INDICE 
1. TEORIA PURA DEL DERECHO 
1.1. Introducción 
1.2. Definición 
1.3. Principios 
1.4. Principios de Causalidad 
1.5. Principio de Imputación 
1.6. El Orden Jurídico 
1.7. Conclusiones
2. EL DERECHO SOCIALISTA 
2.1. Introducción 
2.2. ¿Qué es Derecho Socialista? 
2.3. Marco Histórico 
2.4. Representantes del Iusmarxismo 
2.5. Fundamentos del Derecho Socialista 
2.6. La teoría Jurídica Soviética 
2.7. El Materialismo como Filosofía del Marxismo
3. TEORIA DEL REALISMO JURÍDICO 
3.1. Antecedentes 
3.2. Definición 
3.3. Características del Realismo Jurídico 
3.4. Realismo Americano 
3.5.Características del Realismo Estadounidense 
3.6. Realismo Escandinavo 
3.7. Conclusiones
TEORIA PURA DEL 
DERECHO 
INTRODUCCION 
La Teoría Pura del Derecho surge como una 
contrapuesta al Derecho natural, sin 
renunciarlo en algunos aspectos, pero 
básicamente se considera como parte del 
positivismo; de ahí que debería incluirse esta 
corriente jurídica dentro del iuspositivismo. 
Es una mezcla de formalismo neo-kantiano y 
de positivismo
TEORIA PURA DEL 
DERECHO 
DEFINICION 
Constituye una teoría sobre el 
derecho positivo; se trata de 
una teoría sobre el derecho 
positivo en general, y no de una 
teoría sobre un orden jurídico 
específico. Es una doctrina 
general sobre el derecho, y no la 
interpretación de normas 
jurídicas particulares, nacionales 
o internacionales.
TEORIA PURA DEL 
DERECHO 
PRINCIPIOS 
CAUSALIDAD IMPUTACION RETRIBUCION 
Es un principio de 
conocimiento, es decir 
causa y efecto 
Es la relación específica 
existente entre el acto 
ilícito y la sanción 
Se funda en la 
manifestación en lo que 
respecta a la pena 
como a la recompensa
TEORIA PURA DEL DERECHO 
 Es un principio de conocimiento. 
 Establece la causa y efecto. 
 Se aplica a las ciencias cuyo objeto 
es la conducta humana.
TEORIA PURA DEL DERECHO 
PRINCIPIO DE 
IMPUTACIÓN 
En el pensamiento primitivo 
aparece la noción del Bien y el 
mal conforme a ciertas 
normas- 
Manera deteminada de 
conducirse
TEORIA PURA DEL 
• Funda la unidad de 
una multiplicidad de 
normas . 
• Porque pertenece 
una norma 
determinada a un 
orden determinado 
• ¿Cuál es el 
fundamento de 
validez de la norma? 
EL 
ORDEN 
JURIDICO 
DERECHO
CONCLUSIONES 
Hans Kelsen creador del normativismo jurídico afirma que el derecho, que 
pertenece a las ciencias del espíritu, del deber ser, es un fenómeno 
independiente de la psicología, sociología, ética, ideologías, justicia, derecho 
natural. 
Afirma que el derecho es producto simplemente de la voluntad del legislador, 
no existiendo otra fuente productiva del derecho. 
Kelsen simplemente parte de la Normal fundamental, Grundnorm, la 
Constitución, pero no incursiona acerca de los elementos de esa norma 
fundamental, esa Constitución que afirmamos está contaminada de elementos 
políticos, ideológicos, morales y hasta religiosos; pero que una vez aprobada, 
promulgada, no interesa mayormente si tuvo ese ropaje. 
La Constitución actual ha sido producto del quehacer político, ideológico de un 
grupo mayoritario de personas afines, constituidos en constituyentes que han 
dotado al Estado Boliviano de una Norma Fundamental afín a sus intereses 
ideológicos y políticos.
EL DERECHO SOCIALISTA 
INTRODUCCIÓN 
Para que pueda hablarse de Socialismo es 
necesario que se produzca gran número de 
transformaciones tanto económicas como 
sociales. Aunque se traten de buscar 
antecedentes en la antigüedad clásica e 
incluso en los tiempos de la Revolución 
Francesa, lo cierto es que el pensamiento 
socialista va unido irremediablemente al 
desarrollo industrial que tiene lugar en el 
siglo XIX.
EL DERECHO SOCIALISTA 
¿QUÉ ES DERECHO SOCIALISTA? 
