Este documento presenta una tabla reivindicativa con 20 demandas para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de Correos. Entre las demandas se incluyen: consultar a los trabajadores sobre cualquier acuerdo a través de un referéndum; garantizar la representación de todos los sindicatos en las comisiones paritarias; establecer un catálogo de puestos de trabajo; convertir los contratos a tiempo parcial en indefinidos a tiempo completo; y crear medidas efectivas para la conciliación de la vida laboral y personal en el plan de igual
Este documento presenta el III Convenio Colectivo Regional de Castilla y León para la actividad de Ayuda a Domicilio. Establece que el convenio regula las condiciones laborales de todas las empresas que prestan servicios de ayuda a domicilio en la región. Tiene vigencia desde 2009 hasta 2013. Se crea una Comisión Paritaria para interpretar el convenio y resolver disputas. Además, se especifican varios tipos de contratos laborales para esta actividad.
El documento establece las condiciones de un contrato colectivo de trabajo entre empleadores y trabajadores. Incluye disposiciones sobre jornadas laborales, bonificaciones, seguridad social, capacitación, entre otros beneficios. El contrato tiene una vigencia de 2 a 3 años y cubre a todos los trabajadores excepto aquellos en cargos directivos o de confianza.
Este documento resume las modalidades del trabajo en Ecuador, incluyendo el servicio doméstico, el trabajo a domicilio, los artesanos, los empleados privados, los agentes de comercio y corredores de seguros, y el trabajo en empresas de transporte. Cubre temas como los tiempos de contratación, vacaciones, descansos, registros, causas para la terminación de contratos y jornadas especiales de trabajo.
Miniguia trabajadoras del hogar y de cuidadolauragdepaoli
Este documento proporciona información sobre los derechos de las trabajadoras del hogar y del cuidado en España. Explica que el Sindicato de Trabajadoras del Hogar y del Cuidado está luchando para que todas las personas que realizan este tipo de trabajo conozcan y defiendan sus derechos laborales. Además, resume varias preguntas frecuentes sobre temas como los contratos laborales, las jornadas máximas de trabajo, los salarios mínimos, las vacaciones pagadas, los seguros sociales y cómo denunciar
El documento describe el sistema de llamamiento y rotación de las bolsas de empleo de Correos. Establece que el llamamiento se realiza preferentemente por SMS y, si no es posible, por otro medio que deje constancia. Si un candidato no está disponible para dos llamamientos para necesidades planificadas o tres para las no planificadas, decaerá de la bolsa. También especifica las causas por las que los candidatos rotan posiciones en la bolsa o decaen de ella, como la evaluación negativa del desempeño.
ORDEN DE BASES SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN REGIÓN DE MURCIAMªLUISA CARAVACA
Este documento establece las bases reguladoras para las subvenciones destinadas a fomentar la contratación y prácticas no laborales en la Región de Murcia. Incluye requisitos para ser beneficiario, cuantías de subvenciones, hechos subvencionables, exclusiones y obligaciones de los beneficiarios. El objetivo es fomentar la contratación indefinida, contratos formativos y conversión a indefinidos, así como prácticas no laborales para desempleados.
Este documento resume un boletín oficial que publica el convenio colectivo del sector de tintorerías, lavanderías y planchado de ropa en la provincia de A Coruña en Galicia, España. El convenio establece las condiciones laborales, económicas y de representación de las partes para los trabajadores y empresas del sector entre 2009 y 2012. Se incluyen detalles sobre salarios, complementos, jornada laboral, pagas extras y otros aspectos. El departamento territorial de trabajo ordena la inscripción del convenio en el registro correspondiente.
Guia de modalidades de contratos.12 01-2012Sodepal
Este documento presenta una guía de los diferentes tipos de contratos laborales y medidas de fomento del empleo en España. Describe varios tipos de contratos indefinidos y temporales, contratos formativos, contratos a tiempo parcial, y medidas de apoyo al empleo. El resumen principal es que la guía cubre una amplia gama de opciones contractuales y medidas destinadas a promover la contratación y el mantenimiento del empleo en España.
Este documento presenta el III Convenio Colectivo Regional de Castilla y León para la actividad de Ayuda a Domicilio. Establece que el convenio regula las condiciones laborales de todas las empresas que prestan servicios de ayuda a domicilio en la región. Tiene vigencia desde 2009 hasta 2013. Se crea una Comisión Paritaria para interpretar el convenio y resolver disputas. Además, se especifican varios tipos de contratos laborales para esta actividad.
El documento establece las condiciones de un contrato colectivo de trabajo entre empleadores y trabajadores. Incluye disposiciones sobre jornadas laborales, bonificaciones, seguridad social, capacitación, entre otros beneficios. El contrato tiene una vigencia de 2 a 3 años y cubre a todos los trabajadores excepto aquellos en cargos directivos o de confianza.
Este documento resume las modalidades del trabajo en Ecuador, incluyendo el servicio doméstico, el trabajo a domicilio, los artesanos, los empleados privados, los agentes de comercio y corredores de seguros, y el trabajo en empresas de transporte. Cubre temas como los tiempos de contratación, vacaciones, descansos, registros, causas para la terminación de contratos y jornadas especiales de trabajo.
Miniguia trabajadoras del hogar y de cuidadolauragdepaoli
Este documento proporciona información sobre los derechos de las trabajadoras del hogar y del cuidado en España. Explica que el Sindicato de Trabajadoras del Hogar y del Cuidado está luchando para que todas las personas que realizan este tipo de trabajo conozcan y defiendan sus derechos laborales. Además, resume varias preguntas frecuentes sobre temas como los contratos laborales, las jornadas máximas de trabajo, los salarios mínimos, las vacaciones pagadas, los seguros sociales y cómo denunciar
El documento describe el sistema de llamamiento y rotación de las bolsas de empleo de Correos. Establece que el llamamiento se realiza preferentemente por SMS y, si no es posible, por otro medio que deje constancia. Si un candidato no está disponible para dos llamamientos para necesidades planificadas o tres para las no planificadas, decaerá de la bolsa. También especifica las causas por las que los candidatos rotan posiciones en la bolsa o decaen de ella, como la evaluación negativa del desempeño.
ORDEN DE BASES SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN REGIÓN DE MURCIAMªLUISA CARAVACA
Este documento establece las bases reguladoras para las subvenciones destinadas a fomentar la contratación y prácticas no laborales en la Región de Murcia. Incluye requisitos para ser beneficiario, cuantías de subvenciones, hechos subvencionables, exclusiones y obligaciones de los beneficiarios. El objetivo es fomentar la contratación indefinida, contratos formativos y conversión a indefinidos, así como prácticas no laborales para desempleados.
Este documento resume un boletín oficial que publica el convenio colectivo del sector de tintorerías, lavanderías y planchado de ropa en la provincia de A Coruña en Galicia, España. El convenio establece las condiciones laborales, económicas y de representación de las partes para los trabajadores y empresas del sector entre 2009 y 2012. Se incluyen detalles sobre salarios, complementos, jornada laboral, pagas extras y otros aspectos. El departamento territorial de trabajo ordena la inscripción del convenio en el registro correspondiente.
Guia de modalidades de contratos.12 01-2012Sodepal
Este documento presenta una guía de los diferentes tipos de contratos laborales y medidas de fomento del empleo en España. Describe varios tipos de contratos indefinidos y temporales, contratos formativos, contratos a tiempo parcial, y medidas de apoyo al empleo. El resumen principal es que la guía cubre una amplia gama de opciones contractuales y medidas destinadas a promover la contratación y el mantenimiento del empleo en España.
Este documento presenta una guía de los diferentes tipos de contratos laborales y medidas de fomento del empleo en España. Describe varios tipos de contratos indefinidos y temporales, tanto bonificados como no bonificados, dirigidos a colectivos específicos como trabajadores en exclusión social, mayores de edad, personas con discapacidad, y otros. También presenta contratos formativos, contratos temporales, contratos a tiempo parcial, y medidas de apoyo al mantenimiento del empleo. El documento proporciona detalles sobre los requis
Este documento presenta una guía de los diferentes tipos de contratos laborales y medidas de fomento del empleo en España. Describe contratos indefinidos y temporales, formativos, a tiempo parcial, de interinidad y para personas con discapacidad. También incluye medidas de apoyo al mantenimiento del empleo como bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para diferentes grupos de trabajadores.
Este documento describe las categorías de afiliados a las Cajas de Compensación Familiar, incluyendo trabajadores, pensionados e independientes. También explica los conceptos sobre los cuales se deben realizar los aportes, como sueldo, horas extras y primas. Por último, detalla los requisitos y procedimientos para acceder a subsidios familiares monetarios, incluyendo límites de ingresos y certificaciones requeridas.
Utopía Nº 161 3 Junio Paro y ManifestaciónCGT BUS tmb
El documento describe la situación de las negociaciones del convenio colectivo entre la dirección de TMB y los sindicatos que representan a los trabajadores de autobuses y metro en Barcelona. La dirección se ha mostrado más dura e intransigente que nunca en las negociaciones, buscando reducir los costes laborales a través de la consolidación de contratos precarios y la congelación de salarios y complementos. Los sindicatos convocan una huelga el 3 de junio para presionar por un cambio en la postura de la dirección. También se detalla un ac
Convocatoria de ingreso de personal laboral fijo en correos (bases) cgt correosCgt Sevilla
Correos convoca la contratación indefinida de 2345 puestos de trabajo para el Grupo Profesional IV (Personal Operativo). El proceso de selección constará de dos fases: la primera publicará en 2017 los requisitos y sistema de selección, y la segunda la distribución provincial de los puestos. Las bases de la convocatoria se publicarán en la web de Correos y en los tablones de anuncios de sus sedes.
En ésta conferencia, nuestro Líder de Investigación Legal, el Abogado Alexander Coral, realiza una extensa exposición sobre la Prima de Servicios, tratando desde lo sencillo, hasta la casuística con dicha prestación social, como el embargo, profesores, servicio doméstico, el periodo de prueba, etc.
El documento compara los aspectos relacionados con el salario en el Estatuto de los Trabajadores y en un Convenio Colectivo. Describe las diferencias en cómo se define el salario, su estructura y pagos, así como los regímenes sancionadores y clasificación de faltas en cada uno.
ENJ-100: Taller Estrategias en Derecho Laboral ENJ
Este documento presenta información sobre varios temas clave del derecho laboral dominicano, incluyendo las fuentes del derecho laboral, la Constitución y el Código de Trabajo; la definición de contrato de trabajo y sus elementos constitutivos como la prestación de servicios, dependencia y dirección, y remuneración; la jornada laboral y horas extras; los tipos de contratos de trabajo; y los derechos adquiridos de los trabajadores como vacaciones y salario de Navidad.
Este documento describe la legislación sobre salarios mínimos en México. Establece que el salario es la retribución que debe pagar el empleador al trabajador por su trabajo. La Comisión Nacional determina las áreas geográficas y los salarios mínimos aplicables, los cuales deben ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de una familia. Los salarios mínimos no pueden ser objeto de descuentos salvo por pensiones alimenticias, rentas o pagos de préstamos para vivienda o bienes de consumo.
ENJ-100:Taller de estrategia en derecho laboralENJ
Este documento trata sobre estrategia en derecho laboral. Explica las fuentes del derecho laboral como la Constitución, el Código de Trabajo y libros sobre el tema. Luego define el contrato de trabajo, los elementos constitutivos como la prestación de servicios, dependencia y dirección, y remuneración. Finalmente, describe los tipos de contratos de trabajo como por tiempo indefinido, por cierto tiempo y estacionales.
