El documento proporciona información sobre el trámite de insolvencia para personas naturales no comerciantes en Colombia. Explica que esta ley permite a personas con dificultades económicas renegociar sus deudas para evitar el embargo. Detalla los requisitos para acogerse a este procedimiento, como tener dos deudas morosas con dos acreedores diferentes por más de 90 días que representen al menos el 50% del pasivo total. Además, explica los pasos para presentar una solicitud de insolvencia al Centro de Conciliación Juan Pablo II en
Este documento presenta una oferta de acuerdo preventivo extrajudicial (APE) de Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.I.C. y F. (IMPSA) y Venti S.A. a sus acreedores. El APE busca reestructurar la deuda elegible de las compañías mediante un proceso de acuerdo preventivo extrajudicial de acuerdo con la ley de concursos y quiebras. El APE ofrece a los acreedores aceptantes la opción de canjear su deuda por nueva deuda bajo ciert
El documento describe la evolución histórica del derecho concursal argentino y los principales procedimientos concursales como el concurso preventivo y la quiebra. El concurso preventivo busca la rehabilitación de la empresa a través de un acuerdo con los acreedores, mientras que la quiebra tiene como objetivo la liquidación de los bienes de la empresa. Como asesor, podrías mencionar las ventajas e inconvenientes de ambos procedimientos para que la empresa evalúe la mejor opción.
La acción pauliana y la acción oblicua son las dos medidas fundamentales que asisten al acreedor en el derecho de crédito. La acción pauliana intenta evitar la insolvencia o reducción de la solvencia del deudor impidiendo que se desprenda del patrimonio que garantiza el crédito. La acción oblicua permite al acreedor ejercer los derechos del deudor para crear o incrementar su solvencia.
Este documento describe las funciones y procedimientos de la Junta de Acreedores en un proceso concursal. La Junta de Acreedores es el órgano supremo que representa a los acreedores y decide sobre el destino del deudor, ya sea la reestructuración o liquidación de la empresa. El documento explica los requisitos de convocatoria, quórum, facultades del representante de la comisión y otros aspectos relacionados al funcionamiento de la Junta de Acreedores.
El documento describe la naturaleza jurídica y funciones del síndico concursal en Argentina. El síndico es un órgano auxiliar de la justicia cuya función es asignada por la ley y actúa con autonomía para cumplir los objetivos del proceso concursal. Sus principales funciones incluyen supervisar la administración del deudor, verificar créditos, administrar el patrimonio del fallido y llevar a cabo la liquidación. El síndico tiene legitimación procesal y sus funciones son indelegables e irrenunciables.
Este documento presenta el manual de cobro persuasivo y coactivo de la Defensoría del Pueblo. Explica que el cobro coactivo es un procedimiento especial que permite a ciertas entidades hacer efectivos directamente los créditos a su favor sin necesidad de acudir a la jurisdicción ordinaria. También describe los pasos del proceso de cobro persuasivo y coactivo, incluyendo la identificación y clasificación de deudores, el inicio de comunicaciones para promover el pago voluntario, y el paso a medidas coactivas si el deudor se
Este documento presenta una iniciativa de decreto para reformar la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado. Las reformas propuestas buscan facilitar la figura de la Subrogación de Acreedor al permitir que en ciertos casos baste con la inscripción de documentos en el Registro Público de Comercio, en lugar de requerir una escritura pública, con el fin de reducir costos y fomentar una mayor competencia.
Resumen de los aspectos procesales, derivados de la reforma financiera aprobada en México. Incluye Código de Comercio, Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.
Este documento presenta una oferta de acuerdo preventivo extrajudicial (APE) de Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A.I.C. y F. (IMPSA) y Venti S.A. a sus acreedores. El APE busca reestructurar la deuda elegible de las compañías mediante un proceso de acuerdo preventivo extrajudicial de acuerdo con la ley de concursos y quiebras. El APE ofrece a los acreedores aceptantes la opción de canjear su deuda por nueva deuda bajo ciert
El documento describe la evolución histórica del derecho concursal argentino y los principales procedimientos concursales como el concurso preventivo y la quiebra. El concurso preventivo busca la rehabilitación de la empresa a través de un acuerdo con los acreedores, mientras que la quiebra tiene como objetivo la liquidación de los bienes de la empresa. Como asesor, podrías mencionar las ventajas e inconvenientes de ambos procedimientos para que la empresa evalúe la mejor opción.
La acción pauliana y la acción oblicua son las dos medidas fundamentales que asisten al acreedor en el derecho de crédito. La acción pauliana intenta evitar la insolvencia o reducción de la solvencia del deudor impidiendo que se desprenda del patrimonio que garantiza el crédito. La acción oblicua permite al acreedor ejercer los derechos del deudor para crear o incrementar su solvencia.
Este documento describe las funciones y procedimientos de la Junta de Acreedores en un proceso concursal. La Junta de Acreedores es el órgano supremo que representa a los acreedores y decide sobre el destino del deudor, ya sea la reestructuración o liquidación de la empresa. El documento explica los requisitos de convocatoria, quórum, facultades del representante de la comisión y otros aspectos relacionados al funcionamiento de la Junta de Acreedores.
El documento describe la naturaleza jurídica y funciones del síndico concursal en Argentina. El síndico es un órgano auxiliar de la justicia cuya función es asignada por la ley y actúa con autonomía para cumplir los objetivos del proceso concursal. Sus principales funciones incluyen supervisar la administración del deudor, verificar créditos, administrar el patrimonio del fallido y llevar a cabo la liquidación. El síndico tiene legitimación procesal y sus funciones son indelegables e irrenunciables.
Este documento presenta el manual de cobro persuasivo y coactivo de la Defensoría del Pueblo. Explica que el cobro coactivo es un procedimiento especial que permite a ciertas entidades hacer efectivos directamente los créditos a su favor sin necesidad de acudir a la jurisdicción ordinaria. También describe los pasos del proceso de cobro persuasivo y coactivo, incluyendo la identificación y clasificación de deudores, el inicio de comunicaciones para promover el pago voluntario, y el paso a medidas coactivas si el deudor se
Este documento presenta una iniciativa de decreto para reformar la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado. Las reformas propuestas buscan facilitar la figura de la Subrogación de Acreedor al permitir que en ciertos casos baste con la inscripción de documentos en el Registro Público de Comercio, en lugar de requerir una escritura pública, con el fin de reducir costos y fomentar una mayor competencia.
Resumen de los aspectos procesales, derivados de la reforma financiera aprobada en México. Incluye Código de Comercio, Ley de Títulos y Operaciones de Crédito.
Los solicitantes piden la cancelación registral de una hipoteca sobre un inmueble inscrito a favor del Banco de la Vivienda del Perú debido a que han transcurrido más de 10 años desde la constitución de la hipoteca y su inscripción, lo que produce su caducidad. Además, el Banco de la Vivienda del Perú se encuentra extinguido, por lo que también se ha producido la extinción de la obligación garantizada.
