En 2020, la carga tributaria formal para una familia asalariada argentina se ubicó entre el 49,5% y el 58,7% de sus ingresos totales, dependiendo del nivel de ingresos. Esto significa que un trabajador debería trabajar entre 181 y 214 días para cumplir con sus obligaciones tributarias, ubicando el "Día de la Independencia Tributaria" entre el 28 de junio y el 1 de agosto. El estudio analiza la carga tributaria sobre cuatro modelos familiares con diferentes ingresos, ahorros y bienes
Los gastos tributarios se refieren a lo que el Estado deja de recaudar por la reducción o exoneración de impuestos para promover objetivos de política pública como el consumo de bienes meritorios, inversión en sectores estratégicos, o beneficiar a determinados sectores, contribuyentes o zonas geográficas. En 2018, los gastos tributarios ascendieron a USD 5.756 millones, lo que representa el 5,3% del Producto Interno Bruto (PIB) y un 40,9% de la recaudación de impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Seminario 1 las pruebas saber pro y saber t yDIMELSA APONTE
El proyecto de Ley de Financiamiento propone modificaciones al IVA, impuesto de renta y otros, para recaudar $14 billones adicionales en 2019. Incluye la unificación de tarifas de IVA en 18% y reducción del impuesto de renta de empresas del 33% al 30%. El proyecto busca equilibrar el presupuesto nacional, aunque podría afectar la inflación y estabilidad fiscal.
El incremento en la desigualdad económica, sumado a los fuertes déficits fiscales, ha llevado a varios países del mundo y de América Latina y el Caribe (ALC) a considerar introducir o reformar impuestos a la riqueza, ya sea de forma permanente o temporal, con el fin de consolidar sistemas tributarios más progresivos. No obstante, la progresividad del sistema tributario no solo depende de la política impositiva, sino también de los niveles de evasión.
María Alejandra Fariña Mancano declaró el Impuesto Sobre la Renta en 2018 por sus ingresos como secretaria, excluyendo los ingresos por bonos de alimentación y viáticos. Declaró en línea antes del 31 de marzo de 2019, habiendo obtenido ingresos de 1.350 Unidades Tributarias. Pagó el impuesto en el Banco de Venezuela luego de calcular su enriquecimiento neto, aplicando una tarifa del 9% luego de desgravámenes y exoneraciones.
El informe analiza los resultados de la Administración Pública Provincial en el primer semestre de 2019. Los ingresos totales crecieron 44% interanual pero los gastos lo hicieron 60%, generando un déficit operativo del 2% de los ingresos, en contraste con los superávits de años anteriores. Casi la mitad de los recursos provienen de la Nación y la otra mitad son impuestos y otros ingresos provinciales, siendo Ingresos Brutos el principal tributo.
Este documento presenta un estudio comparativo de los sistemas tributarios en países latinoamericanos. Analiza las tasas de impuestos, como el IVA e impuesto a la renta, en países como Argentina, Bolivia, Venezuela, Colombia y Brasil. También examina las tendencias en la recaudación tributaria como porcentaje del PIB en América Latina desde 1990, encontrando que ha aumentado del 15.9% al 23.1% en 2018. Finalmente, resume las estructuras tributarias típicas en la región, que dependen en gran medida de impuestos sobre
Este documento proporciona una guía práctica para la declaración del Impuesto a la Renta en Ecuador para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad. Explica cómo registrar ingresos y gastos, los gastos personales deducibles, y cómo calcular y presentar la declaración del impuesto. Se proporcionan ejemplos para ilustrar el proceso de cálculo del impuesto a pagar. Toda la declaración del impuesto debe realizarse en línea a través del portal web del Servicio de Rentas Internas de Ecuador.
El documento analiza la estructura tributaria chilena y sus implicancias económicas. Señala que la evasión tributaria es alta entre la alta empresa, representando el 5% más rico el 90% de la evasión. También critica leyes como la 18.985 que facilitan la evasión a través de deducciones de costos y el FUT que permite a los empresarios no pagar impuestos reteniendo utilidades en las empresas. Esto, sumado a una tasa impositiva baja del 20% para empresas, genera una gran concentración de riqueza en
Los gastos tributarios se refieren a lo que el Estado deja de recaudar por la reducción o exoneración de impuestos para promover objetivos de política pública como el consumo de bienes meritorios, inversión en sectores estratégicos, o beneficiar a determinados sectores, contribuyentes o zonas geográficas. En 2018, los gastos tributarios ascendieron a USD 5.756 millones, lo que representa el 5,3% del Producto Interno Bruto (PIB) y un 40,9% de la recaudación de impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Seminario 1 las pruebas saber pro y saber t yDIMELSA APONTE
El proyecto de Ley de Financiamiento propone modificaciones al IVA, impuesto de renta y otros, para recaudar $14 billones adicionales en 2019. Incluye la unificación de tarifas de IVA en 18% y reducción del impuesto de renta de empresas del 33% al 30%. El proyecto busca equilibrar el presupuesto nacional, aunque podría afectar la inflación y estabilidad fiscal.
El incremento en la desigualdad económica, sumado a los fuertes déficits fiscales, ha llevado a varios países del mundo y de América Latina y el Caribe (ALC) a considerar introducir o reformar impuestos a la riqueza, ya sea de forma permanente o temporal, con el fin de consolidar sistemas tributarios más progresivos. No obstante, la progresividad del sistema tributario no solo depende de la política impositiva, sino también de los niveles de evasión.
María Alejandra Fariña Mancano declaró el Impuesto Sobre la Renta en 2018 por sus ingresos como secretaria, excluyendo los ingresos por bonos de alimentación y viáticos. Declaró en línea antes del 31 de marzo de 2019, habiendo obtenido ingresos de 1.350 Unidades Tributarias. Pagó el impuesto en el Banco de Venezuela luego de calcular su enriquecimiento neto, aplicando una tarifa del 9% luego de desgravámenes y exoneraciones.
El informe analiza los resultados de la Administración Pública Provincial en el primer semestre de 2019. Los ingresos totales crecieron 44% interanual pero los gastos lo hicieron 60%, generando un déficit operativo del 2% de los ingresos, en contraste con los superávits de años anteriores. Casi la mitad de los recursos provienen de la Nación y la otra mitad son impuestos y otros ingresos provinciales, siendo Ingresos Brutos el principal tributo.
Este documento presenta un estudio comparativo de los sistemas tributarios en países latinoamericanos. Analiza las tasas de impuestos, como el IVA e impuesto a la renta, en países como Argentina, Bolivia, Venezuela, Colombia y Brasil. También examina las tendencias en la recaudación tributaria como porcentaje del PIB en América Latina desde 1990, encontrando que ha aumentado del 15.9% al 23.1% en 2018. Finalmente, resume las estructuras tributarias típicas en la región, que dependen en gran medida de impuestos sobre
Este documento proporciona una guía práctica para la declaración del Impuesto a la Renta en Ecuador para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad. Explica cómo registrar ingresos y gastos, los gastos personales deducibles, y cómo calcular y presentar la declaración del impuesto. Se proporcionan ejemplos para ilustrar el proceso de cálculo del impuesto a pagar. Toda la declaración del impuesto debe realizarse en línea a través del portal web del Servicio de Rentas Internas de Ecuador.
El documento analiza la estructura tributaria chilena y sus implicancias económicas. Señala que la evasión tributaria es alta entre la alta empresa, representando el 5% más rico el 90% de la evasión. También critica leyes como la 18.985 que facilitan la evasión a través de deducciones de costos y el FUT que permite a los empresarios no pagar impuestos reteniendo utilidades en las empresas. Esto, sumado a una tasa impositiva baja del 20% para empresas, genera una gran concentración de riqueza en
Las personas físicas con actividades empresariales y las
personas morales, sin incluir a las del sector público, estarán
obligadas a inscribirse en el Directorio Nacional de Unidades
Económicas que lleve el Instituto y a mantener actualizada
su inscripción, conforme a las disposiciones que al efecto
emita el Instituto
El documento presenta la agenda de una conferencia anual sobre el entorno fiscal para 2019 que se llevará a cabo en la Ciudad de México. La agenda incluye temas como criterios de política económica, compensación universal de saldos a favor, Ley de Ingresos de la Federación 2018, ajustes por precios de transferencia, aspectos del T-MEC y novedades en comercio exterior, modificaciones al Código Fiscal, decretos de estímulos fiscales y aspectos relevantes en materia de seguridad social.
El documento describe el sistema de coparticipación federal de impuestos en Argentina. La ley de coparticipación federal de 1988 establece la distribución primaria de los recursos coparticipables entre el Tesoro Nacional, las provincias y el Ministerio del Interior. Sin embargo, la ley ha sufrido modificaciones que han complicado el sistema y modificado la distribución de recursos. Los impuestos que más han crecido recientemente como los derechos de exportación solo se coparticipan parcialmente, disminuyendo la importancia relativa de los recursos coparticipables para
Este documento resume la investigación sobre los impuestos en el Perú entre 2010-2012. Resume cómo ha variado el impuesto a la propiedad, la cantidad perdida por evasión tributaria, la estructura de los tributos en el Perú, si la presión tributaria es suficiente, medidas para incrementar la presión tributaria, cómo han evolucionado los ingresos tributarios, el aporte de la minería, y la tasa de impuesto a la renta que pagan las empresas.
