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Agencia Española de
Salud Pública: ¿el CDC
que España necesita?
Jose Manuel Freire
Jose Ramón Repullo
GUIÓN
1.Políticos, altos funcionarios y científicos-
expertos; ¿cómo engarzar las tres
dimensiones necesarias?
2.Ayudaría mucho aplicar los principios de
Buen Gobierno
3.Breve revisión internacional: CDC-USA,
ECDC-UE, UKHSA, RKO-D, FHM-Suecia,
PHA-Canada…
4.Qué se puede/debe aprender de la
experiencias ajenas
1. La AESP; una organización necesaria,
largamente esperada, pero con un diseño,
tamaño y alcance muy mejorables
2. Lo que sabemos de la AESP
3. Centralización vs Descentralización de las
funciones de salud pública en España:
cuando la ubicación física puede ser lo de
menos…
1- La AESP; una organización necesaria, largamente
esperada, pero con un diseño, tamaño y alcance
muy mejorables
• EL TESORO… la condición de
AGENCIA
Art. 1.2 La AESAP cuenta con personalidad jurídica pública
diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como
autonomía de gestión, en los términos previstos en los
artículos 88 a 97 y 108 bis a 108 sexies de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
¿Nace ex-novo o a partir de lo pre-existente?
• Pregunta de difícil respuesta…
• Para ser ex–novo, parece que el tamaño
es pequeño, en comparación con las
funciones son muy extensas y se
extienden a muchos confines de la Salud
Pública
• Pero para abordar estas funciones, no
queda claro como se reorganizan las
instituciones actuales: especialmente
Ministerio de Sanidad e Instituto de
Salud Carlos III
No existirán duplicidades, dado que actualmente las competencias de vigilancia
epidemiológica que competen al Ministerio de Sanidad están siendo desarrolladas por:
• Instituto de Salud Carlos III: realiza las labores de gestión diaria de vigilancia por orden
del Ministerio de Sanidad, incluida la asesoría técnico-científica, así como el desarrollo
de acciones técnicas. Estas funciones pasarán a ser ejercidas por la Agencia.
• Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (en adelante, CCAES), del
Ministerio de Sanidad: desarrollo y coordinación de la Red de Vigilancia en Salud
Publica. Estas funciones serán mayoritariamente ejercidas por la Agencia.
Condicionantes internacionales para su
aparición
• El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ha
establecido, a través de su componente 18, las reformas e
inversiones necesarias para la renovación y ampliación de las
capacidades del Sistema Nacional de Salud. Concretamente, la
Reforma 2 (C18.R02) del sistema de salud pública se centra en la
implementación de los tres instrumentos estratégicos y operativos
previstos en la Ley 33/2011, de 4 de octubre: la Estrategia de
Salud Pública, la Red de Vigilancia en Salud Pública y el Centro
Estatal de Salud Pública.
• Línea Estratégica 1: Fortalecer la salud
pública para mejorar la salud de la
población.
• Línea Estratégica 2: Modernizar la vigilancia
en la salud pública y garantizar la capacidad
de respuesta ante los riesgos y las
emergencias en salud.
• Línea Estratégica 3: Mejorar la salud y el
bienestar a través de la promoción de estilos
de vida y entornos saludables, seguros y
sostenibles.
• Línea Estratégica 4: Promover la s alud y la
equidad en salud a lo largo de la vida
https://www.sanidad.gob.es/ciudadanos/pdf/Estrategia_de_Sa
lud_Publica_2022___Pendiente_de_NIPO.pdf
https://www.sanidad.gob.es/normativa/audiencia/docs/RD_Creacion_regulacion_Red_Estatal_d
e_Vigilancia_en_Salud_Publica.pdf
2- Lo que sabemos de la AESP
Documento de 442 págs
• Texto del Anteproyecto
de ley
• MAIN
(Memoria de Análisis de Impa
cto Normativo)
Artículo 1. Objeto, naturaleza jurídica y
adscripción orgánica.
1. El objeto de esta ley es la creación de la Agencia
Estatal de Salud Pública, en adelante, AESAP, y la
modificación de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General
de Salud Pública.
2. La AESAP cuenta con personalidad jurídica pública
diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como
autonomía de gestión, en los términos previstos en los
artículos 88 a 97 y 108 bis a 108 sexies de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
3. La AESAP se adscribe orgánicamente al Ministerio
de Sanidad, a través de la Secretaría de Estado de
Sanidad.
4. Dentro de la esfera de sus competencias, le
corresponden las potestades administrativas para el
cumplimiento de sus fines, en los términos que prevea su
estatuto y de acuerdo con la legislación aplicable. En el
ejercicio de sus funciones públicas, la AESAP actuará de
acuerdo con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
INDICE DEL PROYECTO DE LEY
 Exposición de motivos
 Artículo 1. Objeto, naturaleza
jurídica y adscripción orgánica.
 Artículo 2. Objetivo y fines
generales.
 Artículo 3. Régimen de personal.
 Artículo 4. Régimen económico,
financiero, patrimonial y de
contratación.
 Artículo 5. Régimen presupuestario,
de contabilidad y control económico
financiero.
 Artículo 6. Obligación del
suministro de datos.
 Artículo 7. Tratamientos de datos
de carácter personal.
 Artículo 8. Modificación de la Ley
33/2011, de 4 de octubre, General de
Salud Pública.
El tamaño
(presupuesto,
personal…)
¿importa?
14 MILLONES
DE EUROS
189 NUEVOS
PUESTOS DE
TRABAJO
62 PUESTOS
EXISTENTES
REASIGNADOS
251 PUESTOS
DE TRABAJO
Ante esta situación, se hace necesaria la creación de una Agencia Estatal de
Salud Pública que amplíe los objetivos previstos inicialmente en base a las
siguientes motivaciones:
1. Implementar las reformas organizativas necesarias para hacer frente a
nuevos riesgos o amenazas a la salud pública tras las lecciones
aprendidas en la pandemia de COVID-19.
2. Necesidad de desarrollar el artículo 47 de la Ley 33/2011 de 4 de octubre,
adaptándolo a las necesidades surgidas tras la pandemia de COVID-19.
3. Cumplir con las conclusiones para la Reconstrucción Social y Económica
del Congreso
4. de los Diputados.
5. Cumplir lo dispuesto en el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, y reforzar
al Ministerio de Sanidad en el control de enfermedades y crisis
sanitarias, especialmente de potencial pandémico.
6. Dar cumplimiento a las Reformas C18.R2 e inversiones C18.I3 del PRTR,
para reformar el sistema de salud pública y aumentar las capacidades de
respuesta ante crisis sanitarias.
7. Alinearse con lo establecido en la Estrategia de Seguridad Nacional y
modernizar y actualizar el Sistema de Vigilancia en Salud Pública.
8. Alinearse con las reformas realizadas por la Comisión Europea para
constituir la Unión Europea de la Salud.
• Plan Inicial de
Actuacion
• MAIN (Memoria de
Análisis de Impacto
Normativo)
JUSTICACION DE
LA AESP
Artículo 7. Órganos de la Agencia Estatal de Salud Pública
Los Órganos de la AESAP son los siguientes:
Órganos de gobierno: la Presidencia y el Consejo Rector.
Órgano de control: la Comisión de Control
Órganos ejecutivos: la Dirección General y los indicados en el artículo.
Órgano de coordinación: La Comisión Intersectorial.
Órgano de participación: El Consejo de Participación.
PRESIDENCIA
1. La persona titular de la Presidencia de la AESAP será la persona titular de la
Secretaría de Estado de Sanidad del Ministerio de Sanidad.
2. La persona titular de la Presidencia de la AESAP ostenta la representación del
Consejo Rector, convoca sus reuniones, fija el orden del día, dirige y preside sus
reuniones y ejercerá, además, las siguientes funciones:
a) Ostentar la máxima representación institucional de la AESAP tanto a nivel
nacional como internacional.
b) Proponer al Consejo Rector una terna de candidatos para el nombramiento de
la persona titular de la Dirección General de la AESAP, proponer a las que
puedan integrar la Comisión de Control, así como proponer el cese de la
misma.
Propuesta
de
ESTATUTOS
de la AESP
Artículo 9. Consejo Rector.
− El Consejo Rector es el órgano de gobierno colegiado de la AESAP, al que corresponde velar
por la consecución de los objetivos asignados a la misma y ejercer la superior dirección de la
misma.
− El Pleno del Consejo Rector estará integrado por la Presidencia de la AESAP, la Vicepresidencia,
las Vocalías y la Secretaría.
− La vicepresidencia es ejercida por la persona titular de la DG de Salud Pública del Ministerio de
Sanidad.
Tienen la consideración de vocales del Consejo Rector: (13)
• La persona titular de la Dirección General de la AESAP.
• La persona titular de la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
• La persona titular de la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de información para el Sistema
Nacional de Salud.
• La persona titular de la Dirección General del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P.
• La persona titular de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. O.A.
• La persona titular de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, del Ministerio de Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación.
• Una persona en representación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
• Una persona en representación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática.
• Tres representantes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, nombrados por un periodo de
dos años y con carácter rotatorio, a propuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
• Un representante de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) nombrado por un periodo de dos
años y con carácter rotatorio a propuesta de la FEMP.
• Un representante de los trabajadores de la AESAP, designado por el conjunto de las centrales sindicales más
representativas en el ámbito sanitario.
