Principio de
Lesividad
COMENTARIO – JORGE ERNESTO RIVERO ESPINOZA
PRINCIPIO GENERALES. Art. IV
La Pena, necesariamente, precisa de la lesión o puesta en peligro
de bienes jurídicos tutelados por la ley.
Comentario:
 Lesivo, según la RAE: Que causa o puede causar lesión, daño o
perjuicio.
 Este principio se encarga de proteger bienes jurídicos, que busca
castigas a actos que generen lesiones sobre bienes jurídicos
tutelados por la ley como la vida o la propiedad. Además se
excluye de la pena hechos que tienen conductas justificadas o son
inofensivos al carecer de relevancia penal.
 Es conclusión, éste principio otorga de contenido material al tipo
penal. La determinación de una pena necesita de la puesta en
peligro o lesión de un bien jurídico.

Principio de lesividad

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    Principio de Lesividad COMENTARIO –JORGE ERNESTO RIVERO ESPINOZA
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    PRINCIPIO GENERALES. Art.IV La Pena, necesariamente, precisa de la lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos tutelados por la ley. Comentario:  Lesivo, según la RAE: Que causa o puede causar lesión, daño o perjuicio.  Este principio se encarga de proteger bienes jurídicos, que busca castigas a actos que generen lesiones sobre bienes jurídicos tutelados por la ley como la vida o la propiedad. Además se excluye de la pena hechos que tienen conductas justificadas o son inofensivos al carecer de relevancia penal.  Es conclusión, éste principio otorga de contenido material al tipo penal. La determinación de una pena necesita de la puesta en peligro o lesión de un bien jurídico.