Este documento presenta la resolución de un juzgado de familia en un caso de violencia familiar. Admite a trámite la denuncia de violencia física y psicológica interpuesta por Angelica Santa Huarcaya Coro contra su suegro y cuñado. Como medidas de protección, ordena el cese y abstención de cualquier acto de violencia por parte de los denunciados, y la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la denunciante. Además, exhorta a los denunciados a cambiar su conducta agresiva y
Este documento resume una resolución judicial que amplía las medidas de protección a favor de Wilfredo Richard Urbano Agüero contra Eleuterio Urbano Arango por nuevos hechos de violencia. Se relata que el denunciante fue agredido físicamente por su padre y la pareja de este, según una denuncia policial y un certificado médico. Dado que el denunciado incumplió las medidas anteriores, la resolución dispone ampliar la distancia de alejamiento y reiterar la prohibición de comunicación, además de continuar con patr
1) Este documento es un auto de vista de un tribunal superior de justicia de Junín en Perú. 2) El tribunal está revisando medidas de protección dictadas a favor de una mujer, Katia Sheyla Meza Huaman, contra su pareja Virgilio Kenji Arrieta Malpartida por violencia familiar. 3) El tribunal determina que la consulta presentada por el juez inferior no cumple con los requisitos legales para ser revisada, pero igualmente analiza aspectos relacionados a la protección contra la violencia más allá del ámbito penal.
Primero, el documento describe un caso de violencia familiar en el que Angelica Santa Huarcaya Coro denuncia nuevos hechos de agresión física y psicológica por parte de su suegro Eleuterio Urbano Arango el 9 de septiembre de 2019. Segundo, aunque el denunciado alega haber estado fuera de Lima en esas fechas, el juez falla a favor de la denunciante debido a la naturaleza urgente de los procesos de violencia familiar y la valoración de las pruebas presentadas como el informe
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Juez federal concede amparo que ordena a Murat suspender la entrega de fiats notariales que vendió Marcial Pérez. Rectoría, moneda de cambio del STEUABJO.
Este decreto reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Entre los cambios se incluyen reformas para fortalecer la reparación del daño a las víctimas, tipificar nuevos delitos como la discriminación y los delitos contra los derechos reproductivos, y establecer mayores penas para delitos como el feminicidio
1) La agente de policía Diana Carolina Pacheco Campos solicita trabajar de forma remota durante su periodo de lactancia materna, citando las leyes y normas que respaldan su solicitud.
2) La agente Tania Soto Sánchez solicita que se codifique su título profesional y resolución directoral en su legajo personal.
3) La agente Elina Pacheco Tarazona solicita 20 días de permiso a cuenta de vacaciones por motivos personales y familiares.
Este documento presenta la resolución de un juzgado de familia en un caso de violencia familiar. Admite a trámite la denuncia de violencia física y psicológica interpuesta por Angelica Santa Huarcaya Coro contra su suegro y cuñado. Como medidas de protección, ordena el cese y abstención de cualquier acto de violencia por parte de los denunciados, y la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros de la denunciante. Además, exhorta a los denunciados a cambiar su conducta agresiva y
Este documento resume una resolución judicial que amplía las medidas de protección a favor de Wilfredo Richard Urbano Agüero contra Eleuterio Urbano Arango por nuevos hechos de violencia. Se relata que el denunciante fue agredido físicamente por su padre y la pareja de este, según una denuncia policial y un certificado médico. Dado que el denunciado incumplió las medidas anteriores, la resolución dispone ampliar la distancia de alejamiento y reiterar la prohibición de comunicación, además de continuar con patr
1) Este documento es un auto de vista de un tribunal superior de justicia de Junín en Perú. 2) El tribunal está revisando medidas de protección dictadas a favor de una mujer, Katia Sheyla Meza Huaman, contra su pareja Virgilio Kenji Arrieta Malpartida por violencia familiar. 3) El tribunal determina que la consulta presentada por el juez inferior no cumple con los requisitos legales para ser revisada, pero igualmente analiza aspectos relacionados a la protección contra la violencia más allá del ámbito penal.
Primero, el documento describe un caso de violencia familiar en el que Angelica Santa Huarcaya Coro denuncia nuevos hechos de agresión física y psicológica por parte de su suegro Eleuterio Urbano Arango el 9 de septiembre de 2019. Segundo, aunque el denunciado alega haber estado fuera de Lima en esas fechas, el juez falla a favor de la denunciante debido a la naturaleza urgente de los procesos de violencia familiar y la valoración de las pruebas presentadas como el informe
La informacion mas completa de Mexico, Oaxaca y la Costa chica. Juez federal concede amparo que ordena a Murat suspender la entrega de fiats notariales que vendió Marcial Pérez. Rectoría, moneda de cambio del STEUABJO.
Este decreto reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Entre los cambios se incluyen reformas para fortalecer la reparación del daño a las víctimas, tipificar nuevos delitos como la discriminación y los delitos contra los derechos reproductivos, y establecer mayores penas para delitos como el feminicidio
1) La agente de policía Diana Carolina Pacheco Campos solicita trabajar de forma remota durante su periodo de lactancia materna, citando las leyes y normas que respaldan su solicitud.
2) La agente Tania Soto Sánchez solicita que se codifique su título profesional y resolución directoral en su legajo personal.
3) La agente Elina Pacheco Tarazona solicita 20 días de permiso a cuenta de vacaciones por motivos personales y familiares.
