1. PLAN DE
AUTOPROTECCIÓN
DEL
ESTABLECIMIENTO
HOTELERO.
El plan de autoprotección tiene como objetivo prevenir y controlar los riesgos
sobre las personas y bienes, dando una respuesta adecuada ante posibles
situaciones de emergencia que se puedan dar en un establecimiento hotelero.
Emi Tarifa Ota
2. INDICE:
1. Análisis de riesgos que pueda afectar al establecimiento hotelero.
2. Medidas de seguridad.
Medidas de prevención.
Medidas de protección ( activas/pasivas).
3. Indicaciones de actuación ante una emergencia.
4. Señalización de emergencias.
5. Plan de autoprotección Decreto 47/2004 del 10 de Febrero.
3. 1. ANÁLISIS DE RIESGOS QUE PUEDAN AFECTAR AL
STABLECIMIENTO HOTELERO.
INCENDIOS.
Es el riesgo más común en un establecimiento hotelero y pueden ser causados u originados
por:
Desconocimiento por parte de los ocupantes o de las instalaciones. En un incendio, la
ausencia de una clara señalización puede incrementar la confusión y el pánico, y
acabar en tragedia.
Huéspedes durmiendo: los clientes que están durmiendo pueden no escuchar las
señales de alarma, una vez que se den cuenta de lo que esta ocurriendo puede que
tomen decisiones equivocadas movidas por un estado de pánico.
El tamaño del hotel: cuanto más grande sea el hotel, más personas deberán ser
evacuadas en caso de incendio.
Riesgos adicionales: las celebraciones como banquetes, bodas son riesgos adicionales
ya que se puede utilizar mobiliario adicional que pueden ser causas de un incendio
como por ejemplo bengalas, velas, equipos de música…
Instalaciones eléctricas sobrecargadas o defectuosas.
Accidentes en las cocinas del hotel.
Incendios provocados intencionadamente.
Incendio provocados por descuidos de los fumadores.
Acumulación de basuras y otras sustancias inflamables.
Materiales combustibles próximas a fuentes de calor.
ROBOS O DELITOS:
Los establecimientos hoteleros tienen gran afluencia de personas ya sea el personal, los
propios huéspedes, visitantes… por eso es posible que se produzcan robo de bienes.
EPIDEMIAS O INTOXICACIONES.
ATENTADOS.
CATASTRÓFES NATURALES:Como pueden ser las tsunamis, terremotos, inundaciones por
fenómenos meteorológicos, etc….
4. 2.MEDIDAS DE SEGURIDAD.
1. MEDIDAS DE PREVENCIÓN:
Consiste en un conjunto de actuaciones necesarias y debidamente organizadas para
evitar o minimizar los efectos negativos de los riesgos.
Medidas de tipo técnico: uso de materiales ignífugos o de difícil combustión y
la sustitución de herramientas por otras más seguras.
Medidas de tipo legislativo: normas como la cumplimentación de determinada
documentación, señalizaciones obligatorias…
Medidas de tipo medico: asociado a la seguridad e higiene, la protección
personal y la mejora de las condiciones medioambientales.
Medidas de tipo administrativo: su cumplimiento es exclusivo por la persona
encargada de la seguridad. Un ejemplo de este tipo de medidas son las
reuniones con el fin de informar, analizar e incluso reciclar personas
implicadas.
2. MEDIDAS DE PROTECCIÓN ( activas/pasivas):
Consiste en un conjunto de medidas que se toman para protegerse de posibles riesgos
en un establecimiento hotelero como son:
Salidas de emergencia en cada planta.
Señalización correcta de salida de emergencia, extintores, bocas de incendio.
Sistemas de aire acondicionado y ventilación.
Extintores suficientes para todo el establecimiento hotelero.
Sistemas de alarma y detección de humos.
Sistemas de rociador de agua en caso de incendio.
Planos del hotel en cada planta.
5. 3. INDICACIONES DE ACTUACIÓN ANTE UNA EMERGENCIA.
Si descubre un incendio comuníquelo a recepción.
Mantenga la calma, no corra, no grite.
Abandone su habitación cerrando puertas y ventanas.
Si encuentra humo, salga gateando y tapase la boca y nariz.
Si el humo o las llamas le impiden salir, quédese en su habitación. Cierre las
puertas colocando ropa o tollas mojadas en las ranuras y haga se ver en la
ventana.
Nunca utilice el ascensor en caso de emergencia.
Siga las instrucciones del personal de evacuación y acuda al punto de
encuentro que le indiquen.
No regrese a recoger objetos olvidados.
Comunique a recepción o al personal de evacuación si alguien más ha quedado
en su habitación.
4. SEÑALIZACIÓN DE EMERGENCIAS.
6. 5. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DECRETO 47/2004
Accesibilidad: El alojamiento de deberá de disponer de
instalaciones y servicios adaptados a personas con discapacidad.
Las personas con discapacidad visual podrán acceder al
establecimiento acompañados de perros guía.
Accesos: deberá de disponer dentro de su recinto, de acceso desde calle
pavimentada y aceras.
Insonorización: las instalaciones del establecimiento deberán estar
convenientemente insonorizadas, cumpliendo la normativa de contaminación
acústica.
Luminosidad: la luminosidad mínima en la habitación deberá de ser de
80 lux por metro cuadrado.
Tratamiento y eliminación de residuos sólidos o basuras: la recogida de
basuras y su almacenamiento deberán realizarse de manera que no queden a
la vista ni produzcan olores, ubicado lo más lejos posible de las dependencias
en las que se encuentren los alimentos y las destinadas al alojamiento.
Salubridad y potabilidad del agua: el establecimiento debe de cumplir la
normativa sobre los diferentes usos del agua, indicando si es para consumo
humano o riego.
Tratamiento y evacuación de aguas residuales: la evacuación de aguas
residuales debe de ser la correcta a través de la red municipal de alcantarillado
o mediante una depuradora.
7. Requisitos de la instalación de aguas grises, regeneradas y pluviales: los
establecimientos hoteleros deben de estar dotados de instalaciones para la
utilización de aguas regeneradas y pluviales para servicio de los inodoros y en
todo caso, para instalaciones de riego.
Requisitos energéticos: los establecimientos hoteleros incorporarán
instalaciones receptoras de energía solar para satisfacer las necesidades
relativas de agua caliente.
Para los usos de calefacción, calentamiento de aguas o
cocinado de alimentos, el establecimiento deberá de
utilizar combustibles líquidos o gaseosos con
preferencia a la energía eléctrica.