Se le considera “Derecho 
Socialista” a los ordenamientos 
jurídicos o leyes características 
que acompañan la doctrina 
política del socialismo, en sus 
diferentes vertientes. Dentro 
del Derecho Socialista se incluyen 
los principios y sistemas jurídicos 
establecidos en los estados 
socialistas ó comunistas.
EL DERECHO SOCIALISTA 
MARCO HISTORICO 
El pensamiento socialista va unido 
irremediablemente al desarrollo 
industrial del siglo XIX. 
Este desarrollo industrial provoca el 
nacimiento de una nueva clase : El 
proletariado , cuyas condiciones de vida 
hacen nacer un vasto movimiento 
intelectual: economistas, políticos, 
juristas, que defienden sus derechos.
EL DERECHO SOCIALISTA 
REPRESENTANTES DEL IUSMARXISMO 
CARLOS MARX FEDERICO ENGELS
EL DERECHO SOCIALISTA 
FUNDAMENTOS DEL 
DERECHO SOCIALISTA 
1. El Derecho tiene un enfoque socio-económico 
y político no tan jurídico. 
2. El Derecho tiene una elevada carga doctrinal 
y filosófica, se basa en una ideología. 
3. El Derecho socialista aplica la ausencia total 
de propiedad privada. 
4. Rechaza la teoría de la división de poderes, el 
poder es central.
EL DERECHO SOCIALISTA 
LA TEORÍA JURÍDICA SOVIÉTICA 
Marx, Engels y Lenin no desarrollaron una teoría del 
Derecho Independiente y orgánica; las ideas antes 
expuestas son las que se deducen, por analogía de 
la teoría del Estado que en las obras de unos y otros 
aparecen configurada. 
Las tentativas de desarrollar una teoría jurídica 
especifica son muy posteriores y provienen, 
fundamentalmente, de los juristas soviéticos. 
Pueden distinguirse dos períodos en la teoría jurídica 
soviética: el anterior a 1937, en el que el Derecho y el 
Socialismo son considerados incompatibles: y el 
posterior a esa fecha, en el que se produce el abierto 
abandono de la idea de incompatibilidad.
EL DERECHO SOCIALISTA 
El Materialismo como Filosofía 
del Marxismo 
El Materialismo Histórico es la filosofía de Marx, es una conquista 
formidable del pensamiento científico. Estudia las condiciones 
sociales de la vida de las masas y de los cambios experimentados 
por estas condiciones. 
El Materialismo Histórico 
es la nueva concepción 
del mundo
TEORÍA DEL REALISMO JURIDICO 
ANTECEDENTES 
Hablar del realismo jurídico, es reconocer al derecho como una 
norma efectiva. La corriente clásica de Platón, Aristóteles y 
Tomás de Aquino, ven al derecho como una cosa justa. Por otro 
lado la actitud antimetafísica radical de los pensadores 
escandinavos Axel Hägerström, Karl Olivecrona y Alf Ross, 
sostienen que la única realidad a la cual corresponde los 
fenómenos jurídicos es la psicología. La corriente que nace en 
los Estados Unidos, donde la vida del derecho no ha sido la 
lógica: ésta ha sido la experiencia, de acuerdo a la trascendencia 
de la teoría de OliverWendell Holmes. 
Lo importante es la consideración de la formación de un nuevo 
realismo jurídico, basado en las líneas de pensamientos sobre la 
globalización jurídica, los cuales se entrelazan entre el derecho 
actual y futuro de los países, con la realidad social.
TEORÍA DEL REALISMO JURIDICO 
DEFINICIÓN 
El realismo jurídico es una doctrina 
filosófica que identifica al derecho 
con la eficacia normativa, con la 
fuerza estatal o con la probabilidad 
asociada a las decisiones judiciales. 
Para los realistas jurídicos el derecho 
no está formado por enunciados con 
contenido ideal acerca de lo que es 
obligatorio, sino por las reglas 
realmente observadas por la 
sociedad o impuestas por la 
autoridad estatal.
TEORÍA DEL REALISMO JURIDICO 
CARACTERÍSTIC 
AS DEL 
REALISMO 
JURÍDICO 
Indeterminación del derecho.- 
Los realistas suelen creer que el 
derecho positivo (las leyes y los 
precedentes obligatorios) no 
determinan las verdaderas 
soluciones a los casos. 
Enfoque interdisciplinario.- 
Muchos realistas jurídicos se 
han interesado en los estudios 
estadísticos (Holmes), 
sociológicos (Ross), 
antropológicos (Llewellyn y su 
libro The Cheyenne Way), etc. 
