El documento resume los conceptos clave relacionados con el comerciante según el Código de Comercio Venezolano. Explica que cualquier persona natural o jurídica puede ser comerciante si cumple con los requisitos de capacidad jurídica. También describe los tipos de sociedades mercantiles, los roles de los dependientes y administradores, y los procedimientos y funciones de las asambleas de accionistas de acuerdo con el código. Finalmente, presenta la misión y visión del Servicio Autónomo de Registros y Notarías
Derecho civil - Ley del comerciante
Quienes son considerados comerciante, obligaciones del comerciante, matricula, determinados comerciantes en particular, actos de comercio, libros y documentación comercial, documentos de cambio.
Derecho civil - Ley del comerciante
Quienes son considerados comerciante, obligaciones del comerciante, matricula, determinados comerciantes en particular, actos de comercio, libros y documentación comercial, documentos de cambio.
obligaciones empresariales, hacienda y fondo de comercio, contratos mercantiles y de servicios, operaciones de crédito y materia financiera, inversión extranjera, transferencia de tecnología, legislación administrativa, marco jurídico organizacional,
como se puede ver el proyecto se encuentra en proceso; con esta investigación se busca saber la viabilidad de una cooperativa de contadores en cartagena
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Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
Practica mercantil
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
El comerciante
FRANCIS ELENA
GÓMEZ MEDINA
12852100
2014/B
SAIA L
BARQUISIMETO 23 DE JUNIO DEL 2015
2. Cualquier
persona natural o
jurídica
•Salvo
disposiciones
de ley Art. 10 al
16 CC.
Capacidad
Jurídica de
Ejercicio
•Ejercer de
forma cotidiana
los actos de
comercio.
Tener ocupación
ordinaria y
profesional
•Llenar los
requisitos
administrativos y
legales de la
profesión
3. •Escrituras constitutivas de
las sociedades mercantiles
Registro de
comercio
•Sistema de contabilidad
adecuado
Contabilidad
Mercantil
•Razón de comercio.
Articulo 26 C. C.Firma
De acuerdo al C.
Comercio Titulo I
5. Son las que tienen por objeto uno o mas
actos de comercio
• Art. 200 C.C.
Tipos de comercio – Art. 201
• Compañía en nombre colectivo
• Compañía en comandita
• Compañía Anónima
• Compañía de responsabilidad limitada
6. •Las asambleas son ordinarias o extraordinarias
•Los accionistas deben asistir
•En las asambleas no se puede deliberar sino esta mas de la mitad del capital social que representa
•Deben reunirse por lo menos 01 vez por año
Artículo 271al 274
•Discute y aprueba o modifica el balance, con vista del informe de los comisarios.
•Nombra los administradores, llegado el caso.
•Nombra los comisarios.
•Fija la retribución que haya de darse a los administradores y comisarios, si no se halla establecida en
los estatutos.
•Conoce de cualquier otro asunto que le sea especialmente sometido.
Artículo 275
Funciones de la asamblea
•Las Asambleas deben ser convocadas por los administradores por la prensa, en periódicos de
circulación, con cinco días de anticipación por lo menos al fijado para su reunión.
Artículo 277
•Disolución anticipada de la sociedad.
•Prórroga de su duración.
•Fusión con otra sociedad.
•Venta del activo social.
•Reintegro o aumento del capital social.
•Reducción del capital social.
•Cambio del objeto de la sociedad.
•Reforma de los estatutos en las materias expresadas en los números anteriores
Artículo 280
Cuando los estatutos no
disponen de otra cosa, es
necesaria la presencia de las
tres cuartas partes del capital
para:
De acuerdo al
Código Comercio
Venezolano
7. Servicio Autónomo De Registros Y
Notarias
SAREN
•Ser un órgano que coadyuve a garantizar
la seguridad jurídica de los actos
protocolizados y autenticados de los
usuarios, mediante un sistema integral de
registros y notarías confiable, eficiente,
auto-sustentable y transparente.
visión
•Garantizar la seguridad jurídica de las
actuaciones de los usuarios mediante la
publicidad registral y fe pública, en el
marco de la legalidad, de procesos
expeditos y oportunos; ejerciendo el
control de las operaciones a nivel
nacional.
Misión