Anexo 2- Reglas aceptación de créditos y condiciones de prelación de créditosAndres Alarcón Lora
Este documento establece 12 reglas para la aceptación de créditos en el proceso de liquidación de una entidad. Las reglas definen criterios como la no aceptación de intereses moratorios, el tratamiento de procesos judiciales en curso, la deducción de impuestos en los pagos, y la prelación de créditos de acuerdo a la ley. Adicionalmente, se especifican requisitos como certificados bancarios y de representación legal para el pago de los valores reconocidos.
Resumen de las reformas a la Ley de Sociedades Mercantiles y Ley de Títulos y Operaciones de Crédito. Se introducen cambios en los derechos de las minorías en sociedades anónimas, funciones del corredor público y modificaciones al, contrato de prenda. Nuevas obligaciones para notarios y corredores públicos
Un municipio no puede eximirse de responsabilidad contractual por no entregar el anticipo de un contrato de obra pública argumentando que era una obligación potestativa. Según la sentencia, cuando el contrato condiciona la ejecución a la entrega del anticipo, la entidad está obligada a entregarlo. El contratista sólo puede suspender la ejecución si prueba que el incumplimiento de la entidad es grave o si las partes acordaron suspender la ejecución hasta recibir el anticipo.
El documento habla sobre la cobranza coactiva en la administración pública. Explica que la administración tiene el principio de autotutela que le permite hacer cumplir sus actuaciones sin necesitar del poder judicial. Detalla las diferentes medidas cautelares que puede dictar un ejecutor coactivo como embargos y su finalidad de asegurar el pago de deudas tributarias. Explica específicamente el embargo en forma de intervención en recaudación, designando un interventor recaudador para que recoja directamente los ingresos de la persona o empresa deudora
Este documento proporciona una descripción del contrato de forfaiting. El contrato de forfaiting es un acuerdo mediante el cual un exportador transfiere títulos negociables u otros documentos de deuda a un banco (el forfaiter), el cual adquiere los derechos de cobro sobre la deuda del importador. El documento explica los términos clave del contrato de forfaiting, incluyendo las obligaciones del exportador y el banco forfaiter.
Este documento describe los procedimientos concursales para personas naturales deudoras según la ley chilena. Explica que existen dos procedimientos principales: el procedimiento concursal de renegociación, que es voluntario e iniciado por el deudor, y el procedimiento concursal de liquidación, que puede ser voluntario o forzoso. Detalla los pasos, requisitos y efectos de cada uno, incluyendo las audiencias requeridas para determinar el pasivo, lograr acuerdos de renegociación o ejecución, y finalizar el procedimiento.
02. cpcecaba.18.08.2010. intereses y multas sobre anticiposCarlos María Folco
El documento discute los intereses resarcitorios y multas sobre anticipos impositivos. Explica que los intereses se devengan por mora culpable desde el vencimiento de la obligación hasta su pago. También analiza casos concretos sobre el cálculo de intereses resarcitorios cuando hay diferencias entre anticipos pagados y lo que corresponde según la declaración jurada. Finalmente, resume un caso judicial sobre la reimputación de anticipos cuando se presentan declaraciones juradas rectificativas.
Contrato de prestación de servicios profesionalesJalil Segura
Este contrato establece los términos y condiciones bajo los cuales un profesionista prestará servicios de nómina y contabilidad a un cliente. El contrato especifica los deberes y responsabilidades de ambas partes, los honorarios a ser pagados, y la duración del contrato.
Operaciones de crédito, prestamos bancarios, AJE Impulsa, CEAJEceaje
Entre los númerosos tipos de contratos y operaciones bancarias: operaciones de
descuento, depósitos, cuentas corrientes etc... , uno de los más comunes son los
operaciones de crédito y en concreto los PRÉSTAMOS BANCARIOS
ACCIÓN PAULIANA Y REVOCATORIA: Se muestra como hacer uso de la acción pauliana para pedir la ineficacia del acto jurídico que perjudica su crédito (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento resume una resolución del Tribunal Registral que reconoce la caducidad como una nueva causal de extinción de la hipoteca, además de las establecidas en el Código Civil. Explica que la Ley 26639 introdujo un plazo de 10 años para la caducidad de las inscripciones de hipotecas, contados desde la fecha de vencimiento del crédito garantizado. Finalmente, analiza las distintas formas en que se aplican los plazos de caducidad según si el crédito tiene o no un plazo determinado.
Este documento es un contrato de confidencialidad entre una empresa titular y una empresa receptora. Establece que la empresa titular proporcionará información confidencial a la empresa receptora para que realice ciertos trabajos. La empresa receptora se compromete a mantener dicha información en estricto secreto y no revelarla a terceros sin permiso. También establece sanciones en caso de incumplimiento y la jurisdicción aplicable.
Lectura 2 concurso preventivo definitivo . concursos y quiebrasagustinc3333
El documento explica los requisitos formales para solicitar la apertura de un concurso preventivo en Argentina. Detalla cada uno de los requisitos que el deudor debe presentar de acuerdo con la ley, incluyendo estados financieros, lista de acreedores, libros contables y más. También discute algunas excepciones en las que los tribunales han permitido completar o flexibilizar los requisitos formalmente.
Este contrato establece un acuerdo de outsourcing entre un equipo de asesores y una empresa. El equipo proporcionará servicios contables y de impuestos a la empresa de forma independiente. A cambio, la empresa pagará al equipo $125 dólares mensuales. El contrato tendrá una duración inicial de un año y cubrirá tareas como nómina, declaraciones de impuestos, y representación ante organismos de control. Cualquier controversia se resolverá en los tribunales civiles de acuerdo con el Código Civil.
Este contrato establece un acuerdo de outsourcing entre dos compañías. La Compañía A contrata a la Compañía B para que fabrique accesorios para sus productos durante un período de 5 años. La Compañía B se compromete a entregar 10,000 unidades de accesorios cada mes y a cumplir con los estándares de calidad especificados. A cambio, la Compañía A pagará mensualmente a la Compañía B una comisión del 3% del valor de mercado de los accesorios. El contrato también especifica cláus
Este contrato establece los términos de un acuerdo de locación de servicios entre una cooperativa de ahorro y crédito y un analista de créditos. El analista promoverá los productos crediticios de la cooperativa durante un mes a cambio de un pago mensual de S/1,200 más comisiones. El contrato detalla las obligaciones y responsabilidades de ambas partes, así como los términos para la resolución del contrato.
Este resumen describe una disputa legal entre Rafael Muñoz Fuentes y Shell Costa Rica sobre si existía una relación laboral entre 1994 y 2003. El juez de primera instancia falló a favor de Muñoz, condenando a Shell a pagar aguinaldos y cesantía. Shell apeló argumentando que no había relación laboral sino un contrato comercial. La corte de apelaciones confirmó la sentencia original. Shell ahora apela ante la Corte Suprema alegando que la relación era de outsourcing y no laboral.