Grupo 4 procedimiento expedito violencia-9no.c.GABRIELTITUAA2
Este documento presenta las reglas del procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar según el artículo 643 del Código Orgánico Integral Penal del Ecuador. El procedimiento garantiza una respuesta rápida de la justicia para proteger a las víctimas, aplicando medidas de protección, recibiendo testimonios anticipados, ordenando exámenes periciales, fijando pensiones alimenticias y vigilando el cumplimiento de las medidas, con el fin de brindar seguridad ciudadana y tutelar a las ví
Este decreto legislativo fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género en Perú mediante la modificación de varios artículos del Código Penal. Se define el feminicidio y se establecen penas más severas cuando ocurren circunstancias agravantes. También se endurecen las penas por lesiones graves y leves cuando la víctima es mujer y la violencia ocurre en contextos de género. El objetivo es proteger de manera efectiva a mujeres, niñas, niños y
La fiscalía presenta una acusación penal contra Pedro Juan Calisaya Rosas por el delito de lesiones graves en agravio de Mercedes Alicia Romero Saucedo. Se alega que el 29 de octubre de 2009, Calisaya Rosas ingresó a la vivienda de la víctima y la atacó con golpes, causándole lesiones que requirieron más de 30 días de atención médica. La fiscalía solicita 3 años de prisión para Calisaya Rosas basándose en la gravedad de los hechos y circunstancias del caso. Se adj
Procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves mapaconcepUFToro
Este documento describe el procedimiento para el juzgamiento de delitos menos graves en Venezuela. Explica que los delitos menos graves son aquellos cuya pena máxima no excede los 8 años de privación de libertad. El tribunal competente es el tribunal de primera instancia municipal. El proceso puede iniciarse por denuncia, querella u oficio y luego el Ministerio Público realiza una investigación preliminar para solicitar al imputado comparecer ante el juez dentro de las 48 horas. En la audiencia de presentación e imputación, el juez verifica los extremos leg
Este documento resume cuatro procedimientos penales especiales en Venezuela: 1) El procedimiento de extradición, que regula la entrega de personas entre estados y puede ser activa o pasiva. 2) El procedimiento contra la delincuencia organizada establecido en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada. 3) El procedimiento en casos de violencia contra la mujer regulado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia. 4) El procedimiento para adolescentes establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños,
Este documento presenta un borrador de reglamento para la segunda actividad en el Cuerpo de Policía Local de Mungia. Establece que la segunda actividad es una situación especial para funcionarios que garantiza su aptitud psicofísica mientras permanecen en activo. Los funcionarios pueden pasar a segunda actividad por edad, insuficiencia física o psíquica, o embarazo. Describe los procedimientos para cada caso y establece que se mantendrán las mismas retribuciones y categoría en segunda actividad.
Este punto de acuerdo exhorta al Procurador General de Justicia del Distrito Federal a dar total atención y seguimiento a la averiguación previa FDF-6/TI/00222/11-03, en la que se acusa al ex diputado Juan Bustos Pascual de haber violado a una menor. También se le exhorta a proteger a las víctimas y enviar un informe del avance de la investigación.
Este documento presenta un resumen de la Ley 9283 de Violencia Familiar de la provincia de Córdoba, Argentina. La ley tiene 40 artículos y establece el marco legal para prevenir, detectar y erradicar la violencia familiar. Define la violencia familiar y los bienes jurídicos protegidos. Asigna jurisdicción a los tribunales de familia y establece procedimientos para la denuncia y medidas cautelares como exclusión del agresor del hogar y prohibición de contacto con la víctima.
El documento presenta tres decisiones de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. La primera declara inadmisible un recurso de casación. La segunda ordena la celebración de un nuevo juicio oral. Y la tercera declara competente a un juzgado para conocer una causa por violencia doméstica.
El documento describe una investigación penal en Ecuador por un presunto delito de estafa. La fiscal Ruth Ronquillo abre una indagación previa basada en la denuncia de Jhon Alfredo Mendoza Solorzano contra Marisol del Rocío Gutiérrez Rosado por estafa. La fiscal dispone que la policía judicial realice investigaciones y que el denunciante declare. También solicita información al Registro Civil sobre la identidad de la acusada.
Contralínea, Periodismo de investigación, la corrupción, la rendición de cuentas. seguridad nacional, sociedad de capitales, línea global, la cultura, el contragolpe, contraluz, ocho columnas, análisis, investigación, opinión, lectores, petrolero, energético, económico, cultural, ambiental, educativo, internacional, social, arqueológico
Este documento anuncia un proceso de reclutamiento y selección para cubrir plazas en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, México. Detalla los requisitos, evaluaciones y cursos requeridos para agentes, auxiliares y oficiales del Ministerio Público. Incluye fechas para la revisión de documentos, exámenes y cursos de formación, así como la documentación necesaria para postularse.
El documento presenta un recurso de apelación contra una sentencia que declaró inadmisible un amparo constitucional interpuesto contra el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) por no proveer información sobre tasas de criminalidad. El recurso argumenta que el CICPC es competente para elaborar estadísticas de criminalidad según la ley, y ha proveído esta información en el pasado, por lo que el amparo debe ser declarado admisible.
Este documento aprueba el reglamento de la Ley No. 29392, que establece infracciones y sanciones por incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad y su reglamento. El reglamento especifica conductas infractoras, establece el procedimiento sancionador y define las autoridades involucradas, como el CONADIS, el MIMDES y sus funcionarios.
La fiscalía presenta un requerimiento acusatorio contra Barbara Mamani Morocco por el delito de falsificación de documentos. Se alega que obtuvo dos documentos de identidad a pesar de solo tener una identidad, insertando datos falsos. La investigación encontró que sus huellas dactilares corresponden a una sola persona con dos inscripciones diferentes. La fiscalía presenta pruebas como informes periciales y oficios para sustentar los cargos.
Dictamen con modificaciones al nuevo Código Procesal PenalPablo Javkin
Este documento presenta modificaciones propuestas al Código Procesal Penal de la Nación de Argentina. Propone cambios a 16 artículos existentes e incorpora 3 nuevos artículos. También propone aprobar una nueva ley de Juicio por Jurados. El dictamen recomienda la aprobación de estas modificaciones.
Disposiciones Especiales Transitorias y Extraordinarias en Centros PenalesAna Vilma de Escobar
Disposiciones Especiales Transitorias y Extraordinarias en Centros Penales, Granjas Penitenciarios, Centros Intermedios y Centros Temporales de Reclusión
Dl 1410 delito de acoso sexual y modifica ley de hostigamiento sexualGiancarlo Gayoso Gamboa
DECRETO LEGISLATIVO 1410 QUE INCORPORA EL DELITO DE ACOSO, ACOSO SEXUAL, CHANTAJE SEXUAL Y DIFUSIÓN DE IMÁGENES, MATERIALES AUDIOVISUALES O AUDIOS CON CONTENIDO SEXUAL AL CÓDIGO PENAL, Y MODIFICA EL PROCEDIMIENTO DE SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL
Este documento establece normas legales relacionadas a la firma digital, financiamiento de decretos legislativos, asignación de RUC en la inscripción de sociedades anónimas cerradas simplificadas (SACS), aplicación de disposiciones de ley de sociedades anónimas a las SACS, e incorpora lineamientos sobre gobierno digital. También incorpora tipos penales de acoso, acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes íntimas al código penal, y modifica la ley contra el hostigamiento sexual.
Grupo 4 procedimiento expedito violencia-9no.c.GABRIELTITUAA2
Este documento presenta las reglas del procedimiento expedito para la contravención contra la mujer o miembros del núcleo familiar según el artículo 643 del Código Orgánico Integral Penal del Ecuador. El procedimiento garantiza una respuesta rápida de la justicia para proteger a las víctimas, aplicando medidas de protección, recibiendo testimonios anticipados, ordenando exámenes periciales, fijando pensiones alimenticias y vigilando el cumplimiento de las medidas, con el fin de brindar seguridad ciudadana y tutelar a las ví
Este decreto legislativo fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género en Perú mediante la modificación de varios artículos del Código Penal. Se define el feminicidio y se establecen penas más severas cuando ocurren circunstancias agravantes. También se endurecen las penas por lesiones graves y leves cuando la víctima es mujer y la violencia ocurre en contextos de género. El objetivo es proteger de manera efectiva a mujeres, niñas, niños y
La fiscalía presenta una acusación penal contra Pedro Juan Calisaya Rosas por el delito de lesiones graves en agravio de Mercedes Alicia Romero Saucedo. Se alega que el 29 de octubre de 2009, Calisaya Rosas ingresó a la vivienda de la víctima y la atacó con golpes, causándole lesiones que requirieron más de 30 días de atención médica. La fiscalía solicita 3 años de prisión para Calisaya Rosas basándose en la gravedad de los hechos y circunstancias del caso. Se adj
Procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves mapaconcepUFToro
Este documento describe el procedimiento para el juzgamiento de delitos menos graves en Venezuela. Explica que los delitos menos graves son aquellos cuya pena máxima no excede los 8 años de privación de libertad. El tribunal competente es el tribunal de primera instancia municipal. El proceso puede iniciarse por denuncia, querella u oficio y luego el Ministerio Público realiza una investigación preliminar para solicitar al imputado comparecer ante el juez dentro de las 48 horas. En la audiencia de presentación e imputación, el juez verifica los extremos leg
Este documento resume cuatro procedimientos penales especiales en Venezuela: 1) El procedimiento de extradición, que regula la entrega de personas entre estados y puede ser activa o pasiva. 2) El procedimiento contra la delincuencia organizada establecido en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada. 3) El procedimiento en casos de violencia contra la mujer regulado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia. 4) El procedimiento para adolescentes establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños,
Este documento presenta un borrador de reglamento para la segunda actividad en el Cuerpo de Policía Local de Mungia. Establece que la segunda actividad es una situación especial para funcionarios que garantiza su aptitud psicofísica mientras permanecen en activo. Los funcionarios pueden pasar a segunda actividad por edad, insuficiencia física o psíquica, o embarazo. Describe los procedimientos para cada caso y establece que se mantendrán las mismas retribuciones y categoría en segunda actividad.
Este punto de acuerdo exhorta al Procurador General de Justicia del Distrito Federal a dar total atención y seguimiento a la averiguación previa FDF-6/TI/00222/11-03, en la que se acusa al ex diputado Juan Bustos Pascual de haber violado a una menor. También se le exhorta a proteger a las víctimas y enviar un informe del avance de la investigación.
Este documento presenta un resumen de la Ley 9283 de Violencia Familiar de la provincia de Córdoba, Argentina. La ley tiene 40 artículos y establece el marco legal para prevenir, detectar y erradicar la violencia familiar. Define la violencia familiar y los bienes jurídicos protegidos. Asigna jurisdicción a los tribunales de familia y establece procedimientos para la denuncia y medidas cautelares como exclusión del agresor del hogar y prohibición de contacto con la víctima.
El documento presenta tres decisiones de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. La primera declara inadmisible un recurso de casación. La segunda ordena la celebración de un nuevo juicio oral. Y la tercera declara competente a un juzgado para conocer una causa por violencia doméstica.
El documento describe una investigación penal en Ecuador por un presunto delito de estafa. La fiscal Ruth Ronquillo abre una indagación previa basada en la denuncia de Jhon Alfredo Mendoza Solorzano contra Marisol del Rocío Gutiérrez Rosado por estafa. La fiscal dispone que la policía judicial realice investigaciones y que el denunciante declare. También solicita información al Registro Civil sobre la identidad de la acusada.
Contralínea, Periodismo de investigación, la corrupción, la rendición de cuentas. seguridad nacional, sociedad de capitales, línea global, la cultura, el contragolpe, contraluz, ocho columnas, análisis, investigación, opinión, lectores, petrolero, energético, económico, cultural, ambiental, educativo, internacional, social, arqueológico
Este documento anuncia un proceso de reclutamiento y selección para cubrir plazas en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, México. Detalla los requisitos, evaluaciones y cursos requeridos para agentes, auxiliares y oficiales del Ministerio Público. Incluye fechas para la revisión de documentos, exámenes y cursos de formación, así como la documentación necesaria para postularse.
El documento presenta un recurso de apelación contra una sentencia que declaró inadmisible un amparo constitucional interpuesto contra el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) por no proveer información sobre tasas de criminalidad. El recurso argumenta que el CICPC es competente para elaborar estadísticas de criminalidad según la ley, y ha proveído esta información en el pasado, por lo que el amparo debe ser declarado admisible.
Este documento aprueba el reglamento de la Ley No. 29392, que establece infracciones y sanciones por incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad y su reglamento. El reglamento especifica conductas infractoras, establece el procedimiento sancionador y define las autoridades involucradas, como el CONADIS, el MIMDES y sus funcionarios.
La fiscalía presenta un requerimiento acusatorio contra Barbara Mamani Morocco por el delito de falsificación de documentos. Se alega que obtuvo dos documentos de identidad a pesar de solo tener una identidad, insertando datos falsos. La investigación encontró que sus huellas dactilares corresponden a una sola persona con dos inscripciones diferentes. La fiscalía presenta pruebas como informes periciales y oficios para sustentar los cargos.
Dictamen con modificaciones al nuevo Código Procesal PenalPablo Javkin
Este documento presenta modificaciones propuestas al Código Procesal Penal de la Nación de Argentina. Propone cambios a 16 artículos existentes e incorpora 3 nuevos artículos. También propone aprobar una nueva ley de Juicio por Jurados. El dictamen recomienda la aprobación de estas modificaciones.
Disposiciones Especiales Transitorias y Extraordinarias en Centros PenalesAna Vilma de Escobar
Disposiciones Especiales Transitorias y Extraordinarias en Centros Penales, Granjas Penitenciarios, Centros Intermedios y Centros Temporales de Reclusión
Dl 1410 delito de acoso sexual y modifica ley de hostigamiento sexualGiancarlo Gayoso Gamboa
DECRETO LEGISLATIVO 1410 QUE INCORPORA EL DELITO DE ACOSO, ACOSO SEXUAL, CHANTAJE SEXUAL Y DIFUSIÓN DE IMÁGENES, MATERIALES AUDIOVISUALES O AUDIOS CON CONTENIDO SEXUAL AL CÓDIGO PENAL, Y MODIFICA EL PROCEDIMIENTO DE SANCIÓN DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL
Este documento establece normas legales relacionadas a la firma digital, financiamiento de decretos legislativos, asignación de RUC en la inscripción de sociedades anónimas cerradas simplificadas (SACS), aplicación de disposiciones de ley de sociedades anónimas a las SACS, e incorpora lineamientos sobre gobierno digital. También incorpora tipos penales de acoso, acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes íntimas al código penal, y modifica la ley contra el hostigamiento sexual.
El juez resuelve no otorgar medidas de protección en el proceso por violencia contra integrantes del grupo familiar iniciado por Alex Fabrizio Colquehuanca Jiménez en contra de Yorka Loayza Monge por violencia psicológica en agravio de él y su hijo Adriano Alessandro. El juez determina que los hechos denunciados no configuran violencia y dispone el archivo definitivo del proceso, reservando el derecho del denunciante de hacer valer sus pretensiones relacionadas al régimen de visitas ante el juzgado competente en asuntos fam
La ley orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento del terrorismo tiene como objetivos prevenir, investigar y perseguir los delitos relacionados con la delincuencia organizada y el financiamiento de terrorismo. Se crea la Oficina Nacional Contra la Delincuencia para coordinar las acciones contra estos delitos a nivel nacional e internacional. La ley tipifica delitos como legitimación de capitales, tráfico ilícito de armas y recursos estratégicos, asociación delictuosa, entre otros. En el documento se presenta el caso de
Este documento aprueba el reglamento de la Ley No 30364, que tiene como objetivo prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Establece los mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección de las víctimas y reparación del daño causado. Asimismo, dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores. El reglamento contiene disposiciones sobre el proceso especial, prevención y atención de la violencia,
El documento presenta un informe sobre tres leyes relacionadas con la delincuencia organizada y la protección de niños y adolescentes en Venezuela. Resume la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, incluyendo su objeto, definiciones, delitos y tipos penales. También resume la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cubriendo su objeto, definiciones, principios y derechos. Finalmente, resume elementos del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente como sus integrantes, legalidad y garantías fundamentales.
Este documento presenta una acción de hábeas corpus interpuesta por el abogado Efrain Bruno Salinas Llactas a nombre de Miguel Angel Silva Tapia, quien se encuentra encarcelado en el Penal de Reos Primarios San Jorge. La acción se presenta contra funcionarios públicos por la omisión en la atención de la salud de Silva Tapia, quien ha perdido la visión y su salud se ha deteriorado luego de más de 8 años de encarcelamiento. El documento detalla los fundamentos de la acción, incluyendo la historia del caso penal
Ley 12569 de Protección contra la violencia familiarLuciano Palacios
Este documento es la Ley 12569 de la provincia de Buenos Aires sobre violencia familiar. Define violencia familiar y establece que cualquier persona puede denunciar actos de violencia, incluidos menores, incapaces y representantes legales. El juez debe ordenar medidas como exclusión del agresor del hogar y brindar asistencia a la víctima. También crea registros, capacitación y programas de prevención, asistencia y tratamiento de la violencia familiar.
Delitos contra la administración de justicia en aplicaciónGenesis Azuaje
La Ley Orgánica de Drogas contempla en el Capítulo IV del Título V los delitos contra la administración de justicia en aplicación de la Ley. Estos delitos incluyen: (1) jueces que omitan decidir o violen la ley, (2) jueces que destinen bienes incautados a fines distintos a los previstos en la ley, y (3) fiscales, peritos, funcionarios auxiliares y otros que retrasen o impidan procesos relacionados con drogas. La ley también establece reglas para la aplicación de penas
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada en Venezuela. Define la delincuencia organizada y establece penas para diversos delitos como manipulación genética ilegal, tráfico ilegal de órganos, sicariato, obstrucción a la administración de justicia, pornografía y obstrucción a la libertad de comercio cuando se cometen en beneficio de grupos de delincuencia organizada. El documento enumera los artículos relevantes de la ley y proporciona detalles sobre las penas asociadas
Este documento presenta una guía sobre las leyes y protocolos relacionados con el maltrato de menores en Puerto Rico. Resume las leyes clave sobre este tema desde 1980 y explica los deberes y responsabilidades de varias agencias gubernamentales como el Departamento de Educación y el Departamento de la Familia para investigar casos de maltrato y garantizar la seguridad de los menores. También describe los procedimientos para realizar informes, entrevistas y custodia de emergencia en estas situaciones.
Este documento presenta una denuncia penal por el delito de agresiones contra la mujer o integrantes del grupo familiar en la modalidad de violencia psicológica. La denuncia se presenta contra Rosa Rodas Montenegro, quien supuestamente ha estado acosando e insultando de forma reiterada a Esteban Tello Rodríguez y María Lorenza Walter Vásquez, amenazándolos de muerte. La denuncia solicita que se realicen pericias psicológicas a los denunciantes y otras diligencias necesarias para esclarecer los hechos.
Este documento aprueba el reglamento de la Ley No 30364, que tiene como objetivo prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia contra las mujeres y miembros vulnerables del grupo familiar. El reglamento establece los procedimientos y mecanismos para la prevención, atención, protección de víctimas, y sanción de agresores. Fue aprobado por el presidente de la república y refrendado por varios ministros para garantizar una vida libre de violencia y el ejercicio pleno de derechos para mujeres y grup
Yonely Huamani Zamora presenta una denuncia penal contra Santiago Dennis Fernandez Ccollque, su ex pareja, por violencia contra la mujer y acoso permanente. También denuncia a Juan Carlos Sánchez Fernández por agresión física y psicológica, y amenazas de muerte contra ella y sus hijos. Finalmente, denuncia haber sido despedida de manera arbitraria de su trabajo en la UNDQT, violando sus derechos laborales. Solicita al fiscal que inicie una investigación penal contra los denunciados y la proteja a ella y a
DIAPOSITIVAS MÓDULO 2 DEFENSORÍAS DE FAMILIA.pptxTONYGUARDIOLA
Este documento presenta información sobre las medidas de protección que pueden adoptar los comisarios y defensores de familia en casos de violencia en el contexto familiar. Describe las funciones y competencias de los comisarios y defensores, así como las medidas provisionales y definitivas que pueden decretar para proteger a las víctimas de violencia familiar. También presenta los lineamientos del marco normativo colombiano en materia de protección de la familia.
Esta ley tiene como objetivo prevenir y sancionar la tortura en todo el territorio nacional. Define la tortura como el dolor o sufrimiento grave infligido por un funcionario público para obtener información, confesiones o castigar a alguien. Establece sanciones de 3 a 12 años de prisión para los responsables y la obligación de los funcionarios públicos de denunciar actos de tortura. Además, estipula que las confesiones obtenidas mediante tortura no tendrán valor probatorio.
TIENEN 90 DÍAS PARA IMPLEMENTAR LACTARIOS EN EMPRESAS Y ENTIDADES ESTATALES: Se ha publicado el DECRETO SUPREMO Nº 001-2016-MIMP que establece la obligación de implementar lactarios en empresas y entidades estatales (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Ac fr ogbr370kvvpjjpqxob_s21jzhivvztqcftm2ihhxedyeeack3oqaoqltpkt8qohfeg7bg98...MiloxzVp
Este documento establece las reglas de conducta obligatorias para los estudiantes de la Escuela de Educación Superior Técnico Profesional Policial PNP Puno. Incluye la obligación de cumplir con las normas de emergencia por COVID-19, así como las infracciones graves que pueden dar lugar a la expulsión. También describe las sanciones por violar las medidas sanitarias o propagar enfermedades contagiosas durante la pandemia. Por último, establece las normas para el uso del aula virtual de la escuela, incluidas las oblig
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A DIVERSAS AUTORIDADES DEL DISTRITO FEDERAL, REMITAN UN INFORME DETALLADO SOBRE LA ACEPTACIÓN Y EL CUMPLIMIENTO A LA RECOMENDACIÓN NÚMERO 32/2013 EMITIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxOsiris Urbano
Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
2. ESQUEMA DEL INFORMEPRELIMINAR DEL SERVICIOSOCIAL UNIVERSITARIO
•
Organización/Comunidad
POBLACION PENAL – AYACUCHO
ALEGRA - MINJUS
Representante de la organización
Dr. Ernesto M. Ore Sánchez
Sub-Director INPE
Dr. ROYWALTER RIEGA ACOSTA
Coordinador ALEGRA - MINJUS
Lugar donde se prestó el SSU: INPE - ALEGRA
N° de beneficiarios atendidos
39 personas
3. REGISTRO DE ACTIVIDADES REALIZADAS
Este registro se llenará con los resultados del
cuaderno de campo que todo estudiante debe
portar y registrar durante el trabajo que realiza en
la organización o comunidad
4. SEMANA FECHA
DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LAS ACTIVIDADES DEL
SSU
PRIMERA
31/08/2015
06/09/2015
Tutoría Presencial –Coordinación y Gestión
SEGUNDA
07/09/2015
13/09/2015
Trabajo de socialización del plan de trabajo .
