del objeto o de la naturaleza             Cuando la subvención tenga por objeto una actividad o
de la subvención, en el apartado 26.f).1.º se establezca otro         proyecto a realizar en el extranjero, este régimen se enten-
contenido, la cuenta justificativa con aportación de justifican-      derá referido a auditores ejercientes en el país donde deba
tes de gasto, estará integrada por:                                   llevarse a cabo la revisión, siempre que en dicho país exista un
      1.º Una memoria de actuación justificativa del cumpli-          régimen de habilitación para el ejercicio de la profesión y, en
miento de las condiciones impuestas en la concesión de la             su caso, sea preceptiva la obligación de someter a auditoría
subvención, con indicación de las actividades realizadas y de         sus estados contables. De no existir un sistema de habilita-
los resultados obtenidos.                                             ción para el ejercicio de la profesión de auditoría de cuentas
      2.º Una memoria económica justificativa del coste de las        en el citado país, la revisión prevista en este artículo podrá
actividades realizadas, que contendrá:                                realizarse por un auditor establecido en el citado país, siempre
      - Una relación clasificada de los gastos e inversiones de       que la designación del mismo la lleve a cabo el órgano con-
la actividad, con identificación del acreedor y del documento,        cedente con arreglo a unos criterios técnicos que garantice la
su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En         adecuada calidad.
caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presu-                La persona beneficiaria estará obligada a poner a dispo-
puesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.                      sición del auditor de cuentas cuantos libros, registros y docu-
      - Las facturas o documentos de valor probatorio equiva-         mentos le sean exigibles en aplicación de lo dispuesto en el
lente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administra-     artículo 14.1.f) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así
tiva incorporados en la relación a que se hace referencia en el       como a conservarlos al objeto de las actuaciones de compro-
párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa         bación y control previstas en la Ley.
del pago.                                                                   a) 3.ª Cuenta justificativa simplificada:
      - Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los          Cuando el importe de la subvención sea inferior a 60.000
costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a         euros, podrá tener carácter de documento con validez jurídica
que se hace referencia en el primer párrafo, excepto en aque-         para la justificación de la subvención la cuenta justificativa
llos casos en que en el apartado 26.f).1.º del Cuadro Resumen         simplificada, siempre que contenga:
se prevea su compensación mediante un tanto alzado sin ne-                  1.º Una memoria de actuación justificativa del cumpli-
cesidad de justificación.                                             miento de las condiciones impuestas en la concesión de la
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subvención, con indicación de las actividades realizadas y de            d) Justificación mediante certificado de la intervención de
los resultados obtenidos.                                          la entidad local:
     2.º Una relación clasificada de los gastos e inversiones de         Las subvenciones concedidas a las corporaciones locales
la actividad, con identificación del acreedor y del documento,     se justificarán mediante un certificado de la intervención de la
su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En      entidad local correspondiente, acreditativo del empleo de las
caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presu-       cantidades a la finalidad para las que fueron concedidas.
puesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.                3. Los gastos se justificarán con facturas y demás do-
     3.º Un detalle de otros ingresos o subvenciones que ha-       cumentos de valor probatorio equivalente con validez en el
yan financiado la actividad subvencionada con indicación del       tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los
importe y su procedencia.                                          formatos indicados en el apartado 26.c) del Cuadro Resumen.
     4.º En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto           En el caso en que los justificantes sean facturas, para que
de remanentes no aplicados así como de los intereses deriva-       éstas tengan validez probatoria, deberán cumplir con los requisi-
dos de los mismos.                                                 tos de las facturas y de los documentos sustitutivos establecidos
     El órgano concedente comprobará, a través de las técni-       en el Capítulo II del Título I del Reglamento por el que se regulan
cas de muestreo que se indican en el apartado 26.f).3.º del        las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto
Cuadro Resumen, los justificantes que estime oportunos y que       1496/2003, de 28 de noviembre, y modificado por el Real De-
permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada apli-       creto 87/2005, o en la norma reglamentaria que la sustituya.
                                                                         4. Cuando así se señale en el apartado 26.c) del Cuadro
cación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir a la persona    Resumen, los justificantes originales presentados se marca-
beneficiaria la remisión de los justificantes de gasto seleccio-   rán con una estampilla, indicando en la misma la subvención
nados.                                                             para cuya justificación han sido presentados y si el importe
     b) Justificación por módulos:                                 del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención.
     En el apartado 26.f).4.º del Cuadro Resumen se concre-        En este último caso se indicará además la cuantía exacta que
tan los módulos y, en su caso, la forma de su actualización o      resulte afectada por la subvención.
se determinará que se fijarán en la convocatoria.                        5. Cuando las actividades hayan sido financiadas, ade-
     En esta modalidad de justificación deberá presentarse la      más de con la subvención, con fondos propios u otras sub-
siguiente documentación:                                           venciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el
     1.º Una memoria de actuación justificativa del cumpli-        importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las activi-
miento de las condiciones impuestas en la concesión de la          dades subvencionadas.
subvención, con indicación de las actividades realizadas y de            6. El importe de la documentación justificativa deberá
los resultados obtenidos.                                          corresponderse con el presupuesto aceptado de la actividad,
     2.º Una memoria económica justificativa que contendrá,        aún en el caso de que la cuantía de la subvención concedida
como mínimo los siguientes extremos:                               fuese inferior.
     - Acreditación o, en su defecto, declaración de la persona          7. En el caso de adquisición de bienes inmuebles, deberá
beneficiaria sobre el número de unidades físicas consideradas      aportarse un certificado de tasador independiente debidamente
como módulo.                                                       acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.
     - Cuantía de la subvención calculada sobre la base de las           8. Podrán utilizarse medios electrónicos, informáticos y
actividades cuantificadas en la memoria de actuación y los         telemáticos en los procedimientos de justificación de las sub-
módulos contemplados en el apartado 26.f).4.º del Cuadro Re-       venciones siempre que en el apartado 26.d) del Cuadro Re-
sumen, o en su caso, en las convocatorias.                         sumen, se haya señalado su admisibilidad. A estos efectos,
     - Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan       en dicho apartado se indicarán los trámites que, en su caso,
financiado la actividad subvencionada con indicación del im-       puedan ser cumplimentados por vía electrónica, informática o
porte y su procedencia.                                            telemática y los medios electrónicos y sistemas de comunica-
     Las personas beneficiarias en esta modalidad de justi-        ción utilizables que deberán ajustarse a las especificaciones
ficación están dispensados de la obligación de presentación        establecidas por Orden de la Consejería competente.
de libros, registros y documentos de trascendencia contable
o mercantil, salvo previsión expresa en contrario en el aparta-          Artículo 28. Reintegro.
do 26.f).4.º del Cuadro Resumen.                                         1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad de la
     c) Presentación de estados contables:                         resolución de concesión previstos en el artículo 36 de la Ley
     La presentación de estados contables contendrá:               38/2003, de 17 de noviembre, procederá también el reintegro
     1.º Información contable de obligada preparación por la       de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de de-
persona beneficiaria, debidamente auditada conforme al orde-       mora correspondiente desde el momento del pago de la sub-
                                                                   vención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del
namiento jurídico.                                                 reintegro, en los siguientes casos:
     2.º En caso de exigirse en el apartado 26.f).5.º del Cuadro         a) Obtención de la subvención falseando las condiciones
Resumen, informe complementario elaborado por el auditor           requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran im-
de cuentas, siguiendo lo previsto en la disposición adicional      pedido.
decimoquinta del Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciem-                b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la acti-
bre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley     vidad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que
19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.                  fundamentan la concesión de la subvención.
     Este informe complementario será necesario cuando el al-            c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la jus-
cance de una auditoría de cuentas no se considere suficiente,      tificación insuficiente.
indicándose en el apartado 26.f).5.º del Cuadro Resumen, el              d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medi-
alcance adicional de la revisión a llevar a cabo por el auditor    das de difusión.
