El documento habla sobre los consejos comunales en Venezuela. Explica que los consejos comunales permiten que el pueblo participe directamente en la gestión de políticas y proyectos de la comunidad. También describe las diferentes etapas del ciclo de proyectos comunales como el diagnóstico participativo, la planificación participativa, el presupuesto, la ejecución y la contraloría social. Finalmente, menciona los diferentes órganos que componen un consejo comunal como la unidad ejecutiva, la unidad administrativa financiera y la un
La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos. El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular"
Consideraciones para la organización de trabajo de un Consejo Comunal, desde una perspectiva democrática, participativa y de servicio social. Taller trabajado en a comunidad de Los Curos. Iniciativa de Cátedra de la Paz y Derechos Humanos. Mérida, Venezuela. 2009
Exposición de José Gregorio Delgado sobre la reforma de la Ley de Consejos Comunales, aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional y que irá a consulta pública el 6 de junio de 2009
La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos. El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular"
Consideraciones para la organización de trabajo de un Consejo Comunal, desde una perspectiva democrática, participativa y de servicio social. Taller trabajado en a comunidad de Los Curos. Iniciativa de Cátedra de la Paz y Derechos Humanos. Mérida, Venezuela. 2009
Exposición de José Gregorio Delgado sobre la reforma de la Ley de Consejos Comunales, aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional y que irá a consulta pública el 6 de junio de 2009
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
Today is Pentecost. Who is it that is here in front of you? (Wang Omma.) Jesus Christ and the substantial Holy Spirit, the only Begotten Daughter, Wang Omma, are both here. I am here because of Jesus's hope. Having no recourse but to go to the cross, he promised to return. Christianity began with the apostles, with their resurrection through the Holy Spirit at Pentecost.
Hoy es Pentecostés. ¿Quién es el que está aquí frente a vosotros? (Wang Omma.) Jesucristo y el Espíritu Santo sustancial, la única Hija Unigénita, Wang Omma, están ambos aquí. Estoy aquí por la esperanza de Jesús. No teniendo más remedio que ir a la cruz, prometió regresar. El cristianismo comenzó con los apóstoles, con su resurrección por medio del Espíritu Santo en Pentecostés.
2. Es el medio que permite al pueblo organizado
asumir directamente la gestión e las políticas
y proyectos, orientados a responder las
necesidades y aspiraciones de las
comunidades en la construcción de una
sociedad de equidad y justicia social.
En consecuencia, siendo la plataforma humana
que alcanza el mayor grado de participación,
protagonismo y gerencia comunitaria dentro de un
ámbito geográfico cuidadosamente delimitado,
sirve para diseñar, realizar, controlar y evaluar la
calificación final de proyectos sociales destinados
a solucionar problemas de salud, educación,
trabajo, deportes, medio ambiente, habitacionales,
etc. de la comunidad.
3. Los Consejos Comunales, es la base sobre la cual se construye la democracia
constitución participativa y protagónica que plantea la Constitución Bolivariana de
Venezuela, y aun cuando dicho termino: “Consejos Comunales”, no aparece en la Carta
magna, el artículo 184 por ejemplo, menciona la posibilidad de a Descentralización a
favor de grupos vecinales por Estados y Municipios, en donde perfectamente encuadra
los Consejos Comunales.
Por su parte, el artículo 2 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, los define en
los siguientes términos: “Los consejos comunales en el marco constitucional de la
democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e
integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los
ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la
gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y
aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia
social”
4. Los pasos mas resaltantes son:
1. Reunirse algunos vecinos con el propósito de formar un Consejo Comunal.
2. Solicitar a la Oficina Municipal de Consejos Comunales, toda la información
necesaria y la literatura actualizada a fin de no cometer errores.
3. Debe invitarse al Presidente y demás miembros de la junta parroquial, al
Defensor del pueblo, al Contralor municipal, al Síndico municipal y a toda
autoridad conocida, así como a todos los grupos organizados de ecología,
cultura, trabajadores, Círculos Bolivarianos, Comités de Tierras, Comités de
Salud, Misión Barrio Adentro, Misiones, Robinsón, Rivas, Sucre y Vuelvan
Caras, UBES, Comités de Protección Social, etc.