Este documento resume la situación económica de México, destacando que aunque el crecimiento se ha desacelerado debido al contexto global, se espera que sea superior al promedio de la OCDE en 2011-2012. México mantiene sólidos fundamentos macroeconómicos como bajo endeudamiento público y reservas, lo que debería ayudar a evitar una fuerte caída. No obstante, se requieren reformas fiscales y de gasto para impulsar el crecimiento inclusivo a largo plazo y reducir la dependencia de los ing
Este documento presenta una introducción al sistema de coparticipación federal de impuestos en Argentina. Explica que desde 1853 el país adoptó un sistema federal de gobierno con tres niveles: nacional, provincial y municipal. La coparticipación federal es el sistema mediante el cual ciertos impuestos recaudados por la nación se distribuyen entre esta y las provincias. El documento también resume brevemente la evolución histórica de este sistema desde 1862 hasta 1972, destacando las primeras leyes al respecto sancionadas en 1934-1935.
El documento describe las mejoras realizadas al Visor de Nómina en 2021, incluyendo la adición de campos para ajustes al subsidio para el empleo, mensajes más explícitos por errores de timbrado, campos para viáticos, e información sobre ISR retenido y enterado. También resume las principales pantallas del visor para patrones y trabajadores que muestran detalles de CFDI, errores de timbrado y subsidios no timbrado.
Genera Información Fiscal de las Personas MoralesAlejandra Correa
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las personas morales deben realizar pagos provisionales mensuales del impuesto anual basados en su coeficiente de utilidad. También deben presentar una declaración anual dentro de los primeros tres meses del año siguiente al ejercicio fiscal para determinar su situación fiscal definitiva. El documento explica los diferentes tipos de ingresos considerados para calcular los pagos provisionales y la declaración anual.
Informe del Día de la Liberación Fiscal 2015. By Cristina Berechet. Think Tan...José Manuel Arroyo Quero
Informe del Día de la Liberación Fiscal 2015.
By Cristina Berechet, Jefe de Investigación del Think Tank Civismo POR LA LIBERTAD Y LA SOCIEDAD CIVIL. Durante los seis últimos años ha realizado investigaciones sobre el Día de la Liberación Fiscal en España y sus Comunidades Autónomas. En este marco, ha creado como herramienta una calculadora personal de la presión impositiva (www.civismo.org/calculadora). Además, es autora de varios informes sobre competitividad y políticas fiscales y económicas.
Colabora habitualmente en el suplemento Mercados de El Mundo y participa en programas de información económica en radio y televisión.
El presente Informe está editado por Think Tank Civismo
Paseo de la Castellana 114, esc.1, 5º 1 28046 Madrid
Email: info@civismo.org
Editor: Julio Pomés
Consejo Asesor: Francisco Cabrillo,
Juan Félix Huarte y Pedro Schwartz.
Este documento contiene preguntas frecuentes sobre la declaración anual para personas morales del ejercicio 2020. Explica qué contribuyentes deben presentar esta declaración, los ejercicios que se pueden declarar, cómo declarar por un período irregular, y cómo navegar correctamente dentro de la declaración. También responde preguntas sobre cómo reflejar pagos provisionales, corregir información precargada, tratar diferentes tipos de ingresos como anticipos de clientes, y cómo incluir deducciones en la declaración como la nómina y costo de ventas.
Este documento resume los principales cambios introducidos por la reforma tributaria de 2018 en Colombia, incluyendo: 1) La reducción gradual de la tarifa de impuesto de renta para sociedades hasta el 30% para 2022; 2) La creación de nuevas tarifas marginales de impuesto de renta para personas naturales del 37% y 39%; 3) La ampliación de la base gravable del IVA a tratamientos de belleza, cirugías estéticas y expendio de comidas y bebidas en franquicia.
Este documento analiza la relación entre la cultura tributaria y la recaudación del impuesto a la renta desde la percepción de los contribuyentes del mercado minorista de Pucallpa, Perú. Se aplicó un cuestionario a contribuyentes para medir las dimensiones cognitiva, afectiva y conductual de la cultura tributaria. Los resultados mostraron una correlación media y positiva entre la cultura tributaria y la recaudación, indicando que mayores niveles de cultura tributaria se asocian con mayores niveles de recaudación. La correlación fue estadí
El resumen del documento es el siguiente:
1) La recaudación tributaria nacional creció 23.4% interanual en términos nominales pero cayó 12.4% en términos reales debido a una inflación del 40.8%. 2) Las transferencias automáticas a provincias aumentaron 32.5% interanual pero cayeron 5.6% en términos reales. 3) El Fondo Federal Solidario de la Soja disminuyó 15.9% interanual acumulando dos meses consecutivos de caídas.
Este documento resume la evolución y estructura del sistema tributario en Perú. A pesar de haber aumentado en los últimos años, la recaudación tributaria en Perú sigue siendo más baja que el promedio de América Latina. La minería contribuye con alrededor del 15% de los ingresos fiscales. Para incrementar la recaudación, se recomienda combatir la evasión, aplicar tasas progresivas y gravar las ganancias extraordinarias. La evasión equivale a casi el 7% del PBI anualmente.
Lectura uno de legislacion tributaria 2021 (2)Raúl Pizarro
El documento describe el impacto de la pandemia en las finanzas públicas peruanas. Antes de la pandemia, el Perú tenía bajos déficits fiscales y deuda pública. Sin embargo, la pandemia redujo los ingresos fiscales e incrementó los gastos, lo que llevó las proyecciones de déficit fiscal al 10.7% del PBI en 2020 y 6.2% en 2021. Esto, sumado al uso de ahorros fiscales, elevaría la deuda pública por encima del 30% del PBI establecido como límite. El documento plan
El documento presenta información sobre impuestos especiales en México, incluyendo la Ley de Ingresos de la Federación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. También incluye tablas sobre el presupuesto de egresos de la federación para 2016 y la Ley de Ingresos de la Federación para el mismo año.
Este documento resume la evolución de los impuestos en Perú desde 1980 hasta la actualidad. Explica que la presión tributaria como porcentaje del PBI ha ido aumentando gradualmente a lo largo de los años, alcanzando un 15.5% del PBI en 2011. Describe las dos medidas principales implementadas por el gobierno para mejorar la recaudación tributaria: el aumento de impuestos de la industria minera debido a los altos precios de los minerales, y los esfuerzos de la SUNAT para prevenir la evasión del IGV. Final
La Tercera Reforma Tributaria del Actual Gobierno - Boletín Económico Julio 2009CámaraCIP
El documento analiza una nueva reforma tributaria propuesta por el gobierno ecuatoriano, la tercera en dos años y medio de gobierno. La reforma incrementaría impuestos como el Impuesto a la Salida de Divisas y gravaría los dividendos de las empresas. También establecería un impuesto mínimo para las empresas y cambiaría el cálculo del Impuesto a los Consumos Especiales. El objetivo declarado es mejorar la recaudación tributaria para financiar el creciente gasto público, pero los cambios podrían afectar negativamente a
Este documento resume los principales cambios a la legislación fiscal mexicana propuestos en la reforma fiscal de 2020. Entre los cambios se encuentran un aumento en la tasa de interés para ahorradores, la obligación de que las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras tributen como personas físicas, y nuevos requisitos para vendedores independientes y plataformas digitales. También se proponen modificaciones al IVA, pagos provisionales y definitivos, y mayores sanciones por delitos fiscales como defraudación y lavado de dinero
El documento presenta estadísticas de las finanzas públicas de América Latina para el período 1990-2001. Incluye 29 cuadros con datos sobre ingresos tributarios, resultados financieros, ingresos y gastos del gobierno central, gobierno general y sector público no financiero, así como sobre la deuda pública de 19 países de la región. La información fue recopilada de fuentes oficiales siguiendo las clasificaciones del Manual de Estadísticas de Finanzas Gubernamentales del FMI.
Carga tributaria representa entre un 47% y un 62% del ingreso total de una fa...Eduardo Nelson German
Este documento analiza la carga tributaria formal sobre las familias asalariadas en Argentina en 2015. Se estima que la carga tributaria representa entre un 47% y un 62% del ingreso total de una familia, dependiendo del nivel de ingresos. Esto incluye impuestos directos e indirectos a nivel nacional, provincial y municipal, así como contribuciones patronales. El documento también calcula el "Día de la independencia tributaria", que representa la cantidad de días que debe trabajar una familia solo para pagar impuestos y se ubica entre el 21 de junio y el
El documento resume los planes de gobierno y políticas macroeconómicas de Colombia. Explica que los planes de gobierno buscan aumentar los ingresos fiscales a través de reformas tributarias, promover la formalización de pequeñas empresas, y avanzar hacia una tributación más progresiva. También detalla algunas de las metas de los planes de gobierno, como reducir la pobreza, fomentar un crecimiento económico sostenible e inclusivo, y mejorar el sistema tributario para que sea más equitativo y progresivo. Finalmente
Las personas físicas con actividades empresariales y las
personas morales, sin incluir a las del sector público, estarán
obligadas a inscribirse en el Directorio Nacional de Unidades
Económicas que lleve el Instituto y a mantener actualizada
su inscripción, conforme a las disposiciones que al efecto
emita el Instituto
El documento presenta la agenda de una conferencia anual sobre el entorno fiscal para 2019 que se llevará a cabo en la Ciudad de México. La agenda incluye temas como criterios de política económica, compensación universal de saldos a favor, Ley de Ingresos de la Federación 2018, ajustes por precios de transferencia, aspectos del T-MEC y novedades en comercio exterior, modificaciones al Código Fiscal, decretos de estímulos fiscales y aspectos relevantes en materia de seguridad social.