respecto de la información contable que sirva de base para               e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las ac-
determinar la cuantía de la subvención. La retribución adicio-     tuaciones de comprobación y control financiero previstas en
nal que corresponda percibir al auditor de cuentas podrá tener     los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
la condición de gasto subvencionable cuando así se indique en      así como el incumplimiento de las obligaciones contables, re-
el apartado 26.f).5.º del Cuadro Resumen, hasta el límite que      gistrales o de conservación de documentos cuando de ello se
en él se fije.                                                     derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos
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O R D E N D E T U R I S M O 2011

  • 1. Página núm. 6 BOJA núm. 129 Sevilla, 4 de julio 2011 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN venciones en materia turística, en régimen de concurrencia Y CIENCIA competitiva, que se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, no discri- DECRETO 193/2011, de 14 de junio, por el que minación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados se aprueba el Programa Estadístico de la Comunidad y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos pú- Autónoma de Andalucía para el año 2011. blicos, en el marco del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Ver esta disposición en fascículos 2, 3 y 4 de 4 de este General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y del mismo número Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvencio- nes de la Administración de la Junta de Andalucía. La presente Orden, cuyo contenido se ajusta al referido Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se adapta en lo sustancial CONSEJERÍA DE TURISMO, COMERCIO a las bases reguladoras tipo para la concesión de subvencio- Y DEPORTE nes en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas por Orden de 30 de agosto de 2010, de la Consejería de Hacienda ORDEN de 14 de junio de 2011, por la que se y Administración Pública, y, en consecuencia, no se exige la aprueban las bases reguladoras para la concesión de presentación de documento alguno que tenga que aportarse subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por la persona interesada junto con la solicitud. Sin embargo, en materia de Turismo y se convocan las mismas para el se ha estimado necesario completar los contenidos de los for- ejercicio 2011 en la línea de fomento de servicios turísti- mularios de solicitud (Anexo I) y de alegaciones (Anexo II) y cos y creación de nuevos productos (modalidad ITP). modificar, en consecuencia, los de dicha Orden, al objeto de añadir los datos referidos a los proyectos y criterios propios de El Decreto 137/2010, de 13 de abril, por el que se las modalidades que se convocan y adaptarlos a la Plataforma aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, «Solicita» a través de la que se van a tramitar. Comercio y Deporte, de conformidad con el artículo 3 de la En este sentido, de conformidad con el artículo 6.2 del Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo, dispone en Reglamento aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de su artículo 1 que le corresponden a este Organismo, dentro mayo, y la disposición adicional primera, apartado d), de la del marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Orden de 30 de agosto de 2010, junto con la aprobación de Autónoma por el Estatuto de Autonomía para Andalucía, las relativas al turismo, ejerciendo esta competencia mediante la las bases reguladoras y el Cuadro resumen de la modalidad planificación, la ordenación, la promoción y el desarrollo de ITP, la presente Orden incluye la convocatoria para el ejerci- dicha materia. cio de 2011 y aprueba los formularios para la presentación de El ejercicio de las competencias en materia de promoción solicitudes y para la presentación de alegaciones, aceptación, y apoyo del turismo andaluz, como consecuencia de la dero- reformulación y presentación de documentos. gación de la Orden de 12 de noviembre de 2009, que estable- cía las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en En su virtud, y en el ejercicio de las competencias que me materia de turismo, necesita un nuevo marco normativo que, atribuyen el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de al abordar la aprobación de unas nuevas bases reguladoras marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Ge- del procedimiento de concesión de subvenciones, las adapte neral de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y el ar- a la coyuntura actual y a la nueva regulación que en materia tículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de subvenciones se recoge en el Decreto 282/2010, de 4 de de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedi- mientos de concesión de subvenciones de la Administración DISPONGO de la Junta de Andalucía. Artículo único. Aprobación de bases reguladoras y cuadro- Al objeto de afrontar la nueva coyuntura y sin perjuicio de resumen. que puedan preverse en próximos ejercicios otras actuaciones de fomento en materia de turismo, mediante la ampliación del 1. Se aprueban las bases reguladoras (texto articulado) objeto de esta Orden, se aborda ahora la regulación de las que para la concesión de subvenciones, régimen de concurrencia han de regir las subvenciones para los servicios turísticos y la competitiva, en materia de turismo, y cuadro resumen, que creación de nuevos productos (modalidad ITP). forma parte de las mismas, para la línea de fomento de servi- El referido Decreto 282/2010, de 4 de mayo, supone un cios turísticos y creación de nuevos productos (modalidad ITP). avance cualitativo de considerable alcance en lo referente a la simplificación de los procedimientos en materia de subvencio- Disposición adicional primera. Vigencia. Convocatorias nes consiguiendo una gestión más eficaz y rápida en beneficio anuales. de la ciudadanía y también de la propia Administración. Así, de 1. La presentes bases reguladoras tienen vigencia inde- cara a dicha ciudadanía, la norma potencia la simplificación finida. del procedimiento a través del empleo de declaraciones res- 2. Las convocatorias anuales de las subvenciones se efec- ponsables a suscribir por las personas solicitantes relativas al tuarán por Orden de la Consejería competente en materia de cumplimiento de los requisitos establecidos, en sustitución de turismo en las que, además del plazo de presentación de soli- la presentación de documentación acreditativa por las perso- citudes, se aprobarán el formulario de solicitud (Anexo I de la nas interesadas en el momento inicial del procedimiento. Orden) y el formulario para presentar alegaciones y efectuar la En consecuencia, la presente Orden se adapta a las nue- reformulación, la aceptación y la presentación de documentos vas necesidades, establece las bases reguladoras de las sub- (Anexo II de la Orden).
  • 2. Sevilla, 4 de julio 2011 BOJA núm. 129 Página núm. 7 Disposición adicional segunda. Aprobación convocatoria solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan para ejercicio 2011 con sus formularios. Solicitudes y plazo de sido beneficiarias por agotamiento del citado crédito disponible. presentación. Financiación convocatoria. 1. Se aprueba la convocatoria para el presente ejercicio Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 2011 de la línea de subvención para fomento de servicios Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o infe- turísticos y creación de nuevos productos (modalidad ITP). rior rango que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la Asimismo, se aprueban los formularios que constan como presente Orden. Anexos a la presente Orden, correspondientes a la línea de subvención convocada: Disposición final primera. Habilitación. a) Formulario de solicitud (Anexo I). Se faculta a la persona titular de la Dirección General de b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y Planificación y Ordenación Turística para dictar cuantas reso- presentación de documentos (Anexo II). luciones sean necesarias para la correcta aplicación e inter- 2. Las solicitudes deberán cumplimentarse a través del pretación de la presente Orden. acceso establecido al efecto en la página web de la Conse- jería, en la dirección www.juntadeandalucia.es/turismocomer- Disposición final segunda. La Consejería de Turismo, Co- cioydeporte, pudiéndose presentar en los lugares y registros mercio y Deporte adoptará las medidas necesarias para que referidos en el apartado 10 del cuadro resumen citado que se se posibilite que la tramitación administrativa de los proce- acompaña. dimientos de concesión de subvenciones recogidos en esta 3. El plazo para la presentación de solicitudes de la con- Orden sea completamente electrónica. vocatoria de la línea de subvención que se aprueba a través de esta Orden para el ejercicio 2011 será de un mes a contar Disposición final tercera. Entrada en vigor. desde el día siguiente a la publicación de la presente norma La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de en el BOJA. su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. 4. Financiación convocatoria. La cuantía total máxima destinada en el presente ejercicio 2011 a la línea de subven- BASES REGULADORAS ción de fomento de servicios turísticos y creación de nuevos productos (modalidad ITP) será cofinanciada con fondos eu- Artículo 1. Objeto de las subvenciones y conceptos sub- ropeos (dentro del ámbito del Programa Operativo FEDER de vencionables. Andalucía 2007-2013), con cargo a las siguientes aplicaciones 1. Constituye el objeto de las presentes subvenciones el presupuestarias: establecido en el apartado 1 del Cuadro Resumen. - 0.1.17.00.17. 775.03 75B (Servicios Centrales y Delega- 2. Serán subvencionables los conceptos indicados en el ciones Provinciales), por importe de 339.282,89 euros. apartado 2.a) del Cuadro Resumen. - 1.1.17.00.17. 775.03 75B.0. 2010 (Servicios Centrales y Delegaciones Provinciales), por importe de 6.504.407,37 Artículo 2. Régimen jurídico. euros. 1. Las subvenciones se regirán por las normas específi- De conformidad con el artículo 40 del Texto Refundido de cas indicadas, en su caso, en el apartado 3 del Cuadro Resu- la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía men, por lo previsto en las presentes bases reguladoras y en y su norma de desarrollo, se podrán adquirir compromisos de las siguientes normas: gasto de carácter plurianual. No obstante, los compromisos a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub- de estos gastos de carácter plurianual deberán adecuarse, venciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición en todo caso, al período de subvencionalidad de gasto esta- final primera. blecido en el citado Programa Operativo FEDER de Andalucía b) El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se 2007-2013. aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviem- De conformidad con el artículo 5.2 de las bases regulado- bre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido ras aprobadas mediante la presente Orden, la distribución te- en su disposición final primera, así como las demás normas rritorial y/o funcional de la cuantía total máxima, para la línea básicas que desarrollen la Ley. de subvención convocada, se realizará para cada ámbito de c) El Título VII del Texto Refundido de la Ley General de concurrencia por Orden de la persona titular de la Consejería la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el competente en materia de turismo y se publicará en BOJA, Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. con anterioridad al comienzo de la evaluación previa a que se d) La vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autó- refiere el artículo 16 de las citadas bases reguladoras. noma de Andalucía. Excepcionalmente, a la cuantía total máxima fijada se adi- e) El Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se cionarán 1.306.961,35 euros, sin necesidad de realizar nueva aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de convocatoria, que aunque no figuran inicialmente como dispo- Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. nibles en el Presupuesto en el momento de esta convocatoria, f) La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju- se incrementarán antes de Resolución de Concesión, tras la rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento tramitación de una transferencia de crédito al efecto. La efecti- Administrativo Común. vidad de esta cuantía adicional será establecida mediante una g) La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de de la Junta de Andalucía. la modificación presupuestaria, en un momento anterior, en h) La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico cualquier caso, a la resolución de concesión de subvención, y de los ciudadanos a los servicios públicos. será realizada por Orden de la persona titular de la Conseje- i) La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promo- ría competente en materia de turismo, que será publicará en ción de la igualdad de género en Andalucía. BOJA. La distribución territorial y/o funcional de esta cuantía j) El Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula adicionada se entenderá realizada en la misma proporción de la información y atención al ciudadano y la tramitación de proce- la distribución efectuada de la cuantía total máxima en virtud dimientos administrativos por medios electrónicos (internet). del párrafo anterior. 2. Las subvenciones cofinanciadas con fondos europeos Asimismo, cuando se produzcan eventuales aumentos so- se ajustarán a la normativa comunitaria, nacional y autonó- brevenidos en el crédito disponible, se podrá dictar Resolución mica que, con carácter específico, se indique en el apartado 3 complementaria de la concesión de la subvención que incluyan del Cuadro Resumen.
