La Constitución de Venezuela establece al país como un Estado democrático y social de derecho que protege los derechos humanos. La ley orgánica de drogas implementa un sistema público de atención de adicciones que brinda tratamiento multidisciplinario e integral a personas con problemas de adicción, con el objetivo de lograr su reinserción social. El documento también presenta los objetivos y principios del tratamiento de adicciones, como la accesibilidad, calidad, alcance y flexibilidad del mismo.
2.
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
Artículo 2.
“…Venezuela se constituye en un Estado
democrático y social de derecho y de justicia,
que propugna como valores superiores de sus
ordenamientos jurídico y de su actuación, la
vida, la libertad, la igualdad, la justicia, la
solidaridad, la democracia, la responsabilidad
social y en general …la preeminencia de los
derechos humanos, la ética y el pluralismo
político…”
Artículo 5.
“… La participación de los ciudadanos y
ciudadanas en los programas de prevención,
seguridad ciudadana y administración de
emergencias …”
3.
Ley Orgánica de
Drogas.
Capítulo I de las
disposiciones Generales en su
Artículo 11:
“…El ejecutivo Nacional
implementará un Sistema
Público de Atención de las
Adicciones, para el abordaje de
la problemática de las
adicciones en todo el territorio
nacional, que contempla un
modelo único de atención y de
intervención profesional sobre
la base de la diversidad,
característica de la adicción y
evolución individual del
paciente, su familia y su
entorno social a fin de
garantizar desde su
desintoxicación hasta su
reinserción social
definitiva…”.
Titulo I
Artículo 3.
“…Personas consumidora.
Cualquier persona que consuma
por vía oral, nasal, intravenosa o
cualesquiera otras, las
sustancias controladas en esta
ley, sus sales, mezclas o
especialidades farmacéuticas,
con fines distintas a la terapia
médica debidamente indicada
por un facultativo, de
conformidad con todas las
disposiciones contenida en esta
ley para el control de
estupefacientes y sustancias
psicotrópicas, con el efecto de
experimentar sus efectos
psíquicos o físicos, o para evitar
la ansiedad producida por la
falta de consumo”.…”
Artículo 132
En lo relativo al tratamiento de
las personas expresa: “El
tratamiento de las personas
consumidora, es un
tratamiento de intervenciones
multidisciplinarias concretas
que se inicia cuando la
persona consumidora entra en
contacto con un proveedor de
servicios de salud u otro
servicio comunitario hasta que
complete el proceso de
rehabilitación posible, con el
propósito de recuperar un
patrón de funcionabilidad
plena en lo personal, familiar,
social y económico”.
5. Objetivo General
Impedir, controlar y
minimizar las secuelas del
consumo de drogas a
partir de la atención
integral de los ciudadanos
(as) con problemas de
adicciones, desarrollada a
través de un proceso
dinámico y continuo entre
la comunidad, el
consumidor y la familia en
los centros que conforma
el sistema.
Objetivos Específicos
Desarrollar estrategias preventivas y de promoción de
salud en la comunidad.
Atender en forma inmediata, continua e integral a los
ciudadanos (as) que soliciten apoyo en el ámbito
psicosocial y de las adicciones ofreciendo orientación.
Capacitar a las comunidades para que participen
Asegurar la inclusión social de los ciudadanos
Realizar seguimiento y control de los ciudadanos (as)
que egresan de los centros de tratamiento, para el
reforzamiento y consolidación de su funcionamiento.
Abordar desde una concepción humanista,
biopsicosocial, comunitaria y multidisciplinaria la
problemática de las adicciones a través de los centros
7. La accesibilidad y
disponibilidad: El tratamiento
debe ser accesible y utilizable
para todos los ciudadanos (as) y
familiares que lo requieran, de
manera oportuna y durante el
tiempo necesario, para la
completa rehabilitación e
inserción social
La calidad de atención: Se
contempla para la atención
eficiente tanto calificación del
equipo interdisciplinario, como
las condiciones óptimas de
espacio y dotación acordes con las
necesidades de la población
atendida.
La amplitud del alcance: Los
objetivos del tratamiento deben
contemplar además el control a
la adicción, otros problemas
asociados, como comorbilidad,
los aspectos biomédicos y
psicosociales, la red de apoyo
familiar y comunitarios.
La flexibilidad: Debe ser
dinámico para dar respuesta
a las necesidades
individuales de los
ciudadanos (as) y facilitar los
ajustes durante el proceso.
La articulación con otros
servicios y Organizaciones
Comunitaria: Se debe
establecer vínculos para
fortalecer redes de salud
para la atención eventual y
oportuna.
13.
Estado
Dirección de la Oficina
Estadal
Foto
Nombre y
Apellido
C.I
Teléfono
Institucional
Profesión
Correos Institucional
Comisionados y Gmail
Amazonas
Oficina Estadal de la ONA Amazonas,
ubicada en las instalaciones del
Comando de Zona N° 63 de la Guardia
Nacional Bolivariana, Puerto Ayacucho,
Municipio, Estado Amazonas
Para envió de correspondencia: Oficina
MRW Puerto Ayacucho Av. Andrés
Elloy Blanco
Virginia
Betzabeth
Abreu
12.173.106
0412-7767542
0416-6206112
Licenciada en
Trabajo Social
onaamazonas@ona.gob.ve,
comamazonas@ona.gob.ve,
redonaamazonas@gmail.com
El estado Amazonas, no cuenta con Centros
especializados en adicciones a los usuarios de
drogas, por lo cual la ONA Amazonas, de acuerdo a
la gravedad de la dependencia del paciente son
referidos a otros Centros de Atención a Nivel
Nacional. Así mismo, esta oficina estadal se apoya
con el Centro de Atención Familiar (CAF) de esta
entidad, que depende directamente del sistema
IDENA, Instituto Autónomo Consejo Nacional de
Derechos del Niño, Niña y Adolescentes, ente rector
en materia de protección a niños, niñas y
adolescentes, adscrito al Ministerio del Poder
Popular para las Comunas y Protección Social..