Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Tratamiento de las adicciones
1. PRESENTADO POR:
S/1RO. CARLOS D´AMELIO
C.I. Nº: 16.768.266
Bases jurídicas, políticas e institucionales de las drogas
2. Fue el 15 de septiembre de 2010, en la Gaceta oficial No. 39.510 y reimpresa por error
material según Gaceta Oficial No. 39.546, el 5 de noviembre de 2010, cuando se
publicada la Ley que coloca a Venezuela en el país de referencia en la lucha del tráfico
ilícito de drogas, la cual contiene 199 artículos que establecen que la Oficina Nacional
Antidrogas (ONA) será el ente encargado de diseñar, planificar y ejecutar las estrategias
del Gobierno Nacional contra el tráfico ilícito y el uso indebido de sustancias ilícitas.
3. República Bolivariana de Venezuela.
Ley Orgánica de Drogas.
• Capítulo I de las disposiciones Generales
Artículo 11:
“El ejecutivo Nacional implementará un Sistema Público de Atención de las Adicciones, para
el abordaje de la problemática de las adicciones en todo el territorio nacional, que
contempla un modelo único de atención y de intervención profesional sobre la base de la
diversidad, característica de la adicción y evolución individual del paciente, su familia y su
entorno social a fin de garantizar desde su desintoxicación hasta su reinserción social
definitiva”.
Bases jurídicas, políticas e institucionales de las drogas.
4. Titulo I
Artículo 3.
define lo siguiente:
“Personas consumidora. Cualquier persona que consuma por vía oral, nasal,
intravenosa o cualesquiera otras, las sustancias controladas en esta ley, sus sales,
mezclas o especialidades farmacéuticas, con fines distintas a la terapia médica
debidamente indicada por un facultativo, de conformidad con todas las
disposiciones contenida en esta ley para el control de estupefacientes y sustancias
psicotrópicas, con el efecto de experimentar sus efectos psíquicos o físicos, o para
evitar la ansiedad producida por la falta de consumo”.
5. •Artículo 132, en lo relativo al tratamiento de las personas expresa:
“El tratamiento de las personas consumidora, es un tratamiento de intervenciones
multidisciplinarias concretas que se inicia cuando la persona consumidora entra en
contacto con un proveedor de servicios de salud u otro servicio comunitario hasta que
complete el proceso de rehabilitación posible, con el propósito de recuperar un patrón
de funcionabilidad plena en lo personal, familiar, social y económico”.
6. El Sistema Público Nacional para el Tratamiento de las Adiciones (SNTA)
DEFINICIÓN
Representa un conjunto ordenado de centros interrelacionados que tienen como
propósito impedir, atender y controlar el consumo de drogas y minimizar las secuelas
de este en los ciudadanos y ciudadanas.
La prevención, el control y tratamiento de las adiciones se desarrolla enmarcado en
una concepción humanista Biopsicosocial y de participación comunitaria que se
despliega en los centros que conforma el sistema
7. OBJETIVO GENERAL
• Impedir, controlar y minimizar las secuelas del consumo de drogas a partir de la
atención integral de los ciudadanos (as) con problemas de adicciones, desarrollada a
través de un proceso dinámico y continuo entre la comunidad, el consumidor y la
familia en los centros que conforma el sistema.
• Desarrollar estrategias preventivas y de promoción de salud en la comunidad.
• Atender en forma inmediata, continua e integral a los ciudadanos (as) que soliciten
apoyo en el ámbito psicosocial y de las adicciones ofreciendo orientación.
• Capacitar a las comunidades para que participen
• Abordar desde una concepción humanista, biopsicosocial, comunitaria y
multidisciplinaria la problemática de las adicciones a través de los centros
• Asegurar la inclusión social de los ciudadanos (as)
• Realizar seguimiento y control de los ciudadanos (as) que egresan de los centros de
tratamiento, para el reforzamiento y consolidación de su funcionamiento.
8. El Sistema Público Nacional para el Tratamiento de las Adiciones (SNTA)
La accesibilidad y disponibilidad: El tratamiento debe ser accesible y utilizable para todos
los ciudadanos (as) y familiares que lo requieran, de manera oportuna y durante e
tiempo necesario, para la completa rehabilitación e inserción social.
La calidad de atención: Se contempla para la atención eficiente tanto calificación del
equipo interdisciplinario, como las condiciones óptimas de espacio y dotación acordes
con las necesidades de la población atendida.
La amplitud del alcance: Los objetivos del tratamiento deben contemplar además el
control a la adicción, otros problemas asociados, como comorbilidad, los aspectos
biomédicos y psicosociales, la red de apoyo familiar y comunitarios.
9. La articulación con otros servicios y Organizaciones Comunitaria : Se debe
establecer vínculos para fortalecer redes de salud para la atención eventual y oportuna.
La flexibilidad: Debe ser dinámico para dar respuesta a las necesidades individuales de
los ciudadanos (as) y facilitar los ajustes durante el proceso.
10. Fundación José Félix Ribas (FUNDARIBAS)
Es una institución creada por el Estado Venezolano mediante el Decreto Ejecutivo No.
1.366, dictado por el Presidente de la República en Consejo de Ministro, en fecha 20 de
noviembre de 1986, publicado en Gaceta Oficial No. 33.620 de fecha 16 de diciembre de
1986. quedando según lo dispuesto bajo la tutela del ministerio de la Juventud;
posteriormente Ministerio de la Familia; Ministerio de la Salud y Desarrollo social y
actualmente Ministerio del Poder Popular para la Salud. Brinda atención gratuita y sin
exclusión a los venezolanos (as) que están afectados por el consumo de drogas o
adicciones comportamentales.
11. Fundación José Félix Ribas (FUNDARIBAS)
Misión:
Ejecutar políticas públicas dentro del Sistema Público Nacional de Salud, en materia de
prevención, tratamiento, inclusión social e investigación; que atienda a las personas en
riesgo o víctimas de adicciones comportamentales y de drogas lícita e ilícita.
Visión:
Ser la institución modelo de tratamiento que brinde, de manera oportuna y eficaz,
atención integral a las personas con problemas de adicción en todas sus modalidades, en
pro de la calidad de vida de la población venezolana.