Enfoque instrumentalista.- 
Los realistas creen que el 
derecho sirve o debe servir 
como instrumento para 
alcanzar propósitos sociales.
TEORÍA DEL REALISMO JURIDICO 
REALISMO AMERICANO 
El Derecho se contienen en las decisiones 
concretas de los jueces y funcionarios que 
resuelven los litigios y los fallos que se 
planteen. Se trata de un derecho judicial 
del caso concreto, donde el precedente 
judicial se convierte en la norma 
orientadora para posteriores decisiones 
judiciales.
TEORÍA DEL REALISMO JURIDICO 
Características del Realismo Jurídico Estadounidense según Karl Llewellyn, 
fueron las siguientes: 
El derecho estaba en permanente movimiento. 
• El derecho tiene su razón de ser para conseguir determinados fines sociales. 
• La sociedad va más deprisa que el derecho. 
• Actuación real de los tribunales y de los funcionarios administrativos. 
• La desconfianza hacia las reglas y a los conceptos jurídicos tradicionales. 
• La consideración de que no son las reglas jurídicas tal como tradicionalmente son 
entendidas. 
• La conveniencia de utilizar conceptos que reflejen la realidad de las cosas. 
• La necesidad de identificar los efectos que produce el derecho. 
• La necesidad de plantear cada problema jurídico conforme a lo reseñado en los 
puntos anteriores.
TEORÍA DEL REALISMO JURIDICO 
REALISMO ESCANDINAVO 
No existe otro Derecho que el que 
realmente aplican los jueces “de facto”, 
siempre que las reglas sean realmente 
vividas como obligatorias por los jueces.
TEORÍA DEL REALISMO JURIDICO 
CONCLUSION 
Después de analizar extensamente el realismo jurídico en todas sus facetas se puede dar cuenta de la 
importancia que tuvo este movimiento particularmente al tratar de poner a la luz y evidenciara 
concepciones falsas que se habían tenido del derecho desde hace varios siglos y que juristas profesores 
y jueces habían tratado de ocultar. 
Es también muy interesante el papel que le dan a los jueces particularmente en el realismo jurídico 
americano porque a mí punto de vista si influye en el juez ciertos factores como ya vimos que pueden 
ser educación, preferencias entre otras. El personaje que más me impresionó fue Jerome Frank debido 
a su constante lucha de llegar a lo que es real y verdadero además de entender que no por ser contrario 
a lo que los demás piensan tiene que ser una catástrofe. 
Como ya lo vimos desde un principio podría existir un sistema en donde coexistan ambos valores a mi 
punto de Vista ese es el sistema que todos los que nos dedicamos al derecho dejemos de procura 
tener.
Teoría pura del derecho

Teoría pura del derecho

  • 2.
    INDICE 1. TEORIAPURA DEL DERECHO 1.1. Introducción 1.2. Definición 1.3. Principios 1.4. Principios de Causalidad 1.5. Principio de Imputación 1.6. El Orden Jurídico 1.7. Conclusiones
  • 3.
    2. EL DERECHOSOCIALISTA 2.1. Introducción 2.2. ¿Qué es Derecho Socialista? 2.3. Marco Histórico 2.4. Representantes del Iusmarxismo 2.5. Fundamentos del Derecho Socialista 2.6. La teoría Jurídica Soviética 2.7. El Materialismo como Filosofía del Marxismo
  • 4.
    3. TEORIA DELREALISMO JURÍDICO 3.1. Antecedentes 3.2. Definición 3.3. Características del Realismo Jurídico 3.4. Realismo Americano 3.5.Características del Realismo Estadounidense 3.6. Realismo Escandinavo 3.7. Conclusiones
  • 5.
    TEORIA PURA DEL DERECHO INTRODUCCION La Teoría Pura del Derecho surge como una contrapuesta al Derecho natural, sin renunciarlo en algunos aspectos, pero básicamente se considera como parte del positivismo; de ahí que debería incluirse esta corriente jurídica dentro del iuspositivismo. Es una mezcla de formalismo neo-kantiano y de positivismo
  • 6.
    TEORIA PURA DEL DERECHO DEFINICION Constituye una teoría sobre el derecho positivo; se trata de una teoría sobre el derecho positivo en general, y no de una teoría sobre un orden jurídico específico. Es una doctrina general sobre el derecho, y no la interpretación de normas jurídicas particulares, nacionales o internacionales.
  • 7.
    TEORIA PURA DEL DERECHO PRINCIPIOS CAUSALIDAD IMPUTACION RETRIBUCION Es un principio de conocimiento, es decir causa y efecto Es la relación específica existente entre el acto ilícito y la sanción Se funda en la manifestación en lo que respecta a la pena como a la recompensa
  • 8.
    TEORIA PURA DELDERECHO  Es un principio de conocimiento.  Establece la causa y efecto.  Se aplica a las ciencias cuyo objeto es la conducta humana.
  • 9.
    TEORIA PURA DELDERECHO PRINCIPIO DE IMPUTACIÓN En el pensamiento primitivo aparece la noción del Bien y el mal conforme a ciertas normas- Manera deteminada de conducirse
  • 10.
    TEORIA PURA DEL • Funda la unidad de una multiplicidad de normas . • Porque pertenece una norma determinada a un orden determinado • ¿Cuál es el fundamento de validez de la norma? EL ORDEN JURIDICO DERECHO
  • 11.
    CONCLUSIONES Hans Kelsencreador del normativismo jurídico afirma que el derecho, que pertenece a las ciencias del espíritu, del deber ser, es un fenómeno independiente de la psicología, sociología, ética, ideologías, justicia, derecho natural. Afirma que el derecho es producto simplemente de la voluntad del legislador, no existiendo otra fuente productiva del derecho. Kelsen simplemente parte de la Normal fundamental, Grundnorm, la Constitución, pero no incursiona acerca de los elementos de esa norma fundamental, esa Constitución que afirmamos está contaminada de elementos políticos, ideológicos, morales y hasta religiosos; pero que una vez aprobada, promulgada, no interesa mayormente si tuvo ese ropaje. La Constitución actual ha sido producto del quehacer político, ideológico de un grupo mayoritario de personas afines, constituidos en constituyentes que han dotado al Estado Boliviano de una Norma Fundamental afín a sus intereses ideológicos y políticos.
  • 12.
    EL DERECHO SOCIALISTA INTRODUCCIÓN Para que pueda hablarse de Socialismo es necesario que se produzca gran número de transformaciones tanto económicas como sociales. Aunque se traten de buscar antecedentes en la antigüedad clásica e incluso en los tiempos de la Revolución Francesa, lo cierto es que el pensamiento socialista va unido irremediablemente al desarrollo industrial que tiene lugar en el siglo XIX.
  • 13.
    EL DERECHO SOCIALISTA ¿QUÉ ES DERECHO SOCIALISTA? Se le considera “Derecho Socialista” a los ordenamientos jurídicos o leyes características que acompañan la doctrina política del socialismo, en sus diferentes vertientes. Dentro del Derecho Socialista se incluyen los principios y sistemas jurídicos establecidos en los estados socialistas ó comunistas.
  • 14.
    EL DERECHO SOCIALISTA MARCO HISTORICO El pensamiento socialista va unido irremediablemente al desarrollo industrial del siglo XIX. Este desarrollo industrial provoca el nacimiento de una nueva clase : El proletariado , cuyas condiciones de vida hacen nacer un vasto movimiento intelectual: economistas, políticos, juristas, que defienden sus derechos.
  • 15.
    EL DERECHO SOCIALISTA REPRESENTANTES DEL IUSMARXISMO CARLOS MARX FEDERICO ENGELS
  • 16.
    EL DERECHO SOCIALISTA FUNDAMENTOS DEL DERECHO SOCIALISTA 1. El Derecho tiene un enfoque socio-económico y político no tan jurídico. 2. El Derecho tiene una elevada carga doctrinal y filosófica, se basa en una ideología. 3. El Derecho socialista aplica la ausencia total de propiedad privada. 4. Rechaza la teoría de la división de poderes, el poder es central.
  • 17.
    EL DERECHO SOCIALISTA LA TEORÍA JURÍDICA SOVIÉTICA Marx, Engels y Lenin no desarrollaron una teoría del Derecho Independiente y orgánica; las ideas antes expuestas son las que se deducen, por analogía de la teoría del Estado que en las obras de unos y otros aparecen configurada. Las tentativas de desarrollar una teoría jurídica especifica son muy posteriores y provienen, fundamentalmente, de los juristas soviéticos. Pueden distinguirse dos períodos en la teoría jurídica soviética: el anterior a 1937, en el que el Derecho y el Socialismo son considerados incompatibles: y el posterior a esa fecha, en el que se produce el abierto abandono de la idea de incompatibilidad.
  • 18.
    EL DERECHO SOCIALISTA El Materialismo como Filosofía del Marxismo El Materialismo Histórico es la filosofía de Marx, es una conquista formidable del pensamiento científico. Estudia las condiciones sociales de la vida de las masas y de los cambios experimentados por estas condiciones. El Materialismo Histórico es la nueva concepción del mundo
  • 19.