4. Al finalizar la primera reunión, se solicitará a los asistentes que propongan
candidatos para formar el grupo de Voceros Representantes de la Asamblea,
llamado también Órgano Ejecutivo de la Asamblea, que será el que durante dos
años se encargará de hacer cumplir las decisiones de la Asamblea.
5. Las etapas que se llevan a cabo para
los proyectos de la comunidad, se
encuentra regulado en el artículo 44 de
la Ley Orgánica de los Consejos
Comunales, sobre la cual establece
que el ciclo comunal en el marco de
las actuaciones de los consejos
comunales, es un proceso para hacer
efectiva la participación popular y la
planificación participativa que
responde a las necesidades
comunitarias y contribuye al desarrollo
de las potencialidades y capacidades
de la comunidad. Se concreta como
una expresión del poder popular, a
través de la realización de cinco fases:
diagnóstico, plan, presupuesto,
ejecución y contraloría social.
Dentro de ella se encuentra
algunas fases las cuales son :
6. -La Fase de Diagnostico Participativo: en esta fase se caracteriza
integralmente a las comunidades, se identifican las necesidades, las
aspiraciones, los recursos, las potencialidades y las relaciones sociales
propias de la localidad.
-La Fase de la Planificación Participativa: es la fase que determina las
acciones, programas y proyectos que atendiendo al diagnóstico, tiene como
finalidad el desarrollo del bienestar integral de la comunidad.
- La tercera Fase, la del Presupuesto: esta fase comprende la determinación
de los fondos, costos y recursos financieros y no financieros con los que
cuenta y requiere la comunidad, destinados a la ejecución de las políticas,
programas y proyectos establecidos en el plan comunitario de desarrollo
integral.
- La fase de la Ejecución: esta fase garantiza la concreción de las políticas,
programas y proyectos en espacio y tiempo establecidos en el plan
comunitario de desarrollo integral, es donde finalmente se materializa el
proyecto.
7. Dentro del ciclo también
podemos encontrar
-La Contraloría Social: es una de las formas de participación ciudadana en
asuntos públicos, y comprende la supervisión y fiscalización de las
actividades relevantes para la comunidad, desarrolladas por los Poderes
Públicos y también por los particulares; e incluso por los consejos
comunales. Esta fase es la acción permanente de prevención, Tal y como lo
establece el artículo 45, numeral 5, de la Ley Orgánica de los Consejos
Comunales, vigilancia, supervisión, seguimiento, control y evaluación de las
fases del ciclo comunal para la concreción del plan comunitario de desarrollo
Integral y en general, sobre las acciones realizadas por el consejo comunal,
ejercida articuladamente por los habitantes de la comunidad, la Asamblea de
Ciudadanos y Ciudadanas, las organizaciones comunitarias y la Unidad de
Contraloría Social del consejo comunal.
8. Órganos que Componen el consejo
comunal:
Colectivo de Coordinación Comunitaria Es la instancia de articulación, trabajo
conjunto y funcionamiento, conformado por los voceros y voceras de la Unidad
Ejecutiva, Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y Unidad de Contraloría
Social del consejo comunal.
Unidad Ejecutiva Es el responsable de ejecutar las decisiones que se tomen en
asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de una Comunidad, en estas asambleas
pueden participar los vecinos y vecinas de la comunidad mayores de quince años,
siempre y cuando sea verificable que tienen más de seis meses de habitación en
dicha comunidad.
Unidad Administrativa Financiera Comunitaria La Unidad Administrativa
Comunitaria (Banco con orientaciones socialistas, entre ellas la solidaridad), es la
instancia del Consejo Comunal que debe estar integrada por cinco Voceros o Voceras
mayores de 18 años (Mayoría de edad en Venezuela), electos en Asamblea de
Ciudadanos y Ciudadanas por votación Directa y Secreta; esto debido a que hay
responsabilidad penal, civil y administrativa en caso de que se comprueben presuntos
hechos de malversación de fondos públicos
Unidad de contraloría social y comisión electoral permanente.
