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Viedma, 24 de Noviembre de 2016 BOLETIN OFICIAL N° 5514
Art. 2º: Regístrese notifíquese a las Distribuidoras EdERSA, CEB y CEARC,
publíquese en el Boletín Oficial. Pase al Area Técnica.
Firmado: Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directoria del EPRE
Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar
en la página web del EPRE wwweprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
Ing. Néstor Pérez, Presidente - EPRE.- Diego G. Silvera, Prensa y Difusión
- EPRE.
——–
Resolución EPRE Nº 241/16
Cipolletti, 26/09/2016.
Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la
Electricidad de Río Negro N° 23953/14 caratulado “Casos de Fuerza Mayor
e Indices de Calidad de Servicio Técnico - Semestre 25° (Sep/14 - Feb/15) -
Dist. EDERSA” y;
Considerando......
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUELVE
Artículo 1º: Ténganse por no presentados descargos por parte de la
Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución
EPRE AL Nº 452/15.
Art. 2°: Sanciónese a la Distribuidora EdERSA por el incumplimiento a la
obligación prevista en el numeral 3.2. del Subanexo 3 del Contrato de
Concesión para la Etapa II en cuanto a les índices de Calidad de Servicio
Técnico, durante el Semestre 25º de control (período comprendido desde el
1° de Septiembre de 2014 al 28 de Febrero de 2015) respecto de 138.529
usuarios, considerando las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas
en la motivación de esta Resolución y en la Resolución EPRE al N° 452/15,
con una multa total de Pesos Doce Millones Setecientos Seis Mil
Cuatrocientos Treinta 57/100 ($ 12.706.430,57).
Art. 3º: De conformidad con la metodología dispuesta por Resolución
EPRE Nº 148/13 corresponde que del total de multa impuesta en el Art. 2º de
la presente, se les acredite la suma de pesos doce millones quinientos setenta
y un mil cuatrocientos noventa y cinco 95/100 ($ 12.571.495.95) a ochenta
y dos mil quinientos cuarenta (82.540) usuarios afectados en la primera
facturación posterior a la notificación de esta resolución, bajo la
denominación “Bonificación multa Res. EPRE....”. El saldo de pesos ciento
treinta y cuatro mil novecientos treinta y cuatro 62/100 ($ 134.934,62;
será descontado del costo de abastecimiento de acuerdo a lo dispuesto por el
punto 5 del Reglamento para la implementación de bonificaciones en la
facturación a usuarios (Res. EPRE Nº 148/33), en oportunidad del primer
ajuste del costo de abastecimiento que suceda al dictado de esta resolución,
descontándose del valor monetario de dicho ajuste y discriminando el monto
bajo la leyenda “Créditos por Aplicación de Sanciones Dispuestas por el
EPRE” conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE Nº
508/00.
Art. 4º: Regístrese y previa notificación del Art. 12º de la ley K Nº 88,
notifíquese a la Distribuidora EdERSA, publíquese en la página web de este
organismo y en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro. Cumplido,
pasen las actuaciones al Area Técnica, para el control de lo dispuesto en los
artículos 2º y 3º.
Firmado: Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE.
Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar
en la página web del EPRE wwweprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
Ing. Néstor Pérez, Presidente - EPRE.- Diego G. Silvera, Prensa y Difusión
- EPRE.
——–
Resolución EPRE Nº 242/16
Cipolletti. 26/09/2016.
Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la
Electricidad de Río Negro N° 24448/15 caratulado “Casos de Fuerza Mayor
e Indices de Calidad de Servicio Técnico - Semestre 26º (Mar/15 - Ago/15) -
Dist. EDERSA” y;
Considerando.....
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUELVE
Artículo 1º: Ténganse por no presentados descargos por parte de la
Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución
EPRE AL Nº 145/16.
Art. 2º: Sanciónese a la Distribuidora EdERSA por el incumplimiento a la
obligación prevista en el numeral 3.2. del Subanexo 3 del Contrato de
Concesión para la Etapa II en cuanto a los índices de Calidad de Servicio
Técnico, durante el Semestre 26° de control (período comprendido desde el
1º de Marzo de 2015 al 31 de Agosto de 2015) respecto de 80.630 usuarios,
considerando las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la
motivación de esta Resolución y en la Resolución EPRE AL N° 145/16, con
una multa total de Pesos Nueve Millones Cuatrocientos Treinta y Cuatro
Mil Ciento Cuarenta y Nueve 12/100 ($ 9.434.149,12).
Art. 3º: De conformidad con la metodología dispuesta por Resolución
EPRE N° 148/13 corresponde que del total de multa impuesta en el Art. 2º
de la presente, se les acredite la suma de pesos nueve millones trescientos
cuarenta y nueve mill seis 01/100 ($ 9.349.006,01) a cuarenta y cinco mil
cincuenta y nueve (45.059) usuarios afectados en la primera facturación
posterior a la notificación de esta resolución, bajo la denominación
“Bonificación multa Res. EPRE.....” El saldo de pesos ochenta y cinco mil
ciento cuarenta y tres 11/100 ($ 85.143,11) será descontado del costo de
abastecimiento de acuerdo a lo dispuesto por el punto 5 del Reglamento para
la implementación de bonificaciones en la facturación a usuarios (Res. EPRE
Nº 148/13), en oportunidad del primer ajuste del costo de abastecimiento
que suceda al dictado de esta resolución, descontándose del valor monetario
de dicho ajuste y discriminando el monto bajo la leyenda “Créditos por
Aplicación de Sanciones dispuestas por el EPRE conforme la metodología
que se establece en la Resolución EPRE Nº 508/00.-
Art. 4º: Regístrese y previa notificación del Art. 12º de la ley K N° 88,
notifíquese a la Distribuidora EdERSA, publíquese en la página web de este
organismo y en el Boletín Oficinal de la Provincia de Río Negro. Cumplido,
pasen tas actuaciones al Area Técnica, para el control de lo dispuesto en los
artículos 2º y 3°.
Firmado: Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE.
Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar
en la página web del EPRE wwweprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
Ing. Néstor Pérez, Presidente - EPRE.- Diego G. Silvera, Prensa y Difusión
- EPRE.
——–
Resolución EPRE Nº 243/16
Cipolletti, 26/09/2016.
Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la
Electricidad de Río Negro Nº 24945/15 caratulado “Casos de Fuerza Mayor
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Considerando....
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUELVE
Artículo 1º: Ténganse por no presentados descargos por parte de la
Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución
EPRE AL Nº 255/16.
Art. 2º: Sanciónese a la Distribuidora EdERSA por el incumplimiento a la
obligación prevista en el numeral 3.2. del Subanexo 3 del Contrato de
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Técnico, durante el Semestre 27º de control (período comprendido desde el
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en la motivación de esta Resolución y en la Resolución EPRE AL N° 255/
16, con una multa total de Pesos Treinta y Un Millones Trescientos Sesenta
y Seis Mil Doscientos Cuarenta y Dos 75/100 ($ 31.366.24235).
Art. 3º: De conformidad con la metodología dispuesta por Resolución
EPRE N° 148/13 corresponde que del total de multa impuesta en el Art. 2º
de la presente, se les acredite la suma de pesos treinta y un millones doscientos
sesenta y tres mil cuatrocientos diecinueve 81/100 ($ 31.263.419,81) a
ciento dos mil ciento cuatro (102.104) usuarios afectados en la primera
facturación posterior a la notificación de esta resolución, bajo la
denominación “Bonificación multa Res. EPRE ...”. El saldo de pesos ciento
dos mil ochocientos veintidós 97/100 ($ 102.822,97) será descontado del
costo de abastecimiento de acuerdo a lo dispuesto por el punto 5 del
Reglamento para la implementación de bonificaciones en la facturación a
usuarios (Res. EPRE N° 148/13), en oportunidad del primer ajuste del costo
de abastecimiento que suceda al dictado de esta resolución, descontándose
del valor monetario de dicho ajuste y discriminando el monto bajo la leyenda
“Créditos por Aplicación de Sanciones Dispuestas por el EPRE” conforme
la metodología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 4º: Regístrese y previa notificación del Art. 12º de la ley K Nº 88,
notifíquese a la Distribuidora EdERSA, publíquese en la página web de este
organismo y en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro. Cumplido,
pasen las actuaciones al Area Técnica, para el control de lo dispuesto en los
artículos 2º y 3º.
Firmado: Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE.
Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar
en la página web del EPRE wwweprern.gov.ar o en la sede central del EPRE
9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
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Res-epre-241-242-243-16

  • 1. 41 Viedma, 24 de Noviembre de 2016 BOLETIN OFICIAL N° 5514 Art. 2º: Regístrese notifíquese a las Distribuidoras EdERSA, CEB y CEARC, publíquese en el Boletín Oficial. Pase al Area Técnica. Firmado: Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directoria del EPRE Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE wwweprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro. Ing. Néstor Pérez, Presidente - EPRE.- Diego G. Silvera, Prensa y Difusión - EPRE. ——– Resolución EPRE Nº 241/16 Cipolletti, 26/09/2016. Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro N° 23953/14 caratulado “Casos de Fuerza Mayor e Indices de Calidad de Servicio Técnico - Semestre 25° (Sep/14 - Feb/15) - Dist. EDERSA” y; Considerando...... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE Artículo 1º: Ténganse por no presentados descargos por parte de la Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL Nº 452/15. Art. 2°: Sanciónese a la Distribuidora EdERSA por el incumplimiento a la obligación prevista en el numeral 3.2. del Subanexo 3 del Contrato de Concesión para la Etapa II en cuanto a les índices de Calidad de Servicio Técnico, durante el Semestre 25º de control (período comprendido desde el 1° de Septiembre de 2014 al 28 de Febrero de 2015) respecto de 138.529 usuarios, considerando las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución y en la Resolución EPRE al N° 452/15, con una multa total de Pesos Doce Millones Setecientos Seis Mil Cuatrocientos Treinta 57/100 ($ 12.706.430,57). Art. 3º: De conformidad con la metodología dispuesta por Resolución EPRE Nº 148/13 corresponde que del total de multa impuesta en el Art. 2º de la presente, se les acredite la suma de pesos doce millones quinientos setenta y un mil cuatrocientos noventa y cinco 95/100 ($ 12.571.495.95) a ochenta y dos mil quinientos cuarenta (82.540) usuarios afectados en la primera facturación posterior a la notificación de esta resolución, bajo la denominación “Bonificación multa Res. EPRE....”. El saldo de pesos ciento treinta y cuatro mil novecientos treinta y cuatro 62/100 ($ 134.934,62; será descontado del costo de abastecimiento de acuerdo a lo dispuesto por el punto 5 del Reglamento para la implementación de bonificaciones en la facturación a usuarios (Res. EPRE Nº 148/33), en oportunidad del primer ajuste del costo de abastecimiento que suceda al dictado de esta resolución, descontándose del valor monetario de dicho ajuste y discriminando el monto bajo la leyenda “Créditos por Aplicación de Sanciones Dispuestas por el EPRE” conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE Nº 508/00. Art. 4º: Regístrese y previa notificación del Art. 12º de la ley K Nº 88, notifíquese a la Distribuidora EdERSA, publíquese en la página web de este organismo y en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro. Cumplido, pasen las actuaciones al Area Técnica, para el control de lo dispuesto en los artículos 2º y 3º. Firmado: Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE. Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE wwweprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro. Ing. Néstor Pérez, Presidente - EPRE.- Diego G. Silvera, Prensa y Difusión - EPRE. ——– Resolución EPRE Nº 242/16 Cipolletti. 26/09/2016. Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro N° 24448/15 caratulado “Casos de Fuerza Mayor e Indices de Calidad de Servicio Técnico - Semestre 26º (Mar/15 - Ago/15) - Dist. EDERSA” y; Considerando..... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE Artículo 1º: Ténganse por no presentados descargos por parte de la Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL Nº 145/16. Art. 2º: Sanciónese a la Distribuidora EdERSA por el incumplimiento a la obligación prevista en el numeral 3.2. del Subanexo 3 del Contrato de Concesión para la Etapa II en cuanto a los índices de Calidad de Servicio Técnico, durante el Semestre 26° de control (período comprendido desde el 1º de Marzo de 2015 al 31 de Agosto de 2015) respecto de 80.630 usuarios, considerando las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución y en la Resolución EPRE AL N° 145/16, con una multa total de Pesos Nueve Millones Cuatrocientos Treinta y Cuatro Mil Ciento Cuarenta y Nueve 12/100 ($ 9.434.149,12). Art. 3º: De conformidad