El documento define el procedimiento tributario como el conjunto de disposiciones que regulan la relación entre la administración tributaria y los contribuyentes. Tiene como objetivos dirimir los conflictos tributarios entre las partes y establecer los términos de los trámites que deben cumplir los obligados. Explica también las formas de notificación de los actos administrativos, como la notificación electrónica, personal o a través de correo, y los plazos para la presentación de recursos.
ENJ-400 Facultades y Deberes Formales de la Administración Tributaria y Deber...ENJ
Este documento describe las principales facultades y deberes de la Administración Tributaria y los deberes formales de los contribuyentes según el Código Tributario dominicano. La Administración Tributaria tiene facultades normativas, de inspección y fiscalización, determinación de obligaciones tributarias y sancionatorias. También describe los deberes de llevar contabilidad y presentar declaraciones para los contribuyentes.
El documento resume las respuestas a 6 preguntas sobre derecho fiscal en Panamá. La primera respuesta explica que las personas naturales pueden presentar solicitudes por sí mismas mientras que las personas jurídicas deben ser representadas por un abogado. La segunda respuesta define la caducidad de instancia como cuando pasan más de 2 meses sin que los interesados atiendan una solicitud. La tercera respuesta indica que el ordenamiento legal tributario se basa en el Código Fiscal y la Ley 38.
Este documento presenta información sobre reclamaciones, apelaciones y quejas en materia tributaria en Perú. En 3 oraciones o menos:
Establece los procedimientos y plazos para interponer reclamaciones ante la administración tributaria o apelaciones ante el tribunal fiscal contra resoluciones u otros actos relacionados con determinaciones tributarias. También describe los requisitos para la admisibilidad de reclamaciones, como la presentación de un escrito fundamentado dentro de plazos específicos o el pago previo de la deuda tributaria impugnada.
Este documento describe los 18 derechos que tienen los contribuyentes de acuerdo a la legislación tributaria peruana. Entre ellos se incluyen el derecho a ser tratado con respeto, solicitar devoluciones de pagos indebidos, interponer reclamos y apelaciones, y contar con servicios eficientes de la administración tributaria.
El documento presenta una propuesta económica para la prestación del servicio de renovación de licencia de escritorio remoto de Windows Server 2016 para los usuarios del SIAF de la Municipalidad Provincial de Tocache. La propuesta incluye la descripción del servicio, un plazo de ejecución de 7 días y un monto total de S/. 1000. Adjunta también formatos de carta de autorización, declaración jurada y otros documentos requeridos.
El documento presenta una propuesta económica para la prestación del servicio de renovación de licencia de escritorio remoto de Windows Server 2016 para los usuarios del SIAF de la Municipalidad Provincial de Tocache. La propuesta incluye la descripción del servicio, un plazo de ejecución de 7 días y un monto total de S/. 1000. Adjunta cartas de autorización para el pago y declaraciones juradas del proveedor.
El documento resume la Ley del Silencio Administrativo en Perú. Establece que el silencio administrativo positivo se aplica a solicitudes que habiliten derechos preexistentes o actividades económicas, siempre que no afecten a terceros y tengan un plazo máximo. Si la entidad no responde en el plazo, la solicitud se aprueba automáticamente. También describe las características del silencio administrativo negativo, que se aplica cuando se afecta significativamente el interés público en áreas como salud, medio ambiente y
20191218 Presentación Registro Único de Proponentes v2.pptxMariaClaudiaMeza
El documento habla sobre el Registro Único de Proponentes ante las Cámaras de Comercio en Colombia. Explica los trámites, requisitos, clasificación, normatividad aplicable y más aspectos relacionados con el registro de proponentes que desean celebrar contratos con entidades estatales. Algunos temas clave son los requisitos de capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y cambio de domicilio del proponente.
ENJ-400 Facultades y Deberes Formales de la Administración Tributaria y Deber...ENJ
Este documento describe las principales facultades y deberes de la Administración Tributaria y los deberes formales de los contribuyentes según el Código Tributario dominicano. La Administración Tributaria tiene facultades normativas, de inspección y fiscalización, determinación de obligaciones tributarias y sancionatorias. También describe los deberes de llevar contabilidad y presentar declaraciones para los contribuyentes.
El documento resume las respuestas a 6 preguntas sobre derecho fiscal en Panamá. La primera respuesta explica que las personas naturales pueden presentar solicitudes por sí mismas mientras que las personas jurídicas deben ser representadas por un abogado. La segunda respuesta define la caducidad de instancia como cuando pasan más de 2 meses sin que los interesados atiendan una solicitud. La tercera respuesta indica que el ordenamiento legal tributario se basa en el Código Fiscal y la Ley 38.
Este documento presenta información sobre reclamaciones, apelaciones y quejas en materia tributaria en Perú. En 3 oraciones o menos:
Establece los procedimientos y plazos para interponer reclamaciones ante la administración tributaria o apelaciones ante el tribunal fiscal contra resoluciones u otros actos relacionados con determinaciones tributarias. También describe los requisitos para la admisibilidad de reclamaciones, como la presentación de un escrito fundamentado dentro de plazos específicos o el pago previo de la deuda tributaria impugnada.
Este documento describe los 18 derechos que tienen los contribuyentes de acuerdo a la legislación tributaria peruana. Entre ellos se incluyen el derecho a ser tratado con respeto, solicitar devoluciones de pagos indebidos, interponer reclamos y apelaciones, y contar con servicios eficientes de la administración tributaria.
El documento presenta una propuesta económica para la prestación del servicio de renovación de licencia de escritorio remoto de Windows Server 2016 para los usuarios del SIAF de la Municipalidad Provincial de Tocache. La propuesta incluye la descripción del servicio, un plazo de ejecución de 7 días y un monto total de S/. 1000. Adjunta también formatos de carta de autorización, declaración jurada y otros documentos requeridos.
