1. TIPOS DE SOCIEDADES COMERCIALES
• Según objeto social: s. civil, s. mercantil.
• Según la división del capital: s. colectiva, s. comandita.
• Según la participación del Estado: s. Estatal (>90%), s.
Mixta (51%-90%), s. Privada (<51%).
• Según la ley de constitución: s. Nacional, s. Extranjera.
• Según el origen del capital: s. Nacional (80%-100%), s. Mixta
(51%-80%), s. Extranjera (49%-100%).
2. • Sociedad de Responsabilidad Limitada
Responsabilidad no se extiende más allá de los aportes.
El monto del capital está dividido en cuotas de igual
valor.
El número máximo y mínimo de socios: 25 y 2
respectivamente.
Los órganos sociales: Asamblea de asociados y el
representante legal y su nombre podrá ser razón social
o denominación social, seguida de la palabra LIMITADA
o LTDA abreviadamente.
Causales de disolución: exceder el número máximo de
socios y por tener perdidas que reduzcan el capital a
menos del 50%.
3. • Sociedad Anónima
Conformada por la reunión de un fondo social
suministrado por accionistas responsables hasta el monto
de sus respectivos aportes
Denominación seguida de las palabras "sociedad
anónima" o de las letras "S.A.“
Mínimo 5 accionistas.
Capital social se divide en acciones de igual valor y los
socios tendrán tantos votos como acciones posea.
Capital autorizado, capital suscrito, capital pagado.
4. • Sociedad Colectiva
Socios responden solidaria e ilimitadamente por las
operaciones sociales.
Nombre completo o el solo apellido de alguno o algunos
de los socios seguido de las expresiones "y compañía",
"hermanos", "e hijos“.
Cada socio tendrá voto en las decisiones de la junta sin
importar el valor de su participación.
Disolución de la sociedad colectiva puede darse ya sea
por muerte, por incapacidad o renuncia de algunos de
los socios.
5. • Sociedad en Comandita
Socios gestores o colectivos y, socios comanditarios.
Nombre completo o sólo el apellido de uno o más socios
colectivos y se agregará la expresión "y compañía" o la
abreviatura "& Cía."
El capital social se divide en cuotas de igual valor.
Administración esta asignada a todos y cada uno de los
socios colectivos.
Disolución por la desaparición de una de las categorías
de la sociedad, ya sea de los socios colectivos o
comanditarios.