Las nuevas dinámicas tributarias de la retención en la fuente en el contexto de las NIIF se enfocan en dos aspectos: 1) Se modifica el régimen aplicable a los autorretenedores de rendimientos financieros para evitar retenciones en exceso y dotar de mayor liquidez al mercado. 2) Se aclaran y simplifican los tratamientos aplicables a los no autorretenedores de rendimientos financieros. Estos cambios buscan acercar la tributación, en particular la retención en la fuente, a la realidad econó
1) La retención en la fuente ha evolucionado en Colombia con reformas tributarias que se han adaptado a las NIIF, permitiendo compensar valores negativos y positivos de rendimientos financieros para acercar la tributación a la realidad económica. 2) También se han aclarado y simplificado tratamientos para no autorretenedores de rendimientos. 3) Se han modificado tasas y deducciones aplicables a la base de retención para empleados.
1. La retención en la fuente llegó a Colombia en 1948 como mecanismo de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta. 2. Las nuevas dinámicas tributarias de la retención en la fuente en el contexto de las NIIF incluyen ajustes en las tarifas y bases de retención, así como mayores deducciones permitidas. 3. El objetivo es que la tributación, en particular la retención en la fuente, se ajuste mejor a la realidad económica de acuerdo con los principios de las NIIF.
Este documento resume los principales aspectos de la reforma tributaria colombiana de 2012, incluyendo la terminación por mutuo acuerdo de procesos administrativos, condiciones especiales para el pago de obligaciones tributarias en mora, amnistía para activos omitidos y pasivos inexistentes, nueva tasa de interés moratorio, obligaciones de declaración para contribuyentes sin residencia en el país, transición a normas internacionales de contabilidad, y nuevos términos para contratos de estabilidad jurídica.
1) El documento describe el pago provisional por utilidades absorbidas (PPUA), que permite la devolución del impuesto de primera categoría pagado sobre utilidades acumuladas en el registro FUT que resulten absorbidas por pérdidas tributarias.
2) Explica que las pérdidas tributarias pueden imputarse a utilidades acumuladas o llevarse a años futuros como deducción, y que han existido restricciones legales sobre su uso.
3) Señala que los contribuyentes deben contar con documentación para acreditar correct
Este documento resume los cambios en las leyes tributarias chilenas sobre las pérdidas tributarias bajo la nueva Ley 20.780 de reforma tributaria. Explica la diferencia entre costos, gastos y pérdidas, y cómo las pérdidas de ejercicios anteriores y del ejercicio actual pueden ser deducidas o imputadas. También cubre los criterios del SII para pagos provisionales con utilidades absorbidas y las consecuencias de cambios de propiedad.
Este documento describe el régimen de retenciones de impuestos sobre la renta en Venezuela. Explica que los gastos sujetos a retención solo son deducibles si el impuesto correspondiente ha sido retenido y pagado. Luego detalla las tasas de retención aplicables a personas naturales y jurídicas por diferentes tipos de pagos como sueldos, honorarios, intereses y regalías. También cubre el procedimiento para realizar las retenciones y los plazos para la presentación y pago de los impuestos retenidos.
A continuación ponemos a disposición de nuestros clientes y seguidores un resumen general de la Reforma Tributaria aprobada en Chile en septiembre de 2014, bajo la Ley 20.780.
www.bbsc.cl
La presentación explica la definición, elementos y finalidad de la retención en la fuente. La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar anticipadamente un impuesto como el IVA o el impuesto de renta. Incluye conceptos como el sujeto pasivo, agente de retención, base y tarifa de retención. Su objetivo es asegurar el recaudo de impuestos de manera gradual a lo largo del periodo gravable en lugar de esperar al final.
1) La retención en la fuente ha evolucionado en Colombia con reformas tributarias que se han adaptado a las NIIF, permitiendo compensar valores negativos y positivos de rendimientos financieros para acercar la tributación a la realidad económica. 2) También se han aclarado y simplificado tratamientos para no autorretenedores de rendimientos. 3) Se han modificado tasas y deducciones aplicables a la base de retención para empleados.
1. La retención en la fuente llegó a Colombia en 1948 como mecanismo de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta. 2. Las nuevas dinámicas tributarias de la retención en la fuente en el contexto de las NIIF incluyen ajustes en las tarifas y bases de retención, así como mayores deducciones permitidas. 3. El objetivo es que la tributación, en particular la retención en la fuente, se ajuste mejor a la realidad económica de acuerdo con los principios de las NIIF.
Este documento resume los principales aspectos de la reforma tributaria colombiana de 2012, incluyendo la terminación por mutuo acuerdo de procesos administrativos, condiciones especiales para el pago de obligaciones tributarias en mora, amnistía para activos omitidos y pasivos inexistentes, nueva tasa de interés moratorio, obligaciones de declaración para contribuyentes sin residencia en el país, transición a normas internacionales de contabilidad, y nuevos términos para contratos de estabilidad jurídica.
1) El documento describe el pago provisional por utilidades absorbidas (PPUA), que permite la devolución del impuesto de primera categoría pagado sobre utilidades acumuladas en el registro FUT que resulten absorbidas por pérdidas tributarias.
2) Explica que las pérdidas tributarias pueden imputarse a utilidades acumuladas o llevarse a años futuros como deducción, y que han existido restricciones legales sobre su uso.
3) Señala que los contribuyentes deben contar con documentación para acreditar correct
Este documento resume los cambios en las leyes tributarias chilenas sobre las pérdidas tributarias bajo la nueva Ley 20.780 de reforma tributaria. Explica la diferencia entre costos, gastos y pérdidas, y cómo las pérdidas de ejercicios anteriores y del ejercicio actual pueden ser deducidas o imputadas. También cubre los criterios del SII para pagos provisionales con utilidades absorbidas y las consecuencias de cambios de propiedad.
Este documento describe el régimen de retenciones de impuestos sobre la renta en Venezuela. Explica que los gastos sujetos a retención solo son deducibles si el impuesto correspondiente ha sido retenido y pagado. Luego detalla las tasas de retención aplicables a personas naturales y jurídicas por diferentes tipos de pagos como sueldos, honorarios, intereses y regalías. También cubre el procedimiento para realizar las retenciones y los plazos para la presentación y pago de los impuestos retenidos.
A continuación ponemos a disposición de nuestros clientes y seguidores un resumen general de la Reforma Tributaria aprobada en Chile en septiembre de 2014, bajo la Ley 20.780.
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La presentación explica la definición, elementos y finalidad de la retención en la fuente. La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar anticipadamente un impuesto como el IVA o el impuesto de renta. Incluye conceptos como el sujeto pasivo, agente de retención, base y tarifa de retención. Su objetivo es asegurar el recaudo de impuestos de manera gradual a lo largo del periodo gravable en lugar de esperar al final.
Aspectos tributarios para las instituciones educativascaturrogg83
El documento resume las obligaciones tributarias de las instituciones educativas como agentes retenedores del impuesto de renta y otros impuestos. Deben retener y pagar impuestos sobre pagos como honorarios, comisiones y servicios a terceros, y llevar registros contables de estas transacciones. También deben cumplir con requisitos para facturación y presentar informes a las autoridades tributarias.
La nueva ley introduce normas CFC (Controlled Foreign Company) para gravar las rentas pasivas generadas por entidades controladas en el extranjero. Se consideran rentas pasivas aquellas provenientes de utilidades, intereses, regalías, arrendamientos e inversiones. La renta pasiva se calcula en proporción a la participación en la entidad controlada y se reconoce desde 2016 cuando supere las 2.400 UF. Los dividendos provenientes de rentas pasivas ya tributadas no se gravan adicionalmente.
Este documento resume los principales cambios en materia fiscal que entrarán en vigor en enero de 2014 debido a la reforma fiscal en México. Algunos de los cambios más significativos son: la aplicación del 16% de IVA a más servicios y productos, aumentos en las tasas del ISR para personas de mayores ingresos, y nuevos gravámenes en productos como bebidas azucaradas y combustibles fósiles. El documento explica cómo estos cambios afectarán a trabajadores, empresas, inversionistas y consumidores.
La retención en la fuente es un mecanismo de cobro anticipado de impuestos que se aplica en el momento en que ocurre el hecho generador. Incluye conceptos como el sujeto pasivo, agente retenedor, concepto de retención, tarifa y base de retención. Los agentes retenedores deben efectuar la retención en el momento de la transacción, presentar la declaración mensual y expedir certificados de retención. Existen sanciones para quienes no cumplen con estas obligaciones. Algunos pagos como los de cooperativ
Este documento define las retenciones en la fuente del IVA e Impuesto a la Renta, explicando que son obligaciones del comprador de retener un porcentaje de los pagos al proveedor y entregarlo al estado. Detalla los porcentajes de retención para cada impuesto, los agentes de retención y a quiénes deben retener. También incluye ejemplos para calcular las retenciones.
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012 sobre el impuesto a la renta para la equidad (CREE) en Colombia. Establece las actividades económicas sujetas a retención en la fuente del CREE, con tarifas del 0.3% al 5%. También indica que a partir del pago del CREE estarán exoneradas de aportes parafiscales empresas y personas con trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos.
El documento resume las principales deducciones que se pueden aplicar al calcular el impuesto sobre la renta en Colombia. Entre ellas se encuentran la depreciación de activos, provisiones, gastos de personal como salarios y cesantías, impuestos pagados, gastos financieros e inversiones especiales en áreas como reforestación, medio ambiente y ciencia/tecnología. Explica los requisitos y límites de cada deducción.
El documento describe los cambios en la ley de impuestos venezolana en relación al gravamen de los dividendos. Algunos puntos clave son: (1) Los dividendos ahora forman parte de la base imponible y están sujetos a impuestos desde el 2001. (2) El impuesto a los dividendos de empresas petroleras se redujo del 67.7% al 50%. (3) Se estableció un anticipo del 1% sobre dividendos pagados en acciones. (4) El tratamiento fiscal depende de si la empresa pagadora está constituida en Venezuela o el extranjero.
Este documento resume las principales reformas fiscales implementadas en México en 2014. Incluye cambios en impuestos como el ISR, IVA e IEPS, así como la introducción de una Pensión Universal para adultos mayores y una Ley de Seguro de Desempleo. También reforma la seguridad social con incrementos en cuotas patronales y deroga impuestos como el IETU e IDE.
El documento describe los detalles del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal establecido en la Reforma Fiscal de 2014 en México. Este régimen permite que personas físicas con bajos ingresos por actividades empresariales puedan incorporarse gradualmente al sistema tributario general durante un período de 10 años. Explica los impuestos que pagarán, deducciones permitidas y procedimientos para declarar y pagar impuestos de forma bimestral bajo este nuevo régimen.
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada sobre pagos a terceros. Surge en 1961 para facilitar el recaudo de impuestos como el de renta para inversionistas extranjeros. Se aplica a impuestos como renta, IVA, industria y comercio. Las entidades autorretenedoras deben practicar la retención sobre pagos y declararla mensualmente, expidiendo certificados a los beneficiarios.
La Reforma Tributaria en Chile ha impactado a las Pymes de tres formas principales:
1) Se unificaron los regímenes tributarios simplificados en un solo sistema llamado 14 ter que grava el flujo de caja de las empresas.
2) Se aumentaron los beneficios para las Pymes como mayores créditos por inversión, depreciación instantánea y régimen de renta presunta con umbrales más altos.
3) Se establecieron dos regímenes tributarios para empresas grandes (Régimen A y B) con tasas de 25% y 27%
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada en la fuente del ingreso. Se practica reteniendo un porcentaje de pagos a terceros que luego es entregado al Estado. Los agentes de retención deben retener e informar los valores retenidos de impuestos como renta, IVA, industria y comercio. La retención permite deducir los valores retenidos de los impuestos declarados.
Resumen detallado de la propuesta de Reforma Fiscal aprobada por el Congreso y que solo esta a la espera de su publicacion por parte del Ejecutivo Federal.
Principales cambios de la Reforma Fiscal 2014 en México: Ley de Ingresos de la Federación para 2014, nueva LISR, cambios en la LIVA, LIEPS y CFF y Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley Antilavado)
La reforma tributaria introducida por las NIIF trae nuevas dinámicas en la retención en la fuente en Colombia, principalmente:
1. Se modifican las tarifas y rangos de la retención en la fuente aplicable a los pagos laborales para ajustarlos a Unidades de Valor Tributario.
2. Se establece una retención mínima proporcional al salario cuando este sea inferior a cierto monto en UVT.
3. Se permiten nuevas deducciones de la base de retención por conceptos de salud, vivi
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada a través de agentes retenedores. Tiene como objetivos acelerar el recaudo de impuestos, economizar costos de recaudo y facilitar el control tributario. Se aplica a la renta, el IVA y el impuesto de industria y comercio mediante la retención de porcentajes sobre pagos realizados.
La retención en la fuente surgió originalmente como mecanismo de recaudo de impuestos para inversionistas extranjeros. Se estableció legalmente en Colombia en 1969 y se aplica a salarios y dividendos. La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada aplicado por agentes de retención y no constituye un impuesto. Acelera el recaudo de impuestos y facilita el control tributario.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudación anticipada de impuestos como el IVA, renta e industria y comercio. No es un impuesto en sí mismo, sino que recauda anticipadamente estos impuestos cuando ocurre el hecho generador. El sujeto pasivo es quien recibe el pago y sobre quien recae la obligación tributaria, mientras que el agente retenedor es quien practica la retención al momento de realizar el pago. Existen casos en los que no se aplica la retención, como cuando el valor de la trans
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos como el impuesto sobre la renta. Surge inicialmente para recaudar impuestos sobre dividendos pagados a inversionistas extranjeros. Agentes de retención incluyen entidades públicas, fondos de inversión, sociedades y personas naturales con ingresos sobre ciertos umbrales. Los agentes retenedores deben retener una parte de los pagos según las tarifas, declarar y consignar los valores retenidos, y expedir certificados a los sujetos pasivos.
Aspectos tributarios para las instituciones educativascaturrogg83
El documento resume las obligaciones tributarias de las instituciones educativas como agentes retenedores del impuesto de renta y otros impuestos. Deben retener y pagar impuestos sobre pagos como honorarios, comisiones y servicios a terceros, y llevar registros contables de estas transacciones. También deben cumplir con requisitos para facturación y presentar informes a las autoridades tributarias.
La nueva ley introduce normas CFC (Controlled Foreign Company) para gravar las rentas pasivas generadas por entidades controladas en el extranjero. Se consideran rentas pasivas aquellas provenientes de utilidades, intereses, regalías, arrendamientos e inversiones. La renta pasiva se calcula en proporción a la participación en la entidad controlada y se reconoce desde 2016 cuando supere las 2.400 UF. Los dividendos provenientes de rentas pasivas ya tributadas no se gravan adicionalmente.
Este documento resume los principales cambios en materia fiscal que entrarán en vigor en enero de 2014 debido a la reforma fiscal en México. Algunos de los cambios más significativos son: la aplicación del 16% de IVA a más servicios y productos, aumentos en las tasas del ISR para personas de mayores ingresos, y nuevos gravámenes en productos como bebidas azucaradas y combustibles fósiles. El documento explica cómo estos cambios afectarán a trabajadores, empresas, inversionistas y consumidores.
La retención en la fuente es un mecanismo de cobro anticipado de impuestos que se aplica en el momento en que ocurre el hecho generador. Incluye conceptos como el sujeto pasivo, agente retenedor, concepto de retención, tarifa y base de retención. Los agentes retenedores deben efectuar la retención en el momento de la transacción, presentar la declaración mensual y expedir certificados de retención. Existen sanciones para quienes no cumplen con estas obligaciones. Algunos pagos como los de cooperativ
Este documento define las retenciones en la fuente del IVA e Impuesto a la Renta, explicando que son obligaciones del comprador de retener un porcentaje de los pagos al proveedor y entregarlo al estado. Detalla los porcentajes de retención para cada impuesto, los agentes de retención y a quiénes deben retener. También incluye ejemplos para calcular las retenciones.
Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012 sobre el impuesto a la renta para la equidad (CREE) en Colombia. Establece las actividades económicas sujetas a retención en la fuente del CREE, con tarifas del 0.3% al 5%. También indica que a partir del pago del CREE estarán exoneradas de aportes parafiscales empresas y personas con trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos.
El documento resume las principales deducciones que se pueden aplicar al calcular el impuesto sobre la renta en Colombia. Entre ellas se encuentran la depreciación de activos, provisiones, gastos de personal como salarios y cesantías, impuestos pagados, gastos financieros e inversiones especiales en áreas como reforestación, medio ambiente y ciencia/tecnología. Explica los requisitos y límites de cada deducción.
El documento describe los cambios en la ley de impuestos venezolana en relación al gravamen de los dividendos. Algunos puntos clave son: (1) Los dividendos ahora forman parte de la base imponible y están sujetos a impuestos desde el 2001. (2) El impuesto a los dividendos de empresas petroleras se redujo del 67.7% al 50%. (3) Se estableció un anticipo del 1% sobre dividendos pagados en acciones. (4) El tratamiento fiscal depende de si la empresa pagadora está constituida en Venezuela o el extranjero.
Este documento resume las principales reformas fiscales implementadas en México en 2014. Incluye cambios en impuestos como el ISR, IVA e IEPS, así como la introducción de una Pensión Universal para adultos mayores y una Ley de Seguro de Desempleo. También reforma la seguridad social con incrementos en cuotas patronales y deroga impuestos como el IETU e IDE.
El documento describe los detalles del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal establecido en la Reforma Fiscal de 2014 en México. Este régimen permite que personas físicas con bajos ingresos por actividades empresariales puedan incorporarse gradualmente al sistema tributario general durante un período de 10 años. Explica los impuestos que pagarán, deducciones permitidas y procedimientos para declarar y pagar impuestos de forma bimestral bajo este nuevo régimen.
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada sobre pagos a terceros. Surge en 1961 para facilitar el recaudo de impuestos como el de renta para inversionistas extranjeros. Se aplica a impuestos como renta, IVA, industria y comercio. Las entidades autorretenedoras deben practicar la retención sobre pagos y declararla mensualmente, expidiendo certificados a los beneficiarios.
La Reforma Tributaria en Chile ha impactado a las Pymes de tres formas principales:
1) Se unificaron los regímenes tributarios simplificados en un solo sistema llamado 14 ter que grava el flujo de caja de las empresas.
2) Se aumentaron los beneficios para las Pymes como mayores créditos por inversión, depreciación instantánea y régimen de renta presunta con umbrales más altos.
3) Se establecieron dos regímenes tributarios para empresas grandes (Régimen A y B) con tasas de 25% y 27%
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada en la fuente del ingreso. Se practica reteniendo un porcentaje de pagos a terceros que luego es entregado al Estado. Los agentes de retención deben retener e informar los valores retenidos de impuestos como renta, IVA, industria y comercio. La retención permite deducir los valores retenidos de los impuestos declarados.
Resumen detallado de la propuesta de Reforma Fiscal aprobada por el Congreso y que solo esta a la espera de su publicacion por parte del Ejecutivo Federal.
Principales cambios de la Reforma Fiscal 2014 en México: Ley de Ingresos de la Federación para 2014, nueva LISR, cambios en la LIVA, LIEPS y CFF y Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley Antilavado)
La reforma tributaria introducida por las NIIF trae nuevas dinámicas en la retención en la fuente en Colombia, principalmente:
1. Se modifican las tarifas y rangos de la retención en la fuente aplicable a los pagos laborales para ajustarlos a Unidades de Valor Tributario.
2. Se establece una retención mínima proporcional al salario cuando este sea inferior a cierto monto en UVT.
3. Se permiten nuevas deducciones de la base de retención por conceptos de salud, vivi
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada a través de agentes retenedores. Tiene como objetivos acelerar el recaudo de impuestos, economizar costos de recaudo y facilitar el control tributario. Se aplica a la renta, el IVA y el impuesto de industria y comercio mediante la retención de porcentajes sobre pagos realizados.
La retención en la fuente surgió originalmente como mecanismo de recaudo de impuestos para inversionistas extranjeros. Se estableció legalmente en Colombia en 1969 y se aplica a salarios y dividendos. La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada aplicado por agentes de retención y no constituye un impuesto. Acelera el recaudo de impuestos y facilita el control tributario.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudación anticipada de impuestos como el IVA, renta e industria y comercio. No es un impuesto en sí mismo, sino que recauda anticipadamente estos impuestos cuando ocurre el hecho generador. El sujeto pasivo es quien recibe el pago y sobre quien recae la obligación tributaria, mientras que el agente retenedor es quien practica la retención al momento de realizar el pago. Existen casos en los que no se aplica la retención, como cuando el valor de la trans
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos como el impuesto sobre la renta. Surge inicialmente para recaudar impuestos sobre dividendos pagados a inversionistas extranjeros. Agentes de retención incluyen entidades públicas, fondos de inversión, sociedades y personas naturales con ingresos sobre ciertos umbrales. Los agentes retenedores deben retener una parte de los pagos según las tarifas, declarar y consignar los valores retenidos, y expedir certificados a los sujetos pasivos.
Administracion de salarios_trabajo_colaborativo_1Walter Peña
Este documento presenta un trabajo de investigación sobre la administración de salarios en Colombia. Incluye la liquidación de la retención en la fuente por ingresos laborales y de la nómina de una empresa de acuerdo a la legislación actual. También resume las reformas tributarias recientes relacionadas con aspectos laborales.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos como el impuesto sobre la renta y el IVA. Mediante este mecanismo, el Estado recauda los impuestos cada mes en lugar de esperar un año. La retención en la fuente implica que quien realiza un pago retiene una parte del valor como anticipo del impuesto que debe pagar el beneficiario del pago.
Este documento explica el concepto y funcionamiento de la retención en la fuente en Colombia. Define la retención en la fuente como un mecanismo para recaudar impuestos anticipadamente y no como un impuesto en sí mismo. Detalla los impuestos sujetos a retención, como renta, IVA, Industria y Comercio, entre otros. Explica también el papel de los agentes de retención y los elementos que componen el proceso de retención.
2. aspectos generales retención en la fuenteMJ Rubiano
El documento explica los aspectos generales de la retención en la fuente. Define la retención en la fuente como un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos que permite al estado recaudar impuestos de manera mensual en vez de esperar al final del periodo gravable. Detalla quiénes son agentes de retención y cuándo y cómo deben aplicar la retención, presentar declaraciones y pagar los montos retenidos.
El documento explica los aspectos generales de la retención en la fuente. Define la retención en la fuente como un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos que permite al estado recaudar impuestos de manera mensual en vez de esperar al final del periodo gravable. Detalla que la retención en la fuente se aplica cuando se hace un pago o abono en cuenta, independientemente de si la compra fue al contado o a crédito. También cubre los requisitos de declarar la retención en la fuente y presentarla con pago cada
Este documento explica la retención en la fuente como un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada. Define la retención en la fuente, sus objetivos, elementos como el sujeto pasivo, agente de retención, tarifa y base de retención. También describe los tipos de retención como la del IVA y del impuesto de industria y comercio, así como las obligaciones de los agentes retenedores.
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada cuando ocurre un hecho generador de impuesto. Los agentes retenedores retienen una parte del valor y lo declaran y pagan mensualmente al gobierno. Existen diferentes tipos de retención como la de renta, IVA e industria y comercio, con el objetivo de acelerar el recaudo de impuestos y facilitar el control tributario.
La retención en la fuente surgió inicialmente como mecanismo de recaudo del impuesto sobre la renta por concepto de dividendos para inversionistas extranjeros. Actualmente, es una forma de recaudar impuestos de manera anticipada sobre pagos como salarios, dividendos, honorarios y otros conceptos. Los agentes de retención deben retener una parte del pago según las tarifas, declarar y consignar los valores retenidos, y expedir certificados a los sujetos pasivos.
El documento resume los principales cambios de la Reforma Fiscal 2014 en México, incluyendo la introducción del Régimen de Incorporación Fiscal. Este nuevo régimen permite que personas físicas con ingresos menores a $2 millones de pesos paguen impuestos de forma bimestral durante un periodo de 10 años, con descuentos graduales en el ISR. Explica los requisitos para acceder al régimen, los impuestos a pagar, deducciones permitidas y otros detalles sobre declaraciones y pagos bimestrales.
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos como la renta y el IVA de manera anticipada del beneficiario de un pago. La persona que realiza el pago es responsable de retener el porcentaje correspondiente establecido por la ley y declararlo ante las autoridades fiscales. La retención puede ser descontada de los impuestos adeudados por el beneficiario o constituir el impuesto total si este no presenta declaración. Se aplica a pagos por arrendamientos, servicios, transporte y otros conceptos.
La retención fiscal es una obligación que consiste en deducir un porcentaje de los pagos a terceros y entregar ese monto a la agencia tributaria como anticipo de impuestos. Los agentes de retención deben retener parte de las rentas como salarios, dividendos e intereses según tablas establecidas y declararlo mensualmente. Los contribuyentes también deben presentar una declaración definitiva de rentas al final del año fiscal y pueden presentar una declaración estimada al inicio del año.
El documento describe los detalles del nuevo Régimen de Incorporación Fiscal establecido en la Reforma Fiscal de 2014 en México. Este régimen permite que personas físicas con bajos ingresos por actividades empresariales puedan incorporarse gradualmente al sistema tributario general durante un período de 10 años. Explica los impuestos que se pagarán, las deducciones permitidas, y los procedimientos para registrarse e informar obligaciones fiscales bajo este nuevo régimen.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos como el impuesto de renta, ICA e IVA. Los agentes retenedores, como empresas y personas jurídicas, deben retener una parte del valor de pagos realizados según la tarifa, y declarar y consignar oportunamente la retención. La retención en la fuente busca que los impuestos se recauden en el mismo periodo gravable en que se causan para facilitar la recaudación del Estado.
El documento analiza las modificaciones al régimen fiscal de los trabajadores bajo relación de dependencia introducidas por la reforma a la Ley de Impuesto sobre la Renta de Venezuela. Específicamente, se eliminó la interpretación constitucional que consideraba todo el salario integral como enriquecimiento neto gravable, estableciéndose que solo aquellos componentes efectivamente cobrados en el ejercicio fiscal serán considerados ingresos gravables. También se analiza la determinación de los ingresos, costos y deducciones aplicables para calcular el enriquecimiento neto o
Este documento explica los conceptos básicos de la retención en la fuente en Colombia. Define la retención en la fuente como un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos donde un porcentaje determinado es retenido de pagos y abonos en cuenta. Explica las variantes de retención como el IVA, ICA e impuesto a la renta, así como las obligaciones de los agentes retenedores y los elementos clave de la retención.
2. La retención en la fuente no es un
impuesto, sino un mecanismo de recado
anticipado de un impuesto.
La retención en la fuente, lo que hace es
recaudar un impuesto en el momento en que
ocurre el hecho generador del mismo.
Los impuestos operan por periodos que
pueden ser
mensuales, bimestral, anuales, etc., lo que
significa que el estado para poder cobrar o
recaudar un impuesto debe esperar a que
transcurra el periodo del impuesto.
3. Mediante la figura de la retención en la
fuente, el estado ya no debe esperar por
ejemplo un año para recaudar el impuesto de
renta, sino que cada mes lo cobra, de esta
forma asegura un flujo constante de
recursos.
La retención en la fuente, es pues una forma
de recaudar un impuesto lo más pronto
posible, sin tener que esperar a que
transcurra el periodo del impuesto.
4. El procedimiento de recaudo de impuestos a
través de la retención en la fuente tiene sus
orígenes en Inglaterra hacía 1801, cuándo se
utilizo este mecanismo como estrategia para
lograr el pagó anticipado del impuesto de
renta baja el concepto de « pay as you earn».
En Colombia, surge originalmente como un
mecanismo de recaudo del Impuesto sobre
la Renta durante el gobierno de Mariano
Ospina Pérez, en el año de 1948, mediante la
promulgación de los Decretos-Leyes
5. 1961 y 2118n en los cuales se establecieron
retenciones, pero soló en lo referente a los
pagos o abonos de dividendos o títulos al
portador para inversionistas extrajeron sin
domicilio en el país, en todas las sociedades
anónimas o en comandita por acciones.
El paso determinante para el establecimiento
de la retención en la fuente en Colombia se
dio en 1961, en el gobierno de Alberto Lleras
Camargo, con la expedición del Decreto
1651, mediante el cual se faculto al Gobierno
para establecer retenciones en la fuente con
el fin
6. De facilitar, acelerar y asegurar el recaudo
del impuesto sobre la renta y sus
complementarios, las cuales serán tenidas
como buena cuenta o anticipos.
7. Sujeto pasivo: Es la persona o entidad
beneficiaria del pago o abono en
cuenta, afectada con la retención
Agente Retenedor: Es la persona o entidad
obligada a efectuar la retención en el
momento del pago o abono en cuenta
Pago o abono en cuenta: Determina el
momento en que se entiende causada la
retención conforme a los criterios legales
8. Base de Retención: Es el valor del pago o
abono en cuenta sobre le cual se debe aplicar
la tarifa para obtener la suma a retener
Tarifa: Es el factor aritmético que aplicado a
la base determina el monto o valor a retener
9. Entidades de Derecho Público
Fondos de Inversión, Fondos de Valores
Fondos de Pensiones de Jubilación e
invalidez
Empresas Unipersonales
Consorcios y uniones temporales
Comunidades Organizadas
Sucesiones ilíquidas y Sociedades de hecho
10. Cualquier persona que se indique en forma
expresa en la ley o en el reglamento.
La Nación, los Departamentos, el Distrito
Capital, los Municipios, Asociaciones de
Municipios, áreas
metropolitanas, establecimientos públicos.
Todos los organismos y dependencias del
Estado a los que la Ley otorgue capacidad
para celebrar contratos
Los notarios
11.
12. 1. Régimen de retención en la fuente aplicable a los
autorretenedores de rendimientos financieros: La
modificación busca evitar la práctica de retenciones
en la fuente en exceso cuando agentes
autorretenedores de rendimientos financieros
adquieren títulos de renta fija por un valor
superior al nominal o cuando el valor de venta es
inferior al nominal. En consecuencia, el cambio
permite a los agentes autorretenedores compensar
los valores negativos con valores positivos para de
esta forma acercar lo más posible la tributación; en
particular la retención en la fuente, a la realidad
económica de la inversión en títulos de renta fija.
Este cambio genera un alivio significativo para la
administración en la medida en que no debe
adelantar procesos de devolución de retenciones.
13. Adicionalmente, al evitarle al inversionista
el pago de retenciones en la fuente sobre
ingresos que económicamente no han sido
realizados, se dota al mercado de mayor
liquidez, lo cual facilita su desarrollo y le da
mayor profundidad.
2. Régimen de retención en la fuente
aplicable a los no autorretenedores de
rendimientos financieros: La propuesta
tiene como fin aclarar y simplificar el
tratamiento respecto a la retención en la
fuente sobre rendimientos financieros que
obtienen personas que no ostentan la
calidad de autorretenedor.
14. ¿CUÁLES SON LAS NUEVAS
DINAMICAS TRIBUTARIAS DE
LA RETENCIÓN EN LA FUENTE
EN EL CONTEXTO DE LAS NIIF?
15. ESPECÍFICO:
Analizar e identificar como ha evolucionado
la retención en la fuente, en Colombia
tomando como base la reformas tributarias
que nos traen las NIIF; enfocando los dos
aspectos tanto el nuevo como el anterior.
16. Generales:
Identificar como llego la retención la fuente
a Colombia
Reconocer los elementos de la retención en
la fuente
Analizar la reforma tributaria que va a
tener la retención en la fuente
17. Tarifa. La retención en la fuente aplicable a los
pagos gravables, efectuados por las personas
naturales o jurídicas, las sociedades de
hecho, las comunidades organizadas y las
sucesiones ilíquidas, originados en la relación
laboral, o legal y reglamentaria; efectuados a
las personas naturales pertenecientes a la
categoría de empleados de conformidad con lo
establecido en el artículo 329 de este Estatuto; o
los pagos recibidos por concepto de pensiones
de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes
y sobre riesgos laborales de conformidad con lo
establecido en el artículo 206 de este Estatuto
18. Rangos en UVT
Desde Hasta Tarifa
Marginal
Impuesto
> 0 9
5
0% 0
> 95 15
0
19% (Ingreso laboral gravado
expresado en UVT menos 95
UVT)*19%
> 150 36
0
28% (Ingreso laboral gravado
expresado en UVT menos 150
UVT)*28% más 10 UVT
> 360 En
adelante
33% (Ingreso laboral gravado
expresado en UVT menos 360
UVT)*33% más 69 UVT
19. Tarifa. La retención en la fuente aplicable a
los pagos gravables, efectuados por las
personas naturales o jurídicas, las
sociedades de hecho, las comunidades
organizadas y las sucesiones
ilíquidas, originados en la relación
laboral, o legal y reglamentaria
20. No obstante el cálculo de retención en la
fuente efectuado de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 383 de este
Estatuto, los pagos mensuales o
mensualizados (PM) efectuados por las
personas naturales o jurídicas, las
sociedades de hecho, las comunidades
organizadas y las sucesiones ilíquidas, a las
personas naturales pertenecientes a la
categoría de empleados,
21. será como mínimo la que resulte de aplicar
la siguiente tabla a la base de retención en la
fuente determinada al restar los aportes al
sistema general de seguridad social a cargo
del empleado del total del pago mensual o
abono en cuenta
22. Retención en la Fuente mínima para Empleados
Pago mensual o
mensualizado (PM)
desde (en UVT)
Retención (en UVT) Pago mensual o
mensualizado (PM)
desde (en $ de 2013)
Retención (en $ de
2013)
Tasa efectiva de
retención en la fuente
menos de 128,96 - Menos de 3.141.415 - -
128,96 0,09 3.461.415,36 2.415,69 0,07%
132,36 0,09 3.552.674,76 2.415,69 0,07%
135,75 0,09 3.643.665,75 2.415,69 0,07%
139,14 0,09 3.734.656,74 2.415,69 0,06%
142,54 0,10 3.825.916,14 2.684,10 0,07%
145,93 0,20 3.916.907,13 5.368,20 0,14%
149,32 0,20 4.007.898,12 5.368,20 0,13%
152,72 0,21 4.099.157,52 5.636,61 0,14%
156,11 0,40 4.190.148,51 10.736,40 0,26%
159,51 0,41 4.281.407,91 11.004,81 0,26%
162,90 0,41 4.372.398,90 11.004,81 0,25%
166,29 0,70 4.463.389,89 18.788,70 0,42%
169,69 0,73 4.554.649,29 19.593,93 0,43%
176,47 1,15 4.736.631,27 30.867,15 0,65%
183,26 1,19 4.918.881,66 31.940,79 0,65%
190,05 1,65 5.101.132,05 44.287,65 0,87%
196,84 2,14 5.283.382,44 57.439,74 1,09%
203,62 2,21 5.465.364,42 59.318,61 1,09%
210,41 2,96 5.647.614,81 79.449,36 1,41%
24. Deducciones que se restarán de la base de retención. En el
caso de trabajadores que tengan derecho a la deducción por
intereses o corrección monetaria en virtud de préstamos
para adquisición de vivienda, la base de retención se
disminuirá proporcionalmente en la forma que indique el
reglamento.
