La importancia de los consejos comunales y las cooperativas en la participación ciudadana, es decir como el pueblo interviene o participa en estos temas del día a día.
La importancia de los consejos comunales y las cooperativas en la participación ciudadana, es decir como el pueblo interviene o participa en estos temas del día a día.
Ley Nº351 de Otorgación de personalidades jurídicas a organizaciones sociales, organizaciones o gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un departamento y cuyas actividades sean no financieras. También regula la personalidad jurídica a las iglesias y las agrupaciones religiosas y de creencias espirituales, cuya finalidad no percibe fines de lucro.
Este cuaderno está pensado más como una herramienta de trabajo que como una publicación
al uso, para que aquellas personas interesadas en la creación de una asociación puedan encontrar de una forma rápida y efectiva la documentación necesaria para constituirla.
La creación de una Asociación se realiza mediante el acuerdo expreso de tres o más personas, físicas o jurídicas legalmente constituidas, comprometiéndose a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular y se dotan de unos Estatutos que regirán el funcionamiento de la asociación. Este acuerdo habrá de formalizarse mediante un acta fundacional, y es desde este momento cuando la asociación adquiere su personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar, aunque aún no se hubiere cumplido con la obligación de inscripción en el registro correspondiente.
En todos los Registros de asociaciones se facilitan modelos para la redacción del acta fundacional y los estatutos. Estos modelos facilitarán el trabajo de cara a la constitución de la asociación, pero es conveniente tener en cuenta que como tales, los modelos están pensados para la generalidad y puede ser necesario modificar algunos de sus apartados para que se adapte mejor a las características que se quieran establecer por los promotores siempre y cuando se respete el contenido mínimo fijado por la ley y que comentábamos al explicar el contenido de los estatutos.
Es conveniente antes de la inscripción la comprobación de que no exista ninguna asociación ya inscrita con el mismo nombre. Para ello se puede acceder al fichero de denominaciones disponible en la web del ministerio del interior: Consulta del fichero de denominaciones.
Será muy recomendable hacer 4 copias originales del acta fundacional y de los estatutos mientras se desarrolla el proceso de inscripción. Dos de ellas serán necesarias para entregarlas en el registro, una más se entregará en Hacienda en el caso de solicitar el CIF provisional y la cuarta copia es conveniente que la guarde la asociación hasta la contestación del registro. En el momento que recibamos la contestación de la correcta inscripción, el registro devolverá una copia sellada que será la que deberemos utilizar a partir de ese momento.
En función del ámbito de actuación de la asociación es conveniente consultar la información existente en el registro de asociaciones correspondiente. En los siguientes enlaces podéis encontrar un directorio de los Registros de Asociaciones de las Comunidades Autónomas y del
Los Estatutos son las reglas fundamentales del funcionamiento de una Asociación y, pese a no poseer el carácter de norma jurídica, son vinculantes para los socios, pues se sometieron a ellos de forma voluntaria al ingresar en la Asociación.
Dentro de los Estatutos podríamos distinguir entre los contenidos establecidos por los socios y los contenidos obligatorios. En este sentido, éstos últimos deberán ser, según se establece en el Artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, los siguientes:
La denominación
El domicilio, así como el ámbito territorial en que haya de realizar principalmente sus actividades.
Ley Nº351 de Otorgación de personalidades jurídicas a organizaciones sociales, organizaciones o gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un departamento y cuyas actividades sean no financieras. También regula la personalidad jurídica a las iglesias y las agrupaciones religiosas y de creencias espirituales, cuya finalidad no percibe fines de lucro.
Este cuaderno está pensado más como una herramienta de trabajo que como una publicación
al uso, para que aquellas personas interesadas en la creación de una asociación puedan encontrar de una forma rápida y efectiva la documentación necesaria para constituirla.