  • 3. Página núm. 8 BOJA núm. 129 Sevilla, 4 de julio 2011 Artículo 3. Requisitos que deben reunir las personas o en- de noviembre, las prohibiciones anteriores tampoco podrán tidades solicitantes para la obtención de la subvención. concurrir en cualquiera de sus miembros. 1. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presen- tes bases reguladoras las personas o entidades contempladas Artículo 4. Cuantía de las subvenciones y gastos subven- en el apartado 4.a).1.º del Cuadro Resumen, que reúnan todos cionables. los requisitos indicados en su apartado 4.a).2.º 1. La forma de concretar la cuantía de la subvención se 2. Los requisitos señalados en el apartado anterior, de- especificará en el apartado 5.a) del Cuadro Resumen, pu- berán mantenerse durante el período indicado en el aparta- diendo consistir en un porcentaje máximo de la subvención do 4.b) del Cuadro Resumen. a conceder en relación al presupuesto total de las actividades 3. Salvo las excepciones establecidas en el apartado 4.c) subvencionadas, una cuantía máxima, una cuantía mínima, o del Cuadro Resumen, no se podrá obtener la condición de un importe cierto sin referencia a un porcentaje o fracción, o persona o entidad beneficiaria cuando concurra alguna de las en otras formas o métodos de concreción. circunstancias siguientes: 2. Siempre que se establezca afirmativamente en el apar- a) Haber sido condenada mediante sentencia firme a la tado 5.b) del Cuadro Resumen, el órgano concedente proce- pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o derá al prorrateo entre las personas o entidades beneficiarias ayudas públicas. de la subvención, del importe global máximo destinado a las b) Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el artícu- haber sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, lo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. hallarse declarada en concurso, salvo que en éste haya adqui- 3. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá rido la eficacia un convenio, estar sujeta a intervención judicial ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con o haber sido inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o haya concluido el período de inhabilitación fijado en la senten- de otros entes públicos o privados, nacionales o internaciona- cia de calificación del concurso. les, supere el coste de la actividad a desarrollar por la persona c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido beneficiaria. declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato 4. Se consideran gastos subvencionables los indicados en celebrado con la Administración. el apartado 5.c).1.º del Cuadro Resumen. Solo podrán com- d) Estar incursa la persona física, los administradores de pensarse unos conceptos con otros cuando la subvención las sociedades mercantiles o quienes ostenten la representa- se hubiera concedido para financiar inversiones o gastos de ción legal de otras personas jurídicas, en alguno de los su- distinta naturaleza y así se prevea en el apartado 5.c).2.º del puestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de Cuadro Resumen o en la resolución de concesión. los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de 5. Los gastos subvencionables deberán haberse realizado los Altos Cargos de la Administración General del Estado; de dentro del plazo indicado en el apartado 5.e) del Cuadro Re- la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades sumen. del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas; de 6. Salvo que se establezca lo contrario en el apartado 5.f) la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos del Cuadro Resumen, se considerará gasto realizado el que ha Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de De- claración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización otros Cargos Públicos, o tratarse de cualquiera de los cargos del período de justificación determinado en el apartado 26.b) electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Cuadro Resumen. del Régimen Electoral General, en los términos establecidos No obstante, cuando la subvención se financie con fon- en la misma o en la normativa autonómica que regule estas dos de la Unión Europea, solamente se considerará gasto rea- materias. lizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obli- a la finalización del período de justificación determinado en el gaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas apartado 26.b) del Cuadro Resumen. por las disposiciones vigentes. 7. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio califi- subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. cado reglamentariamente como paraíso fiscal. 8. En ningún caso serán gastos subvencionables: g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias. reintegro de subvenciones. Se considerará que se encuentra b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y al corriente cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas penales. o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impug- c) Los gastos de procedimientos judiciales. nación de la correspondiente resolución de reintegro. 9. Los tributos son gastos subvencionables cuando la per- h) Haber sido sancionada mediante resolución firme con sona beneficiaria de la subvención los abone efectivamente. la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la En ningún caso se consideran gastos subvencionables los im- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, o la Ley 58/2003, de 17 puestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación de diciembre, General Tributaria. o compensación ni los impuestos personales sobre la renta. i) Tener deudas en período ejecutivo de cualquier ingreso No obstante, cuando las subvenciones se financien con fondos de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía. provenientes de la Unión Europea deberá estarse en cuanto a j) En el supuesto de tener la condición de empresa, haber las reglas de subvencionabilidad a lo establecido en la norma- sido sancionada o condenada por resolución administrativa tiva comunitaria y nacional que resulte de aplicación. firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácti- 10. Los costes indirectos habrán de imputarse por la per- cas laborales consideradas discriminatorias por la legislación sona o entidad beneficiaria a la actividad subvencionada en la vigente. parte que razonablemente corresponda de acuerdo con prin- k) En el supuesto de asociaciones, estar incursa en al- cipios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en guna de las prohibiciones mencionadas en el artículo 13.3 de todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. período en que efectivamente se realiza la actividad. A efec- 4. En el supuesto de que en el apartado 4.a).1.º del Cua- tos de imputación de costes indirectos la fracción del coste dro Resumen se hubiera previsto que puedan acceder a la total que se considera coste indirecto imputable a la actividad condición de beneficiarias las agrupaciones previstas en el subvencionada será la que, en su caso, se establezca en el segundo párrafo del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 apartado 5.d) del Cuadro Resumen.
  • 4. Sevilla, 4 de julio 2011 BOJA núm. 129 Página núm. 9 11. La persona beneficiaria deberá destinar los bienes al que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisi- fin concreto para el que se concedió la subvención durante el tos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo. periodo indicado en el apartado 5.g) del Cuadro Resumen. 6. El régimen de control de las subvenciones se realizará 12. Las reglas especiales en materia de amortización de conforme a lo establecido en el apartado 6 del cuadro resumen. los bienes inventariables serán las que, en su caso, se esta- blezcan en el apartado 5.h). Artículo 6. Financiación y régimen de compatibilidad de 13. En los términos establecidos en el artículo 31.3 de las subvenciones. la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando el importe del 1. Siempre que se especifique en el apartado 7.a) del Cua- gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el dro Resumen, la persona beneficiaria tendrá que efectuar una supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000 euros aportación de fondos propios para cubrir la actividad subven- en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación cionada, teniendo que acreditarse al justificar la subvención. de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, 2. Salvo que se establezca lo contrario en el aparta- la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofer- do 7.b), las subvenciones que se otorguen al amparo de las tas de diferentes proveedores, con carácter previo a la con- presentes bases reguladoras serán compatibles con la percep- tracción del compromiso para la prestación del servicio o la ción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para entrega del bien. la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administra- ciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Artículo 5. Limitaciones presupuestarias y control. Europea o de organismos internacionales, de conformidad con 1. La concesión de las subvenciones estará limitada por el artículo 19.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo demás normativa de aplicación. con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General 3. Salvo que se establezca lo contrario en el apartado 7.c), de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. los rendimientos financieros que se generen por los fondos li- 2. Las subvenciones se concederán con cargo a los crédi- brados a las personas o entidades beneficiarias incrementarán tos presupuestarios que se establezcan en la correspondiente el importe de la subvención concedida y se aplicarán igual- convocatoria, en la que se especificará la cuantía total máxima mente a la actividad subvencionada. Este apartado no será destinada a cada línea de subvención en dicha convocatoria. de aplicación en los supuestos en que la beneficiaria sea una En aquellos casos en los que, de conformidad con lo es- Administración Pública. tablecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen, existiesen 4. Si la Unión Europea participa en la financiación de es- dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurren- tas subvenciones, en el apartado 7.d) del Cuadro Resumen se cia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir indicará el fondo europeo que corresponda, así como si parti- entre dichos ámbitos en los importes que indique la convoca- cipa la Administración General del Estado y otras Administra- toria o, en su defecto, en una declaración posterior de distri- ciones Públicas. bución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de la evaluación previa. Esta declaración se deberá formular por Artículo 7. Entidades colaboradoras. parte de quien efectuó la convocatoria y en los mismos me- 1. La entrega y distribución de los fondos públicos a las