Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Escuela de Derecho
Barquisimeto Estado Lara
CONSEJO COMUNAL
&
COOPERATIVAS
Eliana Escalona. V-19.018.679
Participación Ciudadana y Gestión Local
SAIA-N
PROF.: María Verónica Suarez
FEBRERO, 2016
Definición
Base Legal
ConformaciónCiclo
Órganos
Consejo Comunal
Es la instancia básica de
participación y
protagonismo del ciudadano
del municipio Baruta que
impulsa las políticas
públicas a través de la
planificación, formulación,
ejecución, control y
evaluación de proyectos.
Ejerce el poder de la
comunidad con la
elaboración y presentación
de proyectos que satisfagan
sus propias necesidades ante
el organismo competente.
Base legal:
Por su parte, el artículo 2 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, los define en
los siguientes términos: “Los consejos comunales en el marco constitucional de la
democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e
integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los
ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la
gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y
aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y
justicia social”
Conformación:
ORGANO EJECUTIVO: Está integrado por voceros y voceras que promueven la
participación de la comunidad mediante la conformación de Comités de Trabajo, de
acuerdo a las áreas sectoriales (Salud, Tierra, Protección Social, Seguridad Integral,
Mesas Técnicas de Agua y Energía, entre otros).
UNIDAD DE GESTIÓN FINANCIERA: Ente de ejecución e intermediación
financiera. Se denomina Banco Comunal bajo la figura jurídica de Cooperativa de
Financiamiento de Ahorro y Crédito integrada por un número variable de miembros
electos por la Asamblea de Ciudadanos.
UNIDAD DE CONTRALORÍA SOCIAL: Ente de fiscalización, control y supervisión
del manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el Consejo Comunal.
Número variable de miembros electos por la Asamblea de Ciudadanos.
Ciclo:
Se concreta como una expresión del poder popular, a través de la realización de cinco
fases: diagnóstico, plan, presupuesto, ejecución y contraloría social.
-La Fase de Diagnostico Participativo: en esta fase se caracteriza integralmente a las
comunidades, se identifican las necesidades, las aspiraciones, los recursos, las
potencialidades y las relaciones sociales propias de la localidad.
-La Fase de la Planificación Participativa: es la fase que determina las acciones,
programas y proyectos que atendiendo al diagnóstico, tiene como finalidad el
desarrollo del bienestar integral de la comunidad.
-La Fase del Presupuesto: esta fase comprende la determinación de los fondos, costos y
recursos financieros y no financieros con los que cuenta y requiere la comunidad,
destinados a la ejecución de las políticas, programas y proyectos establecidos en el plan
comunitario de desarrollo integral.
-La Fase de la Ejecución: esta fase garantiza la concreción de las políticas, programas
y proyectos en espacio y tiempo establecidos en el plan comunitario de desarrollo
integral, es donde finalmente se materializa el proyecto.
-La Contraloría Social: es una de las formas de participación ciudadana en asuntos
públicos, y comprende la supervisión y fiscalización de las actividades relevantes para
la comunidad, desarrolladas por los Poderes Públicos y también por los particulares; e
incluso por los consejos comunales.
Colectivo de
Coordinación
Comunitaria
Unidad
Ejecutiva
Unidad
Administrativa
Financiera
Comunitaria
Unidad de
Contraloría
Social
Comisión
Electoral
Permanente
Definición• Cooperativas
Tipos • Cooperativas
Base
Legal
• Cooperativas
Definición:
Las Cooperativas son empresas de producción de bienes y servicios, industrial,
agrícola, pesquera, consumo, ahorro y préstamo, conformada por personas con un
mismo fin económico y social, en donde el beneficio es determinado por la
participación de cada socio y no por la cantidad de dinero que haya aportado.
Tipos:
Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción de bienes y servicios
Cooperativa de Producción Industrial
Cooperativas lácteas
Cooperativas de carpinterías
Cooperativa de producción agrícola
Cooperativa de Producción Pesquera
Cooperativa de Producción de Servicios
Cooperativas de Ahorro y Crédito
Cooperativas de Consumo
Cooperativas Mixtas.
Base Legal:
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela:
(artículos)
Artículo 308: "El Estado protegerá y promoverá la
pequeña y mediana industria, las cooperativas, las
cajas de ahorro, así como también la empresa familiar,
la microempresa y cualquier otra forma de
asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y el
consumo, bajo régimen de propiedad colectiva, con el
fin de fortalecer el desarrollo económico del país,
sustentándolo en la iniciativa popular. Se asegurará la
capacitación, la asistencia técnica y el financiamiento
oportuno".
Artículo 184: "La ley creará mecanismos abiertos y
flexibles para que los Estados y los Municipios
descentralicen y transfieran a las comunidades y
grupos vecinales organizados los servicios que éstos
gestionen previa demostración de su capacidad para
prestarlos, promoviendo: (...)
Ley Especial de Asociaciones
Cooperativas. Del 18 de septiembre de
2001.Gaceta Oficial N° 37.285.