BoletíN Informativo 16 Julio 2009 Concursal ReestructuracióN E Insolencia...YATACO ARIAS ABOGADOS
Este documento contiene información sobre el procedimiento concursal ordinario en Perú. Incluye secciones sobre los requisitos para iniciar el procedimiento, como el deudor puede solicitar su acogimiento, y los documentos que se necesitan presentar. También contiene artículos sobre temas como la generación de efectivo en las empresas y la definición de capital circulante.
La quiebra se refiere a la situación legal de un comerciante que ha entrado en cesación de pagos y no puede cumplir con sus obligaciones. La quiebra puede ser fortuita, culpable o fraudulenta. Si un comerciante es declarado en quiebra, pierde la administración de sus bienes y sus acreedores no pueden ejecutarlo individualmente.
Los solicitantes piden la cancelación registral de una hipoteca sobre un inmueble inscrito a favor del Banco de la Vivienda del Perú debido a que han transcurrido más de 10 años desde la constitución de la hipoteca y su inscripción, lo que produce su caducidad. Además, el Banco de la Vivienda del Perú se encuentra extinguido, por lo que también se ha producido la extinción de la obligación garantizada.
Anexo 2- Reglas aceptación de créditos y condiciones de prelación de créditosAndres Alarcón Lora
Este documento establece 12 reglas para la aceptación de créditos en el proceso de liquidación de una entidad. Las reglas definen criterios como la no aceptación de intereses moratorios, el tratamiento de procesos judiciales en curso, la deducción de impuestos en los pagos, y la prelación de créditos de acuerdo a la ley. Adicionalmente, se especifican requisitos como certificados bancarios y de representación legal para el pago de los valores reconocidos.
Resumen de las reformas a la Ley de Sociedades Mercantiles y Ley de Títulos y Operaciones de Crédito. Se introducen cambios en los derechos de las minorías en sociedades anónimas, funciones del corredor público y modificaciones al, contrato de prenda. Nuevas obligaciones para notarios y corredores públicos
Un municipio no puede eximirse de responsabilidad contractual por no entregar el anticipo de un contrato de obra pública argumentando que era una obligación potestativa. Según la sentencia, cuando el contrato condiciona la ejecución a la entrega del anticipo, la entidad está obligada a entregarlo. El contratista sólo puede suspender la ejecución si prueba que el incumplimiento de la entidad es grave o si las partes acordaron suspender la ejecución hasta recibir el anticipo.
El documento habla sobre la cobranza coactiva en la administración pública. Explica que la administración tiene el principio de autotutela que le permite hacer cumplir sus actuaciones sin necesitar del poder judicial. Detalla las diferentes medidas cautelares que puede dictar un ejecutor coactivo como embargos y su finalidad de asegurar el pago de deudas tributarias. Explica específicamente el embargo en forma de intervención en recaudación, designando un interventor recaudador para que recoja directamente los ingresos de la persona o empresa deudora
Este documento proporciona una descripción del contrato de forfaiting. El contrato de forfaiting es un acuerdo mediante el cual un exportador transfiere títulos negociables u otros documentos de deuda a un banco (el forfaiter), el cual adquiere los derechos de cobro sobre la deuda del importador. El documento explica los términos clave del contrato de forfaiting, incluyendo las obligaciones del exportador y el banco forfaiter.
Este documento describe los procedimientos concursales para personas naturales deudoras según la ley chilena. Explica que existen dos procedimientos principales: el procedimiento concursal de renegociación, que es voluntario e iniciado por el deudor, y el procedimiento concursal de liquidación, que puede ser voluntario o forzoso. Detalla los pasos, requisitos y efectos de cada uno, incluyendo las audiencias requeridas para determinar el pasivo, lograr acuerdos de renegociación o ejecución, y finalizar el procedimiento.
02. cpcecaba.18.08.2010. intereses y multas sobre anticiposCarlos María Folco
El documento discute los intereses resarcitorios y multas sobre anticipos impositivos. Explica que los intereses se devengan por mora culpable desde el vencimiento de la obligación hasta su pago. También analiza casos concretos sobre el cálculo de intereses resarcitorios cuando hay diferencias entre anticipos pagados y lo que corresponde según la declaración jurada. Finalmente, resume un caso judicial sobre la reimputación de anticipos cuando se presentan declaraciones juradas rectificativas.
Contrato de prestación de servicios profesionalesJalil Segura
Este contrato establece los términos y condiciones bajo los cuales un profesionista prestará servicios de nómina y contabilidad a un cliente. El contrato especifica los deberes y responsabilidades de ambas partes, los honorarios a ser pagados, y la duración del contrato.
Operaciones de crédito, prestamos bancarios, AJE Impulsa, CEAJEceaje
Entre los númerosos tipos de contratos y operaciones bancarias: operaciones de
descuento, depósitos, cuentas corrientes etc... , uno de los más comunes son los
operaciones de crédito y en concreto los PRÉSTAMOS BANCARIOS
ACCIÓN PAULIANA Y REVOCATORIA: Se muestra como hacer uso de la acción pauliana para pedir la ineficacia del acto jurídico que perjudica su crédito (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento resume una resolución del Tribunal Registral que reconoce la caducidad como una nueva causal de extinción de la hipoteca, además de las establecidas en el Código Civil. Explica que la Ley 26639 introdujo un plazo de 10 años para la caducidad de las inscripciones de hipotecas, contados desde la fecha de vencimiento del crédito garantizado. Finalmente, analiza las distintas formas en que se aplican los plazos de caducidad según si el crédito tiene o no un plazo determinado.
Este documento es un contrato de confidencialidad entre una empresa titular y una empresa receptora. Establece que la empresa titular proporcionará información confidencial a la empresa receptora para que realice ciertos trabajos. La empresa receptora se compromete a mantener dicha información en estricto secreto y no revelarla a terceros sin permiso. También establece sanciones en caso de incumplimiento y la jurisdicción aplicable.
Lectura 2 concurso preventivo definitivo . concursos y quiebrasagustinc3333
El documento explica los requisitos formales para solicitar la apertura de un concurso preventivo en Argentina. Detalla cada uno de los requisitos que el deudor debe presentar de acuerdo con la ley, incluyendo estados financieros, lista de acreedores, libros contables y más. También discute algunas excepciones en las que los tribunales han permitido completar o flexibilizar los requisitos formalmente.
Este contrato establece un acuerdo de outsourcing entre un equipo de asesores y una empresa. El equipo proporcionará servicios contables y de impuestos a la empresa de forma independiente. A cambio, la empresa pagará al equipo $125 dólares mensuales. El contrato tendrá una duración inicial de un año y cubrirá tareas como nómina, declaraciones de impuestos, y representación ante organismos de control. Cualquier controversia se resolverá en los tribunales civiles de acuerdo con el Código Civil.