El documento describe el sistema de coparticipación federal de impuestos en Argentina. La ley de coparticipación federal de 1988 establece la distribución primaria de los recursos coparticipables entre el Tesoro Nacional, las provincias y el Ministerio del Interior. Sin embargo, la ley ha sufrido modificaciones que han complicado el sistema y modificado la distribución de recursos. Los impuestos que más han crecido recientemente como los derechos de exportación solo se coparticipan parcialmente, disminuyendo la importancia relativa de los recursos coparticipables para
Este documento resume la investigación sobre los impuestos en el Perú entre 2010-2012. Resume cómo ha variado el impuesto a la propiedad, la cantidad perdida por evasión tributaria, la estructura de los tributos en el Perú, si la presión tributaria es suficiente, medidas para incrementar la presión tributaria, cómo han evolucionado los ingresos tributarios, el aporte de la minería, y la tasa de impuesto a la renta que pagan las empresas.
Este documento resume la situación económica de México, destacando que aunque el crecimiento se ha desacelerado debido al contexto global, se espera que sea superior al promedio de la OCDE en 2011-2012. México mantiene sólidos fundamentos macroeconómicos como bajo endeudamiento público y reservas, lo que debería ayudar a evitar una fuerte caída. No obstante, se requieren reformas fiscales y de gasto para impulsar el crecimiento inclusivo a largo plazo y reducir la dependencia de los ing
Este documento presenta una introducción al sistema de coparticipación federal de impuestos en Argentina. Explica que desde 1853 el país adoptó un sistema federal de gobierno con tres niveles: nacional, provincial y municipal. La coparticipación federal es el sistema mediante el cual ciertos impuestos recaudados por la nación se distribuyen entre esta y las provincias. El documento también resume brevemente la evolución histórica de este sistema desde 1862 hasta 1972, destacando las primeras leyes al respecto sancionadas en 1934-1935.
El documento describe las mejoras realizadas al Visor de Nómina en 2021, incluyendo la adición de campos para ajustes al subsidio para el empleo, mensajes más explícitos por errores de timbrado, campos para viáticos, e información sobre ISR retenido y enterado. También resume las principales pantallas del visor para patrones y trabajadores que muestran detalles de CFDI, errores de timbrado y subsidios no timbrado.
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De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las personas morales deben realizar pagos provisionales mensuales del impuesto anual basados en su coeficiente de utilidad. También deben presentar una declaración anual dentro de los primeros tres meses del año siguiente al ejercicio fiscal para determinar su situación fiscal definitiva. El documento explica los diferentes tipos de ingresos considerados para calcular los pagos provisionales y la declaración anual.
Informe del Día de la Liberación Fiscal 2015. By Cristina Berechet. Think Tan...José Manuel Arroyo Quero
Informe del Día de la Liberación Fiscal 2015.
By Cristina Berechet, Jefe de Investigación del Think Tank Civismo POR LA LIBERTAD Y LA SOCIEDAD CIVIL. Durante los seis últimos años ha realizado investigaciones sobre el Día de la Liberación Fiscal en España y sus Comunidades Autónomas. En este marco, ha creado como herramienta una calculadora personal de la presión impositiva (www.civismo.org/calculadora). Además, es autora de varios informes sobre competitividad y políticas fiscales y económicas.
Colabora habitualmente en el suplemento Mercados de El Mundo y participa en programas de información económica en radio y televisión.
El presente Informe está editado por Think Tank Civismo
Paseo de la Castellana 114, esc.1, 5º 1 28046 Madrid
Email: info@civismo.org
Editor: Julio Pomés
Consejo Asesor: Francisco Cabrillo,
Juan Félix Huarte y Pedro Schwartz.
Este documento contiene preguntas frecuentes sobre la declaración anual para personas morales del ejercicio 2020. Explica qué contribuyentes deben presentar esta declaración, los ejercicios que se pueden declarar, cómo declarar por un período irregular, y cómo navegar correctamente dentro de la declaración. También responde preguntas sobre cómo reflejar pagos provisionales, corregir información precargada, tratar diferentes tipos de ingresos como anticipos de clientes, y cómo incluir deducciones en la declaración como la nómina y costo de ventas.
Este documento resume los principales cambios introducidos por la reforma tributaria de 2018 en Colombia, incluyendo: 1) La reducción gradual de la tarifa de impuesto de renta para sociedades hasta el 30% para 2022; 2) La creación de nuevas tarifas marginales de impuesto de renta para personas naturales del 37% y 39%; 3) La ampliación de la base gravable del IVA a tratamientos de belleza, cirugías estéticas y expendio de comidas y bebidas en franquicia.
Este documento analiza la relación entre la cultura tributaria y la recaudación del impuesto a la renta desde la percepción de los contribuyentes del mercado minorista de Pucallpa, Perú. Se aplicó un cuestionario a contribuyentes para medir las dimensiones cognitiva, afectiva y conductual de la cultura tributaria. Los resultados mostraron una correlación media y positiva entre la cultura tributaria y la recaudación, indicando que mayores niveles de cultura tributaria se asocian con mayores niveles de recaudación. La correlación fue estadí
El resumen del documento es el siguiente:
1) La recaudación tributaria nacional creció 23.4% interanual en términos nominales pero cayó 12.4% en términos reales debido a una inflación del 40.8%. 2) Las transferencias automáticas a provincias aumentaron 32.5% interanual pero cayeron 5.6% en términos reales. 3) El Fondo Federal Solidario de la Soja disminuyó 15.9% interanual acumulando dos meses consecutivos de caídas.
Este documento resume la evolución y estructura del sistema tributario en Perú. A pesar de haber aumentado en los últimos años, la recaudación tributaria en Perú sigue siendo más baja que el promedio de América Latina. La minería contribuye con alrededor del 15% de los ingresos fiscales. Para incrementar la recaudación, se recomienda combatir la evasión, aplicar tasas progresivas y gravar las ganancias extraordinarias. La evasión equivale a casi el 7% del PBI anualmente.
Lectura uno de legislacion tributaria 2021 (2)Raúl Pizarro
El documento describe el impacto de la pandemia en las finanzas públicas peruanas. Antes de la pandemia, el Perú tenía bajos déficits fiscales y deuda pública. Sin embargo, la pandemia redujo los ingresos fiscales e incrementó los gastos, lo que llevó las proyecciones de déficit fiscal al 10.7% del PBI en 2020 y 6.2% en 2021. Esto, sumado al uso de ahorros fiscales, elevaría la deuda pública por encima del 30% del PBI establecido como límite. El documento plan
El documento presenta información sobre impuestos especiales en México, incluyendo la Ley de Ingresos de la Federación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. También incluye tablas sobre el presupuesto de egresos de la federación para 2016 y la Ley de Ingresos de la Federación para el mismo año.
Este documento resume la evolución de los impuestos en Perú desde 1980 hasta la actualidad. Explica que la presión tributaria como porcentaje del PBI ha ido aumentando gradualmente a lo largo de los años, alcanzando un 15.5% del PBI en 2011. Describe las dos medidas principales implementadas por el gobierno para mejorar la recaudación tributaria: el aumento de impuestos de la industria minera debido a los altos precios de los minerales, y los esfuerzos de la SUNAT para prevenir la evasión del IGV. Final
La Tercera Reforma Tributaria del Actual Gobierno - Boletín Económico Julio 2009CámaraCIP
El documento analiza una nueva reforma tributaria propuesta por el gobierno ecuatoriano, la tercera en dos años y medio de gobierno. La reforma incrementaría impuestos como el Impuesto a la Salida de Divisas y gravaría los dividendos de las empresas. También establecería un impuesto mínimo para las empresas y cambiaría el cálculo del Impuesto a los Consumos Especiales. El objetivo declarado es mejorar la recaudación tributaria para financiar el creciente gasto público, pero los cambios podrían afectar negativamente a
Este documento resume los principales cambios a la legislación fiscal mexicana propuestos en la reforma fiscal de 2020. Entre los cambios se encuentran un aumento en la tasa de interés para ahorradores, la obligación de que las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras tributen como personas físicas, y nuevos requisitos para vendedores independientes y plataformas digitales. También se proponen modificaciones al IVA, pagos provisionales y definitivos, y mayores sanciones por delitos fiscales como defraudación y lavado de dinero
El documento presenta estadísticas de las finanzas públicas de América Latina para el período 1990-2001. Incluye 29 cuadros con datos sobre ingresos tributarios, resultados financieros, ingresos y gastos del gobierno central, gobierno general y sector público no financiero, así como sobre la deuda pública de 19 países de la región. La información fue recopilada de fuentes oficiales siguiendo las clasificaciones del Manual de Estadísticas de Finanzas Gubernamentales del FMI.
