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PLAN DE TRABAJO DE LA
ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE
TÉCNICO DETALLADO, EJECUCIÓN DE
OBRA Y LIQUIDACIÓN (PDT)
SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO, EJECUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE OBRA: “INTERVENCION EN RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE
INVERSIONES – IRI – EN IE N°86153 – CORIS DEL C.P. CORIS, DISTRITO DE
CORIS, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH CL 017883” CON FUR N°2428644.
OCTUBRE – 2022
PLAN DE TRABAJO DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
DETALLADO, EJECUCIÓN DE OBRA Y LIQUIDACIÓN (PDT)
1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO, EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE
OBRA “INTERVENCIÓN EN RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE INVERSIONES - IRI – EN LA IE N°86153 -
CORIS DEL C.P. CORIS, DISTRITO DE CORIS, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH - CL 017883”
CON FUR N°2428644.
2. FINALIDAD PÚBLICA
La contratación tiene como finalidad pública la Supervisión de la Ejecución y Liquidación de Obra; esto con
la finalidad de garantizar la continuidad de la prestación del servicio de Educación a nivel Primaria, afectada
como consecuencia del fenómeno El Niño Costero 2017.
3. UBICACIÓN DE LA OBRA Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
INSTITUCION
EDUCATIVA
CODIGO
LOCAL
CENTRO POBLADO DISTRITO PROVINCIA REGION DIRECCION
IE N°86153 017883 CORIS CORIS AIJA ANCASH CORIS
4. ANTECEDENTES
- Con fecha 16 de agosto de 2022, el comité de selección adjudicó al postor CONSORCIO ANCASH la
buena pro del Procedimiento de Contratación Pública Especial N°161-2022-MINEDU/UE 108.
- Con fecha 26 de agosto de 2022, mediante carta N°002-2022-PRONIED/CONSORCIO ANCASH,
solicita acogerse al beneficio de retención 10% del monto de contrato como garantía de fiel cumplimiento,
conforme a lo establecido al decreto de urgencia N°020 – 2022.
- Con fecha 01 de setiembre de 2022, PRONIED suscribe el contrato N°181-2022-MINEDU/VMGI-
PRONIED, con el CONSORCIO ANCASH, para la Elaboración de expediente técnico y ejecución de obra:
“INTERVENCIÓN EN RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE INVERSIONES – IRI - EN LA IE N°86153 DEL
C.P. CORIS, DISTRITO DE CORIS, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH. CL 017883“- FUR
N°2428644”.
- Con fecha 15 de setiembre de 2022, mediante Carta N°0001125-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGRD
se designó al Ing. Tomas Humberto Lecca Meza, como coordinador de proyecto del Procedimiento de
Contratación Pública Especial N°161-2022-MINEDU/UE108. ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE
TÉCNICO Y EJECUCIÓN DE OBRA
- Con fecha 15 de setiembre de 2022, mediante Carta Múltiple N°000031-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-
UGRD se Notificó a los Especialistas que se encargaran de la Supervisión del Expediente Técnico del
Procedimiento de Contratación Pública Especial N°161-2022-MINEDU/UE108.
- Con fecha 16 de setiembre de 2022, el comité de selección adjudicó al postor MARGER CONSULTORES
CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. la buena pro del Procedimiento de Contratación Pública Especial
N°172-2022-MINEDU/UE 108.
- Con fecha 19 de setiembre de 2022, mediante Carta N°001163-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGRD
se Notificó al Contratista CONSORCIO ANCASH, la entrega de terreno, programada para el jueves 22
de setiembre de 2022, en la IE 86153, con presencia de Representante del Pronied, el Contratista y el
director de Le 86153.
- Con fecha 22 de setiembre de 2022, se realizó la entrega de terreno en la Institución Educativa, para dar
inicio a la elaboración del expediente técnico, de la Intervención en Reconstrucción mediante Inversiones
– IRI - en la IE N°86153 del C.P. Coris, Distrito de Coris, Provincia de Aija, Región Ancash. CL 017883“-
FUR N°2428644.
- Con fecha 23 de setiembre de 2022, mediante Carta N°001227-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGRD
se Notificó al Contratista CONSORCIO ANCASH, el inicio de plazo para la elaboración del expediente
técnico de la “Intervención en Reconstrucción mediante Inversiones – IRI - en la IE N°86153 del C.P.
Coris, Distrito de Coris, Provincia de Aija, Región Ancash. CL 017883“- FUR N°2428644.
- Con fecha 29 de setiembre de 2022, PRONIED suscribe el contrato N°222-2022-MINEDU/VMGI-
PRONIED, con el MARGER CONSULTORES CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., para el Servicio de
Consultoría de obra: Supervisión de la Elaboración de expediente técnico y ejecución de obra:
“INTERVENCIÓN EN RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE INVERSIONES – IRI - EN LA IE N°86153 DEL
C.P. CORIS, DISTRITO DE CORIS, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH. CL 017883“- FUR
N°2428644”.
- Mediante carta N°001320_2022_MINEDU_VMGI_PRONIED_UGDR, la entidad notifica el inicio
de plazo contractual para la supervisión del expediente técnico con fecha 04 de octubre de 2022
5. JUSTIFICACIÓN
El presente Plan de trabajo de la elaboración del expediente técnico detallado, ejecución de obra y liquidación
(PDT) es elaborado y presentado a la Entidad para dar cumplimiento al numeral 1.23 de la sección I.
GENERALIDADES del CAPÍTULO I – REQUERIMIENTO de los Términos de Referencia (TDR) de la
Supervisión.
6. OBJETIVO
El objetivo del presente Plan de trabajo de la elaboración del expediente técnico detallado, ejecución de obra
y liquidación (PDT) es detallar todas las actividades necesarias para el cumplimiento de la SUPERVISIÓN
con respecto a la Elaboración del expediente técnico detallado, Ejecución de obra y Liquidación de Obra.
7. BASE LEGAL
- Ley Nª30556, que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno
Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y
sus modificatorias.
- Decreto Supremo Nº091-2017-PCM y sus modificatorias, que aprueba el PIRCC contemplado en la Ley
Nº30556.
- Decreto Supremo N°071-2018-PCM de fecha 05/07/2018, se aprueba el Reglamento del Procedimiento
de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios.
- Decreto Supremo N°094-2018-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº30556, Ley que
aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a
desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, cuyo artículo 1
declara prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación de un Plan Integral para
la Reconstrucción con Cambios.
- Resolución Ministerial N°499-2018-MINEDU que aprueba las “Disposiciones sectoriales para las
intervenciones de reconstrucción con fines de recuperación y rehabilitación mediante inversiones del
Sector Educación comprendidas en el Plan Integral de Reconstrucción Con Cambios”.
- Reglamento de la Ley Nº30556, que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las
intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para
la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº003-2019-PCM.
- Decreto Supremo N°148-2019-PCM, que modifica el Reglamento del Procedimiento de Contratación
Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo N°071-2018-
PCM.
- Resolución Ministerial N°626-2019-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada Módulo Básico
de Reconstrucción Frente a desastres para las intervenciones del Sector educación Comprendidas en el
PIRCC.
- Resolución de Dirección Ejecutiva N°004-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED, modificada mediante
Resolución de Dirección Ejecutiva N°028-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED, que delega facultades a
diversos funcionarios del PRONIED.
8. METODOLOGÍA DE SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO,
EJECUCIÓN DE OBRA Y LIQUIDACIÓN
La metodología de supervisión de la elaboración del expediente técnico detallado, ejecución de obra y
liquidación, es planteada con base en los siguientes aspectos:
- Los plazos establecidos para cada entregable, descritos en los Términos de Referencia del Servicio de
Supervisión.
- El personal profesional y técnico que se hará cargo de la supervisión.
- Los entregables y su contenido que comprende la supervisión de la Elaboración del expediente técnico
detallado, Ejecución de obra y Liquidación de Obra.
- La documentación normativa y técnica a ser empleada en el proceso de supervisión de la elaboración
del Expediente Técnico, descritos y omitidos en los Términos de Referencia del Servicio de Supervisión.
- Los Sistemas de Gestión de Proyectos de Edificación vigentes y ventajosos para la entidad contratante.