Este contrato establece un acuerdo de outsourcing entre dos compañías. La Compañía A contrata a la Compañía B para que fabrique accesorios para sus productos durante un período de 5 años. La Compañía B se compromete a entregar 10,000 unidades de accesorios cada mes y a cumplir con los estándares de calidad especificados. A cambio, la Compañía A pagará mensualmente a la Compañía B una comisión del 3% del valor de mercado de los accesorios. El contrato también especifica cláus
Este contrato establece los términos de un acuerdo de locación de servicios entre una cooperativa de ahorro y crédito y un analista de créditos. El analista promoverá los productos crediticios de la cooperativa durante un mes a cambio de un pago mensual de S/1,200 más comisiones. El contrato detalla las obligaciones y responsabilidades de ambas partes, así como los términos para la resolución del contrato.
Este resumen describe una disputa legal entre Rafael Muñoz Fuentes y Shell Costa Rica sobre si existía una relación laboral entre 1994 y 2003. El juez de primera instancia falló a favor de Muñoz, condenando a Shell a pagar aguinaldos y cesantía. Shell apeló argumentando que no había relación laboral sino un contrato comercial. La corte de apelaciones confirmó la sentencia original. Shell ahora apela ante la Corte Suprema alegando que la relación era de outsourcing y no laboral.
BoletíN Informativo 16 Julio 2009 Concursal ReestructuracióN E Insolencia...YATACO ARIAS ABOGADOS
Este documento contiene información sobre el procedimiento concursal ordinario en Perú. Incluye secciones sobre los requisitos para iniciar el procedimiento, como el deudor puede solicitar su acogimiento, y los documentos que se necesitan presentar. También contiene artículos sobre temas como la generación de efectivo en las empresas y la definición de capital circulante.
La quiebra se refiere a la situación legal de un comerciante que ha entrado en cesación de pagos y no puede cumplir con sus obligaciones. La quiebra puede ser fortuita, culpable o fraudulenta. Si un comerciante es declarado en quiebra, pierde la administración de sus bienes y sus acreedores no pueden ejecutarlo individualmente.
el ensayo elaborado trata de la figura de la quiebra en el derecho mercantil venezolano y sus estipulaciones en el texto legal correspondiente que menciona procedimiento, requisitos, tribunales competente etc
El documento describe los procedimientos concursales en el Perú. Explica que existen dos tipos principales de procedimientos: el Procedimiento Concursal Ordinario (PCO), que puede iniciarse a pedido del deudor o de uno o más acreedores; y el Procedimiento Concursal Preventivo (PCP), que sólo puede iniciarse a pedido del deudor. Ambos procedimientos tienen como objetivo proteger el crédito, mantener la unidad productiva y el patrimonio de la empresa en crisis.
El documento habla sobre diferentes formas de extinguir obligaciones tributarias como el pago, la compensación, la cesión de créditos, la confusión y la remisión. Explica que el pago extingue la obligación tributaria cuando se produce la entrega de la cantidad debida. También cubre temas como los pagos a cuenta, la imputación de conceptos al pago, y los procedimientos y efectos de otorgar prórrogas o plazos para el pago de deudas tributarias.
La quiebra es una situación jurídica en la que una persona o empresa no puede hacer frente a sus pagos debido a que sus pasivos son superiores a sus activos. Cuando un juez declara a un deudor en estado de quiebra, se inicia un procedimiento concursal para examinar si puede pagar sus obligaciones. La quiebra tiene efectos como el despojo de la administración de bienes del fallido y la fijación de los derechos de los acreedores.
La quiebra es una situación jurídica en la que una persona o empresa no puede hacer frente a sus pagos debido a que sus pasivos son superiores a sus activos. Cuando un juez declara a un deudor en estado de quiebra, se inicia un procedimiento concursal para examinar si puede pagar sus obligaciones. La quiebra tiene efectos como el despojo de la administración de bienes del fallido y la fijación de los derechos de los acreedores. Existen quiebras voluntarias, necesarias, fortuitas, culpables y fraudulentas según
1) La novación, confusión de derechos, compensación, remisión de la deuda, caso fortuito o fuerza mayor, prescripción y caducidad son formas de extinción de las obligaciones.
2) La novación consiste en la sustitución de una obligación existente por una nueva, la confusión de derechos se da cuando una persona es deudora y acreedora a la vez, y la compensación opera cuando dos personas se deben cantidades fungibles.
En el siguiente estudio analizaremos los presupuestos subjetivos y objetivos que debe cumplir quien quiera someterse a este beneficio, tomando esto en cuenta, tendríamos como presupuesto subjetivo que solamente el deudor tiene la legitimación activa para proponer un convenio colectivo, ya que este es un proceso voluntario, solo puede ser iniciado por el deudor.
Este documento presenta una tarea sobre derecho civil realizada por Julio César Bravo Reyes. La tarea aborda varios temas relacionados con las hipotecas, incluyendo las inscripciones hipotecarias, la cancelación y reducción de las mismas, las sanciones por incumplimiento de las reglas de forma, la publicidad de los privilegios e hipotecas, y las transcripciones. El documento también incluye los objetivos específicos de la tarea y explicaciones detalladas sobre cada uno de los temas mencionados.
Este documento describe los nuevos procedimientos establecidos por la Ley 20.720 en Chile para personas y empresas endeudadas. La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR) juega roles clave en estos procedimientos, como analizar solicitudes, nombrar liquidadores, y facilitar audiencias. Los procedimientos incluyen renegociación de deudas para personas naturales, reorganización de deudas para empresas viables, y liquidación rápida de bienes para el pago de acreedores.
Este documento describe el convenio preventivo como un proceso judicial en Costa Rica para evitar la quiebra cuando una persona física o jurídica se encuentra en una situación de insolvencia. Explica los presupuestos subjetivos y objetivos para el convenio preventivo, las etapas del proceso que incluyen admisibilidad, determinación del pasivo y ejecución del convenio, y los roles del deudor, curador y acreedores. El objetivo es permitir que empresas en crisis financiera o económica puedan reorganizarse de forma consensuada para
Este documento presenta la Ley de Quiebras de un país. Establece que una declaración de quiebra requiere que el deudor se encuentre en estado de insolvencia por no poder pagar sus deudas a tiempo. Detalla los procedimientos de convocatoria de acreedores y declaración de quiebra, incluidos los requisitos para solicitarlos, los efectos legales y las responsabilidades del síndico designado para supervisar el proceso.
Este documento describe varios modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la confusión y la remisión. Explica cada uno de estos modos con detalle, describiendo los requisitos y procedimientos legales para su aplicación. En particular, detalla los procedimientos para el otorgamiento de prórrogas y plazos de pago en el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria de Venezuela.
