Este documento presenta un resumen de la Ley No 243 contra el acoso y violencia política hacia las mujeres en Bolivia. La ley busca prevenir, atender y sancionar actos de acoso y violencia contra mujeres en cargos políticos a través de mecanismos administrativos y penales. Define acoso y violencia política e incluye numerosos actos considerados como tales. Establece sanciones como amonestaciones, descuentos salariales y suspensión de cargos. También incorpora dos delitos al código penal relacionados con el acoso y la viol
La ley 243 de Bolivia tiene como objetivo prevenir, atender y sancionar actos de acoso y violencia política contra mujeres en cargos políticos o de representación. Se creó para proteger los derechos de participación política de las mujeres y abordar la impunidad que enfrentaban casos de acoso y violencia denunciados por organizaciones como ACOBOL. La ley define acoso y violencia política y establece mecanismos administrativos y penales para sancionar tales actos. Posteriormente, el decreto 2935 de 2016 reglamentó aspectos como los
La ley boliviana de 2012 tiene como objetivo establecer mecanismos para prevenir, atender y sancionar actos de acoso y violencia política hacia las mujeres, a fin de garantizar el ejercicio pleno de sus derechos políticos. Define acoso y violencia política, establece principios como igualdad e interculturalidad, e instituye instancias competentes para recibir denuncias y sancionar faltas administrativas o disciplinarias.
Este documento presenta información sobre la violencia política contra las mujeres. Define qué es la violencia política contra las mujeres y los tipos de violencia que incluye como psicológica, sexual, patrimonial y física. También describe los derechos políticos de las mujeres y los avances en América Latina, incluyendo leyes en países como Bolivia, El Salvador y Ecuador para prevenir y sancionar la violencia política contra las mujeres.
Pl 026 2012 2013 acoso y violencia politicaErbol Digital
La ley establece mecanismos para prevenir y sancionar el acoso y la violencia política hacia las mujeres en Bolivia con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades y el ejercicio pleno de sus derechos políticos. Define el acoso y la violencia política y enumera actos específicos que constituyen estas conductas. También establece principios como la no discriminación, participación e igualdad para guiar la aplicación de la ley.
Este documento es un decreto supremo que reglamenta una ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres en Bolivia. Establece estrategias y mecanismos para prevenir y atender casos de acoso y violencia política, incluyendo protocolos, capacitación, un mecanismo de atención inmediata, y un régimen administrativo para sancionar faltas a través de comisiones de ética. También define términos clave como acoso político, violencia política, y establece las instituciones responsables de la atención y procesamiento
Este documento es un decreto supremo que reglamenta una ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres en Bolivia. Establece estrategias y mecanismos para prevenir y atender casos de acoso y violencia política, incluyendo protocolos, capacitación, un mecanismo de atención inmediata y comisiones de ética para tratar denuncias a nivel administrativo. También define términos clave como acoso político, violencia política y establece las instituciones responsables de la atención y sanción de tales delitos.
La Ley 1257 de 2008 establece normas para prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres en Colombia. Define la violencia contra la mujer y otorga derechos como recibir asistencia legal gratuita y mantener la privacidad. Además, la ley ordena al Estado implementar programas de prevención, protección, atención y sanciones para los agresores, y establece protocolos para el sector salud en la atención a víctimas.
Esta ley establece normas para prevenir y sancionar todas las formas de violencia contra las mujeres en Colombia. Define violencia contra la mujer y tipos de daño como físico, sexual, psicológico y patrimonial. Establece derechos de las mujeres y víctimas de violencia como recibir atención integral y gratuita. También dictamina medidas de sensibilización, prevención y protección en ámbitos como educación, comunicaciones, laboral y salud. Las instituciones del Estado deben adoptar políticas y protocolos para prevenir la viol
La ley 243 de Bolivia tiene como objetivo prevenir, atender y sancionar actos de acoso y violencia política contra mujeres en cargos políticos o de representación. Se creó para proteger los derechos de participación política de las mujeres y abordar la impunidad que enfrentaban casos de acoso y violencia denunciados por organizaciones como ACOBOL. La ley define acoso y violencia política y establece mecanismos administrativos y penales para sancionar tales actos. Posteriormente, el decreto 2935 de 2016 reglamentó aspectos como los
La ley boliviana de 2012 tiene como objetivo establecer mecanismos para prevenir, atender y sancionar actos de acoso y violencia política hacia las mujeres, a fin de garantizar el ejercicio pleno de sus derechos políticos. Define acoso y violencia política, establece principios como igualdad e interculturalidad, e instituye instancias competentes para recibir denuncias y sancionar faltas administrativas o disciplinarias.