En ese sentido, la metodología de supervisión de la elaboración del expediente técnico detallado, ejecución
de obra y liquidación, contempla el siguiente desarrollo:
a) Plazo de ejecución de la contratación
Conforme al TDR del Servicio de Supervisión, el plazo de la Ejecución del contrato se inicia al día
siguiente de la notificación de la Entidad para el inicio de la Prestación; además, se precisa que el inicio
del plazo de la supervisión de la elaboración del expediente técnico ocurre al inicio del plazo de la
elaboración del expediente técnico, el cual es a partir del día siguiente que se cumplan TODAS las
siguientes condiciones con el contratista:
a) que la entidad notifique al contratista quien es el supervisor y/o inspector, según corresponda.
b) Que la entidad haya hecho entrega total o parcial del terreno a través de un acta de entrega suscrita
por un representante de la entidad, el director de la institución educativa y el contratista.
c) Que la entidad hay hecho entrega de los documentos técnicos para la ejecución para la ejecución
efectiva de las prestaciones contractuales.
Mediante carta N°001320_2022_MINEDU_VMGI_PRONIED_UGDR, la entidad notifica el inicio de plazo
contractual para la supervisión del expediente técnico con fecha 04 de octubre de 2022.
Cabe destacar que, el inicio del plazo contractual para la elaboración del expediente técnico por parte del
contratista ejecutor corresponde el dia 23 de septiembre de 2022, lo cual fue comunicado por la entidad
mediante Carta N°001227-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGRD.
El plazo del servicio de consultoría tiene el siguiente detalle:
OBJETO DE LA CONVOCATORIA PLAZO EN DIAS CALENDARIOS
SUPERVISION DE
ELABORACION DE
EXPEDIENTE TECNICO
SUPERVISION DE
EJECUCION DE OBRA
(INCLUYE MOBIL. Y
EQUIP.)
SUPERVISION DE
LIQUIDACION DE
OBRA
SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO,
EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA: “INTERVENCIÓN EN
RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE INVERSIONES – IRI
- EN LA IE N° 86153 - CORIS DEL C.P. CORIS, DISTRITO DE CORIS
PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN
ANCASH-CL 017883”, CON FUR N°2428644”.
75 150 30
b) Plazo y entregables de la supervisión en la elaboración del expediente técnico detallado
Durante esta primera etapa de Supervisión de la Elaboración y Conformidad del Expediente Técnico
Detallado, se contempla el desarrollo de dos fases: Fase I – Supervisión de la Elaboración de los
Expedientes Técnicos Parciales; y Fase II – Conformidad de los Expedientes Técnico Parciales.
La supervisión emitirá su conformidad y pronunciamiento de los expedientes técnicos parciales
elaborados por el contratista, conforme al siguiente detalle:
N°
Entregable
Plazo para la
Elaboración
del
Expediente
Técnico d.c.
Aprobaciones
Parciales del
E.T.
Plazo de revisión de la Supervisión
Levantamiento de
Observaciones (días
calendario)
1 Plazo 30 días,
acumulados 30
días.
El 1° Expediente Técnico
Parcial será remitido a la
Supervisión a los treinta
(30) días del inicio del
plazo contractual
De no entregar en el plazo
previsto se procederá a
aplicar las penalidades
correspondientes a mora
establecido en el numeral
2.9.1
El Supervisor y/o inspector en un plazo de hasta siete
(07)díasemitirá su conformidadypronunciamientoa
la Entidad alcanzando el 1° Entregable.
La Entidad evaluará el pronunciamiento del
Supervisor y/o Inspector remitiendo, de ser el caso,
las observaciones que correspondan, a la
Supervisión, en el plazo de hasta cinco (05) días
contados a partir del día siguiente en que se recibió
el pronunciamiento del Supervisor y/o inspector.
En caso de que no existieren observaciones al
pronunciamiento de la Supervisión se procederá a
emitir en un plazo de hasta cinco (05) días la
primera
aprobación parcial del Expediente Técnico y el
El Supervisor y/o inspector dispondrá de
un plazo de hasta cinco (05) días para
absolver las observaciones al
pronunciamiento remitidas por la Entidad.
La Entidad evaluará el levantamiento de
las observaciones y de no existir
observaciones la Entidad procederá a
emitir en un plazo de hasta cinco (05) días
la primera aprobación parcial del
Expediente Técnico y el contratista
procederá con la elaboración del 2°
entregable a partir del día siguiente en
que se comunica a la Supervisión y al
contratista procederá con la elaboración del 2°
entregable a partir del día siguiente en que se
comunica a la Supervisión y al contratista la
aceptación del
pronunciamiento de la Supervisión.
contratista la aceptación del
levantamiento de observaciones.
2
Plazo 30 días,
acumulados 60
días.
El 2° Expediente Técnico
Parcial será remitido a la
Supervisión a los treinta
(30) días luego de la
comunicación de la
aceptación del
pronunciamiento de la
Supervisión respecto al 1°
entregable.
De no entregar en el plazo
previsto se procederá a
aplicar las penalidades
correspondientes a mora
establecido en el numeral
2.9.1
El Supervisor y/o inspector en un plazo de hasta diez
(10)díasemitirá su conformidadypronunciamientoa
la Entidad alcanzando el 2° Entregable.
La Entidad evaluará el pronunciamiento del
Supervisor y/o Inspector remitiendo, de ser el caso,
las observaciones que correspondan a la
Supervisión en el plazo de hasta cinco (05) días,
contados a partir del día siguiente en que se recibió
el pronunciamiento del Supervisor y/o inspector.
En caso de que no existieren observaciones al
pronunciamiento de la Supervisión se procederá a
emitir en un plazo de hasta cinco (05) días la
segunda aprobación parcial del Expediente Técnico
y el contratista procederá con la elaboración del 3°
entregable a partir del día siguiente en que se
comunica
a la Supervisión y al contratista la aceptación del
pronunciamiento de la Supervisión
El Supervisor y/o inspector dispondrá de
un plazo de hasta cinco (05) días para
absolver las observaciones al
pronunciamiento remitidas por la Entidad.
La Entidad evaluará el levantamiento de
las observaciones y de no existir
observaciones la Entidad procederá a
emitir en un plazo de hasta cinco (05) días
la segunda aprobación parcial del
Expediente Técnico y el contratista
procederá con la elaboración del 3°
entregable a partir del día siguiente en
que se comunica a la Supervisión y al
contratista la aceptación del
levantamiento de observaciones.
3
Plazo 15 días,
acumulados 75
días.
El 3° Expediente Técnico
Parcial será remitido a la
Supervisión a los quince
(15) días luego de la
comunicación de la
aceptación del
pronunciamiento de la
Supervisión respecto al 2°
entregable
De no entregar en el plazo
previsto se procederá a
aplicar las penalidades
correspondientes a mora
establecido en el numeral
2.9.1
El Supervisor y/o inspector en un plazo de hasta diez
(10)díasemitirá su conformidadypronunciamientoa
la Entidad alcanzando el 3° Entregable.
La Entidad evaluará el pronunciamiento del
Supervisor y/o Inspector remitiendo, de ser el caso,
las observaciones que correspondan a la
Supervisión en el plazo de hasta cinco (05) días,
contados a partir del día siguiente en que se recibió
el pronunciamiento del Supervisor y/o inspector.
En caso de que no existieren observaciones al
pronunciamiento de la Supervisión se procederá a
emitir en un plazo de hasta cinco (05) la tercera
aprobación parcial del Expediente Técnico y el
contratista procederá con la compilación del
Expediente Técnico final el que contendrá los 3
entregables aprobados a partir del día siguiente en
que se comunica a la Supervisión y al contratista la
aceptación del pronunciamiento de la Supervisión
El Supervisor y/o inspector dispondrá de
un plazo de hasta cinco (05) días para
absolver las observaciones al
pronunciamiento remitidas por la Entidad.