1) El documento habla sobre el derecho concursal, el estado de atraso, la quiebra y la liquidación y disolución de sociedades mercantiles. 2) Define el derecho concursal como el conjunto de normas que establecen las condiciones para declarar el estado de incumplimiento generalizado de obligaciones de un deudor y los procedimientos para lograr la solución de sus deudas. 3) Explica las diferencias entre el estado de atraso, donde el activo supera el pasivo pero hay falta de liquidez, versus la quiebra, donde hay ces
La quiebra es un procedimiento mediante el cual se liquida el patrimonio de un deudor comerciante para distribuirlo equitativamente entre sus acreedores cuando no puede pagar sus deudas. El deudor pierde el control y disposición de sus bienes, los cuales son administrados por un órgano designado para pagar a los acreedores. La quiebra puede ser solicitada por un acreedor si su deuda es legítima y está vencida, o si el deudor ha huido u ocultado sus bienes.
Este documento resume los principales modos de extinción de las obligaciones según el Código Civil, incluyendo el pago, la novación, la transacción, la remisión y la prescripción. Explica cada uno de estos conceptos de forma detallada a través de varios párrafos, definiendo sus requisitos y efectos legales. Se enfoca principalmente en el pago y la novación, describiendo los diferentes tipos de cada uno y sus implicaciones jurídicas.
El documento define la extinción de obligaciones y describe los diferentes modos en que una obligación puede extinguirse, incluyendo el pago, la novación, la transacción y otros. Luego se enfoca en explicar el pago y la novación en más detalle. Describe los requisitos y efectos del pago, como a quién se le debe hacer y dónde. También explica los diferentes tipos de novación, como la novación por cambio de objeto, causa, deudor o acreedor. Finalmente, resume los requisitos y efectos de la novación, como
Esta ley establece un procedimiento de concurso preventivo para evitar la quiebra de empresas que se encuentren en estado de cesación de pagos. El objetivo del concurso preventivo es facilitar un acuerdo entre la empresa deudora y sus acreedores para regular las relaciones entre ellos y conservar la empresa. La ley detalla los requisitos para solicitar un concurso preventivo, el proceso de admisión, y las funciones de los supervisores designados para verificar la información presentada.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
1. 1
PORTAFOLIO DE SERVICIOS
CENTRO DE CONCILIACION JUAN PABLO
II DE TUNJA
Avenida Norte No 47 A- 40 Oficina 032 Centro Comercial Centro Norte Tunja
funjuanpis2@hotmail.com 3124383521
********************************************************************
INSOLVENCIA DE PERSONAS NATURALES
NO COMERCIANTES
Con la ley 1564 de 2012 se revivió el régimen de insolvencia para personas
naturales no comerciantes, la cual permite que algunas personas que se
encuentren en dificultades económicas para hacer frente a sus deudas,
puedan renegociar o reestructurar esas deudas para evitar ser embargados.
Vamos cuáles personas se pueden beneficiar de ello.
El artículo 538 de la ley 1564 prevé las personas que estén en uno de los
siguientes casos se pueden acoger a este procedimiento de insolvencia:
1. Estar en mora respecto de dos o más obligaciones a favor de dos o
más acreedores por más de 90 días.
2. 2
2. Tener en su contra dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción
coactiva.
En los dos casos anteriores, el valor de las deudas u obligaciones que se
pretendan acoger al procedimiento de insolvencia, deben representar como
mínimo el 50% del total de las deudas o pasivos de la persona natural.
Como se puede observar, no son muchas las personas que se pueden acoger
a este beneficio debido a las restricciones impuestas por la ley.
Por ejemplo, si una persona tiene una sola deuda en mora con un único
banco, no le es aplicable esta ley. Tampoco le es aplicable si tiene en mora
dos créditos con un mismo banco, pues como mínimo hay que tener dos
créditos atrasados y como mínimo estar en mora con dos bancos o
acreedores distintos. Se deben cumplir dos requisitos al tiempo: dos deudas
y dos acreedores diferentes.
Respecto a la segunda condición, la ley se refiere que basta con tener en su
contra dos procesos ejecutivos, más no dice que deban ser de acreedores
diferentes, por lo que entendemos que mientras existan dos procesos
ejecutivos en curso de un mismo acreedor es suficiente para aplicar este
beneficio.
Y por último, para que una de las opciones anteriores prospere, las deudas
sobre las cuales se pretenda aplicar el procedimiento de insolvencia, deben
representar cuanto menos el 50% de las deudas de la persona, es decir que
si la deuda en mora es de 50 millones, los pasivos totales deben ser de
como máximo de 100 millones.
Así tenemos que en dos créditos en mora con dos bancos diferentes pero
esos dos créditos representan 40 millones de 100 millones de deudas, no
aplica el procedimiento de insolvencia.
Por último, precisar que el procedimiento de insolvencia para personas
naturales no comerciantes, aplica tanto para quien es deudor, como para
quien es fiador o codeudor.
3. 3
Trámite de Insolvencia de Persona Natural no Comerciante
Mediante Resolución 0421 de Junio de 2015, el Ministerio de Justicia y del
Derecho le dio autorización a la Fundación Jurídico Católica Juan Pablo II
de Tunja para que por intermedio de su Centro de Conciliación para
conocer de los tramites de INSOLVENCIA DE PERSONAS
NATURALES NO COMERCIANTES de que habla el Art 531 y Ss del
C. G. del P., siendo así nos hemos permitido cifrar algunos aspectos que
pudieran serle útiles a las personas interesadas.
PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD DE
CONCILIACIÓN EN INSOLVENCIA DE PERSONA NATURAL NO
COMERCIANTE AL CENTRO DE CONCILIACIÓN JUAN PABLO
II DE TUNJA
Ley 1564 de 2012
TÍTULO IV.
INSOLVENCIA DE LA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE.
Requisitos para declarase insolvente:
ARTÍCULO 538. SUPUESTOS DE INSOLVENCIA. Para los fines previstos en este
título, se entenderá que la persona natural no comerciante podrá acogerse a los
procedimientos de insolvencia cuando se encuentre en cesación de pagos.
Estará en cesación de pagos la persona natural que como deudor o garante incumpla el
pago de dos (2) o más obligaciones a favor de dos (2) o más acreedores por más de
noventa (90) días, o contra el cual cursen dos (2) o más procesos ejecutivos o de
jurisdicción coactiva.
En cualquier caso, el valor porcentual de las obligaciones deberá representar no menos
del cincuenta (50%) por ciento del pasivo total a su cargo. Para la verificación de esta
situación bastará la declaración del deudor la cual se entenderá prestada bajo la
gravedad del juramento.
ARTÍCULO 539. REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE TRÁMITE DE
NEGOCIACIÓN DE DEUDAS. La solicitud de trámite de negociación de deudas podrá
ser presentada directamente por el deudor o a través de apoderado judicial y a ella se
anexarán los siguientes documentos:
1. Un informe que indique de manera precisa las causas que lo llevaron a la situación de
cesación de pagos.