Este documento presenta información sobre la violencia política contra las mujeres. Define qué es la violencia política contra las mujeres y los tipos de violencia que incluye como psicológica, sexual, patrimonial y física. También describe los derechos políticos de las mujeres y los avances en América Latina, incluyendo leyes en países como Bolivia, El Salvador y Ecuador para prevenir y sancionar la violencia política contra las mujeres.
Pl 026 2012 2013 acoso y violencia politicaErbol Digital
La ley establece mecanismos para prevenir y sancionar el acoso y la violencia política hacia las mujeres en Bolivia con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades y el ejercicio pleno de sus derechos políticos. Define el acoso y la violencia política y enumera actos específicos que constituyen estas conductas. También establece principios como la no discriminación, participación e igualdad para guiar la aplicación de la ley.
Este documento es un decreto supremo que reglamenta una ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres en Bolivia. Establece estrategias y mecanismos para prevenir y atender casos de acoso y violencia política, incluyendo protocolos, capacitación, un mecanismo de atención inmediata, y un régimen administrativo para sancionar faltas a través de comisiones de ética. También define términos clave como acoso político, violencia política, y establece las instituciones responsables de la atención y procesamiento
Este documento es un decreto supremo que reglamenta una ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres en Bolivia. Establece estrategias y mecanismos para prevenir y atender casos de acoso y violencia política, incluyendo protocolos, capacitación, un mecanismo de atención inmediata y comisiones de ética para tratar denuncias a nivel administrativo. También define términos clave como acoso político, violencia política y establece las instituciones responsables de la atención y sanción de tales delitos.
La Ley 1257 de 2008 establece normas para prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres en Colombia. Define la violencia contra la mujer y otorga derechos como recibir asistencia legal gratuita y mantener la privacidad. Además, la ley ordena al Estado implementar programas de prevención, protección, atención y sanciones para los agresores, y establece protocolos para el sector salud en la atención a víctimas.
Esta ley establece normas para prevenir y sancionar todas las formas de violencia contra las mujeres en Colombia. Define violencia contra la mujer y tipos de daño como físico, sexual, psicológico y patrimonial. Establece derechos de las mujeres y víctimas de violencia como recibir atención integral y gratuita. También dictamina medidas de sensibilización, prevención y protección en ámbitos como educación, comunicaciones, laboral y salud. Las instituciones del Estado deben adoptar políticas y protocolos para prevenir la viol
Este documento presenta una ley boliviana que establece mecanismos, medidas y políticas integrales para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres. La ley define diferentes tipos de violencia contra las mujeres e incluye principios como la igualdad de género, la inclusión cultural y la despatriarcalización. El objetivo principal es garantizar a las mujeres una vida libre de violencia a través de la erradicación de todas las formas de discriminación y agresión.
El documento presenta el protocolo de acción institucional de la Universidad de Buenos Aires para prevenir e intervenir ante situaciones de violencia o discriminación de géneru u orientación sexual. Establece considerandos sobre la normativa internacional y nacional que protege los derechos humanos y prohíbe la discriminación y violencia de género. Define los tipos de violencia a abordar, como la violencia sexual y la institucional, e identifica la inestabilidad que estas situaciones generan en los procesos educativos.
Este documento resume la base legal normativa nacional e internacional relacionada al hostigamiento sexual en el ámbito laboral en Perú. Define qué es el hostigamiento sexual, sus manifestaciones y quiénes pueden ser víctimas. Explica el procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual en el sector público, incluyendo los plazos, órganos intervinientes y aspectos sancionadores.
Este documento es una ley aprobada por la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación. La ley establece mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación de acuerdo a la Constitución boliviana y tratados internacionales de derechos humanos. También define términos clave como discriminación, racismo, acción afirmativa y establece medidas de prevención, educación y sanción para eliminar conduct
Este documento es una ley promulgada por el presidente de Bolivia, Evo Morales Ayma, el 8 de octubre de 2010. La ley establece mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación de acuerdo con la constitución de Bolivia y tratados internacionales de derechos humanos. La ley también define términos como discriminación, racismo, acción afirmativa y acción preventiva. Además, establece que es responsabilidad del estado definir y adoptar políticas públicas para
Este documento presenta una ley boliviana contra el racismo y la discriminación. La ley establece mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación de acuerdo con la constitución boliviana y tratados internacionales de derechos humanos. También define términos como discriminación, racismo, acción afirmativa y otros. Además, la ley requiere que el estado boliviano implemente políticas públicas de prevención, educación y acción correctiva contra el racismo y la discriminación
Este documento presenta una ley boliviana contra el racismo y la discriminación. La ley establece mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación de acuerdo con la constitución boliviana y tratados internacionales de derechos humanos. También define términos como racismo, discriminación y acción afirmativa. Además, la ley requiere que el estado boliviano implemente políticas públicas de prevención, incluyendo educación, capacitación y difusión de información, para
Este documento presenta el Código de Ética de la Administración Pública Federal de México. Establece los principios éticos que deben guiar a los servidores públicos, como el respeto a los derechos humanos, la legalidad, la honradez y la imparcialidad. Define términos clave como acoso, corrupción y discriminación. También describe las obligaciones de los servidores públicos para promover la dignidad, la igualdad y prevenir conductas indebidas.
Este documento presenta una introducción al derecho de género y la perspectiva de género en la judicatura. Explica conceptos clave como sexo, género, identidad e orientación de género. Resalta la importancia de interpretar las leyes desde una perspectiva de respeto a la dignidad de todas las personas. También resume los principales instrumentos internacionales y leyes nacionales relacionadas con la igualdad de género y los derechos de las mujeres, incluyendo la Constitución Política de Colombia, la CEDAW,
LEY INTEGRAL PARA GARANTIZAR A LAS MUJERES UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Fernando Barrientos
La ley boliviana 348 establece mecanismos, medidas y políticas integrales para prevenir, atender y proteger a las mujeres de la violencia, así como perseguir y sancionar a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida libre de violencia. Define distintos tipos de violencia contra las mujeres e instituye al Estado como responsable de adoptar políticas públicas intersectoriales para prevenir la violencia contra las mujeres y atender a las víctimas.
Esta ley establece mecanismos y políticas para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres en Bolivia. Define la violencia contra las mujeres como cualquier acción u omisión que cause daño físico, sexual o psicológico a una mujer. Establece principios como la igualdad de género, la inclusión cultural y el trato digno de las mujeres. También define diversas formas de violencia como la física, psicológica, sexual, económica y mediática.
Este documento presenta la Ley 348 de Bolivia sobre garantizar una vida libre de violencia para las mujeres. Establece mecanismos, medidas y políticas integrales para prevenir, atender y proteger a las mujeres en situación de violencia, así como sancionar a los agresores. Define 17 tipos de violencia contra las mujeres, como violencia física, psicológica, sexual, económica, feminicidio, violencia simbólica y violencia institucional. El Estado asume como prioridad nacional la erradicación de la violencia hacia las mujeres.
Esta ley establece un marco legal para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en Argentina. Designa al Consejo Nacional de la Mujer como el organismo responsable de diseñar políticas públicas e implementar un plan de acción nacional para abordar este problema. Define los diferentes tipos de violencia contra las mujeres y establece derechos y principios rectores para garantizar la igualdad de género y proteger a las mujeres de la violencia.
LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE ...OVSGAgs
Este documento presenta un decreto aprobado por el Congreso del estado de Aguascalientes, México, que establece la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El decreto define la violencia de género contra las mujeres y establece un sistema para prevenirla, atender a las víctimas, sancionar a los agresores y erradicarla. Incluye disposiciones sobre los tipos de violencia, ámbitos en que ocurre, prevención, atención a víctimas a través de centros de at
Este documento presenta un resumen de la Ley 348 para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia en Bolivia. Explica los objetivos de la ley, los tipos de violencia que sanciona, las obligaciones de las instituciones estatales para hacerla cumplir, y las medidas de prevención que deben adoptarse, incluyendo la prevención estructural, individual y colectiva. Además, indica que la ley es de cumplimiento obligatorio para todas las personas y comunidades en Bolivia.