La Entidad evaluará el levantamiento de
las observaciones y de no existir
observaciones la Entidad procederá a
emitiren un plazo de hasta cinco (05) días
la tercera aprobación parcial del
Expediente Técnico y el contratista
procederá con la compilación del
Expediente Técnico final el que contendrá
los 3 entregables aprobados a partir del
día siguiente en que se comunica a la
Supervisión y al contratista la aceptación
del levantamiento de observaciones.
c) Obligaciones del supervisor durante la ejecución de obra
Durante esta segunda etapa de Supervisión de la Ejecución de la Obra y Recepción, se desarrollarán dos
fases: Fase I – Supervisión Técnica de los Trabajos de Ejecución de las Obras, con aprobaciones
parciales de los Expedientes Técnicos; y Fase II – Recepción de las Obras.
Conforme al TDR de Supervisión de ejecución de obra, la supervisión cumplirá con las siguientes
obligaciones:
- Informes Quincenales.
- Informe de Valorización Mensual.
- Informes Mensuales.
- Informes especiales.
- Informe situacional de obra.
- Informe Final.
- Informe de Liquidación de Obra.
- Informe de Liquidación de Contrato de Supervisión.
La supervisión dará cumplimiento a dichas obligaciones, dentro de los plazos establecidos en el TDR y
lo solicitado por la Entidad. Asimismo, la supervisión dará cumplimiento a lo establecido en la normativa
vigente.
d) Obligación de la Supervisión de Liquidación del Contrato del Contratista.
La supervisión efectuará la revisión y conformidad de la Liquidación del Contrato presentada por el
Contratista que incluye la elaboración del Informe Final.
e) Metodología para la Supervisión de Elaboración del expediente técnico detallado
Para el cumplimiento de nuestras funciones, la supervisión contará con la tecnología (software y
hardware) necesaria que permita la realización de reuniones virtuales de todo el personal especialista
con la supervisión y la entidad, en donde se podrán presentar los diferentes avances, consultas y
cualquier situación que amerite y sea solicitada por la supervisión y la entidad de manera anticipada.
La Supervisión coordinará directamente con la Entidad a fin de garantizar que el desarrollo del proyecto
definitivo se realice de acuerdo a los estándares de calidad y eficiencia dentro del marco de la
normatividad vigente y de los parámetros establecidos en los términos de referencia del servicio.
Asimismo, mantendrá una coordinación permanente con el Residente del Contratista Ejecutor de obra, a
fin de realizar un trabajo eficiente y de calidad.
La supervisión estará a cargo del seguimiento, revisión, evaluación, control y validación de los avances
de la elaboración del expediente técnico detallado de acuerdo a lo establecido en los documentos
proporcionados y cronograma de trabajo autorizados por la entidad, así como a los estándares de calidad
y eficiencia, dentro de la normatividad vigente y a los términos de referencia. Además, administrará el
contrato, verificando el cumplimiento de los alcances, plazo y compromisos contractuales asumidos por
el Contratista Ejecutor.
Durante la Fase I de la presente Etapa, la supervisión formulará por escrito oportunamente las
observaciones y recomendaciones al proyecto, siendo anotadas todas ellas en un registro de control
debiendo ser aceptadas y/o reformuladas por la oficina técnica de la entidad. Así como también, anotará
las ocurrencias en el proceso de elaboración del expediente técnico detallado de infraestructura en el
cuaderno de control de la elaboración del expediente técnico detallado.
Por otro lado, durante la Fase I, la supervisión realizará los trabajos de campo necesarios en la zona de
intervención, para verificar la veracidad de los datos consignados por el ejecutor de la obra en el
expediente técnico detallado o en sus avances. Además, verificará que los costos unitarios de los
presupuestos, estén acorde con los costos del mercado, mano de obra calificada y no calificada,
materiales, equipos, de uso de obra, herramientas y en general todos los elementos considerados en el
contrato.
Ante cada entrega parcial del Expediente Técnico elaborado por el Contratista, la supervisión tramitará
en forma oportuna el informe de conformidad del expediente técnico detallado, con su correspondiente
opinión técnica, de manera que la entidad proceda con la aprobación formal y la Entidad autorice el pago
correspondiente; dando así cumplimiento a la Fase II de la presente Etapa. Complementariamente, la
supervisión elaborará los informes y presentará en forma oportuna los informes técnicos y legales sobre
adicionales, deductivos, ampliaciones de plazo, dentro del periodo previsto en la normatividad que rige el
contrato, de ser el caso.
Como resultado de la presente Etapa, la supervisión dará conformidad al expediente técnico detallado a
nivel de ejecución de obra una vez culminado, tramitada su aprobación por la entidad mediante acto
resolutivo por el órgano competente posibilitando la autorización de ejecución de obra, de acuerdo a los
requerimientos técnicos consignados en el expediente de contratación.
Será necesario verificar la existencia de permisos y documentación necesaria para el inicio de los
trabajos, así como supervisar las gestiones y trámites de licencias de construcción correspondientes ante
las instancias respectivas, de ser el caso.
Finalmente, la supervisión participará en la entrega de terreno con fines de ejecución de obra.
f) Metodología para la Supervisión de Ejecución y Liquidación de obra
La supervisión de obra estará representada por el supervisor de obra en todos los trámites e informes a
presentar frente a la Entidad.
La Supervisión coordinará directamente con la Entidad a fin de garantizar que el desarrollo del proyecto
definitivo se realice de acuerdo a los estándares de calidad y eficiencia dentro del marco de la
normatividad vigente y de los parámetros establecidos en los términos de referencia del servicio.
Asimismo, mantendrá una coordinación permanente con el Residente del Contratista Ejecutor de obra, a
fin de realizar un trabajo eficiente y de calidad.
Se efectuará el control de ejecución de obra (adelantos y amortizaciones, avance de obra, adicionales,
liquidación, etc.), control del plazo (calendario de avance de obra y de adquisición de materiales,
ampliación de plazo, penalidades, etc.); control de calidad (revisión del plan de contingencia, revisión del
expediente técnico detallado, control del proceso constructivo, control de calidad de los materiales, etc.)
y control de obligaciones contractuales (seguridad impacto ambiental, permisos y licencias, etc.).
Finalmente, la supervisión organizará y ejecutará todas las acciones encaminadas a la recepción de la
obra, informe final y liquidación. Asimismo, brindará asesoría al comité de recepción que designe la
entidad, brindando información de los desarrollos y actividades efectuadas por el contratista durante la
ejecución de los trabajos.
9. ORGANIGRAMA DE PERSONAL
9.01 SUPERVISIÓN DE ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
El personal profesional y técnico que se hará cargo de la supervisión de elaboración del expediente
técnico es el siguiente:
El mismo que estará organizado conforme al organigrama mostrado a continuación:
JEFE DE
SUPERVISIÓN
ING. CIVIL
ESPECIALISTAS
ESTRUCTURAS
ING. CIVIL
ARQUITECTURA
ARQUITECTO
COSTOS Y
PRESUPUESTOS
ING. CIVIL
INSTALACIONES
SANITARIAS
ING. CIVIL
INSTALACIONES
ELÉCTRICAS
ING. ELECTRICISTA
NOMBRES Y APELLIDOS CARGOS A DESEMPEÑAR
MANUEL LUJAN ROJAS JEFE DE SUPERVISIÓN
KEVINC YOSEP VALDIVIA BARRIOS
SUPERVISOR DE ESTRUCTURAS
JORGE CRISTIAN LEÓN ESTRADA SUPERVISOR DE ARQUITECTURA
KRISTA KASSANDRA ZELAYA ALFARO
SUPERVISOR DE COSTOS Y
PRESUPUESTOS
RICHARD PATRICK JULCA CASTILLO
SUPERVISOR DE INSTALACIONES
SANITARIAS
ALEXANDER MARTIN PEREDA MALPARTIDA
SUPERVISOR DE INSTALACIONES
ELÉCTRICAS
9.02 SUPERVISIÓN DE EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA
El personal profesional y técnico que se hará cargo de la supervisión de ejecución y liquidación de obra
es el siguiente:
El mismo que estará organizado conforme al organigrama mostrado a continuación:
SUPERVISOR DE OBRA
ING. CIVIL
ESPECIALISTAS
ESTRUCTURAS
ING. CIVIL
INSTALACIONES
SANITARIAS
ING. CIVIL
INSTALACIONES
ELÉCTRICAS
ING. ELECTRICISTA
SEGURIDAD Y SALUD
OCUPACIONAL
ING. AMBIENTAL Y
PREVENCIÓN DE RIESGOS
NOMBRES Y APELLIDOS CARGOS A DESEMPEÑAR
FABRICIO JOSE MEDINA JAUREGUI SUPERVISOR DE OBRA
CHISTOPHER STEVEN SALDAÑA BAUTISTA SUPERVISOR DE ESTRUCTURAS
JOSSY FIORELLA MORENO ALIPIO
SUPERVISOR DE INSTALACIONES
SANITARIAS
ALEXANDER MARTÍN PEREDA MALPARTIDA
SUPERVISOR DE INSTALACIONES
ELÉCTRICAS
SANDY LISBETH DIAZ PLASCENCIA
SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD
OCUPACIONAL
10. ACTIVIDADES A DESARROLLAR DE CADA UNO DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN
10.01 FUNCIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO
a) JEFE DE SUPERVISIÓN
- Ser responsable directo en la revisión del plan de contingencia, a fin de poder dar cumplimiento a
los términos de referencia.
- Ser responsable directo de en la revisión de los estudios definitivos del proyecto, a fin de poder dar
cumplimiento a los términos de referencia.
- Verificar el cronograma de ejecución de la obra presentada por el ejecutor.
- Apertura el cuaderno de control entre la supervisión y el ejecutor para dejar asentado las
indicaciones u observaciones que se presentan durante la ejecución de los trabajos, así como los
requerimientos o aclaraciones que el contratista pueda formular.
- Representa a la supervisión en todos los tramites e informes a presentar frente a la entidad.
- Preparar los informes especiales o cualquier tipo de información que la entidad requiera.
- Organizar y ejecutar todas las acciones, encaminadas a la aprobación del expediente técnico
detallado para su liquidación.
b) SUPERVISOR DE ESTRUCTURAS
- Contribuir como experto en la supervisión de la evaluación de los componentes estructurales del
proyecto y/o de los mejoramientos de ser el caso.
- Responsable en la supervisión de los diseños y presentación de informes con opinión sobre los
entregables de la especialidad del consultor.
c) SUPERVISOR DE ARQUITECTURA
- Responsable de la revisión del diseño arquitectónico de la edificación, lo cual comprende: la calidad
arquitectónica, los cálculos de áreas, las dimensiones de los componentes arquitectónicos, las
especificaciones técnicas del proyecto arquitectónico, los acabados de la obra, el incumplimiento de
los parámetros urbanísticos y edificatorios exigibles para edificar en el inmueble correspondiente.
- Responsable de que sus planos y los elaborados por los otros profesionales responsables del
proyecto, sean compatibles entre sí.
d) SUPERVISOR DE COSTOS Y PRESUPUESTOS
- Responsable como experto en la revisión control y verificación del detalle de los costos y
presupuestos que cuenten con el sustento respectivo (cotización de los insumos, materiales y/o
equipos incidentes, entre otros,) para el sustento del estudio definitivo.
- Revisar el cronograma valorizado y el cronograma de obra seguimiento y control de las mismas.
e) SUPERVISOR DE INSTALACIONES SANITARIAS
- Contribuir como experto en instalaciones sanitarias en la revisión de los proyectos en cartera en
cuanto a los sistemas de agua y desagüe proyectadas.
- Responsable como experto de la revisión, control y verificaciones los modelamientos hidráulicos del
sistema de instalaciones sanitarias (diámetros, clase, material, entre otros) en el área del proyecto.
- Coordinar con los otros especialistas la definición de los criterios de diseño demanda y temas
asociados a los componentes del sistema.
f) SUPERVISOR DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
- Contribuir como experto en la supervisión del diseño definitivo a desarrollar por el consultor del
componente electromagnético de la IE.
- Responsable como experto de la revisión, control y verificación del diseño definitivo a desarrollar por
el consultor del sistema eléctrico del proyecto.
- Otras labores concernientes a la supervisión de su especialidad, necesarias para el proyecto.
10.02 FUNCIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
a) JEFE DE SUPERVISIÓN
- Representar a la supervisión en todos los tramites e informes a presentar frente a la entidad
- Controlar que el ejecutor realice los trabajos en estricto cumplimiento de los diseños y
especificaciones técnicas.
- Efectuar el control de ejecución de obra (adelantos y amortizaciones, avance de obra, adicionales,
liquidación etc.), control del plazo (calendario de avance de obra y de adquisición de materiales,
ampliación de plazo, penalidades, etc.) y control de calidad ( revisión del plan de contingencia,
revisión de expediente técnico detallado, control del proceso constructivo, control de calidad de los
materiales, etc.) y control de obligaciones contractuales (seguridad impacto ambiental, permisos y
licencias).
- Aprobar y presentar a la entidad los informes contractuales y hacer el seguimiento de los mismos
hasta su aprobación, conjuntamente con los ingenieros especialistas supervisores, asistir a las
reuniones que convoque la entidad.
- Organizar y ejecutar todas las acciones encaminadas a la recepción de las obras, informe y
liquidación.
- Emitir opinión técnica especializada, cuando las condiciones de la obra así lo requieran.
b) SUPERVISOR DE ESTRUCTURAS
- Realizar una inspección en campo de los sectores donde se contemplan las estructuras, debiendo
verificar si dichos diseños de las estructuras son compatibles con la ubicación donde se construirán.
- Revisar el expediente técnico detallado, en su totalidad, con la finalidad de encontrar cualquier
deficiencia de diseño y realizar las correcciones del caso antes de iniciar la ejecución de la
construcción de las estructuras, presentando todos sus cálculos y archivos electrónicos de los
programas de cálculos utilizados en los diseños respectivos, como los planos que sustente su
diseño, firmados y sellados por el especialista en estructuras.
c) SUPERVISOR DE INSTALACIONES SANITARIAS
- Realizar una inspección en campo de los sectores donde se contemplan las instalaciones de agua
y desagüe, debiendo verificar si dichos diseños son compatibles con la ubicación donde se
construirán.
- Revisar el expediente técnico detallado
- Revisar el estudio de instalaciones sanitarias de la obra para constatar que contempla las
estrategias, el personal, los insumos y el presupuesto necesario para mitigar los potenciales
impactos ambientales.
d) SUPERVISIÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
- Supervisar la ejecución de las instalaciones eléctricas con el fin de desarrollar en forma segura y
respetando el medio ambiente.
- Supervisar y validar el desarrollo dosier de calidad por parte del ejecutor de obra.
- Asegura que los equipos que utiliza la supervisión de obra para el control de calidad cuenten con el
certificado de calibración respectivo.
- Realizar inspecciones de calidad de los suministros que sean utilizados para la ejecución de la obra.
- Elabora el informe mensual de los servicios de supervisión en los que concierne a su especialidad.
e) SUPERVISIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
- Actualizar y garantizar el cumplimiento del programa de prevención de riesgos de la empresa en las
obras.
- Revisión de los procedimientos para la ejecución de los trabajos.
- Elaboración de procedimientos de trabajos de alto riegos.
- Elaborar informes semanales y/o mensuales de obra.
- Garantizar el normal funcionamiento de las obras en cuanto a prevención de riesgos.
- Supervisar el control de calidad de las instalaciones eléctricas.
f) SUPERVISIÓN DE OBRA
- Entregar las valorizaciones, elaboración y/o revisión de la liquidación de obra en los plazos y
condiciones fijadas.
- Ejercer un control permanente sobre la vigencia de las cartas fianza del ejecutor, comunicando a la
entidad los vencimientos con un mes de anticipación.
- Controlar permanentemente los adelantos de materiales otorgados al ejecutor, lo que se reflejara
tanto en las valorizaciones como en los ajustes de los montos de las cartas fianzas.
