El documento describe el recurso de casación en Venezuela. Brevemente: 1) El recurso de casación se puede proponer contra sentencias definitivas o autos que resuelvan puntos no decididos en el juicio cuando el interés sea mayor a 250,000 bolívares. 2) Los motivos de casación son errores de procedimiento, al resolver la controversia, o al establecer los hechos. 3) El abogado debe ser venezolano, mayor de 30 años, con título de doctor o 5 años de experiencia para actuar en casación.
Juicio declarativo de prescripcion y oferta real y depositocelygutierrez
1.- Tema Juicio declarativo de Prescripción: Definición de prescripción. Requisitos sustantivos y procesales. Cuando debemos utilizarlo. Tribunal competente. La demanda y sus requisitos, Legitimados activos y pasivos. Citación de los demandados y publicación de edictos, contestación de demanda. Intervención de terceros. Continuación por el procedimiento ordinario. La Sentencia, características y efectos.
2.- Tema La Oferta Real y el Depósito. Fundamento. Características. Tribunal competente. Tipo de pretensión que se hace valer a través de este procedimiento. La solicitud y sus requisitos. La oferta. Fase no contenciosa. Situaciones que pueden presentarse en el acto de la oferta. Fase contenciosa. Condiciones de validez de la oferta y del depósito. El Depósito de la cosa. Pruebas. Sentencia y sus efectos.
Juicio declarativo de prescripcion y oferta real y depositocelygutierrez
1.- Tema Juicio declarativo de Prescripción: Definición de prescripción. Requisitos sustantivos y procesales. Cuando debemos utilizarlo. Tribunal competente. La demanda y sus requisitos, Legitimados activos y pasivos. Citación de los demandados y publicación de edictos, contestación de demanda. Intervención de terceros. Continuación por el procedimiento ordinario. La Sentencia, características y efectos.
2.- Tema La Oferta Real y el Depósito. Fundamento. Características. Tribunal competente. Tipo de pretensión que se hace valer a través de este procedimiento. La solicitud y sus requisitos. La oferta. Fase no contenciosa. Situaciones que pueden presentarse en el acto de la oferta. Fase contenciosa. Condiciones de validez de la oferta y del depósito. El Depósito de la cosa. Pruebas. Sentencia y sus efectos.
El recurso de casación anteproyecto de cpc - nicaraguaAníbal Armijo
Exposición del diseño del recurso de casación propuesto en el Anteproyecto de Código Procesal Civil de Nicaragua enviado al Poder Legislativo por el Poder Judicial en febrero de 2012
En esta Casación emitida por la Corte Suprema del Perú se indica que el Abogado puede presentar con su sola firma el escrito judicial de Subsanación de Demanda, no requiriendo para realizar de esta gestión de la firma del Demandante (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Cuadro sinoptico. lapso probatorios del juicio ordinarioRosmaryVizcaya
LAS CARACTERISTICAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO PROBATORIO, SON LOS DIVERSOS MOMENTOS EN LOS CUALES DEBE DESARROLLARSE LA ACTIVIDAD DE LA PARTE Y DEL JUEZ EN RELACION A LA APORTACION Y PROMOCION DE LAS PRUEBAS Y DE SUS EVACUACIONES Y RECEPCION ANTE EL JUEZ.
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Procedimientos Civiles Especiales
Autor(a): Neila Rodríguez . C.I N° 24.158.094
Sección: 2015/BI. Prof.: Dailyn Colmenares
El Recurso de Casación
2. Motivos de Casación
Se fundamenta en la violación de la
ley impugnada, ya sea por falta de
aplicación o por mala interpretación.
3. Errores relativos al orden del proceso (errores in procedendo):
Son errores de procedimiento y solo tienen que ver con la forma de los actos
procesales. solo podrá ser admitido si el interesado reclama oportunamente su
subsanación. A menos que sean de infracción de garantías constitucionales.
Errores cometidos al resolver la controversia:
se concreta cuando el hecho no encaja dentro de las previsiones de la norma
invocada.
Errores cometidos al Establecer hechos (Casación sobre los hechos):
Parte del examen jurídico de los hechos fijados en la sentencia donde el tribunal de
casación se convierte en el guardián del derecho sustantivo y procesal, a su vez se
requiere para casar el fallo recurrido, que la infracción de fondo por la recurrida sea
determinante de lo dispositivo en el fallo, de manera tal que la violación del derecho
sustantivo o procesal haya conducido a una defectuosa decisión del litigio.
4. Según artículo 312 CPC: “El recurso de casación puede proponerse:
1º Contra las sentencias de última instancia que pongan fin a los juicios civiles o mercantiles, cuyo interés
principal exceda de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares, salvo lo dispuesto en leyes especiales respeto de
la cuantía.
2º Contra las sentencias de última instancia que pongan fin a los juicios especiales contenciosos cuyo
interés principal exceda de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares, y contra las de última instancia que se
dicten en los procedimientos especiales contenciosos, sobre el estado y la capacidad de las personas.
3º Contra los autos dictados en ejecución de sentencia que resuelvan puntos esenciales no controvertidos
en el juicio, ni decididos en él; o los que provean contra lo ejecutorio o lo modifiquen de manera sustancial,
después que contra ellos se hayan agotado todos los recursos ordinarios.
4º Contra las sentencias de los Tribunales Superiores que conozcan en apelación de los laudos arbitrales,
cuando el interés principal de la controversia exceda de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares.
Cuando el recurso se propone contra la sentencia que puso fin al juicio, quedan comprendidas en él las
interlocutorias que hubieren producido un gravamen no reparado en ella, siempre que contra dichas
decisiones se hubieren agotado oportunamente todos los recursos ordinarios.