    TEORÍA DEL REALISMOJURIDICO ANTECEDENTES Hablar del realismo jurídico, es reconocer al derecho como una norma efectiva. La corriente clásica de Platón, Aristóteles y Tomás de Aquino, ven al derecho como una cosa justa. Por otro lado la actitud antimetafísica radical de los pensadores escandinavos Axel Hägerström, Karl Olivecrona y Alf Ross, sostienen que la única realidad a la cual corresponde los fenómenos jurídicos es la psicología. La corriente que nace en los Estados Unidos, donde la vida del derecho no ha sido la lógica: ésta ha sido la experiencia, de acuerdo a la trascendencia de la teoría de OliverWendell Holmes. Lo importante es la consideración de la formación de un nuevo realismo jurídico, basado en las líneas de pensamientos sobre la globalización jurídica, los cuales se entrelazan entre el derecho actual y futuro de los países, con la realidad social.
  • 20.
    TEORÍA DEL REALISMOJURIDICO DEFINICIÓN El realismo jurídico es una doctrina filosófica que identifica al derecho con la eficacia normativa, con la fuerza estatal o con la probabilidad asociada a las decisiones judiciales. Para los realistas jurídicos el derecho no está formado por enunciados con contenido ideal acerca de lo que es obligatorio, sino por las reglas realmente observadas por la sociedad o impuestas por la autoridad estatal.
  • 21.
    TEORÍA DEL REALISMOJURIDICO CARACTERÍSTIC AS DEL REALISMO JURÍDICO Indeterminación del derecho.- Los realistas suelen creer que el derecho positivo (las leyes y los precedentes obligatorios) no determinan las verdaderas soluciones a los casos. Enfoque interdisciplinario.- Muchos realistas jurídicos se han interesado en los estudios estadísticos (Holmes), sociológicos (Ross), antropológicos (Llewellyn y su libro The Cheyenne Way), etc. Enfoque instrumentalista.- Los realistas creen que el derecho sirve o debe servir como instrumento para alcanzar propósitos sociales.
  • 22.
    TEORÍA DEL REALISMOJURIDICO REALISMO AMERICANO El Derecho se contienen en las decisiones concretas de los jueces y funcionarios que resuelven los litigios y los fallos que se planteen. Se trata de un derecho judicial del caso concreto, donde el precedente judicial se convierte en la norma orientadora para posteriores decisiones judiciales.
  • 23.
    TEORÍA DEL REALISMOJURIDICO Características del Realismo Jurídico Estadounidense según Karl Llewellyn, fueron las siguientes: El derecho estaba en permanente movimiento. • El derecho tiene su razón de ser para conseguir determinados fines sociales. • La sociedad va más deprisa que el derecho. • Actuación real de los tribunales y de los funcionarios administrativos. • La desconfianza hacia las reglas y a los conceptos jurídicos tradicionales. • La consideración de que no son las reglas jurídicas tal como tradicionalmente son entendidas. • La conveniencia de utilizar conceptos que reflejen la realidad de las cosas. • La necesidad de identificar los efectos que produce el derecho. • La necesidad de plantear cada problema jurídico conforme a lo reseñado en los puntos anteriores.
  • 24.
    TEORÍA DEL REALISMOJURIDICO REALISMO ESCANDINAVO No existe otro Derecho que el que realmente aplican los jueces “de facto”, siempre que las reglas sean realmente vividas como obligatorias por los jueces.
  • 25.
    TEORÍA DEL REALISMOJURIDICO CONCLUSION Después de analizar extensamente el realismo jurídico en todas sus facetas se puede dar cuenta de la importancia que tuvo este movimiento particularmente al tratar de poner a la luz y evidenciara concepciones falsas que se habían tenido del derecho desde hace varios siglos y que juristas profesores y jueces habían tratado de ocultar. Es también muy interesante el papel que le dan a los jueces particularmente en el realismo jurídico americano porque a mí punto de vista si influye en el juez ciertos factores como ya vimos que pueden ser educación, preferencias entre otras. El personaje que más me impresionó fue Jerome Frank debido a su constante lucha de llegar a lo que es real y verdadero además de entender que no por ser contrario a lo que los demás piensan tiene que ser una catástrofe. Como ya lo vimos desde un principio podría existir un sistema en donde coexistan ambos valores a mi punto de Vista ese es el sistema que todos los que nos dedicamos al derecho dejemos de procura tener.