2. DERECHOS DEL PACIENTE
• La OMS afirma que “el goce del grado máximo de
salud que se pueda lograr es uno de los derechos
fundamentales de todo ser humano.”
• El derecho a la salud incluye el acceso oportuno,
aceptable y asequible a servicios de atención de salud
de calidad suficiente.
• No obstante, 100 millones de personas de todo el
mundo son empujadas cada año a vivir por debajo del
umbral de pobreza como consecuencia de los gastos
sanitarios o no pueden acceder a ellos.
• Los grupos vulnerables y marginados de las
sociedades suelen tener que soportar una proporción
excesiva de los problemas sanitarios.
3. POBLACIONES
DESFAVORECIDAS
Y DERECHO A LA
SALUD
Pacientes con paludismo, VIH/sida y tuberculosis
comunidades indígenas
LGBTQ
consumidores de drogas
Migrantes
4. DERECHOS DEL PACIENTE
Derecho a una atención digna
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7. Inciso c
• Derecho a que la atención médica se le otorgue por personal preparado y capacitado de acuerdo
a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención; así
como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico.
Recibir trato digno y respetuoso (no ser discriminado)
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 - Inciso d.
• Derecho a que el médico, la enfermera y el personal que le brinden atención médica, se
identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales
5. Recibir información clara y oportuna
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 - Inciso e.
• Derecho a ser oportunamente informado, sobre las alternativas de tratamiento, productos y
servicios en los procesos relacionados con su salud, así como en usos, efectos, costos y
calidad
Decidír sobre su atención y consentimiento informado
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 - Inciso h
• derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, a través
del consentimiento por escrito, y tomar decisiones respecto a su estado de salud y
procedimientos de diagnóstico y tratamiento
Ser tratado con confidencialidad
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 - Inciso f.
• derecho a que la consulta, examen, diagnóstico, discusión, tratamiento y cualquier tipo de
información que exprese a su médico, se maneje con estricta confidencialidad y no se
divulgue más que con la autorización expresa de su parte
6. Contar con la posibilidad de una segunda opinión
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 - Inciso k.
• Derecho a recibir por escrito la información necesaria para obtener una segunda
opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento
Recibir atención medica en caso de emergencia
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 - Inciso j.
• Todo paciente en estado de emergencia debe ser recibido, atendido y estabilizado en
su salud, inmediatamente, sin necesidad de pago ni trámite administrativo previo.
Recibir la prescripción medica
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 - Inciso g.
• Emitir la respectiva receta en la cual contenga , el nombre genérico del medicamento
prescrito.
7. Contar con historia clínica
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 - Inciso f.
• Derecho a recibir una historia clínica única redactada en términos precisos, comprensibles y
completos
Otorgar consentimiento
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 - Inciso I.
• Expresar su consentimiento de forma libre y voluntaria, de ser posible por escrito
Ser atendido por la autoridad competente en caso de estar inconforme con
la atención medica brindada
• Ley Orgánica de Salud. Artículo 7 – Inciso i.
• derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se
considere inconforme por la atención médica recibida
8. AUTONOMÍA
De forma general:
• Tanto en filosofía moral como en bioética, la autonomía se refiere a la capacidad humana para la
autodeterminación.
• Dichas disciplinas proponen que el principio de autonomía debe ser respetado.
• Debe distinguirse de la autonomía como propiedad de acciones y decisiones.
• Persona con capacidad de autonomía puede actuar de forma no autónoma en ciertas circunstancias.
• Pero qué se define como autodeterminación y hasta que punto se debe respetar la autonomía?
• En bioética la Autonomía es un derecho fundamenta usado para justificar los derechos de privacidad,
confidencialidad, rechazo a tratamiento, consentimiento informado, etc.
9. AUTONOMÍA COMO CAPACIDAD
TRES ELEMENTOS FUNDAMENTALES
Agencia
•Es la consciencia de uno mismo, como al tener deseos, intenciones y actuar sobre ellas.
•Distingue personas de objetos o animales
•La agencia no implica que las personas nunca sean influenciadas por fuerzas externas o que las personas nunca actúen impulsivamente. Es
un relato de cómo las personas pueden actuar y no cómo actúan siempre.
Independencia
•Independencia es la capacidad de actuar, hacer y elegir sin intervención o tutela ajena.
•Ausencia de influencias externas que controlen a una persona
Racionalidad
•Toma de decisiones racionales requieren una persona que:
•Sus creencias estén sujetas a estándares de verdad y evidencia
•Capacidad de comprender compromisos y actuar en consecuencia
•Capacidad de construir y evaluar opciones alternativas
•Con los cambios de creencias y valores puede cambiar de decisión.
