La resolución designa y encarga funciones a nuevas personas en cargos de confianza de la Unidad Ejecutora “Inversión Pública SUNAT” de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. También deja sin efecto la designación de una persona anteriormente nombrada en uno de estos cargos.
La SUNAFIL aprobó el Protocolo de Actuación en materia de Trabajo Forzoso, instrumento técnico normativo que establece pautas mínimas que contribuirán a una actuación eficiente en materia de prevención y erradicación del trabajo forzoso.
La SUNAFIL aprobó la Directiva N° 001-2016 - Reglas Generales para el Ejercicio de la Función Inspectiva, instrumento técnico normativo que precisa reglas y criterios generales para el adecuado ejercicio de la función inspectiva, con la finalidad de coadyuvar a la verificación eficiente del cumplimiento de la norma sociolaboral.
La SUNAFIL aprobó la Directiva para el ejercicio de la función inspectiva en materia de seguridad y salud en el trabajo mediante Resolución de Superintendencia N° 058-2016-SUNAFIL publicada el viernes 29 de abril de 2016 en el Diario Oficial El Peruano. Sin embargo, en el portal de transparencia publica como Anexo la Directiva Reglas Generales para la fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Establecen disposiciones para el conocimiento de procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y Procesos Contencioso Administrativos Laborales y Previsionales en la Corte Superior de Justicia de Arequipa
1) El Consejo de Seguridad de la ONU renovó el mandato de un grupo de expertos para monitorear la situación en Sudán del Sur hasta abril de 2016 y decidió seguir examinando el asunto. 2) El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú dispuso publicar un resumen de la Resolución 2276 del Consejo de Seguridad sobre no proliferación de armas en Corea del Norte. 3) El decreto supremo modifica el reglamento de la ley de compensación por tiempo de servicios para adecuarlo a un cambio en los
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante Resolución Ministerial N° 127-2016-TR, aprobó la Norma Tpecnica para el diseño, implementación y ejecución de ajustes razonables para el empleo de personas con discapacidad en el sector privado, y el formato de solicitud de ajustes razonables. Norma publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio de 2016, y sus anexos en la página web del MTPE.
La SUNAFIL aprobó la Directiva Nº 003-2017-SUNAFIL/INII - Directiva que regula la emisión de la Constancia de Cese del Trabajador", con Resolución de Superintendencia Nº 257-2017-SUNAFIL.
Esta constancia la emite la Autoridad Inspectiva de Trabajo, en lugar del empleador, en caso de negativa injustificada, demora del empleador, abandono de la empresa, y otro supuesto que acredite la imposibilidad de que el empleador emita la misma.
La SUNAFIL aprobó el Protocolo de Actuación en materia de Trabajo Forzoso, instrumento técnico normativo que establece pautas mínimas que contribuirán a una actuación eficiente en materia de prevención y erradicación del trabajo forzoso.
La SUNAFIL aprobó la Directiva N° 001-2016 - Reglas Generales para el Ejercicio de la Función Inspectiva, instrumento técnico normativo que precisa reglas y criterios generales para el adecuado ejercicio de la función inspectiva, con la finalidad de coadyuvar a la verificación eficiente del cumplimiento de la norma sociolaboral.
La SUNAFIL aprobó la Directiva para el ejercicio de la función inspectiva en materia de seguridad y salud en el trabajo mediante Resolución de Superintendencia N° 058-2016-SUNAFIL publicada el viernes 29 de abril de 2016 en el Diario Oficial El Peruano. Sin embargo, en el portal de transparencia publica como Anexo la Directiva Reglas Generales para la fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Establecen disposiciones para el conocimiento de procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y Procesos Contencioso Administrativos Laborales y Previsionales en la Corte Superior de Justicia de Arequipa
1) El Consejo de Seguridad de la ONU renovó el mandato de un grupo de expertos para monitorear la situación en Sudán del Sur hasta abril de 2016 y decidió seguir examinando el asunto. 2) El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú dispuso publicar un resumen de la Resolución 2276 del Consejo de Seguridad sobre no proliferación de armas en Corea del Norte. 3) El decreto supremo modifica el reglamento de la ley de compensación por tiempo de servicios para adecuarlo a un cambio en los
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante Resolución Ministerial N° 127-2016-TR, aprobó la Norma Tpecnica para el diseño, implementación y ejecución de ajustes razonables para el empleo de personas con discapacidad en el sector privado, y el formato de solicitud de ajustes razonables. Norma publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio de 2016, y sus anexos en la página web del MTPE.
La SUNAFIL aprobó la Directiva Nº 003-2017-SUNAFIL/INII - Directiva que regula la emisión de la Constancia de Cese del Trabajador", con Resolución de Superintendencia Nº 257-2017-SUNAFIL.
Esta constancia la emite la Autoridad Inspectiva de Trabajo, en lugar del empleador, en caso de negativa injustificada, demora del empleador, abandono de la empresa, y otro supuesto que acredite la imposibilidad de que el empleador emita la misma.
Este documento designa a Ricardo Alberto Díaz Romero en el cargo de Intendente de la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD). Primero da por concluido el encargo previo de las funciones de Intendente que tenía Díaz Romero. Luego, en base a la normativa correspondiente, la Superintendente de SUSALUD designa formalmente a Díaz Romero en el mencionado cargo de confianza. Finalmente, dispone la notificación y publicación de la presente resoluc
La Ley Nº 30709, publicada el miércoles 27 de diciembre de 2017, establece lo siguiente:
- Prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres.