Las cooperativas son definidas por la
Ley en mención, específicamente en su
artículo 2, en los siguientes
términos: “Las cooperativas son
asociaciones abiertas y flexibles, de
hecho y derecho cooperativo, de la
Economía Social y Participativa,
autónomas, de personas que se unen
mediante un proceso y acuerdo
voluntario, para hacer frente a sus
necesidades y aspiraciones económicas,
sociales y culturales comunes, para
generar bienestar integral, colectivo y
personal, por medio de procesos y
empresas de propiedad colectiva,
gestionadas y controladas
democráticamente”

Comunas y cooperativas

  • 1.
    Universidad Fermín Toro VicerrectoradoAcadémico Escuela de Derecho Barquisimeto Estado Lara CONSEJO COMUNAL & COOPERATIVAS Eliana Escalona. V-19.018.679 Participación Ciudadana y Gestión Local SAIA-N PROF.: María Verónica Suarez FEBRERO, 2016
  • 2.
  • 3.
    Consejo Comunal Es lainstancia básica de participación y protagonismo del ciudadano del municipio Baruta que impulsa las políticas públicas a través de la planificación, formulación, ejecución, control y evaluación de proyectos. Ejerce el poder de la comunidad con la elaboración y presentación de proyectos que satisfagan sus propias necesidades ante el organismo competente.
  • 4.
    Base legal: Por suparte, el artículo 2 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, los define en los siguientes términos: “Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social” Conformación: ORGANO EJECUTIVO: Está integrado por voceros y voceras que promueven la participación de la comunidad mediante la conformación de Comités de Trabajo, de acuerdo a las áreas sectoriales (Salud, Tierra, Protección Social, Seguridad Integral, Mesas Técnicas de Agua y Energía, entre otros). UNIDAD DE GESTIÓN FINANCIERA: Ente de ejecución e intermediación financiera. Se denomina Banco Comunal bajo la figura jurídica de Cooperativa de Financiamiento de Ahorro y Crédito integrada por un número variable de miembros electos por la Asamblea de Ciudadanos. UNIDAD DE CONTRALORÍA SOCIAL: Ente de fiscalización, control y supervisión del manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el Consejo Comunal. Número variable de miembros electos por la Asamblea de Ciudadanos.
  • 5.
    Ciclo: Se concreta comouna expresión del poder popular, a través de la realización de cinco fases: diagnóstico, plan, presupuesto, ejecución y contraloría social. -La Fase de Diagnostico Participativo: en esta fase se caracteriza integralmente a las comunidades, se identifican las necesidades, las aspiraciones, los recursos, las potencialidades y las relaciones sociales propias de la localidad. -La Fase de la Planificación Participativa: es la fase que determina las acciones, programas y proyectos que atendiendo al diagnóstico, tiene como finalidad el desarrollo del bienestar integral de la comunidad. -La Fase del Presupuesto: esta fase comprende la determinación de los fondos, costos y recursos financieros y no financieros con los que cuenta y requiere la comunidad, destinados a la ejecución de las políticas, programas y proyectos establecidos en el plan comunitario de desarrollo integral. -La Fase de la Ejecución: esta fase garantiza la concreción de las políticas, programas y proyectos en espacio y tiempo establecidos en el plan comunitario de desarrollo integral, es donde finalmente se materializa el proyecto. -La Contraloría Social: es una de las formas de participación ciudadana en asuntos públicos, y comprende la supervisión y fiscalización de las actividades relevantes para la comunidad, desarrolladas por los Poderes Públicos y también por los particulares; e incluso por los consejos comunales.
  • 6.
  • 7.
    Definición• Cooperativas Tipos •Cooperativas Base Legal • Cooperativas
  • 8.
    Definición: Las Cooperativas sonempresas de producción de bienes y servicios, industrial, agrícola, pesquera, consumo, ahorro y préstamo, conformada por personas con un mismo fin económico y social, en donde el beneficio es determinado por la participación de cada socio y no por la cantidad de dinero que haya aportado. Tipos: Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción de bienes y servicios Cooperativa de Producción Industrial Cooperativas lácteas Cooperativas de carpinterías Cooperativa de producción agrícola Cooperativa de Producción Pesquera Cooperativa de Producción de Servicios Cooperativas de Ahorro y Crédito Cooperativas de Consumo Cooperativas Mixtas.
  • 9.
    Base Legal: Constitución dela República Bolivariana de Venezuela: (artículos) Artículo 308: "El Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, así como también la empresa familiar, la microempresa y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo régimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular. Se asegurará la capacitación, la asistencia técnica y el financiamiento oportuno". Artículo 184: "La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos, promoviendo: (...) Ley Especial de Asociaciones Cooperativas. Del 18 de septiembre de 2001.Gaceta Oficial N° 37.285. Las cooperativas son definidas por la Ley en mención, específicamente en su artículo 2, en los siguientes términos: “Las cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente”