Este documento presenta los requisitos de los comprobantes fiscales digitales en México según el Código Fiscal Federal. Explica que desde el 2000, el Servicio de Administración Tributaria ha estado modernizando su plataforma tecnológica para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales. Luego enumera los 14 requisitos principales que deben cumplir los comprobantes fiscales digitales de acuerdo a la ley fiscal mexicana. Finalmente, concluye que aunque el proceso de adaptación a las nuevas versiones de los comprobantes
El Anexo 20 es un documento técnico que especifica la estructura, forma y sintaxis que deben de contener los CFDI que expidan los contribuyentes (personas físicas y morales), lo cual permite que la información se organice mediante etiquetas de manera estructurada en el comprobante, es decir, en él se establece el estándar bajo el cual:
Se debe emitir una factura electrónica
Se debe emitir el documento que ampara retenciones
Se determina el proceso de cancelación
Se establece el proceso de firmado
Se define el uso de complementos, complementos concepto y Addenda
Conoce todo sobre la nueva factura electrónica CFDI 3.3 2017
Casos practicos con el complemento de recepción de pagosContador Mx
Se explica la utilización del complemento para pagos, como debe amparar el CFDI con el complemento para pagos las facturas que se paguen posteriormente.
El Anexo 20 es un documento técnico que especifica la estructura, forma y sintaxis que deben de contener los CFDI que expidan los contribuyentes (personas físicas y morales), lo cual permite que la información se organice mediante etiquetas de manera estructurada en el comprobante, es decir, en él se establece el estándar bajo el cual:
Se debe emitir una factura electrónica
Se debe emitir el documento que ampara retenciones
Se determina el proceso de cancelación
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Resolución de DGI regula algunos aspectos prácticos para usuarios de Zona FrancaBTURUGUAY
Informe elaborado por el Cr. Camilo Carmona, del Departamento de Asesoramiento Corporativo de #BakerTilly, acerca de una resolución de DGI referida a los usuarios de Zona Franca.
Congreso de Factura Electrónica AMETIC, 25 noviembre. Cierre el circulo de la...AMETIC
Congreso de Factura Electrónica AMETIC, 25 noviembre. Cierre el circulo de la cadena de suministro con la Facturación Electrónica, Roberto Álvarez, Business Development Big Account, Integration Range de GENERIX GROUP
Congreso de Factura Electrónica AMETIC, 25 noviembre. Experiencia en implanta...AMETIC
Congreso de Factura Electrónica AMETIC, 25 noviembre. Experiencia en implantación de Factura Electrónica en Unión Fenosa Gas. Jesús Montejo, Gestión de Clientes Senior Manager deUnión Fenosa Gas
Cuatro RRGG AFIP Tecnológicas 3561, 3571, 3685 y 3749racso54
1.Introducción General
2.RG 3561 su comparación con RG 259/95
3.RG 3571 y 3749 . Aspectos Comunes y Particulares, 3 Métodos de Facturación Electrónica.
4..Consecuencias y oportunidades
5 .RG 3685 Régimen Informativo Compras y Ventas; .Régimen de Duplicados Electrónicos
6.Resumen General y Conclusiones
7. Como será el trabajo en el futuro
Conozca las nuevas característcas de la nueva factura electrónica cfdi v3.3 que entrará en vigor el 1ro Julio 2017 así como los complementos: comercio exterior, recepción de pagos y cancelación de facturas
Resolución de DGI regula algunos aspectos prácticos para usuarios de Zona FrancaBTURUGUAY
Informe elaborado por el Cr. Camilo Carmona, del Departamento de Asesoramiento Corporativo de #BakerTilly, acerca de una resolución de DGI referida a los usuarios de Zona Franca.
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1.Introducción General
2.RG 3561 su comparación con RG 259/95
3.RG 3571 y 3749 . Aspectos Comunes y Particulares, 3 Métodos de Facturación Electrónica.
4..Consecuencias y oportunidades
5 .RG 3685 Régimen Informativo Compras y Ventas; .Régimen de Duplicados Electrónicos
6.Resumen General y Conclusiones
7. Como será el trabajo en el futuro
Conozca las nuevas característcas de la nueva factura electrónica cfdi v3.3 que entrará en vigor el 1ro Julio 2017 así como los complementos: comercio exterior, recepción de pagos y cancelación de facturas
Estamos a menos de un mes para la llegada de la nueva Facturación Electrónica en México. ¿Tu ya estás preparado para el cambio ? Conoce más sobre el tema en nuestra revista digital. EdiFact......Tecnología Inteligente para hacer negocios.
