2. PRINCIPIO DE AUTONOMIA
• Reconoce el derecho de todo paciente con
capacidad de toma de decisiones, de decidir
acerca de los tratamientos de acuerdo con sus
creencias, valores personales y culturales; incluso
cuando estas decisiones son distintas de las
aconsejadas por expertos. El Principio de
Autonomía tiene en cuenta la libertad y
responsabilidad del paciente, que decide lo que es
bueno para él, aunque ello no sea compartido por
el médico.
3.
4.
5.
6. PRINCIPIO DE LA NO MALEFICENCIA
“EN PRIMER
LUGAR NO
HACER DAÑO”
7. SE BASA EN EL
JURAMENTO
HIPOCRÁTICO
VERSIÓN DEL JURAMENTO HIPOCRÁTICO DE LA CONVENCIÓN DE GINEBRA
En el momento de ser admitido entre los miembros de la
profesión médica, me comprometo solemnemente a
consagrar mi vida al servicio de la humanidad.
Conservaré a mis maestros el respeto y el
reconocimiento del que son acreedores.
Desempeñaré mi arte con conciencia y dignidad. La
salud y la vida del enfermo serán las primeras de mis
preocupaciones.
Respetaré el secreto de quien haya confiado en mí.
Mantendré, en todas las medidas de mi medio, el honor
y las nobles tradiciones de la profesión médica. Mis
colegas serán mis hermanos.
No permitiré que entre mi deber y mi enfermo vengan a
interponerse consideraciones de religión, de
nacionalidad, de raza, partido o clase.
Tendré absoluto respeto por la vida humana.
Aun bajo amenazas, no admitiré utilizar mis
conocimientos médicos contra las leyes de la
humanidad.
Hago estas promesas solemnemente, libremente, por mi
honor.
8. CAUSAR DAÑO
SE CENTRA EN EL DAÑO
FÍSICO.
LA NEGLIGENCIA (AUSENCIA
DE LA ATENCIÓN DEBIDA)
ESTA DIRECTAMENTE
RELACIONADA.
BEAUCHAM Y CHILDRESS
9. No iniciar frente a retirar un tratamiento.
Mantenimiento y tratamiento medico.
Justificación de la ayuda al morir.
1. Petición voluntaria del paciente.
2. Relación medico-paciente estable.
3. Decisión informada tanto por el paciente como del medico.
4. Entorno adecuado.
5. Consulta otros médicos.
6. sufrimiento inaceptable del paciente.
7. Empleo de medios (para provocar la muerte) que sean lo mas
confortable posible.
11. DEFINICION
•Lo justo se refiere a respetar los derechos de
las partes involucradas y tratarlas con el
mismo respeto y consideración. En este
sentido el principio de justicia demanda que
las personas sean tratadas de manera
equitativa y no pueden verse ni tratarse con
un menor valor.
12. JUSTICIA EN SALUD
• Significa dar a cada quien lo necesario, en el momento
preciso, con independencia de su status social y sin
reparar en los costos. Por ello, en el mundo
contemporáneo, la salud ha dejado de ser una
cuestión privada para convertirse en un problema
público.
13. PRINCIPIO DE LA JUSTICIA
Tiene relación con los bienes y servicios que un profesional brinda a
la sociedad.
Respetar la dignidad de las personas.
Contribuir al bien común.
Cuando se aplica este principio lo primordial es el paciente.