La reforma laboral más profunda,
extrema, ultraliberal e injusta de la
historia de la democracia española
El Gobierno del Partido Popular aprobó el 10 de febrero
 de 2012 –sin diálogo social y sin información previa a los
agentes sociales– el Real Decreto Ley 3/2012 de Medidas
     Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral


   Una norma reaccionaria que no creará empleo, al
 contrario, cualquier trabajador a partir de ahora puede
     ser despedido de forma fácil, rápida y barata.
El Gobierno del PP se comporta como si España
 fuera una economía intervenida (como Grecia,
  Portugal o Irlanda), y en lugar de abordar una
 reforma transparente y urgente de un sistema
financiero de cuyo estado real nadie sabe, hace
cargar sobre los trabajadores una desregulación
  del mercado laboral que los empobrece y los
 deja a merced de las decisiones empresariales
• Nunca una reforma había generado tal impacto
  en tantas leyes: Ley de Empleo, Estatuto de los Trabajadores, Ley de
   ETTs, Subsistema de FP para el Empleo, ley de Protección del Empleo, Ley de
   Jurisdicción social, Ley General de la Seguridad social, Ley de Reforma de las
   Pensiones, Ley de Crecimiento y Empleo, Ley de Mejora de la Protección por
   Desempleo



• Nunca una reforma había afectado tan
  negativamente a tantos: mujeres, jóvenes,
  mayores, parados, trabajadores ocupados…
Una reforma INJUSTA con los trabajadores

 Una reforma INEFICAZ para la economía

   Una reforma INÚTIL para el empleo
• NO es una reforma económica
• NO es una reforma laboral
• NO busca resultados económicos ni
  productivos ni de empleo
• Una reforma que busca la INDIVIDUALIZACIÓN
  SISTEMÁTICA DE LAS RELACIONES LABORALES*
• Una reforma que permite el DESCUELGUE DE LOS
  CONVENIOS SIN CAUSIFICACIÓN
para empresas de menos de 50
trabajadores:

 – 1 año de prueba en el que te pueden despedir en cualquier momento sin
   requisitos, sin indemnización, sin derechos
 – Subvenciones públicas
 – Compatible con la prestación de desempleo (25%)
 – Sólo para trabajadores con derecho a prestación por desempleo
 – Especialmente destinado a los trabajadores más rentables: aquellos con
   mayor base de cotización y mayor duración de la prestación por desempleo (la
   empresa puede deducirse el 50% de la prestación pendiente del trabajador
   (por un año)
 – Si eres parado sin prestación por desempleo no les interesa contratarte
:

– Aplicable entre los 16 a los 30 años (período que
  podría cubrirse por un solo trabajador y sin límite de
  edad para las personas con discapacidad)
– La única condición que establece es que el contrato no
  puede repetirse para una misma ocupación.
– A partir del primer año el tiempo de trabajo efectivo
  puede ser del 85%
:
– Todas las medidas de flexibilidad base de la
  negociación y el acuerdo se incluyen en la nueva ley
  por lo que quedan impuestas:

   • El empresariondedor no tiene obligación de informar,
     consultar, de justificar causalidad, de intervención
     administrativa…
– Desaparece la ultraactividad (vigencia del convenio
  existente hasta la firma de uno nuevo)
:
– Se orienta a la empresa para eludir la
  representación sindical

– Sin acuerdo en dos años, el convenio desaparece,
  siendo aplicable el convenio superior. En ausencia
  de este se puede aplicar el salario mínimo
  interprofesional
:

– NO necesitan AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
– o hay acuerdo o prevalece la opinión de la
  empresa sólo recurrible ante el juzgado social
– Las causas justificativas previstas se cumplen
  todas con antelación
:
– Ahora cualquier excusa permitirá el despido
– La empresa sólo necesita haber ganado o vendido
  menos en tres trimestres para despedir con una
  indemnización de 20 días/año x 12 mensualidades
– La empresa podrá despedir un trabajador por
  absentismo si falta, aunque sea justificadamente, el
  20% de su jornada en 2 meses consecutivos o el 25%
  en cuatro meses durante un año
:
– Desaparecen los salarios de tramitación

– La empresa puede bajarte el salario (cambiarte de
  puesto, de horario…) alegando razones
  económicas, técnicas, organizativas o de
  producción. Si no aceptas puedes irte.
:
– Pueden cambiar las condiciones de trabajo si la
  empresa decide desvincularse del convenio
  colectivo aplicable
– Los trabajadores a tiempo parcial podrán hacer
  horas extraordinarias
– Los trabajadores en paro cobrando prestación
  podrán ser requeridos para desarrollar tareas
  sociales
• Vaciamiento de los convenios colectivos vía
  descuelgue empresarial
• Obligatoriedad de arbitraje ante ausencia de
  acuerdo en la negociación. Asignación
  atribuida a CCNC
• DISCRIMINACIÓN del convenio de
  empresariosndedores sólo apto para parados
  con prestación por desempleo
UGT ha iniciado un proceso de movilizaciones contra
      este brutal atropello a los derechos de los
    trabajadores y llama a todos los ciudadanos a
informarse sobre las nuevas condiciones laborales y a
              conocer cómo les afectan.
      Si consideras que esta Reforma Laboral es
     inaceptable, injusta e inútil, participa en las
    movilizaciones y lucha por recuperar nuestros
      derechos como trabajadores y ciudadanos
.
Reforma laboral en españa
Reforma laboral en españa
Reforma laboral en españa
Reforma laboral en españa

Reforma laboral en españa

  • 1.
    La reforma laboralmás profunda, extrema, ultraliberal e injusta de la historia de la democracia española
  • 2.
    El Gobierno delPartido Popular aprobó el 10 de febrero de 2012 –sin diálogo social y sin información previa a los agentes sociales– el Real Decreto Ley 3/2012 de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral Una norma reaccionaria que no creará empleo, al contrario, cualquier trabajador a partir de ahora puede ser despedido de forma fácil, rápida y barata.
  • 3.
    El Gobierno delPP se comporta como si España fuera una economía intervenida (como Grecia, Portugal o Irlanda), y en lugar de abordar una reforma transparente y urgente de un sistema financiero de cuyo estado real nadie sabe, hace cargar sobre los trabajadores una desregulación del mercado laboral que los empobrece y los deja a merced de las decisiones empresariales
  • 4.
    • Nunca unareforma había generado tal impacto en tantas leyes: Ley de Empleo, Estatuto de los Trabajadores, Ley de ETTs, Subsistema de FP para el Empleo, ley de Protección del Empleo, Ley de Jurisdicción social, Ley General de la Seguridad social, Ley de Reforma de las Pensiones, Ley de Crecimiento y Empleo, Ley de Mejora de la Protección por Desempleo • Nunca una reforma había afectado tan negativamente a tantos: mujeres, jóvenes, mayores, parados, trabajadores ocupados…
  • 5.
    Una reforma INJUSTAcon los trabajadores Una reforma INEFICAZ para la economía Una reforma INÚTIL para el empleo
  • 6.
    • NO esuna reforma económica • NO es una reforma laboral • NO busca resultados económicos ni productivos ni de empleo
  • 7.
    • Una reformaque busca la INDIVIDUALIZACIÓN SISTEMÁTICA DE LAS RELACIONES LABORALES* • Una reforma que permite el DESCUELGUE DE LOS CONVENIOS SIN CAUSIFICACIÓN
  • 8.
    para empresas demenos de 50 trabajadores: – 1 año de prueba en el que te pueden despedir en cualquier momento sin requisitos, sin indemnización, sin derechos – Subvenciones públicas – Compatible con la prestación de desempleo (25%) – Sólo para trabajadores con derecho a prestación por desempleo – Especialmente destinado a los trabajadores más rentables: aquellos con mayor base de cotización y mayor duración de la prestación por desempleo (la empresa puede deducirse el 50% de la prestación pendiente del trabajador (por un año) – Si eres parado sin prestación por desempleo no les interesa contratarte
  • 9.
    : – Aplicable entrelos 16 a los 30 años (período que podría cubrirse por un solo trabajador y sin límite de edad para las personas con discapacidad) – La única condición que establece es que el contrato no puede repetirse para una misma ocupación. – A partir del primer año el tiempo de trabajo efectivo puede ser del 85%
  • 10.
    : – Todas lasmedidas de flexibilidad base de la negociación y el acuerdo se incluyen en la nueva ley por lo que quedan impuestas: • El empresariondedor no tiene obligación de informar, consultar, de justificar causalidad, de intervención administrativa… – Desaparece la ultraactividad (vigencia del convenio existente hasta la firma de uno nuevo)
  • 11.
    : – Se orientaa la empresa para eludir la representación sindical – Sin acuerdo en dos años, el convenio desaparece, siendo aplicable el convenio superior. En ausencia de este se puede aplicar el salario mínimo interprofesional
  • 12.
    : – NO necesitanAUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA – o hay acuerdo o prevalece la opinión de la empresa sólo recurrible ante el juzgado social – Las causas justificativas previstas se cumplen todas con antelación
  • 13.
    : – Ahora cualquierexcusa permitirá el despido – La empresa sólo necesita haber ganado o vendido menos en tres trimestres para despedir con una indemnización de 20 días/año x 12 mensualidades – La empresa podrá despedir un trabajador por absentismo si falta, aunque sea justificadamente, el 20% de su jornada en 2 meses consecutivos o el 25% en cuatro meses durante un año
  • 14.
    : – Desaparecen lossalarios de tramitación – La empresa puede bajarte el salario (cambiarte de puesto, de horario…) alegando razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Si no aceptas puedes irte.
  • 15.
    : – Pueden cambiarlas condiciones de trabajo si la empresa decide desvincularse del convenio colectivo aplicable – Los trabajadores a tiempo parcial podrán hacer horas extraordinarias – Los trabajadores en paro cobrando prestación podrán ser requeridos para desarrollar tareas sociales
  • 16.
    • Vaciamiento delos convenios colectivos vía descuelgue empresarial • Obligatoriedad de arbitraje ante ausencia de acuerdo en la negociación. Asignación atribuida a CCNC • DISCRIMINACIÓN del convenio de empresariosndedores sólo apto para parados con prestación por desempleo
  • 17.
    UGT ha iniciadoun proceso de movilizaciones contra este brutal atropello a los derechos de los trabajadores y llama a todos los ciudadanos a informarse sobre las nuevas condiciones laborales y a conocer cómo les afectan. Si consideras que esta Reforma Laboral es inaceptable, injusta e inútil, participa en las movilizaciones y lucha por recuperar nuestros derechos como trabajadores y ciudadanos
  • 19.