4. 4
2. La propuesta para la negociación de deudas, que debe ser clara, expresa y objetiva.
3. Una relación completa y actualizada de todos los acreedores, en el orden de prelación
de créditos que señalan los artículos 2488 y siguientes del Código Civil, indicando
nombre, domicilio y dirección de cada uno de ellos, dirección de correo electrónico,
cuantía, diferenciando capital e intereses, y naturaleza de los créditos, tasas de interés,
documentos en que consten, fecha de otorgamiento del crédito y vencimiento, nombre,
domicilio y dirección de la oficina o lugar de habitación de los codeudores, fiadores o
avalistas. En caso de no conocer alguna información, el deudor deberá expresarlo.
4. Una relación completa y detallada de sus bienes, incluidos los que posea en el
exterior. Deberán indicarse los valores estimados y los datos necesarios para su
identificación, así como la información detallada de los gravámenes, afectaciones y
medidas cautelares que pesen sobre ellos y deberá identificarse cuáles de ellos tienen
afectación a vivienda familiar y cuáles son objeto de patrimonio de familia
inembargable.
5. Una relación de los procesos judiciales y de cualquier procedimiento o actuación
administrativa de carácter patrimonial que adelante el deudor o que curse contra él,
indicando el juzgado o la oficina donde están radicados y su estado actual.
6. Certificación de los ingresos del deudor expedida por su empleador o, en caso de que
sea trabajador independiente, una declaración de los mismos, que se entenderá rendida
bajo la gravedad de juramento.
7. Monto al que ascienden los recursos disponibles para el pago de las obligaciones
descontados los gastos necesarios para la subsistencia del deudor y de las personas a su
cargo si los hubiese, de conservación de los bienes y los gastos del procedimiento.
8. Información relativa a si tiene o no sociedad conyugal o patrimonial vigente.
En el evento en que la haya tenido, deberá aportar copia de la escritura pública o de la
sentencia por medio de la cual esta se haya liquidado, o de la sentencia que haya
declarado la separación de bienes, si ello ocurrió dentro de los dos (2) años anteriores a
la solicitud. En cualquiera de estos últimos casos, deberá adjuntar la relación de bienes
con el valor comercial estimado que fueron objeto de entrega.
9. Una discriminación de las obligaciones alimentarias a su cargo, indicando cuantía y
beneficiarios.
PARÁGRAFO PRIMERO. La información de la solicitud del trámite de negociación de
deudas y las declaraciones hechas por el deudor en cumplimiento de lo dispuesto en este
artículo, se entenderán rendidas bajo la gravedad del juramento y en la solicitud deberá
incluirse expresamente la manifestación de que no se ha incurrido en omisiones,
imprecisiones o errores que impidan conocer su verdadera situación económica y su
capacidad de pago.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La relación de acreedores y de bienes deberá hacerse con
corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a aquel en que se
presente la solicitud.
5. 5
ARTÍCULO 545. EFECTOS DE LA ACEPTACIÓN. A partir de la aceptación de la
solicitud se producirán los siguientes efectos:
1. No podrán iniciarse nuevos procesos ejecutivos, de restitución de bienes por mora en
el pago de los cánones, o de jurisdicción coactiva contra el deudor y se suspenderán los
procesos de este tipo que estuvieren en curso al momento de la aceptación. El deudor
podrá alegar la nulidad del proceso ante el juez competente, para lo cual bastará
presentar copia de la certificación que expida el conciliador sobre la aceptación al
procedimiento de negociación de deudas.
2. No podrá suspenderse la prestación de los servicios públicos domiciliarios en la casa
de habitación del deudor por mora en el pago de las obligaciones anteriores a la
aceptación de la solicitud. Si hubiere operado la suspensión de los servicios públicos
domiciliarios, estos deberán restablecerse y las obligaciones causadas con posterioridad
por este concepto serán pagadas como gastos de administración.
3. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la aceptación del trámite de negociación de
deudas el deudor deberá presentar una relación actualizada de sus obligaciones, bienes y
procesos judiciales, en la que deberá incluir todas sus acreencias causadas al día
inmediatamente anterior a la aceptación, conforme al orden de prelación legal previsto
en el Código Civil.
4. El deudor no podrá solicitar el inicio de otro procedimiento de insolvencia, hasta que
se cumpla el término previsto en el artículo 574.
5. Se interrumpirá el término de prescripción y no operará la caducidad de las acciones
respecto de los créditos que contra el deudor se hubieren hecho exigibles antes de la
iniciación de dicho trámite.
6. El pago de impuestos prediales, cuotas de administración, servicios públicos y
cualquier otra tasa o contribución necesarios para obtener el paz y salvo en la
enajenación de inmuebles o cualquier otro bien sujeto a registro, sólo podrá exigirse
respecto de aquellas acreencias causadas con posterioridad a la aceptación de la
solicitud. Las restantes quedarán sujetas a los términos del acuerdo o a las resultas del
procedimiento de liquidación patrimonial. Este tratamiento se aplicará a toda obligación
propter rem que afecte los bienes del deudor.
6. 6
MINUTA SUGERIDA PARA LA SOLICITUD DEL TRAMITE
Señores
CENTRO DE CONCILIACIÓN
JUAN PABLO II
Avenida Norte No 47 A-40 Oficina 032
Tunja, Boyacá
REFERENCIA: Solicitud de audiencia de conciliación proceso de insolvencia económica de
persona natural no comerciante.
Nombre del deudor(a), mayor de edad, con domicilio en esta ciudad, identificado(a) con la
cédula de ciudadanía número ____________ expedida en la ciudad de____________, actuando
en nombre propio1
y en mi condición de persona natural no comerciante, con fundamento en la
Ley 1564 de 2012, especialmente en el Artículo 531 y siguientes, y en Decreto Reglamentario
2677 del 2012, mediante el presente escrito, solicito que se inicie y tramite el correspondiente
proceso de negociación de deudas con mis acreedores, de quienes suministraré información
completa más adelante en esta solicitud.
Declaro que soy una persona natural no comerciante y, actualmente, estoy en cesación de pagos
con 2
acreedores por más de noventa (90) días y, el valor porcentual de mis obligaciones
incumplidas representa no menos del cincuenta (50%) por ciento del pasivo total a mi cargo,
cumpliendo de esta forma con los supuestos de insolvencia establecidos en el Artículo 538 del
Código General del Proceso, razón por la cual, es procedente este trámite.
De manera expresa manifiesto, bajo la gravedad del juramento, que toda la información que
suministro y adjunto en esta solicitud es verdadera. No he incurrido en omisiones, imprecisiones
o errores voluntarios que impidan conocer mi verdadera situación económica y capacidad de
pago.
1
Cuando se presente a través de apoderado, incluir toda la información pertinente: nombre completo,
domicilio, cédula, tarjeta profesional y domicilio del profesional del derecho.