- El supervisor es el responsable del control de la participación y permanencia del personal técnico
del ejecutor de obra
11. CRONOGRAMA QUE DETALLEN LOS PERIODOS DE PERMANENCIA EN OBRA DEL PERSONAL
PROFESIONAL DE SUPERVISIÓN
La participación de cada uno de los profesionales de la Supervisión, en cantidad de tiempo e incidencia,
estará dada conforme a la estructura de costos de la oferta económica presentada para el perfeccionamiento
del contrato de supervisión, como se muestra a continuación:
SUPERVISIÓN DE ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
SUPERVISIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
SUPERVISIÓN DE LIQUIDACIÓN DE OBRA
Asimismo, la participación de cada uno de los profesionales de la Supervisión, la ejecución de ensayos,
pruebas, trabajo de campo y trabajo de gabinete, durante las tres etapas del contrato (Elaboración de
expediente técnico, ejecución y liquidación de obra), será congruente con la participación de los profesionales
del Contratista Ejecutor y conforme a lo establecido en su cronograma de actividades presentado en su
respectivo Plan de Trabajo. Tal como se detalla a continuación:

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  • 1. PLAN DE TRABAJO DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO, EJECUCIÓN DE OBRA Y LIQUIDACIÓN (PDT) SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO, EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA: “INTERVENCION EN RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE INVERSIONES – IRI – EN IE N°86153 – CORIS DEL C.P. CORIS, DISTRITO DE CORIS, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH CL 017883” CON FUR N°2428644. OCTUBRE – 2022
  • 2. PLAN DE TRABAJO DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO, EJECUCIÓN DE OBRA Y LIQUIDACIÓN (PDT) 1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO, EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA “INTERVENCIÓN EN RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE INVERSIONES - IRI – EN LA IE N°86153 - CORIS DEL C.P. CORIS, DISTRITO DE CORIS, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH - CL 017883” CON FUR N°2428644. 2. FINALIDAD PÚBLICA La contratación tiene como finalidad pública la Supervisión de la Ejecución y Liquidación de Obra; esto con la finalidad de garantizar la continuidad de la prestación del servicio de Educación a nivel Primaria, afectada como consecuencia del fenómeno El Niño Costero 2017. 3. UBICACIÓN DE LA OBRA Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO INSTITUCION EDUCATIVA CODIGO LOCAL CENTRO POBLADO DISTRITO PROVINCIA REGION DIRECCION IE N°86153 017883 CORIS CORIS AIJA ANCASH CORIS 4. ANTECEDENTES - Con fecha 16 de agosto de 2022, el comité de selección adjudicó al postor CONSORCIO ANCASH la buena pro del Procedimiento de Contratación Pública Especial N°161-2022-MINEDU/UE 108. - Con fecha 26 de agosto de 2022, mediante carta N°002-2022-PRONIED/CONSORCIO ANCASH, solicita acogerse al beneficio de retención 10% del monto de contrato como garantía de fiel cumplimiento, conforme a lo establecido al decreto de urgencia N°020 – 2022. - Con fecha 01 de setiembre de 2022, PRONIED suscribe el contrato N°181-2022-MINEDU/VMGI- PRONIED, con el CONSORCIO ANCASH, para la Elaboración de expediente técnico y ejecución de obra: “INTERVENCIÓN EN RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE INVERSIONES – IRI - EN LA IE N°86153 DEL C.P. CORIS, DISTRITO DE CORIS, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH. CL 017883“- FUR N°2428644”. - Con fecha 15 de setiembre de 2022, mediante Carta N°0001125-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGRD se designó al Ing. Tomas Humberto Lecca Meza, como coordinador de proyecto del Procedimiento de Contratación Pública Especial N°161-2022-MINEDU/UE108. ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO Y EJECUCIÓN DE OBRA - Con fecha 15 de setiembre de 2022, mediante Carta Múltiple N°000031-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED- UGRD se Notificó a los Especialistas que se encargaran de la Supervisión del Expediente Técnico del Procedimiento de Contratación Pública Especial N°161-2022-MINEDU/UE108.
  • 3. - Con fecha 16 de setiembre de 2022, el comité de selección adjudicó al postor MARGER CONSULTORES CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. la buena pro del Procedimiento de Contratación Pública Especial N°172-2022-MINEDU/UE 108. - Con fecha 19 de setiembre de 2022, mediante Carta N°001163-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGRD se Notificó al Contratista CONSORCIO ANCASH, la entrega de terreno, programada para el jueves 22 de setiembre de 2022, en la IE 86153, con presencia de Representante del Pronied, el Contratista y el director de Le 86153. - Con fecha 22 de setiembre de 2022, se realizó la entrega de terreno en la Institución Educativa, para dar inicio a la elaboración del expediente técnico, de la Intervención en Reconstrucción mediante Inversiones – IRI - en la IE N°86153 del C.P. Coris, Distrito de Coris, Provincia de Aija, Región Ancash. CL 017883“- FUR N°2428644. - Con fecha 23 de setiembre de 2022, mediante Carta N°001227-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGRD se Notificó al Contratista CONSORCIO ANCASH, el inicio de plazo para la elaboración del expediente técnico de la “Intervención en Reconstrucción mediante Inversiones – IRI - en la IE N°86153 del C.P. Coris, Distrito de Coris, Provincia de Aija, Región Ancash. CL 017883“- FUR N°2428644. - Con fecha 29 de setiembre de 2022, PRONIED suscribe el contrato N°222-2022-MINEDU/VMGI- PRONIED, con el MARGER CONSULTORES CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., para el Servicio de Consultoría de obra: Supervisión de la Elaboración de expediente técnico y ejecución de obra: “INTERVENCIÓN EN RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE INVERSIONES – IRI - EN LA IE N°86153 DEL C.P. CORIS, DISTRITO DE CORIS, PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH. CL 017883“- FUR N°2428644”. - Mediante carta N°001320_2022_MINEDU_VMGI_PRONIED_UGDR, la entidad notifica el inicio de plazo contractual para la supervisión del expediente técnico con fecha 04 de octubre de 2022 5. JUSTIFICACIÓN El presente Plan de trabajo de la elaboración del expediente técnico detallado, ejecución de obra y liquidación (PDT) es elaborado y presentado a la Entidad para dar cumplimiento al numeral 1.23 de la sección I. GENERALIDADES del CAPÍTULO I – REQUERIMIENTO de los Términos de Referencia (TDR) de la Supervisión. 6. OBJETIVO El objetivo del presente Plan de trabajo de la elaboración del expediente técnico detallado, ejecución de obra y liquidación (PDT) es detallar todas las actividades necesarias para el cumplimiento de la SUPERVISIÓN con respecto a la Elaboración del expediente técnico detallado, Ejecución de obra y Liquidación de Obra. 7. BASE LEGAL - Ley Nª30556, que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº091-2017-PCM y sus modificatorias, que aprueba el PIRCC contemplado en la Ley Nº30556.
  • 4. - Decreto Supremo N°071-2018-PCM de fecha 05/07/2018, se aprueba el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios. - Decreto Supremo N°094-2018-PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, cuyo artículo 1 declara prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios. - Resolución Ministerial N°499-2018-MINEDU que aprueba las “Disposiciones sectoriales para las intervenciones de reconstrucción con fines de recuperación y rehabilitación mediante inversiones del Sector Educación comprendidas en el Plan Integral de Reconstrucción Con Cambios”. - Reglamento de la Ley Nº30556, que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo Nº003-2019-PCM. - Decreto Supremo N°148-2019-PCM, que modifica el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo N°071-2018- PCM. - Resolución Ministerial N°626-2019-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada Módulo Básico de Reconstrucción Frente a desastres para las intervenciones del Sector educación Comprendidas en el PIRCC. - Resolución de Dirección Ejecutiva N°004-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED, modificada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N°028-2022-MINEDU/VMGI-PRONIED, que delega facultades a diversos funcionarios del PRONIED. 8. METODOLOGÍA DE SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO, EJECUCIÓN DE OBRA Y LIQUIDACIÓN La metodología de supervisión de la elaboración del expediente técnico detallado, ejecución de obra y liquidación, es planteada con base en los siguientes aspectos: - Los plazos establecidos para cada entregable, descritos en los Términos de Referencia del Servicio de Supervisión. - El personal profesional y técnico que se hará cargo de la supervisión. - Los entregables y su contenido que comprende la supervisión de la Elaboración del expediente técnico detallado, Ejecución de obra y Liquidación de Obra. - La documentación normativa y técnica a ser empleada en el proceso de supervisión de la elaboración del Expediente Técnico, descritos y omitidos en los Términos de Referencia del Servicio de Supervisión. - Los Sistemas de Gestión de Proyectos de Edificación vigentes y ventajosos para la entidad contratante. En ese sentido, la metodología de supervisión de la elaboración del expediente técnico detallado, ejecución de obra y liquidación, contempla el siguiente desarrollo: a) Plazo de ejecución de la contratación Conforme al TDR del Servicio de Supervisión, el plazo de la Ejecución del contrato se inicia al día siguiente de la notificación de la Entidad para el inicio de la Prestación; además, se precisa que el inicio del plazo de la supervisión de la elaboración del expediente técnico ocurre al inicio del plazo de la
  • 5. elaboración del expediente técnico, el cual es a partir del día siguiente que se cumplan TODAS las siguientes condiciones con el contratista: a) que la entidad notifique al contratista quien es el supervisor y/o inspector, según corresponda. b) Que la entidad haya hecho entrega total o parcial del terreno a través de un acta de entrega suscrita por un representante de la entidad, el director de la institución educativa y el contratista. c) Que la entidad hay hecho entrega de los documentos técnicos para la ejecución para la ejecución efectiva de las prestaciones contractuales. Mediante carta N°001320_2022_MINEDU_VMGI_PRONIED_UGDR, la entidad notifica el inicio de plazo contractual para la supervisión del expediente técnico con fecha 04 de octubre de 2022. Cabe destacar que, el inicio del plazo contractual para la elaboración del expediente técnico por parte del contratista ejecutor corresponde el dia 23 de septiembre de 2022, lo cual fue comunicado por la entidad mediante Carta N°001227-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGRD. El plazo del servicio de consultoría tiene el siguiente detalle: OBJETO DE LA CONVOCATORIA PLAZO EN DIAS CALENDARIOS SUPERVISION DE ELABORACION DE EXPEDIENTE TECNICO SUPERVISION DE EJECUCION DE OBRA (INCLUYE MOBIL. Y EQUIP.) SUPERVISION DE LIQUIDACION DE OBRA SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO, EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA: “INTERVENCIÓN EN RECONSTRUCCIÓN MEDIANTE INVERSIONES – IRI - EN LA IE N° 86153 - CORIS DEL C.P. CORIS, DISTRITO DE CORIS PROVINCIA DE AIJA, REGIÓN ANCASH-CL 017883”, CON FUR N°2428644”. 75 150 30 b) Plazo y entregables de la supervisión en la elaboración del expediente técnico detallado Durante esta primera etapa de Supervisión de la Elaboración y Conformidad del Expediente Técnico Detallado, se contempla el desarrollo de dos fases: Fase I – Supervisión de la Elaboración de los Expedientes Técnicos Parciales; y Fase II – Conformidad de los Expedientes Técnico Parciales. La supervisión emitirá su conformidad y pronunciamiento de los expedientes técnicos parciales elaborados por el contratista, conforme al siguiente detalle:
  • 6. N° Entregable Plazo para la Elaboración del Expediente Técnico d.c. Aprobaciones Parciales del E.T. Plazo de revisión de la Supervisión Levantamiento de Observaciones (días calendario) 1 Plazo 30 días, acumulados 30 días. El 1° Expediente Técnico Parcial será remitido a la Supervisión a los treinta (30) días del inicio del plazo contractual De no entregar en el plazo previsto se procederá a aplicar las penalidades correspondientes a mora establecido en el numeral 2.9.1 El Supervisor y/o inspector en un plazo de hasta siete (07)díasemitirá su conformidadypronunciamientoa la Entidad alcanzando el 1° Entregable. La Entidad evaluará el pronunciamiento del Supervisor y/o Inspector remitiendo, de ser el caso, las observaciones que correspondan, a la Supervisión, en el plazo de hasta cinco (05) días contados a partir del día siguiente en que se recibió el pronunciamiento del Supervisor y/o inspector. En caso de que no existieren observaciones al pronunciamiento de la Supervisión se procederá a emitir en un plazo de hasta cinco (05) días la primera aprobación parcial del Expediente Técnico y el El Supervisor y/o inspector dispondrá de un plazo de hasta cinco (05) días para absolver las observaciones al pronunciamiento remitidas por la Entidad. La Entidad evaluará el levantamiento de las observaciones y de no existir observaciones la Entidad procederá a emitir en un plazo de hasta cinco (05) días la primera aprobación parcial del Expediente Técnico y el contratista procederá con la elaboración del 2° entregable a partir del día siguiente en que se comunica a la Supervisión y al contratista procederá con la elaboración del 2° entregable a partir del día siguiente en que se comunica a la Supervisión y al contratista la aceptación del pronunciamiento de la Supervisión. contratista la aceptación del levantamiento de observaciones. 2 Plazo 30 días, acumulados 60 días. El 2° Expediente Técnico Parcial será remitido a la Supervisión a los treinta (30) días luego de la comunicación de la aceptación del pronunciamiento de la Supervisión respecto al 1° entregable. De no entregar en el plazo previsto se procederá a aplicar las penalidades correspondientes a mora establecido en el numeral 2.9.1 El Supervisor y/o inspector en un plazo de hasta diez (10)díasemitirá su conformidadypronunciamientoa la Entidad alcanzando el 2° Entregable. La Entidad evaluará el pronunciamiento del Supervisor y/o Inspector remitiendo, de ser el caso, las observaciones que correspondan a la Supervisión en el plazo de hasta cinco (05) días, contados a partir del día siguiente en que se recibió el pronunciamiento del Supervisor y/o inspector. En caso de que no existieren observaciones al pronunciamiento de la Supervisión se procederá a emitir en un plazo de hasta cinco (05) días la segunda aprobación parcial del Expediente Técnico y el contratista procederá con la elaboración del 3° entregable a partir del día siguiente en que se comunica a la Supervisión y al contratista la aceptación del pronunciamiento de la Supervisión El Supervisor y/o inspector dispondrá de un plazo de hasta cinco (05) días para absolver las observaciones al pronunciamiento remitidas por la Entidad. La Entidad evaluará el levantamiento de las observaciones y de no existir observaciones la Entidad procederá a emitir en un plazo de hasta cinco (05) días la segunda aprobación parcial del Expediente Técnico y el contratista procederá con la elaboración del 3° entregable a partir del día siguiente en que se comunica a la Supervisión y al contratista la aceptación del levantamiento de observaciones. 