NORMA OFICIAL MEXICANA
NOM-004-SSA3-2012 DEL
EXPEDIENTE CLINICO
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO.
UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38
INTRODUCCIÓN
Tiene como propósito establecer con precisión los criterios científicos,
éticos, tecnológicos y administrativos obligatorios en la elaboración,
integración, uso, manejo, archivo, conservación, propiedad, titularidad y
confidencialidad del expediente clínico.
Constituye en una herramienta de uso obligatorio para el personal del
área de la salud, de los sectores público, social y privado que integran el
Sistema Nacional de Salud.
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UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38
• Esta norma ratifica la importancia de que la
autoridad sanitaria, garantice la libre
manifestación de la voluntad del paciente.
• Reconocimiento de la titularidad del paciente sobre
los datos que proporciona al personal del área de la
salud (identidad personal) y los que proporciona en
relación con su padecimiento; a todos ellos, se les
considera información confidencial.
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• Obligatoria para el personal del área de la salud.
• Establecimiento prestadores de los servicios de atención medica de los
sectores publico, social y privado.
CAMPO DE APLICACIÓN
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• Prestadores de servicios de salud estarán obligados a integrar y conservar el
expediente clínico.
• Todo expediente clínico deberá tener los siguientes datos generales:
 Tipo, nombre y domicilio del establecimiento y en su caso, nombre de la institución.
 Nombre del paciente.
 Sexo del paciente.
 Edad del paciente.
GENERALIDADES
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• Los expedientes clínicos son
propiedad de la institución o
del prestador de servicios
médicos que los genera.
Paciente tiene derecho a
la titularidad sobre la
información para la
protección de su salud.
• Deberán ser conservados por un periodo mínimo de 5 años, contados
a partir de la fecha del ultimo acto medico.
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• Las notas medicas y reportes deberán
contener:
 Nombre completo del paciente
 Edad
 Sexo
 Numero de cama o expediente
 Fecha y hora de atención
 Nombre completo de quien elabora
(firma autógrafa o digital).
 Las notas en el expediente deberán expresarse en lenguaje técnico-
medico, sin abreviaturas, con letra legible, sin enmendaduras ni
tachaduras y conservarse en buen estado.
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Deberá contar con:
• HISTORIA CLINICA
 Deberá elaborarla el personal médico y otros profesionales del área de la salud, de
acuerdo con las necesidades específicas de información de cada uno de ellos en
particular, deberá tener, en el orden señalado, los apartados siguientes:
1. Interrogatorio: ficha de identificación, AHF, APP, APNP, PA e Interrogatorio por
aparatos y sistemas.
2. Exploración física: Habitus exterior, Somatometria, signos vitales, asi como datos
de cabeza, cuello, tórax, abdomen, miembros y genitales.
DEL EXPEDIENTE CLINICO EN LA
CONSULTA GENERAL Y DE ESPECIALIDAD
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3. Resultados previos y actuales de estudios de laboratorio, gabinete.
4. Diagnósticos o problemas clínicos.
5. Pronostico.
6.Indicacion terapéutica
NOTA DE EVOLUCION.
Deberá elaborarla el medico cada vez que proporciona
atención al paciente ambulatorio. Describirá lo siguiente:
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Evolución y actualización
del cuadro clínico
Diagnostico o problemas
clínicos
Resultados de estudios
auxiliares de diagnostico
Signos Vitales
Pronostico
Tratamiento o
indicaciones medicas
Uso de medicamentos:
dosis, vía y periodicidad
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• NOTA DE INTERCONSULTA:
La solicitud deberá elaborarla el medico cuando se requiera y quedara
asentada en el expediente clínico.
Deberá contar con:
Criterios diagnósticos
Plan de estudios
Sugerencias diagnosticas y tratamiento
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• NOTA DE REFERENCIA/TRASLADO:
La solicitud deberá elaborarla el medico cuando se requiera y quedara
asentada en el expediente clínico.
Deberá contar con:
Establecimiento que envía
Establecimiento receptor
Resumen clínico: motivo de envió, Impresión diagnostica,
terapéutica empleada
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Otros documentos de importancia:
• CARTA DE CONSENTIMIENTO INFORMADO:
Nombre de la Institución
Nombre, razón social del establecimiento
Titulo del documento
Lugar y fecha en que se remite
Acto autorizado
Señalamiento de los riesgos y beneficios esperados del acto medico autorizado
Autorización al personal de salud para la atención de contingencias y urgencias
derivadas del acto autorizado
Nombre completo y firma del paciente
Nombre completo y firma de la persona que proporciona la información.
Nombre completo y firma de testigos (2)
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EVENTOS MINIMOS QUE REQUIEREN CARTAS DE CONSENTIMIENTO
INFORMADO:
Ingreso hospitalario
Procedimientos de cirugía mayor
Procedimientos que requieren anestesia general o regional
Salpingoclasia y vasectomía
Donación de órganos, tejidos y trasplantes
Procedimientos diagnósticos y terapéuticos considerados como de alto riesgo
Necropsia hospitalaria
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GRACIAS POR
SU ATENCIÓN

RESUMEN NOM 004.pptx

  • 1.
    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-SSA3-2012DEL EXPEDIENTE CLINICO INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38
  • 2.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 INTRODUCCIÓN Tiene como propósito establecer con precisión los criterios científicos, éticos, tecnológicos y administrativos obligatorios en la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación, propiedad, titularidad y confidencialidad del expediente clínico. Constituye en una herramienta de uso obligatorio para el personal del área de la salud, de los sectores público, social y privado que integran el Sistema Nacional de Salud.
  • 3.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 • Esta norma ratifica la importancia de que la autoridad sanitaria, garantice la libre manifestación de la voluntad del paciente. • Reconocimiento de la titularidad del paciente sobre los datos que proporciona al personal del área de la salud (identidad personal) y los que proporciona en relación con su padecimiento; a todos ellos, se les considera información confidencial.
  • 4.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 • Obligatoria para el personal del área de la salud. • Establecimiento prestadores de los servicios de atención medica de los sectores publico, social y privado. CAMPO DE APLICACIÓN
  • 5.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 • Prestadores de servicios de salud estarán obligados a integrar y conservar el expediente clínico. • Todo expediente clínico deberá tener los siguientes datos generales:  Tipo, nombre y domicilio del establecimiento y en su caso, nombre de la institución.  Nombre del paciente.  Sexo del paciente.  Edad del paciente. GENERALIDADES
  • 6.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 • Los expedientes clínicos son propiedad de la institución o del prestador de servicios médicos que los genera. Paciente tiene derecho a la titularidad sobre la información para la protección de su salud. • Deberán ser conservados por un periodo mínimo de 5 años, contados a partir de la fecha del ultimo acto medico.
  • 7.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 • Las notas medicas y reportes deberán contener:  Nombre completo del paciente  Edad  Sexo  Numero de cama o expediente  Fecha y hora de atención  Nombre completo de quien elabora (firma autógrafa o digital).  Las notas en el expediente deberán expresarse en lenguaje técnico- medico, sin abreviaturas, con letra legible, sin enmendaduras ni tachaduras y conservarse en buen estado.
  • 8.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 Deberá contar con: • HISTORIA CLINICA  Deberá elaborarla el personal médico y otros profesionales del área de la salud, de acuerdo con las necesidades específicas de información de cada uno de ellos en particular, deberá tener, en el orden señalado, los apartados siguientes: 1. Interrogatorio: ficha de identificación, AHF, APP, APNP, PA e Interrogatorio por aparatos y sistemas. 2. Exploración física: Habitus exterior, Somatometria, signos vitales, asi como datos de cabeza, cuello, tórax, abdomen, miembros y genitales. DEL EXPEDIENTE CLINICO EN LA CONSULTA GENERAL Y DE ESPECIALIDAD
  • 9.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 3. Resultados previos y actuales de estudios de laboratorio, gabinete. 4. Diagnósticos o problemas clínicos. 5. Pronostico. 6.Indicacion terapéutica NOTA DE EVOLUCION. Deberá elaborarla el medico cada vez que proporciona atención al paciente ambulatorio. Describirá lo siguiente:
  • 10.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 Evolución y actualización del cuadro clínico Diagnostico o problemas clínicos Resultados de estudios auxiliares de diagnostico Signos Vitales Pronostico Tratamiento o indicaciones medicas Uso de medicamentos: dosis, vía y periodicidad
  • 11.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 • NOTA DE INTERCONSULTA: La solicitud deberá elaborarla el medico cuando se requiera y quedara asentada en el expediente clínico. Deberá contar con: Criterios diagnósticos Plan de estudios Sugerencias diagnosticas y tratamiento
  • 12.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 • NOTA DE REFERENCIA/TRASLADO: La solicitud deberá elaborarla el medico cuando se requiera y quedara asentada en el expediente clínico. Deberá contar con: Establecimiento que envía Establecimiento receptor Resumen clínico: motivo de envió, Impresión diagnostica, terapéutica empleada
  • 13.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 Otros documentos de importancia: • CARTA DE CONSENTIMIENTO INFORMADO: Nombre de la Institución Nombre, razón social del establecimiento Titulo del documento Lugar y fecha en que se remite Acto autorizado Señalamiento de los riesgos y beneficios esperados del acto medico autorizado Autorización al personal de salud para la atención de contingencias y urgencias derivadas del acto autorizado Nombre completo y firma del paciente Nombre completo y firma de la persona que proporciona la información. Nombre completo y firma de testigos (2)
  • 14.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 EVENTOS MINIMOS QUE REQUIEREN CARTAS DE CONSENTIMIENTO INFORMADO: Ingreso hospitalario Procedimientos de cirugía mayor Procedimientos que requieren anestesia general o regional Salpingoclasia y vasectomía Donación de órganos, tejidos y trasplantes Procedimientos diagnósticos y terapéuticos considerados como de alto riesgo Necropsia hospitalaria
  • 15.
    NORMA OFICIAL MEXICANANOM-004-SSA3-2012 DEL EXPEDIENTE CLINICO. UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR No. 38 GRACIAS POR SU ATENCIÓN