- Obligación de elaborar cuadros de categorías y funciones de su personal, en el plazo de 180 días.
- La remuneración de cada categoría la establece el empleador sin discriminación.
- Los planes de formación profesional y desarrollo de capacidades laborales del personal garantiza la igualdad entre hombres y mujeres.
- Prohíbe el despido y la no renovación de contrato por motivos vinculados con la condición del embarazo o el periodo de lactancia.
- La norma será reglamentada en el plazo de 60 días.
La resolución ministerial aprueba la relación de procedimientos administrativos a cargo de las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre en el marco de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Esto incluye la denominación, plazo máximo de atención y requisitos máximos para cada procedimiento. Además, se encarga al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre realizar el seguimiento de la actualización e incorporación de estos procedimientos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de los
La resolución ministerial aprueba el inicio del proceso de transferencia de competencias en materia de fiscalización e inspección laboral del Gobierno Regional de Arequipa a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). Se crea una comisión de transferencia integrada por representantes de SUNAFIL y del gobierno regional. Además, se establece el 20 de octubre de 2016 como fecha de inicio del ejercicio de competencias inspectivas y sancionadoras de SUNAFIL en Arequipa.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante Resolución Ministerial N° 156-2016-TR, aprobó la Directiva General N° 01-2016-MTPE/2/14, Directiva General que regula la actuación de la Autoridad Administrativa de Trabajo en el trámite de Negociación Colectiva del Sector Público.
El Pleno Jurisdiccional Supremo acordó varios temas en materia laboral y previsional: 1) El empleador siempre será responsable por accidentes laborales y se puede usar la transacción para extinguir obligaciones por estos accidentes; 2) Los policías municipales y personal de serenazgo deben considerarse obreros; 3) Los días de huelga judicial no cuentan para el plazo de caducidad de demandas; 4) Siempre se debe pagar intereses legales en procesos previsionales aunque no se hayan solicitado; y 5) El
La resolución acepta la renuncia de Carla Marina Pérez Casquino al cargo de Jefa de la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. Además, designa a Julio César Ramos Aquije en el mismo cargo a partir del 2 de marzo, previo cumplimiento de los requisitos legales. Finalmente, dispone la publicación de la resolución.
Decreto Supremo Nº 007-2013-TR - Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, de acuerdo a las modificaciones a ésta última por la Ley que crea la SUNAFIL
El Decreto Supremo N° 014-2017-TR modifca el Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2016-TR.
El Decreto Supremo N° 013-2017-TR aprueba el Reglamento de la Ley N° 30119, Ley que concede el derecho a licencia al trabajador de la actividad pública y privado para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación de personas con discapacidad.
Los padres de personas con discapacidad, bajo tutela o curatela o bajo su dependencia tienes derecho a 56 horas de licencia al año para la atención médica o terapia de rehabilitación, a cuenta de vacaciones o compensable por horas de trabajo en sobretiempo, previo acuerdo escrito.
La SUNAFIL aprobó disposiciones sobre la presentación de Denuncias Laborales Virtuales, contenidos en la Directiva N° 003-2015-SUNAFIL-INPA, anexo que forma parte de la resolución. Se adjunta la Directiva en anexo que forma parte integrante de la resolución publicada.
La SUNAFIL aprobó disposiciones sobre la presentación de Denuncias Laborales Virtuales, contenidos en la Directiva N° 003-2015-SUNAFIL-INPA, anexo que forma parte de la resolución. Dicho anexo no ha sido publicado en El Peruano, debe ser publicado en la web de la SUNAFIL.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó el Listado de Microempresas que serán fiscalizadas por los Gobiernos Regionales el año 2016.
Las empresas que no se encuentran incluidas en el Listado son ficalizadas por la SUNAFIL.
Sólo en caso de no haberse implementado la Intendencia Regional de la SUNAFIL en alguna jurisdicción, el Gobierno Regional realiza la fiscalización de la totalidad empleadores.
La fiscalización laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo del sector minería, energía e hidrocarburos es de competencia de la Intendencia Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo del Trabajo, y el procedimiento administrativo sancionador a cargo de la Intendencia de Lima Metropolitana, en ambos casos a nivel nacional.
Prorrogar el Estado de Emergencia por el plazo de
cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir del 17 de
abril de 2016, en la Provincia Constitucional del Callao. La
Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden
interno.
El Decreto Supremo N° 043-2016-SA actualiza el Anexo 5 del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud (Ley N° 26790), aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA. Anexo que contiene el listado de actividades de alto riesgo.
Ds 012 2013 Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de I...Maria Prado Bedoya
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
Modificaciones que entrarán en vigencia a partir del 1ro. de marzo del presente año 2014.
Este documento modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo para adecuarlo a cambios en la ley y en el procedimiento administrativo general. Se modifican varios artículos para incluir referencias a la nueva ley de procedimiento administrativo y ampliar el alcance de la inspección a incluir el cumplimiento de normas de seguridad social. También se actualizan los cálculos de multas por infracciones y se establece que la tabla de multas se revise cada dos años.
