Este documento describe la ley orgánica económica comunal de Venezuela. Explica que la economía comunal permite a las comunidades organizar entidades económicas y de producción para satisfacer necesidades colectivas de manera sostenible. Detalla que el Ministerio del Poder Popular es el órgano coordinador y establece sus competencias, como formular políticas, apoyar proyectos productivos y supervisar organizaciones socio-productivas. Finalmente, define las formas de organización socio-productivas como empresas de propiedad comunal directa e indirecta, unidades familia