El documento trata sobre el software libre y su uso en el sistema educativo. Presenta los beneficios del software libre como un modelo educativo democrático, sostenible y competitivo. También menciona que el uso de software libre por parte de la administración pública reduce costos, fomenta la innovación y contribuye a una economía sostenible basada en el conocimiento.
12. Decreto 1014 de 10 de abril de 2008
Art. 1: Establecer como política pública para las entidades de
administración Pública central la utilización del Software Libre
en sus sistemas y equipamientos informáticos.
Art. 4: Se faculta la utilización de software propietario(no libre)
únicamente cuando no exista una solución de software libre
que supla las necesidades requeridas, o cuando este en
riesgo de seguridad nacional, o cuando el proyecto
informático se encuentre en un punto de no retorno
13. Ley 19179 de 18 de diciembre de 2013.
Art. 3: Se considera de interés general
que el sistema educativo proceda a promover el
uso de software libre.
29. C
PREÁMBULO - I
“La lógica de esta reforma se basa en
la evolución hacia un sistema capaz
de encauzar a los estudiantes.....de
forma que puedan hacer realidad sus
aspiraciones y se conviertan en rutas
que faciliten la empleabilidad y
estimulen el espíritu emprendedor.”
30. PREÁMBULO - III
“La principal amenaza a la que en sostenibilidad se
enfrentan las sociedades desarrolladas es la fractura del
conocimiento, esto es, la fractura entre los que disponen
de los conocimientos, competencias y habilidades para
aprender y hacer, y hacer aprendiendo, y los que
quedan excluidos.
…...........
No es imaginable un sistema educativo de calidad en el
que no sea una prioridad eliminar cualquier atisbo de
desigualdad”
31. PREÁMBULO - IV
“Prácticamente todos los países desarrollados
se encuentran en la actualidad inmersos en
procesos de transformación de sus sistemas
educativos. Las transformaciones sociales
inherentes a un mundo más global, abierto e
interconectado...han hecho recapacitar a los
distintos países sobre la necesidad de cambios
normativos y programáticos...para adecuar sus
sistemas educativos a las nuevas exigencias”
32. PREÁMBULO - XI
“El uso responsable y ordenado de estas
NNTT por parte de los alumnos y alumnas debe
estar presente en todo el sistema educativo.
…...
..es imprescindible que el modelo de
digitalización de la escuela... resulte
económicamente sostenible.”
33. PREÁMBULO - XIV
“Uno de los principios en los que se inspira
el S.E. Español es la transmisión y puesta
en práctica de valores que favorezcan la
libertad personal, la responsabilidad, la
ciudadanía democrática...la justicia.”
34. ARTÍCULO 1.B
“La equidad, que garantice la
igualdad de oportunidades....y la
accesibilidad universal a la
educación.”
35. ARTÍCULO 111 bis
“El MECD establecerá...los estándares que garanticen la
interoperabilidad...en el marco del Esquema Nacional de
Interoperabilidad previsto en el artículo 42 de la Ley
11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los
ciudadanos a los Servicios Públicos.
Los entornos virtuales de aprendizaje que se empleen en los
centros docentes..deberán permitir el acceso desde
cualquier sitio y en cualquier momento..teniendo en cuenta
los principios de accesibilidad universal.
36. ARTÍCULO 111 bis
“El MECD ofrecerá plataformas digitales y tecnológicas de
acceso a toda la comunidad educativa. (La CAM ofrece
Educamadrid y MAX)
Los recursos deberán ser seleccionados de acuerdo a los
parámetros de calidad metodológica, adopción de
estándares abiertos y disponibilidad de fuentes que
faciliten su difusión, adaptación, reutilización y
redistribución.” (4 libertades del Software Libre)
37. ARTÍCULO 132.c Competencias del director
“Ejercer la dirección pedagógica, promover la
innovación educativa e impulsar planes para la
consecución de los objetivos del proyecto
educativo del centro”
38. DECRETO 89/2014, de 24 de julio. Currículo primaria CAM
“La Ed. Primaria...tiene carácter..gratuito”
Ed. Artística/Ed. Plástica/Ed. Audiovisual
3.1 Maneja programas informáticos sencillos de elaboración y retoque de
imágenes digitales.
Ed. Artística/Ed. Musical/Interpretación musical
3.2 Utiliza los medios audiovisuales y recursos informáticos para crear piezas
musicales y para la sonorización de imágenes y representaciones
dramáticas.