dios de publicidad que ésta. 3. Cuando se prevea en la convocatoria, se podrá adquirir personas o entidades beneficiarias y/o la colaboración en la compromisos de gasto de carácter plurianual de conformidad gestión de las subvenciones se efectuará por entidad/es cola- con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la boradora/s cuando así se haya previsto en el apartado 8.a) del Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía Cuadro Resumen. y su normativa de desarrollo, conforme a la distribución por 2. Para actuar como entidad colaboradora se deberán anualidades e importes que en ella se establezca. reunir todos los requisitos indicados en el apartado 8.b) del 4. Excepcionalmente, la convocatoria de subvenciones Cuadro Resumen. podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los 3. Los requisitos señalados en el apartado anterior de- créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la berán mantenerse durante el período indicado en el aparta- concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convo- do 8.c) del Cuadro Resumen. catoria. La fijación y utilización de esta dotación presupuesta- 4. Salvo las excepciones establecidas en el apartado 8.d) ria adicional estarán sometidas a las siguientes reglas: del Cuadro Resumen, no se podrá obtener la condición de en- a) Solo resultará admisible la fijación de esta cuantía adi- tidad colaboradora cuando concurra alguna de las circunstan- cional cuando la dotación necesaria de los créditos a los que cias indicadas en el artículo 3.3. resulta imputable no figure en el Presupuesto en el momento 5. Las entidades colaboradoras deberán reunir las condi- de la convocatoria, pero se prevea obtener en cualquier mo- ciones de solvencia y eficacia que, en su caso, se establezcan mento anterior a la resolución de concesión por depender de en el apartado 8.e) del Cuadro Resumen. un aumento de los créditos derivado de una generación, una 6. Las particularidades y contenido del convenio de cola- ampliación o una incorporación de crédito. boración o contrato, serán los que, en su caso, se indiquen en b) La convocatoria deberá hacer constar expresamente el apartado 8.f) del Cuadro Resumen. que la efectividad de la cuantía adicional queda condicionada 7. Las funciones y obligaciones de las entidades colabo- a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aproba- radoras serán las indicadas en el apartado 8.g) del Cuadro ción de la modificación presupuestaria que proceda en un Resumen. momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de conce- sión de la subvención. Artículo 8. Subcontratación. c) La declaración de créditos disponibles, que deberá 1. Las personas o entidades beneficiarias de las subven- efectuarse por quien efectuó la convocatoria, deberá publi- ciones podrán subcontratar la ejecución de la actividad sub- carse en los mismos medios que ésta, sin que tal publicidad vencionada cuando así se haya previsto en el apartado 9 del implique la apertura de un plazo para presentar nuevas solici- Cuadro Resumen. tudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar 2. En ningún caso podrán subcontratarse actividades y notificar la resolución. que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no 5. La convocatoria podrá también prever que eventuales aporten valor añadido al contenido de la misma. aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, posibiliten una 3. Cuando la actividad concertada con terceros exceda resolución complementaria de la concesión de la subvención del 20% del importe de la subvención y dicho importe sea su-
  • 5. Página núm. 10 BOJA núm. 129 Sevilla, 4 de julio 2011 perior a 60.000 euros, la subcontratación estará sometida al Artículo 10. Solicitudes. cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Las solicitudes se presentarán ajustándose al formula- a) Que el contrato se celebre por escrito. rio incorporado en la convocatoria, cumplimentando: b) Que la celebración del mismo se autorice previamente a) Los datos identificativos de la persona o entidad intere- por el órgano concedente de la subvención. sada y, en su caso, de quien la represente. 4. No podrá fraccionarse un contrato con el objeto de dis- b) El medio preferente o el lugar a efectos de practicar las minuir la cuantía del mismo y eludir el cumplimiento de los notificaciones que, en su caso, proceda efectuar. A tal efecto, requisitos exigidos en el apartado anterior. en el modelo de solicitud figura un apartado para que puedan 5. Los contratistas quedarán obligados solo ante la per- indicar como preferente el medio electrónico. sona beneficiaria, que asumirá la total responsabilidad de la c) Una declaración responsable de no hallarse incursas ejecución de la actividad subvencionada frente a la Adminis- en las circunstancias previstas en el artículo 3.3. tración. d) Una declaración responsable de que cumplen los requi- 6. A efectos de lo previsto en el apartado anterior, las per- sitos exigidos en las bases reguladoras. sonas o entidades beneficiarias serán responsables de que en e) En los apartados correspondientes de la solicitud, la la ejecución de la actividad subvencionada concertada con ter- información necesaria para aplicar los criterios de valoración. ceros se respeten los límites establecidos en las presentes ba- f) Una declaración responsable relativa a otras subven- ses reguladoras en cuanto a la naturaleza y cuantía de gastos ciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso, subvencionables, y los contratistas estarán sujetos al deber de concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera Admi- colaboración previsto en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de nistraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales 17 de noviembre, para permitir la adecuada verificación del o internacionales, con indicación de la entidad concedente, cumplimiento de dichos límites. fecha e importe. 7. En ningún caso podrá concertarse por la persona o en- g) En su caso, el consentimiento expreso al órgano ins- tidad beneficiaria la ejecución total o parcial de las actividades tructor para que recabe de otras Consejerías o de otras Ad- subvencionadas con: ministraciones Públicas toda la información o documentación a) Personas o entidades incursas en alguna de las prohibi- acreditativa exigida en la normativa de aplicación que estu- ciones del artículo 116.2 del Texto Refundido de la Ley General viera en poder de aquéllas. En caso de no prestar el consenti- de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía o en la del miento, en el trámite de audiencia estarán obligadas a aportar artículo 13.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la los documentos necesarios para facilitar esa información, en promoción de la igualdad de género en Andalucía. los términos indicados en el artículo 17. b) Personas o entidades que hayan percibido otras sub- h) La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud. venciones para la realización de la actividad objeto de contra- 2. Conforme al artículo 23 del Reglamento de los Proce- tación. dimientos de Concesión de Subvenciones de la Administra- c) Intermediarios o asesores en los que los pagos se de- ción de la Junta de Andalucía, la presentación de la solicitud finan como un porcentaje de coste total de la operación, a conlleva la autorización al órgano instructor para recabar las menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor certificaciones o la remisión de datos de la Agencia Estatal de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados. de Administración Tributaria, de la Tesorería General de la Se- d) Personas o entidades vinculadas con la persona benefi- guridad Social y de la Consejería competente en materia de ciaria, salvo que concurran las siguientes circunstancias: Hacienda que estas bases reguladoras requieran aportar. 3. El formulario de solicitud se podrá obtener en los luga- 1.ª Que la contratación se realice de acuerdo con las con- res indicados en el apartado 10.a) del Cuadro Resumen. diciones normales de mercado. 4. La solicitud irá dirigida a la persona titular del órgano 2.ª Que se obtenga la previa autorización del órgano con- indicado en el apartado 10.b) del Cuadro Resumen. cedente de la subvención. 5. En la fase de presentación de solicitudes, la documen- tación acreditativa del cumplimiento de cada uno de los requisi- e) Personas o entidades solicitantes de ayuda o subven- tos exigidos en estas bases reguladoras queda sustituida por la ción en la misma convocatoria y programa, que no hayan ob- declaración responsable contemplada en el apartado 1.d), con tenido subvención por no reunir los requisitos o no alcanzar la el compromiso de aportarla en los términos del artículo 17. valoración suficiente. 6. En la fase de presentación de solicitudes, la documen- 8. Las solicitudes de autorizaciones previstas en los apar- tación acreditativa de la información necesaria para aplicar los tados 3.b) y 7.d).2.ª de este artículo, se podrán presentar en los criterios de valoración establecidos en estas bases regulado- lugares y por cualquiera de los medios indicados en el artícu- ras queda sustituida por la incorporación de la información en lo 11. Las resoluciones de estas solicitudes de autorización los correspondientes apartados del formulario de solicitud y la se deberán adoptar y notificar en el plazo máximo de un mes declaración responsable contemplada en el apartado 1.h), con desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro del el compromiso de aportarla en los términos del artículo 17. órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho 7. Con carácter general, cuando se trate de información plazo sin haberse dictado y notificado la correspondiente reso- o documentos que obren en poder de la Administración de lución, se entenderá estimada la solicitud de autorización. la Junta de Andalucía o sus agencias, la persona solicitante 9. En los demás aspectos relativos a la subcontratación se podrá ejercer su derecho a no presentarlos, autorizando al estará a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de órgano instructor para que los recabe de otra Consejería o 17 de noviembre, y al artículo 68 del Real Decreto 887/2006, agencia, para lo cual deberá indicar el órgano al que fueron de 21 de julio. presentados o por el que fueron emitidos, la fecha de dicha presentación o emisión, y el procedimiento al que correspon- Artículo 9. Procedimiento de concesión. den, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años 1. El procedimiento de concesión de subvenciones se ini- desde la finalización de éste. ciará de oficio, y se tramitará y resolverá en régimen de concu- rrencia competitiva. Artículo 11. Lugares y medios de presentación de solicitudes. 2. El ámbito territorial y/o funcional de competitividad 1. Las solicitudes se podrán presentar en los lugares y será el establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen. registros indicados en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen.
