CICLOS BIOGEOQUIMICOS en la nutricion vegetal.pptx
PROPUESTA DEBATE SOBRE ESEQUIBO.pdf
1. DOCUMENTO RESUMEN PARA EL DEBATE
SOBRE LA DEFENSA DEL TERRITORIO ESEQUIBO
CONTEXTO.
Las declaraciones emitidas el 19 de septiembre por parte de Luis Almagro,
Secretario General de la OEA, y el 20 de septiembre de Brian Nichols,
Subsecretario de Estado del gobierno de los EE.UU., en las cuales fijan su
posición en contra de los derechos históricos de Venezuela sobre la Guyana
Esequiba constituyen una nueva agresión imperialista y su Doctrina Monroe
contra nuestro país, la cual es incentivada por el Comando Sur de los
Estados Unidos y la trasnacional ExxonMobil en su afán por el saqueo de
los recursos energéticos en el mundo.
LA CONTROVERSIA POR EL TERRITORIO ESEQUIBO.
Mapa de las Provincias Unidas de Venezuela de 1810 hecho por Agustín Codazzi,
refleja lo que eran los territorios de la Capitanía General de Venezuela, creada por
mandato del Rey de España un 8 de septiembre de 1777.
“Es importante recordar de dónde viene nuestra lucha por el Esequibo,
ante la manipulación y los intentos de ponernos como un país agresor.
Este territorio lo ganó el Ejército Libertador con Bolívar al frente,nadie nos
regaló la libertad. Venezuela no es una amenaza, solo defendemos
nuestros derechos históricos”.
Presidente Nicolás Maduro, 26 de septiembre 2023.
2. La Guayana Esequiba es un territorio que posee una superficie de 159.500
km2.
Cronología de algunos eventos vinculados al tema del Esequibo
1.777: Es creada la Capitanía General de Venezuela el 8 de septiembre,
mediante la Real Cédula de Carlos III, (…) quedando así establecida la
jurisdicción de Venezuela sobre el Territorio Esequibo.
1.811: Las Provincias Unidas de Venezuela declaran su independencia de
España el 5 de julio. En su primera Constitución, decretada en diciembre de
ese mismo año, se establecen los límites en su capítulo 5to: “Los límitesde
los Estados Unidos de Venezuela son los mismos que el año de 1810
correspondían a la antigua Capitanía General de Venezuela”, de acuerdo
con el uso y costumbres de las leyes y procedimientos de la época. Esta
misma delimitación aparecerá en posteriores constituciones.
1.835: Schomburgk elaboró un primer mapa de la Guayana Británica, en el
cual indica que el territorio venezolano llegaba hasta el Río Esequibo (este
mapa fue ocultado de forma maliciosa por los ingleses).
1.949: Se descubre el fraude del Laudo Arbitral de París. Se publica en el
American Journal of lnternational Law el memorando de Severo Mallet-
Prevost, quien, prevaricando en su función como abogado asesor de
Venezuela, no denuncia los acuerdos tras bastidores realizados por los
árbitros del Laudo Arbitral de París para favorecer a Gran Bretaña en contra
de las reglas establecidas por el Tratado de Washington.
1966: el 17 de febrero se firma el Acuerdo de Ginebra entre los gobiernos
de Venezuela, Gran Bretaña y la colonia de Guayana Británica reconocen la
existencia de una controversia sobre la soberanía en el Territorio del
Esequibo y se establecen los procedimientos para encontrar una solución
por medios pacíficos.
2015: el 7 de mayo, Guyana anuncia que Exxon Mobil encontró petróleo en
la fachada marítima del Esequibo, en el llamado Bloque Strabroek.
3. 2015: el 06 de julio, el Presidente Nicolás Maduro durante una sesión
especial de la Asamblea Nacional dio a conocer la posición de Venezuela y
la defensa irrenunciable de nuestro país sobre El Esequibo.
VENEZUELA DECLARA COMO VICIADO EL LAUDO ARBITRAL DE
PARIS.
La posición diplomática de Venezuela ante los organismos internacionales y
en las conversaciones con Guyana ha sido siempre declarar como viciado el
llamado Laudo Arbitral de París de 1899, (Argumento jurídico que defiende
Guyana y que hoy también asumen abiertamente los Estados Unidos de
Norteamérica, el Reino Unido y la Exxon Mobile).
ACUERDO DE GINEBRA
Foto: Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Para Venezuela el tema del Esequibo representa un interés nacional, un
reclamo histórico, jurídico, político y diplomático en defensa de nuestra
integridad territorial, cuya defensa nacional está sustentando en el marco
del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966, el cual es una Ley de la
República, publicada el 15 de abril de 1966 en la Gaceta Oficial Número
28.008
Venezuela con el Acuerdo de Ginebra, reafirma que el Esequibo nos
pertenece porque formó parte del territorio de la Capitanía General de
Venezuela, y según el principio “Uti possidetis juris” (como poseías de
acuerdo al Derecho seguirás poseyendo), es parte integral de nuestro país
por el que lucharon y murieron nuestros libertadores para darnos como
herencia una nación libre, soberana e indivisible.
4. INTERESES SOBRE EL TERRITORIO DEL ESEQUIBO, PETROLEO Y
OTROS RECURSOS.
Guyana de la mano de ExxonMobil, ha hallado a 193 km de la costa
yacimientos petroleros (…) el yacimiento denominado Liza, mostró a unos
1.900 metros de profundidad marina importantes reservas de oro negro,
iniciando las actividades de explotación en el año 2019.
Para julio del año 2023, las reservas de barriles de petróleo recuperables de
Guyana son de 11.000 millones de bpd, pasando a ocupar el puesto número
17 de país con reservan petroleras a nivel mundial y el 3er país petrolero de
América Latina. Su producción al mes de septiembre de 2023 es de 400.000
bpd.
La producción petrolera ha aportado al país hasta el momento 2.800
millones de dólares y ha dado trabajo a 4.400 guyaneses, la proyección de
ExxonMobil para finales del año 2023 es de 1 millón de barriles de petróleo
diario.
5. INTERESADOS EN LOS RECURSOS DEL TERRITORIO ESEQUIBO.
Estados Unidos de Norteamérica, El Reino
Unido y las Empresas Transnacionales
petroleras buscan el control absoluto del
petróleo y los recursos minerales en la zona.
GOBIERNO DE GUYANA: FRANQUICIA DE EXXON MOBILE.
Foto: Presidente de Guyana Mohamed Irfaan Ali intervención en la plenaria del 78°
período de sesiones de la Asamblea General de la Organización de las Naciones
Unidas (ONU).
El Presidente de Guyana Mohamed Irfaan Ali, durante su discurso en el
debate general del 78° período de sesiones de la Asamblea General de las
Naciones Unidas arremetió contra Venezuela, acusándonos de socavar la
Soberanía de su país frente al reclamo legítimo de nuestro país sobre sus
derechos en la Guyana Esequiba, y afirmo que:
“Guyana recibió un mensaje muy amenazador de Venezuela, llegó
en forma de comunicado atacando a Guyana por poner a subasta
ciertos bloques petroleros en nuestras aguas soberanas. Guyana
considera esto una amenaza a la paz y la seguridad internacional,
así como a los socios inversores de Guyana, exigimos que
6. Venezuela cumpla su obligación bajo las leyes de buscar solo
medios pacíficos para resolver cualquier disputa que pueda tener
con Guyana incluyendo la adjudicación ante la Corte Internacional
de Justicia”
El 17 de septiembre mediante una declaración oficial La Commonwealth
expreso que apoya la integridad territorial de Guyana y pide el respeto del
proceso judicial en curso, señalando que:
“reafirmó su apoyo inquebrantable al proceso judicial en curso ante
la Corte Internacional de Justicia y reiteró su apoyo firme y firme al
mantenimiento y preservación de la soberanía y la integridad
territorial de Guyana, y al ejercicio sin obstáculos de su derecho a
desarrollar el la totalidad de su territorio en beneficio de su pueblo”.
El 23 de septiembre la Secretaría General de la OEA emite un comunicado
oficial sobre acontecimientos recientes en torno al diferendo Guyana-
Venezuela, mediante el cual afirman que:
El 21 de septiembre de 2023, el régimen de la “Asamblea Nacional”
de Venezuela acordó por unanimidad convocar a una Consulta
Pública Nacional “para que el pueblo fortalezca la defensa” y “los
derechos inalienables de Venezuela” sobre la disputa territorial con
Guyana. Condenamos este uso indebido de un referéndum porque
es ilegal según el Acuerdo de Ginebra de 1966, y porque usos
indebidos similares de este instrumento han servido como pretexto
en el pasado reciente para tratar de justificar las peores acciones
entre Estados, incluido el crimen de agresión.
VENEZUELA DEFIENDE EL ESEQUIBO.
“Es importante recordar de dónde viene nuestra lucha por el Esequibo, ante
la manipulación y los intentos de ponernos como un país agresor. Este
territorio lo ganó el Ejército Libertador con Bolívar al frente, nadie nos regaló
la libertad. Venezuela no es una amenaza, solo defendemos nuestros
derechos históricos”.
Presidente Nicolás Maduro, 25 de septiembre 2023.
7. "El imperialismo se quiere robar nuestro petróleo y se consigue con malos
hijos de la Patria que están dispuesto a entregar la riqueza de nuestros niños
a una potencia extranjera a la que están dispuesto a arrodillarse para que
les dé migajas" (…) “Toda la vida han agredido a nuestros pueblos, se han
robado los reales del país y se los han llevado. Ellos están presionandopor
el lado de nuestro Esequibo” (…) “Vanessa Neuman Embajadora de Guaidó
en el Reino Unido, dejaba claro que el Esequibo era la garantía de que
Inglaterra los apoyara a derrotar al gobierno de Nicolas Maduro” (…)
“debemos repoblar el Esequibo y construir ciudades es necesario”
Capitán Diosdado Cabello, Primer Vicepresidente del PSUV
26 de septiembre 2023
Bases Jurídicas que sustentan nuestra defensa del Esequibo:
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela plantea en
su título II todo lo relacionado al espacio geográfico y la división
política, en los siguientes artículos:
Artículo 10. El territorio y demás espacios geográficos de la República
son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de
la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las
modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados
de nulidad.
Artículo 13. El territorio no podrá ser jamás cedido, traspasado,
arrendado, ni en forma alguna enajenado, ni aun temporal o
parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho
internacional. El espacio geográfico venezolano es una zona de paz. No
se podrán establecer en él bases militares extranjeras o instalaciones que
tengan de alguna manera propósitos militares, por parte de ninguna
potencia o coalición de potencias. Los Estados extranjeros u otros sujetos
de derecho internacional sólo podrán adquirir inmuebles para sedes de
sus representaciones diplomáticas o consulares dentro del área que se
determine y mediante garantías de reciprocidad, con las limitaciones que
establezca la ley. En dicho caso quedará siempre a salvo la soberanía
nacional. Las tierras baldías existentes en las dependencias federales y
en las islas fluviales o lacustres no podrán enajenarse, y su
aprovechamiento sólo podrá concederse
8. en forma que no implique, directa ni indirectamente, la transferencia de
la propiedad de la tierra.
La Carta de las Naciones Unidas, en su Artículo 33, numeral 1, señala
que:
Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible
de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad
internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante
la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el
arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos
regionales u otros medios pacíficos de su elección.
El Acuerdo de Ginebra en su artículo 5, numeral 2, señala que:
Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en
vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer valer,
apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en los
Territorios de Venezuela o la Guayana Británica, ni para crear
derechos de soberanía en dichos Territorios, excepte en cuanto tales
actos o actividades sean resultado de cualquier convenio logrado por
la Comisión Mixta y aceptado por escrito por el Gobierno de
Venezuela y el Gobierno de Guyana. Ninguna nueva reclamación o
ampliación de una reclamación existente a
soberanía territorial en dichos Territorios será hecha valer mientras
este Acuerdo esté en vigencia, ni se hará valer reclamación alguna
sino en la Comisión Mixta mientras tal Comisión exista.
EL REFERÉNDO CONSULTIVO SOBRE EL TERRITORIO ESEQUIBO.
“Convocar a una gran consulta nacional a través de un Referéndum
Consultivo para que el pueblo de Venezuela por vía del voto directo y secreto
tome la decisión y refuerce los inalienables derechos de Venezuela y su
pueblo sobre el territorio de la Guayana Esequiba y su ratificación por
historia y por derecho como parte indisoluble del sagrado suelo de la patria”
Presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez,
21 de septiembre del 2023
9. La Asamblea Nacional, institución que representa los intereses del pueblo y
fiel depositario de su expresión de la Soberanía, mediante un acuerdo en su
sesión del 21 de septiembre, aprobó un acuerdo en repudio las acciones de
agresión sobre Venezuela por parte de Guyana, Estados Unidos, la OEA y la
Exxon Mobile, ratificando además la defensa de los derechos legítimos de
nuestro país sobre el Esequibo.
ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ACUERDO EN REPUDIO A LAS INSOLENTES DECLARACIONES DEL
DEPARTAMENTO DE ESTADO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,
SOBRE LAS ILÍCITAS CONCESIONES OTORGADAS POR LA REPÚBLICA
COOPERATIVA DE GUYANA EN AGUAS POR DELIMITAR
ACUERDA
QUINTO. Por ser un tema de especial trascendencia nacional, tal como
lo establece el artículo 71 de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, la Asamblea Nacional convoca un proceso de consulta
nacional a través de un Referéndum Consultivo, para que por la vía del
voto directo y secreto el pueblo venezolano tome decisión y refuerce los
inalienables derechos de Venezuela y su pueblo sobre el Territorio de la
Guayana Esequiba.
El Presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez, propuso a todos los
diputados, convocar a un proceso de consulta nacional, a través de un
Referendo Consultivo, para que, por la vía del voto directo y secreto, el pueblo
venezolano tome decisión y refuerce los inalienables derechos de Venezuela
y su pueblo sobre el Territorio de la Guayana Esequiba. Tal como lo establece
el Capítulo IV de los Derechos Políticos y del Referendo Popular Sección
Segunda, en el artículo 71 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela:
Artículo 71. Las materias de especial trascendencia nacional
podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del
Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros;
por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la
mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor
del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el
registro civil y electoral.
¡EL SOL DE VENEZUELA NACE EN EL ESEQUIBO!