3 Plazo 15 días, acumulados 75 días. El 3° Expediente Técnico Parcial será remitido a la Supervisión a los quince (15) días luego de la comunicación de la aceptación del pronunciamiento de la Supervisión respecto al 2° entregable De no entregar en el plazo previsto se procederá a aplicar las penalidades correspondientes a mora establecido en el numeral 2.9.1 El Supervisor y/o inspector en un plazo de hasta diez (10)díasemitirá su conformidadypronunciamientoa la Entidad alcanzando el 3° Entregable. La Entidad evaluará el pronunciamiento del Supervisor y/o Inspector remitiendo, de ser el caso, las observaciones que correspondan a la Supervisión en el plazo de hasta cinco (05) días, contados a partir del día siguiente en que se recibió el pronunciamiento del Supervisor y/o inspector. En caso de que no existieren observaciones al pronunciamiento de la Supervisión se procederá a emitir en un plazo de hasta cinco (05) la tercera aprobación parcial del Expediente Técnico y el contratista procederá con la compilación del Expediente Técnico final el que contendrá los 3 entregables aprobados a partir del día siguiente en que se comunica a la Supervisión y al contratista la aceptación del pronunciamiento de la Supervisión El Supervisor y/o inspector dispondrá de un plazo de hasta cinco (05) días para absolver las observaciones al pronunciamiento remitidas por la Entidad. La Entidad evaluará el levantamiento de las observaciones y de no existir observaciones la Entidad procederá a emitiren un plazo de hasta cinco (05) días la tercera aprobación parcial del Expediente Técnico y el contratista procederá con la compilación del Expediente Técnico final el que contendrá los 3 entregables aprobados a partir del día siguiente en que se comunica a la Supervisión y al contratista la aceptación del levantamiento de observaciones. c) Obligaciones del supervisor durante la ejecución de obra Durante esta segunda etapa de Supervisión de la Ejecución de la Obra y Recepción, se desarrollarán dos fases: Fase I – Supervisión Técnica de los Trabajos de Ejecución de las Obras, con aprobaciones parciales de los Expedientes Técnicos; y Fase II – Recepción de las Obras. Conforme al TDR de Supervisión de ejecución de obra, la supervisión cumplirá con las siguientes obligaciones:
  • 7. - Informes Quincenales. - Informe de Valorización Mensual. - Informes Mensuales. - Informes especiales. - Informe situacional de obra. - Informe Final. - Informe de Liquidación de Obra. - Informe de Liquidación de Contrato de Supervisión. La supervisión dará cumplimiento a dichas obligaciones, dentro de los plazos establecidos en el TDR y lo solicitado por la Entidad. Asimismo, la supervisión dará cumplimiento a lo establecido en la normativa vigente. d) Obligación de la Supervisión de Liquidación del Contrato del Contratista. La supervisión efectuará la revisión y conformidad de la Liquidación del Contrato presentada por el Contratista que incluye la elaboración del Informe Final. e) Metodología para la Supervisión de Elaboración del expediente técnico detallado Para el cumplimiento de nuestras funciones, la supervisión contará con la tecnología (software y hardware) necesaria que permita la realización de reuniones virtuales de todo el personal especialista con la supervisión y la entidad, en donde se podrán presentar los diferentes avances, consultas y cualquier situación que amerite y sea solicitada por la supervisión y la entidad de manera anticipada. La Supervisión coordinará directamente con la Entidad a fin de garantizar que el desarrollo del proyecto definitivo se realice de acuerdo a los estándares de calidad y eficiencia dentro del marco de la normatividad vigente y de los parámetros establecidos en los términos de referencia del servicio. Asimismo, mantendrá una coordinación permanente con el Residente del Contratista Ejecutor de obra, a fin de realizar un trabajo eficiente y de calidad. La supervisión estará a cargo del seguimiento, revisión, evaluación, control y validación de los avances de la elaboración del expediente técnico detallado de acuerdo a lo establecido en los documentos proporcionados y cronograma de trabajo autorizados por la entidad, así como a los estándares de calidad y eficiencia, dentro de la normatividad vigente y a los términos de referencia. Además, administrará el contrato, verificando el cumplimiento de los alcances, plazo y compromisos contractuales asumidos por el Contratista Ejecutor. Durante la Fase I de la presente Etapa, la supervisión formulará por escrito oportunamente las observaciones y recomendaciones al proyecto, siendo anotadas todas ellas en un registro de control debiendo ser aceptadas y/o reformuladas por la oficina técnica de la entidad. Así como también, anotará las ocurrencias en el proceso de elaboración del expediente técnico detallado de infraestructura en el cuaderno de control de la elaboración del expediente técnico detallado. Por otro lado, durante la Fase I, la supervisión realizará los trabajos de campo necesarios en la zona de intervención, para verificar la veracidad de los datos consignados por el ejecutor de la obra en el expediente técnico detallado o en sus avances. Además, verificará que los costos unitarios de los
  • 8. presupuestos, estén acorde con los costos del mercado, mano de obra calificada y no calificada, materiales, equipos, de uso de obra, herramientas y en general todos los elementos considerados en el contrato. Ante cada entrega parcial del Expediente Técnico elaborado por el Contratista, la supervisión tramitará en forma oportuna el informe de conformidad del expediente técnico detallado, con su correspondiente opinión técnica, de manera que la entidad proceda con la aprobación formal y la Entidad autorice el pago correspondiente; dando así cumplimiento a la Fase II de la presente Etapa. Complementariamente, la supervisión elaborará los informes y presentará en forma oportuna los informes técnicos y legales sobre adicionales, deductivos, ampliaciones de plazo, dentro del periodo previsto en la normatividad que rige el contrato, de ser el caso. Como resultado de la presente Etapa, la supervisión dará conformidad al expediente técnico detallado a nivel de ejecución de obra una vez culminado, tramitada su aprobación por la entidad mediante acto resolutivo por el órgano competente posibilitando la autorización de ejecución de obra, de acuerdo a los requerimientos técnicos consignados en el expediente de contratación. Será necesario verificar la existencia de permisos y documentación necesaria para el inicio de los trabajos, así como supervisar las gestiones y trámites de licencias de construcción correspondientes ante las instancias respectivas, de ser el caso. Finalmente, la supervisión participará en la entrega de terreno con fines de ejecución de obra. f) Metodología para la Supervisión de Ejecución y Liquidación de obra La supervisión de obra estará representada por el supervisor de obra en todos los trámites e informes a presentar frente a la Entidad. La Supervisión coordinará directamente con la Entidad a fin de garantizar que el desarrollo del proyecto definitivo se realice de acuerdo a los estándares de calidad y eficiencia dentro del marco de la normatividad vigente y de los parámetros establecidos en los términos de referencia del servicio. Asimismo, mantendrá una coordinación permanente con el Residente del Contratista Ejecutor de obra, a fin de realizar un trabajo eficiente y de calidad. Se efectuará el control de ejecución de obra (adelantos y amortizaciones, avance de obra, adicionales, liquidación, etc.), control del plazo (calendario de avance de obra y de adquisición de materiales, ampliación de plazo, penalidades, etc.); control de calidad (revisión del plan de contingencia, revisión del expediente técnico detallado, control del proceso constructivo, control de calidad de los materiales, etc.) y control de obligaciones contractuales (seguridad impacto ambiental, permisos y licencias, etc.). Finalmente, la supervisión organizará y ejecutará todas las acciones encaminadas a la recepción de la obra, informe final y liquidación. Asimismo, brindará asesoría al comité de recepción que designe la entidad, brindando información de los desarrollos y actividades efectuadas por el contratista durante la ejecución de los trabajos.