  • 6. Sevilla, 4 de julio 2011 BOJA núm. 129 Página núm. 11 2. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se dos en el artículo 14. En este trámite, el órgano competente deberá disponer de un certificado electrónico reconocido ex- para realizar la evaluación previa podrá realizar cuantas actua- pedido por cualquiera de los prestadores de servicios de cer- ciones estime necesarias para la determinación, conocimiento tificación cuyos certificados reconoce la Administración de la y comprobación de los datos en virtud de los cuales se efec- Junta de Andalucía. La relación de prestadores de servicios de tuará la evaluación previa. certificación cuyos certificados electrónicos reconoce la Admi- 2. El trámite de evaluación previa dará lugar a que el ór- nistración de la Junta de Andalucía se puede consultar en la gano competente emita la propuesta provisional de resolución. dirección electrónica indicada en el apartado 10.d) del Cuadro 3. El informe de evaluación incluirá la relación de solicitu- Resumen. Igualmente se podrá utilizar los sistemas de firma des que hayan conseguido un orden preferente tras aplicar a electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, cada una de ellas los criterios objetivos. La suma de los impor- para personas físicas, en los términos de los artículos 13 y 14 tes propuestos para su concesión en el informe de evaluación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de no podrá ser superior al crédito presupuestario previsto en la los ciudadanos a los servicios públicos. convocatoria. 4. La propuesta provisional de resolución, contendrá: Artículo 12. Plazo de presentación de solicitudes. La relación de personas o entidades interesadas que han 1. El plazo de presentación de solicitudes será el estable- obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración cido en el apartado 11 del Cuadro Resumen. de beneficiarias provisionales, por orden de puntuación y la 2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de cuantía de la subvención otorgable. dicho plazo; la resolución de inadmisión será notificada perso- La relación de personas o entidades interesadas que no nalmente en los términos del artículo 59 de la Ley 30/1992, han obtenido la puntuación suficiente para tener la considera- de 26 de noviembre. ción de beneficiarias provisionales, por orden de puntuación. Tendrán la consideración de beneficiarias suplentes y se indi- Artículo 13. Subsanación de solicitudes. cará la cuantía de la subvención otorgable para el supuesto de 1. Si en las solicitudes no se hubieran cumplimentado los que acabaran resultando beneficiarias definitivas. extremos contenidos en las letras a), b), c), d), f), y h) del ar- 5. Las personas o entidades que tengan la consideración tículo 10.1, el órgano instructor requerirá de manera conjunta de interesadas en este procedimiento de concesión de sub- a las personas o entidades interesadas para que en el plazo venciones, podrán conocer a través de un acceso restringido de diez días procedan a la subsanación, con la indicación de en la dirección electrónica indicada en el apartado 14 del Cua- que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su dro Resumen, el estado de tramitación del mismo. El acceso y solicitud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la consulta se podrá realizar en tiempo real, previa identificación Ley 30/1992, de 26 de noviembre, previa resolución que de- mediante alguno de los sistemas de firma electrónica indica- berá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la refe- dos en el artículo 11.2. La información sobre el estado de la rida Ley. 2. No obstante lo anterior, el plazo para subsanar la so- tramitación del procedimiento comprenderá la relación de los licitud podrá ser ampliado, hasta cinco días más, a petición actos de trámite realizados, su contenido y fecha en la que de las personas o entidades solicitantes de la subvención o fueron dictados. Todo ello, sin perjuicio de lo previsto en el ar- a iniciativa del órgano instructor cuando afecte a personas o tículo 35.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. entidades interesadas residentes fuera de España o cuando se haya de cumplimentar algún trámite en el extranjero. Artículo 17. Audiencia, reformulación, aportación de docu- 3. Transcurrido el plazo para subsanar, se dictará resolu- mentación y aceptación. ción declarando el archivo de las solicitudes no subsanadas, y 1. El órgano instructor, tras haberse dictado la propuesta la inadmisión en los casos en que corresponda. provisional de resolución, concederá un plazo de diez días para 4. Los escritos mediante los que las personas o entida- que, utilizando el formulario-anexo II las personas o entidades des interesadas efectúen la subsanación podrán presentarse beneficiarias provisionales y suplentes puedan: en cualquiera de los lugares y por cualquiera de los medios a) Alegar lo que estimen pertinente, en los términos que indicados en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen. prevé el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. b) Reformular su solicitud siempre que, habiéndose pre- Artículo 14. Criterios objetivos para la concesión de la visto en el apartado 2.b) del Cuadro Resumen, el importe de subvención. la subvención de la propuesta de resolución provisional sea 1. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los cri- inferior al que figura en su solicitud, en orden a ajustar los terios objetivos, y su ponderación, enumerados en el aparta- compromisos y condiciones a la subvención otorgable; en todo do 12.a) del Cuadro Resumen. caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad y los 2. En el supuesto que se produjera igualdad en la puntua- criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases ción de la baremación, se priorizarán en la forma indicada en reguladoras. el apartado 12.b) del Cuadro Resumen. c) Comunicar su aceptación a la subvención propuesta. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 4 de este artículo, la Artículo 15. Órganos competentes para la instrucción y propuesta provisional se tendrá por aceptada: resolución. 1. Los órganos competentes para la instrucción, eva- 1.º Cuando se proponga la concesión de la subvención luación y resolución del procedimiento de concesión de sub- por un importe inferior al solicitado, al transcurrir el plazo para venciones serán los indicados en el apartado 13 del Cuadro reformular sin que las personas o entidades beneficiarias pro- Resumen. visionales o suplentes comuniquen su desistimiento. 2. Cuando así se establezca en el apartado 13 del Cuadro 2.º Cuando se proponga la concesión en los importes so- Resumen, la evaluación de las solicitudes y, en su caso, la licitados sin que se comunique el desistimiento por las perso- propuesta de resolución, se llevarán a cabo por un órgano co- nas o entidades beneficiarias provisionales. legiado con la composición indicada en dicho apartado. d) Optar entre las subvenciones en las que haya resultado Artículo 16. Tramitación. beneficiaria provisional, cuando en el apartado 2.c) del Cuadro 1. La evaluación previa comprenderá el análisis y valora- Resumen se haya contemplado la posibilidad solicitar dos o ción de las solicitudes de acuerdo con los criterios estableci- más subvenciones y solo se pueda optar a una de ellas.
  • 7. Página núm. 12 BOJA núm. 129 Sevilla, 4 de julio 2011 2. Las personas o entidades beneficiarias provisionales de- ciación, consignando la cuantía o el porcentaje de la ayuda berán presentar, junto al formulario indicado en el apartado 1, aportada por el fondo comunitario que corresponda. la documentación señalada en el apartado 15 del Cuadro Re- d) La forma y secuencia del pago y los requisitos exigidos sumen, la cual deberá ser acreditativa de los datos que hayan para su abono; en el caso de contemplarse la posibilidad de consignado en su solicitud, tanto de los requisitos, en las decla- efectuar anticipos de pago sobre la subvención concedida, la raciones responsables, como de los criterios de valoración. forma y cuantía de las garantías que, en su caso, habrá de Esta documentación también deberá ser presentada por aportar la persona o entidad beneficiaria. las personas o entidades beneficiarias suplentes que así se e) Las condiciones que, en su caso, se impongan a las especifique en la propuesta provisional de resolución. personas o entidades beneficiarias. Los documentos serán originales, copias auténticas o co- f) El plazo y la forma de justificación por parte de las per- pias autenticadas. sonas o entidades beneficiarias del cumplimiento de la finali- 3. El formulario y, en su caso, documentación adjunta dad para la que se concede la subvención y de la aplicación podrán presentarse en cualesquiera de los lugares y por cua- de los fondos recibidos, y del importe, procedencia y aplica- lesquiera de los medios indicados en el apartado 10.c) del ción de otros fondos a las actividades subvencionadas, en el Cuadro Resumen, siempre que, para el supuesto de presen- supuesto de que las mismas fueran financiadas también con tación en el Registro Telemático Único de la Administración de fondos propios u otras subvenciones o recursos. la Junta de Andalucía, se trate de documentos electrónicos, g) La indicación, en su caso, de que han sido desestima- copias electrónicas de documentos electrónicos o copias elec- das el resto de solicitudes. trónicas de documentos emitidos originalmente en soporte 2. De acuerdo con el artículo 115.3 del Texto Refundido papel, que incluyan un código generado electrónicamente u de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Anda- otros sistemas de verificación que permitan contrastar su au- lucía, la resolución ha de ser motivada, razonándose el otorga- tenticidad mediante el acceso a los archivos electrónicos de la miento en función del mejor cumplimiento de la finalidad que Administración Pública, órgano o entidad emisora. lo justifique. En el supuesto de presentación a través del Registro Te- 3. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución lemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, del procedimiento será el establecido en el apartado 16 del las personas o entidades interesadas también podrán aportar Cuadro Resumen, y se computará a partir del día siguiente al copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. original garantizarán mediante la utilización de firma electró- El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y nica avanzada. En este supuesto, el órgano instructor podrá publicado la resolución expresa, legitima a las personas intere- solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido sadas para entender desestimada por silencio administrativo de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo la solicitud de concesión de la subvención. y con carácter excepcional, podrá requerir a las personas o 4. Cuando en el apartado 17 del Cuadro Resumen se re- entidades interesadas la exhibición del documento o de la quiera la aceptación expresa de la resolución de concesión, información original. La aportación de tales copias implica la ésta deberá producirse en el plazo de los quince días siguien- autorización al órgano instructor para que acceda y trate la tes a la publicación prevista en el artículo 21, con indicación información personal contenida en tales documentos. de que, si así no lo hiciese, la resolución dictada perderá su 4. La falta de presentación en plazo de los documentos eficacia, acordándose el archivo con notificación a la persona exigidos por la propuesta provisional implicará: o entidad interesada. a) Cuando se refiera a la acreditación de requisitos para 5. La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la obtener la condición de persona beneficiaria, su desistimiento vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso de la solicitud. contencioso-administrativo, en la forma y los plazos estable- b) Cuando se refiera a la acreditación de los elementos a cidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Ju- considerar para aplicar los criterios de valoración, la no consi- risdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, deración de tales criterios, con la consiguiente modificación de recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley la valoración obtenida. 30/1992, de 26 de noviembre. Todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en que se pueda incurrir. Artículo 20. Terminación convencional. 1. Cuando así se haya establecido en el apartado 18.a) Artículo 18. Propuesta definitiva de resolución. del Cuadro Resumen, el procedimiento de concesión de sub- El órgano competente analizará las alegaciones presenta- venciones podrá también finalizarse mediante acuerdo entre das durante el trámite de audiencia, comprobará la documen- el órgano concedente y las personas o entidades interesadas tación aportada y formulará la propuesta definitiva de resolu- sobre la determinación de la cuantía de la subvención a conce- ción, que no podrá superar la cuantía total máxima del crédito der, debiendo respetarse en todo caso el objeto, condiciones y establecido en la correspondiente convocatoria. finalidad de las subvenciones, así como los criterios de valora- ción establecidos para cada una de ellas. Artículo 19. Resolución. 2. A los efectos previstos en el apartado anterior, las per- 1. La resolución del procedimiento será adoptada por el sonas o entidades solicitantes y el órgano competente para la órgano competente con el siguiente contenido mínimo: instrucción del procedimiento podrán, en cualquier momento a) La indicación de las personas o entidades beneficia- anterior a la propuesta provisional de resolución, proponer un rias, de la actividad, proyecto o comportamiento a realizar o acuerdo referido a la cuantía de la subvención. situación que legitima la subvención, y del plazo de ejecución, 3. Si la propuesta obtiene la conformidad del órgano ins- con expresión del inicio del cómputo del mismo. tructor y de todas las personas o entidades solicitantes, se b) La cuantía de la subvención, y en su caso, los concep- remitirá con todo lo actuado al órgano competente para resol- tos o líneas de subvenciones en que se desglose; la aplicación ver, quien lo hará con libertad de criterio, procediéndose, en presupuestaria del gasto y, en su caso, su distribución pluri- su caso, a la correspondiente formalización del acuerdo, con anual; cuando proceda, tanto el presupuesto subvencionado las particularidades que puedan establecerse en el aparta- como el porcentaje de ayuda con respecto al presupuesto do 18.b) del Cuadro Resumen. aceptado. 4. El acuerdo formalizado producirá iguales efectos que la c) En el supuesto de cofinanciación con fondos europeos, resolución del procedimiento, debiendo contener los extremos la indicación de que la Unión Europea participa en su finan- mínimos exigidos en el artículo anterior.
  • 8. Sevilla, 4 de julio 2011 BOJA núm. 129 Página núm. 13 Artículo 21. Notificación y publicación. neficiaria de la subvención podrá instar del órgano concedente 1. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a la iniciación de oficio del procedimiento para modificar la re- todas las personas o entidades interesadas y, en particular, solución de concesión, incluida la ampliación de los plazos los de requerimientos de subsanación, el trámite de audien- de ejecución y justificación, sin que en ningún caso pueda va- cia y el de resolución del procedimiento, se publicarán en la riarse el destino o finalidad de la subvención, ni alterar la acti- página web indicada en el apartado 19 del Cuadro Resumen, vidad, programa, actuación o comportamiento para los que se en los términos del artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 concedió la subvención ni elevar la cuantía de la subvención de noviembre, y del artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de obtenida que figura en la resolución de concesión. La varia- junio. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación ción tampoco podrá afectar a aquellos aspectos propuestos personal y surtirá sus mismos efectos. u ofertados por la persona o entidad beneficiaria que fueron 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, razón de su concreto otorgamiento. La ampliación del plazo las notificaciones que deban cursarse personalmente, se prac- de justificación no podrá exceder de la mitad del inicialmente ticarán en el lugar o por el medio indicado por las personas o establecido y en ningún caso podrá perjudicar derechos de entidades en sus solicitudes, salvo que se hubiera establecido terceras personas. en el apartado 20 del Cuadro Resumen la obligatoriedad de la 4. El escrito por el que se inste la iniciación de oficio notificación electrónica. deberá estar suficientemente justificado, presentándose de 3. Salvo que en el apartado 20 del Cuadro Resumen se forma inmediata a la aparición de las circunstancias que lo hubiera establecido la obligatoriedad de la notificación electró- motiven y con antelación a la finalización del plazo de ejecu- nica, siempre que las personas o entidades interesadas hayan ción y de justificación inicialmente concedido. señalado o consentido expresamente el medio de notificación En el plazo máximo de 15 días desde que el escrito haya electrónico, las notificaciones que deban cursarse personal- tenido entrada en el registro del órgano competente para su mente a las mismas se practicarán por ese medio en la sede tramitación, se notificará a la persona o entidad interesada el electrónica que se les hayan asignado a tal efecto, de confor- acuerdo por el que se adopte la decisión de iniciar o no el pro- midad con la normativa aplicable. A tal efecto, en el formulario cedimiento. La denegación deberá motivarse expresamente. de solicitud figura un apartado para que la persona o entidad 5. La resolución de modificación será dictada y notificada interesada pueda señalar expresamente el medio de notifica- en un plazo no superior a dos meses, y siempre antes de fina- ción o comunicación electrónica como preferente e indicar, lizar el plazo que, en su caso, sea modificado. La resolución para el caso de comunicación, una dirección electrónica. se adoptará por el órgano concedente de la subvención tras la instrucción del correspondiente procedimiento en el que, junto Artículo 22. Publicación trimestral de las subvenciones a la propuesta razonada del órgano instructor, se acompaña- concedidas. rán los informes pertinentes y las alegaciones que, en su caso, 1. A efectos de general conocimiento, de acuerdo con lo hubiera presentado la persona o entidad beneficiaria. dispuesto en los artículos 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 123 del Texto Refundido de la Ley General de la Artículo 24. Obligaciones de las personas o entidades Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las subvenciones beneficiarias. concedidas se publicarán trimestralmente en el Boletín Oficial 1. Son obligaciones de la persona o entidad beneficiaria: de la Junta de Andalucía con expresión de la convocatoria, el a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la acti- programa y crédito presupuestario al que se imputen, la per- vidad o adoptar el comportamiento que fundamenta la conce- sona o entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finali- sión de las subvenciones en la forma y plazos establecidos. dad o finalidades de la subvención. b) Justificar ante el órgano concedente o, en su caso, la 2. No será necesaria dicha publicación respecto de las entidad colaboradora, el cumplimiento de los requisitos y con- subvenciones cuyo importe individual sea de cuantía inferior diciones, así como la realización de la actividad y el cumpli- a 3.000 euros. En este supuesto la publicidad se efectuará a miento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute través de la página web indicada en el apartado 19 del Cuadro de la subvención. Resumen. c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efec- 3. Se exceptúan de las obligaciones previstas en este ar- tuar por el órgano concedente o, en su caso, la entidad co- tículo las subvenciones cuando la publicación de los datos de laboradora, así como cualesquiera otras de comprobación y las personas o entidades beneficiarias pueda ser contraria al control financiero que puedan realizar los órganos de control respeto y salvaguarda del honor, la intimidad personal y fami- competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando liar de las personas físicas en virtud de lo establecido en la cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las ac- Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del tuaciones anteriores. derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la pro- d) El sometimiento a las actuaciones de comprobación y pia imagen. control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con las subvenciones Artículo 23. Modificación de la resolución de concesión. y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del 1. El procedimiento para modificar la resolución de con- Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalu- cesión se iniciará siempre de oficio por acuerdo del órgano cía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos que la otorgó, bien por propia iniciativa, como consecuencia órganos. de petición razonada de otros órganos o bien a instancia de la e) Comunicar al órgano concedente o, en su caso, la en- persona beneficiaria. tidad colaboradora, la obtención de otras subvenciones, ayu- 2. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta das, ingresos o recursos que financien las actividades subven- para la concesión de la subvención, indicadas en el apartado cionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o 21.a) del Cuadro Resumen, podrá dar lugar a la modificación privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación de- de la resolución de concesión. En el supuesto de que se ob- berá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, tengan de manera concurrente otras aportaciones fuera de los con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los casos permitidos en estas bases reguladoras, se acordará la fondos percibidos. Asimismo, se comunicará cualquier altera- modificación de la resolución de concesión en los términos ción de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión previstos en el artículo 28. de la subvención. 3. Salvo previsión expresa en contrario establecida en el f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados apartado 21.b) del Cuadro Resumen, la persona o entidad be- y demás documentos debidamente auditados en los términos
  • 9. Página núm. 14 BOJA núm. 129 Sevilla, 4 de julio 2011 exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la del Cuadro Resumen, mediante pago del 100% del importe de persona beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados la subvención y/o, cuando la naturaleza de la subvención así lo contables y registros específicos sean exigidos en el aparta- justifique, mediante pago fraccionado. do 22 del Cuadro Resumen, con la finalidad de garantizar el b) Pago anticipado: En el supuesto de haberse señalado adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. esta forma de pago, en el apartado 24.a).2.º del Cuadro Resu- g) Conservar los documentos justificativos de la aplica- men, el pago se realizará mediante uno o varios pagos antici- ción de los fondos recibidos, incluidos los documentos elec- pados con anterioridad a la justificación de la realización de trónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de la actuación o proyecto, según la secuencia del pago y el por- comprobación y control. centaje del importe de la subvención que se abonará en cada h) Hacer constar en toda información o publicidad que uno de ellos que se señala en el apartado 24.b) del Cuadro se efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la Resumen. La forma y cuantía de las garantías que, en su caso, misma está subvencionada por la Administración de la Junta habrán de aportar las personas o entidades beneficiarias será de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha con- la señalada en el apartado 24.a).2.º del Cuadro Resumen. cedido, utilizando un lenguaje no sexista. En los supuestos de En esta forma de pago, no podrá abonarse a la persona subvenciones financiadas con fondos comunitarios, se deberá o entidad beneficiaria un importe superior al 75% de la sub- cumplir con las disposiciones que sobre información y publici- vención concedida, sin que se justifiquen previamente los pa- dad se dicten por la Unión Europea. En todo caso, se deberán gos anteriores, excepto en los supuestos en que el importe de adoptar las medidas específicas de información y publicidad aquellas sea igual o inferior a 6.050 euros. Excepcionalmente que se indican en el apartado 23.a) del Cuadro Resumen. podrá abonarse un importe superior al 75% y hasta el límite i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los del 100% del importe de la subvención en los supuestos expre- supuestos contemplados en el artículo 28. samente establecidos por la Ley del Presupuesto de la Comu- j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio nidad Autónoma para cada ejercicio económico. o de la dirección de correo electrónico durante el período en el 3. En caso de que el importe de la subvención se fije en que la subvención es susceptible de control. porcentaje sobre el presupuesto total, el importe definitivo de k) Cualquier otra condición u obligación específica que se la subvención se liquidará aplicando al coste de la actividad establezca en el apartado 23.b) del Cuadro Resumen. efectivamente realizada por la persona beneficiaria, conforme 2. Conforme al artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de a la justificación presentada y aceptada, el porcentaje de fi- noviembre, las personas beneficiarias, la entidad colabora- nanciación establecido en la resolución de concesión, sin que dora, en su caso, y los terceros relacionados con el objeto de en ningún caso pueda sobrepasar su cuantía el importe autori- la subvención o su justificación estarán obligados a prestar zado en la citada resolución. colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida Siempre que se haya alcanzado el objetivo o finalidad per- en el ejercicio de las funciones de control que corresponden seguidos, si no se justificara debidamente el total de la activi- a la Intervención General de Junta de Andalucía, así como a dad o la inversión subvencionada, deberá reducirse el importe los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria, de la subvención concedida aplicando el porcentaje de finan- tengan atribuidas funciones de control financiero, a cuyo fin ciación sobre la cuantía correspondiente a los justificantes no tendrán las facultades: presentados o no aceptados. a) El libre acceso a la documentación objeto de compro- 4. No podrá proponerse el pago de subvenciones a per- bación, incluidos los programas y archivos en soportes infor- sonas o entidades beneficiarias que no hayan justificado en máticos. tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad b) El libre acceso a los locales de negocio y demás esta- con cargo al mismo programa presupuestario por la Adminis- blecimientos o lugares en que se desarrolle la actividad sub- tración de la Junta de Andalucía y sus agencias. vencionada o se permita verificar la realidad y regularidad de El órgano que, a tenor del artículo 115 del Texto Refun- las operaciones financiadas con cargo a la subvención. dido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de c) La obtención de copia o la retención de las facturas, Andalucía, sea titular de la competencia para la concesión de documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro do- subvenciones, así como el competente para proponer el pago, cumento relativo a las operaciones en las que se deduzcan podrán, mediante resolución motivada, exceptuar la limitación indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la contenida en este apartado cuando concurran circunstancias subvención. de especial interés social, sin que en ningún caso pueda dele- d) El libre acceso a información de las cuentas bancarias garse esta competencia. en las entidades financieras donde se pueda haber efectuado 5. Cuando se establezca en el apartado 24.c) del Cua- el cobro de las subvenciones o con cargo a las cuales se pue- dro Resumen, las personas o entidades beneficiarias deberán dan haber realizado las disposiciones de los fondos. acreditar, antes de proponerse el pago, que se encuentran al 3. La negativa al cumplimiento de estas obligaciones se corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y considerará resistencia, excusa, obstrucción o negativa a los frente a la Seguridad Social, así como que no son deudoras de efectos previstos en el artículo 28, sin perjuicio de las sancio- la Junta de Andalucía por cualquier otro ingreso de derecho nes que, en su caso, pudieran corresponder. público. Esta previsión es independiente del requisito que, en su caso, resulte aplicable en el momento previo a la concesión. Artículo 25. Forma y secuencia del pago. En el apartado 24.c) del Cuadro Resumen se establecen, 1. El pago de la subvención se efectuará en la forma o en su caso, otros requisitos previos al pago. formas y con la secuencia señalada en el apartado 24.a) del 6. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria Cuadro Resumen. a la cuenta que la persona solicitante haya indicado, previa 2. Formas de pago: acreditación de su titularidad. a) Pago previa justificación: En el supuesto de haberse se- 7. Para las subvenciones a las que se refiere el artícu- ñalado esta forma de pago en el apartado 24.a).1.º del Cuadro lo 9.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el pago de la Resumen, la persona o entidad beneficiaria, deberá justificar subvención estará en todo caso condicionado a que los órga- previamente al cobro de la subvención, la realización de la ac- nos competentes de la Unión Europea hayan adoptado una tividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento que decisión de no formular objeciones a la misma o hayan decla- motivó la concesión de la misma en los términos establecidos rado la subvención compatible con el mercado común y en los en estas bases reguladoras. En este supuesto, el pago se rea- términos en los que dicha declaración se realice, extremo éste lizará, según la subopción señalada en el apartado 24.a).1.º que deberá constar en el acto administrativo de concesión.