Carga tributaria representa entre un 47% y un 62% del ingreso total de una fa...Eduardo Nelson German
Este documento analiza la carga tributaria formal sobre las familias asalariadas en Argentina en 2015. Se estima que la carga tributaria representa entre un 47% y un 62% del ingreso total de una familia, dependiendo del nivel de ingresos. Esto incluye impuestos directos e indirectos a nivel nacional, provincial y municipal, así como contribuciones patronales. El documento también calcula el "Día de la independencia tributaria", que representa la cantidad de días que debe trabajar una familia solo para pagar impuestos y se ubica entre el 21 de junio y el
El documento resume los planes de gobierno y políticas macroeconómicas de Colombia. Explica que los planes de gobierno buscan aumentar los ingresos fiscales a través de reformas tributarias, promover la formalización de pequeñas empresas, y avanzar hacia una tributación más progresiva. También detalla algunas de las metas de los planes de gobierno, como reducir la pobreza, fomentar un crecimiento económico sostenible e inclusivo, y mejorar el sistema tributario para que sea más equitativo y progresivo. Finalmente
El documento critica las pretensiones del gobierno español de subir los impuestos a niveles "utópicos" sin tener en cuenta factores como la renta per cápita más baja en España que en otros países de la UE. Aunque la presión fiscal española está por debajo del promedio, el esfuerzo fiscal de los contribuyentes españoles es mayor debido a los menores ingresos. El documento argumenta que elevar los impuestos de forma desmedida podría dañar la economía española sin que el estado ofrezca una mejora en
FARO Analiza: Proceso de diseño, discusión y aprobación de los gastos tributa...FARO
El documento describe el proceso de diseño, discusión y aprobación de los gastos tributarios en Ecuador. Explica que los gastos tributarios son ingresos que el Estado deja de recibir para promover objetivos de política pública. En 2019, los gastos tributarios en Ecuador sumaron USD 5.581 millones, mayor al gasto en educación y salud. El proceso de aprobación de gastos tributarios requiere que se presente un proyecto de ley por iniciativa del Ejecutivo a la Asamblea Nacional para su discusión y votación. Sin embargo, aún quedan aspect
T4. El crecimiento a largo plazo. (Capítulo 8)
A. Crecimiento del PIB per capita real. Fuentes del crecimiento a largo plazo.
B. La función de producción agregada. Éxitos y fracasos del crecimiento.
Según el presupuesto nacional, el déficit gemelo para 2018 será 2,4 puntos ma...Economis
El documento resume el proyecto de presupuesto para 2018 presentado por el gobierno. Se prevé un déficit gemelo (fiscal y de cuenta corriente) 2,4 puntos porcentuales mayor que en 2015. Se proyecta un fuerte énfasis en la inversión con un crecimiento del 12%, impulsado por asociaciones público-privadas. Sin embargo, el modelo muestra riesgos de insustentabilidad debido al mantenimiento de los déficits gemelos y al fuerte aumento de la deuda pública.
El documento describe el contexto económico actual de México y propone alternativas para el paquete económico de 2010. Propone derogar ciertos regímenes fiscales para empresas que permiten elusión de impuestos y usar fondos de estabilización para gasto social y productivo. Esto generaría 550 mil millones de pesos sin aumentar impuestos. También propone reducir el gasto corriente superfluo en sueldos y prestaciones de altos funcionarios y el gasto de operación en un 20%.
El resumen ejecutivo de la SUNAT muestra que en octubre los ingresos del gobierno central consolidado crecieron 7.6% con respecto al año anterior. En términos acumulados entre enero y octubre, los ingresos tributarios crecieron 6.5%. El IGV total creció 11.5% mientras que el ISC total cayó 0.9%. La recaudación del IGV por operaciones internas creció 7.9% en octubre. La recaudación del impuesto a la renta creció 0.7% en octub
1) Las personas físicas con ingresos anuales mayores a 750,000 pesos pagan ahora tasas más altas de ISR, entre el 32% y 35%. 2) Se introdujeron nuevos impuestos como el IVA del 16% a nivel nacional y gravámenes a alimentos, bebidas y combustibles. 3) De acuerdo a Ernst & Young, las tasas efectivas de ISR en México son ahora las más altas en el mundo para los niveles de ingreso gravados.
Este documento resume el proceso de financiamiento público en Costa Rica. Explica conceptos clave como presupuesto nacional, gasto público, impuestos y leyes relacionadas. El presupuesto nacional es elaborado por la Dirección General de Presupuesto Nacional y permite planificar los recursos destinados a áreas como educación y salud. El gasto público financia servicios estatales y transferencias para satisfacer necesidades básicas. Leyes como la Ley General de Aduanas y la Ley 8131 regulan la recaudación de impuestos. El Banco Central de Costa Rica
La economía española se está recuperando lentamente de la crisis financiera y no alcanzará los niveles de producción previos a la crisis hasta 2017. La tasa de desempleo seguirá siendo superior al 15% en 2019 a pesar de las reformas laborales. El documento también describe los principales indicadores económicos que miden el crecimiento, el mercado laboral, los precios, las finanzas públicas y las cuentas externas de un país.
El documento describe el rol del estado en la economía peruana. Explica que el estado provee bienes públicos como defensa, educación y salud, pero ha reducido su participación en empresas. También interviene para regular monopolios y redistribuir ingresos de manera más equitativa. El estado financia sus gastos a través del presupuesto nacional, pero a menudo incurre en déficits que cubre mediante emisión monetaria o endeudamiento externo. Sin embargo, el uso inadecuado de los préstamos llevó a una deuda externa insostenible
El resumen ejecutivo de la SUNAT muestra que en octubre los ingresos del gobierno central consolidado crecieron un 7,6% impulsados por mayores devoluciones del IGV. En términos acumulados entre enero y octubre, los ingresos tributarios crecieron un 6,5%. El IGV creció 11,5% mientras que el ISC cayó 0,9%. La recaudación de tributos internos entre enero y octubre ascendió a S/. 60,150 millones, un 7,6% mayor que en similar periodo del
Diagnóstico: Finanzas fiscales y políticas tributarias en EcuadorFARO
El pago de impuestos constituye uno de los principales mecanismos para mantener y fortalecer la política fiscal de cualquier Gobierno. Los ingresos tributarios permiten financiar los gastos propios de la administración del Estado y la provisión de bienes y servicios de carácter público1.
En Ecuador, los ingresos tributarios constituyen más del 40% de los ingresos totales del Presupuesto General del Estado. La Constitución2, en su art. 300, establece que el régimen tributario priorizará los impuestos
directos y progresivos. Sin embargo, en la estructura del sistema tributario ecuatoriano siempre han prevalecido los impuestos indirectos y regresivos: el impuesto al valor agregado (IVA) representa más del 40% de los ingresos tributarios y el impuesto a la renta (IR), el 30%.
Producto interno bruto, Producto nacional bruto, Ingreso nacional, Ingreso per Cápita, Factores que determinan la distribución del ingreso, Consumo-Ahorro-Inversión, Sectores Económicos, Indice de precios e Indicadores económicos.
El documento proporciona información sobre conceptos financieros y económicos como el PIB, la inflación, el ingreso y la distribución del ingreso. Incluye estadísticas sobre la economía de Jalisco y México, y explica que la economía mexicana está basada en el mercado libre y orientada a las exportaciones.
El documento describe el contexto económico actual de México, caracterizado por una fuerte recesión y problemas de ingresos y gastos públicos. Critica la estrategia fiscal propuesta por la SHCP para 2010, argumentando que aumentar impuestos o reducir gasto social dañaría más a la población. En su lugar, el Partido del Trabajo propone derogar exenciones fiscales que reducirían ingresos en 550,000 millones de pesos, los cuales se usarían para programas de inversión y asistencia social.
El documento describe el contexto económico actual de México, caracterizado por una fuerte recesión. También analiza los problemas en materia de ingresos y gasto público del gobierno federal. El Partido del Trabajo propone derogar ciertos regímenes fiscales que reducen los ingresos, y utilizar fondos de estabilización para implementar programas sociales y productivos, generando así 550 mil millones de pesos adicionales sin aumentar impuestos ni precios.
Similar a Una familia argentina trabaja entre 181 y 214 días del año para pagar impuestos (20)
El Consejo de Abogados interpuso acción de amparo en contra de la designación de la Dra. Córdoba como jueza de instrucción penal, requiriendo se declare la nulidad de dicha designación
CAMARA OLIVICOLA RIOJANA ( COR) Y OTRO c/ SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION ...Eduardo Nelson German
Expediente Número: FCB - 4833/2024 Autos:
CAMARA OLIVICOLA RIOJANA ( COR) Y OTRO c/
SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION Y OTRO
s/AMPARO LEY 16.986 Tribunal: JUZGADO
FEDERAL DE LA RIOJA / SECRETARIA CIVIL Y
COMERCIAL
Por la designación de la jueza transitoria del Juzgado de Instrucción nº 1 de...Eduardo Nelson German
Informe presentado por la Dra. Esther Broilo, representante de la abogacía en el Consejo de la Magistratura Provincial, en el que fundamenta su voto negativo en la reunión de fecha 10/05/2024.
Parque Eólico Arauco: Reporte sobre el Estado de Aplicación de FondosEduardo Nelson German
Desde el año 2009 el Gobierno de La Rioja tomo la iniciativa de ser parte de la
transformación energética de la Argentina. Con la creación del Parque Eólico Arauco
la provincia tuvo como objetivo construir los primeros parques de gran envergadura
en el país. Con la concreción del Parque Arauco Solar, PEA será el primer Parque
hibrido de Latinoamérica.
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Eduardo Nelson German
En el marco de las tareas que tiene encomendada esta Unidad Fiscal, durante el año 2016, a raíz de
un intercambio de información con el INSSJP, se impulsaron distintas investigaciones preliminares
con el objeto de investigar una presunta defraudación contra la administración pública en perjuicio
del INSSJP. Dicha maniobra defraudatoria se habría efectuado a través de las distintas modalidades,
ocasionando un perjuicio económico millonario a las arcas del Instituto.
Narendra Modi obtuvo un tercer mandato, aunque su partido, Bharatiya Janata Party (BJP), perdió la mayoría absoluta que tenía en Cámara Baja del Parlamente, Lok Sabha. De los 543curules solo consiguió 240 (perdió 63 comparado con los asientos que obtuvo en las últimas elecciones del 2019) y gobernara en alianza con dos partidos para una coalición con 292 votos curules. Modi era visto como invencible pues su partido gano dos veces antes, el 2014 y 2019, con mayoría absoluta, y quería en estas elecciones tener unos 400 asientos para su partido. Y muchas encuestadoras aseguraban que iba a tener mayoría por lo menos.