Propuesta
de
ESTATUTOS
de la AESP
P VP
a b c d e f g h
i i i j k
a. La persona titular de la Dirección General de la AESAP.
b. La persona titular de la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios.
c. La persona titular de la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de
información para el Sistema Nacional de Salud.
d. La persona titular de la Dirección General del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P.
e. La persona titular de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad
Alimentaria y Nutrición. O.A.
f. La persona titular de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, del
Ministerio de Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
g. Una persona en representación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
h. Una persona en representación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática.
i. Tres representantes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla,
nombrados por un periodo de dos años y con carácter rotatorio, a propuesta del Consejo
Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
j. Un representante de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP)
nombrado por un periodo de dos años y con carácter rotatorio a propuesta de la FEMP.
k. Un representante de los trabajadores de la AESAP, designado por el conjunto de las
centrales sindicales más representativas en el ámbito sanitario.
Modelo tradicional de gobernanza institucional hiper-
controlada, con 15 miembros,
10 “del mismo equipo” (7 de casa y 3 vecinos)
Artículo 14. Dirección General de la Agencia Estatal de
Salud Pública.
El máximo órgano ejecutivo de la AESAP es su Dirección General, siendo
la persona responsable de la dirección y gestión ordinaria de la misma.
La persona titular de la Dirección General de la AESAP será nombrada y
separada por el Consejo Rector, entre una terna de personas candidatas
propuestas por la Presidencia entre profesionales con titulación superior,
atendiendo a criterios de competencia profesional, experiencia en salud pública y
en las funciones desarrolladas por la AESAP y en puestos directivos de la
administración pública, una vez oídas las sociedades científicas más
representativas en el ámbito de la Salud Pública.
La persona titular de la Dirección General de la AESAP tendrá la consideración de alto
cargo, con rango de persona titular de Dirección General, a efectos de lo dispuesto en la
Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración
General del Estado, y sus disposiciones de desarrollo, así como a efectos retributivos, de
acuerdo con el artículo 21, apartado Tres, de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 o precepto equivalente de las
sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Propuesta
de
ESTATUTOS
de la AESP
Artículo 16. Departamentos de la AESAP.
La AESAP estará integrada por los siguientes departamentos, que
asumirán las funciones indicadas a continuación, a cuyo frente existirá
una persona titular de la dirección del mismo:
• Departamento de Planificación, Comunicación e inteligencia, que
desempeña las funciones de sustitución y apoyo a la Dirección General,
en los casos de ausencia, vacante o enfermedad de su titular, así como
la de los apartados 4c, 4f, 6b, , y todo el apartado 8, del artículo 5.
• Departamento de Preparación y Respuesta que incluye el Centro de
Operaciones de Emergencias y desempeña las funciones de los
apartados 3 (entero) y 4d, del artículo 5.
• Departamento de Vigilancia en Salud Pública que desempeña las
funciones de los apartados 1 (entero) y 4a, 4b, 4e y 7a del artículo 5.
• Departamento de Protección de la salud, Evaluación y Asesoría,
que desempeña las funciones de los apartados, 2 (entero), 4g, 6a, 7b,
7c, 7d, del artículo 5.
• Departamento de Gestión Económica y Administrativa, que
desempeña las funciones en materia de contratación administrativa,
presupuestaria, gestión económica, contabilidad, jurídica, tecnologías
de la información, régimen interior y de gestión de recursos humanos.
Propuesta de
ESTATUTOS de
la AESP
Conocimiento científico y
asesoría
Competencia experta
(policy capacity)
Liderazgo estratégico e
implementación
3- Centralización vs Descentralización de las
funciones de salud pública en España: cuando la
ubicación física puede ser lo de menos…
Problemas
• La amplitud y complejidad de las funciones de la Salud Pública
• El marco normativo consolidado: descentralización radical de
competencias (1981) políticamente poco apreciadas y escasamente
desarrolladas
• El “confortable estado del malestar”
• La dificultad para desarrollar la “gobernanza multinivel”
• Aunque en la COVID-19 hubo también muchas experiencias ejemplares de
coordinación inter-niveles
• Un modelo de Estado con fuerte interferencia política, jibarización de
su estructura de altos funcionarios, y mala articulación con el mundo
científico y experto
Los 10 servicios esenciales de salud
pública
1. Monitorear el estado de salud para identificar y resolver problemas de salud
de la comunidad
2. Diagnosticar e investigar problemas de salud y riesgos para la salud en la
comunidad
3. Informar, educar y empoderar a las personas sobre temas de salud
4. Movilizar asociaciones y acciones comunitarias para identificar y resolver
problemas de salud
5. Desarrollar políticas y planes que apoyen los esfuerzos de salud individuales y
comunitarios
6. Hacer cumplir las leyes y regulaciones que protegen la salud y garantizan la
seguridad
7. Conectar a las personas con los servicios de salud personales necesarios y
garantizar la prestación de atención médica cuando de otro modo no esté
disponible
8. Asegurar la disponibilidad de personal competente de salud pública y de
servicios personales de salud
9. Evaluar la efectividad, accesibilidad y calidad de los servicios de salud
personales y de salud pública
10. Investigar para lograr nuevos conocimientos y soluciones innovadoras a
problemas de salud
https://www.cdc.gov/publichealthgateway
/publichealthservices/originalessentialheal
thservices.html
Si la AESP migra a una sede lejana al Paseo
del Prado…
• Se ahorrará costes de infraestructura… (que
deberá asumir la sede que la acoja)
• Pero será más difícil mover y reasignar
funcionarios… (salvo que se pague más y se haga muy
atractiva la movilidad)
• La integración en la Agencia de una serie de plazas procedentes tanto del
Ministerio de Sanidad (49), como del Instituto de Salud Carlos III, (13). El coste de
las mismas, integrado actualmente en el presupuesto de los respectivos
organismos, asciende a unos 2,8 M€, que se transferirían a la Agencia.
• Posiblemente se potenciará el perfil más
académico o científico, y no será fácil conectarlo
con la toma de decisiones de las autoridades
sanitarias (en un entorno tan inmaduro y politizado de decisión).
• Si la autoridad sanitaria central no le ve utilidad
para resolver sus problemas, será más fácil que
lo congele y deje de potenciarlo.
GUIÓN
1.Políticos, altos funcionarios y científicos-
expertos; ¿cómo engarzar las tres
dimensiones necesarias?
2.Ayudaría mucho aplicar los principios de
Buen Gobierno
3.Breve revisión internacional: CDC-USA,
ECDC-UE, UKHSA, RKO-D, FHM-Suecia,
PHA-Canada…
4.Qué se puede/debe aprender de la
experiencias ajenas
1. La AESP; una organización necesaria,
largamente esperada, pero con un diseño,
tamaño y alcance muy mejorables
2. Lo que sabemos de la AESP
3. Centralización vs Descentralización de las
funciones de salud pública en España:
cuando la ubicación física puede ser lo de
menos…
1- Políticos, altos funcionarios y expertos;
¿cómo engarzar las tres dimensiones necesarias?
Me he comprometido a
acabar con la lacra del
alcoholismo
Aquí tiene un montón
de evidencia de la
relación del alcohol y la
salud y lo publicado
evaluando
intervenciones
Si Ministro, pero… en
este tema hemos
cosechado algunos
fracasos… habrá que ir
con cuidado…
La siempre compleja y conflictiva relación entre políticos,
académicos-expertos y altos funcionarios
• Los países con un sistema de carreras separadas entre la
política y la burocracia (los nórdicos, Reino Unido o
Irlanda, etc.) tienen bajos índices de corrupción,
burocracias más eficientes y continuamente reforman e
innovan, según sea necesarioen cada momento.
• Los países con un sistema de carreras
integradas entre políticos y burocracia, en los
que ambos se entrecruzan dan lugar a
organizaciones públicas con mayor potencial
de corrupción, niveles de eficacia menores y
grandes dificultades para hacer las reformas
estructurales necesarias que demandan los
nuevos retos en las organizaciones públicas.
Atributos
TAPIC de la
gobernanza
• Transparencia
• Accountability
(rendición de
cuentas)
• Participación
• Integridad
• Capacidad
2- ... Ayudaría mucho aplicar los
principios e instrumentos de buena
gobernanza
Principios e
instrumentos
de buena
gobernanza
• La buena gobernanza responde a valores de ética publica y
virtudes cívicas democráticas.
• Implica por supuesto cumplir las leyes, desempeño efectivo
y eficiente y servir al interés publico con integridad y ausencia
de corrupción.
• Tiene exigencias afectan a todo el proceso de toma de
decisiones, que ha de responder a procedimientos en los que
haya transparencia, rendición de cuentas, participación
democrática, garantías de integridad y de capacidad para
obtener resultados.
• Obliga a utilizar mecanismos e instrumentos de buena
gobernanza: órganos colegiados de gobierno, procedimientos
reglados para seleccionar, nombrar y controlar a los directivos,
reglas de funcionamiento, sistemas de asesoría y evaluación,
códigos de conducta, regulación de conflictos de interés,
normas de transparencia, etc.
3- Breve revisión internacional: CDC-USA, ECDC-UE,
UKHSA, RKI-D, FHM-Suecia, PHA-Canada…
What we do
ECDC's
organisational
structure
2021 2022 2023
213,9 112,7 100.7
PRESUPUESTO (mill. €)
Puestos
permanentes
Puestos
temporales
Puestos
permanentes
Puestos
temporales
- 222 - 215
2023 2022
Autorizados con cargo al
presupuesto de la Unión
Autorizados con cargo al
presupuesto de la Unión
CUADRO DE EFECTIVOS
Estimación del número de agentes
contractuales (ETC) y de los expertos
nacionales en comisión de servicio
2023 2022
154 156
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.C_.2023.038.01.0024.01.ENG
Estado de
ingresos
y de
gastos
para el
ejercicio
2023
(ECDC)
(2023/C
38/05)
Governance
• Management Board
• Advisory Forum
• Competent Bodies
• Audit Committee
CONSEJO DE ADMINISTRACION – Management Board.
• El artículo 14.1.2. del Reglamento constitutivo regula esta composición del Consejo de
Administración:
 (27) un miembro designado por cada Estado,
 (2) dos miembros designados por el Parlamento Europeo y
 (3) tres miembros que representen y designen la Comisión.
• Se garantizará el más alto nivel de competencia y una amplia gama de conocimientos
especializados pertinentes.
• Los suplentes que representen al miembro en su ausencia serán nombrados por el
mismo procedimiento.
• El mandato de los miembros será de cuatro años.
FORO CONSULTIVO – Advisory Forum.
 El Foro Consultivo asesora al Director del Centro sobre la calidad del trabajo científico realizado por el
ECDC.
 Está compuesto por altos representantes de institutos y agencias nacionales de salud pública,
designados por los Estados miembros sobre la base de su competencia científica, y un funcionario de
salud pública de la Comisión Europea.
 Las asociaciones científicas europeas y los grupos de la sociedad civil también envían observadores al
Foro Consultivo.
 El Director del ECDC invita a la OMS a asistir a las reuniones para garantizar la sinergia en el trabajo.
 El Foro Consultivo es también un mecanismo para el intercambio de información, la puesta en común de
conocimientos sanitarios y el fomento de la cooperación en materia de salud
“Articulo 17
1. El Director será nombrado por la Junta directiva a partir
de una lista de al menos tres candidatos propuesta por
la Comisión tras celebrarse un procedimiento
competitivo abierto, previa publicación en el Diario Oficial
de la Unión Europea y en otros medios de comunicación
de una convocatoria de manifestaciones de interés que
haya sido validada por la Junta directiva. El nombramiento
se hará por un período de cinco años, que podrá
prorrogarse por un solo período que no exceda de cinco
años.
2. Antes del nombramiento se invitará sin demora al
candidato designado por la Junta directiva a realizar
una declaración ante el Parlamento Europeo y a
responder a las preguntas formuladas por los miembros de
esta institución.».
Nombramiento del
Director
REGLAMENTO (UE) 2022/2370 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de noviembre de 2022 que modifica el
Reglamento (CE) n.o 851/2004 por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32022R2370&from=ES
nuevo
2022
Governance
• Management Board
• Advisory Forum
• Competent Bodies
• Audit Committee
El ECDC en sus relaciones con los Estados miembros coopera con los organismos
competentes del ámbito técnico del ECDC, en particular en:
(1) el ámbito de la vigilancia (artículo 3, párrafo 2),
(2) las respuestas a las amenazas para la salud (artículo 4),
(3) los dictámenes científicos, la asistencia científica y técnica, la recopilación de
datos y la identificación de amenazas emergentes para la salud (párrafo 4 del
artículo 5) y
(4) campañas de información pública (párrafo 3 del artículo 12).
Las interacciones entre el ECDC y las CCB trabajan a tres niveles sobre la base de
una cadena de delegaciones:
1) Las relaciones y coordinación de alto nivel entre el ECDC y los CCB trabajan a nivel de
coordinador nacional.
2) Las interacciones estratégicas y generales relacionadas con un grupo específico de
enfermedades o funciones de salud pública funcionan a nivel de los Puntos Focales
Nacionales.
3) Las interacciones técnicas y operativas relacionadas con un área específica dentro de los
dominios de un grupo de enfermedades o de una función de salud pública funcionan a
nivel de los puntos de contacto operativos.
https://www.ecdc.europa.eu/sites/po
rtal/files/media/en/aboutus/Key%20D
ocuments/0404_KD_Regulation_esta
blishing_ECDC.pdf
COORDINACION CON LOS ORGANISMOS COMPETENTES
DE LOS ESTADOS MIEMBROS (Competent Bodies)
 Austria, Ministerio Federal de Salud
 Bélgica, Sciensano
 Bulgaria, Centro Nacional de Infecciones y Enf. Parasitarias
 Chipre, Direccion de Servicios Medicos y de Salud Pública
 Dinamarca, Danish Health and Medicines Authority
 Estonia, Health Board
 Finlandia, National Institute of Health and Welfare
 Francia, Santé Publique France
 Alemania, Robert Koch Institute
 Grecia, Organización Nacional de SP
 Irlanda, Health Protection Surveillance Centre
 Italia, Ministerio de Salute
 Lituania, Ministerio de Salud
 Luxemburgo, Direccion de Salud
 Malta, Superintendence of Public Health
 Países Bajos, RIVM-Inst. Nacional de SP y Medioambiente
 Portugal, Dirección General de Salud Pública
 Eslovaquia, Autoridad de Salud Pública
 España, Ministerio de Sanidad
 Suecia, FHM-Agencia de Salud Pública
Coordinating Competent Bodies
La agencia "emplea a más de 13,000 personas y ha solicitado
$ 9.57 mil millones de autoridad presupuestaria discrecional y
$ 5.8 mil millones adicionales de fondos obligatorios del
Congreso para el año fiscal 2022".
(85% del presupuesto es transferido a la red de SP)
The CDC has made a promise to the
American people that it will “base all
public health decisions on the highest
quality scientific data that is derived
openly and objectively.”
CDC, tasked with the
health defense of the
nation
https://www.cdc.gov/about/pdf/organization/cdc-org-chart.pdf
CDC. Comité Asesor del Director
https://www.cdc.gov/about/advisory-committee-
director/information.html#print
• FUNCIONES:
1) Asesorar al Secretario de Estado, a su Departamento, al
Director del CDC sobre políticas y estrategias que permitan
cumplir su misión del CDC de proteger la salud con su
promoción, la prevención y la preparación,
2) Recomendar prioridades de actividades, mejora los resultados
y abordaje de las desigualdades en salud,
3) Presentar directrices para hacer realidad la protección de la
salud.
• Regulado por ley (Public Health Service Act) y sujeto a la ley
FACA (Fed. Advisory Committee Act).
• Composición: 15 miembros, de ello 12 expertos en temas
relacionados con la misión del CDC; todos tienen
consideración de Special Gov. Employees.
• Mandatos de 4 años superpuestos.
• Tiene capacidad de crear SUBCOMITÉS
• Reuniones y documentación son por defecto de acceso
público (Sunshine y FACA Act).
https://www.cdc.gov/faca/index.html
Statutes
 Federal Advisory Committee Act (5USC, App)
 Government in the Sunshine Act (5USC552(b))
 Public Health Services Act: Advisory Councils or
Committees (42USC217a)
Regulation
 Federal Advisory Committee Management (Final
Rule)pdf
https://www.cdc.gov/faca/laws-
regulations/index.html
https://www.govexec.com/management/2021/09/republican-senators-look-make-
cdc-director-senate-confirmed-position/185376/
“The CDC director “surprisingly” does not require
Senate confirmation, despite the agency being one
of the “major” components of the Health and
Human Services Department, said a fact
sheet accompanying the bill”
La actual directora fue
nombrada directamente,
no precisó autorización del
SENADO
https://www.statnews.com/2020/07/13/cdc-
apolitical-island-defenseless/
Sin embargo, la agencia ha
enfrentado fuertes críticas a veces,
particularmente por su respuesta a
crisis y fallos éticos.
En 2020, volvió a ser el centro de
atención en medio de la pandemia
de una nueva enfermedad por
coronavirus, COVID-19, y los pasos
en falso durante el brote en los
Estados Unidos han provocado
peticiones y planes de reforma.
https://www.statnews.com/2020/09/16/as-controversies-
swirl-cdc-director-is-seen-as-allowing-agency-to-buckle-
to-political-influence/
…the CDC suffered not only from
political interference by the Trump
Administration
Public health experts at the CDC
who led the country’s responses to
countless threats over decades —
the deadly emergence of HIV, the
anthrax attacks of the autumn of
2001, SARS, the H1N1 flu pandemic,
and Ebola — have been sidelined
and silenced by the administration
in the midst of President Trump’s
reelection campaign.
https://www.washingtonpost.com/opinions/2023/01/19/cdc-
shortcomings-pandemic-solutions/
Scott Gottlieb is a fellow at the
American Enterprise Institute
and the author of
“Uncontrolled Spread: Why
Covid-19 Crushed Us and How
We Can Defeat the Next
Pandemic.” He was the 23rd
commissioner of the Food and
Drug Administration and
serves on the board of Pfizer.
In whittling down the CDC, Congress should
also reform a culture that rewards academic
achievement over operational execution,
shown by the agency’s penchant for
withholding actionable data until it can
publish its findings in academic journals.
The CDC’s priorities now include addressing “the public health
consequences of the climate crisis,” “reducing racial disparities in
public health,” addressing “the social determinants of health,
conditions in the places where people live, learn, work, and play”
and “increases in injury and violence prevention programs that
will help to address the growing crisis of domestic, sexual, and
gun violence.” People can reasonably disagree about the
importance of these goals. But there is no dispute that they’re
way outside the agency’s core mission of protecting the
nation from infectious diseases and imminent public-health
threats. Given the CDC’s poor pandemic performance and
substandard response to the current monkeypox outbreak, it
seems clear these expansive priorities distract the agency
from doing its real job.
https://nypost.com/2022/08/22/key-to-cdc-reform-is-undoing-mission-
creep-tossing-woke-programs/
https://www.washingtonpost.com/opinions/2023/01/26/cdc-
core-strengths/
The authors staffed the
Commonwealth Fund Commission
on a National Public Health
System.
The CDC develops and exercises
core capabilities in public
health, including epidemiology,
laboratory science, communications
and public engagement — on its own
campus and around the country —
by tackling the full range of
health challenges facing the
nation.
Mr. Gottlieb’s suggestion in his Jan. 19 op-
ed, “How to fix the CDC: First, make it
smaller,” to strip away core public health
work from the CDC would undermine
the foundation on which effective
emergency preparedness rests.
https://www.theatlantic.com/ideas/archive/2022/08/cdc-reform-
covid/671296/
Thomas R. Frieden is the president and
CEO of Resolve to Save Lives and a senior
fellow for global health at the Council on
Foreign Relations. He was the director of the
Centers for Disease Control and
Prevention during the Obama
administration.