  • 10. Sevilla, 4 de julio 2011 BOJA núm. 129 Página núm. 15 8. En el apartado 24.d) del Cuadro Resumen se especi- - Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones fica, cuando proceda, si se establece el compromiso de pago que hayan financiado la actividad subvencionada con indica- de las subvenciones en una fecha determinada. ción del importe y su procedencia. - Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo Artículo 26. Medidas de garantía en favor de los intereses 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba de haber públicos. solicitado la persona beneficiaria. Las medidas de garantía en favor de los intereses públi- - En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto cos, distintas de las previstas en el artículo anterior, requeridas de remanentes no aplicados así como de los intereses deriva- a las personas o entidades interesadas, serán las que, en su dos de los mismos. caso, se establezcan en el apartado 25 del Cuadro Resumen. a) 2.ª Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, que contendrá: Artículo 27. Justificación de la subvención. 1.º Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejer- 1. En el apartado 26.f) del Cuadro Resumen se concreta ciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas depen- la forma de justificación por parte de la persona o entidad be- diente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, neficiaria o, en su caso, de la entidad colaboradora, del cum- que llevará a cabo la revisión de la cuenta justificativa con el plimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención alcance que se determina en el apartado 26.f).2.º del Cuadro y de la aplicación de los fondos percibidos. Por justificación se Resumen, y con sujeción a las normas de actuación y supervi- entenderá, en todo caso, la aportación al órgano concedente sión que, en su caso, proponga el órgano que tenga atribuidas de los documentos justificativos de los gastos realizados con las competencias de control financiero de subvenciones en el cargo a la cantidad concedida, debiendo comprender el gasto ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía. total de la actividad subvencionada aunque la cuantía de la 2.º Memoria de actuaciones justificativa del cumplimiento subvención fuera inferior. El plazo máximo para la presenta- de las condiciones impuestas en la concesión de la subven- ción de la justificación será el establecido en apartado 26.b) ción, con indicación de las actividades realizadas y de los re- del Cuadro Resumen. sultados obtenidos. 2. La justificación por parte de la persona o entidad be- 3.º Memoria económica abreviada con el contenido que neficiaria o, en su caso, de la entidad colaboradora, del cum- se indica en el apartado 26.f).2.º del Cuadro Resumen, si bien plimiento de las condiciones impuestas y de la consecución como mínimo contendrá un estado representativo de los gas- de la finalidad u objetivos previstos en el acto de concesión de tos incurridos en la realización de las actividades subvencio- la subvención revestirá la forma que se señala en el aparta- nadas, debidamente agrupados, y, en su caso, las cantidades do 26.f) del Cuadro Resumen, conforme a alguna de las mo- inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas. dalidades de justificación de subvenciones que se describen a En aquellos casos en que la persona beneficiaria esté continuación: obligada a auditar sus cuentas anuales por un auditor some- a) Cuenta justificativa: tido a la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, La rendición de la cuenta justificativa, en cualquiera de la revisión de la cuenta justificativa se llevará a cabo por el las modalidades que se describen a continuación, constituye mismo auditor, salvo que en el apartado 26.f).2.º del Cuadro un acto obligatorio de la persona o entidad beneficiaria o, en Resumen, se prevea el nombramiento de otro auditor. En el supuesto en que la persona beneficiaria no esté obligada a su caso, de la entidad colaboradora, en la que se deben in- auditar sus cuentas anuales, la designación del auditor de cluir, bajo responsabilidad de la persona declarante, los jus- cuentas será realizada por la misma, salvo que en el aparta- tificantes de gasto o cualquier otro documento con validez do 26.f).2.º del Cuadro Resumen se prevea su nombramiento jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de por el órgano concedente. El gasto derivado de la revisión de la subvención. la cuenta justificativa podrá tener la condición de gasto sub- a) 1.ª Cuenta justificativa con aportación de justificantes vencionable cuando así se establezca en el apartado 26.f).2.º de gasto. del Cuadro Resumen, y hasta el límite que en él se fije. Salvo que, cuando por razón del objeto o de la naturaleza Cuando la subvención tenga por objeto una actividad o de la subvención, en el apartado 26.f).1.º se establezca otro proyecto a realizar en el extranjero, este régimen se enten- contenido, la cuenta justificativa con aportación de justifican- derá referido a auditores ejercientes en el país donde deba tes de gasto, estará integrada por: llevarse a cabo la revisión, siempre que en dicho país exista un 1.º Una memoria de actuación justificativa del cumpli- régimen de habilitación para el ejercicio de la profesión y, en miento de las condiciones impuestas en la concesión de la su caso, sea preceptiva la obligación de someter a auditoría subvención, con indicación de las actividades realizadas y de sus estados contables. De no existir un sistema de habilita- los resultados obtenidos. ción para el ejercicio de la profesión de auditoría de cuentas 2.º Una memoria económica justificativa del coste de las en el citado país, la revisión prevista en este artículo podrá actividades realizadas, que contendrá: realizarse por un auditor establecido en el citado país, siempre - Una relación clasificada de los gastos e inversiones de que la designación del mismo la lleve a cabo el órgano con- la actividad, con identificación del acreedor y del documento, cedente con arreglo a unos criterios técnicos que garantice la su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En adecuada calidad. caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presu- La persona beneficiaria estará obligada a poner a dispo- puesto, se indicarán las desviaciones acaecidas. sición del auditor de cuentas cuantos libros, registros y docu- - Las facturas o documentos de valor probatorio equiva- mentos le sean exigibles en aplicación de lo dispuesto en el lente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administra- artículo 14.1.f) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así tiva incorporados en la relación a que se hace referencia en el como a conservarlos al objeto de las actuaciones de compro- párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa bación y control previstas en la Ley. del pago. a) 3.ª Cuenta justificativa simplificada: - Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los Cuando el importe de la subvención sea inferior a 60.000 costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a euros, podrá tener carácter de documento con validez jurídica que se hace referencia en el primer párrafo, excepto en aque- para la justificación de la subvención la cuenta justificativa llos casos en que en el apartado 26.f).1.º del Cuadro Resumen simplificada, siempre que contenga: se prevea su compensación mediante un tanto alzado sin ne- 1.º Una memoria de actuación justificativa del cumpli- cesidad de justificación. miento de las condiciones impuestas en la concesión de la
  • 11. Página núm. 16 BOJA núm. 129 Sevilla, 4 de julio 2011 subvención, con indicación de las actividades realizadas y de d) Justificación mediante certificado de la intervención de los resultados obtenidos. la entidad local: 2.º Una relación clasificada de los gastos e inversiones de Las subvenciones concedidas a las corporaciones locales la actividad, con identificación del acreedor y del documento, se justificarán mediante un certificado de la intervención de la su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En entidad local correspondiente, acreditativo del empleo de las caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presu- cantidades a la finalidad para las que fueron concedidas. puesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas. 3. Los gastos se justificarán con facturas y demás do- 3.º Un detalle de otros ingresos o subvenciones que ha- cumentos de valor probatorio equivalente con validez en el yan financiado la actividad subvencionada con indicación del tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los importe y su procedencia. formatos indicados en el apartado 26.c) del Cuadro Resumen. 4.º En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto En el caso en que los justificantes sean facturas, para que de remanentes no aplicados así como de los intereses deriva- éstas tengan validez probatoria, deberán cumplir con los requisi- dos de los mismos. tos de las facturas y de los documentos sustitutivos establecidos El órgano concedente comprobará, a través de las técni- en el Capítulo II del Título I del Reglamento por el que se regulan cas de muestreo que se indican en el apartado 26.f).3.º del las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto Cuadro Resumen, los justificantes que estime oportunos y que 1496/2003, de 28 de noviembre, y modificado por el Real De- permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada apli- creto 87/2005, o en la norma reglamentaria que la sustituya. 4. Cuando así se señale en el apartado 26.c) del Cuadro cación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir a la persona Resumen, los justificantes originales presentados se marca- beneficiaria la remisión de los justificantes de gasto seleccio- rán con una estampilla, indicando en la misma la subvención nados. para cuya justificación han sido presentados y si el importe b) Justificación por módulos: del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En el apartado 26.f).4.º del Cuadro Resumen se concre- En este último caso se indicará además la cuantía exacta que tan los módulos y, en su caso, la forma de su actualización o resulte afectada por la subvención. se determinará que se fijarán en la convocatoria. 5. Cuando las actividades hayan sido financiadas, ade- En esta modalidad de justificación deberá presentarse la más de con la subvención, con fondos propios u otras sub- siguiente documentación: venciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el 1.º Una memoria de actuación justificativa del cumpli- importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las activi- miento de las condiciones impuestas en la concesión de la dades subvencionadas. subvención, con indicación de las actividades realizadas y de 6. El importe de la documentación justificativa deberá los resultados obtenidos. corresponderse con el presupuesto aceptado de la actividad, 2.º Una memoria económica justificativa que contendrá, aún en el caso de que la cuantía de la subvención concedida como mínimo los siguientes extremos: fuese inferior. - Acreditación o, en su defecto, declaración de la persona 7. En el caso de adquisición de bienes inmuebles, deberá beneficiaria sobre el número de unidades físicas consideradas aportarse un certificado de tasador independiente debidamente como módulo. acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial. - Cuantía de la subvención calculada sobre la base de las 8. Podrán utilizarse medios electrónicos, informáticos y actividades cuantificadas en la memoria de actuación y los telemáticos en los procedimientos de justificación de las sub- módulos contemplados en el apartado 26.f).4.º del Cuadro Re- venciones siempre que en el apartado 26.d) del Cuadro Re- sumen, o en su caso, en las convocatorias. sumen, se haya señalado su admisibilidad. A estos efectos, - Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan en dicho apartado se indicarán los trámites que, en su caso, financiado la actividad subvencionada con indicación del im- puedan ser cumplimentados por vía electrónica, informática o porte y su procedencia. telemática y los medios electrónicos y sistemas de comunica- Las personas beneficiarias en esta modalidad de justi- ción utilizables que deberán ajustarse a las especificaciones ficación están dispensados de la obligación de presentación establecidas por Orden de la Consejería competente. de libros, registros y documentos de trascendencia contable o mercantil, salvo previsión expresa en contrario en el aparta- Artículo 28. Reintegro. do 26.f).4.º del Cuadro Resumen. 1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad de la c) Presentación de estados contables: resolución de concesión previstos en el artículo 36 de la Ley La presentación de estados contables contendrá: 38/2003, de 17 de noviembre, procederá también el reintegro 1.º Información contable de obligada preparación por la de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de de- persona beneficiaria, debidamente auditada conforme al orde- mora correspondiente desde el momento del pago de la sub- vención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del namiento jurídico. reintegro, en los siguientes casos: 2.º En caso de exigirse en el apartado 26.f).5.º del Cuadro a) Obtención de la subvención falseando las condiciones Resumen, informe complementario elaborado por el auditor requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran im- de cuentas, siguiendo lo previsto en la disposición adicional pedido. decimoquinta del Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciem- b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la acti- bre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley vidad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas. fundamentan la concesión de la subvención. Este informe complementario será necesario cuando el al- c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la jus- cance de una auditoría de cuentas no se considere suficiente, tificación insuficiente. indicándose en el apartado 26.f).5.º del Cuadro Resumen, el d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medi- alcance adicional de la revisión a llevar a cabo por el auditor das de difusión. respecto de la información contable que sirva de base para e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las ac- determinar la cuantía de la subvención. La retribución adicio- tuaciones de comprobación y control financiero previstas en nal que corresponda percibir al auditor de cuentas podrá tener los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la condición de gasto subvencionable cuando así se indique en así como el incumplimiento de las obligaciones contables, re- el apartado 26.f).5.º del Cuadro Resumen, hasta el límite que gistrales o de conservación de documentos cuando de ello se en él se fije. derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos