El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó el Listado de Microempresas que serán fiscalizadas por los Gobiernos Regionales el año 2016.
Las empresas que no se encuentran incluidas en el Listado son ficalizadas por la SUNAFIL.
Sólo en caso de no haberse implementado la Intendencia Regional de la SUNAFIL en alguna jurisdicción, el Gobierno Regional realiza la fiscalización de la totalidad empleadores.
La fiscalización laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo del sector minería, energía e hidrocarburos es de competencia de la Intendencia Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo del Trabajo, y el procedimiento administrativo sancionador a cargo de la Intendencia de Lima Metropolitana, en ambos casos a nivel nacional.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó el Listado de Microempresas que serán fiscalizadas por los Gobiernos Regionales el año 2016.
Las empresas que no se encuentran incluidas en el Listado son ficalizadas por la SUNAFIL.
Sólo en caso de no haberse implementado la Intendencia Regional de la SUNAFIL en alguna jurisdicción, el Gobierno Regional realiza la fiscalización de la totalidad empleadores.
La fiscalización laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo del sector minería, energía e hidrocarburos es de competencia de la Intendencia Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo del Trabajo, y el procedimiento administrativo sancionador a cargo de la Intendencia de Lima Metropolitana, en ambos casos a nivel nacional.
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
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#Noticias
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R.a. no.038 bonificacion diferencial
1. Jr. Tacna No.562- Melgar-Ayaviri- Puno Teléfono: (051) 563061- Telefax (051) 563140 Apartado No.43
Correo electrónico muniayaviri@hotmail.com
“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 038-2012-MPM-A.
Ayaviri, 24 de Enero del 2012.
VISTO:
El Memorándum Nº 028-2012-MPM-A/A, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía económica, política y administrativa en los
asuntos de su competencia, concordante con el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo
General, que consagra los principios rectores del procedimiento administrativo, denotándose el de legalidad, debido procedimiento, verdad
material, entre otros;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 6º, establece que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El
Alcalde es el Representante Legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; así mismo el artículo 20 inciso 6) de la norma
acotada prescribe que son atribuciones del Alcalde: Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, de conformidad al Decreto legislativo Nº 276, artículo 46: La Remuneración de los funcionarios y servidores públicos estará
constituida por el haber básico, las bonificaciones y los beneficios. El haber básico se fija, para los funcionarios, de acuerdo a cada cargo, y para
los servidores de acuerdo a cada nivel, de carrera. En uno y otro caso el haber básico es el mismo para cada cargo y para cada nivel, según
corresponda;
Que, de conformidad al artículo 53, inciso a) de la norma acotada prescribe: Compensar a un servidor de carrera por el desempeño de
un cargo que implique responsabilidad directiva;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 434-2010-MPM/A, se aprueba el Presupuesto Analítico de Personal de la Municipalidad
Provincial de Melgar, en la que se estipula el nivel remunerativo de los funcionarios, empleado de confianza, servidor público, cargos directivos y
especialistas de apoyo, por lo en el marco del mencionado instrumento de gestión se hace necesario otorgar una bonificación al personal que
viene laborando actualmente dentro de la entidad;
Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad a las facultades establecidas en el articulo 20 inc. 6 v de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley Nº 27972, y el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del
Sector Público y contando con la visación de la Gerencia Municipal, Dirección General de Administración y la Dirección de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la BONIFICACIÓN DIFERENCIAL al cargo por un periodo de dos meses del presenta año (enero, febrero -
2012) del personal que se detalla a continuación:
NOMBRES Y APELLIDOS CARGO BONIF. DIF.
VICTOR SIMON SEJJE LUQUE Asesor Legal 1000.00
EFRAIN PARI ORTIZ Director de Planificación y Presupuesto 800.00
MANUEL ALBERTO RUELAS CHOQUEMAMANI Sub Director de Gestión, Programación e Inversiones 200.00
BENITO CARLOS CHOQUE MAMANI Director General de Administración 800.00
ERNESTO RUFO CALCINA RAMIREZ Jefe de Personal 900.00
OLGA ELIZABETH GARCIA MAMANI Jefe de la Oficina de Contabilidad 500.00
RICHARD PERCY CANAZA CONDORI Jefe de Tesorería 400.00
DANY DANIEL COAQUIRA MAMANI Jefe de Abastecimientos 225.00
YOVANA MIRANDA RAMOS Especialista en Abastecimientos 800.00
ANGEL MAMANI QUISPE Especialista en Almacén 600.00
ANDRES JUSTO FLOREZ PACHECO Jefe de Estadística e Informática 700.00
NICOLAS APARICIO HURTADO Director de Desarrollo Local 600.00
CESAR RAMIRO OLARTE ZUÑIGA Especialista en Desarrollo Agropecuario 1000.00
JUAN DE DIOS FREDY APAZA YUCRA Director de Servicio Social y Participación Ciudadana 700.00
Articulo Segundo.- PONGASE de conocimiento de la presente resolución a Gerencia Municipal, Dirección General de Administración,
Dirección de Planeamiento y Presupuesto y demás Direcciones y/o Jefaturas que tengan injerencia en la misma.
Artículo Tercero.- NOTIFIQUESE a los interesados el presente conforme a Ley.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
LHH/A
WCH/SG
C.C
GEMU
DGA
DPP
INT
ARCH.