2
Poner el número de acreedores con los que está en mora.
7. 7
1. LAS SIGUIENTES SON LAS CAUSAS QUE CONLLEVARON MI SITUACIÓN
DE INSOLVENCIA ECONÓMICA: 3
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
______________________________________________________
2. LOS ACREEDORES
Certifico que la información de los acreedores está diligenciada con corte al último día
calendario del mes inmediatamente anterior al que estoy presentando esta solicitud.
Acreedor No. 14
Nombre
# días obligación incumplida
C.C./Nit
Dirección de notificación/ciudad5
E-mail
Tipo de obligación6
Tipo garantía7
Cuantía total Obligación $
Capital $
Valor Intereses $
Tasa Interés %
Fecha Otorgamiento
Fecha Vencimiento
Clasificación del Crédito8
Información codeudor o avalista
Nombre
C.C. / Nit.
Domicilio
E Mail
Acreedor No. 2
Nombre
# días obligación incumplida
C.C./Nit
Dirección/ciudad
E-mail
Tipo de obligación
Tipo garantía
Cuantía total Obligación $
Capital $
3
Detallar las razones y circunstancias por las cuales se encuentra en esa situación financiera y en
cesación de pagos. Ser claro y conciso.
4
Usar el mismo formato para listar todos los acreedores, preferiblemente mencionando los créditos que
más tiempo tengan con obligaciones incumplidas.
5 Debe ser la misma de notificaciones de la Cámara de Comercio.
6
De consumo, hipotecario, comercial, prendario o automotor. También puede definir si es leasing u
obligación alimentaria.
7
Prenda, hipoteca, título valor (cheque, pagaré, letra), libranza, sentencia judicial, acuerdo conciliatorio
8
A nivel general: Primera clase: son las obligaciones alimentarias, laborales y del fisco. Segunda clase:
prendarias. Tercera clase: hipotecas. Cuarta clase: Quinta clase: son todas las otras obligaciones
8. 8
Valor Intereses $
Tasa Interés %
Fecha Otorgamiento
Fecha Vencimiento
Clasificación del Crédito
Información codeudor o avalista
Nombre
C.C. / Nit.
Domicilio
E Mail
Acreedor No. 3
Nombre
# días obligación incumplida
C.C./Nit
Dirección/ciudad
E-mail
Tipo de obligación
Tipo garantía
Cuantía total Obligación $
Capital $
Valor Intereses $
Tasa Interés %
Fecha Otorgamiento
Fecha Vencimiento
Clasificación del Crédito
Información codeudor o avalista
Nombre
C.C. / Nit.
Domicilio
E Mail
3. RESUMEN DE ACREENCIAS
Nombre Acreedores Valor Acreencia
% que representa con
relación a total
acreencias
# días
obligación
incumplida
Total acreencias 100%
4. RELACIÓN E INVENTARIO DE LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES:
9. 9
La siguiente relación corresponde al detalle completo de los todos los bienes que poseo:
BIENES INMUEBLES9:
Inmueble 1
Tipo de Inmueble10 :
Dirección :
Matrícula Inmobiliaria :
Escritura :
Notaría :
Tipo de Afectación11 :
Valor Comercial : $
Inmueble 2
Tipo de Inmueble :
Dirección :
Matrícula Inmobiliaria :
Escritura :
Notaría :
Tipo de Afectación :
Valor Comercial : $
Total inmuebles : $
BIENES MUEBLES12
:
Artículo Descripción Valor
Equipo Eléctrico y
Electrónico
Marca:
Modelo:
Estado:
$
Muebles Tipo:
Material:
Estado:
$
Vehículos Marca:
Placa:
Modelo:
Tránsito:
$
Joyas Tipo:
Material:
Estado:
$
Dinero en efectivo Descripción: $
9
Son inmuebles todos aquellos considerados bienes raíces
10 Ejemplo: casa, apartamento, lote, bodega, edificio
11
Tiene afectación a vivienda familiar o hipoteca
12
Los bienes muebles son aquellos que pueden trasladarse fácilmente de un lugar a otro, manteniendo su
integridad. Ejemplos de bienes muebles son los muebles, electrodomésticos, vehículos, cuentas por
cobrar, acciones, obras de arte, semovientes (ganado), joyas, enseres y bienes decorativos de la vivienda.
10. 10
Acciones Descripción: $
Cuentas por cobrar Descripción: $
Total bienes muebles: $
Resumen de inventario de bienes
Bienes Inmuebles : $
Bienes Muebles $
Total bienes : $
5. PROCESOS JUDICIALES
Los siguientes son los procesos judiciales o de jurisdicción coactiva que cursan en mi
contra13
:
Proceso 1
Tipo de Proceso
Juzgado
Radicado
Estado Actual
Proceso 1
Tipo de Proceso
Juzgado
Radicado
Estado Actual
6. INGRESOS
DETALLE DESCRIPCION VALOR
Fuente ingresos14
Tipo de soporte15
Ingreso Mensual16
$
Primas Sumar las primas y dividirlas por
doce meses
$
Comisiones $
Otros ingresos $
TOTAL $
13
En caso de no existir procesos judiciales o cobros coactivos, indicarlo expresamente, igualmente
manifestar que no conoce si están cursando este tipo de procesos en su contra, pues es muy posible que
existan y el deudor no tenga conocimiento porque no ha sido notificado de los mismos.
14 Indicar cómo obtiene sus ingresos, si es empleado o trabaja de manera independiente (sin ser
comerciante)
15 Indicar cómo prueba sus ingresos, si lo hace aportando una certificación laboral, uno o varios de sus
recibos de pago o realizando la declaración como persona natural independiente no comerciante.
16
Ingresar el valor básico del salario, más las comisiones, bonos o reconocimientos adicionales. De la
misma manera es necesario prorratear el valor de las primas. En el acuerdo de pago podrá estilarse que
en los meses de junio y diciembre, debido al pago de primas, podrá hacer aportes adicionales en la
misma proporción de los pagos.
11. 11
7. RELACIÓN DE GASTOS DE SUBSISTENCIA DEL DEUDOR Y PERSONAS A
CARGO
Los siguientes son los gastos necesarios para mi subsistencia y la de mi familia y
personas a cargo. Manifiesto que mis gastos son coherentes con mi situación de
insolvencia económica, por lo que mis gastos corresponden con lo estrictamente
necesario para mi sostenimiento y el de las personas a mi cargo.
Gastos de subsistencia
Ítem Valor
Energía $
Agua, Alcantarillado y Aseo $
Gas $
Telecomunicaciones (fijo, celular e internet) $
Televisión $
Arriendo $
Administración $
Salud $
Seguros $
Alimentación $
Educación $
Transporte $
Gastos proceso de insolvencia $
Otros gastos: Cuáles: $
Total gastos $
8. OBLIGACIONES ALIMENTARIAS
Las siguientes son las obligaciones alimentarias a mi cargo. Este valor está incluido en
la relación de mis gastos determinado en el Numeral 7 de esta solicitud.