Este documento presenta un resumen de la Ley 348 para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia en Bolivia. Explica los objetivos de la ley, los tipos de violencia que sanciona, las obligaciones de las instituciones estatales para hacerla cumplir, y las medidas de prevención que deben adoptarse, incluyendo la prevención estructural, individual y colectiva. Además, indica que la ley es de cumplimiento obligatorio para todas las personas y comunidades en Bolivia.
La corrupción electoral es un problema que afecta a la sociedad en todos los niveles. Puede manifestarse de muchas formas, como manipulación del censo electoral, soborno de electores, o falsificación de resultados. Existen controles preventivos, punitivos y correctivos para combatirla, pero es a través de la educación ciudadana y la transparencia que se pueden lograr los mejores resultados.
Documento que contiene elementos básicos de apoyo para presentar una queja o denuncia ante el Instituto Nacional Electoral y cualquiera de sus órganos por conductas que puedan construir violencia política contra las mujeres.
Este documento presenta una ley boliviana que establece mecanismos, medidas y políticas integrales para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres. La ley define diferentes tipos de violencia contra las mujeres e incluye principios como la igualdad de género, la inclusión cultural y la despatriarcalización. El objetivo principal es garantizar a las mujeres una vida libre de violencia a través de la erradicación de todas las formas de discriminación y agresión.
El documento presenta el protocolo de acción institucional de la Universidad de Buenos Aires para prevenir e intervenir ante situaciones de violencia o discriminación de géneru u orientación sexual. Establece considerandos sobre la normativa internacional y nacional que protege los derechos humanos y prohíbe la discriminación y violencia de género. Define los tipos de violencia a abordar, como la violencia sexual y la institucional, e identifica la inestabilidad que estas situaciones generan en los procesos educativos.
Este documento resume la base legal normativa nacional e internacional relacionada al hostigamiento sexual en el ámbito laboral en Perú. Define qué es el hostigamiento sexual, sus manifestaciones y quiénes pueden ser víctimas. Explica el procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual en el sector público, incluyendo los plazos, órganos intervinientes y aspectos sancionadores.
Este documento es una ley aprobada por la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación. La ley establece mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación de acuerdo a la Constitución boliviana y tratados internacionales de derechos humanos. También define términos clave como discriminación, racismo, acción afirmativa y establece medidas de prevención, educación y sanción para eliminar conduct
Este documento es una ley promulgada por el presidente de Bolivia, Evo Morales Ayma, el 8 de octubre de 2010. La ley establece mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación de acuerdo con la constitución de Bolivia y tratados internacionales de derechos humanos. La ley también define términos como discriminación, racismo, acción afirmativa y acción preventiva. Además, establece que es responsabilidad del estado definir y adoptar políticas públicas para
Este documento presenta una ley boliviana contra el racismo y la discriminación. La ley establece mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación de acuerdo con la constitución boliviana y tratados internacionales de derechos humanos. También define términos como discriminación, racismo, acción afirmativa y otros. Además, la ley requiere que el estado boliviano implemente políticas públicas de prevención, educación y acción correctiva contra el racismo y la discriminación
Este documento presenta una ley boliviana contra el racismo y la discriminación. La ley establece mecanismos y procedimientos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación de acuerdo con la constitución boliviana y tratados internacionales de derechos humanos. También define términos como racismo, discriminación y acción afirmativa. Además, la ley requiere que el estado boliviano implemente políticas públicas de prevención, incluyendo educación, capacitación y difusión de información, para
Este documento presenta el Código de Ética de la Administración Pública Federal de México. Establece los principios éticos que deben guiar a los servidores públicos, como el respeto a los derechos humanos, la legalidad, la honradez y la imparcialidad. Define términos clave como acoso, corrupción y discriminación. También describe las obligaciones de los servidores públicos para promover la dignidad, la igualdad y prevenir conductas indebidas.