39. DECRETO 89/2014, de 24 de julio. Currículo primaria CAM
“Valores sociales y críticos/convivencia y valores sociales
Ed. Artística/Ed. Plástica/Ed. Audiovisual
24.1 Realiza un uso ético de las nuevas tecnologías
25.3 Realiza exposiciones enjuiciando críticamente hábitos de consumo
innecesarios.”
LIBRE CONFIGURACIÓN: Tecnología y recursos digitales para la mejora del
aprendizaje
40. LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público
“Art. 13.3 Personal directivo
...estará sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de eficacia y
eficiencia”
Art. 53.8 Principios éticos “Actuarán de acuerdo con los principios de
eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán por la consecución del interés
general.
Art. 54.5 Principios de conducta “Administrarán los recursos y bienes
públicos con austeridad”
41. LEY 11/2007, de 22 de junio de acceso electrónico de los
ciudadanos a los Servicio Públicos
“Ciudadano: Cualesquiera personas físicas, personas jurídicas y entes sin
personalidad que se relacionen, o sean susceptibles de relacionarse, con las
Administraciones públicas.
Art. 4.i: “Principio de neutralidad tecnológica. Las Adm. Públicas utilizarán
estándares abiertos”
Art. 6.k Derechos de los ciudadanos “A elegir las aplicaciones o sistemas
para relacionarse con las Administraciones Públicas siempre y cuando
utilicen estándares abiertos.”
42. R.D. 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la
Administración Pública.
“Art. 11.1 Las Administraciones Públicas usarán estándares abiertos...al
objeto de garantizar la independencia en la elección de alternativas
tecnológicas por los ciudadanos
Art. 11.5 Los ciudadanos podrán elegir las aplicaciones o sistemas para
relacionarse con las Administraciones públicas, o dirigirse a las mismas,
siempre y cuando utilicen estándares abiertos.
Art. 16.2 Las AAPP utilizarán para las aplicaciones que declaren como de
fuentes abiertas aquellas licencias que aseguren que los programas, datos o
información que se comparten (respeten las 4 libertades del Software
Libre.”
43. R.D. 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la
Administración Pública.
“Disposición adicional segunda: Formación.
El personal de las AAPP recibirá la formación necesaria para garantizar el
conocimiento del presente Esquema Nacional de Interoperabilidad, a cuyo fin
los órganos responsables dispondrán lo necesario para que esta formación
sea una realidad efectiva
Disposición transitoria primera.
Plazo máximo de 48 meses (hasta el 8 de enero de 2014)”
44. Resolución de 3 de octubre de 2012, de la Secretaría de
Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba
la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de
estándares.
”Estándar documentos editables no orientado a
impresión
ISO OASIS ODF”
45. En definitiva, el Software de Fuentes Abiertas es un
modelo educativo en sí mismo; libre, democrático,
sostenible y tecnológicamente competitivo, y la opción
ideal para el uso de la tecnología en el aula.
Al liberar software, la Administración Pública reduce su
déficit, aporta valor al sector privado, especialmente a
las empresas TIC locales, favorece la competitividad y
contribuye al desarrollo de una economía sostenible
basada en el conocimiento y la innovación abierta.
54. ORIENTACIONES PARA LA ENTREGA DE LA PGA:
“Todos los documentos, escritos en “WORD”, deberán llevar
un índice, con referencia a la paginación del documento.”
“La remisión de los distintos documentos se realizará
utilizando los procesadores de texto “WORD”
(preferentemente)”
55. ORDENADORES DE GESTIÓN CON
WINDOWS XP
TRÁMITES ADMINISTRATIVOS QUE SÓLO
PUEDEN REALIZARSE CON INTERNET
EXPLORER (Defensor del Pueblo)
PORTÁTILES DEL PROYECTO SIN S.O.
60. En definitiva, el Software de Fuentes Abiertas es un
modelo educativo en sí mismo; libre, democrático,
sostenible y tecnológicamente competitivo, y la opción
ideal para el uso de la tecnología en el aula.
Al liberar software, la Administración Pública reduce su
déficit, aporta valor al sector privado, especialmente a
las empresas TIC locales, favorece la competitividad y
contribuye al desarrollo de una economía sostenible
basada en el conocimiento y la innovación abierta.