Este documento describe las prestaciones sociales a las que tienen derecho los trabajadores en Colombia. Incluye prestaciones a cargo del sistema de seguridad social como pensiones, auxilios por enfermedad o accidente, así como prestaciones a cargo del empleador como prima de servicio, cesantías, intereses sobre cesantías y dotación.
Bases de las bolsas de empleo de Correos [Convocatoria 22 de junio de 2011]Correos EN Lucha
Este documento describe una convocatoria para constituir bolsas de empleo temporales en Correos. Se establecen cuatro tipos de bolsas (atención al cliente, agente/clasificación, reparto en moto, reparto a pie) a nivel provincial. Se especifican los requisitos para los candidatos, el proceso de solicitud, y cómo se ordenarán y contratará a los candidatos en cada bolsa en función de su puntuación y antigüedad trabajando para Correos.
Este documento establece las definiciones clave para la interpretación y aplicación de la convención colectiva entre CANTV-MOVILNET-FETRATEL para el período 2019-2020. Define términos como empresa, trabajadores, sindicatos, jubilados, traslados, salarios, convención colectiva, y comités de seguridad laboral, entre otros. Además, especifica que la convención rige las relaciones laborales de la empresa con Fetratel y los sindicatos afiliados.
El documento describe los conceptos clave de sueldos, salarios y finiquito según la Constitución Política de México y la Ley Federal del Trabajo. La Constitución establece el derecho a salarios mínimos, igualdad salarial, protecciones para mujeres embarazadas, y prohibición de pagos en especie. La Ley Federal del Trabajo define salario, establece cálculos para salario diario y finiquitos, y requisitos para aguinaldos y prima de antigüedad.
La nómina es la suma de los registros financieros de sueldos, salarios y bonificaciones de un empleado. Incluye el pago de sueldos, retenciones de impuestos y deducciones. Las prestaciones sociales como prima de servicios, cesantías, vacaciones y auxilio de transporte se calculan con base en el salario y son pagadas por el empleador.
Este documento resume la legislación laboral y social sobre el desahucio y el despido. Establece que el desahucio requiere un aviso de 30 días y bonificaciones del 25% de la última remuneración por cada año trabajado. Prohíbe el desahucio masivo y ofrece protecciones a los dirigentes sindicales. También establece indemnizaciones por despido intempestivo en función de los años de servicio, así como regulaciones sobre cambios de ocupación, liquidación de negocios e incumplimiento de contratos.
El documento proporciona información sobre la diferencia entre tercerización e intermediación. La tercerización implica que una empresa asume por cuenta propia el desarrollo de actividades especializadas para otra empresa, mientras que la intermediación involucra la cesión de trabajadores que realizan tareas bajo la dirección de la empresa usuaria. También presenta varios casos sobre responsabilidades laborales y requisitos que deben cumplir las empresas de tercerización.
El Ayuntamiento de Valle de Mena presentó el balance de su Plan de Empleo Municipal "Mena Emplea" de 2014. El plan facilitó la contratación de 63 personas desempleadas para realizar trabajos de mejora en calles y caminos. Las personas contratadas realizaron tareas de limpieza y pavimentación en 28 y 19 localidades respectivamente. El objetivo del plan era mejorar la situación económica y laboral de las familias en el municipio.
Convenio Personal Laboral Ayuntamiento Vegas del Genilcsvegasdelgenil
Este documento presenta el convenio colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de Vegas del Genil. Establece las condiciones de trabajo, como la jornada laboral, vacaciones, permisos y licencias. También define las clasificaciones de puestos de trabajo y los salarios, incluyendo el sueldo base, pagas extras y complementos. Se crea una Comisión Mixta Paritaria para interpretar el convenio y resolver conflictos laborales. El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2006.
Resumen ley 35 2010 reforma del mercado laboral[1]660525649
Este documento resume las principales modificaciones y novedades introducidas por la Ley 35/2010 sobre la reforma laboral en España. Entre ellas se incluyen: 1) limitar la temporalidad mediante la reducción de la duración máxima de los contratos temporales y el establecimiento de criterios para la conversión en indefinidos; 2) fomentar la flexibilidad interna negociada y la reducción de jornada como instrumento de ajuste; y 3) promover el empleo de jóvenes y desempleados a través de bonificaciones y contratos
Este documento resume las principales medidas de la Ley 35/2010 de reforma laboral en España para reducir la dualidad y temporalidad en el mercado laboral, favorecer la flexibilidad interna negociada y el uso de la reducción de jornada, promover el empleo de jóvenes y desempleados, mejorar los mecanismos de intermediación laboral y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Algunas de las medidas clave son limitar la duración de los contratos temporales, restringir su encadenamiento y establecer indemnizaciones mayores por su extin
Este documento presenta una guía de los diferentes tipos de contratos laborales y medidas de fomento del empleo en España. Describe varios tipos de contratos indefinidos y temporales, tanto bonificados como no bonificados, dirigidos a colectivos específicos como trabajadores en exclusión social, mayores de edad, personas con discapacidad, y otros. También presenta contratos formativos, contratos temporales, contratos a tiempo parcial, y medidas de apoyo al mantenimiento del empleo. El documento proporciona detalles sobre los requis
Este documento presenta una guía de los diferentes tipos de contratos laborales y medidas de fomento del empleo en España. Describe contratos indefinidos y temporales, formativos, a tiempo parcial, de interinidad y para personas con discapacidad. También incluye medidas de apoyo al mantenimiento del empleo como bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para diferentes grupos de trabajadores.
Este documento describe las categorías de afiliados a las Cajas de Compensación Familiar, incluyendo trabajadores, pensionados e independientes. También explica los conceptos sobre los cuales se deben realizar los aportes, como sueldo, horas extras y primas. Por último, detalla los requisitos y procedimientos para acceder a subsidios familiares monetarios, incluyendo límites de ingresos y certificaciones requeridas.
Utopía Nº 161 3 Junio Paro y ManifestaciónCGT BUS tmb
El documento describe la situación de las negociaciones del convenio colectivo entre la dirección de TMB y los sindicatos que representan a los trabajadores de autobuses y metro en Barcelona. La dirección se ha mostrado más dura e intransigente que nunca en las negociaciones, buscando reducir los costes laborales a través de la consolidación de contratos precarios y la congelación de salarios y complementos. Los sindicatos convocan una huelga el 3 de junio para presionar por un cambio en la postura de la dirección. También se detalla un ac
Convocatoria de ingreso de personal laboral fijo en correos (bases) cgt correosCgt Sevilla
Correos convoca la contratación indefinida de 2345 puestos de trabajo para el Grupo Profesional IV (Personal Operativo). El proceso de selección constará de dos fases: la primera publicará en 2017 los requisitos y sistema de selección, y la segunda la distribución provincial de los puestos. Las bases de la convocatoria se publicarán en la web de Correos y en los tablones de anuncios de sus sedes.
En ésta conferencia, nuestro Líder de Investigación Legal, el Abogado Alexander Coral, realiza una extensa exposición sobre la Prima de Servicios, tratando desde lo sencillo, hasta la casuística con dicha prestación social, como el embargo, profesores, servicio doméstico, el periodo de prueba, etc.
El documento compara los aspectos relacionados con el salario en el Estatuto de los Trabajadores y en un Convenio Colectivo. Describe las diferencias en cómo se define el salario, su estructura y pagos, así como los regímenes sancionadores y clasificación de faltas en cada uno.
ENJ-100: Taller Estrategias en Derecho Laboral ENJ
Este documento presenta información sobre varios temas clave del derecho laboral dominicano, incluyendo las fuentes del derecho laboral, la Constitución y el Código de Trabajo; la definición de contrato de trabajo y sus elementos constitutivos como la prestación de servicios, dependencia y dirección, y remuneración; la jornada laboral y horas extras; los tipos de contratos de trabajo; y los derechos adquiridos de los trabajadores como vacaciones y salario de Navidad.
Este documento describe la legislación sobre salarios mínimos en México. Establece que el salario es la retribución que debe pagar el empleador al trabajador por su trabajo. La Comisión Nacional determina las áreas geográficas y los salarios mínimos aplicables, los cuales deben ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de una familia. Los salarios mínimos no pueden ser objeto de descuentos salvo por pensiones alimenticias, rentas o pagos de préstamos para vivienda o bienes de consumo.
ENJ-100:Taller de estrategia en derecho laboralENJ
Este documento trata sobre estrategia en derecho laboral. Explica las fuentes del derecho laboral como la Constitución, el Código de Trabajo y libros sobre el tema. Luego define el contrato de trabajo, los elementos constitutivos como la prestación de servicios, dependencia y dirección, y remuneración. Finalmente, describe los tipos de contratos de trabajo como por tiempo indefinido, por cierto tiempo y estacionales.
Este documento describe las prestaciones sociales a las que tienen derecho los trabajadores en Colombia. Incluye prestaciones a cargo del sistema de seguridad social como pensiones, auxilios por enfermedad o accidente, así como prestaciones a cargo del empleador como prima de servicio, cesantías, intereses sobre cesantías y dotación.
Bases de las bolsas de empleo de Correos [Convocatoria 22 de junio de 2011]Correos EN Lucha
Este documento describe una convocatoria para constituir bolsas de empleo temporales en Correos. Se establecen cuatro tipos de bolsas (atención al cliente, agente/clasificación, reparto en moto, reparto a pie) a nivel provincial. Se especifican los requisitos para los candidatos, el proceso de solicitud, y cómo se ordenarán y contratará a los candidatos en cada bolsa en función de su puntuación y antigüedad trabajando para Correos.
Este documento establece las definiciones clave para la interpretación y aplicación de la convención colectiva entre CANTV-MOVILNET-FETRATEL para el período 2019-2020. Define términos como empresa, trabajadores, sindicatos, jubilados, traslados, salarios, convención colectiva, y comités de seguridad laboral, entre otros. Además, especifica que la convención rige las relaciones laborales de la empresa con Fetratel y los sindicatos afiliados.
El documento describe los conceptos clave de sueldos, salarios y finiquito según la Constitución Política de México y la Ley Federal del Trabajo. La Constitución establece el derecho a salarios mínimos, igualdad salarial, protecciones para mujeres embarazadas, y prohibición de pagos en especie. La Ley Federal del Trabajo define salario, establece cálculos para salario diario y finiquitos, y requisitos para aguinaldos y prima de antigüedad.
La nómina es la suma de los registros financieros de sueldos, salarios y bonificaciones de un empleado. Incluye el pago de sueldos, retenciones de impuestos y deducciones. Las prestaciones sociales como prima de servicios, cesantías, vacaciones y auxilio de transporte se calculan con base en el salario y son pagadas por el empleador.
Este documento resume la legislación laboral y social sobre el desahucio y el despido. Establece que el desahucio requiere un aviso de 30 días y bonificaciones del 25% de la última remuneración por cada año trabajado. Prohíbe el desahucio masivo y ofrece protecciones a los dirigentes sindicales. También establece indemnizaciones por despido intempestivo en función de los años de servicio, así como regulaciones sobre cambios de ocupación, liquidación de negocios e incumplimiento de contratos.
El documento proporciona información sobre la diferencia entre tercerización e intermediación. La tercerización implica que una empresa asume por cuenta propia el desarrollo de actividades especializadas para otra empresa, mientras que la intermediación involucra la cesión de trabajadores que realizan tareas bajo la dirección de la empresa usuaria. También presenta varios casos sobre responsabilidades laborales y requisitos que deben cumplir las empresas de tercerización.
El Ayuntamiento de Valle de Mena presentó el balance de su Plan de Empleo Municipal "Mena Emplea" de 2014. El plan facilitó la contratación de 63 personas desempleadas para realizar trabajos de mejora en calles y caminos. Las personas contratadas realizaron tareas de limpieza y pavimentación en 28 y 19 localidades respectivamente. El objetivo del plan era mejorar la situación económica y laboral de las familias en el municipio.
Convenio Personal Laboral Ayuntamiento Vegas del Genilcsvegasdelgenil
Este documento presenta el convenio colectivo para el personal laboral del Ayuntamiento de Vegas del Genil. Establece las condiciones de trabajo, como la jornada laboral, vacaciones, permisos y licencias. También define las clasificaciones de puestos de trabajo y los salarios, incluyendo el sueldo base, pagas extras y complementos. Se crea una Comisión Mixta Paritaria para interpretar el convenio y resolver conflictos laborales. El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2006.
Resumen ley 35 2010 reforma del mercado laboral[1]660525649
Este documento resume las principales modificaciones y novedades introducidas por la Ley 35/2010 sobre la reforma laboral en España. Entre ellas se incluyen: 1) limitar la temporalidad mediante la reducción de la duración máxima de los contratos temporales y el establecimiento de criterios para la conversión en indefinidos; 2) fomentar la flexibilidad interna negociada y la reducción de jornada como instrumento de ajuste; y 3) promover el empleo de jóvenes y desempleados a través de bonificaciones y contratos
Este documento resume las principales medidas de la Ley 35/2010 de reforma laboral en España para reducir la dualidad y temporalidad en el mercado laboral, favorecer la flexibilidad interna negociada y el uso de la reducción de jornada, promover el empleo de jóvenes y desempleados, mejorar los mecanismos de intermediación laboral y promover la igualdad entre mujeres y hombres. Algunas de las medidas clave son limitar la duración de los contratos temporales, restringir su encadenamiento y establecer indemnizaciones mayores por su extin
El documento habla sobre los contratos sujetos a modalidad. Explica que estos contratos se consideran de duración indeterminada si el trabajador continúa laborando después de vencido el plazo estipulado o si continúa trabajando luego de concluida la obra para la cual fue contratado. También cubre temas como los derechos de los trabajadores con este tipo de contratos y las consecuencias de despedir a un trabajador antes de que venza el plazo del contrato.
Este documento resume los principales puntos de la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo en España. La ley introduce cambios en el contrato temporal por obra o servicio, limitando su duración a 3 años, en la concatenación de contratos temporales, elevando la indemnización por su finalización, ampliando el contrato de fomento a nuevos colectivos y modificando los despidos objetivos y colectivos.
La ley de empleo por hora de Honduras surgió para combatir el alto desempleo después de un golpe de estado en 2010. La ley permite que las empresas contraten hasta el 40-50% de sus empleados por horas para trabajos temporales de hasta un año. Los trabajadores por hora gozan de protecciones laborales básicas como seguridad social, vacaciones y bonos. La ley busca promover el empleo y la inversión mientras ofrece oportunidades de trabajo a los jóvenes.
El documento resume diferentes modalidades de contratación temporal en España, incluyendo los contratos temporales por obra o servicio determinado, eventuales por circunstancias de la producción, de interinidad, para la formación y el aprendizaje, y para fomentar el empleo de personas con discapacidad. Explica los requisitos, duraciones máximas, indemnizaciones y causas de conversión a contrato indefinido de cada modalidad.
Este documento resume un boletín oficial que publica el convenio colectivo del sector de tintorerías, lavanderías y planchado de ropa en la provincia de A Coruña en Galicia, España. El convenio establece las condiciones laborales, económicas y de representación de las partes para los trabajadores y empresas del sector entre 2009 y 2012. Se incluyen detalles sobre salarios, complementos, jornada laboral, pagas extras y otros aspectos. El departamento territorial de trabajo ordena la inscripción del convenio en el registro y su publicación
Este documento resume un boletín oficial que publica el convenio colectivo para las empresas de tintorería, lavandería y planchado de ropa en la provincia de A Coruña, Galicia, España. El convenio establece los salarios mínimos, complementos y condiciones laborales para los empleados de estas empresas hasta julio de 2012. También describe los procedimientos para revisar los salarios anualmente en función de la inflación y para solicitar exenciones salariales en caso de dificultades económicas de la empresa.
Este documento resume los principales cambios introducidos por la reforma del mercado laboral español de 2010, incluyendo nuevas regulaciones sobre contratos temporales, indemnizaciones, contratos indefinidos y despidos. Se fomenta la contratación estable mediante bonificaciones y se facilita el despido objetivo por razones económicas, técnicas u organizativas. También modifica los contratos formativos y amplía las causas justificadas para los contratos temporales.
El documento describe las características principales del contrato de trabajo en España. Estas incluyen quién puede contratar, las formas del contrato, su duración, el período de prueba, la obligación de informar a los trabajadores y sindicatos, y la comunicación de contratos a los servicios públicos de empleo. También especifica los tipos de contratos y sus duraciones máximas y mínimas.
La reunión normativa laboral es una asamblea tripartita entre trabajadores, empleadores y el Ministerio de Trabajo con el objetivo de negociar una convención colectiva que regule las condiciones laborales de una rama de actividad. La reunión puede ser convocada o reconocida por el Ministerio ya sea de oficio o a petición de las partes, y suspende otras negociaciones colectivas en curso. La reunión dura hasta 120 días pudiendo extenderse 60 días más, y en ella cualquier parte puede oponer alegatos que serán res
Este documento es el Convenio Colectivo del sector de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife para el periodo 2015-2019. Establece disposiciones generales como las partes firmantes, ámbito territorial y funcional, duración, solución de discrepancias y revisión salarial. También regula cuestiones como empleo y contratación, clasificación profesional, tiempo de trabajo, vacaciones y permisos, suspensión del contrato, estructura salarial, seguridad y salud laboral, formación, derechos sindicales y acción social.
El documento habla sobre los diferentes tipos de contratos laborales según la legislación española. Explica que para que exista un contrato de trabajo se requiere la actividad personal del trabajador, su continuada subordinación al empleador, y el pago de un salario. Luego describe los contratos indefinidos, que no tienen fecha de terminación, y los contratos temporales o de duración determinada, que son por un tiempo específico o para completar una tarea. Finalmente, detalla varios tipos específicos de contratos temporales como los de obra o servicio determinado
El documento describe los diferentes tipos de contratos laborales según la legislación española. 1) Existen dos tipos principales de contratos: contratos indefinidos y contratos temporales. 2) Los contratos temporales incluyen contratos por obra o servicio determinado, eventuales por circunstancias de producción, e interinidades. 3) También existen contratos formativos como los contratos en prácticas y para formación.
El documento habla sobre los diferentes tipos de contratos laborales según la legislación española. Explica que para que exista un contrato de trabajo se requiere la actividad personal del trabajador, su continuada subordinación al empleador, y el pago de un salario. Luego describe los contratos indefinidos, que no tienen fecha de terminación, y los contratos temporales o de duración determinada, que son por un tiempo específico o para completar una tarea. Finalmente, detalla varios tipos específicos de contratos temporales.
El documento establece que las opiniones expresadas son a título personal del expositor y no implican la posición de CADEFI. No promueve esquemas de incidencia fiscal o económica, sino con fines académicos y de capacitación. No se permite la reproducción del material sin autorización del expositor.
Este documento describe la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la resolución de la Dirección General de Empleo que registra y publica el VI Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. El convenio cubre aspectos como ámbitos territoriales y personales, clasificación del personal en grupos profesionales, y establece una Comisión Paritaria para la interpretación y seguimiento del convenio.
Estatuto trabajador - capitulo II contenido del contrato de trabajookaki2
Este documento establece las normas sobre la duración del contrato de trabajo. Se especifica que el período de prueba no podrá exceder los 6 meses para técnicos titulados ni los 2 meses para otros trabajadores, salvo en empresas pequeñas que es de 3 meses. Los contratos pueden ser por tiempo indefinido o temporal para casos específicos como obras determinadas o circunstancias del mercado. Se presumen fraudulentos los contratos temporales que en realidad son indefinidos.
Este documento establece el convenio colectivo entre la empresa DIA S.A. y los sindicatos FETICO, CC.OO y UGT. El convenio regula las condiciones laborales de los empleados de DIA en España. Se describen aspectos como el ámbito personal y territorial del convenio, su vigencia temporal, la organización del trabajo, la igualdad, la formación profesional y los diferentes tipos de contratos laborales.
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Buzón Rebelde Verán 2021 ☝
Neste número tratamos, entre outro temas...
A CGT propón a volta da banca postal pública
Sancionada Xefa con falta moi grave por manipular horas de entrega notificacións
Enquisa a rurais
Outro ano máis perderemos poder adquisitivo.
O derroche da formación...
Denuncia ante la inspección de trabajo. Correos incumple las distancias del p...Cgt Correos A Coruña
CGT Correos de A Coruña ha denunciado ante la inspección de Trabajo a Correos por no garantizar la distancia interpresonal de la plantilla mínima exigida por las autoridades ante la pandemia de COVID-19. Desde CGT Recuerdan que la ley es clara e indica que si esa distancia no es posible deplazando el mobiliario SE DEBE REALIZAR ORGANIZANDO LOS TURNOS Y LOS HORARIOS DEL PERSONAL DE TAL MANERA QUE SE EVITEN LAS AGLOMERACIONES.
Desde CGT vemos irresponsable y vergonzoso que una empresa Pública como Correos se intente parapetar en una argucia, una excepción de la norma por una supuesta y falsa "imposibilidad" de mantener esos 2 metros, en cuyo caso los epis son obligatorios. Correos PUEDE y DEBE garantizar esa distancia según lo dispuesto en la ley, tal como están realizando la inmensa mayoría de las administraciones públicas y las empresas públicas y privadas.
CGT lleva varios días instando a la dirección provincial y de zona a que tome medidas alternativas, con respuestas siempre vagas y ninguna medida concreta tomada hasta el momento. Lo que nos lleva a presentar esta denuncia. En el día de hoy hemos intentado contactar infructuosamente con las personas responsables de Zona ofrecíéndoles la retirada de la misma si se toman las medidas adecuadas ,sin respuesta por el momento.
Correos pretende pasar a la última fase de la "desescalada" poniendo en rieso, no sólo la salud del personal, sin también la seguridad y salud de toda la sociedad, lo que es inadmisible en la empresa pública más grande del estado. Desde CGT tenemos claro que si esta irresponsabilidad manifiesta deviene en efectos para la salud del personal o de la sociedad acudiremos a la fiscalía y a los juzgados correspondientes buscando a losas responsables.
Ver para crer. A CGT foi o único sindicato presente na mesa de negociación do convenio que non secundamos os chamados á folga, aínda que respectamos totalmente que as persoas fagan o que lles dite a consciencia...
E porque non secundamos esta folga?, pois por diferentes motivos. O primeiro e mais importante porque a folga carece totalmente de obxectivos claros e porque, ademais, os obxectivos explicitados rozan a burla ao persoal. Como exemplo, o tema salarial: No mes de marzo CCOO e UGT asinaron con Mariano Rajoy, un presidente en minoría e cercado pola corrupción, un “pacto salarial” para o sector público con “subidas” fixas e vinculadas ao IBEX35 (ao PIB). Xa naquel momento desde a CGT explicamos e denunciamos que estas subidas debería estar vinculadas ao custe da vida, ao IPC, pois se se aplica esta esmola do 1,75% e o custe da vida sube, por exemplo, un 3% PERDERIAMOS PODER ADQUSITIVO, ISTO É, ACABARÍAMOS O ANO PERDENDO DIÑEIRO. E o mesmo para os anos vindeiros...
Pois isto que xa alertabamos nos no mes de marzo xa está acontecer. Na altura de Agosto o IPC xa estaba nun 2.3%. CCOO e resto de palmeiros sindicais, piden o 1,75% CO QUE ESTAN PEDINDO QUE PERDAMOS DIÑEIRO!!! ¿E chámannos a unha “folga” para que pidamos iso?, delirante.
A CGT quere ir a unha folga, si, pero mantida no tempo, indefinida e con obxectivos claros, como estes: ELIMINACIÓN DOS DESCONTOS POR ESTAR DE BAIXA (eles non o piden), COBERTURA A TEMPO COMPLETO DE TODAS AS VACANTES (eles non o piden) SUBIDA SALARIAL DO IPC +2 PUNTOS (eles non o piden) UNHA SECCIÓN UN CARTEIR@ (eles non o piden) ELIMINACIÓN DOS SÁBADOS E XORNADA DE 35 HORAS DE LUNS A VENRES... e tantas e tantas outras cousas que non están a pedir e que, por desgraza, indican que esta negociación do convenio será unha (outra) oportunidade perdida para o persoal de Correos de recuperar a dignidade no posto de traballo.
RESUME
95.08 euros, se estás contratadx do 1 ao 31 de decembro (para todo o mundo - en xeral-)
Pagarase en xaneiro
Podes coller ata 2 días depois do 11/12 sen penalización.
Se colles máis, ou fora de esta época penaliza con 12.02 o primeiro día e 18,03 o segundo e o terceiro. Logo perdes a bufanda
24 e 31, caso de tocarche, tes dereito a un "módulo" de 79,48
Estar de baixa por motivo laboral ou similar non desconta.
Desde o sindicato CGT queremos advertir dos avisos por choiva e vento, con rachas de máis de 100km/h previstas para as xornadas dos días venres 9 de novembro e sábado 10 de novembro con alerta laranxa declarada por fenómenos de vento e choiva intensa, (anexamos aviso AEMET), sendo as característica desta alerta laranxa: “Un riesgo meteorológico importante (fenómenos meteorológicos no habituales y con cierto grado de peligro para las actividades usuales).(...). Las actividades habituales y al aire libre pueden verse alteradas.” Segundo o Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Fenómenos Meteorológicos Adversos
* ULTIMA HORA: ACORDO PARA PAGAR OS ATRASOS UNICAMENTE AO PERSOAL FUNCIONARIO*
Cobrarase no mes de setembro, o persoal laboral terá que agardar.
Máis información neste comunicado:
Este verán de 2018 está a ser especialmente caótico nun organismo, Correos, xa famoso polas improvisacións chapuceiras, as meteduras de pata e os desastres organizativos....
Neste número
Mobilizacións (das de verdade)
Medalla ao correo rural
Opinión
Breves
Barcelona está a ser o epicentro das mobilizacións. O pasado 22 de xuño levouse a cabo o bloqueo da saída das rutas de reparto no CTP do porto, que paralizou o reparto nesa cidade. Tamén se ocupou a oficina principal, a de Passeig de Grácia e asimismo a dirección de Zona, o persoal esixe a readmisión inmediata das 5 compañeiras despedidas, aplicando con extrema dureza o convenio e a reforma laboral
Desde CGT, tras considerar inxustos moitos puntos das bases da convocatoria das Bolsas de Emprego de Correos, comunicamos en tempo e forma á Comisión Paritaria unha solicitude previa á vía xudicial de rectificación das bases. Non obtivemos resposta algunha.Logo tivemos un acto de conciliación no que Correos presentouse pero non houbo avinza. O resto de Sindicatos nin acudiron á cita, supoñemos que non vir confirma que están dacordo con estas bases.
Ante esta circunstancia a CGT decidiu interpor ante a Audiencia Nacional, unha demanda de conflito colectivo solicitando a impugnación da convocatoria das bolsas de emprego de 2017, adheríndose á misma únicamente Sipte e LaB. O xuízo celebrouse o día 12 de Abril.
Paralelamente á este xuízo leváronse a cabo diferentes concentracións de apoio en diferentes ciudades do estado, Barcelona, Sevilla, Madrid, Las Palmas e Valencia. Na foto, a concentración de Sevilla.
NESTE NÚMERO:
FOLGA GALEGA
CALENDARIO LABORAL
BOLSAS E CONVOCATORIAS
XUIZO EXCLUSIÓN DE BOLSAS
RECORTE EN BETANZOS
NOVAS BREVES
OPINIÓN "O IDÓNEO"
Desde a CGT de Galiza vimos de convocar oficialmente folga nas últimas dúas horas de cada xornada laboral, para todas as unidades.
Os motivos coñecédelos de sobra: queremos as prazas cubertas, queremos acabar cos recargos indiscriminados e queremos que Correos cumpra coas súas obrigas de prestación diaria do servizo postal universal. A folga trata de evitar estas carencias de persoal.
Queremos así dar cobertura legal a un xeito de loita que noutras zonas levan xa anos levando a cabo: Lembrade que na Zona IV (Madrid) houbo máis de 35 folgas destas características convocadas e levadas a cabo, para evitar recargos e forzar a Correos á contratación de persoal para cubrir as ausencias.
Podedes empregar esta folga legal libremente, se ben vos recomendamos que nolo comuniquedes para ter constancia do seguimento da mesma.
2017 foi sen dubidas o ano da consolidación. Da consolidación de emprego ou da consolidación no sector do e-commerce, pero sobre todo da consolidación da precariedade laboral.
No 2017 os dados mostran cun 20% do persoal de Correos é precario (eventuais e fix@s descontinu@s), no 2017 a modalidade estrela de contratación foi a xornada parcial. Foi un ano no ca sinistralidade volveuse incrementar … un ano no cal tivemos unha miserenta subida salarial moi por embaixo da subida do IPC .
O ano que remata foino tamén de loitas, foron moitos os lugares nos que o persoal enfrontouse con mobilizacións e folgas aos recortes, os recargos e as malas condicións de traballo, a estas loitas sumáronse xeralmente veciñanza, asociacións e colectivos sociais.
Un ano no que a situación da empresa tivo constante presenza na opinión pública, nos medios de comunicación que se fixeron eco das mobilizacións e reivindicacións da plantilla e tamén nas redes sociais onde calquera tema sobre Correos acada centos de comentarios... negativos, por suposto.
Asimesmo, Correos estivo moi presente na esfera política, aprobándose distintas mocións municipais polo mantemento dos servizos repartidas por toda a xeografía do estado, proposicións parlamentarias en varias CC.AA e sendo tema de debate e cuestión no Congreso.
O vindeiro 2018 vai ser un ano importante para tod@s , temos enriba da mesa a negociación do IV Convenio/Acordo Marco e moitas melloras pendentes. O camiño que pretende seguir a empresa e o pseudosindicalismo “de pago e de cursillos” xa estamos vendo as claras cal é, aceitar e someterse á precarización do emprego como algo “inevitable”.
Nos propoñemos outro: Participar na CGT e defender os nosos dereitos loitando activamente...
POR UN CORREOS PÚBLICO E SOCIAL!
Por fin pechouse a ignominia agardada. Non teñen vergonza. Asinan a Correos a condena a traballar en xornadas de 4 horas a milleiros de persoas a cambio de pastelear cursos de pago para manter, rozando a chantaxe, a unha afiliación, xogando coa necesidade de persoas que aspiran a un traballo.
Por desgraza, nada novo. Moitas das persoas que agora ven con preocupación a súa pertenencia nas bolsas levan moitos anos en Correos e viron como lles cobraban as clases en 2004 e 2005, como aprobaban en 2006, como lles obrigaban a pasar polo tubo e asinar fixo discontinuo en 2008. Viron como eses mesmos sindicatos expulsaron á xente aprobada en 2006 asinando en 2011 a “extinción da lista de expectativa de destino”. Viron como se destruían 18000 postos de traballo en 8 anos, co silencio cómplice deses mesmos sindicatos. Viron como nos anos 12,13,14 e 15 mantiveron a xente nas academias coa excusa de “que ía a haber un exame inminente”, que logo foi para unhas prazas escasas e precarias.
Compañerixs que levan máis de 10 anos e que se non entraron é porque, simplemente, as posibilidades eran escasísimas, non porque non quixeran o non se esforzaran. E ven agora como lles pretenden dar a patada recoñecendo unicamente a antigüidade desde o 2012.
Correos quere xente nova, mansiña, e que estexa acostumada á precariedade. E para isto, sempre pode contar cos sindicatos de pago e sen escrúpulos. Porque, desenganémonos dunha vez! O único que lles importa é poder chantaxear ás persoas cos seus cursos, asinando todo o que haxa que asinar a cambio de que Correos lles facilite manter o chiringuito.
Abertas as bolsas de contratación de persoal eventual de Correos. Prazo de inscripción desde mañán, 24/10/2017 ao 03 de Novembro por medio de www.correos.es (Inicio/ Información Corporativa/ Recursos Humanos/Empleo/ Bolsas de Empleo 2017)
O incremento aplicado será dun misérrimo 1% mentres que en 2016 o Índice de Prezos Consumo (custo da vida) aumentou un 1,5%, volvendo unha vez máis a clase traballadora a ver diminuída de facto a nosa nómina un 0,5%.
Chama a atención as OOSS que nos seus comunicados transmiten este feito como un gran logro na negociación mentres que o persoal de Correos seguimos perdendo diñeiro ano tras ano.
Se miramos o salario base da nosa nómina é inferior ao salario mínimo interprofesional, o motivo? Estas OOSS tan boas negociando coa patronal, baixáronse unha vez máis os pantalóns e así o acordaron coa firma do actual Convenio Colectivo de Correos.
Esta esmola lamentable pecha toda negociación salarial para 2017. Unha autentica vergoña asinada por todos os sindicatos menos por CGT, que nos negamos a asinar e reclamamos un incremento dun 11% (resultante simplemente de recuperar o IPC desde o 2010, que nos supuxo unha perdida de poder adquisitivo do 10,9%), sen contar os anos anteriores.
Ata cando seguiremos perdendo diñeiro? E ata cando seguirán estas OOSS asinando chapuzas que nos pintarán de grandes logros?
Agora xa están a negociar, con Montoro, outra esmola de aproximadamente o 2% anual até o 2020, e por riba non vinculada ao IPC, senón ao IBEX (PIB). Que lles darán a esta xente para que, ano tras ano, nos vendan como Xudas? Serán as horas de liberación por encima da lei para manter vagos, serán os cursos de formación para manter os enchufes? Ou será que simplemente, non cren no sindicalismo, non cren na posibilidade e na necesidade de mellorar as condicións laboráis. Simplemente aproveitanse diso para vivir ben e, de paso, montar una empresa chamada “sindicato” pero que ao que se adica é a facer de intermediario entre o persoal e o capital, dándolle sempre a razón ao segundo e recibindo por elo un xusto pago dos seus amos.
Sobre a mesa está a negociación do IV Convenio Colectivo onde se plasmarán as nosas táboas salariais. Non lles deixemos que volvan asinar acordos que nos prexudiquen e nos manteñan no camino da miseria económica.
Buzón Rebelde, órgano de difusión da CGT correos A Coruña.
Correos ven de facer unha ofensiva campaña publicitaria, cuns eslogans que ocultan as condicións de traballo e as irregularidades que se comenten nas unidades a diario, e a falta de respeto coa que Correos, por medio de xefaturas, servicios médicos etc… adoita tratar a persoal e cidadanía. Convidámosvos a ver esos vídeos e os comentar por medio de#CorreosMaltrata
Aproveitamos para propor outras frases que ben poderían encaixar nesa campaña:
Buzón Rebelde, 19 publicación de CGT Correos A Coruña verán 2017Cgt Correos A Coruña
Aquí tedes o novo número do Buzón Rebelde 19, especial verán.
Entre outros temas denunciamos o descontrol e inseguridade nas mochilas
Esiximos o fin do enchufismo e a apertura inmediata de bolsas
Novo trending topic de CGT #CorreosNoMeRespeta, coincidindo co día do recoñecimento ao empregado 2017
Accións de comité de empresa e xunta de persoal
Quen forma ao novo persoal?
Escravxs, por que non??
etc...
Lembra que o buzón é a públicación de todas e todos. Se queres aportar algún tema ou un texto podesnolo enviar ao mail!
RESUME DAS AXUDAS DE ACCIÓN SOCIAL 2017
Un ano más o 80% do persoal queda exluido das axudas ao estudo das nosas fillas, tamén é grave a inxustiza de incluir no cálculo da nómina a aportación por combustible de rurais. Alén diso a parte mais vulnerable de Correos, o persoal precario eventual, que ademáis e o mais novo e está en idade de comezar a pensar en ter fillas/os, é ao que se lle poñen más trabas para acceder a elas.
A CGT propuxo varias melloras, pero calquera sindicato que se contente con estas axudas e se vanaglorie de que se “atenderon as suas propostas” é cómplice destas exclusións e valida esta política de reducir ano tras ano as axudas.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Plataforma reivindicativa de CGT para IV convenio colectivo, SAE Correos
1.
2. 1. Consulta al colectivo, a través de un referéndum, antes de la firma de ningún
acuerdo.
2. Formarán parte de las Comisiones Paritarias, todos los Sindicatos con
representación en el ámbito de que se trate.
3. Garantías para la prestación de un Servicio Público de calidad.
4. Catálogo de puestos de trabajo en el que se definan todas las tareas a
realizar.
5. Adscripción al puesto, localidad, unidad y turno.
6. Dotación en cada unidad de un suplente por cada diez trabajador@s.
7. Concurso de traslados y reajustes locales con asignación de todas las
vacantes.
8. Conversión de los contratos a tiempo parcial y fijos discontinuos, en
indefinidos a tiempo completo por estricta antigüedad.
9. Bolsas de empleo con actualización pública anual y controladas por
Comisiones Provinciales de Contratación.
10. Jornada semanal de 35 horas, de lunes a viernes, 30 para las nocturnas.
11. Negociación del Calendario Laboral en el último trimestre del año anterior.
12. Aumento de los permisos retribuidos con garantías de no discriminación en
su aplicación.
13. Jubilación voluntaria a partir de los 55 años sin penalización, garantizando
los contratos de relevo.
14. Subidas salariales lineales hasta recuperar el poder adquisitivo perdido en
los últimos 20 años, incluyendo la discriminación sufrida por el personal
funcionario a partir de mayo de 2010.
15. Cláusula de revisión salarial y conceptos salariales fijos y consolidables.
16. En caso de despido improcedente, la opción entre indemnización o
readmisión será de la persona trabajadora.
17. No penalización económica en los casos de Incapacidad Temporal. No
aplicación del Art. 52 del E. Trabajadores que posibilita el despedido por
absentismo médico.
18. Fondo de quebranto para los puestos de reparto y atención al cliente.
19. Los fondos destinados a la formación formarán parte de una partida
presupuestaria separada de la Masa Salarial y se especificará su desglose en
cada memoria económica.
20. Inclusión en el Plan de Igualdad de medidas efectivas para la conciliación de
la vida personal y laboral y garantías de no discriminación a ningún
colectivo.
3. TABLA REIVINDICATIVA DE C.G.T. PARA EL
IV CONVENIO Y ACUERDO GENERAL
IGUALDAD Y PARTE GENERAL.
Todas las mejoras conseguidas serán aplicadas a todo el colectivo, así como, las del EBEP y la
normativa que las desarrolla.
Garantizar al personal de Correos los mismos derechos que tiene el de las Administraciones Públicas.
No aplicación en Correos de la reforma Laboral, Real Decreto Ley 3/2012.
La propuesta del presente Acuerdo General y Convenio será sometida a referéndum entre todxs lxs
trabajadorxs de Correos.
Ultraactividad: Imposibilidad de descuelgue de convenio durante toda su permanencia y ultraactividad
ilimitada hasta la firma de un nuevo convenio.
En cuanto a las prácticas discriminatorias que van más allá de las cuestiones de género, a lo largo de
años de experiencia en nuestras secciones sindicales y en los centros de trabajo, hemos constatado
que se producen en numerosas ocasiones tanto en aspectos retributivos, como por “afiliación y
participación en organizaciones de trabajadorxs” y por motivos de salud o discapacidad. Todo ello
hace necesario la inclusión en el Plan de Igualdad de garantías de no discriminación de ningún
colectivo.
PARTICIPACIÓN, SEGUIMIENTO Y NEGOCIACIÓN.
De la Comisión Paritaria que se cree deberán formar parte todos los sindicatos que hayan obtenido
representación, sean firmantes o no, y estén o no en la Mesa Sectorial.
Eliminación de cualquier órgano de representación sindical de intermediación que excluya a un
sindicato por el hecho de no firmar el convenio colectivo.
El plazo para el trámite de conflictos será de una semana.
Los temas a tratar se entregaran con una antelación de 8 días.
La Comisión Paritaria de seguimiento solamente tendrá funciones de vigilancia, interpretativas y de
desarrollo.
Para tratar aspectos nuevos se deberá convocar a las Mesas Negociadoras del Convenio y Sectorial.
Intranet: Derecho a disponer de intranet en todos los locales de las organizaciones sindicales en
instalaciones de Correos de todo el estado.
RURALES.
Aportación de local y vehículo por parte de Correos. Eliminación de los requisitos de aportación de
vehículo y/o local para acceder a plazas rurales. De manera transitoria se realizará el pago de los
costes reales por aportación de vehículo, como son combustible, seguro, impuestos, etc., previo
estudio de cada puesto.
Actualización trimestral de todos los conceptos.
Seguro de sustitución de cada vehículo en caso de incidencias (robo, averías....)
Transitoriamente y hasta que se alcancen las 35 horas semanales, equiparación con el resto del
personal del turno de libraje de sábados.
Las propuestas de modificaciones o reestructuraciones de servicios rurales, tendrán que ser debatidas
y aprobadas en la mesa negociadora del convenio tras el periodo de consulta en el ámbito provincial
correspondiente.
Establecer un límite máximo de 120 kilómetros a desempeñar por los servicios rurales.
4. EMPLEO Y CONTRATACIÓN.
Reposición automática del 100% de los puestos de trabajos que queden vacantes dentro de la S.E.
Correos y Telégrafos S.A. durante el periodo de vigencia del IV Acuerdo General (Convenio y Personal
Funcionario).
Recuperación, durante el periodo de vigencia del IV Convenio, de los10.000 puestos de trabajo
eliminados en la S.E. Correos y Telégrafos S.A, mediante una consolidación de empleo en los términos
contemplados en nuestra Plataforma Reivindicativa. Dichos puestos de trabajo han de ser de
laborales fijos o indefinidos, a jornada completa.
Compromiso de cobertura de todo el absentismo y ausentismo, para dar un servicio público de calidad
y asequible a todxs lxs ciudadanxs (reparto de lunes a viernes de todas las secciones). Para
garantizarlo, Correos se comprometerá a no privatizar ninguno de los servicios que presta y a
recuperar los ya privatizados. En este sentido, en cuanto al personal de la antigua disposición adicional
7ª (I Convenio), consideramos necesario el mantenimiento de los edificios y sus instalaciones, así
como el de los vehículos; también que el personal médico lleve a cabo tareas concretas para una
adecuada política de prevención de riesgos. La mejor forma para llevar esto a cabo, es la dotación de
plantilla y recursos materiales necesarios dentro de la estructura productiva de la empresa.
Prohibición expresa de las Empresas de Trabajo Temporal y Subcontratas. El acceso al empleo fijo en
Correos será por estricta antigüedad, computándose ésta desde el primer contrato que tuvo el
trabajador o la trabajadora.
El órgano u órganos de selección de personal serán paritarios.
Durante la vigencia del Convenio se convertirán los contratos a tiempo parcial, incluidos los fijos
discontinuos, en indefinidos a tiempo completo por estricta antigüedad y a petición de la persona
interesada.
Los fijos discontinuos, una vez solicitada la conversión del contrato a tiempo completo, se integrarán
provisionalmente en los puestos de trabajo de suplentes de reparto, en la localidad más cercana
posible a su residencia, hasta que obtengan un destino definitivo mediante concurso de traslados.
El periodo de prueba será de 15 días, excepto para el personal titulado que será de tres meses. La IT
no lo suspenderá.
Derogación del actual sistema de listas de contratación, volviendo a la esencia de la normativa del
año 1993, sobre todo en lo que respecta a los requisitos para acceder o decaer de ellas (derecho a
rechazar un contrato de trabajo sin salir de listas: por horarios atípicos, nocturnos y reducidos,
contratos de menos de 30 días por IT, viaje familiar o lúdico justificado, relación laboral con otra
empresa, estudios oficiales, encontrarse cuidando a un hijo o hija menor de tres años o a un familiar
hasta 2ª grado de consanguinidad, o comunicación escrita con 15 días de antelación de la no
disponibilidad en listas por motivos personales) y la aplicación de criterios objetivos (antigüedad) para
su gestión, por consiguiente eliminación de cualquier método que no lo sea, como por ejemplo las
evaluaciones de desempeño.
El llamamiento para la contratación se realizará por estricto orden de antigüedad y por los medios de
notificación contemplados en la Ley 30/92.
Los contratos de trabajo deberán especificar la duración, la jornada laboral, el destino, la categoría y
las funciones a desempeñar.
Contrataciones mínimas de 14 días excepto contratos por IT.
Se crearan Comisiones de Contratación Provinciales, que serán paritarias y mensuales.
Las listas de contratación serán abiertas y actualizadas públicamente, al menos, una vez al año y, en
cualquier caso, cuando estuvieran agotadas.
En ningún caso se podrá decaer de listas por ejercer acciones legales contra la empresa.
Concretamente se deberá readmitir a lxs trabajaddorxs eventuales despedidxs como consecuencia de
la demanda interpuesta contra Correos, en el caso de la Audiencia nacional que declaró su
contratación en fraude de ley.
5. Se considerará tiempo de trabajo, a efectos de puntuación en listas, aquel periodo que el trabajador o
la trabajadora haya permanecido fuera de listas como consecuencia de las represalias ejercidas por la
empresa (valga como ejemplo el decaimiento de listas de lxs compañerxs eventuales como
consecuencia de denuncias interpuestas contra Correos por fraude de ley o despido improcedente).
CLASIFICACIÓN PROFESIONAL.
Todos los puestos ocupados por el personal laboral se inscribirán en un Catálogo de Puestos de
Trabajo, y para el personal funcionario, en una Relación de Puestos de Trabajo. Semestralmente se
facilitará a todos los sindicatos la relación singularizada y actualizada, por categorías y localidades, de
todos los puestos de trabajo existentes.
Toda reestructuración y/o modificación tendrá que ser validada mediante acuerdo de las Mesas
Negociadoras del Convenio y Sectorial.
Definición de cada puesto de trabajo con una especificación concreta de las tareas a realizar y dentro
de este punto:
o Eliminación de las coletillas “funciones anteriores y posteriores” y análogas que, en
realidad son funciones que corresponden a otros puestos que deberían crearse.
o Eliminación del puesto agente/clasificación, por estar conformado en realidad por los
tres primeros de la siguiente relación y por tanto, creación de los siguientes puestos de
trabajo:
1. Clasificación manual.
2. Clasificación-tratamiento.
3. Agente: inclusión de este puesto en el grupo IV de Operativos.
4. Suplente: 1 por cada 10 trabajadorxs en los diferentes puestos existentes.
5. Tratamiento de productos. Servicio Interior.
6. Clasificación-SGIE para la realización de las funciones de interior en los centros de reparto.
7. Crear una nueva categoría profesional para l@s trabajador@s de mantenimiento. Que se dote
de una plantilla suficiente y propia de Correos que realice todas las funciones de
mantenimiento de los locales y vehículos de Correos, especificando distintas funciones:
mecánic@s de vehículos, albañiles, fontaner@s, electricistas, etc.
Asignación dentro de la Unidad o Centro a un puesto de trabajo concreto (en el caso de reparto a una
sección), contemplándose la figura de la reasignación permanente dentro de las mismas.
Delimitación y negociación provincial de las distintas Unidades existentes.
MOVILIDAD VOLUNTARIA.
Eliminación de todas las movilidades forzosas.
Eliminación de la movilidad funcional. Todxs lxs trabajadorxs han de estar adscritos a una Unidad o
negociado, a un turno y a una sección de reparto (en su caso).
Movilidad geográfica exclusivamente voluntaria.
Inaplicación del artículo 41 del ET, referente a las modificaciones sustanciales de las condiciones de
trabajo.
La Sociedad Estatal facilitará el cambio de destino voluntario, de manera rápida y con la máxima
discreción posible, en todos los casos de denuncia por maltrato de sus trabasjadorxs.
PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.
Todos los procesos han de tener la publicidad necesaria para llegar a todxs lxs trabajadorxs de la
empresa, utilizando todos los medios que Correos tiene a su alcance.
6. Asimismo han de tener criterios objetivos y transparentes, y no se podrán aplicar mecanismos
subjetivos de provisión (entrevistas, cursillos varios, evaluaciones de desempeño,…).
Definición concreta de los puestos de trabajo, la adscripción ha de ser a una localidad, a un centro y a
un puesto determinado.
La promoción interna será exclusivamente por concurso-oposición, con criterios objetivos: difusión,
transparencia y publicidad suficientes.
Concurso de traslados semestral, sin reserva de plazas; se obtendrá el derecho a participar con un año
de antigüedad en el puesto. Plazo de posesión de 30 días.
JORNADA LABORAL.
La jornada laboral será de 35 horas semanales, de lunes a viernes, a razón de 7 horas diarias. La
jornada nocturna será de 30 horas semanales. El resto de jornadas, fuera de las habituales, serán
consideradas especiales y serán voluntarias.
Eliminación de las jornadas partidas.
El calendario laboral se negociará dentro del último trimestre del año y se publicará antes del 31 de
diciembre.
Todo el personal disfrutará de una pausa de 30 minutos en su jornada.
Consideración del tiempo de desplazamiento al centro de trabajo como jornada laboral.
Eliminar la posibilidad de modificar jornadas y horarios por “necesidades del servicio”.
Las condiciones, una vez pactadas, no podrán ser modificadas unilateralmente por la empresa.
Reapertura de turnos de tarde: Recuperación de turnos de trabajo de mañana y tarde en todas las
unidades de reparto que se han cerrado recientemente.
Flexibilidad horaria para todas las trabajadoras y los trabajadores con hij@s menores de 12 años y por
cuidado de personas mayores dependientes a cargo. Esta flexibidad puede alcanzar una amplitud de 2
horas.
VACACIONES Y PERMISOS RETRIBUIDOS.
Vacaciones de seis semanas, a disfrutar por meses, quincenas o semanas naturales. Todo el personal
tendrá derecho a vacaciones y, en todo caso, el personal eventual que haya trabajado menos de seis
meses, disfrutará de los días de vacaciones que le correspondan proporcionalmente (no
necesariamente dentro del periodo vacacional habitual).
8 días de asuntos particulares, sin contar el 24 y el 31 de diciembre.
15 días naturales en caso de acreditación de relación y convivencia estable con otra persona.
Un día por la inscripción como pareja en el Registro Civil de padres, hijxs, hermanxs, hermanxs
politicxs y nietxs, en la fecha de celebración, ampliable a 3 días en el caso de que se celebrase en otra
localidad.
2 días por traslado de domicilio habitual.
Un día por examen o prueba oficial.
Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber público y personal, recogiendo los
siguientes supuestos: asistencia a tribunales, asistencia a plenos y comisiones informativas y de
gobierno de los ayuntamientos, asistencia a tribunales de examen u oposición, renovación del DNI,
reuniones de asociaciones de vecinos, asociaciones de padres y madres de alumnos, sindicatos etc.
Trámites ante órganos de las Administraciones Públicas, Agencia Tributaria, notarios, abogados,
procuradores, tasadores, peritos, etc…
3 días hábiles, en caso de fallecimiento, enfermedad grave (hospitalaria o no), intervención quirúrgica
(con hospitalización o reposo domiciliario), de un familiar hasta 2º grado (consanguíneo o afinidad)
ampliable a 5 días hábiles en el supuesto de diferente localidad (entendiendo como localidad la de
residencia habitual).
7. La acreditación de la convivencia será la suficiente que aporte y acredite quien solicite el permiso con
datos fehacientes. Se incluye la guarda legal. Para el uso de los días, la solicitante o el solicitante
comunicará sus necesidades.
Por el tiempo indispensable para acompañar a consulta médica a un familiar hasta tercer grado de
consanguinidad. Este permiso se extenderá a tratamientos de quimioterapia o similares, al
acompañamiento de la pareja embaraza a las consultas y pruebas de seguimiento del embarazo, y
para la asistencia a técnicas de fecundación asistida.
Se considerará como permiso retribuido, la prueba de amniocentesis y los días de posteriores reposo.
Un mes de permiso por nacimiento, acogimiento o adopción, a disfrutar por el padre.
En los casos de nacimiento de hijxs prematurxs o que, por cualquier motivo, éstxs hayan de
permanecer hospitalizados después del parto, el trabajador o la trabajadora tendrá derecho a
ausentarse del puesto de trabajo hasta un máximo de 3 horas diarias, con la percepción de las
retribuciones íntegras. En estos supuestos, el permiso de maternidad se puede computar a instancias
de la madre o, si esta falta, del padre, a partir de la fecha del alta hospitalaria. Se excluyen de este
cómputo, las primeras 6 semanas posteriores al parto, de descanso obligatorio para la madre.
El padre y/o la madre podrán solicitar una reducción de jornada de hasta la mitad, por el nacimiento o
adopción, y hasta que el hijo o la hija cumpla seis años, con derecho a todas las retribuciones. Se
podrá realizar dicha reducción dentro de los horarios y turnos en que la empresa realice su actividad y
no sólo en la jornada habitual. También tendrán garantía de cambio de centro de trabajo y turno.
Permiso retribuido por lactancia para ser disfrutado tanto por el padre, como por la madre. Incluso
por ambos a la vez, si tanto el padre como la madre trabajan en Correos. Ninguna restricción para
elegir si quieres disfrutar el permiso mediante la reducción de jornada o la acumulación en periodo de
menos tiempo.
La acumulación del permiso lactancia (hij@ menor doce meses, 1 hora lactancia al día, divisible en 2
medias horas, acumulable al permiso maternidad voluntariamente a su finalización) será de uso
indistinto para l@s progenitor@s, en aplicación Directiva Europea, sin condiciones laborales ni del
tipo de unidad de convivencia, en jornadas completas o a tiempo parcial, a elección de la parte
trabajadora, en cantidad no inferior a los 20 días laborables reconocidos por ley.
Todxs lxs trabajadorxs tendrán derecho a una reducción de jornada, con la disminución proporcional
de salario de al menos un tercio y un máximo de la mitad, para el cuidado de menores de 6 a 12 años.
Este permiso se extenderá a los casos de cuidados de familiares, hasta el tercer grado de
consanguinidad y de cuidados a disminuidos psíquicos, físicos o sensoriales.
EXTINCIÓN, SUSPENSIÓN, LICENCIAS Y EXCEDENCIAS.
Se podrán solicitar licencias sin sueldo por un plazo no inferior a 10 días ni superior a 6 meses. Dichas
licencias serán concedidas dentro del mes siguiente al de su solicitud. Su duración acumulada no
podrá exceder de 6 meses cada 2 años.
Prohibición de los expedientes de regulación de empleo. Inaplicación del Artículo 51 del ET y del Real
Decreto 1483/2012, referentes a despidos colectivos.
La inaplicación del artículo 52 del Estatuto de los Trabajador@s, referente a la extinción del contrato
por causas objetivas. Readmisión de los despedidos por este motivo.
Obligatoriedad por parte de RR.HH de ofrecer el reingreso inmediato en Correos a todo el personal
que anteriormente haya sido despedido de forma improcedente. La elección entre indemnización y
readmisión será del trabajador o trabajadora.
Jubilación voluntaria a los 55 años con el 100% de las retribuciones.
La excedencia voluntaria por interés particular la podrán solicitar todxs lxs trabajadorxs de Correos,
con un año de antigüedad como mínimo.
La suspensión de contrato por maternidad será de cinco meses al 100% de todas las retribuciones.
Se podrá solicitar excedencia por cuidado de hijxs o familiares de hasta 2ª grado, sin límite de tiempo.
8. Lxs empleadxs en excedencia podrán participar en concursos de traslados y ascensos.
La empresa tendrá la obligación de cubrir las excedencias que se produzcan con reserva de puesto, a
través de contratos de interinidad.
RÉGIMEN DISCIPLINARIO.
No aplicación del mismo
RETRIBUCIONES.
Se producirán subidas salariales lineales que superen el IPC real, hasta la recuperación del poder
adquisitivo perdido en los últimos 20 años. Para llevar a cabo esta medida se utilizará, entre otros
recursos presupuestarios, la parte de la Masa Salarial que se destina actualmente a los cursos de
formación impartidos por los sindicatos.
Anulación de la bajada salarial al personal funcionario desde mayo de 2010, con recuperación del
salario; así como recuperación en su totalidad de la paga extra de diciembre de 2012 al personal
laboral y funcionario.
Prohibición del salario variable según objetivos, productividad y absentismo. Prohibición de objetivos,
aunque sean meramente informativos, en los centros de trabajo, que actualmente sirven como
elementos de presión, ajenos a la prestación de un servicio público de calidad.
Se integrarán las cantidades que se perciban por retribuciones variables, en el complemento de
puesto de trabajo que será fijo y consolidable.
El citado complemento absorberá los siguientes pluses: nocturnidad, festivos, corrreturnos y
residencia.
Eliminación de las horas extras y conversión de las mismas en creación de nuevos puestos de trabajo.
Cláusula de revisión salarial.
Eliminación de la fórmula retributiva para contratos de menos de 30 días.
SALUD LABORAL Y MEDIOAMBIENTAL.
Para luchar contra el absentismo por causas de salud, Correos debería adoptar las medidas necesarias
para mejorar las condiciones laborales, de seguridad e higiene y de ambiente en el trabajo.