Este documento presenta una introducción al derecho de género y la perspectiva de género en la judicatura. Explica conceptos clave como sexo, género, identidad e orientación de género. Resalta la importancia de interpretar las leyes desde una perspectiva de respeto a la dignidad de todas las personas. También resume los principales instrumentos internacionales y leyes nacionales relacionadas con la igualdad de género y los derechos de las mujeres, incluyendo la Constitución Política de Colombia, la CEDAW,
LEY INTEGRAL PARA GARANTIZAR A LAS MUJERES UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Fernando Barrientos
La ley boliviana 348 establece mecanismos, medidas y políticas integrales para prevenir, atender y proteger a las mujeres de la violencia, así como perseguir y sancionar a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida libre de violencia. Define distintos tipos de violencia contra las mujeres e instituye al Estado como responsable de adoptar políticas públicas intersectoriales para prevenir la violencia contra las mujeres y atender a las víctimas.
Esta ley establece mecanismos y políticas para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres en Bolivia. Define la violencia contra las mujeres como cualquier acción u omisión que cause daño físico, sexual o psicológico a una mujer. Establece principios como la igualdad de género, la inclusión cultural y el trato digno de las mujeres. También define diversas formas de violencia como la física, psicológica, sexual, económica y mediática.
Este documento presenta la Ley 348 de Bolivia sobre garantizar una vida libre de violencia para las mujeres. Establece mecanismos, medidas y políticas integrales para prevenir, atender y proteger a las mujeres en situación de violencia, así como sancionar a los agresores. Define 17 tipos de violencia contra las mujeres, como violencia física, psicológica, sexual, económica, feminicidio, violencia simbólica y violencia institucional. El Estado asume como prioridad nacional la erradicación de la violencia hacia las mujeres.
Esta ley establece un marco legal para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en Argentina. Designa al Consejo Nacional de la Mujer como el organismo responsable de diseñar políticas públicas e implementar un plan de acción nacional para abordar este problema. Define los diferentes tipos de violencia contra las mujeres y establece derechos y principios rectores para garantizar la igualdad de género y proteger a las mujeres de la violencia.
LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE ...OVSGAgs
Este documento presenta un decreto aprobado por el Congreso del estado de Aguascalientes, México, que establece la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. El decreto define la violencia de género contra las mujeres y establece un sistema para prevenirla, atender a las víctimas, sancionar a los agresores y erradicarla. Incluye disposiciones sobre los tipos de violencia, ámbitos en que ocurre, prevención, atención a víctimas a través de centros de at
Este documento presenta un resumen de la Ley 348 para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia en Bolivia. Explica los objetivos de la ley, los tipos de violencia que sanciona, las obligaciones de las instituciones estatales para hacerla cumplir, y las medidas de prevención que deben adoptarse, incluyendo la prevención estructural, individual y colectiva. Además, indica que la ley es de cumplimiento obligatorio para todas las personas y comunidades en Bolivia.
Este documento presenta un resumen de la Ley 348 para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia en Bolivia. Explica los objetivos de la ley, los tipos de violencia que sanciona, las obligaciones de las instituciones estatales para hacerla cumplir, y las medidas de prevención que deben adoptarse, incluyendo la prevención estructural, individual y colectiva. Además, indica que la ley es de cumplimiento obligatorio para todas las personas y comunidades en Bolivia.
La corrupción electoral es un problema que afecta a la sociedad en todos los niveles. Puede manifestarse de muchas formas, como manipulación del censo electoral, soborno de electores, o falsificación de resultados. Existen controles preventivos, punitivos y correctivos para combatirla, pero es a través de la educación ciudadana y la transparencia que se pueden lograr los mejores resultados.
Documento que contiene elementos básicos de apoyo para presentar una queja o denuncia ante el Instituto Nacional Electoral y cualquiera de sus órganos por conductas que puedan construir violencia política contra las mujeres.
En la ciudad de Pasto, estamos revolucionando el acceso a microcréditos y la formalización de microempresarios informales con nuestra aplicación CrediAvanza. Nuestro objetivo es empoderar a los emprendedores locales proporcionándoles una plataforma integral que facilite el acceso a servicios financieros y asesoría profesional.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Cronica-de-una-Muerte-Anunciada - Gabriel Garcia Marquez.pdf
Presentación VIOLENCIA 1 SIN.pptx
1. LEY Nº 243 CONTRA EL ACOSO Y VIOLENCIA
POLÍTICA HACIA LAS MUJERES
SENADORA: VIRGINIA VELASCO CONDORI
2. ANTECEDENTES
La necesidad de un ley contra el acoso y violencia política hacia
mujeres, fue generada por las organizaciones de mujeres
políticas, así la Asociación de Alcaldesas y Concejalas de Bolivia
(ACOBOL) entre los años 2000 – y 2009, levantó a nivel nacional
un promedio de 249 testimonios sobre diferentes casos
denunciados de acoso y violencia política, dando un promedio
de 28 casos por año (ACOBOL. 2011:2).