La creación de una Asociación se realiza mediante el acuerdo expreso de tres o más personas, físicas o jurídicas legalmente constituidas, comprometiéndose a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular y se dotan de unos Estatutos que regirán el funcionamiento de la asociación. Este acuerdo habrá de formalizarse mediante un acta fundacional, y es desde este momento cuando la asociación adquiere su personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar, aunque aún no se hubiere cumplido con la obligación de inscripción en el registro correspondiente.
En todos los Registros de asociaciones se facilitan modelos para la redacción del acta fundacional y los estatutos. Estos modelos facilitarán el trabajo de cara a la constitución de la asociación, pero es conveniente tener en cuenta que como tales, los modelos están pensados para la generalidad y puede ser necesario modificar algunos de sus apartados para que se adapte mejor a las características que se quieran establecer por los promotores siempre y cuando se respete el contenido mínimo fijado por la ley y que comentábamos al explicar el contenido de los estatutos.
Es conveniente antes de la inscripción la comprobación de que no exista ninguna asociación ya inscrita con el mismo nombre. Para ello se puede acceder al fichero de denominaciones disponible en la web del ministerio del interior: Consulta del fichero de denominaciones.
Será muy recomendable hacer 4 copias originales del acta fundacional y de los estatutos mientras se desarrolla el proceso de inscripción. Dos de ellas serán necesarias para entregarlas en el registro, una más se entregará en Hacienda en el caso de solicitar el CIF provisional y la cuarta copia es conveniente que la guarde la asociación hasta la contestación del registro. En el momento que recibamos la contestación de la correcta inscripción, el registro devolverá una copia sellada que será la que deberemos utilizar a partir de ese momento.
En función del ámbito de actuación de la asociación es conveniente consultar la información existente en el registro de asociaciones correspondiente. En los siguientes enlaces podéis encontrar un directorio de los Registros de Asociaciones de las Comunidades Autónomas y del
Los Estatutos son las reglas fundamentales del funcionamiento de una Asociación y, pese a no poseer el carácter de norma jurídica, son vinculantes para los socios, pues se sometieron a ellos de forma voluntaria al ingresar en la Asociación.
Dentro de los Estatutos podríamos distinguir entre los contenidos establecidos por los socios y los contenidos obligatorios. En este sentido, éstos últimos deberán ser, según se establece en el Artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, los siguientes:
La denominación
El domicilio, así como el ámbito territorial en que haya de realizar principalmente sus actividades.
resumen de ideas correspondientes al XIII curso de Sistemas Internacionales de Protección de los Derechos Humanos: Derecho a la Asociación, con el auspicio de Konrad Adenauer Stiftung, desarrollado en la Universidad Católica Andrés Bello en septiembre del 2013. Responde esta síntesis a simplificar y transformar en un lenguaje sencillo y accesible el tema expuesto con el objeto de democratizar el conocimiento y ampliar el alcance de su distribución.
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
3. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 27 DE DICIEMBRE DE 1978 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978 NORMA FUNDAMENTAL DEL ORDENAMIENTO LEYES ORGÁNICAS LEYES ORDINARIAS DECRETOS LEYES DECRETOS LEGISLATIVOS REGLAMENTOS Y OTRAS NORMAS DE RANGO INFERIOR
4. LIBERTADES Y DERECHOS FUNDAMENTALES DERECHOS FUNDAMENTALES Libertades Individua- les de la Persona Física Libertades de contenido intelectual Libertades colectivas
33. PROGRAMA TENERIFE SOLIDARIO EL CENTRO INSULAR DE ENTIDADES DE VOLUNTARIADO OFICINA DE VOLUNTARIADO ACTUALMENTE 301 ENTIDADES INSCRITAS 1903 VOLUNTARIOS
34.
35. FIN DE LA PRESENTACIÓN GRACIAS POR SU ATENCIÓN SI DESEA CONTACTAR LO PUEDE HACER POR MEDIO DE LA OFICINA DE VOLUNTARIADO DEL CABILDO DE TENERIFE. www.tenerifesolidario.org www.iass.es [email_address]