9. Las Cooperativas, son la expresión
organizada, en el ámbito de una
economía alternativa cooperativa, popular
y solidaria, en donde, se asocian
productores y/o consumidores para
vender y comprar en común, sin
intermediarios para generar un beneficio
colectivo
a cooperativa se diferencia de las compañías anónimas en que es
una sociedad de personas y no de capitales. La participación de
cada socio está determinada por el trabajo incorporado
al objetivo común y no por la cantidad de dinero que haya
aportado; como sucede en las compañías anónimas, donde la
ganancia se distribuye a los socios en proporción
al capital económico que cada uno aportó.
10. •Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción
de bienes y servicios: Consisten en agrupaciones de personas de
un mismo oficio o con un fin común, que por medios propios
producen ciertos artículos vendiéndolos directamente y
distribuyéndose entre ellos las ganancias. Este tipo de Cooperativas
tienen como meta principal la producción de bienes o prestación de
servicios, tales como: la producción industrial o artesanal, la
producción agropecuaria o pesquera, la producción minera,
transporte colectivo o de carga, producción de diversos servicios del
hogar, mantenimiento, reparaciones menores y mayores, salud,
hogares de cuidados de infantes y, en general, de todas aquellas
actividades que son demandadas por otras personas o instituciones.
11. •Cooperativa de Producción Industrial: Es una cooperativa de
trabajadores y tiene como objeto transformar materia prima en bienes que
tengan características para satisfacer una necesidad de los consumidores
mediante procesos tecnológicos industriales.
•Cooperativas lácteas: ellas pueden producir quesos, mantequilla, yogurt,
dulces y sus derivados.
•Cooperativas de carpinterías: están en capacidad de ofrecer muebles,
juguetes, utensilios de cocina o insumos para la construcción (puertas,
marcos, ventanas, etc.).
•Cooperativa de Producción Pesquera: Es la unión de diversas
personas dedicadas a la actividad pesquera que suman sus esfuerzos
para mejorar sus condiciones de producción, potenciando el alcance de
su trabajo. En este tipo de cooperativas cabe pensar en el potencial
industrial que se podría desarrollar a partir de todo los productos que
vienen del mar.
Además de cooperativa de producción agrícola, cooperativa de
producción de servicios , cooperativas de ahorro y crédito,
cooperativas de consumos y cooperativas mixtas.
12. 1. Es de los asociados.
2. Las ganancias que genera
se distribuyen entre los
asociados.
3. Conceden préstamos a los
asociados que lo requieran.
4. Otorgan préstamos a
intereses bajos.
1. Es de un grupo de personas
que aportan el capital.
2. Las ganancias que genera el
banco se distribuyen entre los
accionistas.
3. Conceden préstamos a
quienes normalmente ya tienen
dinero, exigen que el solicitante
tenga bienes de fortuna para
cederlos como garantía.
4. Otorgan préstamos con
intereses altos.
13. En la República Bolivariana de Venezuela a partir de la entrada en
Vigencia la Ley Especial constitución de Asociaciones Cooperativas el
18 de septiembre de 2001, se multiplicó hasta la actualidad de una
manera histórica la conformación de empresas cooperativas, muchas
de ellas han sido creadas sin un conocimiento especifico acerca de las
bases legales que lo regulan, ya que el objetivo principal que ha
motivado para su creación han sido primordialmente
El Incentivo Fiscal.(la
exención de impuestos)
El otorgamiento de
créditos.
La Obtención de Contratos
otorgados con preferencias
a las cooperativas.
14. Las cooperativas son definidas por la Ley en mención,
específicamente en su artículo 2, en los siguientes
términos: “Las cooperativas son asociaciones abiertas y
flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la
Economía Social y Participativa, autónomas, de
personas que se unen mediante un proceso y acuerdo
voluntario, para hacer frente a sus necesidades y
aspiraciones económicas, sociales y culturales
comunes, para generar bienestar integral, colectivo y
personal, por medio de procesos y empresas de
propiedad colectiva, gestionadas y controladas
democráticamente”