El documento presenta una propuesta económica para la prestación del servicio de renovación de licencia de escritorio remoto de Windows Server 2016 para los usuarios del SIAF de la Municipalidad Provincial de Tocache. La propuesta incluye la descripción del servicio, un plazo de ejecución de 7 días y un monto total de S/. 1000. Adjunta cartas de autorización para el pago y declaraciones juradas del proveedor.
El documento resume la Ley del Silencio Administrativo en Perú. Establece que el silencio administrativo positivo se aplica a solicitudes que habiliten derechos preexistentes o actividades económicas, siempre que no afecten a terceros y tengan un plazo máximo. Si la entidad no responde en el plazo, la solicitud se aprueba automáticamente. También describe las características del silencio administrativo negativo, que se aplica cuando se afecta significativamente el interés público en áreas como salud, medio ambiente y
20191218 Presentación Registro Único de Proponentes v2.pptxMariaClaudiaMeza
El documento habla sobre el Registro Único de Proponentes ante las Cámaras de Comercio en Colombia. Explica los trámites, requisitos, clasificación, normatividad aplicable y más aspectos relacionados con el registro de proponentes que desean celebrar contratos con entidades estatales. Algunos temas clave son los requisitos de capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y cambio de domicilio del proponente.
PARC. III - DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS.pdfEdwinFlores842752
Este documento resume los principales aspectos de los actos administrativos tributarios en Ecuador. Explica que los contribuyentes pueden presentar reclamos administrativos ante las autoridades tributarias si consideran que han sido afectados por un acto determinativo de obligación tributaria. Asimismo, detalla los procedimientos para solicitar la devolución de pagos tributarios indebidos o en exceso, como la presentación de una solicitud ante el Servicio de Rentas Internas dentro de los tres años siguientes al pago.
El documento describe el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de Perú, incluyendo quiénes deben inscribirse, los tipos de actividades cubiertas, y los procedimientos para inscribirse, modificar datos, suspender temporalmente operaciones y cerrar el registro.
medios de defensa al alcance de los contribuyentes importadores/exportadores para combatir actos de autoridad de liquidación de créditos fiscales en materia aduanera
DECLARACION PATRIMONIAL Y SANCIONES 27012023.pptxmobydickarias
Este documento explica cómo los servidores públicos de Michoacán deben presentar su declaración patrimonial de manera obligatoria. Deben presentar una declaración inicial dentro de los 40 días de tomar posesión, una declaración de modificación cada año en mayo, y una declaración de conclusión dentro de los 40 días de dejar el cargo. Si no presentan la declaración a tiempo, pueden enfrentar sanciones como amonestación, suspensión o destitución de su cargo.
Este documento discute la responsabilidad solidaria de los representantes legales en el pago de impuestos. Explica que los representantes pueden ser responsables con sus propios recursos cuando actúan con dolo, negligencia grave o abuso de facultades. También presenta casos prácticos donde el fisco ha determinado responsabilidad solidaria de gerentes y directores por omitir registros de ventas u operaciones para evadir impuestos. Finalmente, propone enmendar la ley tributaria para precisar los criterios y procedimientos para imputar responsabilidad solidaria a representantes
PPT-PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO TRIBUTARIO 1.4 oficial (2).pptxrosaidachacon
Este documento describe el procedimiento no contencioso tributario en Perú. Explica que este procedimiento se origina en el derecho de petición y puede ser vinculado o no vinculado a la determinación de la obligación tributaria. Entre los principales procedimientos no vinculados se encuentran las solicitudes de devolución, prescripción y compensación. El documento también cubre aspectos como los plazos de prescripción, interrupción y suspensión de estos plazos.
Tomando en consideración el régimen optativo de consulta vinculante dispuesto por el artículo 145 del Código Fiscal (t.o. 2013), que originalmente introdujo la Ley 4.039, la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo reglamentó a los efectos de que los contribuyentes y responsables puedan solicitar ante la AGIP la interpretación, con alcance individual, y la consiguiente
aplicación del derecho a una situación de hecho real y actual.
Este documento resume las disposiciones generales y los procedimientos de la administración tributaria según la Ley 125/92 en Paraguay. Detalla los artículos relacionados con las actuaciones de la administración tributaria, las notificaciones, los plazos de prueba, los alegatos y las resoluciones. También cubre los recursos administrativos en materia tributaria y define las faltas, defraudaciones y contrabando según el Código Aduanero de Paraguay.
El documento describe el marco legal y los procedimientos relacionados con las devoluciones de IVA en Colombia. Detalla los estatutos, decretos y resoluciones aplicables, el alcance del proceso de devolución, las causales de rechazo e inadmisión de solicitudes, y los requisitos generales y específicos para solicitar una devolución de IVA, incluyendo documentación requerida como certificaciones y relaciones de operaciones grabadas.
El recurso jerárquico es una solicitud dirigida a un superior jerárquico para que revise una decisión de la administración pública y la revoque o reforme. No procede contra actos dictados en procedimientos amistosos para evitar doble tributación o por autoridades extranjeras que determinen impuestos. Para interponerlo, se presenta un escrito motivado con abogado dentro de 25 días. Una vez admitido, se abre un lapso probatorio de 15 días prorrogables para probar la validez de las pruebas, salvo cuando los he
El documento describe el recurso jerárquico en Venezuela. Este recurso se interpone por escrito ante la autoridad que emitió el acto impugnado, con asistencia de un abogado. La administración tiene 3 días para admitir o no el recurso. Si es admitido, se abre un lapso probatorio de al menos 15 días para que las partes presenten pruebas, a menos que se trate de un asunto de mero derecho o no se hayan anunciado pruebas. El recurso jerárquico busca que la autoridad jerárquica superior examine y potencial
Este documento establece las normas para el registro y reporte de procesos judiciales, requerimientos de pago y procesos administrativos internos por parte de las entidades públicas en el sistema Controleg de la Contraloría General del Estado. Las entidades públicas deben registrar y actualizar estos procesos trimestralmente y enviar los reportes dentro de los 15 días hábiles posteriores. El incumplimiento de estas normas puede generar responsabilidad por la función pública.