No ha sido así, no es invencible. Sigue siendo el líder más popular, el otro partido con más votos, el Partido del Congreso, de la familia Gandhi, con Rahul Gandhi solo consiguió 99 votos (aunque esto es un gran avance respecto a la última elección que solo consiguió 52 votos).
Modi gobernara por tercera vez, algo que antes solo lo hizo Jawaharlal Nehru.
Narendra Modi es uno de los lideres más populares en la historia de la India (y en el mundo en la actualidad), que consolido su poder desde que fue gobernador de Guyarat donde fue jefe de ese estado del 2001 al 2014. Es miembro también del Rastriya Swayamsevak Sangh, abreviada RSS (en español Asociación de Voluntarios Nacionales o Asociación Patriótica Nacional), una organización paramilitar india de externa derecha y nacionalista hindú, conformada por voluntarios.
Alerta en el Gobierno de Javier Milei por la última encuestaEconomis
La semana del muestreo fue una de las más críticas para el Gobierno, después de un cierre de mayo tormentoso por la incertidumbre económica y la crisis política representada en el escándalo del Ministerio de Capital Humano.
Una familia argentina trabaja entre 181 y 214 días del año para pagar impuestos
1. 1
Día de la Independencia Tributaria en 2020
Para una familia asalariada argentina comienza el 28 de junio
La carga tributaria formal integral de los tres niveles de gobierno sobre una familia
asalariada se ubica entre el 49,5% y el 58,7% de su ingreso total en 2020
28 de junio de 2020
INSTITUTO ARGENTINO DE ANÁLISIS FISCAL
www.iaraf.org - @iarafArg- e-mail: contacto@iaraf.org
ISSN 2250-7329
2. 2
Contenidos
Claves................................................................................................................3
I. Introducción...................................................................................................5
II. Metodología y aspectos conceptuales .........................................................6
II. 1 Modelos de ingresos considerados ...........................................................6
II. 2 Esquema de análisis y tributos considerados............................................8
II. 3 ¿Por qué los aportes y contribuciones a la seguridad social se consideran
“impuestos”?..................................................................................................12
III. Carga tributaria formal sobre el ingreso de las familias asalariadas en
2020................................................................................................................13
III. 1 Cambios en la carga tributaria respecto a 2019.....................................15
IV. “Día de la independencia tributaria” en 2020 ..........................................17
3. 3
Claves
• Desde hace una década, todos los años IARAF lleva adelante el cálculo de la carga tributaria
formal a la que se enfrentan familias asalariadas, quienes se ven incididas por tributos
tanto al momento de generar sus ingresos, como al de consumir bienes y servicios, o por la
posesión de un determinado ahorro o patrimonio. El indicador se asienta en la comparación
de la evolución de la carga sobre distintos “casos testigo” que mantienen un poder
adquisitivo constante a lo largo de la década.
• La carga tributaria formal integral de los tres niveles de gobierno sobre una familia
asalariada durante el 2020 se ubica entre el 49,5% y el 58,7% del ingreso total.
• Respecto a los receptores de los ingresos tributarios luego de que los tributos se
coparticipan, en el caso de menores ingresos, un 64% va a Seguridad Social, que se suma al
10% que queda en las arcas nacionales por el resto de tributos. El resto se divide un 16% a
provincias y un 10% termina constituyendo ingresos de los municipios. En los niveles más
altos de ingresos se reduce la relevancia de las cargas sociales y aumenta la del resto de
tributos. En el Caso 4, un 48% de la carga corresponde a Seguridad Social, mientras que el
resto se reparte entre lo que va a las arcas del nivel nacional (18%), provincias (23%) y
municipios (11%).
Carga tributaria formal argentina. Año 2020
Carga tributaria. Por nivel de gobierno receptor de los
ingresos. En % del Ingreso Total
Carga tributaria. Por nivel de gobierno receptor de los
ingresos. Estructura
Ingreso Neto Ingreso Bruto
Casa: no posee (alquila un
departamento de 2 dormitorios)
no tiene
Auto: no posee
Casa: vivienda en un barrio alejado
del centro
10% del ingreso neto disponible
Auto: chico, usado una parte la destina a comprar USD 100
Casa: en un barrio de mayor poder
adquisitivo
13% del ingreso neto disponible
Auto: mediano relativamente nuevo una parte la destina a comprar USD 150
Casa: en barrio privado 17% del ingreso neto disponible
Auto: uno mediano y uno chico,
relativamente nuevos
una parte la destina a comprar USD 200
Pareja con dos
hijos. Un solo
miembro de la
familia se
desempeña
como
trabajador
asalariado en
el sector
formal de la
economía
Composición
familiar
Caso 1
Caso 3
Caso 2
Caso 4 $ 243.773 $ 273.343
En $ mensuales (incluye SAC proporcional)
$ 160.640 $ 190.211
$ 108.075 $ 130.211
Patrimonio Ahorro mensual
$ 49.876 $ 60.091
31,9% 32,5% 32,1% 28,2%
4,8% 6,8% 8,8%
10,7%
7,8%
8,5%
10,9% 13,4%4,9%
4,3%
5,4% 6,4%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
caso 1 caso2 caso3 caso4
Municipios
Provincias
Nación
Seg. Social 64% 62%
56%
48%
10% 13%
15%
18%
16% 16% 19%
23%
10% 8% 9% 11%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
caso 1 caso2 caso3 caso4
Municipios
Provincias
Nación
Seg. Social
4. 4
• En comparación con el indicador calculado para 2019, se aprecia un aumento de los tributos
laborales para los cuatro casos, siendo de mayor incidencia en los Casos 1 y 2. En los Casos 2
al 4, el aumento en el indicador estaría influido por la suba de la carga de Ganancias,
reforzada por la incorporación del impuesto PAIS.
Carga tributaria formal sobre el ingreso familiar. Por tributo. Años 2019-2020. En % s/ingreso
• El “Día de la independencia tributaria” es una manera gráfica de traducir los porcentajes de
carga tributaria formal a los días que tiene un año calendario. Según los resultados
obtenidos, un trabajador asalariado formal en Argentina debería trabajar en 2020 entre 181
y 214 días para cumplir con las obligaciones tributarias de los tres niveles de gobierno,
dependiendo de sus ingresos. En consecuencia, el “Día de la independencia tributaria” se
ubica en Argentina entre el 28 de junio (Caso 1) y el 1 de agosto (Caso 4).
Impuestosal trabajo; 31,32%
Impuestosal trabajo; 31,91%
Impuestosal trabajo; 32,27%
Impuestosal trabajo; 32,54%
Impuestosal trabajo; 31,53%
Impuestosal trabajo; 32,05%
Impuestosal trabajo; 27,81%
Impuestosal trabajo; 28,20%
*Ganancias
3,59%
Ganancias
Pers.; 4,13%
*Ganancias ; 10,38%
Ganancias Pers.;10,65%
*Ganancias ; 16,91%
Ganancias Pers.;16,70%
ImpuestoPaís;1,27%
ImpuestoPaís;1,29%
ImpuestoPaís;1,20%
10,34%
10,25%
8,48%
8,44%
7,38%
7,31%
6,76%
6,71%
4,40%
4,36%
3,61%
3,59%
3,14%
3,11%
2,87%
2,85%
1,44%
1,43%
1,18%
1,18%
1,03%
1,02%0,94%
0,94%
0,31%
0,42%
0,94%0,84%
0,63%
0,48%
0,97%
0,74%
1,12%
0,82%
0,75%0,70%
0,60%
0,56%
0,98%
0,91%
1,38%
1,29%
49,19%
49,49%
50,42%
52,19%
55,73%
57,08%
58,21%
58,71%
2019
2020
2019
2020
2019
2020
2019
2020
Caso1Caso2Caso3Caso4
Impuestos Indirectos
Nacionales, Provinciales y
Municipales.
OtrosDirectos
Nacionales, Provinciales y
Municipales.
3,48%
0,10%
4,13%
0,00%
Ganancias Personales
Renta Financiera
Caso 2
2020 2019
GANANCIAS
10,06%
0,32%
10,65%
0,00%
Ganancias Personales
Renta Financiera
Caso 3
2020 2019
16,34%
0,57%
16,70%
0,00%
Ganancias Personales
Renta Financiera
Caso 4
2020 2019
5. 5
En 2020 el Día de la Independencia Tributaria para una familia asalariada
comienza el 28 de junio
I. Introducción
En Argentina se verifica una elevada cantidad y magnitud de los instrumentos tributarios
vigentes en los distintos niveles de gobierno (Nacional, Provincial y Municipal). Desde hace
una década, todos los años IARAF lleva adelante el cálculo de la carga tributaria formal a la
que se enfrentan familias asalariadas, quienes se ven incididas por tributos tanto al
momento de generar sus ingresos, como al de consumir bienes y servicios, o por la posesión
de un determinado ahorro o patrimonio.
En el presente informe se presentan los resultados correspondientes a la medición 2020 de
la carga tributaria formal que ejerce el Estado Argentino en sus tres niveles sobre una familia
asalariada. Se estima a qué porcentaje de sus ingresos totales sin impuestos equivale la
carga tributaria que incide sobre ingresos, patrimonio, ahorro y consumo. Se incluyen en la
estimación los tributos que se aplican en forma directa sobre los ingresos, patrimonio y
ahorro de los asalariados, y también aquellos que se abonan de forma indirecta al estar
contenidos en el precio de los bienes y servicios consumidos.