  • 9. 9. ORGANIGRAMA DE PERSONAL 9.01 SUPERVISIÓN DE ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO El personal profesional y técnico que se hará cargo de la supervisión de elaboración del expediente técnico es el siguiente: El mismo que estará organizado conforme al organigrama mostrado a continuación: JEFE DE SUPERVISIÓN ING. CIVIL ESPECIALISTAS ESTRUCTURAS ING. CIVIL ARQUITECTURA ARQUITECTO COSTOS Y PRESUPUESTOS ING. CIVIL INSTALACIONES SANITARIAS ING. CIVIL INSTALACIONES ELÉCTRICAS ING. ELECTRICISTA NOMBRES Y APELLIDOS CARGOS A DESEMPEÑAR MANUEL LUJAN ROJAS JEFE DE SUPERVISIÓN KEVINC YOSEP VALDIVIA BARRIOS SUPERVISOR DE ESTRUCTURAS JORGE CRISTIAN LEÓN ESTRADA SUPERVISOR DE ARQUITECTURA KRISTA KASSANDRA ZELAYA ALFARO SUPERVISOR DE COSTOS Y PRESUPUESTOS RICHARD PATRICK JULCA CASTILLO SUPERVISOR DE INSTALACIONES SANITARIAS ALEXANDER MARTIN PEREDA MALPARTIDA SUPERVISOR DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
  • 10. 9.02 SUPERVISIÓN DE EJECUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA El personal profesional y técnico que se hará cargo de la supervisión de ejecución y liquidación de obra es el siguiente: El mismo que estará organizado conforme al organigrama mostrado a continuación: SUPERVISOR DE OBRA ING. CIVIL ESPECIALISTAS ESTRUCTURAS ING. CIVIL INSTALACIONES SANITARIAS ING. CIVIL INSTALACIONES ELÉCTRICAS ING. ELECTRICISTA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ING. AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE RIESGOS NOMBRES Y APELLIDOS CARGOS A DESEMPEÑAR FABRICIO JOSE MEDINA JAUREGUI SUPERVISOR DE OBRA CHISTOPHER STEVEN SALDAÑA BAUTISTA SUPERVISOR DE ESTRUCTURAS JOSSY FIORELLA MORENO ALIPIO SUPERVISOR DE INSTALACIONES SANITARIAS ALEXANDER MARTÍN PEREDA MALPARTIDA SUPERVISOR DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS SANDY LISBETH DIAZ PLASCENCIA SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
  • 11. 10. ACTIVIDADES A DESARROLLAR DE CADA UNO DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN 10.01 FUNCIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO a) JEFE DE SUPERVISIÓN - Ser responsable directo en la revisión del plan de contingencia, a fin de poder dar cumplimiento a los términos de referencia. - Ser responsable directo de en la revisión de los estudios definitivos del proyecto, a fin de poder dar cumplimiento a los términos de referencia. - Verificar el cronograma de ejecución de la obra presentada por el ejecutor. - Apertura el cuaderno de control entre la supervisión y el ejecutor para dejar asentado las indicaciones u observaciones que se presentan durante la ejecución de los trabajos, así como los requerimientos o aclaraciones que el contratista pueda formular. - Representa a la supervisión en todos los tramites e informes a presentar frente a la entidad. - Preparar los informes especiales o cualquier tipo de información que la entidad requiera. - Organizar y ejecutar todas las acciones, encaminadas a la aprobación del expediente técnico detallado para su liquidación. b) SUPERVISOR DE ESTRUCTURAS - Contribuir como experto en la supervisión de la evaluación de los componentes estructurales del proyecto y/o de los mejoramientos de ser el caso. - Responsable en la supervisión de los diseños y presentación de informes con opinión sobre los entregables de la especialidad del consultor. c) SUPERVISOR DE ARQUITECTURA - Responsable de la revisión del diseño arquitectónico de la edificación, lo cual comprende: la calidad arquitectónica, los cálculos de áreas, las dimensiones de los componentes arquitectónicos, las especificaciones técnicas del proyecto arquitectónico, los acabados de la obra, el incumplimiento de los parámetros urbanísticos y edificatorios exigibles para edificar en el inmueble correspondiente. - Responsable de que sus planos y los elaborados por los otros profesionales responsables del proyecto, sean compatibles entre sí. d) SUPERVISOR DE COSTOS Y PRESUPUESTOS - Responsable como experto en la revisión control y verificación del detalle de los costos y presupuestos que cuenten con el sustento respectivo (cotización de los insumos, materiales y/o equipos incidentes, entre otros,) para el sustento del estudio definitivo. - Revisar el cronograma valorizado y el cronograma de obra seguimiento y control de las mismas. e) SUPERVISOR DE INSTALACIONES SANITARIAS - Contribuir como experto en instalaciones sanitarias en la revisión de los proyectos en cartera en cuanto a los sistemas de agua y desagüe proyectadas. - Responsable como experto de la revisión, control y verificaciones los modelamientos hidráulicos del sistema de instalaciones sanitarias (diámetros, clase, material, entre otros) en el área del proyecto. - Coordinar con los otros especialistas la definición de los criterios de diseño demanda y temas asociados a los componentes del sistema. f) SUPERVISOR DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
  • 12. - Contribuir como experto en la supervisión del diseño definitivo a desarrollar por el consultor del componente electromagnético de la IE. - Responsable como experto de la revisión, control y verificación del diseño definitivo a desarrollar por el consultor del sistema eléctrico del proyecto. - Otras labores concernientes a la supervisión de su especialidad, necesarias para el proyecto. 10.02 FUNCIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA a) JEFE DE SUPERVISIÓN - Representar a la supervisión en todos los tramites e informes a presentar frente a la entidad - Controlar que el ejecutor realice los trabajos en estricto cumplimiento de los diseños y especificaciones técnicas. - Efectuar el control de ejecución de obra (adelantos y amortizaciones, avance de obra, adicionales, liquidación etc.), control del plazo (calendario de avance de obra y de adquisición de materiales, ampliación de plazo, penalidades, etc.) y control de calidad ( revisión del plan de contingencia, revisión de expediente técnico detallado, control del proceso constructivo, control de calidad de los materiales, etc.) y control de obligaciones contractuales (seguridad impacto ambiental, permisos y licencias). - Aprobar y presentar a la entidad los informes contractuales y hacer el seguimiento de los mismos hasta su aprobación, conjuntamente con los ingenieros especialistas supervisores, asistir a las reuniones que convoque la entidad. - Organizar y ejecutar todas las acciones encaminadas a la recepción de las obras, informe y liquidación. - Emitir opinión técnica especializada, cuando las condiciones de la obra así lo requieran. b) SUPERVISOR DE ESTRUCTURAS - Realizar una inspección en campo de los sectores donde se contemplan las estructuras, debiendo verificar si dichos diseños de las estructuras son compatibles con la ubicación donde se construirán. - Revisar el expediente técnico detallado, en su totalidad, con la finalidad de encontrar cualquier deficiencia de diseño y realizar las correcciones del caso antes de iniciar la ejecución de la construcción de las estructuras, presentando todos sus cálculos y archivos electrónicos de los programas de cálculos utilizados en los diseños respectivos, como los planos que sustente su diseño, firmados y sellados por el especialista en estructuras. c) SUPERVISOR DE INSTALACIONES SANITARIAS - Realizar una inspección en campo de los sectores donde se contemplan las instalaciones de agua y desagüe, debiendo verificar si dichos diseños son compatibles con la ubicación donde se construirán. - Revisar el expediente técnico detallado - Revisar el estudio de instalaciones sanitarias de la obra para constatar que contempla las estrategias, el personal, los insumos y el presupuesto necesario para mitigar los potenciales impactos ambientales. d) SUPERVISIÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS - Supervisar la ejecución de las instalaciones eléctricas con el fin de desarrollar en forma segura y respetando el medio ambiente. - Supervisar y validar el desarrollo dosier de calidad por parte del ejecutor de obra.
  • 13. - Asegura que los equipos que utiliza la supervisión de obra para el control de calidad cuenten con el certificado de calibración respectivo. - Realizar inspecciones de calidad de los suministros que sean utilizados para la ejecución de la obra. - Elabora el informe mensual de los servicios de supervisión en los que concierne a su especialidad. e) SUPERVISIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL - Actualizar y garantizar el cumplimiento del programa de prevención de riesgos de la empresa en las obras. - Revisión de los procedimientos para la ejecución de los trabajos. - Elaboración de procedimientos de trabajos de alto riegos. - Elaborar informes semanales y/o mensuales de obra. - Garantizar el normal funcionamiento de las obras en cuanto a prevención de riesgos. - Supervisar el control de calidad de las instalaciones eléctricas. f) SUPERVISIÓN DE OBRA - Entregar las valorizaciones, elaboración y/o revisión de la liquidación de obra en los plazos y condiciones fijadas. - Ejercer un control permanente sobre la vigencia de las cartas fianza del ejecutor, comunicando a la entidad los vencimientos con un mes de anticipación. - Controlar permanentemente los adelantos de materiales otorgados al ejecutor, lo que se reflejara tanto en las valorizaciones como en los ajustes de los montos de las cartas fianzas. - El supervisor es el responsable del control de la participación y permanencia del personal técnico del ejecutor de obra 11. CRONOGRAMA QUE DETALLEN LOS PERIODOS DE PERMANENCIA EN OBRA DEL PERSONAL PROFESIONAL DE SUPERVISIÓN La participación de cada uno de los profesionales de la Supervisión, en cantidad de tiempo e incidencia, estará dada conforme a la estructura de costos de la oferta económica presentada para el perfeccionamiento del contrato de supervisión, como se muestra a continuación: SUPERVISIÓN DE ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
  • 14. SUPERVISIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA SUPERVISIÓN DE LIQUIDACIÓN DE OBRA Asimismo, la participación de cada uno de los profesionales de la Supervisión, la ejecución de ensayos, pruebas, trabajo de campo y trabajo de gabinete, durante las tres etapas del contrato (Elaboración de expediente técnico, ejecución y liquidación de obra), será congruente con la participación de los profesionales del Contratista Ejecutor y conforme a lo establecido en su cronograma de actividades presentado en su respectivo Plan de Trabajo. Tal como se detalla a continuación: