Este documento resume las regulaciones y leyes relacionadas con las tasas de interés en préstamos y créditos. Indica que la tasa de interés se presume en 0.5% mensual o 6% anual si no se especifica en el contrato. Define la usura como una tasa de interés que supere el 50% de la tasa bancaria corriente y establece sanciones por cobrar intereses usurarios. También resume los artículos del código de comercio y civil relacionados con la determinación y límites de las tasas de interés.
Adjunto modelo carta para reclamar a tu banco la aplicación de la " cláusula suelo", recomiendo a los afectados ,sin recursos, acudir a un abogado sólo para la reclamación judicial , la extrajudicial se puede autogestionar con relativa facilidad mediante este tipo de escritos!!!
En septiembre de 2015 se publicó un nuevo baremos para accidentes de tráfico que no solo detalla las cuantías indemnizatorias, sino también otra serie de criterios que aquí detallamos:
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El pago. Formas de Efectuar el pago: lugar, fecha; Pagos a cuenta, Conceptos imputables al pago, Otorgamiento de prórroga: a) facilidades de pago, b) plazos de carácter particular, procedimiento para el otorgamiento de plazos para el pago, Efectos del Pago. Efectos del incumplimiento de la obligación tributaria.
Para hacer liquidaciones en línea, acorde a las normas legales vigentes de obligaciones civiles como son los créditos de consumo, títulos valores, facturas o cuotas de administración de propiedad horizontal
News Alert Iberomamerica, con información de interés sobre los diversos aspectos contables, fiscales, legales aplicables en los diferentes países iberoamericanos donde invertir o expanderse
El pago. Formas de Efectuar el pago: lugar, fecha; Pagos a cuenta, Conceptos imputables al pago, Otorgamiento de prórroga: a) facilidades de pago, b) plazos de carácter particular, procedimiento para el otorgamiento de plazos para el pago, Efectos del Pago. Efectos del incumplimiento de la obligación tributaria.
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2. Se presume que el
interés en materia
comercial es del 0.5%
mensual y del 6% anual
si no se pacta en el
contrato.
3.
4. Se considera usura la tasa de interés que
se cobra por un crédito que supere el 50%
del interés corriente vigente para el
periodo en cuestión. La tasa de usura es
el límite máximo con el que un particular o
una entidad financiera pueden cobrar por
intereses sobre un préstamo.
5. USURA. El que reciba o cobre, directa o
indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o
por concepto de venta de bienes o servicios a
plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del
interés bancario corriente que para el período
correspondiente estén cobrando los bancos, según
certificación de la Superintendencia
Bancaria, cualquiera sea la forma utilizada para
hacer constar la operación, ocultarla o disimularla
SANCIONES
incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años y
multa de cincuenta (50) a doscientos
(200) salarios mínimos legales mensuales
vigentes.
6. SANCIONES
El que compre cheque, sueldo, salario o prestación
social en los términos y condiciones previstos en
este artículo, incurrirá en prisión de tres (3) a
siete (7) años y multa de cien (100) a
cuatrocientos (400) salarios mínimos legales
mensuales vigentes.
7. El estatuto orgánico
financiero, en su
artículo
326, numeral
6, contempla que
entre las funciones
de la
Superintendencia
financiera se tiene:
Certificar la tasa
de interés
bancario
corriente
correspondientes
a las distintas
modalidades de
crédito que
determine el
Gobierno
Nacional, median
te normas de
carácter general.
8. El código de comercio, en el artículo 884, solo se
limita a establecer:
Cuando en los negocios mercantiles haya de
pagarse créditos de un capital, sin que se
especifique por convenio el interés, éste será el
bancario corriente; si las partes no han estipulado
el interés moratorio, será equivalente a una y
media veces del bancario corriente y en cuanto
sobrepase cualquiera de estos montos el
acreedor perderá todos los intereses, sin perjuicio
de lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 45 de
1990.
9. Se probará el interés bancario corriente con
certificado expedido por la Superintendencia
Bancaria.
De la interpretación del artículo 884 (De la parte en
negrilla), pareciera que el código de comercio da
cierta autonomía a las partes para fijar la tasa de
interés a pagar por los créditos, autonomía que es
limitada por la legislación penal y civil, por lo que la
libertad de fijar los intereses entre las partes
contratantes esta enmarcada dentro de las
limitaciones legales.
10. en su artículo 72, sostiene:
Sanción por el cobro de intereses en exceso.
Cuando se cobren intereses que sobrepasen los limites fijados
en la ley o por la autoridad monetaria, el acreedor perderá
todos los intereses cobrados en
exceso, remuneratorios, moratorios o ambos, según se
trate, aumentados en un monto igual. En tales casos, el
deudor podrá solicitar la inmediata devolución de las sumas
que haya cancelado por concepto de los respectivos
intereses, más una suma igual al exceso, a título de sanción..
11. El código civil, en su artículo 2231 expresa:
El interés convencional que exceda de una mitad
al que se probare haber sido interés corriente al
tiempo de la convención, será reducido por el
juez a dicho interés corriente, si lo solicitare el
deudor.