El documento describe el ámbito de competencia y los procedimientos de la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos (CADER) de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho. La CADER es responsable de recibir, investigar y procesar denuncias y reclamos relacionados con recursos humanos, trámites documentarios y asociaciones de padres de familia. El documento explica los pasos del proceso de investigación de denuncias, incluyendo la recepción, verificación, acopio de información, comunicación de carg
Paso a paso seguimiento para declaración patrimonial que corresponde a la temporada del 1 de mayo al 31, dónde deberemos dar a conocer nuestros matrimonios hacia hacienda
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú. Este sistema administra los fondos públicos de las entidades del sector público y se rige por los principios de unidad de caja y economicidad. Se explican las etapas de ejecución del ingreso y gasto, incluyendo la estimación, determinación, percepción, compromiso, devengado y pago. También se detallan las responsabilidades de la Dirección Nacional de Tesorería Pública y las unidades ejecutoras en relación al sistema.
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú. Este sistema administra los fondos públicos de las entidades del sector público siguiendo los principios de unidad de caja y economicidad. Se rige por leyes como la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público. La Dirección Nacional de Tesorería Pública juega un papel clave al centralizar los fondos públicos y aprobar normas y procedimientos del sistema. El documento también explica los procesos de ejecución del ingreso y gasto público, incluyendo las etap
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú, el cual administra los fondos públicos de las entidades del sector público. Se rige por la ley y tiene la función de centralizar, administrar y custodiar los fondos y valores del tesoro público. Las unidades ejecutoras son responsables de la administración de fondos en sus dependencias y deben seguir las normas y procedimientos establecidos por la Dirección Nacional de Tesorería Pública.
Capacitacion ley antitramites. revisada junio de 2012Asohosval
Este decreto establece normas para suprimir o reformar trámites, procedimientos y regulaciones innecesarios en la administración pública colombiana con el fin de facilitar las actividades de personas y empresas ante las autoridades. Se eliminan requisitos como declaraciones extrajudiciales, comprobantes de pagos anteriores, autenticaciones y denuncias por pérdida de documentos. Además, se facilita el acceso a información y trámites para grupos vulnerables como niños, personas con discapacidad y adultos mayores.
El documento resume el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Explica que el código promulgado en 2001 se basa en los mismos principios que la versión original de 1982 pero con más detalles en los deberes de los contribuyentes y las sanciones. También amplía las facultades del fisco para investigar la evasión de impuestos. El código organiza las normas tributarias sustanciales, formales y de procedimiento para asegurar la estabilidad y claridad de la legislación tributaria.
El documento proporciona información sobre cómo establecer un negocio como persona natural en Ecuador. Explica las ventajas e inconvenientes de esta figura legal en comparación con una persona jurídica. Detalla los pasos y requisitos para obtener el RUC, la patente municipal, la licencia LUAE y los permisos sanitarios necesarios para operar legalmente.
PARC. III - DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS.pdfEdwinFlores842752
Este documento resume los principales aspectos de los actos administrativos tributarios en Ecuador. Explica que los contribuyentes pueden presentar reclamos administrativos ante las autoridades tributarias si consideran que han sido afectados por un acto determinativo de obligación tributaria. Asimismo, detalla los procedimientos para solicitar la devolución de pagos tributarios indebidos o en exceso, como la presentación de una solicitud ante el Servicio de Rentas Internas dentro de los tres años siguientes al pago.
El documento describe el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de Perú, incluyendo quiénes deben inscribirse, los tipos de actividades cubiertas, y los procedimientos para inscribirse, modificar datos, suspender temporalmente operaciones y cerrar el registro.
medios de defensa al alcance de los contribuyentes importadores/exportadores para combatir actos de autoridad de liquidación de créditos fiscales en materia aduanera
DECLARACION PATRIMONIAL Y SANCIONES 27012023.pptxmobydickarias
Este documento explica cómo los servidores públicos de Michoacán deben presentar su declaración patrimonial de manera obligatoria. Deben presentar una declaración inicial dentro de los 40 días de tomar posesión, una declaración de modificación cada año en mayo, y una declaración de conclusión dentro de los 40 días de dejar el cargo. Si no presentan la declaración a tiempo, pueden enfrentar sanciones como amonestación, suspensión o destitución de su cargo.
Este documento discute la responsabilidad solidaria de los representantes legales en el pago de impuestos. Explica que los representantes pueden ser responsables con sus propios recursos cuando actúan con dolo, negligencia grave o abuso de facultades. También presenta casos prácticos donde el fisco ha determinado responsabilidad solidaria de gerentes y directores por omitir registros de ventas u operaciones para evadir impuestos. Finalmente, propone enmendar la ley tributaria para precisar los criterios y procedimientos para imputar responsabilidad solidaria a representantes
PPT-PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO TRIBUTARIO 1.4 oficial (2).pptxrosaidachacon
Este documento describe el procedimiento no contencioso tributario en Perú. Explica que este procedimiento se origina en el derecho de petición y puede ser vinculado o no vinculado a la determinación de la obligación tributaria. Entre los principales procedimientos no vinculados se encuentran las solicitudes de devolución, prescripción y compensación. El documento también cubre aspectos como los plazos de prescripción, interrupción y suspensión de estos plazos.