•Paranoicos, esquizofrénicos, psicópatas, pueden no tener capacidad de tomar decisiones racionales
10. PRINCIPIO DE RESPETO A LA AUTONOMÍA
No one should interfere with the liberty
of action of another except to prevent
harm to others John Stuart Mill (1947).
Tratar a los demás como seres
racionales (como personas) que tienen
sus propios fines (Kant)
Se debe considerar que las personas tienen
intereses en dos sentidos
- Interés en cosas que son beneficiosas en
general
Interés personales: preferencias, proyectos
planes
El contenido mínimo para el
respeto de la autonomía es que
las personas deben ser
independientes, libres de
coerción y otras interferencias
11. AUTONOMÍA, DERECHOS Y LIBERTAD
1
El concepto de derechos
presupone que los titulares de
derechos son seres que tienen
capacidad de autonomía, que
toman decisiones y pueden
usar la discreción para ejercer
un derecho o no.
2
Reconocer el derecho
negativo a la autonomía
impone a todos la obligación
de no coaccionar o interferir
de otra manera con la acción
de otro.
Negativo porque: al ser
capacidad es algo que no
puede ser dado a personas
que simplemente no la tienen
3
Pero se puede dar derechos a
otras cosas que son
requeridas para obtener o
mantener la autonomía
- Salud
- Libertad de hacer y
expresión
- Educación
1. Estos derechos permiten el
desarrollo de la autonomía
2. Dan sentido a la autonomía
12. AUTONOMÍA, UN IDEAL
No hay un línea clara que
divida la Autonomía como
capacidad o como ideal.
Quienes ven a la autonomía a
un nivel en el que casi todas
las personas pueden tenerla,
entonces la consideran una
capacidad
Quienes la describen como un
alto nivel de
autodeterminación que pocos
pueden lograr, ven a la
autonomía como un Ideal.
Como Ideal, se centra en la
capacidad de la persona para
deliberación y reflexión. La
persona es consciente de que
tiene esta capacidad y que
puede modificar su vida.
El ideal de autonomía no
requiere que los individuos
hagan
decisiones conscientes y
deliberadas antes de cada
acción.
13. AUTONOMÍA DE ACCIONES
• En contexto clínico, es importante determinar si la decisión de un paciente o su familiar es autónoma
• Evaluar los tres elementos: agencia, independencia y racionalidad
• Otra forma de verlos: intencionalidad, libertad para controlar influencias, entendimiento.
• Niveles en la toma de decisiones
• 1 libre acción
• 2 autenticidad (Decisión acorde a sus valores, preferencias, planes)
• 3 deliberación efectiva (racionalización)
• 4 reflexión moral
• Las decisiones de un paciente pueden ser autónomas en uno o varios niveles, pero no en todos. Ejemplo:
paciente que acepta un tratamiento pero no reflexiona mucho sobre este.
14. TOMA DE DECISIONES
CONTEXTO MÉDICO
• Proceso por el cuál un paciente de forma autónoma
(consciente y voluntariamente) permite un tratamiento o un
procedimiento
• El paciente debe conocer el propósito del tratamiento,
alternativas, riesgos/beneficios, y las consecuencias de
rechazar el tratamiento.
• El paciente está en el derecho de despejar todas las dudas.
15. AUTONOMÍA/CAPACIDAD/COMPETENCIA
• El concepto legal de competencia se relaciona estrechamente con el concepto de autonomía.
• Una persona competente es aquella que tiene la capacidad de autonomía. Por lo tanto una decisión
competente es aquella hecha autónomamente.
• Competencia: Puede ser decida por un Juez.
• Capacidad: Término clínico que puede ser evaluado por un médico que se refiere a la habilidad de un
paciente para tomar decisiones. Paciente debe:
• Entender la información relevante
• Apreciar el peso e impacto de su decisión
• Manipular lógicamente la información
• Capacidad de comunicación
17. PRIVACIDAD, CONSENTIMIENTO INFORMADO, PATERNALISMO:
Ejemplo de paternalismo justificado:
Cuando un médico no accede al rechazo
de un paciente a un tratamiento de
emergencia porque el paciente cree que
seguramente morirá
La autonomía como derecho fundamental se utiliza para justificar los derechos a la
privacidad, la confidencialidad, la denegación de tratamiento, el consentimiento
informado.
Paternalismo: Consiste en tratar a un paciente en contra de sus
deseos sobre la base de que el proveedor de atención médica está
obligado profesionalmente a brindar una atención que beneficiará
a los pacientes y que sabe mejor que el paciente lo que es bueno
para el paciente
Consentimiento informado:
• Informar al paciente sobre un tratamiento recomendado.
