 Infracción de Ley, Estos motivos se
puede dar por varias razones que son:
 Error de interpretación: Acerca del
contenido y alcance de una disposición
expresa de la ley.
 Aplicación falsa de una Norma Jurídica.
 Aplicación de norma jurídica inexistente.
 Falta de Aplicación de Norma Jurídica
Vigente.
 Distinción entre errores relativos al orden
del proceso, y los cometidos al resolver
la controversia
 Quebrantamiento de formas procesales
en menoscabo del derecho de defensa
 Indeterminación
Orgánica: No se
indica el tribunal que
pronuncio el fallo.
 Indeterminación
Subjetiva: No se
indican las partes
del litigio.
 Inmotivación: No se
expresan los motivos
del litigio.
 Incongruencia: No
hay relación exacta
con los alegatos,
Esta puede ser
incongruencia
negativa o
incongruencia
positiva.
 Indeterminación
Objetiva.
 Infracción de una norma
jurídica expresa que regule
el establecimiento o
apreciación de los hechos
o de las pruebas:
 Infracción de una norma
jurídica expresa que regule
el establecimiento de los
hechos.
 Infracción de una norma
jurídica expresa que regule
la valoración de los hechos
 Infracción de una norma
jurídica expresa que regule
el establecimiento de las
pruebas.
 Infracción de una norma
jurídica expresa que regule
la valoración de las
pruebas.
 Son aquellos quebrantamientos de forma
sustanciales de los actos, que menoscaben el
Derecho de Defensa los cuales son:
 Lesión Del Derecho de Defensa.
 Convalidación Expresa o Tacita.
 Imputabilidad del Acto procesal quebrantado.
 El art 324 del Cpc
establece que para
formalizar el recurso
de casación El
abogado deberá ser
Venezolano, mayor de
30 años, y tener titulo
de Doctor en alguna
rama del Derecho, o
un Ejercicio profesional
de la abogacía, En
Venezuela no menor
de 5 años Continuos.
 A su vez establece
que el apoderado
que llene los requisitos
de dicho articulo, no
requerirá poder
especial para tramitar
el recurso de
casación.
 Tiempo:
 40 Días continuos contados
a partir del día siguiente al
vencimiento del lapso para
el anuncian, mas el
termino de distancia fijado
por la sala de casación
Civil.
 40 días continuos contados
a partir de la declaratoria
con lugar del recurso de
hecho.
 Lugar:
 En el tribunal que admitió
el recurso, si la
consignación se efectúa
antes del envió del
expediente.
 En la secretaria de la sala
de casación Civil.
 Por órgano de cualquier
juez que lo autentique.
Concluida la sustanciación del
recurso en la forma indicada en el
articulo 318 de cpc, La Corte
Suprema de Justicia tendrá un plazo
de 60 dias para dictar su fallo sobre
el recurso propuesto.
El recurso de casación en su formalización
ha de recoger todas aquellas circunstancias
que son indispensables para su motivación,
es decir, el conjunto de requisitos
objetivos que se le imponen.
 En su sentencia del recurso de casación, la Corte
Suprema de Justicia, se pronunciara sobre las
infracciones denunciadas, sin extenderse al fondo
de la controversia, ni al establecimiento ni
apreciación de los hechos que hayan efectuado
los tribunales de instancia.
 Podrá también la Corte Suprema de Justicia en
su sentencia hacer pronunciamiento expreso, para
casar el fallo, recurrido con base en las infracciones
de orden público y constitucionales que
encontrare.
 Si en un mismo Juicio se anunciaren y admitieren
varios recursos de casación al mismo tiempo, la
decisión de ellos se abrazaran en una sola
sentencia que contenta tantos capítulos como
recursos, pero la sustanciación se hará en
cuadernos separados..
 Los supuestos en que la Sala puede casar de oficio el fallo recurrido, son los
siguientes:
 Recurso de casación por defecto de actividad declarado sin lugar y casado
de oficio por la Sala, por encontrarse en el fallo recurrido vicios
procedimentales.
 Recurso de casación declarado con lugar y además casado de oficio por
la Corte.
 En el supuesto de que el escrito de formalización contenga sólo denuncias
de infracción por errores de juzgamiento y la Corte detecte un vicio
procedimental o infracciones que atenten contra el orden público o la
Constitución, casará de oficio directamente el fallo recurrido, sin analizar el
escrito pertinente, en acatamiento al precepto normativo consagrado en el
artículo 320 del CPC.
 En los supuestos de subversiones del procedimiento que ameriten reponer la
causa a la primera instancia, porque en tales situaciones se hace
innecesario el análisis del recurso de casación interpuesto, como acontece
en el caso de autos, en el que se da esta circunstancia.
 Cuando exista la incompetencia subjetiva del juez por encontrarse incurso
en alguna de las causales previstas en los ordinales 1º y 4º del artículo 82 del
CPC.
 En los casos en que exista la incompetencia objetiva en los términos previstos
por la ley procesal civil.
 Reposición como
efecto de la casación
por defecto de
actividad
 El juez de instancia
recobra total
jurisdicción
 Si la reposición es al
estado de sentencia
se aplica
procedimiento de
reenvío
 Reenvío
 Naturaleza del juicio
de reenvío
 Trámite del juicio de
reenvío
 Sentencia en 40 días
 Sin informes ni pruebas
 Abocamiento y
recusación
 Obligación de aplicar
la doctrina de
casación en el mismo
proceso
 Beatriz Camacaro, Venezolana, de este domicilio,
portadora de la cedula de identidad Nº21459365,
abogado en ejercicio, inscrito en el instituto de
Previsión Social del Abogado bajo el Nº12354,
actuando en este acto en mi carácter de abogado
defensor de la ciudadana Zaraith Sangronis, quien es
también Venezolana, portadora de la cedula de
identidad Nº 1824596, a quien se le sigue la causa
Nº25365, en la Circunscripción Judicial Penal Del
estado Lara, por la comision de los delitos de
xxxxxxxx, concurro ante este alto Tribunal en su sala
de Casación Penal, a fin de interponer RECURSO DE
CASACION, contra la sentencia Nº 74859, dictada en
fecha 25/09/2015 por la sala Nº2 de la corte de
Apelaciones del mencionado circuito Judicial Penal.
 MATERIAL DE SAIA
 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
VENEZOLANO.
 http://derechoproceso.blogspot.com/20
11/06/el-recurso-de-casacion.html

Recurso de casación

  • 2.
     Infracción deLey, Estos motivos se puede dar por varias razones que son:  Error de interpretación: Acerca del contenido y alcance de una disposición expresa de la ley.  Aplicación falsa de una Norma Jurídica.  Aplicación de norma jurídica inexistente.  Falta de Aplicación de Norma Jurídica Vigente.
  • 3.
     Distinción entreerrores relativos al orden del proceso, y los cometidos al resolver la controversia  Quebrantamiento de formas procesales en menoscabo del derecho de defensa
  • 4.
     Indeterminación Orgánica: Nose indica el tribunal que pronuncio el fallo.  Indeterminación Subjetiva: No se indican las partes del litigio.  Inmotivación: No se expresan los motivos del litigio.  Incongruencia: No hay relación exacta con los alegatos, Esta puede ser incongruencia negativa o incongruencia positiva.  Indeterminación Objetiva.
  • 5.
     Infracción deuna norma jurídica expresa que regule el establecimiento o apreciación de los hechos o de las pruebas:  Infracción de una norma jurídica expresa que regule el establecimiento de los hechos.  Infracción de una norma jurídica expresa que regule la valoración de los hechos  Infracción de una norma jurídica expresa que regule el establecimiento de las pruebas.  Infracción de una norma jurídica expresa que regule la valoración de las pruebas.
  • 6.
     Son aquellosquebrantamientos de forma sustanciales de los actos, que menoscaben el Derecho de Defensa los cuales son:  Lesión Del Derecho de Defensa.  Convalidación Expresa o Tacita.  Imputabilidad del Acto procesal quebrantado.
  • 7.
     El art324 del Cpc establece que para formalizar el recurso de casación El abogado deberá ser Venezolano, mayor de 30 años, y tener titulo de Doctor en alguna rama del Derecho, o un Ejercicio profesional de la abogacía, En Venezuela no menor de 5 años Continuos.  A su vez establece que el apoderado que llene los requisitos de dicho articulo, no requerirá poder especial para tramitar el recurso de casación.
  • 8.
     Tiempo:  40Días continuos contados a partir del día siguiente al vencimiento del lapso para el anuncian, mas el termino de distancia fijado por la sala de casación Civil.  40 días continuos contados a partir de la declaratoria con lugar del recurso de hecho.  Lugar:  En el tribunal que admitió el recurso, si la consignación se efectúa antes del envió del expediente.  En la secretaria de la sala de casación Civil.  Por órgano de cualquier juez que lo autentique.
  • 9.
    Concluida la sustanciacióndel recurso en la forma indicada en el articulo 318 de cpc, La Corte Suprema de Justicia tendrá un plazo de 60 dias para dictar su fallo sobre el recurso propuesto. El recurso de casación en su formalización ha de recoger todas aquellas circunstancias que son indispensables para su motivación, es decir, el conjunto de requisitos objetivos que se le imponen.
  • 10.
     En susentencia del recurso de casación, la Corte Suprema de Justicia, se pronunciara sobre las infracciones denunciadas, sin extenderse al fondo de la controversia, ni al establecimiento ni apreciación de los hechos que hayan efectuado los tribunales de instancia.  Podrá también la Corte Suprema de Justicia en su sentencia hacer pronunciamiento expreso, para casar el fallo, recurrido con base en las infracciones de orden público y constitucionales que encontrare.  Si en un mismo Juicio se anunciaren y admitieren varios recursos de casación al mismo tiempo, la decisión de ellos se abrazaran en una sola sentencia que contenta tantos capítulos como recursos, pero la sustanciación se hará en cuadernos separados..
  • 11.
     Los supuestosen que la Sala puede casar de oficio el fallo recurrido, son los siguientes:  Recurso de casación por defecto de actividad declarado sin lugar y casado de oficio por la Sala, por encontrarse en el fallo recurrido vicios procedimentales.  Recurso de casación declarado con lugar y además casado de oficio por la Corte.  En el supuesto de que el escrito de formalización contenga sólo denuncias de infracción por errores de juzgamiento y la Corte detecte un vicio procedimental o infracciones que atenten contra el orden público o la Constitución, casará de oficio directamente el fallo recurrido, sin analizar el escrito pertinente, en acatamiento al precepto normativo consagrado en el artículo 320 del CPC.  En los supuestos de subversiones del procedimiento que ameriten reponer la causa a la primera instancia, porque en tales situaciones se hace innecesario el análisis del recurso de casación interpuesto, como acontece en el caso de autos, en el que se da esta circunstancia.  Cuando exista la incompetencia subjetiva del juez por encontrarse incurso en alguna de las causales previstas en los ordinales 1º y 4º del artículo 82 del CPC.  En los casos en que exista la incompetencia objetiva en los términos previstos por la ley procesal civil.
  • 12.
     Reposición como efectode la casación por defecto de actividad  El juez de instancia recobra total jurisdicción  Si la reposición es al estado de sentencia se aplica procedimiento de reenvío  Reenvío  Naturaleza del juicio de reenvío  Trámite del juicio de reenvío  Sentencia en 40 días  Sin informes ni pruebas  Abocamiento y recusación  Obligación de aplicar la doctrina de casación en el mismo proceso
  • 13.
     Beatriz Camacaro,Venezolana, de este domicilio, portadora de la cedula de identidad Nº21459365, abogado en ejercicio, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº12354, actuando en este acto en mi carácter de abogado defensor de la ciudadana Zaraith Sangronis, quien es también Venezolana, portadora de la cedula de identidad Nº 1824596, a quien se le sigue la causa Nº25365, en la Circunscripción Judicial Penal Del estado Lara, por la comision de los delitos de xxxxxxxx, concurro ante este alto Tribunal en su sala de Casación Penal, a fin de interponer RECURSO DE CASACION, contra la sentencia Nº 74859, dictada en fecha 25/09/2015 por la sala Nº2 de la corte de Apelaciones del mencionado circuito Judicial Penal.
  • 14.
     MATERIAL DESAIA  CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL VENEZOLANO.  http://derechoproceso.blogspot.com/20 11/06/el-recurso-de-casacion.html