Tomando en consideración el régimen optativo de consulta vinculante dispuesto por el artículo 145 del Código Fiscal (t.o. 2013), que originalmente introdujo la Ley 4.039, la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo reglamentó a los efectos de que los contribuyentes y responsables puedan solicitar ante la AGIP la interpretación, con alcance individual, y la consiguiente
aplicación del derecho a una situación de hecho real y actual.
Este documento resume las disposiciones generales y los procedimientos de la administración tributaria según la Ley 125/92 en Paraguay. Detalla los artículos relacionados con las actuaciones de la administración tributaria, las notificaciones, los plazos de prueba, los alegatos y las resoluciones. También cubre los recursos administrativos en materia tributaria y define las faltas, defraudaciones y contrabando según el Código Aduanero de Paraguay.
El documento describe el marco legal y los procedimientos relacionados con las devoluciones de IVA en Colombia. Detalla los estatutos, decretos y resoluciones aplicables, el alcance del proceso de devolución, las causales de rechazo e inadmisión de solicitudes, y los requisitos generales y específicos para solicitar una devolución de IVA, incluyendo documentación requerida como certificaciones y relaciones de operaciones grabadas.
El recurso jerárquico es una solicitud dirigida a un superior jerárquico para que revise una decisión de la administración pública y la revoque o reforme. No procede contra actos dictados en procedimientos amistosos para evitar doble tributación o por autoridades extranjeras que determinen impuestos. Para interponerlo, se presenta un escrito motivado con abogado dentro de 25 días. Una vez admitido, se abre un lapso probatorio de 15 días prorrogables para probar la validez de las pruebas, salvo cuando los he
El documento describe el recurso jerárquico en Venezuela. Este recurso se interpone por escrito ante la autoridad que emitió el acto impugnado, con asistencia de un abogado. La administración tiene 3 días para admitir o no el recurso. Si es admitido, se abre un lapso probatorio de al menos 15 días para que las partes presenten pruebas, a menos que se trate de un asunto de mero derecho o no se hayan anunciado pruebas. El recurso jerárquico busca que la autoridad jerárquica superior examine y potencial
Este documento establece las normas para el registro y reporte de procesos judiciales, requerimientos de pago y procesos administrativos internos por parte de las entidades públicas en el sistema Controleg de la Contraloría General del Estado. Las entidades públicas deben registrar y actualizar estos procesos trimestralmente y enviar los reportes dentro de los 15 días hábiles posteriores. El incumplimiento de estas normas puede generar responsabilidad por la función pública.
El documento describe el ámbito de competencia y los procedimientos de la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos (CADER) de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho. La CADER es responsable de recibir, investigar y procesar denuncias y reclamos relacionados con recursos humanos, trámites documentarios y asociaciones de padres de familia. El documento explica los pasos del proceso de investigación de denuncias, incluyendo la recepción, verificación, acopio de información, comunicación de carg
Paso a paso seguimiento para declaración patrimonial que corresponde a la temporada del 1 de mayo al 31, dónde deberemos dar a conocer nuestros matrimonios hacia hacienda
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú. Este sistema administra los fondos públicos de las entidades del sector público y se rige por los principios de unidad de caja y economicidad. Se explican las etapas de ejecución del ingreso y gasto, incluyendo la estimación, determinación, percepción, compromiso, devengado y pago. También se detallan las responsabilidades de la Dirección Nacional de Tesorería Pública y las unidades ejecutoras en relación al sistema.
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú. Este sistema administra los fondos públicos de las entidades del sector público siguiendo los principios de unidad de caja y economicidad. Se rige por leyes como la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público. La Dirección Nacional de Tesorería Pública juega un papel clave al centralizar los fondos públicos y aprobar normas y procedimientos del sistema. El documento también explica los procesos de ejecución del ingreso y gasto público, incluyendo las etap
El documento describe el Sistema Nacional de Tesorería de Perú, el cual administra los fondos públicos de las entidades del sector público. Se rige por la ley y tiene la función de centralizar, administrar y custodiar los fondos y valores del tesoro público. Las unidades ejecutoras son responsables de la administración de fondos en sus dependencias y deben seguir las normas y procedimientos establecidos por la Dirección Nacional de Tesorería Pública.
Capacitacion ley antitramites. revisada junio de 2012Asohosval
Este decreto establece normas para suprimir o reformar trámites, procedimientos y regulaciones innecesarios en la administración pública colombiana con el fin de facilitar las actividades de personas y empresas ante las autoridades. Se eliminan requisitos como declaraciones extrajudiciales, comprobantes de pagos anteriores, autenticaciones y denuncias por pérdida de documentos. Además, se facilita el acceso a información y trámites para grupos vulnerables como niños, personas con discapacidad y adultos mayores.
El documento resume el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Explica que el código promulgado en 2001 se basa en los mismos principios que la versión original de 1982 pero con más detalles en los deberes de los contribuyentes y las sanciones. También amplía las facultades del fisco para investigar la evasión de impuestos. El código organiza las normas tributarias sustanciales, formales y de procedimiento para asegurar la estabilidad y claridad de la legislación tributaria.
El documento proporciona información sobre cómo establecer un negocio como persona natural en Ecuador. Explica las ventajas e inconvenientes de esta figura legal en comparación con una persona jurídica. Detalla los pasos y requisitos para obtener el RUC, la patente municipal, la licencia LUAE y los permisos sanitarios necesarios para operar legalmente.