Los casos más denunciados fueron por:
(i) presión para la renuncia de concejalas,
(ii) actos de violencia sexual, física y psicológica así como
exceso de autoridad contra concejalas
(iii) impedimento en el ejercicio de sus funciones y
ocupación ilegal de la concejalía,
(iv) congelamiento ilegal de salarios,
(v) discriminación y
(vi) difamación y calumnia.
3. Del total de casos denunciados, el 40% fueron derivados
a instancias públicas de gobierno, quedando todos en la
impunidad. El 32% no tuvo ninguna respuesta y el 7,6%
las instituciones se excusaron indicando no tener
competencia en la situación.
ANTECEDENTES
El caso de la Concejala Juana Quispe Apaza, fue el que dio el
impulso final a la norma, quien presentó amparos el 5 de
Agosto y el 14 de Octubre del 2010, denunciando abuso
verbal y físico por parte del Alcalde y los Concejales del
Municipio de Ancoraimes. El 13 de Marzo del 2012 su
cuerpo sin vida fue hallado detrás del Hospital Obrero de la
ciudad de La Paz.
Ello y otros casos conllevaron a que el 29 de mayo de 2012
se publicará la Ley Nº 243.
4. Art. 15. II. Todas las personas, en particular las mujeres,
tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o
psicológica, tanto en la familia como en la sociedad.
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL
Art. 26. I. La participación en la formación y ejercicio del
poder político será equitativa y en igualdad de
condiciones entre hombres y mujeres.
Art. 147. I. En la elección de asambleístas se garantizará
la igual participación de hombres y mujeres.
Art. 210. II. La elección interna de las dirigentes y los
dirigentes y de las candidatas y los candidatos de las
agrupaciones ciudadanas garantizará la igual
participación de hombres y mujeres.
5. PARIDAD Y ALTERNANCIA
Art. 2. h) Equivalencia. Paridad implica igual
número de candidatos hombres y mujeres para
todos los cargos.
Alternancia implica que si el titular es hombre
la suplente debe ser mujer y viceversa.
La Ley Nº 026 consagra la paridad y alternancia de
las candidatas y candidatos, garantizando la
participación de las mujeres en los espacios de
representación política.
6. OBJETO DE LA LEY Nº 243
Art.2: Formar mecanismos de:
Prevención (como evitar)
Atención (que hacer)
Sanción (que castigo dar), en vía
administrativa y penal
Contra actos individuales o colectivos de ACOSO y/o VIOLENCIA
POLÍTICA hacia las mujeres.
7. PRINCIPIOS
a. Igualdad de oportunidades.- para hombres y mujeres.
b. No Violencia.-
c. No Discriminación.-
d. Equidad.- condiciones adecuada para participación de las mujeres
f. Control Social.-
g. Despatriarcalización.-
8. PRINCIPIOS
e. Participación Política.-.
f. Control Social.-
g. Despatriarcalización.-
h. Interculturalidad.-
i. Acción Positiva.- El Estado debe adoptar medidas para disminuir brechas
entre hombres y mujeres.
9. CONCEPTO DE ACOSO POLÍTICO
El Art. 7 inc. a) define el concepto de acoso, con los siguiente
componentes:
1. Acto o conjunto de actos de presión, persecución, hostigamiento o amenazas.
2. Cometidos por una persona o grupo de personas, directamente o a través de
terceros.
3. En contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función
político - pública o en contra de sus familias.
4. Con el propósito de acortar, suspender, impedir o restringir las funciones
inherentes a su cargo, para inducirla u obligarla a que realice, en contra de su
voluntad, una acción o incurra en una omisión, en el cumplimiento de sus funciones
o en el ejercicio de sus derechos.
10. CONCEPTO DE VIOLENCIA POLÍTICA
El Art. 7 inc. b) define el concepto de violencia política, con los
siguiente componentes:
1. Acciones, conductas y/o agresiones físicas, psicológicas, sexuales
2. Cometidos por una persona o grupo de personas, directamente o a través de
terceros.
3. En contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función
político - pública o en contra de sus familias.