La Resolución Ministerial N° 254-2017-TR aprobó el Listado de Microempreas que son fiscalizadas por los Gobiernos Regionales durante el año 2017. Las empresas INCLUDIAS en el Listado serán inspeccionadas por los Gobiernos Regionales, y las empresas NO INCLUIDAS serán inspeccionadas por la SUNAFIL. En las regiones en donde aún no se implementa la SUNAFIL, los Gobiernos mantiene su competencia para fiscalizar a todos los empleadores dentro de su jurisdicción territorial.
Este documento contiene tres disposiciones complementarias y una resolución de superintendencia. La primera disposición complementaria transitoria establece que un indicador específico no debe ser utilizado para presentar un formulario virtual. La segunda disposición complementaria derogatoria deroga varios artículos y numerales de resoluciones anteriores. La resolución de superintendencia aprueba una directiva que regula el procedimiento sancionador del sistema de inspección de trabajo.
La SUNAFIL, mediante la Resolución de Superintendencia N° 213-2015-SUNAFIL, publicada el día de hoy, viernes 22 de enero de 2016, en el Diario Oficial El Peruano, aprobó la Directiva N° 002-2015-SUNAFIL/INPA denominada "Derecho de los ciudadanos en el Sistema Inspectivo de Trabajo".
Este documento designa a Ricardo Alberto Díaz Romero en el cargo de Intendente de la Intendencia de Promoción de Derechos en Salud de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD). Primero da por concluido el encargo previo de las funciones de Intendente que tenía Díaz Romero. Luego, en base a la normativa correspondiente, la Superintendente de SUSALUD designa formalmente a Díaz Romero en el mencionado cargo de confianza. Finalmente, dispone la notificación y publicación de la presente resoluc
La Ley Nº 30709, publicada el miércoles 27 de diciembre de 2017, establece lo siguiente:
- Prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres.
- Obligación de elaborar cuadros de categorías y funciones de su personal, en el plazo de 180 días.
- La remuneración de cada categoría la establece el empleador sin discriminación.
- Los planes de formación profesional y desarrollo de capacidades laborales del personal garantiza la igualdad entre hombres y mujeres.
- Prohíbe el despido y la no renovación de contrato por motivos vinculados con la condición del embarazo o el periodo de lactancia.
- La norma será reglamentada en el plazo de 60 días.
La resolución ministerial aprueba la relación de procedimientos administrativos a cargo de las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre en el marco de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Esto incluye la denominación, plazo máximo de atención y requisitos máximos para cada procedimiento. Además, se encarga al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre realizar el seguimiento de la actualización e incorporación de estos procedimientos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de los
La resolución ministerial aprueba el inicio del proceso de transferencia de competencias en materia de fiscalización e inspección laboral del Gobierno Regional de Arequipa a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). Se crea una comisión de transferencia integrada por representantes de SUNAFIL y del gobierno regional. Además, se establece el 20 de octubre de 2016 como fecha de inicio del ejercicio de competencias inspectivas y sancionadoras de SUNAFIL en Arequipa.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante Resolución Ministerial N° 156-2016-TR, aprobó la Directiva General N° 01-2016-MTPE/2/14, Directiva General que regula la actuación de la Autoridad Administrativa de Trabajo en el trámite de Negociación Colectiva del Sector Público.
El Pleno Jurisdiccional Supremo acordó varios temas en materia laboral y previsional: 1) El empleador siempre será responsable por accidentes laborales y se puede usar la transacción para extinguir obligaciones por estos accidentes; 2) Los policías municipales y personal de serenazgo deben considerarse obreros; 3) Los días de huelga judicial no cuentan para el plazo de caducidad de demandas; 4) Siempre se debe pagar intereses legales en procesos previsionales aunque no se hayan solicitado; y 5) El
La resolución acepta la renuncia de Carla Marina Pérez Casquino al cargo de Jefa de la Oficina de Administración del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña. Además, designa a Julio César Ramos Aquije en el mismo cargo a partir del 2 de marzo, previo cumplimiento de los requisitos legales. Finalmente, dispone la publicación de la resolución.
Decreto Supremo Nº 007-2013-TR - Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, de acuerdo a las modificaciones a ésta última por la Ley que crea la SUNAFIL
El Decreto Supremo N° 014-2017-TR modifca el Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2016-TR.
El Decreto Supremo N° 013-2017-TR aprueba el Reglamento de la Ley N° 30119, Ley que concede el derecho a licencia al trabajador de la actividad pública y privado para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación de personas con discapacidad.
Los padres de personas con discapacidad, bajo tutela o curatela o bajo su dependencia tienes derecho a 56 horas de licencia al año para la atención médica o terapia de rehabilitación, a cuenta de vacaciones o compensable por horas de trabajo en sobretiempo, previo acuerdo escrito.
La SUNAFIL aprobó disposiciones sobre la presentación de Denuncias Laborales Virtuales, contenidos en la Directiva N° 003-2015-SUNAFIL-INPA, anexo que forma parte de la resolución. Se adjunta la Directiva en anexo que forma parte integrante de la resolución publicada.
La SUNAFIL aprobó disposiciones sobre la presentación de Denuncias Laborales Virtuales, contenidos en la Directiva N° 003-2015-SUNAFIL-INPA, anexo que forma parte de la resolución. Dicho anexo no ha sido publicado en El Peruano, debe ser publicado en la web de la SUNAFIL.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó el Listado de Microempresas que serán fiscalizadas por los Gobiernos Regionales el año 2016.
Las empresas que no se encuentran incluidas en el Listado son ficalizadas por la SUNAFIL.
Sólo en caso de no haberse implementado la Intendencia Regional de la SUNAFIL en alguna jurisdicción, el Gobierno Regional realiza la fiscalización de la totalidad empleadores.
La fiscalización laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo del sector minería, energía e hidrocarburos es de competencia de la Intendencia Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo del Trabajo, y el procedimiento administrativo sancionador a cargo de la Intendencia de Lima Metropolitana, en ambos casos a nivel nacional.
Prorrogar el Estado de Emergencia por el plazo de
cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir del 17 de
abril de 2016, en la Provincia Constitucional del Callao. La
Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden
interno.
El Decreto Supremo N° 043-2016-SA actualiza el Anexo 5 del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud (Ley N° 26790), aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA. Anexo que contiene el listado de actividades de alto riesgo.
Ds 012 2013 Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de I...Maria Prado Bedoya
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
Modificaciones que entrarán en vigencia a partir del 1ro. de marzo del presente año 2014.
Este documento modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo para adecuarlo a cambios en la ley y en el procedimiento administrativo general. Se modifican varios artículos para incluir referencias a la nueva ley de procedimiento administrativo y ampliar el alcance de la inspección a incluir el cumplimiento de normas de seguridad social. También se actualizan los cálculos de multas por infracciones y se establece que la tabla de multas se revise cada dos años.
La Resolución Ministerial N° 254-2017-TR aprobó el Listado de Microempreas que son fiscalizadas por los Gobiernos Regionales durante el año 2017. Las empresas INCLUDIAS en el Listado serán inspeccionadas por los Gobiernos Regionales, y las empresas NO INCLUIDAS serán inspeccionadas por la SUNAFIL. En las regiones en donde aún no se implementa la SUNAFIL, los Gobiernos mantiene su competencia para fiscalizar a todos los empleadores dentro de su jurisdicción territorial.
Este documento contiene tres disposiciones complementarias y una resolución de superintendencia. La primera disposición complementaria transitoria establece que un indicador específico no debe ser utilizado para presentar un formulario virtual. La segunda disposición complementaria derogatoria deroga varios artículos y numerales de resoluciones anteriores. La resolución de superintendencia aprueba una directiva que regula el procedimiento sancionador del sistema de inspección de trabajo.
La SUNAFIL, mediante la Resolución de Superintendencia N° 213-2015-SUNAFIL, publicada el día de hoy, viernes 22 de enero de 2016, en el Diario Oficial El Peruano, aprobó la Directiva N° 002-2015-SUNAFIL/INPA denominada "Derecho de los ciudadanos en el Sistema Inspectivo de Trabajo".
La SUNAFIL publicó el 18 de mayo de 2016 el Proyecto de Protocolo de Fiscalización de la Cuota de Empleo de la Persona con Discapacidad en el Sector Privado para comentarios durante el plazo de 15 días.
RS 257 2017-SUNAFIL - Directiva para la entrega de constancia de ceseGiancarlo Gayoso Gamboa
La resolución aprueba una directiva que regula la emisión de constancias de cese del trabajador. Esto permitirá limitar las órdenes de inspección y agilizar el proceso de solicitud de constancias de cese. La directiva fue elaborada por la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva de SUNAFIL y cuenta con el apoyo de otras áreas. Se publicó previamente en el diario oficial para recibir comentarios del público.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) aprueba el "Protocolo para la Fiscalización en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sub Sector de Minería". El protocolo establece las reglas y criterios específicos para inspecciones en el subsector minero con el fin de verificar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional. La SUNAFIL también acepta la renuncia de un Asesor de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria
Este documento presenta una resolución de la Contraloría General de la República que aprueba una directiva para implementar el Sistema de Control Interno en las entidades del Estado. La directiva establece el modelo, fases y plazos para la implementación del sistema, así como un aplicativo informático para medir el nivel de madurez del mismo. La Contraloría tiene la competencia de dictar la normativa técnica de control interno para las entidades públicas.
DIRECTIVA N°011-2013-CG/ADE – AUDITORÍA DE DESEMPEÑO, 22.NOV.2014miguelserrano5851127
La Contraloría General de la República aprueba una nueva Directiva sobre Auditoría de Desempeño, modifica disposiciones de las Normas de Auditoría Gubernamental y el Manual de Auditoría Gubernamental, y establece el marco conceptual y proceso para este tipo de auditoría con el objetivo de contribuir a mejorar la gestión de los recursos públicos de manera eficaz, eficiente, económica y de calidad.
El Decreto Supremo Nº 002-2017-TR aprobó el Reglamento del Sistema de Inspección del Trabajo a fin de garantizar el funcionamiento articulado de sus componentes.
El reglamento establece las funciones de los órganos que integran en sistema:
1. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE
2. Superintendencia Nacional de Fiscalización LAboral - SUNAFIL.
3. Gobiernos Regionales (Gerencias/Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo - G/DRTPE).
DIRECTIVA N° 006-2014-CG/APROD - “EJERCICIO DEL CONTROL SIMULTÁNEO”miguelserrano5851127
La resolución aprueba la Directiva "Ejercicio del Control Simultáneo" para establecer criterios y modalidades del control simultáneo realizado por la Contraloría General de la República. El control simultáneo se ejecuta durante procesos en curso para alertar sobre riesgos y promover medidas preventivas. La nueva directiva entrará en vigencia en enero de 2015, reemplazando la directiva anterior sobre control preventivo.
INDECOPI aprueba la Directiva sobre normas
relativas a la Carta Fianza que deben
otorgar las entidades administradoras y
liquidadoras conforme al artículo 120.2
de la Ley General del Sistema Concursal,
modificada por el Decreto Legislativo 1189.
Directiva n° 013-2016-CG/GPROD - Implementación del Sistema de Control intern...miguelserrano5851127
Cuyos objetivos son los de Regular el modelo y los plazos para la implementación del Sistema de Control Interno que deben realizar las entidades del Estado en los tres niveles de gobierno y el de Medir el nivel de madurez del Sistema de Control Interno con base a la información que deben registrar las entidades de todos los niveles de gobierno a través del aplicativo informático Seguimiento y Evaluación del Sistema de Control Interno.
DIRECTIVA N° 007- 2015-CG/PROCAL, “DIRECTIVA DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTIT...miguelserrano5851127
CUYOS OBJETIVOS SON LOS DE REGULAR LAS FUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL, LA ACTUACIÓN DEL JEFE Y SU PERSONAL, Y LAS OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DE LAS ENTIDADES SUJETAS AL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y ESTABLECER LAS DISPOSICIONES PARA LA DESIGNACIÓN, ENCARGO, TRASLADO Y SEPARACIÓN DEL JEFE DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL; ASÍ COMO, PARA LA SUPERVISIÓN DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Y LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL JEFE Y SU PERSONAL.
DIRECTIVA N° 007- 2015-CG/PROCAL, “DIRECTIVA DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTIT...Miguel Aguilar
CUYOS OBJETIVOS SON LOS DE REGULAR LAS FUNCIONES DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL, LA ACTUACIÓN DEL JEFE Y SU PERSONAL, Y LAS OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DE LAS ENTIDADES SUJETAS AL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y ESTABLECER LAS DISPOSICIONES PARA LA DESIGNACIÓN, ENCARGO, TRASLADO Y SEPARACIÓN DEL JEFE DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL; ASÍ COMO, PARA LA SUPERVISIÓN DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Y LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DEL JEFE Y SU PERSONAL.
Directiva Nº 017-2016-CG/DPROCAL “Control Simultáneo”, aprobado con Resolució...miguelserrano5851127
Cuyos objetivos son los de Definir las modalidades del servicio de control simultáneo y establecer las disposiciones que regulan su desarrollo, así como el de Establecer las disposiciones para el desarrollo de los operativos de control simultáneo.
La resolución aprueba la Directiva No 017-2016-CG/DPROCAL "Control Simultáneo", la cual regula el servicio de control simultáneo realizado por la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional en entidades sujetas al control. La nueva directiva incorpora la modalidad de "visita preventiva" y establece disposiciones para el desarrollo de "operativos de control simultáneo". Además, deja sin efecto la resolución previa que aprobó la versión actualizada de la directiva
DIRECTIVA N° 006-2014-CG/APROD “EJERCICIO DEL CONTROL SIMULTÁNEO”, MODIFICADA...miguelserrano5851127
La resolución aprueba una directiva que modifica la norma sobre el ejercicio del control simultáneo realizado por la Contraloría General de la República y los órganos de control institucional. La modificación incluye precisiones sobre las modalidades de acción simultánea y visita de control, mejoras en la terminología y plazos de seguimiento de las acciones de las entidades ante los riesgos comunicados.
El documento aprueba un nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo del Perú. El nuevo reglamento modifica la estructura organizativa para incorporar una nueva oficina llamada Procuraduría Pública y cambiar el nombre de otra oficina. El objetivo es optimizar los procesos de la Defensoría para que cumpla sus funciones de manera más eficiente. El Defensor del Pueblo aprueba el nuevo reglamento usando sus facultades legales.
La resolución aprueba la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional", que establece las funciones y procesos de los Órganos de Control Institucional y su interrelación con la Contraloría General de la República y las entidades sujetas a control. Asimismo, deja sin efecto el Reglamento de los Órganos de Control Institucional anterior y su modificatorias. La directiva entrará en vigencia un día después de su publicación.
Similar a Directiva 213-2015-sunafil- derecho de los ciudadanos en el sistema inspectivo de trabajo (20)
LEY DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE. La Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, en adelante la
Ley, tiene por objeto establecer los principios, lineamientos,
instrumentos y normas que regulan el acondicionamiento
territorial, la planifi cación urbana, el uso y la gestión del suelo
urbano, a efectos de lograr un desarrollo urbano sostenible,
entendido como la optimización del aprovechamiento del
suelo en armonía con el bien común y el interés general,
la implementación de mecanismos que impulsen la gestión
del riesgo de desastres y la reducción de vulnerabilidad,
la habilitación y la ocupación racional del suelo; así como
el desarrollo equitativo y accesible y la reducción de la
desigualdad urbana y territorial, y la conservación de los
patrones culturales, conocimientos y estilos de vida de
las comunidades tradicionales y los pueblos indígenas u
originarios
Ley de desarrollo urbano sostenible- LEY No. 31313. La Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, en adelante la Ley, tiene por objeto establecer los principios, lineamientos, instrumentos y normas que regulan el acondicionamiento territorial, la planificación urbana, el uso y la gestión del suelo urbano, a efectos de lograr un desarrollo urbano sostenible, entendido como la optimización del aprovechamiento del suelo en armonía con el bien común y el interés general, la implementación de mecanismos que impulsen la gestión del riesgo de desastres y la reducción de vulnerabilidad, la habilitación y la ocupación racional del suelo; así como el desarrollo equitativo y accesible y la reducción de la desigualdad urbana y territorial, y la conservación de los patrones culturales, conocimientos y estilos de vida de las comunidades tradicionales y los pueblos indígenas u originarios.
Este documento extingue la Comisión Multisectorial encargada de realizar el seguimiento de las acciones para el desarrollo y distribución de vacunas contra el COVID-19 en Perú. Se indica que la Comisión cumplió su objetivo de coordinar la negociación y compra de vacunas con diferentes laboratorios. Además, se dispone que la Secretaría Técnica de la Comisión entregue un informe final sobre sus actividades en 15 días.
La resolución suspende los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial entre el 13 y 23 de octubre debido a problemas presentados en el ingreso de documentos en el Sistema de Mesa de Partes Electrónica. También suspende la atención del Portal de Consulta de Expedientes Judiciales durante este periodo para realizar trabajos de optimización. Se establece que la Mesa de Partes Electrónica seguirá atendiendo pero será objeto de tratamiento para superar las dificultades de ac
Aprueban Documento Técnico:
Recomendaciones sobre el uso de Escudos
Faciales (Caretas) en los Establecimientos
de Salud y en la comunidad en el contexto
de la pandemia de COVID-19
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 447-2020-MINSA
Este documento analiza el impacto de la pandemia de COVID-19 en el sector de la construcción en Perú. Se describe la situación actual del sector y las perspectivas a corto y mediano plazo, incluidos los efectos en la producción, inversión, vivienda social y empleo. También se compara el impacto en Perú y otros países de Latinoamérica, y se presentan propuestas de la Cámara Peruana de la Construcción para reactivar el sector de manera segura.
Decreto Supremo que dispone la ampliación
de actividades económicas de la Fase 2 de
la Reanudación de Actividades Económicas
dentro del marco de la declaratoria de
Emergencia Sanitaria Nacional por las
graves circunstancias que afectan la vida
de la Nación a consecuencia del COVID-19 y
dicta otra disposición
DECRETO SUPREMO
Nº 110-2020-PCM
El documento describe las medidas tomadas por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC) para aprobar un plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en la institución. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de SUCAMEC aprobó dicho plan. La resolución oficializa la aprobación del plan para proteger la salud de los trabajadores de SUCAMEC durante la pandemia de acuerdo con las normas legales sobre segur
Protocolo para el uso de las Cuentas de Correo Electrónico Institucional para la recepción de Escritos en las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, durante el Período de emergencia sanitaria
Este documento aprueba un nuevo reglamento para las agencias de viajes y turismo en Perú. El reglamento establece disposiciones para la regulación de las agencias de viajes, su inscripción en un directorio nacional y las funciones del órgano competente. El nuevo reglamento reemplaza uno anterior y entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial.
Disponer, a partir de la publicación en la página web institucional del Poder Judicial, que
los jueces de los Distritos Judiciales del país, que no integran órganos jurisdiccionales de
emergencia, están obligados a retirar los expedientes de sus respectivos despachos, con la
finalidad de resolver desde sus domicilios vía trabajo remoto todos los procesos
pendientes, que por su naturaleza y particularidades procedimentales lo permita
Este documento establece lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores durante la pandemia de COVID-19. Define términos clave como caso confirmado, sospechoso, contacto directo, distanciamiento social y equipos de protección personal. Establece disposiciones generales sobre prevención, limpieza, desinfección y protocolos de regreso al trabajo. El objetivo es contribuir a la prevención del contagio en el ámbito laboral a través de la emisión de directrices para proteger la salud de los trabajadores.
“Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y
administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del
aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N.°
044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-
2020-PCM”
Este documento resume las principales medidas legales dictadas en Perú en el ámbito laboral durante la emergencia nacional por el COVID-19. Se reguló el trabajo remoto de manera temporal, se facultó modificar horarios laborales, y se establecieron licencias con goce de haber. También se emitieron guías de prevención laboral y el trabajo remoto se hizo obligatorio para trabajadores de riesgo mayores de 60 años. Sunafil aprobó protocolos de fiscalización y se dispusieron medidas compensatorias para trabajadores.
DECRETO DE URGENCIA
Nº 038-2020
DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA MITIGAR
LOS EFECTOS ECONÓMICOS CAUSADOS A LOS
TRABAJADORES Y EMPLEADORES ANTE EL
COVID-19 Y OTRAS MEDIDAS
Autorizan a los jueces de los Distritos Judiciales del país, que no
integran órganos jurisdiccionales de emergencia, para que durante el período del Estado de emergencia retiren expedientes y los trabajen en su domicilio
de Emergencia Nacional y en forma personal puedan retirar los expedientes de sus
respectivos despachos, con la finalidad de avanzar el trabajo desde sus domicilios.
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SON PRIMEROS ACTOS DE INVESTIGACIÓN LLEVADOS A CABO POR LA POLICIA NACIONAL , DESPUES DE RECIBIR UNA DENUNCIA O CUANDO REALIZA VERIFICACIONES E INDAGACIONES INVESTIGATIVAS BAJO LA CONDUCCIÓN DEL FISCAL
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vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
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Directiva 213-2015-sunafil- derecho de los ciudadanos en el sistema inspectivo de trabajo
1. 576180 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2016 / El Peruano
DEBE DECIR:
(…) Resolución Nº 363-2014-OSCE/PRE que aprobó
la Directiva Nº 005-2014-OSCE/CD “Procedimiento para la
inscripción y renovación de inscripción de proveedores de
bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores
(RNP)”(…)
1336911-3
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designación, designan y
encargan funciones en la Unidad Ejecutora
“Inversión Pública SUNAT”
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 014-2016/SUNAT
Lima, 21 de enero de 2016
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos, establece que
la designación de funcionarios en cargos de confianza
distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada
Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la
Entidad;
Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley
dispone que la resolución de designación de funcionarios
en cargos de confianza, surte efecto a partir del día de
su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo
disposición en contrario de la misma que postergue su
vigencia;
Que mediante Resolución de Superintendencia
N.° 232-2013/SUNAT se designó a la señora Carla
Paola Spetale Bojorquez en el cargo de confianza de
Coordinador Legal de la Unidad Ejecutora “Inversión
Pública SUNAT”;
Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la
designación a que se refiere el considerando precedente
y dar por concluido su vínculo laboral con la Institución;
Que resulta necesario designar y/o encargar, según
corresponda, a las personas que asumirán cargos en
la Unidad Ejecutora “Inversión Pública SUNAT”, los
cuales son considerados de confianza de acuerdo a la
Resolución de Superintendencia N.° 204-2012/SUNAT
y modificatorias, que aprueba el clasificador de cargos
considerados como Empleados de Confianza y Cargos
Directivos de la SUNAT;
En uso de las facultades conferidas por la Ley N.°
27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de
Organización y Funciones de la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -
SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia
N.° 122-2014/SUNAT y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto, la designación de la
señora Carla Paola Spetale Bojorquez en el cargo de
confianza de Coordinador Legal de la Unidad Ejecutora
“Inversión Pública SUNAT”, dándosele las gracias por la
labor realizada.
Artículo 2°.- Dar por concluido el vínculo laboral con
la SUNAT de la señora Carla Paola Spetale Bojorquez.
Artículo 3°.- Designar a las siguientes personas en
los cargos de confianza de la Unidad Ejecutora “Inversión
Pública SUNAT”, que a continuación se indican:
Coordinación de Gestión de Proyectos
MARIA CECILIA SANZ RAMIREZ
Coordinación de Ejecución de Proyectos
LUIS ZAMBRANO CALDERON
Artículo 4°.- Encargar al señor Miguel Ángel Martín
Portilla Velazco en el cargo de confianza de Coordinación
de Estudios de la Unidad Ejecutora “Inversión Pública
SUNAT”, con retención de su cargo de Supervisor de la
citada Unidad Ejecutora.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ
Superintendente Nacional
1336881-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 240-024-0000018/SUNAT
Mediante Oficio Nº 21-2016-SUNAT/1M0100
la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución de Intendencia Nº 240-024-0000018/
SUNAT publicada en la edición del 15 de enero de 2016.
En el número de Resolución de Intendencia
DICE:
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 240-024-0000018/SUNAT
DEBE DECIR:
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 240-024-0000019/SUNAT
1336318-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE FISCALIZACION LABORAL
ApruebanlaDirectivaN°002-2015-SUNAFIL/
INPA denominada “Derechos de los
ciudadanos en el Sistema Inspectivo del
Trabajo”
Resolución de Superintendencia
N° 213-2015-SUNAFIL
Lima, 31 de diciembre de 2015
VISTOS: El Memorándum N° 370-2015-SUNAFIL/
INPA de la Intendencia Nacional de Prevención y
Asesoría, el Informe N° 206-2015-SUNAFIL/INII de
la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva,
el Memorándum N° 2213-2015-SUNAFIL/ILM de la
Intendencia de Lima Metropolitana, y el Informe N°
171-2015-SUNAFIL/OGPP de la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29981, se crea la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral -
Sunafil, responsable de promover, supervisar y fiscalizar
el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y
el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar
asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la
emisión de normas sobre dichas materias;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3
de la Ley N° 29981, la Sunafil desarrolla y ejecuta todas las
funciones y competencias establecidas en el artículo 3 de
la Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo,
en el ámbito nacional y cumple el rol de autoridad central
y ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo, de
conformidad con las políticas y planes nacionales y
sectoriales, así como con las políticas institucionales
y los lineamientos técnicos del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo;
2. 576181NORMAS LEGALESViernes 22 de enero de 2016El Peruano /
Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado, se dispone que
el proceso de modernización de la gestión del Estado
tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores
niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que
se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y
optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, de acuerdo al artículo 33 del Reglamento
de Organización y Funciones de la Sunafil, aprobado
por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, y modificado
