El documento es una solicitud para registrar un convenio de prestación de servicios laborales para familiares según la Ley N°26563. Carlos Guzmán Mechato, dueño de un negocio de mantenimiento de motos en Chiclayo, desea registrar un convenio para que su hijo Carlos Yonatan Guzmán Vilchez preste servicios laborales en la empresa, generando una relación laboral. Se adjunta el convenio en triplicado para su registro.
Asemuch envía este comunicado con el tema de la Ley N° 20922, con las diversas reuniones que han mantenido con el ente contralor, con lo cual se pretende dilucidar el verdadero espíritu de la Ley
LIMASA PROPONE ABONAR LA PAGA DE PRODUCTIVIDAD MAÑANA MISMO, EN LAS MISMAS CO...Ayuntamiento de Málaga
La empresa va a dirigirse por escrito en las próximas horas a los representantes de los trabajadores para que ambas partes firmen un anexo al acuerdo de fin de huelga del 15 de marzo de 2016
CARTA DE RESPUESTA DE SECRETARÍA TÉCNICA: Conforme a la Directiva del SERVIR se establece la obligación de remitir este tipo de carta (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Asemuch envía este comunicado con el tema de la Ley N° 20922, con las diversas reuniones que han mantenido con el ente contralor, con lo cual se pretende dilucidar el verdadero espíritu de la Ley
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La empresa va a dirigirse por escrito en las próximas horas a los representantes de los trabajadores para que ambas partes firmen un anexo al acuerdo de fin de huelga del 15 de marzo de 2016
CARTA DE RESPUESTA DE SECRETARÍA TÉCNICA: Conforme a la Directiva del SERVIR se establece la obligación de remitir este tipo de carta (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Reforma Ley del Servici Civil de Baja Caliofrnia 2014De Hoyos y Aviles
Resumen de la Reforma a la Ley del Servicio Civil de Baja California realizada en mayo de 2014. Cambios importantes en materia de escalafón, bases, horas extras, salarios vencidos, entre otros.
Sala especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas ...Carlos Mena
SÉPTIMO.- RESOLUCIÓN: Por todas las consideraciones expuestas y por cuanto las pretensiones del accionante resultan ajenas a los efectos de la acción de protección, esta Sala especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, actuando como Juez pluripersonal de garantías constitucionales, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA, acepta el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Luís Portalanza Cali (Procurador común de los accionados), revocando la sentencia subida en grado, dictada por la Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente de Santa Cruz, Provincia de Galápagos, el día 25 octubre del 2013 a las 11:45, en la causa No. 2013-0051; y, consecuentemente, se declara sin lugar la demanda de acción de protección, presentada por el ciudadano Jorge Luís Coppiano Luces, como Representante Legal de C3 CONSTRUCTORES ASOCIADOS. Ejecutoriada esta sentencia, devuélvase el proceso a la Unidad Judicial de origen, para los fines legales consiguientes
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Criterios de la primera y segunda derivadaYoverOlivares
Criterios de la primera derivada.
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3 Ejemplos para graficar funciones utilizando los criterios de la primera y segunda derivada.
Plan de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Ilo
Solicita registro de convenio de prestacion de servicios de carácter laboral para familiares
1. SOLICITA: REGISTRO DE
CONVENIO DE PRESTACION
DE SERVICIOS DE CARÁCTER
LABORAL PARA FAMILIARES
(Ley N°26563).
SEÑOR SUB DIRECTOR DE REGISTROS GENERALES:
S.S.D.
CARLOS GUZMAN MECHATO con RUC N° 10166861794 Distrito de
Chiclayo, dedicado a la actividad de servicio de mantenimiento, reparación de motos,
en cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Derogatoria
del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N°728; Ley de Productividad y
Competitividad Laboral, aprobado mediante el Decreto Supremo N°003-97-TR:
SOLICITO se tome conocimiento y registre el convenio de prestación de servicios para
familiares, celebrado con CARLOS YONATAN GUZMAN VILCHEZ, identificado
con D.N.I. N° 46564338, hijo, precisando que dicha prestación de servicios GENERA
RALCION LABORAL.
OTROSÍ DECIMOS: Adjuntamos el Convenio en triplicado.
POR TANTO:
Sírvase Ud. Señor Sub Director acceder a lo solicitado por ser de justicia.
Chiclayo, 01 de febrero del 2014