con la metodología dispuesta por Resolución EPRE N° 148/13 corresponde que del total de multa impuesta en el Art. 2º de la presente, se les acredite la suma de pesos nueve millones trescientos cuarenta y nueve mill seis 01/100 ($ 9.349.006,01) a cuarenta y cinco mil cincuenta y nueve (45.059) usuarios afectados en la primera facturación posterior a la notificación de esta resolución, bajo la denominación “Bonificación multa Res. EPRE.....” El saldo de pesos ochenta y cinco mil ciento cuarenta y tres 11/100 ($ 85.143,11) será descontado del costo de abastecimiento de acuerdo a lo dispuesto por el punto 5 del Reglamento para la implementación de bonificaciones en la facturación a usuarios (Res. EPRE Nº 148/13), en oportunidad del primer ajuste del costo de abastecimiento que suceda al dictado de esta resolución, descontándose del valor monetario de dicho ajuste y discriminando el monto bajo la leyenda “Créditos por Aplicación de Sanciones dispuestas por el EPRE conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE Nº 508/00.- Art. 4º: Regístrese y previa notificación del Art. 12º de la ley K N° 88, notifíquese a la Distribuidora EdERSA, publíquese en la página web de este organismo y en el Boletín Oficinal de la Provincia de Río Negro. Cumplido, pasen tas actuaciones al Area Técnica, para el control de lo dispuesto en los artículos 2º y 3°. Firmado: Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE. Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE wwweprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro. Ing. Néstor Pérez, Presidente - EPRE.- Diego G. Silvera, Prensa y Difusión - EPRE. ——– Resolución EPRE Nº 243/16 Cipolletti, 26/09/2016. Visto, el expediente del Registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro Nº 24945/15 caratulado “Casos de Fuerza Mayor e Indices de Calidad de Servicio Técnico - Semestre 27º (Sep/15 - Feb/16) - Dist. EDERSA” y Considerando.... El Directorio del Ente Provincial Regulador de la Electricidad RESUELVE Artículo 1º: Ténganse por no presentados descargos por parte de la Distribuidora EdERSA contra las imputaciones formuladas por Resolución EPRE AL Nº 255/16. Art. 2º: Sanciónese a la Distribuidora EdERSA por el incumplimiento a la obligación prevista en el numeral 3.2. del Subanexo 3 del Contrato de Concesión para la Etapa II en cuanto a los índices de Calidad de Servicio Técnico, durante el Semestre 27º de control (período comprendido desde el 1º de Septiembre de 2015 al 29 de Febrero de 2016) respecto de 139.402 usuarios, considerando las circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas en la motivación de esta Resolución y en la Resolución EPRE AL N° 255/ 16, con una multa total de Pesos Treinta y Un Millones Trescientos Sesenta y Seis Mil Doscientos Cuarenta y Dos 75/100 ($ 31.366.24235). Art. 3º: De conformidad con la metodología dispuesta por Resolución EPRE N° 148/13 corresponde que del total de multa impuesta en el Art. 2º de la presente, se les acredite la suma de pesos treinta y un millones doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos diecinueve 81/100 ($ 31.263.419,81) a ciento dos mil ciento cuatro (102.104) usuarios afectados en la primera facturación posterior a la notificación de esta resolución, bajo la denominación “Bonificación multa Res. EPRE ...”. El saldo de pesos ciento dos mil ochocientos veintidós 97/100 ($ 102.822,97) será descontado del costo de abastecimiento de acuerdo a lo dispuesto por el punto 5 del Reglamento para la implementación de bonificaciones en la facturación a usuarios (Res. EPRE N° 148/13), en oportunidad del primer ajuste del costo de abastecimiento que suceda al dictado de esta resolución, descontándose del valor monetario de dicho ajuste y discriminando el monto bajo la leyenda “Créditos por Aplicación de Sanciones Dispuestas por el EPRE” conforme la metodología que se establece en la Resolución EPRE N° 508/00. Art. 4º: Regístrese y previa notificación del Art. 12º de la ley K Nº 88, notifíquese a la Distribuidora EdERSA, publíquese en la página web de este organismo y en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro. Cumplido, pasen las actuaciones al Area Técnica, para el control de lo dispuesto en los artículos 2º y 3º. Firmado: Ing. Néstor Pérez, Presidente del Directorio del EPRE. Nota: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en la página web del EPRE wwweprern.gov.ar o en la sede central del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro. Ing. Néstor Pérez, Presidente - EPRE.- Diego G. Silvera, Prensa y Difusión - EPRE.