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
Desafíos del Habeas Data y las nuevas tecnología enfoque comparado Colombia y...mariaclaudiaortizj
El artículo aborda los desafíos del Habeas Data en el marco de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (NTIC), comparando las legislaciones de Colombia y España. Desde la Declaración de los Derechos del Hombre en 1948 hasta la implementación del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) en Europa, la protección de la privacidad ha ganado importancia a nivel mundial. El objetivo principal del artículo es analizar cómo las legislaciones de Colombia y España abordan la protección de datos personales, comparando sus enfoques normativos y evaluando la eficacia de sus marcos legales en el contexto de la digitalización avanzada. Se hace uso de un enfoque mixto que combina análisis cualitativo detallado de documentos legales y cuantitativo descriptivo para comparar la prevalencia de ciertos principios en las normativas. Los hallazgos indican que España ha establecido un marco legal robusto y detallado desde 1978, alineándose con las directrices de la UE y el GDPR, mientras que Colombia, aunque ha progresado con leyes como la Ley 1581 de 2012, todavía podría beneficiarse de adoptar aspectos del régimen europeo para mejorar su protección de datos. Este análisis subraya la importancia de las reformas legales y políticas en la protección de datos, crucial para asegurar la privacidad en una sociedad digital y globalizada.
Palabras clave: Avances tecnológicos, Derecho en la era digital, Habeas Data, Marco jurídico y Protección de datos personales.
PMI sector servicios España mes de mayo 2024LuisdelBarri
Estudio PMI Sector Servicios
El Índice de Actividad Comercial del Sector Servicios subió de 56.2 registrado en abril a 56.9 en mayo, indicando el crecimiento más fuerte desde abril de 2023.
La Comisión europea informa sobre el progreso social en la UE.ManfredNolte
Bruselas confirma que el progreso social varía notablemente entre las regiones de la Unión Europea, y que los países nórdicos tienen un desempeño consistentemente mejor que el resto de los Estados miembros.
2. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DEFINICIÓN
Conjunto de disposiciones establecidas
para regular la relación entre la
Administración Tributaria y las personas
o entidades que deben cumplir las
obligaciones de carácter fiscal.
3. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
OBJETIVOS
❑ Señalar la vía de derecho (El procedimiento) que
dirime los conflictos en materia tributaria que se
presentan entre las partes (Administrado
Administración).
❑ Establecer los términos, plazos y en general las
condiciones y requisitos de los trámites que los
obligados deben efectuar para cumplir con
ciertas obligaciones de carácter fiscal.
4. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
IMPORTANCIA
Cuando se presentan en la relación
Administrado – Administración, diferencias de
criterios, controversias o incumplimiento de
las obligaciones en materia tributaria, es
preciso que las partes obren conforme lo
establece la norma procedimental la cual
indica el camino jurídico para dirimir el
conflicto en particular.
5. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
FUENTES JURÍDICAS
❑ Constitución Política. Artículo 29: El debido
proceso se aplicará a toda clase de actuaciones
judiciales y administrativas. Nadie podrá ser
juzgado sino conforme a las leyes preexistentes
al acto en que se le imputa, ante juez o tribunal
competente y con observancia de la plenitud de
las formas propias de cada juicio.
❑ Estatuto Tributario Nacional, Libro Quinto,
Artículo 555 y subsiguientes.
6. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
ESTRUCTURA GENERAL DE LA DIAN
DIRECCIÓN GENERAL
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS DIRECCIÓN DE ADUANAS
SUBDIRECCIONES SUBDIRECCIONES
DIRECCIÓNES REGIONALES
ADMINISTRACIONES
IMPUESTOS ADUANAS MIXTAS
7. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
ESTRUCTURA TRIBUTARIA DE LAS
ADMINISTRACIONES
ADMINISTRACIONES
RECAUDACIÓN
DEVOLUCIONES
FISCALIZACIÓN
LIQUIDACIÓN
JURÍDICA
COBRANZAS
8. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
CONTRIBUYENTES
PERSONALMENTE
Art. 571 E.T.
REPRESENTANTE
Art. 572 E.T.
APODERADO
GENERAL
Art. 572-1 E.T.
MANDATARIO
ESPECIAL
Art. 572-1 E.T.
9. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
IDENTIFICACIÓN
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN
TRIBUTARIA
NIT – Art. 555-1 E.T.
RUT – Art. 555-2 E.T.
10. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
REPRESENTACIÓN
PERSONAS JURÍDICAS Art.
556 E.T.
PRESIDENTE O
GERENTE
Art. 372-440-441-
442 C.C.
APODERADO
ESPECIAL
Art. 556 E.T.
11. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
Agencia oficiosa. Art. 557 E.T.: Solamente los abogados
podrán actuar como agentes oficiosos para contestar
requerimientos e interponer recursos.
En el caso del requerimiento, el agente oficioso es
directamente responsable de las obligaciones tributarias
que se deriven de su actuación, salvo que su representado
la ratifique, caso en el cual, quedará liberado de toda
responsabilidad el agente.
12. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
PRESENTACIÓN DE ESCRITOS Y RECURSOS. ART.
559 E.T.
Las peticiones, recursos y demás escritos que
deban presentarse ante la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales, podrán realizarse
personalmente o en forma electrónica.
13. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
PRESENTACIÓN PERSONAL.
Los escritos del contribuyente deberán presentarse en la
administración a la cual se dirijan, personalmente o por
interpuesta persona, con exhibición del documento de
identidad del signatario y en caso de apoderado especial,
de la correspondiente tarjeta profesional.
El signatario que esté en lugar distinto podrá presentarlos
ante cualquier autoridad local quien dejará constancia de
su presentación personal.
Los términos para la administración que sea competente
comenzarán a correr a partir del día siguiente a la fecha de
su recibo.
14. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA.
Para todos los efectos legales la presentación se
entenderá surtida en el momento en que se produzca el
acuse de recibo en la dirección o sitio electrónico
asignado por la DIAN. Dicho acuse consiste en el registro
electrónico de la fecha y hora en que tenga lugar la
recepción en la dirección electrónica. La hora de la
notificación electrónica será la correspondiente a la oficial
colombiana.
Para efectos de la actuación de la Administración, los
términos se computarán a partir del día hábil siguiente a
su recibo.
15. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA.
Cuando por razones técnicas la DIAN no pueda acceder al
contenido del escrito, informará al interesado para que
presente la solicitud en medio físico, dentro de los 5 días
hábiles siguientes. En este caso, el escrito, petición o
recurso se entenderá presentado en la fecha del primer
envío electrónico y para la Administración los términos
comenzarán a correr a partir de la fecha de recepción de
los documentos físicos. Cuando sea necesario el envío de
anexos y documentos que por su naturaleza y efectos no
sea posible enviar electrónicamente, deberán remitirse en
la misma fecha por correo certificado o allegarse a la
oficina competente.
16. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA.
Los mecanismos técnicos y de seguridad que se requieran para
la presentación en medio electrónico serán determinados
mediante Resolución por el Director de Impuestos y Aduanas
Nacionales.
Para efectos de la presentación de escritos contentivos de
recursos, respuestas a requerimientos y pliegos de cargos,
solicitudes de devolución, derechos de petición y todos
aquellos que requieran presentación personal, se entiende
cumplida dicha formalidad con la presentación en forma
electrónica, con firma digital.
17. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
COMPETENCIA PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES.
Son competentes para proferir las actuaciones de
la administración tributaria los funcionarios y
dependencias de la misma, de acuerdo con la
estructura funcional que se establezca en el
ejercicio de las facultades previstas en el numeral
16 del artículo 189 de la Constitución Política. Art.
560 E.T.
18. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
COMPETENCIA PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES.
Tratándose de fallos de recursos de
reconsideración o demás recursos cuya
competencia no este otorgada a determinado
funcionario o dependencia:
❑ Serán competentes para fallar los recursos de
reconsideración los funcionarios o dependencias
que profirieron el acto ocurrido, cuando la
cuantía del acto objeto del recurso incluidas las
sanciones, sea inferior a 2.000 UVT.
19. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
COMPETENCIA PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES.
❑ Serán competentes para fallar los recursos de
reconsideración los funcionarios o dependencias
de la Administración de Impuestos de la capital
del departamento en el que está ubicada la
administración que profirió el acto ocurrido,
cuando la cuantía del acto objeto del recurso
incluidas las sanciones, sea igual o superior a
2.000 UVT e inferir a 20.000 UVT.
20. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
COMPETENCIA PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES.
❑ Serán competentes para fallar los recursos de
reconsideración los funcionarios o dependencias
del Nivel Central de la DIAN , cuando la cuantía
del acto objeto del recurso incluidas las
sanciones, sea igual o superior a 20.000 UVT.
Igualmente, en el caso de la revocatoria directa
contra actos de determinación de impuestos y
que impongan sanciones, cuya competencia no
esté otorgada a determinado funcionario o
dependencia.
21. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
COMPETENCIA PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES.
❑Cuando se trate de actos sin cuantía, serán
competentes para fallar los recursos de
reconsideración los funcionarios y
dependencias de la DIAN que profirieron el
acto ocurrido.
22. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIÓNES. ARTÍCULO 563 E.T.
La notificación de las actuaciones de la
Administración Tributaria deberá efectuarse a la
dirección informada por el contribuyente,
responsable, agente retenedor o declarante, en su
última declaración de renta o de ingresos y
patrimonio, según el caso, o mediante formato
oficial de cambio de dirección; la antigua dirección
continuará siendo válida durante los tres (3) meses
siguientes, sin perjuicio de la validez de la nueva
dirección informada.
23. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIÓNES. ARTÍCULO 563 E.T.
Cuando el contribuyente, responsable, agente
retenedor o declarante, no hubiere informado una
dirección a la Administración, la actuación
administrativa correspondiente se podrá notificar a
la que establezca la Administración mediante
verificación directa o mediante la utilización de
guías telefónicas, directorios y en general de
información oficial, comercial o bancaria.
24. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIÓNES. ARTÍCULO 563 E.T.
Cuando no haya sido posible establecer la
dirección del contribuyente, responsable,
agente retenedor o declarante, por ninguno
de los medios señalados en el inciso anterior,
los actos de la Administración le serán
notificados por medio de publicación en un
diario de alta circulación.
25. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIÓNES. ARTÍCULO 563 E.T.
Cuando el contribuyente, responsable, agente retenedor
y/o declarante informe a la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales -DIAN a través del Registro Único
Tributario RUT una dirección de correo electrónico, todos
los actos administrativos le serán notificados a la misma.
La notificación por medios electrónicos, será́ el
mecanismo preferente de notificación de los actos de la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, a
partir del 1 de Julio de 2019. Ley 1943 de 2018.
26. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIÓNES
Art. 564. Dirección procesal.
Si durante el proceso de determinación y discusión
del tributo, el contribuyente, responsable, agente
retenedor o declarante, señala expresamente una
dirección para que se le notifiquen los actos
correspondientes, la Administración deberá hacerlo
a dicha dirección.
27. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
FORMAS DE NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA
ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 565 E.T.
Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones o
verificaciones tributarias, emplazamientos, citaciones,
resoluciones en que se impongan sanciones, liquidaciones
oficiales y demás actuaciones administrativas, deben
notificarse de manera electrónica, personalmente o a
través de la red oficial de correos o de cualquier servicio
de mensajería especializada debidamente autorizada por la
autoridad competente.
28. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
FORMAS DE NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA
ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 565 E.T.
Las providencias que decidan recursos se notificarán
personalmente, o por edicto si el contribuyente, responsable, agente
retenedor o declarante, no compareciere dentro del término de los
diez (10) días siguientes, contados a partir del día siguiente de la
fecha de introducción al correo del aviso de citación. En este evento
también procede la notificación electrónica. El edicto, se fijará en
lugar público del despacho respectivo por el término de diez (10)
días y deberá contener la parte resolutiva del respectivo acto
administrativo.
29. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
FORMAS DE NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA
ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 565 E.T.
La notificación por correo de las actuaciones de la
Administración, en materia tributaria, aduanera o
cambiaria se practicará mediante entrega de una
copia del acto correspondiente en la última
dirección informada por el contribuyente,
responsable, agente retenedor o declarante en el
Registro Único Tributario - RUT. En estos eventos
también procederá la notificación electrónica.
30. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
FORMAS DE NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA
ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 565 E.T.
Cuando el contribuyente, responsable, agente retenedor o
declarante, no hubiere informado una dirección a la
administración, la actuación administrativa correspondiente se
podrá notificar a la que establezca la administración mediante
verificación directa o mediante la utilización de guías
telefónicas, directorios y en general de información oficial,
comercial o bancaria. Cuando no haya sido posible establecer
la dirección del contribuyente, responsable, agente retenedor o
declarante, por ninguno de los medios señalados, los actos de
la administración le serán notificados por medio de publicación
en un periódico de circulación nacional.
31. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
FORMAS DE NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA
ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 565 E.T.
Todos los actos administrativos de que trata el presente artículo incluidos
los que se profieran en el proceso de cobro coactivo, se podrán notificar de
manera electrónica, siempre y cuando el contribuyente, responsable,
agente retenedor o declarante haya informado un correo electrónico en el
Registro Único Tributario (RUT), con lo que se entiende haber manifestado
de forma expresa su voluntad de ser notificado electrónicamente. Para
estos efectos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
deberá́ implementar los mecanismos correspondientes en el Registro
Único Tributario (RUT) y habilitará una casilla adicional para que el
contribuyente pueda incluir la dirección de correo electrónico de su
apoderado o sus apoderados, caso en el cual se enviará una copia del acto
a dicha dirección de correo electrónico.
32. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. ARTÍCULO 566-1 E.T.
Es la forma de notificación que se surte de manera
electrónica a través de la cual la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN pone en
conocimiento de los administrados los actos
administrativos de que trata el artículo 565 del
Estatuto Tributario, incluidos los que se profieran
en el proceso de cobro.
33. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. ARTÍCULO 566-1 E.T.
La notificación electrónica se entenderá́ surtida
para todos los efectos legales, en la fecha del
envió del acto administrativo en el correo
electrónico autorizado; no obstante, los términos
legales para el contribuyente, responsable, agente
retenedor, declarante o su apoderado para
responder o impugnar en sede administrativa,
comenzarán a correr transcurridos cinco (5) días a
partir del recibo del correo electrónico.
34. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. ARTÍCULO 566-1 E.T.
Cuando las personas indicadas anteriormente no puedan acceder al
contenido del acto administrativo por razones tecnológicas, deberán
informarlo a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
dentro de los tres (3) días siguientes a su recibo, para que la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN envíe
nuevamente y por una sola vez, el acto administrativo a través de
correo electrónico; en todo caso, la notificación del acto
administrativo se entiende surtida por la Administración en la fecha
de envío del primer correo electrónico, sin perjuicio de que los
términos para el administrado comiencen a correr transcurridos
cinco (5) días a partir de la fecha en que el acto sea efectivamerte
recibido.
35. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
CORRECCIÓN DE ACTUACIONES ENVIADAS A DIRECCIÓN
ERRADA. ARTÍCULO 567 E.T.
Cuando la liquidación de impuestos se hubiere enviado a
una dirección distinta de la registrada o informada por el
contribuyente habrá lugar a corregir el error en cualquier
tiempo enviándola a la dirección correcta.
En este caso, los términos legales sólo comenzarán a
correr a partir de la notificación hecha en debida forma. La
misma regla se aplicará en lo relativo al envío de
citaciones, requerimientos y otros comunicados.
36. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
NOTIFICACIONES DEVULETAS POR EL CORREO.
ARTÍCULO 568 E.T.
Las actuaciones de la administración enviadas por correo, que por
cualquier razón sean devueltas, serán notificadas mediante aviso en
un periódico de circulación nacional o de circulación regional del
lugar que corresponda a la última dirección informada en el RUT; la
notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la
administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero
para el contribuyente, el término para responder o impugnar se
contará desde el día hábil siguiente, a la publicación del aviso o de
la corrección de la notificación. Lo anterior no se aplicará cuando la
devolución se produzca por notificación a una dirección distinta a la
informada en el RUT, en cuyo caso se deberá notificar a la dirección
correcta dentro del término legal.
37. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN
FORMAS DE NOTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA
ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO 569 E.T.
❑ Notificación personal: Se practicará por funcionario de la
Administración, en el domicilio del interesado, o en la oficina de
Impuestos respectiva, en este último caso, cuando quien deba
notificarse se presente a recibirla voluntariamente, o se hubiere
solicitado su comparecencia mediante citación. El funcionario
encargado de hacer la notificación pondrá en conocimiento del
interesado la providencia respectiva, entregándole un ejemplar.
A continuación de dicha providencia, se hará constar la fecha de
la respectiva entrega.
38. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DEBERES Y OBLIGACIONES FORMALES
OBLIGADOS A CUMPLIR LOS DEBERES FORMALES.
ARTICULO 571. E.T.
Los contribuyentes o responsables
directos del pago del tributo deberán
cumplir los deberes formales señalados
en la Ley o en el reglamento,
personalmente o por medio de sus
representantes, y a falta de éstos, por el
administrador del respectivo patrimonio.
39. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DEBERES Y OBLIGACIONES FORMALES
RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA DE LOS
REPRESENTANTES POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES
FORMALES. Art. 573E.T.
Los obligados al cumplimiento de deberes
formales de terceros responden
subsidiariamente cuando omitan cumplir
tales deberes, por las consecuencias que se
deriven de su omisión.
40. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PRINCIPAL
OBLIGACIÓN PRINCIPAL
PAGO DEL
TRIBUTO
INSTRUMENTO
DECLARACIÓN
DECLARACIÓN OFICIAL DECLARACIÓN PRIVADA
41. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
✓ IMPUESTO DE RENTA Y SU COMPLEMENTARIO
✓ INGRESOS Y PATRIMONIO
✓ DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA
✓ IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - IVA
✓ IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
✓ IMPUESTO NACIONAL AL CARBONO
✓ IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y EL ACPM
✓ RETENCIÓN EN LA FUENTE
✓ GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS – 4X1000
✓ DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR
✓ DECLARACIONES DEPARTAMENTALES
✓ DECLARACIONES MUNICIPALES
42. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
RESERVA DE LA DECLARACIÓN. Art. 583 E.T.
La información tributaria respecto de las bases gravables
y la determinación privada de los impuestos que figuren
en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de
información reservada; por consiguiente, los funcionarios
de la Dirección General de Impuestos Nacionales sólo
podrán utilizarla para el control, recaudo, determinación,
discusión y administración de los impuestos y para
efectos de informaciones impersonales de estadística.
43. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
RESERVA DE LA DECLARACIÓN. Art. 583 E.T.
En los procesos penales, podrá suministrarse copia de las
declaraciones, cuando la correspondiente autoridad lo decrete
como prueba en la providencia respectiva.
Los bancos y demás entidades que en virtud de la autorización para
recaudar los impuestos y recibir las declaraciones tributarias, de
competencia de la DIAN, conozcan las informaciones y demás datos
de carácter tributario de las declaraciones, deberán guardar la más
absoluta reserva con relación a ellos y sólo los podrán utilizar para
los fines del procesamiento de la información, que demanden los
reportes de recaudo y recepción, exigidos por el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público.
44. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
RESERVA DE LA DECLARACIÓN. Art. 583 E.T.
Para fines de control al lavado de activos, La DIAN deberá
remitir, a solicitud de la dependencia encargada de
investigar el lavado de activos, la información relativa a
las declaraciones e investigaciones de carácter tributario,
aduanero y cambiario, que posea en sus archivos físicos
y/o en sus bases de datos.
45. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
EXAMEN DE LA DECLARACIÓN CON AUTORIZACIÓN DEL
DECLARANTE. Art. 584.E.T.
Las declaraciones podrán ser examinadas cuando se
encuentren en las oficinas de impuestos, por cualquier
persona autorizada para el efecto, mediante escrito
presentado personalmente por el contribuyente ante un
funcionario administrativo o judicial.
46. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
PARA LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOS NACIONALES,
DEPARTAMENTALES O MUNICIPALES SE PUEDE INTERCAMBIAR
INFORMACIÓN. ART. 585 E.T.
Para los efectos de liquidación y control de impuestos nacionales,
departamentales o municipales, podrán intercambiar información sobre los
datos de los contribuyentes, el Ministerio de Hacienda y las Secretarias de
Hacienda Departamentales y Municipales.
Para ese efecto, los municipios también podrán solicitar a la Dirección
General de Impuestos Nacionales , copia de las investigaciones existentes
en materia de los impuestos sobre la renta y sobre las ventas, los cuales
podrán servir como prueba, en lo pertinente, para la liquidación y cobro del
impuesto de industria y comercio.
47. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
PARA LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOS NACIONALES,
DEPARTAMENTALES O MUNICIPALES SE PUEDE INTERCAMBIAR
INFORMACIÓN. ART. 585 E.T.
A su turno, la Dirección General de Impuestos Nacionales,
podrá solicitar a los Municipios, copia de las
investigaciones existentes en materia del impuesto de
industria y comercio, las cuales podrán servir como prueba,
en lo pertinente, para la liquidación y cobro de los
impuestos sobre la renta y sobre las ventas.
48. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
GARANTIA DE LA RESERVA POR PARTE DE LAS ENTIDADES
CONTRATADAS PARA EL MANEJO DE INFORMACIÓN
TRIBUTARIA. ART: 586 E.T.
Cuando se contrate para la Dirección General de Impuestos
Nacionales, los servicios de entidades privadas para el
procesamiento
procesamiento
de datos, liquidación y contabilización de los
gravámenes por sistemas electrónicos, podrá suministrarles
informaciones globales sobre la renta y el patrimonio bruto de los
contribuyentes, sus deducciones, rentas exentas, exenciones,
pasivos, bienes exentos, que fueren estrictamente necesarios para la
correcta determinación matemática de los impuestos, y para fines
estadísticos.
49. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
INFORMACIÓN SOBRE BASES PARA APORTES
PARAFISCALES. ART. 587 E.T.
La Dirección General de Impuestos Nacionales podrá levantar la
reserva de las declaraciones de impuestos sobre la renta y
complementarios, únicamente en relación con los pagos laborales
objeto del aporte, para efectuar cruces de información con el
Instituto de Seguros Sociales, I.S.S., el Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar, I.C.B.F., el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA,
y las respectivas cajas de compensación familiar, así como sus
asociaciones o federaciones, tendientes a verificar el cumplimiento
del pago de los aportes a dichas entidades a petición de cualesquiera
de estos organismos.
50. Mg. ANA GLADYS TORRES CASTAÑO
DECLARACIONES TRIBUTARIAS
SUMINISTRO DE INFORMACIÓN CON FINES ESTADÍSTICOS.
ARTÍCULO 587-1.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá, previa
solicitud, suministrar al Departamento Administrativo Nacional de
Estadística --DANE-- para propósitos estrictamente estadísticos y en
particular para desarrollar encuestas económicas y para análisis
empresariales como demografía de empresas, información tributaria
globalizada o desagregada por sectores.
El uso de esta información estará sometida a la más estricta reserva.