El indicador calculado desde hace diez años se asienta en la comparación de la evolución de
la carga sobre distintos “casos testigo” de ingresos, que año tras año se actualizan para, por
un lado, resultar relevantes para el análisis coyuntural del periodo al que se refieren; pero
también para tener en cuenta la nominalidad de la economía argentina, fuertemente
inflacionaria durante varios períodos de la última década. La clave del análisis es realizarlo
sobre casos que mantienen un poder adquisitivo constante a lo largo de la década, ya que lo
que se busca es identificar cambios de carga tributaria originados en carga tributaria y no en
variaciones del poder adquisitivo.
6. 6
II. Metodología y aspectos conceptuales
II. 1 Modelos de ingresos considerados
Las estimaciones se realizan para cuatro modelos hipotéticos de familias (4 “Casos”), ya
establecidos en informes de años anteriores1, cuyas principales características se detallan en
el Cuadro 1.
Los casos consisten siempre en un hogar compuesto por cuatro miembros (matrimonio más
dos hijos). Los ingresos supuestos se consideran generados por un solo miembro de la
familia, el cual se desempeña como un trabajador asalariado en el sector formal de la
economía. Dicho ingreso mensual incluye el SAC (sueldo anual complementario, o aguinaldo)
proporcional. Por el lado del consumo, si bien se consideran diferentes tramos de ingresos,
se asume para todos los casos igual composición estructural de la canasta de bienes y
servicios consumidos por las familias. En donde hay diferencias es en los niveles de ahorro,
que son del 0%, 10%, 13% y 17%, respectivamente para los cuatro estratos (casos)
considerados, similares a lo realizado en años previos. Este año fue relevante el supuesto
acerca del instrumento elegido para el ahorro. Particularmente, la utilización de moneda
extranjera para atesoramiento, puesto que esta actividad comenzó a resultar gravada
tributariamente. Por ello se supuso que las familias con capacidad de ahorro acceden al
Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para convertir parte de sus ahorros en moneda
extranjera de la siguiente manera; el Caso 2 se supone que compra 100 dólares por mes, el
Caso 3 que adquiere 150 dólares cada mes, y el Caso 4 agota el límite actual de los 200
dólares mensuales.
Asimismo, de acuerdo a los diferentes perfiles de ingresos elegidos, se suponen distintas
configuraciones de propiedad inmobiliaria y de automotores de cada familia. Para el primer
tramo de ingreso bajo estudio, se supone que la familia alquila un departamento céntrico de
dos dormitorios y que no posee automóviles. Para el segundo tramo de ingreso, se asume
1
El estudio se realiza anualmente desde 2010. Ver www.iaraf.org.
7. 7
que la familia posee una vivienda en un barrio más alejado del centro y un automóvil chico
usado. En el tercer tramo, la familia es propietaria en un barrio de mayor poder adquisitivo y
posee un auto mediano relativamente nuevo. Para el último tramo, se consideró una
vivienda en un barrio privado, con dos autos, uno mediano y uno chico.
Cuadro 1: Modelos familiares considerados para 2020
Fuente: IARAF.
Sobre cada uno de estos casos se estima, a partir de la estructura de alícuotas vigente en las
normativas tributarias respectivas para cada nivel de gobierno, la incidencia del total de
impuestos que recaen sobre el ingreso/patrimonio, el ahorro y el consumo.
Se trata de un estudio que analiza la carga tributaria desde el punto de vista “económico”,
en el sentido que mide la incidencia sobre el contribuyente que efectivamente está
afrontando los impuestos (en este caso, las familias), independientemente de cuál es el
sujeto “legal” encargado de liquidar la carga tributaria. En efecto, se asume que toda la carga
tributaria considerada se traslada al asalariado.
Ingreso Neto Ingreso Bruto
Casa: no posee (alquila un
departamento de 2 dormitorios)
no tiene
Auto: no posee
Casa: vivienda en un barrio alejado
del centro
10% del ingreso neto disponible
Auto: chico, usado una parte la destina a comprar USD 100
Casa: en un barrio de mayor poder
adquisitivo
13% del ingreso neto disponible
Auto: mediano relativamente nuevo una parte la destina a comprar USD 150
Casa: en barrio privado 17% del ingreso neto disponible
Auto: uno mediano y uno chico,
relativamente nuevos
una parte la destina a comprar USD 200
Pareja con dos
hijos. Un solo
miembro de la
familia se
desempeña
como
trabajador
asalariado en
el sector
formal de la
economía
Composición
familiar
Caso 1
Caso 3
Caso 2
Caso 4 $ 243.773 $ 273.343
En $ mensuales (incluye SAC proporcional)
$ 160.640 $ 190.211
$ 108.075 $ 130.211
Patrimonio Ahorro mensual
$ 49.876 $ 60.091
8. 8
COVID-19 y la carga tributaria
El año 2020 será un año signado por la pandemia del coronavirus y las medidas económicas que se tomen de
acuerdo a la evolución de esta enfermedad. Esto afectó (y afectará durante el resto del año) claramente los
ingresos de las familias en nuestro país, dependiendo del sector en el que desarrollen sus actividades. Para los
fines de este informe, podría verificarse por ejemplo que familias que quedaban calificadas como pertenecientes
al Caso 3 “caigan” al Caso 2 o al 1; en cuyo caso verán modificarse su indicador de carga tributaria por el mero
hecho de cambiar de clasificación. El objetivo del informe, sin embargo, es medir de manera comparativa y
sostenida en el tiempo la evolución de la carga legal formal sobre una familia asalariada que pertenezca a un
determinado caso, por lo que no se ven afectadas sus conclusiones en este caso.
La segunda vía por medio de la cual la crisis desatada por el virus podría modificar el análisis, vendría dada por
la aparición de reducciones sostenidas durante todo el año en la carga tributaria legal. Dicha política no se ha
verificado todavía en nuestro país. La generalidad de las medidas fueron transferencias monetarias y
diferimientos en los tributos, con sólo algunas exenciones puntuales y temporarias para sectores específicos
como es el caso de los trabajadores esenciales de áreas relacionadas con COVID-19 (salud y seguridad), y
básicamente en impuestos cobrados a nivel nacional como Ganancias y Contribuciones Patronales (provincias y
municipios no han planteado bajas tributarias). Por esta razón, el análisis no se ve alterado y resulta
comparable al de años anteriores, en la medida que no surjan medidas de exención o rebajas tributaria más
generales en lo que queda de 2020.
II. 2 Esquema de análisis y tributos considerados
Se consideran los tributos más importantes de los tres niveles de gobierno- nacional,
provincial y municipal. La suma de la recaudación que generan equivale aproximadamente a
un 85% de la carga tributaria agregada que en la Argentina puede recaer directa o
indirectamente, visiblemente o no, sobre familias que llevan adelante sus actividades
económicas (ingresos laborales y gastos) de manera formal.
Cuadro 2: Tributos considerados
Tributos Nacionales Tributos Provinciales Tributos Municipales
Directos Indirectos Directos Indirectos Directos Indirectos
Aportes
personales
IVA
Impuesto
Inmobiliario
Impuesto a
los ingresos
Brutos
Tasa del
automotor
Tasa de Seguridad e
Higiene
Contribuciones
patronales
Impuestos
internos
Impuesto
automotor
Contribución
sobre los
inmuebles
Tasa sobre servicios
(energía eléctrica y
gas natural)
Impuesto a las
ganancias
Impuestos
específicos
Impuesto a los
Bienes Personales
Impuesto PAIS
9. 9
Para los impuestos nacionales, se ha considerado la estructura legal vigente para cada uno,
según surge del informe “Tributos vigentes en la República Argentina a Nivel Nacional” de la
Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal del Ministerio de Economía.
- En el caso del Impuesto al Valor Agregado, se consideran tanto las alícuotas del 21%,
como aquellas reducidas para determinados tipos bienes, tomando una estructura de
gasto tipo para una familia, proveniente de la ENGH.
- Para el Impuesto a las Ganancias se han considerado los mínimos y deducciones a
aplicar para el cálculo del impuesto correspondiente al ejercicio 2020, conforme los
valores ajustados conforme al RIPTE y la escala progresiva actualizada por el mismo
índice.
- En el caso del Impuesto a los Bienes Personales, desde 2016 se modificaron los
parámetros de cálculo de este impuesto, tanto en lo que respecta a escala como al
mínimo no imponible y el tributo recuperó su carácter al disponerse que debe
sustraerse de la base imponible de todos los contribuyentes. Si bien estas
modificaciones no son suficientes para retrotraer los parámetros a valores equivalentes
a los vigentes antes del año 2002 (momento en el cual el mínimo era de U$S 100.000),
representan un ajuste significativo. Es importante mencionar que, en lo que respecta a
la alícuota, esta se incrementó con respecto a la utilizada para el año 2018, pasando de
0,25% a 0,50% para el 2019 que es la que corresponde al impuesto que se abona
durante el año 2020. Sin embargo, para el corriente año, dada la incidencia del mínimo
no imponible, ninguna de las familias representadas en los casos supuestos paga
impuesto sobre los bienes personales.
- Para el impuesto para una argentina inclusiva y solidaria (PAIS), novedad para este
2020, se realizó el supuesto de que las familias representadas con capacidad de ahorro
(casos 2 al 4), comprarán durante el año moneda extranjera con finalidad de
atesoramiento. Como se mostró en el Cuadro 1, para el Caso 2 se supone que compra
100 dólares por mes, para el Caso 3 que adquiere 150 dólares cada mes, y el Caso 4
agota el límite actual de los 200 dólares mensuales. En todos los casos se utilizó la
10. 10
alícuota actual para las operaciones mencionadas, que es del 30% en este impuesto
establecido con carácter de emergencia por el término de 5 periodos fiscales.
