El Derecho Ambiental se puede afirmar que por esencia es un Derecho internacional debido a que sus orígenes como su corpus disciplinario y sus fuentes histórico-materiales y su enfoque se relación a con determinados problemas de orden ambiental global.
Unidad 1 de Derecho Ambiental. Conceptos generales y características del ambiente como un derecho difuso establecido en la Constitución Nacional del Paraguay de 1992.
ENJ-200 Derechos Colectivos y Difusos: Medio Ambiente, Agua y Desarrollo.ENJ
ENJ-200 Curso Derechos Colectivos y Difusos (Julio-Septiembre 2019).
Organizador:
Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ).
Encuentros:
Primer: 30 de agosto ;
Segundo: 6 de septiembre ;
Tercer: 13 de septiembre;
Cuarto: 20 de septiembre ;
Quinto: 27 de septiembre del 2019.
Docentes:
*Claudio Aníbal Medrano Mejía;
*Manuel Ramírez Suzaña;
*Hermógenes Acosta;
*Mayra Zuleica Cabral Brea;
*Amaury Reyes Torres ;
*Frinette Padilla.
DERECHO AMBIENTAL INTERNO E INTERNACIONAL, VIÉNDOLO DESDE UNA ÓPTICA CIVILmiguellugo2020
La ley es una norma dictada por el legislador, es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia cuyo incumplimiento conlleva a una sanción. Además, es una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite. Es así como se crea la ley general de medio ambiente y recursos naturales, la número 64-00, del 18 de agosto del año 2000, la misma tiene como misión proteger, preservar, controlar el medio ambiente y los recursos naturales y, por ende, sancionar penalmente las conductas relevantes cometidas por los individuos y por las personas jurídicas, cuando estas, comenten ilícitos penales y, por consiguiente, el debido resarcimiento a terceras personas que hayan sufrido un daño en lo civil.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPRIOR
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO AMBIENTAL
Participante:
Ambar Mogollón CI: 23.833.273
Sección: Saia C
Cátedra: Derecho Ambiental
Facilitadora: Abg. Livia Rodríguez.
2. ANTECEDENTES HITÓRICOS DEL DERECHO AMBIENTAL
ETAPAS: HECHOS PRINCIPALES:
• En la Era Romana, antes del Código de
Hammurabi, era notable en la sociedad la
necesidad de establecer regulaciones al respecto
de la conservación ambiental.
• A pesar de que en el Derecho Romano no se
destacaron las regulaciones de tipo ambiental, la
misma dinámica social apuntaba a la
conservación de los recursos naturales, debido a
que ellos aprovecharon los recursos de los
cuales hago mención en pro del desarrollo de su
comunidad, todo esto sin ocasionar daños al
medio ambiente. De esta manera podían los
nucleos romanos vivir en armonía con el
ambiente sin necesidad de una regulación legal
expresa en la materia. Asimismo esto fue
extendido en la época feudal y en la Edad Media.
• 1.705: Thomas New crea la primera máquina de motor,
mejorada a su vez por el físico James Watt logrando así
superar el traslado del agua por gravedad.
• 1.962: Surge una élite de intelectuales en pro de las ideas de
conservación y protección del ambiente creando las primeras
organizaciones protectoras para éste. Al mismo tiempo, surge
otro hecho determinante que fue la publicación del libro de
Rachel Carson que llego a obtener la titulado “Primavera
Silenciosa”, donde se tocaba la temática de los efectos
perjudiciales que los químicos y pesticidas de uso agrícola
podían ocasionar al ambiente.
• 1968: El Código Civil de Venezuela, incorpora normas
conservacionistas en materia ambiental.
• En 1972: Tiene lugar en Suecia, la Cumbre de Estocolmo, que
fue la primera reunión de países miembros de la ONU para la
protección del medio ambiente.
• 1992: Se realiza una Cumbre mundial sobre el medio
ambiente y el desarrollo en la ciudad de Rio de Janeiro.
• 2011: En Suráfrica se celebra la Cumbre del Clima para
acordar medidas que traten de frenar el cambio climático que
causa estragos en el planeta tierra, entre otros.
18. Convención sobre el Comercio Internacional de
Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres
FUENTES
19. Consiste en el ordenamiento jurídico que
viene a tipificar ciertas normativas para
evitar la proliferación de la contaminación
ambiental y que de esta forma prevalezca
un medio ambiente saludable en aras de
su protección.
ANÁLISIS BREVE DE LA PRIMERA
DEFINICIÓN .
21. FUNDAMENTOS
LEGALES:
Ley Orgánica
del Ambiente
Ley Penal del
Ambiente
Ley Sobre
Sustancias,
Materiales y
Desechos
Peligrosos.
Resolución N°
56 de fecha
04 de julio del
1.996
Ley de
Gestión y de
la Diversidad
Biológica.
Ley de Bosques
y Gestión
Forestal
( Art. 107 al 129)
Ley Orgánica
de
Hidrocarburos