Problems.
Slowness, impracticality, and lack of strategic thinking
Etiology
• (slowness and impracticality) too few of the thousands of
dedicated expert staff have substantial experience
implementing public-health programs in the field
• lack of strategic thinking is nearly inevitable in an
agency that Congress has divided into more than 150
different budget lines.
3 essential reforms
1. First, Congress must provide the CDC with sufficient, stable,
and efficient funding, including flexible emergency-
contracting authority.
2. Second, the CDC must exponentially increase collaboration
with state, city, and local health departments. (now 600
embedded in depts across the country) locally embedded
workforce
3. Third, and most important, the CDC needs to regain its voice
and rebuild trust with the American people… to speak with
the media at length, sharing the deep knowledge of CDC
scientists and the reasoning, dilemmas, and potential
shortcomings behind their recommendations and
guidance…Rebuilding trust will require hearing from
people at its headquarters in Atlanta who have worked
One particularly
dangerous prescription for reform the
public-health equivalent of a quack cure—
advocates a “return to the agency’s founding
mission,” code for eliminating programs that
reduce the burden of the country’s leading
causes of death.
https://www.folkhalsomyndigheten.se/the-public-
health-agency-of-sweden/
FHM – Agencia de Salud Pública
SUECIA
https://www.folkhalsomyndigheten.se/the-public-health-agency-of-sweden/
FHM – Agencia de Salud Pública
SUECIA
https://www.folkhalsomyndigheten.se/the-public-health-agency-of-sweden/about-us/brief-facts-and-organization/
FHM – Agencia de Salud Pública
Brief facts and organization
The Public Health Agency of Sweden is an expert authority with responsibility for
public health issues at a national level.
Facts
 It is a government agency accountable to the Government (Ministry of Health and Social
Affairs).
 Office locations are both in Solna (Stockholm) and in Östersund.
 The number of employees is approximately 600.
 The Agency was formed on 1 January 2014 through a merger of The Swedish Institute for
Communicable Disease Control and The Swedish National Institute of Public Health.
 On 1 July 2015 the Agency assumed the overall responsibility for the country's
communicable disease control from The National Board of Health and Welfare.
 The Agency is the national focal point concerning international threats to public health.
 On 1 August 2021 the Agency was designated official statistics agency for the two areas
development of public health and communicable disease control.
 The prioritized target groups for the Agency are:
• the Riksdag, the Government and Governmental agencies
• Regions, Municipalities and County Administrative Boards
• Various organizations
https://www.frontiersin.org/articles/10.3389/fpos.2022.832518/full
El excepcionalismo
sueco en la gestión de
la pandemia
Un caso único de
delegación por parte
de políticos elegidos en
expertos
• Departamento de Planificación,
Comunicación e inteligencia,
• Departamento de Preparación y
Respuesta
• Departamento de Vigilancia en Salud
Pública
• Departamento de Protección de la
salud, Evaluación y Asesoría,
• Departamento de Gestión Económica y
Administrativa
• Análisis de Salud Publica y gestión de
datos.
• Comunicación
• Condiciones de vida y hábitos***
• Microbiología***
• Control de enfermedades transmisibles
y Protección de la salud
• Desarrollo y soporte
Departamentos de FHM (Suecia).
Departamentos de la AESAP
https://www.santepubliquefrance
.fr/a-propos/sante-publique-
france-qui-sommes-nous
4 instances de gouvernance de
l’agence:
• Conseil d’administration,
• Conseil scientifique
• Comité d’éthique et de
déontologie.
• Comité d'orientation et de
dialogue (COD)
Composition du Conseil scientifique
Le Conseil scientifique compte 27 membres, y compris son président,
qui est nommé parmi ses membres, par arrêté du ministre chargé de la
Santé, après avis du Conseil scientifique.
Les membres sont nommés sur proposition de notre directeur général,
pour un mandat de quatre ans, renouvelable, par décision du président
du Conseil d’administration, après validation par le Conseil
d’administration de la liste des membres.
Missions du Conseil scientifique
Le Conseil scientifique a pour missions de :
1. Donner un avis sur les orientations de recherche, d’expertise et
d’études de Santé publique France ainsi que sur sa politique de
partenariat scientifique et de programmation
2. Assister la direction de Santé publique France dans l'élaboration
de procédures d'appels à projets
3. Valider et superviser le processus d'évaluation de l'activité
scientifique de Santé publique France, et émettre, sur la base des
résultats obtenus, des recommandations à la direction
4. Donner un avis sur la nécessité de constituer des comités
d’experts
https://www.santepubliquefrance.fr/a-propos/notre-organisation/une-organisation-au-service-des-programmes/conseil-scientifique
 4 parlementaires
 9 membres représentant l'État
 2 Santé
 1 Travail, Recherche, l’environment, l’éducation
nationale, défense, budget , outre-mer (
 1 représentant des régimes obligatoires d'assurance
maladie
 4 représentants des partenaires institutionnels de
Santé publique France
 3 professionnels de santé
 4 représentants d'associations
 2 élus représentant les collectivités territoriales
 2 personnalités compétentes dans les domaines
relevant des missions de Santé publique France
 3 représentants du personnel de Santé publique
France
Les déclarations publiques d'intérêts des membres du Conseil d’administration
sont disponibles sur https://dpi-declaration.sante.gouv.fr/dpi-
webapp/app/authentification.