Formalización del Recurso de Casación
5. Para formalizar y contestar el recurso de casación, así como para intervenir en los actos de
réplica y de contrarréplica, ante la Corte Suprema de Justicia, el abogado deberá ser
venezolano, mayor de treinta (30) años y tener el título de doctor en alguna rama del Derecho
o un ejercicio profesional de la abogacía, o de la Judicatura, o de la docencia universitaria, en
Venezuela, no menor de 5 años continuos. A los efectos de este artículo, el abogado acreditará
ante el respectivo Colegio de Abogados que llena las condiciones expresadas y el Colegio le
expedirá la constancia correspondiente y lo comunicará a la Corte Suprema de Justicia, la cual
formará una lista de abogados habilitados para actuar en ella, que mantendrá al día y publicará
periódicamente. El apoderado constituido en la instancia que llene los requisitos exigidos en
este artículo, no requerirá poder especial para tramitar el recurso de casación. Se tendrá por
no presentado el escrito de formalización o el de impugnación, o por no realizados el acto de
réplica o de la contrarréplica, cuando el abogado no llenare los requisitos exigidos en este
artículo, y en el primer caso la Corte declarará perecido el recurso inmediatamente.
Requisitos del Abogado para actuar en Casación.
Art. 324 CPC
6. Escrito de Formalización
Lapso para
formalizar
• 40 días continuos
• El plazo de 10 días se inicia al vencerse
• Termino de la distancia
Extemporaneidad
• Se Introduce luego de fenecido el lapso
• El transcurrir es integro
• Art. 15 CPC. Posibilidad de Prorroga
Inicio del Plazo
para formalizar
• Luego de vencerse el plazo de 10 días, si es admitido por el Tribunal que dicto el
fallo.
• Al día siguiente a la Declaratoria con lugar del recurso de hecho.
• Art. 317. La recusación no suspende el lapso de formalización.
7. Escrito de Formalización
Lugar
• Ante el tribunal que dicto el fallo recurrido, sí se realiza antes del envió del
expediente y dentro del lapso de formalización
• Ante la Tribunal Supremo de Justicia en la Sala de Casación Civil.
• Ante otro Juez, que lo autentique para su remisión a la Corte
Perecimiento del Recurso. Art. 313 CPC
• Forma quebrantada u omitida
• Como perjudica tu derecho a la defensa o al Orden Público
• Indicación de haber agotado todos los recursos
Infracción de Fondo
• Ordinal 2.Art 313.CPC
• Formalizante debe cumplir todos los requisitos, en el mismo orden que se
expresan en articulo in comento
8. Escrito de Formalización
Contestación de la Formalización
• Si se consigna la formalización: Art.318
• 20 días siguientes , la contraparte presenta escrito con su
argumentación, citando las normas aplicables que sustenten su
pretensión.
Lapso Perentorio
• Inadmisibilidad del escrito presentado extemporáneamente
Replica y Contrarréplica
• Sólo hubiere habido contestación a la formalización
• Replica del recurrente
• Contrarréplica del recurrido
9. La Sentencia de Casación
La Sentencia
•Se pronunciara sobre las infracciones denunciadas, sin extenderse al fondo, salvo a que se haya denunciado en la
formalización la infracción de una norma jurídica.
•Podrá extender un examen a la valoración de lo hechos, cuando el juez haya admitido pruebas sin atenerse a la
analogía del 395 CPC o no haya apreciado alguna prueba, según las reglas de la sana critica de acuerdo al artículo
507 CPC.
Lapso para la Sentencia
• Concluida la sustanciación del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia tendrá un plazo
de 60 días.
Declaratoria con Lugar
• De Forma. Art. 313. Con lugar por las infracciones del Ordinal 1° .
• a) Abstenerse de conocer las otras denuncias
• Decretar la NULIDAD, y reponer al Estado y momento del suceso del quebrantamiento
• Cuando se trate de una interlocutoria que produjo gravamen irreparable no reparado en la
definitiva, también debe reponerse la causa
Declaratoria con Lugar
• De Fondo. Art. 313. Con lugar por las infracciones del Ordinal 2° .
• a) Pronunciamiento afirmativo o negativo sobre ellas.
• b) Mediante análisis razonado.
• c) Establecerá cuales son las normas aplicables.
• d) Normas que debe acatar el juez de reenvió.
10. La Sentencia de Casación
Costas del recurso
• Art 281.CPC.
• Se condenara en las costas del recurso a quien haya apelado de una
sentencia que sea confirmada en todas sus partes
Efectos que produce la Sentencia
• Por Infracciones de Forma:
• Nulidad y reposición, remisión del expediente al tribunal que deba decidir de
nuevo el juicio
Efectos que produce la sentencia
• Por infracciones de fondo:
• El juez de reenvió se limitara a dictar nueva sentencia acatando lo decidido por
el TSJ
Recurso de Nulidad
• En caso que el juez no acate lo decidido por el Tribunal Supremo de Justicia,
procede el recurso de nulidad
11. Bibliografía
• Duque Sánchez José (1979). Manual de Casación Civil. Universidad Católica Andrés
• Bello. Editorial Sucre.
• Escobar León Ramón (2000). Estudios sobre Casación, Colección de Estudios Jurídicos
Tribunal Supremo de Justicia Volumen 3.
• Márquez Añez Leopoldo. (1998). El Recurso de Casación La Cuestión de Hecho y el
articulo 320 del Código de Procedimiento Civil. Universidad Católica Andrés Bello
• Mejías Luis Aquiles y Burelli Alirio (2008). La Casación Civil. 3era edición. Ediciones
Homero.
• Montoya Cesar Augusto (2004 ). El Proceso Ordinario Casación Civil e Invalidación,
Ediciones Líber.
• Código de Procedimiento Civil. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°
3.694 (extraordinario) Enero 1986.