OBLIGACIONES ALIMENTARIAS
NOMBRE BENEFICIARIO VINCULO VALOR
$
$
$
TOTAL $
9. DE LOS RECURSOS DISPONIBLES17
Los siguientes son los recursos mensuales que tengo disponibles para el pago de mis acreencias:
$
10. PROPUESTA DE PAGO
17
Los recursos disponibles para el pago de las obligaciones, conforme lo dispuesto en la ley, se
establecen restándole los gastos a los ingresos.
12. 12
De acuerdo con mis recursos disponibles, mi propuesta de pago clara, expresa y objetiva, es la
siguiente:
Nombre
del
Acreedor
CLASE
Valor
total de la
obligación
Cuota
mensual
propuesta18
Monto total
Quitas o
condonación
19
Pago anual
propuesto
Valor
total a
pagar
1 2 3 4 5
1ª clase
2ª Clase
3ª Clase
4ª clase
5ª clase
TOTAL
Propone ampliar el plazo del pago? SI_____ NO____ En cuántos meses propone
realizar el pago? ______
11. SOCIEDAD CONYUGAL Y PATRIMONIAL
Manifiesto que tengo sociedad conyugal vigente con el (la) señor(a) _____________, quien para
todos los efectos de este proceso se puede notificar en (dirección).20
12. SOLICITUD SOBRE LA TARIFA
Atendiendo las tarifas contenidas en el decreto 2677 de 2012, por las condiciones de
insolvencia económica en que me encuentro, con el debido respeto con fundamento en
Artículo 536 del decreto 1564 de 2012, le solicito fijar una tarifa que me permita tener
acceso a este mecanismo de negociación de mis obligaciones.
13. FUNDAMENTOS DE DERECHO
18 En caso de que el plan de pago del deudor supere los cinco años, el deudor deberá solicitar la
aprobación de una ampliación del tiempo. En este caso, para ser aprobada, se requiere del aval del
sesenta por ciento (60%) de los créditos.
19 En caso de que el deudor solicite condonaciones o quitas.
20
De no existir sociedad conyugal vigente, hacer la correspondiente declaración,. Si el deudor tuvo la
sociedad conyugal y está liquidada, deberá aportar copia de escritura pública o de la respectiva
sentencia que liquidó u ordenó la separación de los bienes, siempre y cuando esto haya ocurrido dentro
de los dos (2) años anteriores a la presentación de la solicitud. De presentarse estas dos situaciones, es
necesario acompañar con la solicitud la relación de bienes con el valor comercial que se tuvo en cuenta
para dicho procedimiento. Código General del Proceso, Artículo 539, Numeral 8.
13. 13
Fundamento esta solicitud, conforme al Título IV de la Ley 1564 de 2012, el decreto 2677 del
21 de diciembre de 2012 y demás disposiciones complementarias y conducentes.
14. ANEXOS
Para efectos del cumplimiento de los requisitos exigidos se anexan los siguientes documentos:
1. Certificado de ingresos y comprobantes de pago.
2. Certificado de existencia y representación legal expedido por la respectiva Cámara de
Comercio de los siguientes acreedores:
- Acreedor Persona Jurídica
- Acreedor Persona Jurídica
15. NOTIFICACIONES
En mi calidad de solicitante de este proceso, recibiré notificaciones en la siguiente
dirección: _______________________________ de ______________
Correo Electrónico: ____________________________
Teléfono Fijo: ____________
Teléfono Celular: _________________
Los acreedores recibirán las notificaciones en las direcciones descritas en el Punto
Número 2 de esta solicitud, ratificadas en las direcciones señaladas en las Cámaras de
Comercio de cada una de las entidades, anexas a esta solicitud.
Atentamente,
NOMBRE Y FIRMA DEL SOLICITANTE
C.C.
14. 14
TARIFAS
Medios de Pago: (Tarifas y políticas de pago del servicio)
1.El pago se realizará directamente en la sede del Centro de Conciliación.
2. Si la consignación fuere bancaria es indispensable que una vez realice el pago se dirija a la sede
donde radicó la solicitud y entregue copia del recibo de pago.
Políticas del pago del servicio:
1.El pago es inicial y con su acreditación se da curso al trámite.
2. Las obligaciones que el Centro de Conciliación y el conciliador adquieren con el usuario son de
medio y no de resultado, por ello se ponen los recursos y las habilidades del conciliador a
disposición para que el trámite sea exitoso. No se garantiza la consecución de acuerdos.
3. No habrá lugar a devoluciones de dinero.
4. Para calcular la tarifa se tomará como base, el monto del capital de los créditos a cargo del
deudor de conformidad con la relación de acreedores que se presente en la solicitud del trámite.
5. El Centro atenderá trámites cuyo monto de capital de los créditos a cargo del deudor, de
conformidad con la relación de acreedores, sea superior a 40 salarios mínimos mensuales legales
vigentes.
6. Una vez se realice el cálculo, se tomará en cuenta la tarifa establecida a continuación y el valor
resultante comprenderá tanto los gastos administrativos como los honorarios del conciliador.
Al resultado se le sumará el IVA.
16. 16
Políticas de las tarifas
El Centro, al momento de designar el conciliador, fijará la tarifa que corresponda pagar al
deudor para acceder al procedimiento de acuerdo privado. Dentro de los cinco (5) días
hábiles siguientes a la aceptación del cargo, el conciliador designado comunicará al deudor
el valor al que asciende dicho monto.
La tarifa máxima para la prestación del servicio será de Treinta Salarios Mínimos
Mensuales Legales Vigentes (30 SMMLV).
Si en el procedimiento se realizan más de cuatro (4) sesiones con el conciliador, se cobrará
el diez por ciento (10%) adicional sobre la tarifa inicialmente estimada, con independencia
del número de sesiones adicionales que se realicen.
Cuando la tarifa no sea cancelada dentro de los cinco (5) días siguientes a aquél en que el
deudor reciba la comunicación de que trata el artículo anterior, el conciliador rechazará la
solicitud. Contra dicha decisión sólo procederá el recurso de reposición, en los mismos
términos y condiciones previstos para el proceso civil.
Cuando se solicite la reforma del acuerdo de pago, de conformidad con el procedimiento
establecido, el Centro cobrará por dicho trámite, el 30% adicional de la tarifa inicialmente
estimada.
Cuando el deudor o alguno de los acreedores denuncie el incumplimiento del acuerdo de
pago y deba citarse a audiencia de reforma del acuerdo, el Centro cobrará por dicho trámite
el treinta por ciento (30%) adicional de la tarifa inicialmente estimada.
Con las anteriores anotaciones, las que se hacen con carácter informativo y colaboracionista, nos
suscribimos de ustedes como sus atentos servidores.
CENTRO DE CONCILIACION JUAN PABLO II DE TUNJA