Para los tributos provinciales y municipales, se ha trabajado de la siguiente manera:
- Para el análisis del Impuesto a los Ingresos Brutos que cobran las provincias y de la Tasa
de Seguridad e Higiene que cobran los municipios, se utilizan las alícuotas vigentes en
las respectivas normativas tributarias. Se tiene en cuenta el efecto acumulativo que
tiene este impuesto en las cadenas productivas, siendo el aspecto negativo siempre
criticado de estos tributos. Es decir que se supone que se traslada a los consumidores
plenamente las alícuotas aplicadas sobre las etapas de bienes y servicios, incluidas las
alícuotas que se aplican sobre los eslabones intermedios (es decir se usan los datos de
industria, comercio mayorista y comercio minorista en los casos que dichas etapas sean
pertinentes). Con relación a la suspensión de la baja de alícuotas sobre el Impuesto a los
Ingresos Brutos para el año 2020, estipulada en el Consenso Fiscal firmado en
noviembre de 2017 entre la Nación, 22 provincias (todas excepto San Luis) y CABA, se
mantiene en general, la carga tributaria aplicable a la industria, el comercio y otras
actividades de servicios. En el caso de las tasas municipales se supone que la carga
tributaria legal también permaneció invariable respecto al pasado año.
- Para el caso de los impuestos inmobiliario y automotor que se aplican en gran parte de
las jurisdicciones provinciales y municipales, debido a la heterogeneidad de bases y
valuaciones imponibles existentes a lo largo de todo el país, se han considerado casos
representativos de tributos a pagar en las principales ciudades del país.
Lo que interesa metodológicamente es tener una aproximación al ingreso disponible de
las familias de cada uno de los casos considerados, sabiendo que este ingreso puede ser
utilizado para el consumo de bienes y servicios que también incluyen impuestos, o en
caso de contar con margen, para el ahorro (que también recibe carga tributaria
dependiendo de cómo se instrumente). Gráficamente, el impacto que tienen los
distintos tributos sobre las familias se describe en el Esquema 1.
11. 11
Esquema 1: Impacto de los tributos considerados sobre el Ingreso Total (=Ingreso Neto + Aportes +
Contribuciones)
A su vez, para obtener el gasto bruto se consideran distintos márgenes de ahorro entre los
diferentes tramos de ingresos supuestos, que es nulo para el tramo inferior y va
aumentando para los tramos superiores, como se mostró en el Cuadro 1. En el año 2019 se
comenzó a considerar la posibilidad de que el ahorro de las familias sea alcanzado
tributariamente, dado la existencia del impuesto cedular a la renta financiera dentro de
Ganancias. Si bien este impuesto no impactará en las familias modeladas en este 2020, lo
que sí se mantiene es la carga tributaria sobre la realización de un ahorro, pues se considera
el impacto del impuesto PAIS sobre la compra de moneda extranjera que, de manera muy
extendida en Argentina, las familias llevan a cabo en la medida y con las magnitudes con que
su presupuesto se lo permitan. En la determinación del monto a pagar bajo este concepto se
realizó el supuesto de que las familias representadas, que poseen capacidad de ahorro
12. 12
(casos 2 al 4), comprarán moneda extranjera en el MULC con finalidad de atesoramiento.
Para el Caso 2 se supone que compra 100 dólares por mes, para el Caso 3 que adquiere 150
dólares cada mes, y el Caso 4 agota el límite actual de los 200 dólares mensuales. En todos
los casos se utilizó la alícuota del 30% del impuesto.
II. 3 ¿Por qué los aportes y contribuciones a la seguridad social se consideran “impuestos”?
Existe un amplio debate en torno a si los aportes y contribuciones a la seguridad social
deben ser considerados o no como impuestos. La discusión radica en que, si bien son fondos
que se detraen obligatoriamente de los ingresos de los trabajadores, implican un beneficio a
futuro derivado de los ingresos jubilatorios, a diferencia del resto de los impuestos que no
tienen una contraprestación directa a cambio. Al respecto, puede citarse la investigación de
Thuronyi (1996)2, que establece que, si el referido pago tiene la característica de ser
obligatorio y regulado por el Estado, entonces puede ser categorizado como impuesto. Por el
contrario, no correspondería esta denominación si el aporte fuese voluntario para los
trabajadores. Por su parte, a pesar que este tipo de fondos implica un beneficio o
contraprestación a futuro (que es una de las razones por las cuales se suele esgrimir que no
se debería aplicar el concepto de impuesto), el trabajo sostiene que estos beneficios no
están claramente determinados o cuantificados, considerando que el Estado tiene
potestades para modificar las condiciones de cobro y fórmulas de cálculo de los mismos en
el futuro, como de hecho se ha verificado profusamente en la historia económica argentina.
En definitiva, a los efectos de este trabajo se concluye que los aportes y contribuciones a la
seguridad social funcionan en la práctica de manera similar al resto de los impuestos,
pudiendo en consecuencia ser denominados bajo esta misma clasificación.
En el mismo sentido, si bien las contribuciones patronales se encuentran a cargo del
empleador, en este estudio se supone que el efecto final de las mismas recae sobre el
trabajador.
2 “Tax Law Design and Drafting”, Victor Thuronyi, International Monetary Fund, 1996, Chapter 11: Social Security Taxation.
13. 13
Aquí radica un concepto clave para el resto de este informe, que es la definición de cuál es el
ingreso total sobre el que va a recaer la carga tributaria. El mismo es una suerte de ingreso
potencial, puesto que incluye conceptos de ingresos que el individuo no llega en definitiva a
obtener por la existencia de las regulaciones previsionales. En otras palabras, el
razonamiento práctico es el siguiente: el sueldo bruto de un empleado (es decir el ingreso
antes de restarle los aportes) más las contribuciones a la seguridad social es el costo laboral
que el empleador revela que está dispuesto a erogar por todo concepto por los servicios de
dicho trabajador, y sería en definitiva el monto que estaría dispuesto a pagarle
directamente en caso de no existir los impuestos al trabajo.
III. Carga tributaria formal sobre el ingreso de las familias asalariadas en 2020
Los resultados para 2020 muestran que la carga tributaria formal integral de los tres niveles
de gobierno sobre una familia asalariada durante el 2020 se ubica, dependiendo de los
tramos de ingresos considerados, entre el 49,5% y el 58,7% del ingreso total (ingreso que,
como ya se explicó, es el que incluye todo el costo laboral). El primer estrato considerado no
tributa impuesto a las ganancias, ni realiza ahorro, mientras que los tres restantes sí lo hacen.
Desagregando la carga tributaria por tipo de impuesto, se aprecia una mayor
preponderancia de impuestos cobrados en el ámbito nacional (parte de éstos luego se
coparticipa con las provincias y municipios), dentro de la cual se destacan los impuestos
previsionales y el IVA. Además, aparece un nuevo tributo para el ámbito nacional, el
impuesto PAIS.
14. 14
Gráfico 1: Desagregación de la carga tributaria formal argentina. Año 2020
Nivel de la carga tributaria
En % del Ingreso Total
Carga tributaria. Estructura
Carga tributaria. Por nivel de gobierno receptor de los
ingresos. En % del Ingreso Total
Carga tributaria. Por nivel de gobierno receptor de los
ingresos. Estructura
Fuente: IARAF en base a legislación tributaria y estimaciones propias.
En el último componente del Gráfico 1 se aprecia que dada la existencia de sistemas de
coparticipación de impuestos en provincias y municipios, parte de la carga que se recauda a
nivel nacional se debe imputar a estos niveles subnacionales, que visto de esta manera son
receptores de un cuarto de la carga tributaria para el caso de menores ingresos (Caso 1),
participación que llega a ser de un tercio en el caso de mayores ingresos (a medida que
crecen los ingresos juega un rol relevante la incorporación de la carga tributaria de
Ganancias, que junto con IVA son los principales componentes de la masa coparticipable).
De esta manera, respecto a los receptores de los ingresos tributarios luego de que los
31,9% 32,5% 32,1%
28,2%
4,1%
10,6% 16,7%1,3%
1,3%
1,2%
10,2%
8,4%
7,3%
6,7%
5,8%
4,8%
4,1%
3,8%
1,5%
1,0%
1,7%
2,1%
49,5%
52,2%
57,1%
58,7%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
Caso 1 Caso 2 Caso 3 Caso 4
Impuestos al
trabajo
Ganancias
Impuesto País
IVA e internos
IIB Provincial e
indirectos munic.
Inmobiliario y
automotor
64% 62%
56%
48%
8% 19%
28%
2%
2% 2%
21%
16%
13% 11%
12% 10% 7% 7%
3% 2% 3% 4%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
Caso 1 Caso 2 Caso 3 Caso 4
Impuestos al
trabajo
Ganancias
Impuesto País
IVA e internos
IIB Provincial e
indirectos munic.
Inmobiliario y
automotor
31,9% 32,5% 32,1% 28,2%
4,8% 6,8% 8,8%
10,7%
7,8%
8,5%
10,9% 13,4%4,9%
4,3%
5,4% 6,4%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
caso 1 caso2 caso3 caso4
Municipios
Provincias
Nación
Seg. Social 64% 62%
56%
48%
10% 13%
15%
18%
16% 16% 19%
23%
10% 8% 9% 11%
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
caso 1 caso2 caso3 caso4
Municipios
Provincias
Nación
Seg. Social
15. 15
tributos se coparticipan, en el Caso 1, un 64% va a Seguridad Social, que se suma al 10% que
queda en las arcas nacionales por el resto de tributos. El resto se divide un 16% a provincias
y un 10% termina constituyendo ingresos de los municipios. En los niveles más altos de
ingresos se reduce la relevancia de las cargas sociales y aumenta la del resto de tributos. Por
ejemplo, en el Caso 4, un 48% de la carga corresponde a Seguridad Social, mientras que el
resto se reparte entre lo que va a las arcas del nivel nacional (18%), provincias (23%) y
municipios (11%).
