Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
REGIMEN DE VISITA.doc
1. ESTUDIO JURIDICO
EFRAÍN VILCA CALLATA
Jr. Apurimac Nro. 618 Of. 02-JULIACA
Cel. 9669890
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Secretario : Dr.
Expediente :
Escrito : 01-2004.
Sumilla : Demanda de Régimen de Visita.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TURNO DE LA
PROVINCIA DE SAN ROMAN- JULIACA.-
VIDAL VILCA CALLATA, Identificada con D.N.I.
Nro. 02436086, domiciliada en el Jr. 9 de diciembre
Nro. 257 de esta ciudad, Con domicilio PROCESAL
EN EL JR. APURIMAC NRO. 618 OF.102 de esta
Ciudad de Juliaca., a usted en atenta forma digo:
NOMBRE Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA DEL
DEMANDADO:
Dirijo en contra de ALICIA CASTRO HUAMAN, quien
tiene su dirección domiciliaria en el Jr. Collasuyo S/N. de la Urbanización Anexo
San Pedro 2da. Etapa de esta ciudad, a quien se le notificará con el
emplazamiento conforme corresponde.-
I.- PETITORIO:
Que, invocando intereses y legitimidad para obrar
por derecho propio, el Juzgado disponga el regimen de visitas al menor BRUNO
GABRIEL PAREDES CASTRO, por parte de su señor padre, los dias sábados,
domingos y feriados, en mérito a los siguientes fundamentos:
II.- FUNDAMENTOS DE HECHO:
PRIMERO.- El recurrente he mantenido una
relación sentimental con la emplazada ALICIA CASTRO HUAMAN desde el mes
de noviembre del 2001; y que desde fecha de marzo del 2003, hasta septiembre
2. del mismo año hemos realizado vida conyugal; producto de dicha relación
convivencial hemos procreado un hijo que responde al nombre de BRUNO
GABRIEL PAREDES CASTRO, que a la fecha tiene 01 año y 8 meses de nacido.
SEGUNDO.- Señor Juez, en el mes de septiembre
del 2002, he sido hechado del domicilio conyugal sin motivo alguno y de manera
sospechosa por parte de la demandada y su señora madre MARCELINA
HUAMAN DE CASTRO, hecho que ha sido sentado la denuncia por parte del
suscrito nte la Comisaria de Familia de la PNP_JULIACA.
TERCERO.- Debo manifestar que al suscritose me
ha impedido ver a mi menor hijo, así como tambien poder asistirlo, desde la fecha
que nacio (14 de enenro del 2003); toda vez que ese fue el unico momento que
pude ver, asi mismo indicar a Ud. que el suscrito he cubierto todos los gastos del
nacimiento de mi menor asi como la atención de la demandada, incluso lo he
registrado en el SIS del MINSA-JULIACA.
CUARTO.- Que,.
QUINTO.- Señor Juez el demandado en primer
lugar es CHOFER PROFESIONAL, CON CATEGORÍA A-III, que anteriormente
venia ejerciendo en las empresas interprovinciales y regionales de transportes y a
la fecha viene trabajando en la Empresa de Transportes Aguilas del Sur S.A.
realizando ruta de Juliaca, Moho, Tilali viceversa y como tal percibe una suma
mensual por encima de OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES y particularmente
realiza sus negocios de comercio trayendo mercadería en el mismo vehículo que
con ello supera los mil soles mensuales, Máxime en el Distrito de Tilali tiene
terrenos cultivables, propiedades y domicilio propio, es mas tiene muebles y a la
fecha vive holgadamente, por lo que el demandado si está en las posibilidades
económicas, de acudir con el monto solicitado por concepto de prestación de
3. alimentos, toda vez que los ingresos viene compartiendo con sus amistades y
compromisos.
Bajos esta consideración solicito ordenar la
asistencia de los alimentos conforme a mi petitorio bajo amparo del derecho tutelar
del interés superior de los derechos de los menores.
III.- FUNDAMENTACION JURÍDICA.:
Amparo la presente conforme lo dispone el Art.
472, 473 y 481 del C.C. , Art. 92 del Código de los Niños y Adolescentes.
Definición.- “se considera alimentos lo necesario
para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el
trabajo, asistencia médica y recreación del niño y Adolescente... In Fine”.
Art. 93 del Código de los Niños y Adolescentes
“obligados a prestar alimentos” es obligación de los padres prestar alimentos a
sus hijos..... In Fine.
Art. 7 del T.P. del C.P.C. “Juez y Derecho el Juez
debe aplicar el derecho que corresponde al proceso a un que no haya sido
invocado por las partes o lo haya sido erróneamente..........In Fine”
IV.- MONTO DEL PETITORIO:
El monto del petitorio es hasta por la suma no
menor de seiscientos nuevos soles (S/. 600.00) para cubrir las necesidades
múltiples de los menores de edad escolar.
V.- VIA PROCEDIMENTAL:
La presente corresponde en la vía de proceso
UNICO.
VI. MEDIOS PROBATORIOS:
Para acreditar los extremos de mi petición adjunto
las siguientes:
4. 1.- El mérito de la copia certificada de la Partida de
Matrimonio de la recurrente con el demandado.
2.- El merito de la copia certificada de la Partida de
Nacimiento del menor Jack Brayhan Sucaticona Peral de 8 años de edad.
3.- El merito de la Copia Certificada de la partida de
nacimiento del menor Max Juvenal Sucaticona Peralta de 4 años de edad.
4.- El merito de la certificado policial de abandono
de hogar por parte del demandado.
5.- El merito de la copia del oficio Nro. 1193, que
dispone para con el examen psicológico a favor del recurrente.
6.- El merito de la tarjeta de información que
corresponde a mi menor hijo Jack Brayhan Sucaticona Peralta, con el que acredito
de que el menor es estudiante y tiene múltiples necesidades como tal.
7.- El merito de la copia de la solicitud de constancia
de trabajo del demandado realizado por la recurrente, con que el que acredito la
solvencia del demandado y de su trabajo estable.
8.- El merito del contrato de alquiler, con el que
acredito la necesidad por tener techo y los gastos múltiples.
9.- Informe que deberá emitir la Dirección Nacional
de Transportes Puno, respecto a la licencia d conducir del demandado.
10.- Declaración de parte del demandado que
deberá prestar al pliego de posesiones que se adjunta a la presente.
VII.- ANEXOS DE LA DEMANDA:
1.A.- Copia legible de mi D.N.I.
1.B.- El original del certificado de la partida de
matrimonio.
1.C.- El original de la partida de nacimiento del
menor Jack Brayhan Sucaticona Peralta.
1.D.- El original del certificado de la partida de
nacimiento del menor Max Juvenal Sucaticona Peralta.
5. 1.E.- Certificación Policial de abandono de hogar
por parte del demandado en copia legalizado.
1.F.- Copia del oficio Nro. 1193, para con el
psicológico de la recurrente.
1.G. Tarjeta de información del menor Jack Brayhan
Sucaticona Peralta en copia legalizada.
1.H.- Copia de la solicitud de la constancia de
trabajo efectuado por la recurrente, lo que se adjunta en copia.
1.I.- Contrato de alquiler en original.
1.J.- Croquis de ubicación del domicilio del
demandado.
1.K.- Un sobre cerrado que contiene pliego
interrogatorio para la declaración por parte del demando.
1.L.- Copia suficientes y recaudos de ley para la
notificación del demandado.
POR LO EXPUESTO:
A Ud., Señor Juez solicito admitir la presente
demanda con arreglo a ley declarándola fundad en su oportunidad.
OTROSI DIGO.- Que de conformidad con lo
preceptuado con el Art. 562 del C.P.C. vuestro despacho deberá tener presente
que por la naturaleza de la pretensión la recurrente vengo siendo exonerado de
todo los gastos y/o aranceles judiciales. A Ud., solicito tener presente.
AL OTROSI DIGO.- Que de conformidad con lo
preceptuado por el Art. 80 del C.P.C concordante con el Art. 290 de la L.O.P.J.
confiero las facultades generales de representación procesal a mi abogado
patrocinador del que me encuentro instruido respecto a sus alcances, a Ud., Señor
Juez solicito tener presente.
Juliaca, 05 de Junio del 2003.