Universidad de Chile
      Facultad de Odontología
     Clínica Integral del Adulto I




 Ética profesional y
Responsabilidad legal

                               Marcela Bolbarán
                               Dra. Daniela Muñoz
REGULACIÓN EJERCICIO PROFESIONAL
              ODONTOLÓGICO (Chile)

Odontología Legal Profesional          Ética, bioética y
                                        deontología.

                                  Regulación del ejercicio
                                       profesional.


                                      Secreto médico.



                                  Agrupaciones médicas.



                                Responsabilidad profesional.
REGULACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL

•   Aspectos jurídicos:
    Constitución política vigente.
   Códigos: Civil, Penal, SANITARIO.
   Leyes, normas, reglamentos.




    “ El Código Sanitario rige todas las cuestiones relacionadas con el fomento,
    protección y recuperación de la salud de los habitantes de la República, salvo
    aquellas sometidas a otras leyes”

                                   http://www.supersalud.gob.cl/normativa/571/
                                   w3-article-4825.html
•     Título profesional
      Requisito fundamental. Implica atribuciones , capacidades, deberes y
      derechos.

      Libro V, Artículo 112. Sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina,
    odontología, química y farmacia u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de
    la salud quienes poseen el título respectivo otorgado por la Universidad de Chile u otra
    Universidad reconocida por el Estado y estén habilitados legalmente para el ejercicio de sus
    profesiones.


•     Iniciación de actividades
        Unidad de SII comuna. Formulario 4451/ página web.

       En general, las personas que inician negocios o labores en nuestro país, susceptibles de
      producir rentas gravadas a que se refiere los Nro. 1, letra a) y b), 3, 4 y 5 de los Art. 20°
      y 42 N° 2 y 48° de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se encuentran obligados a realizar
      el trámite de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. Entre dichos
      negocios o labores se encuentran: la agricultura, comercialización de bienes, industria,
      minería, explotación de recursos naturales, martilleros, agentes de aduanas y las
      provenientes del ejercicio de servicios profesionales u ocupaciones lucrativas en forma
      independiente.
•    Ejercicio                •   Honorarios y aranceles
Privado/Funcionario/ mixto.
                              •   Aspectos previsionales
•   Promoción                 Seguridad social.
¿Publicidad engañosa?
                              • Tributación
                              Impuestos según renta.
PREVENCIÓN DE PROBLEMAS EN EL ÁMBITO LEGAL
Cumplir con marco regulador ético jurídico de la Odontología legal profesional.


Relación odontólogo paciente óptima:
 Recinto clínico en condiciones adecuadas para la atención .
 Respeto, seguir normas bioéticas.
Información oportuna y clara. Preocuparse de que el paciente entienda
Consentimiento informado.
 Respetar secreto médico.

Ficha clínica completa:
Guardar por 15 años.
 Exámenes complementarios.

Conocimiento y autocrítica:
 Realizar lo que se sabe, derivar si es necesario.
 No cometer delitos culposos ni dolosos.
Bibliografía

• http://www.supersalud.gob.cl/normativa/571/w3-article-
  4825.html Consultado Lunes 15 de abril del 2013
• Dr. Ciocca L. Documento de Clase: El Odontólogo y la ley I.
  Facultad de Odontología U. de Chile 2012.
• http://www.sii.cl/contribuyentes/contribuyentes_individuales
  /chilenos_extranjero/iniciacion_de_actividades.htm.
  Consultado Lunes 15 de abril del 2013.

Seminario 5

  • 1.
    Universidad de Chile Facultad de Odontología Clínica Integral del Adulto I Ética profesional y Responsabilidad legal Marcela Bolbarán Dra. Daniela Muñoz
  • 2.
    REGULACIÓN EJERCICIO PROFESIONAL ODONTOLÓGICO (Chile) Odontología Legal Profesional Ética, bioética y deontología. Regulación del ejercicio profesional. Secreto médico. Agrupaciones médicas. Responsabilidad profesional.
  • 3.
    REGULACIÓN DEL EJERCICIOPROFESIONAL • Aspectos jurídicos:  Constitución política vigente.  Códigos: Civil, Penal, SANITARIO.  Leyes, normas, reglamentos. “ El Código Sanitario rige todas las cuestiones relacionadas con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la República, salvo aquellas sometidas a otras leyes” http://www.supersalud.gob.cl/normativa/571/ w3-article-4825.html
  • 4.
    Título profesional Requisito fundamental. Implica atribuciones , capacidades, deberes y derechos. Libro V, Artículo 112. Sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina, odontología, química y farmacia u otras relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud quienes poseen el título respectivo otorgado por la Universidad de Chile u otra Universidad reconocida por el Estado y estén habilitados legalmente para el ejercicio de sus profesiones. • Iniciación de actividades Unidad de SII comuna. Formulario 4451/ página web. En general, las personas que inician negocios o labores en nuestro país, susceptibles de producir rentas gravadas a que se refiere los Nro. 1, letra a) y b), 3, 4 y 5 de los Art. 20° y 42 N° 2 y 48° de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se encuentran obligados a realizar el trámite de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. Entre dichos negocios o labores se encuentran: la agricultura, comercialización de bienes, industria, minería, explotación de recursos naturales, martilleros, agentes de aduanas y las provenientes del ejercicio de servicios profesionales u ocupaciones lucrativas en forma independiente.
  • 5.
    Ejercicio • Honorarios y aranceles Privado/Funcionario/ mixto. • Aspectos previsionales • Promoción Seguridad social. ¿Publicidad engañosa? • Tributación Impuestos según renta.
  • 6.
    PREVENCIÓN DE PROBLEMASEN EL ÁMBITO LEGAL Cumplir con marco regulador ético jurídico de la Odontología legal profesional. Relación odontólogo paciente óptima:  Recinto clínico en condiciones adecuadas para la atención .  Respeto, seguir normas bioéticas. Información oportuna y clara. Preocuparse de que el paciente entienda Consentimiento informado.  Respetar secreto médico. Ficha clínica completa: Guardar por 15 años.  Exámenes complementarios. Conocimiento y autocrítica:  Realizar lo que se sabe, derivar si es necesario.  No cometer delitos culposos ni dolosos.
  • 7.
    Bibliografía • http://www.supersalud.gob.cl/normativa/571/w3-article- 4825.html Consultado Lunes 15 de abril del 2013 • Dr. Ciocca L. Documento de Clase: El Odontólogo y la ley I. Facultad de Odontología U. de Chile 2012. • http://www.sii.cl/contribuyentes/contribuyentes_individuales /chilenos_extranjero/iniciacion_de_actividades.htm. Consultado Lunes 15 de abril del 2013.