4. Con el propósito de acortar, suspender, impedir o restringir las funciones
inherentes a su cargo, para inducirla u obligarla a que realice, en contra de su
voluntad, una acción o incurra en una omisión, en el cumplimiento de sus funciones
o en el ejercicio de sus derechos.
11. SON ACTOS DE ACOSO Y VIOLENCIA POLÍTICA
DE ACUERDO AL Art. 8) LOS SIGUIENTES:
a. Imponer actividades y tareas ajenas a las funciones
y atribuciones de su cargo.
b. Limitar el ejercicio de la función político – pública.
c. Dar información falsa, errada o imprecisa a las
mujeres.
d. Evitar por cualquier medio que las mujeres asistan a
las sesiones ordinarias o extraordinarias o a
cualquier otra actividad que implique la toma de
decisiones.
e. Proporcionar al Órgano Electoral Plurinacional,
datos falsos o información incompleta sobre la
candidata.
f. Impedir o restringir la reincorporación al cargo
cuando hagan uso de una licencia justificada.
12. ACTOS DE ACOSO Y
VIOLENCIA POLÍTICA
g. Restringir el uso de la palabra, en las sesiones u
otras reuniones.
h. Restringir el cumplimiento de los derechos
políticos de las mujeres que ejercen función
político - pública.
i. Restringir o impedir el uso de las acciones
constitucionales.
j. Imponer sanciones injustificadas.
k. Aplicar multas arbitrarias.
l. Discriminar por cualquier razón.
m. Limitar derechos por encontrarse en estado de
embarazo, parto o puerperio.
13. ACTOS DE ACOSO Y
VIOLENCIA POLÍTICA
n. Divulgar o revelar información personal y privada,
de las mujeres menoscabando su dignidad.
o. Divulgar información falsa relativa a las funciones
político - públicas, desprestigiándola.
p. Presionar o inducir a las autoridades electas o
designadas a presentar renuncia al cargo.
q. Obligar mediante la fuerza o intimidación a las
autoridades electas o designadas en el ejercicio de
sus funciones político - públicas, suscribir todo
tipo de documentos y/o avalar decisiones
contrarias a su voluntad, al interés público o
general.
14. OTROS ACTOS CONSTITUTIVOS DE VIOLENCIA y/o
ACOSO
Violencia sexual digital: actos de
violencia mediante amenaza de
publicación de contenidos
Ciberacoso: mediante vías
digitales o redes sociales
Campañas de difamación y
desprestigio: en redes sociales u otros
15. NULIDAD (Art. 9)
CUALQUIER ACTO REALIZADO POR UNA MUJER QUE SUFRA ACOSO O VIOLENCIA
POLÍTICA, ES NULO, ESTO INCLUYE RENUNCIA AL CARGO, VOTOS EN SESIONES
ORDINARIAS O EXTRAORDINARIAS, RESOLUCIONES O NORMAS APROBADOS Y
OTROS.
LA NULIDAD DEL ACTO OPERA
CUANDO SE HUBIERA
DEMOSTRADO EL ACTO DE ACOSO
O VIOLENCIA, ESTABLECIDO EN UNA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA O
JUDICIAL EJECUTORIADA.
16. POLITICAS PÚBLICAS
El Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional es la cabeza de sector que
debe coordinar todas las políticas para la prevención, atención y sanción de
casos de acoso y violencia política. Con las siguientes atribuciones:
a) Elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, en el
marco de la Ley N° 243 y de su decreto reglamentario.
b) Coordinar con las instituciones públicas del nivel nacional del Estado y de las ETAs
la implementación de la ley y de su decreto reglamentario. Diseñar y coordinar la
implementación de protocolos de atención para casos de AVP.
c) A través del SIJPLU y del SEPDAVI, informar, asesorar legalmente y dar asistencia
integral a mujeres en situación de AVP.
17. ESTADO DE SITUACIÓN
El Tribunal Supremo Electoral emitió el reglamento para recepción de denuncias por
casos de acoso y violencia política para su posterior remisión al Ministerio Público, de
los cuales se tiene lo siguientes datos por gestión:
2015 2016 2017 2018 2019 Total
Denuncias de
violencia o
acoso
0 1 10 92 21 124
Renuncias por
violencia o
acoso
0 1 4 18 12 35
Renuncias por
motivos
personales
2 10 13 37 41 103
18. • La mayoría de las renuncia a cargos se deben a acuerdos de gestión
compartida, estos acuerdos suponen que las mujeres titulares son
obligadas a dejar sus cargos a los suplentes. (TSE).
• En el siguiente cuadro se diferencia las denuncias presentadas según
tipo de autoridad
ASAMBLEISTAS
NACIONALES
CONSEJALAS AUTORIDADES
INDIGENAS
Total
Denuncias de
violencia o
acoso
6 116 1 123
19. SANCION
La sanción contra los actos de acoso y violencia política se da por dos
vías, la administrativa y la vía penal.
• En la vía administrativa se sanciona
los actos según su gravedad, en faltas
leves, graves y gravísimas:
• En la vía penal se tipifican los
delitos de Acoso Político y
Violencia Política.
20. • La sanción para faltas leves es
amonestación escrita con registro.
VIA ADMINISTRATIVA.
Las faltas pueden ser leves, graves o gravísimas
• La sanción para faltas graves es
amonestación escrita con registro y
descuento del 20% de su salario
• La sanción para faltas gravísimas es
suspensión del cargo por 30 días sin goce
de haberes.
• FALTAS LEVES: las
establecidas en el inc. a)
al c) del Art. 8
• FALTAS GRAVES: las
establecidas en el inc. d)
al h) del Art. 8
• FALTAS GRAVISIMAS: las
establecidas en el inc. i) al
q) del Art. 8
21. • La Ley Nº 243 incorporó dos delitos de acción pública al Código Penal
Boliviano:
VIA PENAL
“Artículo 148 Bis. (ACOSO POLÍTICO
CONTRA MUJERES).- Quien o quienes
realicen actos de presión, persecución,
hostigamiento y/o amenazas en contra
de una mujer electa, designada o en el
ejercicio de la función político - pública
y/o de sus familiares, durante o después
del proceso electoral, que impida el
ejercicio de su derecho político, será
sancionado con pena privativa de
libertad de dos (2) a cinco (5) años.”
“Artículo 148 Ter. (VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA
MUJERES).- Quien o quienes realicen actos y/o
agresiones físicas y psicológicas contra mujeres
candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la
función político – pública y/o en contra de sus
familiares, para acortar, suspender e impedir el
ejercicio de su mandato o su función, será
sancionado con pena privativa de libertad de tres
(3) a ocho (8) años. En casos de actos o agresiones
sexuales contra las mujeres candidatas, electas,
designadas o en ejercicio de la función político –
pública, se sancionará conforme dispone este
Código Penal.”
22. VIA PENAL
Ambos delitos tienen una agravante de un tercio para los mismos caso en que se prevé la
máxima sanción en vía administrativa.
Una misma conducta puede ser sancionada tanto en vía penal como en vía administrativa
al tener diferente fundamento la sanción impuesta.
Acoso Político contra
Mujeres, Art.148 bis
34
Violencia Política contra
mujeres, Art.148 Ter
26
Denuncias en fiscalía 2021 Denuncias en fiscalía 2022
Acoso Político contra
Mujeres, Art.148 bis
47
Violencia Política
contra mujeres,
Art.148 Ter
29
El TSE reportó en marzo de 2022 que desde la vigencia de la norma se han presentado 677
denuncias por violencia y acoso político a nivel nacional, pero existen muy pocas
sentencias ejecutoriadas.
23. • La Ley Nº 243 establece que en caso de que se limite el ejercicio de
derechos políticos a mujeres por acoso o violencia política, estos derechos
pueden ser restituidos vía amparo constitucional de forma directa.
Jurisprudencia relevante:
SCP 0149/2014-S3-La renuncia de una mujer electa presentada al TSE debe
ser remitida al órgano deliberativo para su aprobación no pudiendo
habilitarse al suplente de forma directa.
SCP 1123/2017-S3 el principio de paridad y alternancia no solo rige para la
etapa electoral sino también para el ejercicio del cargo.
SCP 0343/2021-S4 “…la renuncia de autoridades electas debe estar
libre de toda coacción, violencia, instigación, incitación y/o presión
proveniente de terceros, lo contrario, conlleva a su ineficacia jurídica,
RESTITUCIÓN DE DERECHOS POR VIA
CONSTITUCIONAL