Es de destacar también, que considerando los tributos sin incluir los de la seguridad social,
un 45% de la carga considerada queda en el nivel provincial de gobierno en todos los casos
considerados, mientras que queda en el nivel municipal entre un 28% (Caso 1) y un 21%
(Caso 4). De este modo, el nivel nacional de gobierno ingresa en sus arcas entre un 27%
(Caso 1) y un 35% (Caso 4) de la carga de tributos totales sin Seguridad Social.
III. 1 Cambios en la carga tributaria respecto a 2019
El Gráfico 2 muestra la información desagregada por impuesto y permite analizar la
evolución de la carga tributaria entre los años 2019 y 2020.
Dentro de los cambios tributarios que reducen la carga, se destaca el caso de Bienes
personales, ya que, dada la magnitud del mínimo no imponible para el corriente año ($2
millones, pero con la excepción de que en el caso de la casa habitación es de $18 millones),
ninguna de las familias representadas en los casos supuestos se encuentra alcanzada por
dicho impuesto, generando una reducción de la carga tributaria. Por otro lado, en la
comparación con el año pasado, tiene efecto la exención para el año 2020 del impuesto
cedular a la renta financiera.
Por el contrario, otras modificaciones han incrementado la carga. Entre la principal, se
evidencia un aumento de la carga del impuesto sobre las Ganancias personales, teniendo
16. 16
en cuenta los elementos de ajuste incluidos en la legislación sobre el mismo en lo que
respecta a las deducciones y escala del impuesto3. La mayor carga se da en los casos de
ingresos más elevados. El Caso 1 no se ve afectado puesto que no es sujeto de pago de estos
impuestos. Otro de los tributos que generó un aumento de la carga que recae sobre los
contribuyentes en comparación con el 2019, es la incorporación del impuesto para una
Argentina inclusiva y solidaria (PAIS), gravando mediante una alícuota del 30% la compra de
moneda extranjera en el MULC con finalidad de atesoramiento (Casos 2 a 4).
Respecto a los impuestos al trabajo cabe recordar que se anuló el plan establecido en la
reforma tributaria del año 2017, por lo que al no ajustarse por inflación el mínimo no
imponible (se mantiene en $7.003 mensuales como el año pasado), se genera también un
aumento relativo del peso de este instrumento, que afecta a los niveles más bajos de
ingresos considerados, donde estos tributos son proporcionalmente más importantes. Para
los cuatro casos se aprecia una mayor participación de los impuestos al trabajo, siendo en
mayor proporción para los Casos 1 y 2.
Finalmente, en el caso de los impuestos patrimoniales, tanto los impuestos inmobiliarios
como los que recaen sobre automotores sostienen su carga o la bajan muy levemente
debido a las actualizaciones de sus valores con índices que resultaron del 35% para el
inmobiliario provincial, del 41% para el inmobiliario y el automotor municipal, y del 50% para
el automotor provincial.
En resumen, el efecto del aumento de los tributos laborales se observó en los cuatro casos,
siendo de mayor incidencia en los Casos 1 y 2. En los Casos 2 al 4, el aumento en el indicador
está explicado por la suba de la carga de Ganancias, reforzada por la incorporación del
impuesto para una argentina inclusiva y solidaria (PAIS); que primaron sobre el resto de los
efectos de los otros tributos analizados.
3
Un ajuste de los ingresos considerados que supere el 44% de los parámetros del tributo, conlleva un aumento
de su peso. Cabe destacar que la consideración de otros valores para la actualización de los ingresos generaría
crecimientos en la carga por este tributo. Por ejemplo, para el Caso 2 la carga sube si la actualización de
ingresos es superior al 42%, y para el Caso 3 si la misma resultase del 27% o más.
17. 17
Gráfico 2: Carga tributaria formal sobre el ingreso familiar. Por tributo. Años 2019-2020.
En % s/ingreso
*Se trabaja por separado para mostrar la composición de ganancias en el año 2019, revelando el impacto de la
renta financiera, ya que para el año 2020 se estableció la exención de dicho impuesto.
Fuente: IARAF en base a legislación tributaria y estimaciones propias.
IV. “Día de la independencia tributaria” en 2020
IARAF realiza desde hace una década el cálculo del “Día de la independencia tributaria”. El
mismo es una manera de traducir los porcentajes del ingreso total que terminan en las arcas
del Estado como producto de la carga tributaria formal. Es decir, se toman los porcentajes
medidos en la sección anterior y, a los fines de presentar el análisis de manera más “gráfica”
para el público en general, a esos porcentajes se los aplica a los días que tiene un año
Impuestosal trabajo; 31,32%
Impuestosal trabajo; 31,91%
Impuestosal trabajo; 32,27%
Impuestosal trabajo; 32,54%
Impuestosal trabajo; 31,53%
Impuestosal trabajo; 32,05%
Impuestosal trabajo; 27,81%
Impuestosal trabajo; 28,20%
*Ganancias
3,59%
Ganancias
Pers.; 4,13%
*Ganancias ; 10,38%
Ganancias Pers.;10,65%
*Ganancias ; 16,91%
Ganancias Pers.;16,70%
ImpuestoPaís;1,27%
ImpuestoPaís;1,29%
ImpuestoPaís;1,20%
10,34%
10,25%
8,48%
8,44%
7,38%
7,31%
6,76%
6,71%
4,40%
4,36%
3,61%
3,59%
3,14%
3,11%
2,87%
2,85%
1,44%
1,43%
1,18%
1,18%
1,03%
1,02%0,94%
0,94%
0,31%
0,42%
0,94%0,84%
0,63%
0,48%
0,97%
0,74%
1,12%
0,82%
0,75%0,70%
0,60%
0,56%
0,98%
0,91%
1,38%
1,29%
49,19%
49,49%
50,42%
52,19%
55,73%
57,08%
58,21%
58,71%
2019
2020
2019
2020
2019
2020
2019
2020
Caso1Caso2Caso3Caso4
Impuestos Indirectos
Nacionales, Provinciales y
Municipales.
OtrosDirectos
Nacionales, Provinciales y
Municipales.
3,48%
0,10%
4,13%
0,00%
Ganancias Personales
Renta Financiera
Caso 2
2020 2019
GANANCIAS
10,06%
0,32%
10,65%
0,00%
Ganancias Personales
Renta Financiera
Caso 3
2020 2019
16,34%
0,57%
16,70%
0,00%
Ganancias Personales
Renta Financiera
Caso 4
2020 2019
18. 18
calendario, asumiendo a los fines expositivos que desde el 1°de enero un ciudadano
comienza a trabajar “para el Estado” (es decir destina su ingreso a pagar todos los impuestos
que inciden económicamente sobre su ingreso) y cumplido el plazo determinado por el
indicador, comienza a percibir ingresos para sí mismo. Huelga aclarar que es un resultado
indicativo, y no debe tomarse de manera literal.
Según los resultados obtenidos, un trabajador asalariado formal en Argentina debería
trabajar en 2020 entre 181 y 214 días para cumplir con las obligaciones tributarias de los
tres niveles de gobierno, dependiendo de sus ingresos. En consecuencia, el “Día de la
independencia tributaria” se ubica en Argentina entre el 28 de junio y el 1 de agosto4, en
función de cuáles sean sus ingresos. Si se compara la situación actual con la del año pasado
se advierte (como ya se mostró en la sección anterior) un aumento de la carga tributaria en
los cuatros casos considerados.
En cuanto a la evolución a lo largo del período 2011 - 2020, a partir del 2016 se observó una
reversión de la tendencia de incremento en la presión tributaria sobre el ingreso de los
asalariados formales que se venía registrando en años anteriores, principalmente en los
niveles de ingresos más elevados que resultaban los más favorecidos por la actualización en
los parámetros de liquidación del impuesto a las ganancias, la cual en 2018 abarcó también a
los trabajadores del estrato inferior de ingresos ejemplificado como consecuencia de la
reducción de contribuciones patronales. Sin embargo, los cuatro casos considerados
terminarían el 2020 con un aumento de la carga tributaria formal, acercándose nuevamente
a los valores de 2017.
4
Es importante mencionar, como dato de color, que el año 2020 es bisiesto, por lo que, si bien el primer día
(Caso 1) coincide en fecha con el de 2019, en realidad contiene el aumento en una jornada respecto al año
pasado.
19. 19
Gráfico 3: Carga tributaria total sobre el ingreso total. Período 2011-2020. Por casos de ingreso
considerados.
Fuente: IARAF en base a legislación tributaria y estimaciones propias.
De esta manera, para el Caso 1, el nivel más bajo de ingresos ejemplificado, que no queda
alcanzado ni por el impuesto a las ganancias ni por el impuesto a los bienes personales (ni el
impuesto PAIS en 2020), su “Día de la independencia tributaria” ha permanecido
relativamente estable a lo largo de la década. Por su parte, los Casos 2 al 4 demorarán más
días en 2020 para alcanzar su independencia tributaria en comparación con el año pasado.
Asimismo, se mantienen aún alejados del pico de 2015, no obstante en todos estos casos se
demoran más días que al inicio de la serie, en 2011.
Gráfico 4: Cantidad de días trabajados para pagar impuestos y “Día de la independencia tributaria”.
Período 2011-2020. Por casos de ingreso considerados
Fuente: IARAF en base a legislación tributaria y estimaciones propias.