Se realizarán Evaluaciones de Riesgos en todos los centros y evaluaciones individualizadas por puestos
de trabajo, incluida la de riesgos psicosociales. Se llevarán a cabo con una metodología consensuada
con lxs representantes de lxs trabajadorxs.
Coordinación entre Auditoría y Control (seguridad) y Salud Laboral; y entre la CESL, los CSS
provinciales y los Comités de Autoprotección de los centros de trabajo.
Participación en el dimensionamiento de las plantillas de los Servicios de Prevención con informe del
CSS de su ámbito.
Mutuas y Servicios de prevención ajenos: para llevar a cabo la elección de estos servicios, será
obligatoria la consulta y el informe favorable debidamente justificado, de lxs representantes de lxs
trabajadorxs.
Entrega gratuita por parte de la empresa a tod@s l@s Delegad@s de Prevención de las herramientas
necesarias para realizar labores de prevención y detección de irregularidades (termómetros,
medidores de iluminación, humos o agentes contaminantes, etc.). Al menos deben tener acceso a las
mismas herramientas que disponen los técnicos de prevención de la empresa.
Derecho de l@s Delegad@s Sindicales, de Prevención, de Juntas de Personal y del Comité de Empresa,
para realizar fotografías y vídeos en los centros de trabajo que sirvan como pruebas para denunciar
irregularidades ante los tribunales y la inspección de trabajo.
9. Obligatoriedad de disponer de un desfibrilador y contratar a un@ médico en todos los centros de
tratamiento y grandes pabellones. Su presencia debe ser permanente en todos los turnos. Negociar en
los comités de salud provinciales la aplicación de un plan para extender el personal médico a otros
centros de trabajo y zonas atendiendo a razones de: numerosidad de la plantilla, cantidad de riesgos y
peligrosidad, etc.
Formación y dotación de medios de protección frente a los ataques de perros.
Formación específica para todo el personal, incluida la de los riesgos específicos del puesto de trabajo.
Entrega de ropa de trabajo y EPIS para todo el personal desde el primer día.
Entrega de uniforme de eficaz protección, con rodilleras y coderas, para tod@s l@s motoristas.
Existirá un uniforme de este tipo para verano y otro para invierno, de manera que la protección en
caídas, sea compatible en cada estación y no exista incomodidad en caso de altas o bajas
temperaturas.
Revisiones médicas voluntarias, únicamente preventivas y específicas para trabajadorxs sensibles a
determinados riesgos.
Obligatoriedad de aplicar lo establecido en el artículo 25 de la LPRL (personas especialmente sensibles
a determinados riesgos) y por tanto, supresión del artículo 43.3 y 4 del Convenio.
Garantía de reubicación para personal con problemas de salud.
Información trimestral del número de accidentes laborales, así como de bajas médicas y sus causas.
Estudio de las enfermedades derivadas del trabajo para su establecimiento como enfermedades
profesionales.
Obligatoriedad de que la empresa presente un plan para reducir el impacto ecológico y
medioambiental de Correos, basado en: potenciación de vehículos eléctricos, energía no
contaminante para hacer funcionar los centros de trabajo, fomento del transporte público pagando el
abono trasporte a l@s emplead@s, etc. Este plan deberá ser consensuado y negociado con las
organizaciones sindicales, estableciéndose una comisión con reuniones mensuales entre
representantes sindicales y de la empresa.
ACCIÓN SOCIAL.
Correos asumirá el 100% de las prestaciones económicas en caso de IT.
Extensión expresa de todos los derechos a las parejas de hecho y otras formas de convivencia estable.
No vinculación de la acción social con el absentismo.
Correos creará guarderías para sus trabajadorxs.
Pago íntegro de los gastos universitarios, de FP, idiomas o bachillerato, que realice cualquier
trabajador@ de Correos, o al menos la parte proporcional de las asignaturas aprobadas.
Por debilitar las pensiones públicas, eliminación del plan de pensiones de Correos. Aplicación de su
presupuesto en ayudas sociales.
Bonos de transporte para todo el personal que trabaje en localidades en las que estos sean
necesarios.
Creación de un fondo de quebranto para cubrir las posibles pérdidas de dinero para todo el personal
de reparto y atención al cliente.
En caso de rotura de las gafas en el desempeño de las funciones propias, Correos abonará los gastos
de reparación.
Eliminar el homenaje al jubilado, el club deportivo y los descuentos para parques de atracciones,
cines, teatro…
Creación de una asociación cultural que tenga como objetivo la divulgación del conocimiento de los
movimientos sociales y de la memoria histórica, relacionada con el servicio público de Correos.
10. Memoria Histórica: Anexo en el convenio colectivo donde Correos se comprometa a colaborar con
todas las organizaciones y movimientos relacionados con la memoria histórica, para recabar
información y documentación disponible sobre: represión franquista contra carter@s, huelgas,
resultados de elecciones sindicales, evolución de la plantilla, historia de movimientos organizados de
sindicatos y trabajador@s en Correos, posibles homenajes a carter@s represaliad@s durante la
dictadura, procesos de depuración en Correos durante la posguerra, etc.
Desahucios: Ofrecer programas de apoyo económico y material, negociado con los sindicatos en las
ayudas de acción social para trabajador@s al borde del desahucio, y disponibilidad de asistencia
jurídica gratuita por parte de los servicios jurídicos de Correos para cualquier emplead@ con peligro
de desahucio. Además, en caso de peligro de desahucio de algún emplead@, Correos deberá intentar
mediar con la propietaria o el propietario, o entidad bancaria con el fin de evitar el desahucio.
FORMACIÓN.
La formación empresarial debe ser tarea exclusiva de la empresa, quien debe ofrecer formación
adecuada, siempre en horario laboral para toda la plantilla. Por tanto, las organizaciones sindicales no
participaran en tareas de formación empresarial con fondos de Correos para cursos homologables. La
formación se impartirá de forma presencial siempre que sea posible; y en caso de formación on line,
ésta también deberá impartirse en horario laboral. El personal de baja o excedencia no puede ser
excluido de la misma y se abonarán los gastos generados al trabajador@.
Se publicarán en los tablones de los centros de trabajo un mes antes de su celebración.
Garantía de no discriminación en el acceso.
Los fondos destinados a la formación formarán parte de una partida presupuestaria separada de la
Masa Salarial, se especificará su desglose en cada memoria económica y se excluirá de su utilización a
todos los sindicatos.
Cursos voluntarios de idiomas cooficiales para todo el personal en horario laboral.
Cursos de desarrollo personal. Sus contenidos deben conseguir entre otros resultados elevar el nivel
general de formación del personal, aumentando su interés por la participación en los procesos
formativos.
Son cursos de desarrollo personal aquellos cuyos contenidos y finalidad, sin estar directamente
vinculados al desarrollo de las funciones inherentes a los puestos de trabajo, ayudan al crecimiento
personal y a la formación, y consecuentemente a su mayor capacitación para el desempeño de
puestos de trabajo, actuales o futuros. Tendrán carácter voluntario y con carácter general no habrán
de ser superados.
La Comisión de formación negociará los planes anuales de formación, los criterios de selección de los
cursos de formación y será el órgano de participación para la ejecución, seguimiento y control del
desarrollo de las acciones formativas. Participarán en ellas todas las organizaciones sindicales. Se
reunirá una vez por trimestre. En ella se facilitará toda la información que se genere, incluyendo al
comienzo de cada año el balance y los presupuestos ejecutados el año anterior. Se consultará y se
negociará obligatoriamente los planes y presupuestos ejecutados el año anterior. Se consultará y
negociará obligatoriamente los planes y presupuestos de cada año. Los sindicatos podrán presentar
cuantas iniciativas estimen oportunas.
11. APUNTES SOBRE LA TABLA REIVINDICATIVA DE CGT
La resignación y la pasividad son impulsadas permanentemente por el gran capital a
través de distintos canales de transmisión. La apatía es constantemente incentivada,
mientras que se nos intenta convencer de que “nada va a cambiar” y que por tanto “es
inútil movilizarse”. CGT ha luchado durante toda su historia contra esta actitud derrotista,
y siempre decimos que la desmovilización e indiferencia generalizada inducida por los de
arriba, constituye una victoria para quienes pretenden destruir nuestros derechos
laborales. Si logran convencernos de que “no hay alternativa”, estarán triunfando todos
aquellos que pretender empeorar aun más nuestras condiciones de vida y de trabajo.
Desde CGT seguimos insistiendo en que la lucha es el único camino. La reciente
movilización vecinal en Burgos, ha servido para refrescarnos la memoria y recordarnos que
la lucha sirve. Por supuesto, en Correos también defendemos que la movilización es el
camino. En realidad, al igual que la escuela de la ignorancia y la pasividad no son nuevas,
también pensamos que desde CGT no defendemos nada nuevo, porque continuamos
defendiendo que nuestro modelo de sindicalismo revolucionario, anticapitalista y
combativo sigue siendo vigente y necesario en la defensa de los intereses de la clase
trabajadora.
Pero no somos “marcianos”, y por supuesto no negamos que los trabajadores estamos
atravesando una situación muy complicada, y tampoco decimos que la lucha y la conquista
de derechos sea algo fácil. Pero para dar un vuelvo a una situación difícil, primero
debemos identificarla, analizarla, y también defender propuestas y alternativas.
En este periodo estamos inmersos en un proceso de negociación colectiva, y desde CGT
una vez más queremos informar y defender nuestras propuestas con la máxima claridad y
argumentación posible, sin perder en ningún momento nuestra firme perspectiva en la
defensa de los derechos laborales y salariales de todo el colectivo. Desde CGT seguimos
insistiendo en que otro tipo de negociación colectiva y convenio es posible. Nunca hemos
aceptado como inevitable que acuerdo tras acuerdo, vayamos perdiendo derechos. Esta ha
sido una estrategia sindical a la ultradefensiva que indudablemente ha sido y es nefasta
para los trabajadores de Correos.
En cada negociación colectiva la dirección, e incluso otros sindicatos nos han acusado de
pedir “cosas imposibles”, de ser “el sindicato del No” y de que no tenemos “los pies en el
suelo”. En esta casa, hay muchas opiniones mal intencionadas que descalifican a CGT,
señalándonos como “locos”, “radicales”, “irresponsables”, “demagogos”, etc. En CGT, no
tenemos ningún problema es escuchar críticas, aunque en realidad, nos gustaría si fuera
posible esta vez, que las críticas se centraran en la tabla reivindicativa de la empresa (que
suele ser aceptada por los firmantes), y no en la nuestra.
Una vez expuestas nuestras propuestas, si queremos argumentarlas y asegurar a todo el
colectivo que no pedimos cosas imposibles. Muchas de nuestras reivindicaciones venían
recogidas en convenios anteriores, por tanto, parte de nuestros planteamientos se basan
simple y llanamente en recuperar derechos perdidos en convenios anteriores.
12. En este sentido, conviene que hagamos un breve repaso de Memoria Histórica, y
comprender que en nuestra plataforma reivindicativa no hay ningún misterio o “utopía”
irrealizable.
EN CASO DE DESPIDO IMPROCEDENTE, LA OPCIÓN ENTRE INDEMNIZACIÓN O
READMISIÓN SERÁ DEL TRABAJADOR/A:
Desde CGT estamos tajantemente en contra del despido libre pagado que impera en las
relaciones laborales y defendemos escrupulosamente el empleo estable y el derecho a la
permanencia en el puesto de trabajo. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de
la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos (vigente hasta 2003), disponía de un
artículo (49), titulado “Despidos improcedentes”, establecía que: “Todo trabajador
contratado como fijo, perteneciente a la plantilla de personal fijo, despedido de forma
declarada improcedente, podrá optar entre recibir la indemnización correspondiente o ser
admitido en su puesto de trabajo”.
ADSCRIPCIÓN AL PUESTO, LOCALIDAD, UNIDAD Y TURNO:
Actualmente, la dirección de Correos está imponiendo todo tipo de cambios que
suponen una precarización en nuestras condiciones de trabajo, basadas en cambios en
jornadas, horarios, turnos o traslados forzosos de centro. Esta es una realidad nueva en
Correos. En algunos convenios de hace años no existían clausulas de movilidad geográfica,
funcional o intercentros. Incluso, en años anteriores los carteros podían solicitar secciones
de reparto con carácter permanente, que posteriormente eran asignadas por escrito
mediante un documento sellado por la Jefatura Provincial de Comunicaciones, y firmado
por el jefe de la unidad de reparto.
DOTACIÓN EN CADA UNIDAD DE UN SUPLENTE POR CADA DIEZ TRABAJADORES/AS:
Hace años en Correos existía la figura del suplente, que consistía en un personal
específico que sustituía cuando era necesario al cartero titular, para evitar que las
secciones quedaran sin cubrir. Es una figura que debemos pelear por recuperar como una
de las alternativas a la dictadura de los faroles y las contingencias.
NO PENALIZACIÓN EN CASOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL:
Los trabajadores de Correos sabemos perfectamente como continuamente nos vinculan
nuestra salud a nuestro salario de forma forzosa. El culpable lo encontramos en el llamado
Complemento de Productividad y Asistencia (CPA) que nos pega buenos palos en la
nomina cada vez que caemos enfermos.
Este injusto complemente variable ha tenido tres cálculos distintos de penalización. En
nuestra opinión no se trata de mejorar o suavizar la penalización, sino de suprimirlo y
trasladar esa cuantía al salario base y no variable. Desde CGT nos oponemos a que nuestra
salud esté sujeta a las leyes del mercado y bajo criterios empresariales de rentabilidad. No
estamos pidiendo nada imposible, y de hecho antes del año 2003 este complemento no
existía, y solo fue implantado aquel año tras la firma del I Convenio Colectivo de Correos y
13. Telégrafos S.A. Aquí encontramos otro ejemplo más de la importancia de pensar
históricamente, conociendo nuestro pasado reciente.
CATÁLOGO DE PUESTOS DE TRABAJO EN EL QUE SE DEFINAN TODAS LAS TAREAS A
REALIZAR:
El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Entidad Pública Empresarial
Correos y Telégrafos (vigente hasta 2003), disponía de un artículo (el 9) titulado “Catalogo
de Puestos de Trabajo”.
CONCURSO DE TRASLADO Y REAJUSTES LOCALES CON ASIGNACIÓN DE TODAS LAS
VACANTES:
Sobre la provisión de vacantes siempre hemos tenido problemas, que han ido
aumentando en el tiempo hasta niveles inéditos. Actualmente no existe el término
vacante en Correos, y hemos pasado de una sociedad estatal con una plantilla mayoritaria
de funcionarios, a una plantilla precarizada donde abundan contratos temporales a tiempo
parcial. En el convenio colectivo que estuvo en vigor hasta 2003 al menos existía un
capitulo especifico con varios artículos sobre Provisión de vacantes, regulando su
procedimiento. En cambio en la actualidad tenemos un concurso de traslados donde no se
informa de ningún número de plazas, trascurriendo un largo tiempo entre la finalización y
comienzo de un nuevo concurso.
EN EL PLAN DE IGUALDAD DE MEDIDAS EFECTIVAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA
PERSONAL Y LABORAL Y GARANTÍAS DE NO DISCRIMINACIÓN A NINGÚN COLECTIVO:
En Correos, siempre hemos sufrido muchas deficiencias respecto a medidas para la
conciliación de la vida laboral y familiar. Además, en algunos casos hemos sufrido
retrocesos. Para empezar, en los años 80 se especificaba que los horarios de trabajo se
adaptaban a los de la Administración Pública, dificultando de esta forma desregulaciones
contra los trabajadores. El artículo 28 del Convenio Colectivo de 1986, titulado “Formación
y facilidades para el estudio”, se establecía que los trabajadores que realizaran estudios
tenían preferencia para elegir turno y vacaciones, junto con facilidades para adaptar la
jornada laboral ordinaria. Además existía el derecho de 10 días de permiso retribuido al
año para acudir a exámenes. Por otro lado, hasta 2003 existía el derecho a Permutas, de
forma que dos trabajadores interesados en trasladarse, podían solicitar de forma
voluntaria cambiarse mutuamente de centro de trabajo y localidad.
Por tanto, si un cartero de Aranjuez quería trasladarse a Getafe, y en esta localidad un
cartero quería trabajar en Aranjuez, tenían la posibilidad de cambiarse y sustituirse
mutuamente. Aquí encontramos otro derecho perdido.
CONSULTA AL COLECTIVO, A TRAVÉS DE UN REFERÉNDUM, ANTES DE LA FIRMA DE
NINGÚN ACUERDO:
Esta es una de las reivindicaciones centrales e históricas de CGT, y en ella encontramos
serias diferencias con el resto de organizaciones sindicales.
14. Desde CGT estamos hartos de estar sujetos a convenios y acuerdos firmados, sin
consultar previamente en referéndum a los trabajadores.
Si miramos hacia atrás, podemos recordar grandes movilizaciones en Correos, que se
quedaron a medio camino porque distintas cúpulas sindicales procedieron a firmar
acuerdos y convenios sin previa consulta al colectivo y en medio de un proceso de
movilización. De esta forma se han sucedido cantidad de oportunidades perdidas o
traicionadas para conseguir o consolidar mejorar en nuestros derechos laborales y
salariales. Pensamos que si el referéndum y la consulta a la plantilla hubiese sido el
método de decisión, el proceso de precarización y privatización en Correos no se
encontraría tan avanzado.
Cuando desde CGT exigimos (por desgracia en solitario) un referéndum, únicamente
estamos reclamando un sanísimo ejercicio de democracia, e intentar evitar que se tomen
decisiones antidemocráticas en contra de nuestros intereses y de la voluntad de la
mayoría.
En este punto, algunos sindicatos que se niegan a un referéndum se contradicen ellos
mismos. UGT y CC.OO rechazan sistemáticamente consultar a la plantilla antes de firmar
un acuerdo en Correos, mientras que son protagonistas convocando referéndum en
empresas como RTVE, AENA, Metro de Madrid, Ministerio de Justicia, Nissan, etc.
En Correos nos encontramos con sindicatos que se cierran en banda incluso a debatir la
posibilidad de un referéndum con cualquier tipo de simplismo, excusa barata, e incluso
con el silencio. Algunos incluso han decretado que un referéndum en Correos es
técnicamente imposible. En este sentido mienten quienes afirman que no es posible una
consulta en Correos por la cantidad de centros de trabajo. En primer lugar, tenemos que
señalar que si son posibles unas elecciones sindicales, también es posible celebrar un
referéndum. Además, otras empresas como AENA o RTVE también disponen de distintos
centros en muchas provincias. Pero otro hecho fundamental es que en 1978 se celebró un
referéndum en Correos organizado por las mismas organizaciones sindicales que ahora se
niegan. Por tanto, es injustificable pretender convencernos de que en el Siglo XXI un
referéndum en Correos no es posible “técnicamente”.
Por un sindicalismo de clase y combativo:
Desde CGT pensamos que el cabreo e indignación existente debe ser traducido en una
fuerza organizada capaz de impulsar un proceso de movilización que pueda evitar que la
dirección imponga su tabla reivindicaciones, e incluso conseguir mejorar en nuestras
condiciones laborales. En ocasiones, nos encontramos con dificultades para impulsar la
movilización, dado que a veces tendemos a mirar exclusivamente hacia arriba y hacia el
delegado sindical para solucionar cualquier problema. Pero en CGT pensamos que para
solucionar nuestros problemas tenemos que mirar abajo, e implicarse organizativamente
con el resto de compañeros que padecen de los mismos problemas, porque solo juntos
mediante acciones colectivas podemos vencer.
EN CGT APOSTAMOS POR LUCHAR PARA RECUPERAR DERECHOS ¿TE APUNTAS?
15. UN POCO DE HISTORIA
El 31 de diciembre de 2008 caducó el II Convenio colectivo.
En octubre de 2008 fue denunciado por CC.OO y CSIF.
La negociación del III Convenio empezó el 3/11/ 2008.
En febrero de 2008 CGT intentó la unidad sindical sin resultado.
Dos años después, el resto de Sindicatos (menos UGT), ve necesaria la
unidad sindical.
En marzo de 2010, tras consultar a sus afiliados CGT decide unirse al
resto de OO.SS.
En junio de 2010, fuimos a la huelga en contra de la Ley Postal y por el
Convenio.
En noviembre del 2010, se convocó paro parcial, en defensa de los 10
puntos de mínimos acordados.
Después de 10 reuniones, los sindicatos CC.OO, UGT, CSIF y SL firmaron
el III Convenio el 5/4/2011.
Ninguno de los puntos acordados por la Plataforma de Unidad Sindical,
aparecen en el Convenio.
Todas las actas están publicadas en la página de CGT Correos.
CONSECUENCIAS DE LA FIRMA
Penalización en el CPA.
Penalización en los tramos.
No cobertura del100% por enfermedad.
Pérdida de 12.000 empleos.
Cierre de más de 400 oficinas rurales.
Redimensionamientos con eliminación de secciones de reparto.
Reducción a mínimos de la contratación.
Traslados forzosos.
Cambios de horarios y diferencias de horarios y jornadas.
Desregulación de derechos.
Disminución de cerca de 4 millones de €, en Acción Social.
Aumento de la presión y de la represión en el trabajo.
Evaluaciones negativas de desempeño.
No actualización del precio de la gasolina y de otros conceptos.
No consolidación del empleo.
Abuso de la contratación a tiempo parcial.
16. EL DÍA 16 DE DICIEMBRE, TRAS SER ACORDADO
POR SUS AFILIAD@S,CGT HA DENUNCIADO ANTE
CORREOS, EL III CONVENIO COLECTIVO.
¿NOS AFECTA LA REFORMA LABORAL? ¿SE NOS APLICA
EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES?
No, ya que el III Convenio en su Art. 6 dice:
“Una vez denunciado, permanecerá vigente su contenido normativo hasta tanto sea
sustituido por el nuevo convenio”
La reforma Laboral ( Art. 86.3 del Estatuto de los trabajadores) dice:
La vigencia de un convenio colectivo, una vez denunciado y concluida la duración
pactada, se producirá en los términos que se hubiesen establecido en el propio
convenio.
Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya
acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá,salvo pacto
en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito
superior que fuera de aplicación.
También la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en su sentencia de 27/6/13,
dice que los convenios con cláusulas de vigencia se mantendrán, hasta que se
negocie un convenio nuevo.
¿NOS MIENTEN QUIENES NOS DICEN
LO CONTRARIO? SÍ
Que el IV Convenio sea bueno, dependerá de la capacidad de
negociación y de movilización de tod@s l@s trabajador@s.
Para estar informado/a de la negociación del IV Convenio entra en:
cgtcorreos4convenio
Si en tu provincia no hay Sección de CGT Correos, puedes contactar con nosotros
en: federal.cgtcorreos@cgt.es - RICO: 23176 - TELÉFONO 91 596 3176
C/ VÍA DUBLIN, 7 MADRID 28042