Adherir al Decreto Nac.355/13 que Reglamenta la
Ley Nacional N° 26.653, y aprueba reglamentación de L4904 sobre accesibilidad a la información en las páginas web.
Aprueba el procedimiento operativo establecido para la tramitación de los pagos de los servicios públicos de agua, luz y gas incluidos en el Decreto 722/07.
Res.EPRE 382/14 - Reclamo Sr. De León Humberto s/Negativa y/o demora en la Conexión c/EdERSA ($15.900)
Res.EPRE 384/14 - Reclamo Sra. Mateu Andrea s/negativa s/Resarcimiento por Daños c/EdERSA ($2.300)
Res.EPRE 385/14 - Electrocución de Nene en Barrio Policial de General Roca ($40.000)
Res.EPRE 386/14 Reclamo Sres. Flores Enrique Omar y Toledano Stella Maris s/Negativa o Demora en la Conexión c/EdERSA ($2.690)
Procedimiento y normas administrativas que constituirán el marco legal para el tratamiento de los remanentes provinciales y nacionales, acumulados, que se verifiquen al último día hábil del ejercicio fiscal anterior, cuando la ley de presupuesto vigente, así lo disponga.
Aprueba el procedimiento operativo establecido para la tramitación de los pagos de los servicios públicos de agua, luz y gas incluidos en el Decreto 722/07.
Res.EPRE 382/14 - Reclamo Sr. De León Humberto s/Negativa y/o demora en la Conexión c/EdERSA ($15.900)
Res.EPRE 384/14 - Reclamo Sra. Mateu Andrea s/negativa s/Resarcimiento por Daños c/EdERSA ($2.300)
Res.EPRE 385/14 - Electrocución de Nene en Barrio Policial de General Roca ($40.000)
Res.EPRE 386/14 Reclamo Sres. Flores Enrique Omar y Toledano Stella Maris s/Negativa o Demora en la Conexión c/EdERSA ($2.690)
Procedimiento y normas administrativas que constituirán el marco legal para el tratamiento de los remanentes provinciales y nacionales, acumulados, que se verifiquen al último día hábil del ejercicio fiscal anterior, cuando la ley de presupuesto vigente, así lo disponga.
Contrato u orden de compra o de servicioJose Riveros
BASE LEGAL
Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008.
Decreto Legislativo Nº 295 – Promulga el Código Civil Vigente.
Decreto Legislativo Nº 635 – Promulga el Código Penal Vigente.
Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM – Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificaciones.
Resolución de Alcaldía Nº 021-2008-MDA-A, de fecha 25/02/08, que aprueba el Expediente de Contratación, el Valor Referencial y las Bases administrativas.
Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Los Gobiernos Locales emanan de la voluntad popular, estos a su vez son Personas Jurídicas de Derecho Publico, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; en efecto para el cumplimiento de sus metas y objetivos institucionales requiere contratar a personas naturales o personas jurídicas para la Elaborar Perfiles Técnicos, Estudios de Prefactibilidad, Estudios Definitivos y Expedientes Técnicos, y mediante los Procesos de las Adjudicaciones de Menor Cuantía y Adjudicaciones Selectivas se otorga la Buena Pro al Postor con mejor oferta técnica y mejor oferta económica.
Es así a través del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 001-2008-CEPO/S-MDA “Servicio de Consultoría para la Elaboración del Expediente Técnico: Construcción y Equipamiento del Palacio de la Municipalidad Distrital de Andoas en la localidad de Alianza Cristiana” se otorga la Buena Pro a “EL CONSULTOR”
Res.EPRE 33/15 -Denuncia de Seguridad Pública Mes de Febrero de 2014 ($ 13.022,08)
Res.EPRE 34/15 - “Denuncia de Seguridad Pública mes de Marzo de 2014 ($ 16.736,24)
Apruébense los formularios que deberán completar las Direcciones de Administración de las distintas jurisdicciones como evidencia de haber realizado el control interno.
Presentación en Fitur 2015 del Proyecto del Centro de Excelencia de Niebla (Huelva) donde hemos desarrollado durante 6 meses, numerosas sesiones de consultoría turística en general, y sobre todo aplicando las promoviendo el buen uso de las nuevas tecnología aplicadas a las empresas del sector turismo en la provincia de Huelva.
Contrato u orden de compra o de servicioJose Riveros
BASE LEGAL
Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008.
Decreto Legislativo Nº 295 – Promulga el Código Civil Vigente.
Decreto Legislativo Nº 635 – Promulga el Código Penal Vigente.
Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM – Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificaciones.
Resolución de Alcaldía Nº 021-2008-MDA-A, de fecha 25/02/08, que aprueba el Expediente de Contratación, el Valor Referencial y las Bases administrativas.
Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Los Gobiernos Locales emanan de la voluntad popular, estos a su vez son Personas Jurídicas de Derecho Publico, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; en efecto para el cumplimiento de sus metas y objetivos institucionales requiere contratar a personas naturales o personas jurídicas para la Elaborar Perfiles Técnicos, Estudios de Prefactibilidad, Estudios Definitivos y Expedientes Técnicos, y mediante los Procesos de las Adjudicaciones de Menor Cuantía y Adjudicaciones Selectivas se otorga la Buena Pro al Postor con mejor oferta técnica y mejor oferta económica.
Es así a través del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 001-2008-CEPO/S-MDA “Servicio de Consultoría para la Elaboración del Expediente Técnico: Construcción y Equipamiento del Palacio de la Municipalidad Distrital de Andoas en la localidad de Alianza Cristiana” se otorga la Buena Pro a “EL CONSULTOR”
Res.EPRE 33/15 -Denuncia de Seguridad Pública Mes de Febrero de 2014 ($ 13.022,08)
Res.EPRE 34/15 - “Denuncia de Seguridad Pública mes de Marzo de 2014 ($ 16.736,24)
Apruébense los formularios que deberán completar las Direcciones de Administración de las distintas jurisdicciones como evidencia de haber realizado el control interno.
Presentación en Fitur 2015 del Proyecto del Centro de Excelencia de Niebla (Huelva) donde hemos desarrollado durante 6 meses, numerosas sesiones de consultoría turística en general, y sobre todo aplicando las promoviendo el buen uso de las nuevas tecnología aplicadas a las empresas del sector turismo en la provincia de Huelva.
Disponer el receso general de la Administración Pública Provincial desde el día 2 de Enero de 2.014 y hasta el día 31 de Enero de 2.014 inclusive, con las excepciones en los Artículos 3° y 4° del presente Decreto.
Rechazar el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Energía Río Negro Sociedad Anónima (EDERSA), contra la Resolución N° 179/2012 del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro, de fecha 02 de
agosto de 2012, en un todo de conformidad a los considerandos del presente
Aprueba el cronograma para la presentación de los anteproyectos de Presupuesto de las empresas públicas y sociedades del Estado Provincial para el Ejercicio Fiscal 2016.
MODELO DE CONVENIO DE ENCARGO DE GESTIÓN: Este es un ejemplo que gráfica la figura administrativa denominada Encargo de Gestión regulada en el art. 71 de la Ley 27444 (Compilador: José María Pacori Cari)
Autorizar excepcionalmente a las jurisdicciones y entes correspondientes a registrar en el ejercicio fiscal 2013, los gastos devengados en el ejercicio fiscal 2012 y con cargo a ese ejercicio vencido.
Res.EPRE 377/14 Reclamo Sr. Salazar Guillermo s/negativa o demora en la conexión c/EdERSA ($9.800) - Res.EPRE 381/14 Reclamo Usurio Eduardo Villa c/EdERSA/Resarcimiento por Daños ($1.500)
Otórgase un aporte no reintegrable a CEARC por la suma de
Pesos un millón quinientos diecinueve mil trescientos sesenta y tres ($1.519.363,00), para afrontar los desfasajes financieros de la Cooperativa, en tres cuotas mensuales y consecutivas.-
Res 66/18: “Reconocimiento Tarifario por Variación del Costo Laboral 2017 Distribuidora CEB
Res 69/18: Ajuste Costo de Abastecimiento - May.17 / Jul.17 Distribuidora CEB
Res 70/18: Solicitud de Revisión Tarifaria Extraordinaria por Mayores Costos Laborales Año 2016 - CEARC
Res 72/18: Ajuste Costo de Abastecimiento - Ago. 17/ Oct, 17 - Distribuidora EDERSA
Res 31-18: Actualización Tarifaria Nov.17 / Ene.18 Distribuidora EDERSA
Res 48-18: 4º Revisión Tarifaria Quinquenal de la Distribuidora EdERSA Período 2017/2021
Res 63-18: Reglamentación de Generación Distribuida
Res EPRE 251/17: “Reclamo Sr. Lezcano Diego Alberto S/Resarcimiento por Daños C/EdERSA. Multa: $588
Res EPRE 252/17: Reclamo Usuarios de Catriel, Mónica Duarte y otros C/EdERSA S/Resarcimiento por daños Multa: $16.080
Res EPRE 253/17: “Reclamo Usuaria Edith
Arratia C/EdERSA S/Resarcimiento Por Daños. Multa: $1.072
Res EPRE 254/17: Reclamo Sr. Muñoz Daniel Natael S/Resarcimiento por daños C/EdERSA. Multa: $2.312
Res EPRE 247-17: “Reclamo Sra. Laura Valdebenito S/Resarcimiento por daños C/EdERSA. Multa: $5360.
Res EPRE 248-17: Reclamo Sr. Bruschini Mauricio S/Resarcimiento por daños C/EdERSA. Multa: $5780.
Res EPRE 249-17: “Reclamo Sr. José Valdebenito C/EdERSA S/Resarcimiento por daños y excesivo consumo. Multa: $5360.
Res EPRE 250-17: “Reclamo Sr. Serrano Juan Carlos S/Excesivo Consumo C/EdERSA. Multa: $2890.
Res EPRE 245/17: Reclamo Vecinos Acceso Aeroclub de Allen S/Falta de Suministro C/EdERSA. Multa: $2840.
Res EPRE 246/17: Reclamo Sr. González Valentín S/Falta de Suministro C/EdERSA Multa: $2840.
Decreto 2066/17- 29-12-2017.- Designar al Sr. Héctor Daniel Elorza, DNI. Nº 12.750.950 como Vocal del Ente Provincial Regulador de la electricidad (E.P.R.E.), a partir del 11 de diciembre de 2017
Res 171-17: Semestre 27° - Índices Calidad Producto Técnico - Distrib. CEB multa por $ 196.035,84
Res 172-17: Indices Producto Técnico CEARC - 13° Semestre Período Mayo/13 - Octubre/13 Etapa III multa por $ 41.760
Res 166-17: Casos de Fuerza Mayor e Índices de Calidad de Servicio Técnico 25° Semestre - Ago/14 - Ene/15 - Dist. CEB multa por $ 19.907,62
Res 167-17: Semestre 25° - Indices Calidad Producto Técnico - CEB $ 251.883,68
Res 163-17: Casos de Fuerza Mayor e Índices de Calidad de Servicio Técnico - 26° Semestre - Feb/15 - Jui/15 - DIST. CEB multa por $ 390.719,69
Res 164-17: Indices Producto Técnico Ceb - 23° Semestre Periodo Agosto/13 – Enero/14 Etapa III CEB multa por $ 86.695,32
Este documento presenta una guía para encontrar soluciones a problemas complejos. Explica qué es un problema público, cómo podríamos definir un problema público, cómo podríamos definir un problema público de forma innovadora, cómo podríamos resolver un problema público con herramientas de pensamiento sistémico, sistemas complejos y pensamiento sistémico: ¿con qué herramientas contamos?
Con esta píldora formativa podrás comprender cómo implementar herramientas como el Arco del proceso de resolución de problemas (Beth S. Noveck / The GovLab), GovLab's Public Problem Solving Canvas o la Guía Un conjunto de herramientas introductorias al pensamiento sistémico para funcionarios públicos del Government Office for Science del Gobierno de Reino Unido.
Características del ESTADO URUGUAYO establecidos en la ConstituciónGraciela Susana Bengoa
Concepto General de ESTADO.
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En esta segunda entrega, el periódico Tierra se adentra en la operación «Inherent Resolve», una de las dos en las que participa el Ejército de Tierra en Irak. Personal de las Fuerzas Aeromóviles del Ejército de Tierra y del Mando de Operaciones Especiales forman parte de la coalición internacional para la lucha contra el Dáesh.
Informe de Movilidad / Abril 2024 - Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Informe de Movilidad / Abril 2024 - Caja de Jubilaciones
Dec 735
1. 13
Viedma, 15 de Junio de 2015 BOLETIN OFICIAL N° 5363
Que han tomado debida intervención la Dirección de Legales y Gestión
Dominial;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el
Artículo 181° Inciso 1) de la Constitución Provincial y la Ley N° 5.109;
Por ello:
El Gobernador
de la Provincia de Río Negro
DECRETA
Artículo 1°.- Reconocer el monto resultante de la aplicación del Anexo
I del Decreto N° 140/15, reglamentario de la Ley N° 5.019 por la suma de
Pesos Dos Millones Ciento Quince Mil Seiscientos Noventa y Ocho con
Cuarenta y Tres Centavos ($ 2.115.698, 43) para la obra “Construcción 30
Viviendas e Infraestructura, nexos y obras Complementarias en la Localidad
de Luis Beltran”.-
Art. 2°.- Aprobar el Acta Acuerdo que como Anexo I forma parte del
presente.-
Art. 3°.- Ordenar a la Subsecretaría de Administración y Proyección
Financiera a abonar a la empresa Alejandro Lozano C.U.I.T. N° 20-12707243-
5 la suma de Pesos Dos Millones Ciento Quince Mil Seiscientos Noventa y
Ocho Con Cuarenta y Tres Centavos ($2.115.698, 43).
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de
Obras y Servicios Públicos.-
Art. 5°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín
Oficial y archivar.-
WERETILNECK - C. Valeri.-
———
ACTA ACUERDO- ANEXO DECRETO N° 704
En la Ciudad de Viedma, a los 27 días del mes de Mayo de 2015, entre el
I.P.P.V. con domicilio legal en calle Winter y Murillo de Viedma, en adelante
“EL COMITENTE”, representada en este acto por la Sra. Interventora
(Dcto. N° 1602/14) Arq. María Luisa Scandroglio, por una parte; y la
Empresa Alejandro Lozano, representada en este acto por el Ing. Alejandro
Lozano, con domicilio en la calle Villarino N° 134 de la ciudad de Viedma, en
adelante “EL CONTRATISTA”, en el marco de la Obra “30 Viviendas e
Infraestructura en la localidad de Luis Beltrán” adjudicada por Licitación
Pública N° 05/2012, acuerdan celebrar la presente conforme establece el
Anexo I al Decreto Provincial N° 140, reglamentario de la Ley N° 5.019.
ANTECEDENTES:
Que la Empresa Contratista en fecha 25/11/2014 manifiesta su adhesión
al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 04/2014, el cual ha sido tratado y
ratificado por la Honorable Legislatura en Sesión Extraordinaria el día 22/
12/2014, y registrado bajo el número de Ley 5.019;
Que mediante Resolución N° 097/15 del Registro de este Organismo se
aprobó la readecuación del Plan de Trabajo, estableciéndose como fecha de
finalización el 12 de Noviembre del 2014;
Que para la aplicación del Anexo I del Decreto Provincial N° 140/15 se
han utilizado los índices aprobados por el Consejo de Obras Públicas para la
Fórmula Polinómica III Escuelas Nuevas y Viviendas- Obras Nuevas
correspondiente al período Enero 2012- Octubre 2014;
Que corresponde tomar como base de cálculo el mes de Agosto del 2012,
conforme lo establecido por el Pliego licitatorio;
Conforme lo dispuesto en el Artículo 2° del mencionado Decreto, el
nuevo monto actualizado de contrato será afectado por el porcentaje real de
obra ejecutado al mes de Octubre del 2014, a lo que debe descontarse el
anticipo financiero (se aplicará al anticipo financiero percibido el mismo
porcentaje de avance fisico real con el que se afectó el contrato en el mes de
Octubre del 2014), deduciendo también cada una de las certificaciones y
redeterminaciones abonadas actualizadas con sus correspondientes índices;
Las partes acuerdan:
Artículo 1°.- El monto a reconocer por aplicación del Decreto N° 140/
15, Reglamentario de la Ley N° 5019 para la obra, “30 Viviendas e
fraestructura en la localidad de Luis Beltrán” -Período-Enero 2012-Octubre
2014- asciende a la suma de Pesos Dos Millones Ciento Quince Mil Seiscientos
Noventa y Ocho Con Cuarenta y Tres Centavos ($ 2.115.698, 43).-
Art. 2°.- La suscripción del presente Acta conlleva la renuncia de “EL
CONTRATISTA” a todo reclamo, derecho o acción que hubiera inter-
puesto o pudiere interponer en el futuro por redeterminación de precios,
mayores costos, compensaciones, gastos improductivos u otros supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza originados en el área económica del
contrato, por el período comprendido entre Enero 2012- Octubre 2014,
conforme a lo normado por el Artículo 17° del Decreto Provincial N°
1.313/14.-
Art. 3 °.- La presente Acta deberá ser sellada conforme lo establece el
Artículo 15 inciso e) de la Ley Provincial N° 5.025.-
En prueba de conformidad se firman Tres (3) ejemplares del mismo
tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento
del presente.
DECRETO Nº 735
Viedma, 2 de Junio de 2015.
Visto: El Expediente N° 082951-CPD-2014 del Registro del Ministerio
de Desarrollo Social que reconstruye el Expediente 29684-SLT-2013 del
Registro de la Asesoría Legal y Técnica de la Provincia de Río Negro,y;
CONSIDERANDO:
Que en el expediente mencionado tramita la reglamentación de La Ley
Provincial N° 4.904 medinate la cual se procede a la adhesión a la Ley
Nacional N° 26.653 sobre accesibilidad a la información en las páginas web,
para que pueda cumplir con la finalidad con que fue sancionada;
Que tal Ley Nacional N° 26.653 se encuentra reglamentada mediante
Decreto Nacional N° 355/13, el cual en su artículo 2° invita a las Provincias
a adherir al mismo;
Que es política del Gobierno de la Provincia de Río Negro, y en particular
del Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad, propiciar,
fomentar y acompañar toda iniciativa que contribuya al logro de los objetivos
enunciados en la Ley Marco en materia de discapacidad de nuestra Provin-
cia, concordante con el marco normativo nacional y los tratados
internacionales vigentes:
Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
en su Artículo 4° indica que los Estados partes se comprometen a adoptar
nuevas tecnologías, incluidas las tecnologías de la información y las
comunicaciones, adecuados para las personas con discapacidad;
Que han tomado debida intervención los organismos de control, Asesoría
Legal del Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad, la Asesoría
Legal y Técnica y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01976-15 a fs. 40
y vta.;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el
Artículo 181° inciso 5) de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador
de la Provincia de Río Negro
DECRETA:
Artículo l°.- Adherir al Decreto Nacional Nº 355/13 que Reglamenta la
Ley Nacional N° 26.653.-
Art. 2° .- Aprobar la reglamentación de la Ley Nº 4904 mediante la cual
se adhirió a la Ley Nacional N° 26.653 sobre accesibilidad a la información
en las páginas web que como Anexo forma parte integrante del presente
Decreto.-
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de
Desarrollo Social.-
Art. 4°.- Registrar, comunicar, publicación, dar al Boletín Oficial y
archivar.
WERETILNECK - F. H. Galli.
———
Anexo al Decreto N° 735
Reglamentación de la Ley N° 4.904
Artículo 1°.- Sin reglamentar.
Art. 2°.- El Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad, se
reunirá con la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología y Desarrollo a fin de
acordar el rol que tendrá cada organismo en la implementación del diseño de
las páginas web alcanzadas por la Ley N° 26.653.
Art. 3°.- El Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad,
requirará de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología y Desarrollo para la
producción, de la asistencia técnica, capacitación y formación de personal,
a fin de cumplir con los objetivos de la ley.
Art. 4°.- Sin reglamentar.
Art. 5º.- Sin reglamentar.
Art. 6°.- Sin reglamentar.
—oOo—
DECRETO Nº 736
Viedma, 2 de junio de 2015
Visto: El Expediente N° 4.423-DRH-2.015, del Registro del Instituto de
Desarrollo del Valle Inferior (IDEVI), y:
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el pago de Pesos ochocientos cincuenta
($ 850,00), en concepto de pago de indumentaria de los agentes del Instituto
de Desarrollo del Valle Inferior (IDEVI), comprendidos en el Régimen
Retributivo Transitorio (Ley N° 3.959):
Que el Punto 04 del Acta Nº 1 del Consejo Provincial de la Función
Pública establece el pago de la suma arriba indicada;
Que es facultad del Estado proveer la indumentaria de trabajo u otorgar
una suma de dinero a tal fin, conforme lo establece el Artículo 23° Inciso, n)
del Capítulo III, del Anexo l del Estatuto General y Básico para el Personal
de la Administración Pública de la provincia de Río Negro, Ley L N° 3.487;
Que la presente erogación demandará la suma Pesos cuarenta y cinco mil
cincuenta ($ 45.050.00);