TERCERA
14/09/2015
20/09/2015
Entrega del oficio a mesa de partes del establecimiento
penal a la oficina de defensores públicos
5. CUARTA 21/09/2015 AL
25/09/2015
Atención sobre denuncia de receptación el día 23 de
Setiembre del 2015, siendo las 11:40 am, se presentó
la señora ALENDRA SULCA PRADO , solicitando
asesoramiento por lo que se derivó al Dr. ROY
RIEGA ACOSTA
El día 28 de setiembre del 2015 a horas 11.35 se
apersono a la oficina de “ALEGRA –MINJUS” el
señor : MOISES MITAC PARIONA con DNI: 43032120
a pedir asesoría sobre el caso de conciliación , para
poder llegar a un buen acuerdo con su esposa, en el
cual se le brindo las informaciones correspondientes
del caso, todo proceso esta basado en el Art. 356° del
Código Civil.
6. Semana Fecha Descripción detallada de las actividades del SSU
QUINTA
28/09/2015
04/10/2015
Repuesta verbal del director y subdirector con autorización para
ingreso en horarios establecidos del establecimiento penal dando
inicio a la actividad de asesoría jurídica a internos del
establecimiento penal de Ayacucho.
7. SEXTA
05/10/2015
AL
09/10/2015
El día 07 de Octubre del 2015, se atendió el EXP. 01774-2015-0-0501-JP-
FC-01 la demanda interpuesta por la Sra. Luzmila Janeth Roa Pérez, en
materia de alimentos a don Juan José Chumbe Reymundez, que al
averiguar en el sistema del poder Judicial, se encuentra fundada su
demanda, el mismo que ya se encuentra con sentencia. Este proceso esta
amparado por el Art. 472° y 481° del Código Civil y 92° y 93 del código del
Niño y el Adolescente.
Demanda de alimentos e inicio de demanda de alimentos, se hizo
atención a POZO MERCADO FELICITAS siendo las 11.15 am, del día 09 de
octubre del 2015, sobre asesoramiento de aumento alimentos y
seguidamente se asesoró sobre Doña LISBETH QUISPE RETAMOZO,
siendo las horas 12:25 pm quien se identificó procedente de Chupas
solicita demanda de alimentos por sus tres hijos, se remitió al Juzgado
Demanda de alimentos e inicio de demanda de alimentos, se hizo
atención a POZO MERCADO FELICITAS siendo las 11.15 am, del día 09 de
octubre del 2015, sobre asesoramiento de aumento alimentos y
seguidamente se asesoró sobre Doña LISBETH QUISPE RETAMOZO,
siendo las horas 12:25 pm quien se identificó procedente de Chupas
solicita demanda de alimentos por sus tres hijos, se remitió al Juzgado
8. SEPTIMA
12/10/2015
AL
16/10/2015
El día lunes 12 de octubre del 2015 a horas 11.20 se hace el
seguimiento de la señora Maritza Roxana Carrasco Sulca con DNI
70416345, quien manifiesta, que su esposo David Canchari
Auccapuquio no reconocio a su menor hijo, se le dió arientación sobre
el caso de filiación para absolver sus dudas Demanda de exoneración
de alimentos, siendo las 11.30 am del día 16 de octubre del 2015 se
presentó don ALBERTO SANTO MANCCO, quien solicita exoneración
de alimentos porque sus hijos son mayores de edad, se remitió al
Juzgad de origen
El día 14 de Octubre del 2015, se dio atención a la Srta Miriam Arango
Gómez, quien se a apersonado a esta para dar atención con una
demanda de alimentos de quien se tomó sus datos personales en la
ficha correspondiente para proceder con la demanda, teniendo
inconvenientes sobre la dirección exacta del demandado. Su residencia
es la ciudad de Lima, Villa el Salvador. Este proceso esta amparado por
el Art. 472° y 481° del Código Civil y 92° y 93 del código del Niño y el
Adolescente.
9. Semana Fecha Descripción detallada de las actividades del SSU
OCTAVA
26/10/2015
01/11/2015
Realización de la actividad de asesoría jurídica a internos del E. P. en tema de beneficio penitenciario (02 internos) del pabellón
mínima 01
AndrésYupanqui Medina (64 años)
DNI 28716580
Delito: VIOLACION SEXUAL (Violación Sexual de Menor de CatorceAños de Edad
Artículo 173.- El que practica el acto sexual u otro análogo con un menor de catorce años de edad, será reprimido con las
siguientes penas privativas de libertad:
1.- Si la víctima tiene menos de siete años, la pena será de cadena perpetua.
2.- Si la víctima tiene de siete años a menos de diez, la pena será no menor de veinticinco ni mayor de treinta años.
3. - Si la víctima tiene de diez años a menos de catorce, la pena será no menor de veinte ni mayor de veinticinco años.
Si el agente tuviere cualquier posición, cargo o vínculo familiar que le dé particular autoridad sobre la víctima o le impulse a
depositar en él su confianza, la pena será no menor de treinta años para los supuestos previstos en los incisos 2 y 3." (*)
Alfredo montes Bonifacio (27 años)
DNI 45892167
Delito:TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS( "Artículo 296.- Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas
El que promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante
actos de fabricación o tráfico será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años y con ciento
ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa, e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 4.
El que posea drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas para su tráfico ilícito será reprimido con pena privativa de
libertad no menor de seis ni mayor de doce años y con ciento veinte a ciento ochenta días-multa.
10. Semana Fecha Descripción detallada de las actividades del SSU
NOVENA
02/11/2015
08/11/2015
Realización de la actividad de asesoría jurídica a internos del E. P. en tema de beneficio penitenciario (02 internos) del pabellón mínima 02 José Paullo Quispe (22 años) DNI 48513366
Delito: Secuestro ("Secuestro")
Artículo 152.- Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte ni mayor de treinta años el que, sin derecho, motivo ni facultad justificada, priva a otro de su libertad personal,
cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad o circunstancia o tiempo que el agraviado sufra la privación o restricción de su libertad.
La pena será no menor de treinta años cuando:
1.- Se abusa, corrompe, trata con crueldad o pone en peligro la vida o salud del agraviado.
2.- Se pretexta enfermedad mental inexistente en el agraviado.
3.- El agraviado es funcionario, servidor público o representante diplomático.
4.- El agraviado es secuestrado por sus actividades en el sector privado.
5.- El agraviado es pariente, dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad con las personas referidas en los incisos 3 y 4 precedentes.
6.- El agraviado es menor de edad o anciano.
7.-Tiene por objeto obligar a un funcionario o servidor público a poner en libertad a un detenido o a una autoridad a conceder exigencias ilegales.
8.- Se comete para obligar al agraviado a incorporarse a una agrupación criminal, o a una tercera persona para que preste al agente del delito ayuda económica o su concurso bajo
cualquier modalidad.
9.- El que con la finalidad de contribuir a la comisión del delito de secuestro, suministra información que haya conocido por razón o con ocasión de sus funciones cargo u oficio, o suministre
deliberadamente los medios para la perpetración del delito.
La pena será de cadena perpetua cuando el agraviado resulte con graves daños en el cuerpo o en la salud física o mental, o muere durante el secuestro, o a consecuencia de dicho acto." (*)
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 27472, publicada el 05-06-2001, cuyo texto es el siguiente:
Henri Pariona Jeri (22 años) DNI 48003576
Delito: TRAFICO ILICITO DE DROGAS (Artículo 296.- El que promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos
de (*) RECTIFICADO POR FE DE ERRATAS fabricación o tráfico o las posea con este último fin, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años, con
ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 4.
El que, a sabiendas, comercializa materias primas o insumos destinados a la elaboración de las sustancias de que trata el párrafo anterior, será reprimido con la misma pena. (*)
(*) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley N° 28002, publicada el 17-06-2003, cuyo texto es el siguiente: "Artículo 296.- Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas
El que promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos de fabricación o tráfico será reprimido con pena privativa
de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa, e inhabilitación conforme al artículo 36, incisos 1, 2 y 4.
El que posea drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas para su tráfico ilícito será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de doce años y con
ciento veinte a ciento ochenta días-multa.
El que a sabiendas comercializa materias primas o insumos destinados a la elaboración ilegal de drogas será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez
años y con sesenta a ciento veinte días-multa."(*)
(*) Párrafo modificado por el Artículo 4 de la Ley N° 29037, publicada el 12 junio 2007, la misma que entrará en vigencia, al día siguiente de la publicación de sus normas reglamentarias,
según su Primera Disposición Final, cuyo texto es el siguiente:
“El que a sabiendas comercializa materias primas destinadas a la elaboración ilegal de drogas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años y
sesenta a ciento veinte días-multa.” (*)
11. DECIMA
02/11/2015
AL
06/11/2015
El día 05 de Noviembre del 2015, se atendió el caso ventilado en el 6° Juzgado de
Paz Letrado, sobre exoneración de alimentos, contra la Sra. Amelia Tapia
Aguilar, pro haber cumplido su mayoría de edad, y tener un compromiso de
pareja, expediente que deriva del N° 540-2000.
De la misma manera se dio orientación legal a la Sra. Yovana Espinoza Arroyo,
quien se identificó con su DNI N° 48662965, solicitando hacer una demanda
contra su ex esposo por deuda de alimentos, de varios años atrás.
Acudió a Alegra-MINJUS, doña YENY FERNÁNDEZ GARCÍA, con N° de Exp. 1958-
2015, del 2° Juzgado de Paz Letrado interpone demanda de Alimentos, a su
favor, en su condición de cónyuge y a favor de sus menores hijas CLEYDY
YESSENIA, NIKEL BRANDY BELLIDO FERNÁNDEZ, de 10 y 06 años de edad,
contra don NILO BELLIDO QUICAÑO, a fin que acuda con una pensión
alimenticia en el monto de S/.650.00 nuevos soles, de los ingresos que percibe el
demandado en su condición de conductor de vehículo combi. Amparado por los
Art. 472 y 473 del Código Civil
En el presente caso nos encontramos ante una pretensión de alimentos para la
cónyuge y dos menores de 10 y 06 años de edad, que por su propia naturaleza
es de carácter urgente e impostergable, al tratarse de un derecho fundamental
ligado al derecho a la vida y la integridad física conforme se encuentra regulado
en el numeral 1 del artículo 2 de Nuestra Constitución Política del Estado, por lo
mismo el caso que nos ocupa debe de ser tratado como problema humano en
atención al Principio del Interés Superior del Niño,.
12. DECIMA
PRIMERA
09/11/2015
AL
13/11/2015
El día 12 de noviembre del 2015 se brindo orientación y asesoría a la
usuaria Yesica Salazar serrano con DNI 31037550, según el Exp Nº 00542-
2015-0-0501-jp-fc-01 y el código penal art.149 indicándole lo
siguiente el delito de omisión de asistencia familiar tiene como
requisito de procedibilidad, el que exista una sentencia que ordene al
inculpado el pago de la pensión alimenticia, debiendo realizarse la
liquidación de las pensiones devengadas. el delito se configura con la
negativa de pago del inculpado ante requerimiento judicial de pago.
Con fecha veinticuatro de agosto del dos mil quince, la demandante
doña Florisa Salvador Araucco acudió a ALEGRA-MINJUS, a consultar
sobre la liquidación, presenta el escrito numero “16627-2015” solicitando
se apruebe la liquidación de pensiones devengadas en todo sus extremos
y se requiera bajo apercibimiento. solicita la aprobación de liquidación y
se requiera al demandado el pago de la suma adeuda bajo
apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Público, para que pueda
ser denunciado por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar
El día 13 de Noviembre del 2015, como parte de la atención al público
usuario, se dio asesoramiento a la Sra. Rosario Milagros Balboa, quien
fue abandonada por su pareja hace 03 años, sin importarle la
alimentación de sus menores hijos, Juan, Pedro y Diana, quienes se
encuentran en edad escolar, para lo se le requirió los requisitos
necesarios para hacer efectivo una demanda por alimentos.
13. DECIMA
SEGUNDA
16/11/2015 AL
20/11/2015
El día 18 de Noviembre del 2015, la Sra. Aurea
Beatriz Espinoza Espinoza de Medina, quien
demanda a su hijo por alimentos Wenceslao Teddy
Medina Espinoza con Expediente N° 1514-2015-0-
0501-JP-FC-01 del 1° juzgado de paz letrado, se le
hace conocer su sentencia.
Se le brinda asesoramiento teniendo en cuenta el
Código Civil en los Art. 472, 48, asimismo según el
Código Procesal Civil 424, 425 y 130 fondo y forma y
el código del niño y del adolescente en el artículo
92, a la Sra. Mariela Soras Valdivia con DNI N°
09761828, quien demanda a su conviviente por
alimentos Raúl Ludeña López con DNI N° 41111854
14. DECIMA
TERCERA
23/11/2015
AL
27/11/2015
El día 25 de Noviembre del 2015, se le brinda
orientación teniendo en cuenta el Código Civil en los
Art. 472, 482, asimismo según el Código Procesal Civil
424, 425 y 130 fondo y forma y el código del niño y del
adolescente en el artículo 92, a la Sra. Elisa Miguel
Quintanilla con DNI N° 44415021.
Se recepcionan los requisitos para iniciar con la
demanda de la Sra. Yeny Fernández García con
Expediente N° 1958-2015 del 2° juzgado de San Juan
Bautista.
15. DECIMA
CUARTA
30/11/2015
AL
04/12/2015
El día 02 de Diciembre del 2015, se brindado
orientación teniendo en cuenta el Código Civil en los
Art. 472, 48, asimismo según el Código Procesal Civil
424, 425 y 130 fondo y forma y el código del niño y del
adolescente en el artículo 92, a la Sra. Noelia Ramírez
Villanueva identificada con DNI N° 40099787, a fin de
que pueda iniciar su proceso de demanda en contra de
su conviviente, con quien están separados hace 3 años
y hasta la fecha no cumple con su deber de darle
dinero para la alimentación y educación a sus 3 hijos
16. LOGROS DIFICULTADES PROPUESTA DE MEJORA
El curso de Responsabilidad Social VII a través de la
docente la Lic. Carmen Lizarbe Castro nos da una
visión más amplia acerca del trabajo de Proyección
Social y nos sensibiliza en cuanto a los diferentes
casos que se presentan en el centro de atención a las
usuarias de escasos recursos económicos.
A La oportunidad de haber obtenido la aceptado
muy difícilmente, pero se hizo realidad nuestro
trámite para conseguir el local
Coordinación directa por parte con los directivos
ULADECH .
Apoyo constante de los Abogados que laboran en
ALEGRA, quienes nos están dando las facilidades del
caso y el respectivo asesoramiento, para la atención a
las usuarias
Falta de recursos económicos para la mejor
implementación de muebles y equipos, para el
buen desarrollo de las actividades
Apoyo logístico formal para todos los integrantes
Con las prácticas realizadas se va adquiriendo
experiencia y mayor conocimiento, mejor
interpretación y análisis de la norma jurídica tanto en
un Proceso Penal y Civil.
En los ratos libres, se ha ordenado las oficinas de
los Abogados en forma armoniosa utilizando la
creatividad personal.
Las personas que acuden a Alegra, muestras tener
bajo recursos económicos y tener un poco de miedo
para expresar sus intimidades
Las prácticas me ayudaron a tener una mejor
comunicación e interrelación con las usuarias que
acuden a ALEGRA.
Satisfacción propia de atender a cada una de las
usuarias.
Haber implementado con un equipo de cómputo y
su mueble por mi persona, para la comodidad de
todos practicantes en SSU.
Ejecutar Coordinaciones con el Jefe de Alegra, para
los trabajos con la finalidad de que se distribuya
equitativamente las responsabilidades de atención.