por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, la Intendencia
Nacional de Prevención y Asesoría es responsable de
fomentar una cultura de prevención y cumplimiento del
ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y
salud en el trabajo; así como, orientar a la ciudadanía
sobre los servicios que presta la inspección del trabajo;
Que, de conformidad con el inciso a) del artículo
34 del Reglamento de Organización y Funciones de
la Sunafil, la Intendencia Nacional de Prevención
y Asesoría tiene la función de formular y proponer
las directivas, mecanismos y procedimientos para
el cumplimiento de sus funciones, en el ámbito de
su competencia, en coordinación con la Intendencia
Nacional de Inteligencia Inspectiva;
Que, la Intendencia Nacional de Prevención yAsesoría
ha elaborado el proyecto de Directiva denominada
“Derechos de los ciudadanos en el Sistema Inspectivo del
Trabajo”, el cual tiene como objetivo compilar y difundir
los derechos que tienen los ciudadanos vinculados
al Sistema de Inspección del Trabajo, a fin de que el
personal que lo integra optimice la calidad de atención y
realice sus funciones conforme a la normatividad vigente,
según corresponda;
Que, la elaboración del proyecto de Directiva
denominada “Derechos de los ciudadanos en el Sistema
Inspectivo del Trabajo” ha seguido lo establecido por la
Directiva N° 001-2014-SUNAFIL-OGPP- “Gestión de
Instrumentos Normativos”, aprobada por Resolución de
Secretaría N° 026-2014-SUNAFIL-SG, que establece
los lineamientos de gestión única y estándar de los
instrumentos normativos elaborados por los distintos
órganos o unidades orgánicas de la Sunafil;
Que, en relación con el proyecto referido, resulta
necesario disponer la aprobación del mismo debido a la
necesidad de implementar mecanismos que optimicen
la calidad de atención al usuario en el ámbito de la
Inspección del Trabajo;
Con el visado del Secretario General, de la Intendente
Nacional de Prevención y Asesoría, del Intendente
Nacional de Inteligencia Inspectiva, del Jefe de la Oficina
General de Planeamiento y Presupuesto y de la Jefa de la
Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 29981, Ley que crea la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, y el
literal q) del artículo 11 del Reglamento de Organización
y Funciones – ROF de la Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral, aprobado por Decreto Supremo N°
007-2013-TR y modificado con Decreto Supremo N° 009-
2013-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la Directiva N°
002-2015-SUNAFIL/INPA denominada “Derechos de los
ciudadanos en el Sistema Inspectivo del Trabajo”, la que
en anexo adjunto forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 3.- DISPONER que la presente resolución
y su anexo se publiquen en el Portal Institucional de la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral –
Sunafil (www.sunafil.gob.pe) en la misma fecha de su
publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA
Superintendente (e) Nacional
de Fiscalización Laboral
1336232-1
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Reasignan y designan magistrados, y
disponen funcionamiento de diversos
órganos jurisdiccionales de emergencia en
la Corte Superior de Justicia de Lima Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 036-2016-P-CSJLE/PJ
Chaclacayo, 20 de enero de 2016
VISTA:
La Resolución Administrativa N° 356-2016-CE-PJ,
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el Informe N°
005-2015-AP-ADM-CSJLE/PJ; y
CONSIDERANDO:
Primero.- Por Resolución Administrativa de vista,
el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que las
vacaciones en el Año Judicial dos mil dieciséis, para
Jueces y personal jurisdiccional, se harán efectivas del
primero de febrero al primero de marzo, por lo que debe
designarse a los órganos jurisdiccionales de emergencia
por dicho periodo.
Segundo.- Los órganos jurisdiccionales de
emergencia durante el mes de vacaciones seguirán
conociendo y tramitando los procesos a su cargo;
asimismo, atenderán exclusivamente las siguientes
materias de los juzgados que saldrán de vacaciones: a)
Penal: Hábeas Corpus, calificación de denuncias con
detenidos, trámite de libertades, apelación de mandato
de detención, trámite de procesos con reos en cárcel,
homonimias y rehabilitaciones; b) Civil: Acciones de
garantía y medidas cautelares fuera de proceso; c)
Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de
viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores
en abandono y menos infractores; así como medidas
cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de
demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario
y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores
en forma de ejecuc8ión anticipada, tenencia provisional;
procesos sobre interdicción civil tramitados ante los
Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas
Superiores; d) Laboral: Consignaciones laborales; e) Así
como todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo
a su facultad discrecional consideren de urgente atención
en materia contencioso administrativo, constitucional y
previsional, u otras peticiones que estimen pertinente.
Tercero.- Cabe precisar que la relación de
Magistrados que asumirán los órganos jurisdiccionales
de emergencia durante el periodo vacacional dos mil
dieciséis, está comprendida por aquellos jueces que no
tengan record laboral exigido para gozar de su descanso
físico vacacional, según el informe emitido por el Área de
Personal de esta Corte Superior de Justicia, así como
los casos por los cuales por necesidad de servicio se
requiera que conformen los Órganos Jurisdiccionales de
Emergencia.
Por las consideraciones expuestas, la Presidencia de
la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en uso de las
facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del Artículo 90º
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
RESUELVE:
Artículo Primero: REASIGNAR a la señora Abogada
GIOVANA CONSUELO CORTEZ FLORES como Jueza
Supernumeraria del Segundo Juzgado Civil (MBJ
Huaycán) de Ate, del 01 de febrero al 01 de marzo del
año en curso.
Artículo Segundo: DESIGNAR a los siguientes
Abogados en los órganos jurisdiccionales que a