21 
Viedma, 08 de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5309 
Que a fojas 2 obra Acta Constitutiva, Estatuto Social suscripto por las 
autoridades (fs. 3/8), nómina de socios (fs. 10), aceptación de los distintos 
cargos institucionales (fs. 11), inventario patrimonial (fs.12), y constancia 
de tasa retributiva de servicios conforme Ley K N° 4486, Inc. D, apartado 
2.1 (fs. 1, vuelta); 
Que a fojas 16 obra nota del Inspector General de Personas Jurídicas 
solicitando documentación a completar para culminar el trámite, así mismo, 
a fojas 17 se realiza la presentación por parte de la Asociación Civil de la 
documentación solicitada; 
Que de fojas 17/23 consta copia certificada del Acta Constitutiva y 
Estatuto Social volcado a Libro de Actas de Asambleas Generales, previamente 
autorizado con las firmas pertinentes; 
Que habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley Provincial 
N° 3827, demás reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social se ajusta 
a los preceptos legales en vigor conforme a informes de los Departamentos 
de Asesoría Legal y Personería de este Organismo, fojas 28 y 30 en los cuales 
consta que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería; 
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta 
Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K N° 3827, Art. 9°, Inc. 
a), Arts. 33 y 45 del Código Civil. 
Por ello, 
El Inspector General de Personas Jurídicas 
RESUELVE: 
Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la 
asociación civil denominada: “Asociación Civil Deporte de Contacto Zona 
Atlántica”, constituida y con domicilio en la calle Moreno N° 1871, Casa C, 
de la localidad de Viedma, Departamento Adolfo Alsina, de la Provincia de 
Río Negro, el día 3 de octubre de 2014 y apruébese su Estatuto Social obrante 
de fojas dieciocho (18) a veintitrés (23) del expediente aludido. 
Art. 2º - Inscríbase, la misma bajo el número: Tres Mil Ciento Cincuenta 
y Siete (3.157). 
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, por intermedio del 
Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo remítase la presente 
al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su efectiva publicación 
y archívese. 
Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas. 
—oOo— 
ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE 
LA ELECTRICIDAD 
E.P.R.E. 
Resolución EPRE N° 316/14 
Cipolletti, 11/09/2014. 
Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la 
Electricidad de Río Negro N° 21316/12 caratulado “Límite Total Haberes 
para los Subsidios a Jubilados, Resolución EPRE N° 141/09”, y; Considerando.- 
El Directorio del Ente Provincial Regulador 
de La Electricidad 
RESUELVE 
Artículo 1°: Actualizar el monto para aplicar el subsidio a Jubilados y 
pensionados de las Distribuidoras EdERSA, CEB y CEARC, disponiendo que 
alcanzará a aquellos usuarios del servicio público de electricidad que perciban 
en total haberes hasta Pesos Cinco Mil Cuatrocientos setenta y siete ($ 
5.477), excluidas de dicho monto las asignaciones familiares y el sueldo 
anual complementario 
Art. 2°: Regístrese, notifíquese a Las Distribuidoras EdERSA, CEB y 
CEARC, comuníquese a las Areas respectivas, publiquese en el Boletín Oficial. 
Art. 3°: Remítanse las actuaciones al Area Técnica. 
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE. 
Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar 
en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro. 
——— 
Resolución Nº 334/14 
Cipolletti, 10 de octubre de 2014. 
Visto, el Expte. del Registro del Ente Provincial Regulador de la 
Electricidad de Río Negro Nº 4941/02, caratulado: “Solicitud de CER Rincón 
De Inalef”, y 
CONSIDERANDO: 
El Directorio del Ente Provincial 
Regulador de la Electricidad 
RESUELVE: 
Artículo 1º - Afectar el inmueble de propiedad del Fisco de la Provincia de 
Río Negro, que se encuentra en el Paraje Rincón de Inalef, Mallín Ahogado, 
de esta Provincia, identificado catastralmente como Parcela 20-1-380650 
ó 20-1-380-650, a servidumbre administrativa de electroducto. De acuerdo 
a lo dispuesto por el Decreto Provincial A Nº 1013/86 se establece una zona 
de seguridad de cinco metros a cada lado del tendido eléctrico y a todo lo 
largo del mismo, con las restricciones y limitaciones al dominio previstas en 
el dictamen técnico de fs. 81/82 (transcripto en la motivación de esta 
Resolución), en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Ley A Nº 1701 y su 
decreto reglamentario. 
Art. 2º - A partir de la notificación de esta Resolución, las Autoridades 
provinciales deberán convenir con EdERSA el traspaso de la infraestructura 
de distribución eléctrica destinada abastecer al Paraje Rincón de Inalef, 
Mallín Ahogado. 
