El documento describe múltiples violaciones cometidas por la Comisión Nacional Organizadora de la convención del PRD para elegir candidato presidencial. Entre ellas se incluyen no excluir padrones de militantes de otros partidos como mandató el CEN, negarse a implementar exclusiones realizadas por comisiones locales, y extender el horario de votación sin resolución. También señala evidencia de participación masiva de peledeistas y reformistas en la convención, y que el presidente de la CNO se negó a cruzar listados para verificar esto.
El Jurado Nacional de Elecciones, mediante Resolución N° 093-2016-JNE, declaró infundados los recursos de apelación interpuestos por TODOS POR EL PERÚ con las resoluciones de primera instancia que declararon improcedente la modificación del símbolo partidario e improcedente la solicitud de modificación de Estatuto, inscripción de nuevo Tribunal Nacional Electoral e inscripción de Nuevo Comité Ejecutivo Nacional.
El Jurado Nacional de Elecciones - JNE aprobó la resolución que precisa la normativa y cronograma para el proceso de Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino
Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...Oscar Carmona Beltrán
A cuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se aprueban los Lineamientos
para el registro de candidaturas independientes para los Procesos Electorales Ordinarios en el Distrito Federal y la
Convocatoria dirigida a la ciudadanía del Distrito Federal interesada en obtener registro a las candidaturas
independientes a los cargos de Jefatura Delegacional y Diputaciones a la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal, en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015
El JNE aprobó el Reglamento para la Fiscalización del Ejercicio de la Democrácia Interna de los Partidos Políticos y las Alianzas Electorales aplicables para las Elecciones Generales del año 2016.
El JNE estableció el número de escaños del Congreso de la República que corresponde a cada Distrito Electoral, así como la aplicación de la Cuota de Género y el número máximo de candidatos designados por el Partido Político en las Elecciones Generales del año 2016.
Regulan la forma y condiciones para solicitar la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo a que se refiere el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nro. 012-2019, mediante Resolución de Superintendencia Nro. 057-2020/SUNAT (publicado el día 18 de marzo de 2020)
El Jurado Nacional de Elecciones - JNE aprobó el Reglamento del Procedimiento aplicable a las Actas Observadas en Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino.
El Jurado Nacional de Elecciones, mediante Resolución N° 093-2016-JNE, declaró infundados los recursos de apelación interpuestos por TODOS POR EL PERÚ con las resoluciones de primera instancia que declararon improcedente la modificación del símbolo partidario e improcedente la solicitud de modificación de Estatuto, inscripción de nuevo Tribunal Nacional Electoral e inscripción de Nuevo Comité Ejecutivo Nacional.
El Jurado Nacional de Elecciones - JNE aprobó la resolución que precisa la normativa y cronograma para el proceso de Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino
Lineamientos registro candidaturas independientes y convocatoria. iedf. godf ...Oscar Carmona Beltrán
A cuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se aprueban los Lineamientos
para el registro de candidaturas independientes para los Procesos Electorales Ordinarios en el Distrito Federal y la
Convocatoria dirigida a la ciudadanía del Distrito Federal interesada en obtener registro a las candidaturas
independientes a los cargos de Jefatura Delegacional y Diputaciones a la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal, en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015
El JNE aprobó el Reglamento para la Fiscalización del Ejercicio de la Democrácia Interna de los Partidos Políticos y las Alianzas Electorales aplicables para las Elecciones Generales del año 2016.
El JNE estableció el número de escaños del Congreso de la República que corresponde a cada Distrito Electoral, así como la aplicación de la Cuota de Género y el número máximo de candidatos designados por el Partido Político en las Elecciones Generales del año 2016.
Regulan la forma y condiciones para solicitar la devolución del Impuesto Selectivo al Consumo a que se refiere el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nro. 012-2019, mediante Resolución de Superintendencia Nro. 057-2020/SUNAT (publicado el día 18 de marzo de 2020)
El Jurado Nacional de Elecciones - JNE aprobó el Reglamento del Procedimiento aplicable a las Actas Observadas en Elecciones Generales y de Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino.
Informe 6 DEL MAS, INTEGRANTE DE UNIDAD DEMOCRÁTICATania Roja
NORMAS DE DEMOCRACIA INTERNA PARA LA ELECCIÓN DEL CANDIDATO PRESIDENCIAL Y DE LOS CANDIDATOS AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Y AL PARLAMENTO ANDINO. DIRECTIVA N° 05-COEN-UD
Servicio Electoral, Acuerdo Dicta normas e instrucciones para el desarrollo d...Andrés Retamales
Servicio Electoral, Acuerdo Dicta normas e instrucciones para el desarrollo de la Elección Presidencial, en segunda votación, del 19 de diciembre de 2021, en DO. 26 de noviembre 2021.
Disponible en:
http://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2021/11/26/43113/01/2048852.pdf
El Comité Ejecutivo Nacional de MORENA
C O N V O C A
Al proceso de selección delas candidaturas de Gobernador/a, Diputados/as por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, a Presidentes/as
Municipales, Síndicos/as y Regidores/as de los
Ayuntamientos para el proceso electoral 2014-2015 en el Estado de Colima.
Contiene fecha y hora de las asambleas
Basadas en las mismas bases comiciales con las que se convocó la Asamblea Nacional Constituyente en 1999, pero con algunas exigenecias al CNE para lograr unas elecciones justas, llamamos al #pueblo a dar luz con nuestras firmas
Resolución 069-2009, de la Cámara Contenciosa JCE, que declara inadmisible solicitud de revocación de la resolución 068-2009, que suspende Asamblea de Delegados de la XXVII Convención Ordinaria del PRD que juramentaría dirigencia elegida el 27 de septiembre
Resolución 068/2009, de la Cámara Contenciosa JCE, que suspende Asamblea de Delegados de la XXVII Convención Ordinaria del PRD que juramentaría dirigencia elegida el 27 de septiembre
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
1. LA VERDAD DE LA CONVENCION DEL PRD Evidencias de la participación masiva de peledeistas y reformistas para tratar de imponer el Candidato a la Presidencia del PRD 21 de marzo del 2011
2. VIOLACIONES DE LA COMISION NACIONAL ORGANIZADORA DE LA CONVENCION MANDATO DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL (CEN): 5TA RESOLUCION DEL CEN DEL 6 DE DICIEMBRE DEL 2010 “ Declarar abierta, a partir de esta fecha, la campaña interna, la cual tendrá una duración de tres meses, y en consecuencia, fijar para el día domingo 6 de marzo de 2011 la celebración en todo el territorio nacional y en las Seccionales del exterior, de la elección del Candidato Presidencial del Partido Revolucionario Dominicano, mediante el voto universal, con un padrón semi abierto, es decir, el padrón de la Junta Central Electoral, una vez que se hayan excluido los padrones de los militantes del Partido de la Liberación Dominicana, del Partido Reformista Social Cristiano y de sus aliados en las elecciones congresuales y municipales del año 2010. Dicho padrón semi-abierto será enviado a los respectivos municipios a fin de determinar quienes tienen derecho a participar en la XXIX Convención Extraordinaria y evitar que personas de reconocida militancia en otros partidos puedan estar incluidos en dicho empadronamiento .”
3. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #1: Una parte de la CNO violó la 5ta. Resolución del CEN al no excluir los padrones de militantes del PLD y del PRSC .
4. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #2 : Una parte de la CNO violó la 5ta. Resolución al negarse a implementar las exclusiones realizadas por las Comisiones Locales Organizadoras ante la negativa de firmarlas de los representantes del otro precandidato.
5. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #3 : Una parte de la CNO violó el Artículo 15 del Reglamento de la Convención al rechazar dar curso al derecho de Miguel Vargas de solicitar la exclusión de 209,000 peledeistas y reformistas que las Comisiones Locales Organizadoras habían realizado y que los representantes de la otra parte se negaron a firmar.
6. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #4 : El Presidente de la CNO, de manera unilateral y sin ninguna Resolución de la CNO, extiende una hora al horario de votación, violentando el Artículo 18 del Reglamento Interno de la CNO, que establecía el horario de votación era de 8 am a 5 pm. Audios #1, #2, #3
7. DIJERON QUE NO HABIAN HECHO RESOLUCION Y LUEGO, VARIOS DIAS DESPUES, FIRMAN UNA RESOLUCION QUE EXTIENDE EL HORARIO, LA CUAL NO TIENE NINGUNA FIRMA DE LOS REPRESENTANTES DE MIGUEL VARGAS EN LA CNO.
8. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #5 : Una parte de la CNO, se negó a conocer instancia presentada por Miguel Vargas, ante las evidencias de la participación masiva de peledeistas y reformistas, a fin de que se cruzaran los listados de concurrentes con los padrones del PLD y el PRSC, antes de la emisión del primer boletín. La respuesta fue la emisión de 4 boletines simultáneos.
9. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #6 : En un acto sin precedentes, el Presidente de la CNO, en una franca violación a los Estatutos de PRD, proclama a Hipólito Mejía como ganador y candidato presidencial del PRD, apropiándose de la facultad que el Artículo 24 de los Estatutos del PRD confiere a la Convención Nacional Extraordinaria de Delegados. Video #1
10. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #7 : El Presidente de la CNO secuestra los listados de concurrentes llevándolos en camiones a un paradero desconocido, pues no acepta que se contrasten esos listados con los padrones del PLD y PRSC.
11. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #8 : El Presidente y una parte de la CNO se negaron a entregar a la Comisión Especial nombrada por la Comisión Política, los listados de concurrentes que se utilizarían para contrastar con los padrones del PLD y PRSC, y poder así determinar la magnitud intervención del PLD y PRSC en la convención del PRD.
12. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #9 : El Presidente de la CNO secuestra camión que traía valija con listados de concurrentes que venían de Santiago, bajo la supervisión de la Secretaria de Organización y miembro de la CNO responsable de esa Región, Geanilda Vázquez cuando se dirigía al Almacén Oficial de la Convención.
13. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #10: El Presidente de la CNO, a pesar de haberle sido requerido por resolución de la Comisión Política, se negó a entregar los listados de concurrentes pertenecientes al PRD, a la Dirección del partido, representada por el Presidente en Funciones y el Secretario General, quienes los habían solicitado primero verbal y luego mediante comunicación al Presidente de la CNO, para hacer los cruces requeridos por la Comisión Política.
14. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #11 : El Presidente y una parte de la CNO decidieron anular 456 actas de centros de votación en el país y en las Seccionales, que representan 140,000 votos, bajo el argumento de que no fueron recibidas, cuando se ha comprobado que por lo menos 139 actas calificadas como “no recibidas” tienen la firma de todos los miembros de los centros de votación.
15.
16. VIOLACIONES DE LA CNO Violación #12: El Presidente y una parte de la CNO, desconociendo las instancias partidarias, van a la JCE y entregan un informe final del proceso de la Convención, mientras se niegan a asistir a las reuniones convocadas por el Presidente en Funciones y el Secretario General del PRD para tratar temas relativos a la Convención.
17. VOTANTES EN CONVENCION PRD En la Convención del PRD se esperaba una votación cercana a 800 mil personas, un 60% más que en la del 2009. Sorpresivamente, votaron 1,124,000, casi dos veces y media la votación del 2009 y prácticamente lo mismo de la votación congresual a favor del PRD en mayo del 2010.
18. VOTANTES EN CONVENCION PRD 2011 VERSUS VOTANTES PRD EN CONGRESUALES 2010 PROVINCIA LA ROMANA En La Romana, votó mas gente ahora que en las congresuales del 2010.
19. VOTANTES EN CONVENCION PRD 2011 VERSUS VOTANTES PRD EN CONGRESUALES 2010 PROVINCIA LA ALTAGRACIA En la provincia La Altagracia, gracias a la influencia de una parte del PRSC, la votación en la convención del PRD superó en un 67% la votación a favor del PRD en las pasadas elecciones congresuales del 2010.
20. TOTAL INSCRITOS EN PADRONES SEMI-ABIERTO PRD El padrón semi-abierto utilizado por la CNO en la convención del 6 de marzo del 2011, tiene 756 mil más inscritos y habilitados para votar, que el padrón utilizado hace año y medio en la convención donde se eligieron las autoridades del PRD.
21. CRECIMIENTO BI-ANUAL PADRON JCE VERSUS CRECIMIENTO PADRON SEMI-ABIERTO PRD UTILIZADO POR CNO 2011 ¿Cómo puede explicar la Comisión Organizadora que mientras el padrón de la JCE aumenta cada 2 años en 373 mil personas, el padrón semi-abierto del PRD en año y medio aumentó en 756 mil personas, más del doble?
22. EXCLUIDOS EN PADRON SEMI-ABIERTO EN 2009 Y 2011 ¿Porqué razón en la Convención del 2009 se excluyeron casi 700 mil peledeistas y en esta Convención la Comisión Organizadora decidió excluir apenas 338 mil, menos de la mitad? EXCLUIDOS = PADRON JCE – PADRON SEMI-ABIERTO CNO 337,810 = 6,243,774 – 5,905,964
23. MILAGROS ORTIZ BOSCH AFIRMO QUE HABIAN EXCLUIDO A MAS DE 600,000 PERO AL FINAL EXCLUYERON 337,810
24. SI HUBIESEN EXCLUIDO LOS 600,000 MENCIONADOS POR MILAGROS, EL PADRON HUBIESE SIDO DE 5,643,774, Y NO DE 5,905,964 PADRON JCE (6,243,774) – 600,000
25. ESQUEA AFIRMO QUE LAS REVISIONES MOSTRABAN 547,000 MILITANTES DE OTROS PARTIDOS, PERO AL FINAL SOLO EXCLUYERON 337,810
26. SI HUBIESEN EXCLUIDO LOS 547,000 RECONOCIDOS POR ESQUEA, EL PADRON HUBIESE SIDO DE 5,696,774, Y NO DE 5,905,964 PADRON JCE (6,243,774) – 547,0000
27. PADRON REAL DEL PLD VERSUS EXCLUSIONES DE PELEDEISTAS REALIZADAS POR CNO ¿Porqué la Comisión Organizadora, en vez de excluir la totalidad de los inscritos en el padrón real del PLD, ascendentes a 2,110,487 excluyó apenas 338 mil, es decir, el 16% de los peledeistas?
28. SEGÚN ESQUEA EL PADRON DEL PRSC TENIA UNOS 2 ó 3 MIL MIEMBROS, PERO EL ENTREGADO POR EL PRSC TIENE 211,751 Audio # 4
29. PADRON DEL PRSC VERSUS EXCLUSIONES DE REFORMISTAS ¿Si el PRSC tenía un padrón con 211,751 inscritos y el CEN había mandado a excluir a todos los reformistas inscritos en ese padrón, porqué la CNO decidió no excluir reformistas?
30. EL PADRON SEMI-ABIERTO QUE DEFINIO EL CEN, NO PODIA SUPERAR 3,921,536; LA CNO, VIOLANDO EL MANDATO, ENVIO UN PADRON CON 5,905,964. 6,243,774 = JCE - PRSC - PLD = SEMI-ABIERTO PRD - CEN
31. PELEDEISTAS Y REFORMISTAS RECONOCIDOS HABILITADOS PARA VOTAR EN PADRON DEL CNO EN CONVENCION DEL PRD
32.
33.
34.
35.
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39.
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41.
42. COMPARACION CON EL PADRON REAL DEL PLD DE 2,110,487 INSCRITOS Y EL DEL PRSC Resultados del cruce de listados de concurrentes obtenidos con el padrón real del PLD y el del PRSC
43. 193,154 VOTANTES EN LISTADOS DE CONCURRENTES TOTAL: 193,154 27.08% 67.38% 5.54%
44. PROYECCION DE VOTANTES PELEDEISTAS A PARTIR DE MUESTRA DE 193,154 CONCURRENTES TOTAL: 1,123,629 27.08% 67.38% 5.54% Con una población de 1,123,629 y una muestra de 193,154, al 95% de confianza el error muestral es de apenas 0.9 puntos porcentuales.
45. VOTANTES PELEDEISTAS Y REFORMISTAS VERSUS DIFERENCIA VOTACIÓN ENTRE HIPOLITO Y MIGUEL 366,528
46. OTRA IRREGULARIDAD LA CNO ANULO 456 ACTAS DE CENTROS DE VOTACION EN EL PAIS Y EN LAS SECCIONALES DEL EXTERIOR (12.5% DEL TOTAL), QUE SUPUESTAMENTE NO FUERON RECIBIDAS POR EL CENTRO DE COMPUTOS. SIN EMBARGO, SE HAN ENCONTRADO MUCHAS ACTAS QUE FUERON RECIBIDAS POR EL CENTRO DE COMPUTOS, CATALOGADAS COMO “NO RECIBIDAS”, EN LAS CUALES MIGUEL VARGAS AVENTAJA A HIPOLITO MEJIA CON UN MARGEN AMPLIO.
47. ACTAS DE CENTROS DE VOTACION “NO RECIBIDAS” POR EL CENTRO DE COMPUTOS 398 actas de centros de votación en todo el país supuestamente no fueron recibidas por el Centro de Cómputos y fueron anuladas por la CNO. A estas se agregan 58 de las Seccionales del exterior. En total, el 12.5% de los centros de votación fueron anulados.
48. RESULTADOS 9 ACTAS “NO RECIBIDAS” POR COMPUTOS PROVINCIA SAN CRISTOBAL (Escuela Pablo Barinas, Escuela Básica La Cuchilla, Escuela Básica La Cabria, Escuela La Jagua, Escuela Primaria El Corte, Escuela El Caobal, y 3 Escuelas Primaria Rural) 64% 36%
49. RESULTADOS 12 ACTAS “NO RECIBIDAS” POR COMPUTOS PROVINCIA AZUA (Escuelas Básica Inicial Monte Bonito, Las Lagunas, Básica El Montazo, Básica Los Fríos, P. Rural Las Barias, P. Rural Las Clavelinas, P. Barro Arriba, Pública Sta. T. De Jesús, Primaria Rural Los Jovillos, Primaria Rural Las Lomas, Juan Bautista Cambiaso, P. Urbana 19 de Marzo ) 60% 40%