El trabajador podrá disminuir de su base de retención lo
dispuesto en el inciso anterior; los pagos por salud, siempre
que el valor a disminuir mensualmente, en este último
caso, no supere dieciséis (16) UVT mensuales; y una
deducción mensual de hasta el 10% del total de los ingresos
brutos provenientes de la relación laboral o legal y
reglamentaria del respectivo mes por concepto de
dependientes, hasta un máximo de treinta y dos (32) UVT
mensuales. Las deducciones establecidas en este artículo se
tendrán en cuenta en la declaración ordinaria del Impuesto
sobre la Renta. Los pagos por salud deberán cumplir las
condiciones de control que señale el Gobierno Nacional:
25. a. Los pagos efectuados por contratos de prestación
de servicios a empresas de medicina prepagada
vigiladas por la Superintendencia Nacional de
Salud, que impliquen protección al trabajador, su
cónyuge, sus hijos y/o dependientes.
b. Los pagos efectuados por seguros de
salud, expedidos por compañías de seguros
vigiladas por la Superintendencia Financiera de
Colombia, con la misma limitación del literal
anterior.
Parágrafo 1. Cuando se trate del Procedimiento de
Retención Número dos, el valor que sea procedente
disminuir mensualmente, determinado en la forma
señalada en el presente artículo, se tendrá en
cuenta tanto para calcular el porcentaje fijo de
retención semestral, como para determinar la base
sometida a retención.
26. Parágrafo 2. Definición de dependientes:
Para propósitos de este artículo tendrán la calidad
de dependientes:
1. Los hijos del contribuyente que tengan hasta 18
años de edad.
2. Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y
23 años, cuando el padre o madre contribuyente
persona natural se encuentre financiando su
educación en instituciones formales de educación
superior certificadas por el ICFES o la autoridad
oficial correspondiente; o en los programas técnicos
de educación no formal debidamente acreditados
por la autoridad competente.
3. Los hijos del contribuyente mayores de 23 años
que se encuentren en situación de dependencia
originada en factores físicos o psicológicos que sean
certificados por Medicina Legal.
27. 4. El cónyuge o compañero permanente del
contribuyente que se encuentre en situación de
dependencia sea por ausencia de ingresos o
ingresos en el año menores a doscientas sesenta
(260) UVT, certificada por contador público, o
por dependencia originada en factores físicos o
psicológicos que sean certificados por Medicina
Legal, y,
5. Los padres y los hermanos del contribuyente
que se encuentren en situación de
dependencia, sea por ausencia de ingresos o
ingresos en el año menores a doscientas sesenta
(260) UVT, certificada por contador público, o
por dependencia originada en factores físicos o
psicológicos que sean certificados por Medicina
Legal.
28. Los intereses y corrección monetaria deducibles se restarán
de la base de retención. En el caso de trabajadores que
tengan derecho a la deducción por intereses o corrección
monetaria en virtud de préstamos para adquisición de
vivienda, la base de retención se disminuirá
proporcionalmente en la forma que indique el reglamento.
El trabajador podrá optar por disminuir de su base de
retención lo dispuesto en el inciso anterior o los pagos por
salud y educación conforme se señalan a continuación,
siempre que el valor a disminuir mensualmente, en este
último caso, no supere el quince por ciento (15%) del total
de los ingresos gravados provenientes de la relación laboral
o legal y reglamentaria del respectivo mes, y se cumplan las
condiciones de control que señale el Gobierno Nacional:
29. a. Los pagos efectuados por contratos de
prestación de servicios a empresas de medicina
prepagada vigiladas por la Superintendencia
Nacional de Salud, que impliquen protección al
trabajador, su cónyuge y hasta dos hijos.
b. Los pagos efectuados por seguros de
salud, expedidos por compañías de seguros vigiladas
por la Superintendencia Financiera, con la misma
limitación del literal anterior, y
c. Los pagos efectuados, con la misma limitación
establecida en el literal a), por educación
primaria, secundaria y superior, a establecimientos
educativos debidamente reconocidos por el ICFES o
por la autoridad oficial correspondiente (los
programas técnicos y de educación para el Trabajo y el
Desarrollo Humano debidamente acreditadas).
Lo anterior será solo aplicable a los asalariados que
tengan unos ingresos laborales inferiores a 4.600 UVT
en el año inmediatamente anterior.
30. Parágrafo 1. La opción establecida en este
artículo, será aplicable a partir del
primero de enero de 1993.
Parágrafo 2. Cuando se trate del
Procedimiento de Retención Número
dos, el valor que sea procedente disminuir
mensualmente, determinado en la forma
señalada en el presente artículo, se tendrá
en cuenta tanto para calcular el
porcentaje fijo de retención
semestral, como para determinar la base
sometida a retención.
31. Identifique los principales cambios del
mecanismo
Analice la evolución que ha tenido según los
Derechos y las leyes
Reconocí los elementos mas importante del
mecanismo