Art. 3º - Luego de recibidas las obras de infraestructura eléctrica, 
corresponderá a La Distribuidora EdERSA inscriba la servidumbre 
administrativa de electroducto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la 
Provincia de Río Negro. 
Art. 4º - La conexión del suministro de las personas detalladas en el 
Anexo IV se encontrará supeditada a la transferencia de las obras para 
integrarse a la red de distribución y al cumplimiento por parte de los solicitantes 
de los requisitos comerciales, legales y técnicos previstos en el Art. 1º y 
concordantes del Régimen de Suministro. 
Art. 5º - Regístrese y luego de cumplir con el requisito previsto en el Art. 
12 de la Ley K Nº 88, notifíquese a la Dirección de Tierras, al Ministerio de 
Gobierno de la Provincia de Río Negro, a la Secretaría de Obras y Servicios 
Públicos de la Provincia de Río Negro, a la Secretaría de Energía de Río 
Negro, a La Distribuidora EdERSA y a las personas detalladas en el Anexo de 
la Disposición 131 DT, y publíquese en el Boletín Oficial. 
Fdo.: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE. 
Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar 
en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar, o en la sede central del 
EPRE, 9 de Julio Nº 174 de Cipolletti, Río Negro. 
——— 
Resolución EPRE Nº 401/14 
Cipolletti,17/11/2014. 
Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la 
Electricidad de Río Negro N° 23.227/14, caratulado “3º Revisión Tarifaria 
Ordinaria (3° RTO) de la Cooperativa de electricidad y anexos de Río Colo-rado 
(CEARC)” , y lo establecido por los Arts. 44°, 46° y 47° de la Ley N° 
J 2902; et Art 3° inc. e) y m) de la Ley J N° 2986; y; Considerando .... 
El Directorio del Ente Provincial Regulador 
de La Electricidad 
RESUELVE 
Articulo 1°: Convócase a Audiencia Pública, la que tendrá por objeto oír 
a los interesados y reunir los suficientes elementos de juicio que permitan al 
EPRE evaluar la propuesta presentada por la Distribuidora CEARC, a los 
fines de la fijación del nuevo Régimen y Cuadro Tarifario de La Distribuidora 
CEARC que regirá a lo largo del quinquenio 01 de noviembre 2014 – 31 de 
octubre de 2019. 
Art. 2°: La Audiencia Pública se realizará el día 18 de diciembre, a las 10 
horas, en el Salón del Centro Cultural de la Ciudad de Río Colorado sito en 
calle Yrigoyen y Belgrano de la Ciudad de Río Colorado y su procedimiento 
se regirá por el Reglamento de Audiencias Públicas establecido en la ley 3284 
y la Resolución EPRE N° 490/00. 
Art. 3°: Las personas físicas o jurídicas, organizaciones, organismos 
públicos o autoridades que deseen ser parte en la Audiencia, deberán presentarse 
ante los Instructores designados, por escrito, proporcionar sus datos, constituir 
domicilio, indicar o acreditar su personaría, intereses legítimos o difusos que 
invoquen, haciendo saber su pretensión en el tema a debatir el que debérá 
tener directa relación con el objeto de la audiencia, bajo apercibimiento de 
ser desestimada su solicitud de intervención, debiendo acompañar la 
documentación que la sustente y ofrecer las pruebas pertinentes, desde el 18 
de noviembre de 2014 hasta el 15 de diciembre de 2014, de Lunes a Viernes 
de 10:00 hs. A 12:00 hs. en Oficina Municipal de Información al Consumidor 
(OMIC) sito en calle Moreno N° 559 de Río Colorado o en la sede central del 
EPRE, sito en calle 9 de Julio N° 174 de Cipolletti de Lunes a Viernes de 
10:00 hs. A 12:00 hs. 
Art. 4°: A los efectos dispuestos en el artículo precedente, los interesados 
en ser parte podrán tomar vista de las actuaciones y obtener copia de las 
mismas. 
Art. 5°: Desígnase como Defensor del Usuario al Dr. Guillermo Zeug. 
Art. 6°: Desígnanse como instructores a la Dra. Mariela Scagliotti y a la 
Dra. Valerie Aguirre quienes actuarán en forma conjunta y/o indistinta. 
Art. 7°: Publíquese la convocatoria por tres días en los diarios de mayor 
circulación en Río Colorado, indicando lo siguiente: 
“El Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) convoca a 
Audiencia Pública, la que tendrá por objeto oir a los interesados y reunir los 
suficientes elementos de juicio, que permitan al EPRE evaluar la propuesta 
presentada por La Distribuidora CEARC, a los fines de la fijación del nuevo 
Régimen y Cuadro Tarifario de la Distribuidora CEARC. La Audiencia Pública 
se realizará el día 18 de Diciembre de 2014, en el Centro Cultural de Río 
Colorado calle Irigoyen y Belgrano la Ciudad de Río Colorado y su 
procedimiento se regirá por el Reglamento de Audiencias Públicas establecido 
por la ley 3284 y la Resolución EPRE N° 490/00. Las personas físicas o

Res epre 334-14

  • 1.
    21 Viedma, 08de Diciembre de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5309 Que a fojas 2 obra Acta Constitutiva, Estatuto Social suscripto por las autoridades (fs. 3/8), nómina de socios (fs. 10), aceptación de los distintos cargos institucionales (fs. 11), inventario patrimonial (fs.12), y constancia de tasa retributiva de servicios conforme Ley K N° 4486, Inc. D, apartado 2.1 (fs. 1, vuelta); Que a fojas 16 obra nota del Inspector General de Personas Jurídicas solicitando documentación a completar para culminar el trámite, así mismo, a fojas 17 se realiza la presentación por parte de la Asociación Civil de la documentación solicitada; Que de fojas 17/23 consta copia certificada del Acta Constitutiva y Estatuto Social volcado a Libro de Actas de Asambleas Generales, previamente autorizado con las firmas pertinentes; Que habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley Provincial N° 3827, demás reglamentaciones vigentes y que su Estatuto Social se ajusta a los preceptos legales en vigor conforme a informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo, fojas 28 y 30 en los cuales consta que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería; Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K N° 3827, Art. 9°, Inc. a), Arts. 33 y 45 del Código Civil. Por ello, El Inspector General de Personas Jurídicas RESUELVE: Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada: “Asociación Civil Deporte de Contacto Zona Atlántica”, constituida y con domicilio en la calle Moreno N° 1871, Casa C, de la localidad de Viedma, Departamento Adolfo Alsina, de la Provincia de Río Negro, el día 3 de octubre de 2014 y apruébese su Estatuto Social obrante de fojas dieciocho (18) a veintitrés (23) del expediente aludido. Art. 2º - Inscríbase, la misma bajo el número: Tres Mil Ciento Cincuenta y Siete (3.157). Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón, por intermedio del Departamento de Mesa de Entrada de este Organismo remítase la presente al Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para su efectiva publicación y archívese. Dr. Félix San Martín, Inspector General de Personas Jurídicas. —oOo— ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD E.P.R.E. Resolución EPRE N° 316/14 Cipolletti, 11/09/2014. Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro N° 21316/12 caratulado “Límite Total Haberes para los Subsidios a Jubilados, Resolución EPRE N° 141/09”, y; Considerando.- El Directorio del Ente Provincial Regulador de La Electricidad RESUELVE Artículo 1°: Actualizar el monto para aplicar el subsidio a Jubilados y pensionados de las Distribuidoras EdERSA, CEB y CEARC, disponiendo que alcanzará a aquellos usuarios del servicio público de electricidad que perciban en total haberes hasta Pesos Cinco Mil Cuatrocientos setenta y siete ($ 5.477), excluidas de dicho monto las asignaciones familiares y el sueldo anual complementario Art. 2°: Regístrese, notifíquese a Las Distribuidoras EdERSA, CEB y CEARC, comuníquese a las Areas respectivas, publiquese en el Boletín Oficial. Art. 3°: Remítanse las actuaciones al Area Técnica. Firmado: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE. Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro. ——— Resolución Nº 334/14 Cipolletti, 10 de octubre de 2014. Visto, el Expte. del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 4941/02, caratulado: “Solicitud de CER Rincón De Inalef”, y CONSIDERANDO: El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE: Artículo 1º - Afectar el inmueble de propiedad del Fisco de la Provincia de Río Negro, que se encuentra en el Paraje Rincón de Inalef, Mallín Ahogado, de esta Provincia, identificado catastralmente como Parcela 20-1-380650 ó 20-1-380-650, a servidumbre administrativa de electroducto. De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Provincial A Nº 1013/86 se establece una zona de seguridad de cinco metros a cada lado del tendido eléctrico y a todo lo largo del mismo, con las restricciones y limitaciones al dominio previstas en el dictamen técnico de fs. 81/82 (transcripto en la motivación de esta Resolución), en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Ley A Nº 1701 y su decreto reglamentario. Art. 2º - A partir de la notificación de esta Resolución, las Autoridades provinciales deberán convenir con EdERSA el traspaso de la infraestructura de distribución eléctrica destinada abastecer al Paraje Rincón de Inalef, Mallín Ahogado. Art. 3º - Luego de recibidas las obras de infraestructura eléctrica, corresponderá a La Distribuidora EdERSA inscriba la servidumbre administrativa de electroducto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Río Negro. Art. 4º - La conexión del suministro de las personas detalladas en el Anexo IV se encontrará supeditada a la transferencia de las obras para integrarse a la red de distribución y al cumplimiento por parte de los solicitantes de los requisitos comerciales, legales y técnicos previstos en el Art. 1º y concordantes del Régimen de Suministro. Art. 5º - Regístrese y luego de cumplir con el requisito previsto en el Art. 12 de la Ley K Nº 88, notifíquese a la Dirección de Tierras, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro, a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río Negro, a la Secretaría de Energía de Río Negro, a La Distribuidora EdERSA y a las personas detalladas en el Anexo de la Disposición 131 DT, y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: Ing. Mario López, Presidente del Directorio del EPRE. Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE www.eprern.gov.ar, o en la sede central del EPRE, 9 de Julio Nº 174 de Cipolletti, Río Negro. ——— Resolución EPRE Nº 401/14 Cipolletti,17/11/2014. Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro N° 23.227/14, caratulado “3º Revisión Tarifaria Ordinaria (3° RTO) de la Cooperativa de electricidad y anexos de Río Colo-rado (CEARC)” , y lo establecido por los Arts. 44°, 46° y 47° de la Ley N° J 2902; et Art 3° inc. e) y m) de la Ley J N° 2986; y; Considerando .... El Directorio del Ente Provincial Regulador de La Electricidad RESUELVE Articulo 1°: Convócase a Audiencia Pública, la que tendrá por objeto oír a los interesados y reunir los suficientes elementos de juicio que permitan al EPRE evaluar la propuesta presentada por la Distribuidora CEARC, a los fines de la fijación del nuevo Régimen y Cuadro Tarifario de La Distribuidora CEARC que regirá a lo largo del quinquenio 01 de noviembre 2014 – 31 de octubre de 2019. Art. 2°: La Audiencia Pública se realizará el día 18 de diciembre, a las 10 horas, en el Salón del Centro Cultural de la Ciudad de Río Colorado sito en calle Yrigoyen y Belgrano de la Ciudad de Río Colorado y su procedimiento se regirá por el Reglamento de Audiencias Públicas establecido en la ley 3284 y la Resolución EPRE N° 490/00. Art. 3°: Las personas físicas o jurídicas, organizaciones, organismos públicos o autoridades que deseen ser parte en la Audiencia, deberán presentarse ante los Instructores designados, por escrito, proporcionar sus datos, constituir domicilio, indicar o acreditar su personaría, intereses legítimos o difusos que invoquen, haciendo saber su pretensión en el tema a debatir el que debérá tener directa relación con el objeto de la audiencia, bajo apercibimiento de ser desestimada su solicitud de intervención, debiendo acompañar la documentación que la sustente y ofrecer las pruebas pertinentes, desde el 18 de noviembre de 2014 hasta el 15 de diciembre de 2014, de Lunes a Viernes de 10:00 hs. A 12:00 hs. en Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) sito en calle Moreno N° 559 de Río Colorado o en la sede central del EPRE, sito en calle 9 de Julio N° 174 de Cipolletti de Lunes a Viernes de 10:00 hs. A 12:00 hs. Art. 4°: A los efectos dispuestos en el artículo precedente, los interesados en ser parte podrán tomar vista de las actuaciones y obtener copia de las mismas. Art. 5°: Desígnase como Defensor del Usuario al Dr. Guillermo Zeug. Art. 6°: Desígnanse como instructores a la Dra. Mariela Scagliotti y a la Dra. Valerie Aguirre quienes actuarán en forma conjunta y/o indistinta. Art. 7°: Publíquese la convocatoria por tres días en los diarios de mayor circulación en Río Colorado, indicando lo siguiente: “El Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) convoca a Audiencia Pública, la que tendrá por objeto oir a los interesados y reunir los suficientes elementos de juicio, que permitan al EPRE evaluar la propuesta presentada por La Distribuidora CEARC, a los fines de la fijación del nuevo Régimen y Cuadro Tarifario de la Distribuidora CEARC. La Audiencia Pública se realizará el día 18 de Diciembre de 2014, en el Centro Cultural de Río Colorado calle Irigoyen y Belgrano la Ciudad de Río Colorado y su procedimiento se regirá por el Reglamento de Audiencias Públicas establecido por la ley 3284 y la Resolución EPRE N° 490/00. Las personas físicas o