Descarga la revista en el siguiente enlace----> https://goo.gl/1XWJrl
CFDI 3.3 Deducciones en Riesgo 2017 Ranero AbogadosDiego Urias Vega
Aspectos Legales y Fiscales de las Deducciones, relacionados con la implementación de la Versión 3.3 de los CFDi SAT. Manejo de Ingresos, Egresos, Traslado y Recepción de Pagos. Complemento de Pago SAT. Secretaria de Hacienda. SHCP.
A partir del 1 de enero de 2014 es obligatorio el uso de la Factura Electrónica para todos los contribuyentes.
Como facilidad para las personas físicas que en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron comprobantes impresos o CFD, podrán seguir facturando bajo estos esquemas hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica CFDI.
A partir de 2014 generar tus facturas electrónicas es ¡más fácil, más rápido!
Today is Pentecost. Who is it that is here in front of you? (Wang Omma.) Jesus Christ and the substantial Holy Spirit, the only Begotten Daughter, Wang Omma, are both here. I am here because of Jesus's hope. Having no recourse but to go to the cross, he promised to return. Christianity began with the apostles, with their resurrection through the Holy Spirit at Pentecost.
Hoy es Pentecostés. ¿Quién es el que está aquí frente a vosotros? (Wang Omma.) Jesucristo y el Espíritu Santo sustancial, la única Hija Unigénita, Wang Omma, están ambos aquí. Estoy aquí por la esperanza de Jesús. No teniendo más remedio que ir a la cruz, prometió regresar. El cristianismo comenzó con los apóstoles, con su resurrección por medio del Espíritu Santo en Pentecostés.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
S8 maría gonzaléz_power_point2
1. Requisititos de los comprobantes fiscales
María del Carmen González Pantoja
2017
2. Objetivos
Dar a conocer cuáles son sus requisitos de los comprobantes fiscales, de versión
digital 3.3 que se espera sea la última modificación por la que tenga que pasar, ya
que desde el año 2000 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició el
proyecto de modernizar su plataforma tecnológica con el propósito de facilitar el
cumplimiento de obligaciones fiscales.
3. Fundamento Legal
Código Fiscal Federal Artículo 29 y
29-A.
Resolución miscelánea vigente.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5392168
&fecha=14/05/2015
4. Investigación documental y de campo
En las oficinas del SAT, en la delegación Aguascalientes observe el flujo de personas
que esperaban a ser atendidos para realizar su sello digital o RFC, después realice
un sondeo (la mayoría de ellos en desacuerdo por la nueva modificación al CFDI, ya
que lo consideran innecesario y pérdida de tiempo), los dueños de pequeños
negocios dicen solo realizar una factura al mes, les molesta ya que señalan que los
contadores les cobran caro la realización de cada factura y que ellos no tiene el
conocimiento para realizar facturas y no encuentran factible comprar los folios ya
que no utilizan más de 15 al año y no le es redituable el pagar los gastos de un
contador ni un pago mensual por facturación ilimitada.
5. Requisitos de los comprobantes fiscales
I. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida.
II. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR
(Consulta el procedimiento para obtenerlo).
III. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del
local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.
IV. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.
V. Sello digital del contribuyente que lo expide.
VI. Lugar y fecha de expedición.
VII. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se
expida.
VIII. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción
del servicio o del uso o goce que amparen.
6. IX. Valor unitario consignado en número.
X. Importe total señalado en número o en letra,
XI. Señalamiento expreso cuando la prestación se pague en una sola exhibición o
en parcialidades.
XII. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados,
desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos
retenidos.
XIII. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica de fondos,
cheque nominativos o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada
monedero electrónico que autorice el Servicio de Administración Tributaria).
XIV. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera
mano de mercancías de importación.
Además, debe contener los siguientes datos:
a) Fecha y hora de certificación.
b) Número de serie del certificado digital del SAT con el que se realizó el sellado.
14. Conclusiones
Después de analizar la evolución de los CFDI me doy cuenta de la importancia y lo
necesario que tiene llevar el control de los comprobantes para la administración
tributaria, , y aunque en los últimos cinco años ha sido complicada para lograr una
verdadera adaptación hasta llegar a la versión 3.3, que sea la última modificación
inesperadas para los contribuyentes y contadores. Hasta la fecha hemos
evolucionado a la par de las cuatro distintas formas para la emisión de
comprobantes fiscales el CFDI (comprobante fiscal digital por internet), que es el
más novedoso y el que previsiblemente quedará en un futuro como única forma
válida de emitir los comprobantes fiscales; el CFD (Comprobante Fiscal Digital),
para aquellos contribuyentes que ya los venían emitiendo bajo esta modalidad y
que, de acuerdo con las disposiciones vigentes; comprobantes en papel impresos
en talleres autorizados, siempre que estén dentro de su plazo de vigencia;
Comprobantes con Código de Barras Bidimensional (Comprobantes con CBB), para
los contribuyentes que se ubicaban en los supuestos para emitir los comprobantes
fiscales con esta facilidad.