• Informar sobre opciones de tratamiento y sus posibles
consecuencias.
• Paciente debe dar permiso expreso para un tratamiento (por
escrito).
Derecho legal de la privacidad tiene 2 componentes:
1. Derecho a controlar la información obtenida por
profesionales de la salud sobre uno
mismo. Derecho del paciente a la confidencialidad.
2. El derecho a no ser interferido y a tomar sus
propias decisiones está protegido en la medicina
como el derecho de un paciente competente a
rechazar el tratamiento recomendado.
18. IMPORTANTE:
El derecho a la
autonomía requiere
que a los pacientes se
les diga la verdad sobre
su estado médico
Informar pronóstico
Responder preguntas
Recibir asistencia de los
proveedores de
atención médica para
tomar decisiones
racionales.
El ejercicio significativo del
derecho a la autonomía en la
vida requiere que las personas
posean capacidades físicas y
psicológicas dentro del rango
humano normal.
19. A) Límites del secreto profesional:
1. Cuando el paciente otorga consentimiento para divulgarlo.
2. Cuando se afecta el bien común o público y de no divulgarse se siguiera un daño grave a una o un grupo de personas,
público en general o a la sociedad.
3. Cuando de no divulgarse se sigue un daño grave a un tercero (debe darse mala fe del paciente, al negarse a comunicarlo).
4. Cuando de guardar fidelidad el dueño del secreto sufriera daño; o el propio médico, de no divulgarlo estuviese en peligro de
daño personal.
5. Cuando se cumple función de peritaje o informe oficial, por citatorio ante juzgado legal.
6. Cuando se declare ante organismos sanitarios competentes en caso de enfermedades infectocontagiosas.
La confidencialidad no la pierde el paciente, la responsabilidad del secreto pasa del médico, a la autoridad sanitaria notificada.
7. En caso de que el comportamiento irracional e injusto del paciente provocara un daño en contra de una tercera persona,
debe predominar el deber civil y social de la defensa del que fue (o será ) injustamente agredido.
La autonomía como derecho fundamental se utiliza para justificar los derechos a la privacidad,
la confidencialidad, la denegación de tratamiento, el consentimiento informado.
La libertad de uno termina donde empieza la del otro: Límites a la autonomía del paciente
derivados de la autonomía de terceros
20. LIMITACIONES
DEL SECRETO
PROFESIONA
L
B) Limitaciones del secreto profesional:
1. Los niños y jóvenes menores de edad no tienen derecho al
secreto profesional con relación a sus padres o tutores legales.
*Los adolescentes que legalmente estén bajo la potestad
paterna hasta la mayoría de edad.
2. Personas bajo un régimen de internamiento, cuartel, cárcel,
no tienen derecho al secreto médico con relación
exclusivamente con los superiores del centro.
Ejm: Enfermedades infecciosas. Para evitar contagio de
internos.
3. Un trabajador con enfermedad infectocontagiosa que siga
trabajando mientras transmita el padecimiento a pesar de baja
médica (incapacidad médica para laborar).
21. LIMITACIÓN A LA AUTONOMÍA COMO CAPACIDAD
En cuanto a la racionalidad:
Las personas que carecen de la capacidad psicológica para tomar decisiones racionales son las que padecen
enfermedades mentales graves: Paranoicos, neuróticos compulsivos, esquizofrénicos y psicópatas.
Hay tres elementos en la capacidad psicológica de la autonomía: Agencia, independencia y racionalidad.
Por ejemplo:
Un paciente paranoico que persiste en la ilusión de que los profesionales
de la salud son marcianos que intentan capturarlo es incapaz de ajustar
creencias y acciones a una realidad confirmada por la evidencia.
Estas personas tienen la capacidad de actuar,
son conscientes de actuar según sus deseos,
pero no cumplen agencia y/o independencia.
22. EN ECUADOR, SEGÚN LA LEY
ORGÁNICA DE LA SALUD
CAPITULO III Derechos y deberes de las personas y del Estado en relación con la
salud.
Artículo 7:
h) Ejercer la autonomía de su voluntad a través del consentimiento por escrito y
tomar decisiones respecto a su estado de salud y procedimientos de diagnóstico y
tratamiento, salvo en los casos de urgencia, emergencia o riesgo para la vida de las
personas y para la salud pública.
Discrimination
against minorities and women decreases their autonomy by
explicitly excluding them from desirable positions in society
and by implicitly agreeing to the limited range of options
offered to minorities and women.
La agencia es la conciencia de uno mismo que tiene deseos e intenciones y de actuar en consecuencia.
La independencia es la ausencia de influencias que controlen tanto lo que hace una persona que no se puede decir que quiere hacerlo.