Lors des séances du Conseil d'administration, sont
également présents, avec voix consultatives :
•le directeur général de Santé publique France,
•l'agent comptable,
•le contrôleur budgétaire,
•le président du Conseil scientifique,
•le président du Comité d'éthique et de déontologie,
•le président du Comité d'orientation et de dialogue.
Conseil d’administration
https://www.santepubliquefrance.fr/a-propos/notre-organisation/une-organisation-au-service-des-programmes/conseil-d-administration
https://www.santepubliquefrance.fr/a-propos/nos-principes-fondateurs
Santé publique France en
quelques mots :
En tant qu'agence scientifique et d’expertise
du champ sanitaire, Santé publique France a
en charge :
• l'observation épidémiologique et la surveillance
de l'état de santé des populations ;
• la veille sur les risques sanitaires menaçant les
populations ;
• le lancement de l'alerte sanitaire ;
• la promotion de la santé et la réduction des
risques pour la santé ;
• le développement de la prévention et de
l'éducation pour la santé ;
• la préparation et la réponse aux menaces,
alertes et crises sanitaires.
https://www.santepub
liquefrance.fr/a-
propos/notre-
organisation/une-
organisation-au-
service-des-
programmes
https://videos.senat.fr/video.3226382_63d8539d99d03.sante-publique-france--audition-de-la-candidate-a-la-direction-general
Réserve sanitaire
Animée par Santé publique France, la Réserve
sanitaire est une communauté de professionnels
de santé volontaires et mobilisables par l’État
(médecins, soignants, techniciens de laboratoire,
manipulateurs radio...). Capable d’intervenir dans
un délai très court, la Réserve sanitaire tient à
disposition un large éventail de compétences pour
venir en renfort lors de situations sanitaires
exceptionnelles.
La Réserve sanitaire peut être mobilisée rapidement pour des
missions généralement courtes :
 des missions de renfort de l’offre de soins ou médico-
sociale, notamment lorsqu’une situation sanitaire
exceptionnelle perdure (épidémie, canicule, afflux de
population…) ;
 des missions de rapatriement ou d’évacuation lors de
troubles politiques ou des catastrophes naturelles ;
 des missions de renfort de plateaux téléphoniques destinés
aux victimes, à leurs proches et à la population ;
 des missions de renfort et de prévention lors de grands
rassemblements de populations ;
 des missions d’expertise et de coordination.
 La demande de mobilisation est effectuée par une autorité
tierce : ministère chargé de la santé, à la demande d’un
autre ministère le cas échéant (Affaires étrangères, Défense,
Intérieur…), ou par une agence régionale de santé.
https://www.santepubliquefrance.fr/presse/2020/la-reserve-sanitaire-un-renfort-en-cas-de-situations-sanitaires-exceptionnelles
https://www.santepubliquefrance.fr/a-propos/nos-principes-
fondateurs/reserve-sanitaire
UKHSA’s national and local presence
https://assets.publishing.service.gov.uk/govern
ment/uploads/system/uploads/attachment_da
ta/file/1112606/UKHSA_Senior_Leadership.pdf
CHIEF EXECUTIVE (Medica salud publica, ex CMO Eng)
UKHSA Advisory Board (2021-)
• CHAIR (alto ejecutivo sanidad, energía, banca)
• 5- Non-executive UKHSA Advisory Board members
• Medicine, public health, government
• Infectious diseases, university, MHRA
• Social scientist, HIV
• Local Gov. Association
• Ex alto cargo Defensa
• 3- Associate non-executive UKHSA Advisory Board
members
• IT, ejecutivo alto nivel
• Experiencia en planificación, gestión Servicios Sanitarios
• Medicina, vacunas, MHRA
• 4- Executive UKHSA Advisory Board members
• Chief Medical Advisor, Prof. enf. infecciosas
• Chief Scientific Officer
• DG Strategy, Policy, Programmes
• DG Finance, Corporate Services
Perfiles profesionales en el gobierno
de la UKHSA (2021-)
https://www.gov.uk/government/organisations/uk-health-
security-agency/about/our-governance
https://www.gov.uk/government/publications/
framework-document-between-the-
department-of-health-and-social-care-and-the-
uk-health-security-agency
https://www.gov.uk/government/organisations/uk-health-security-agency/about/our-governance#ukhsa-leadership-organogram
UKHSA Advisory Board
The UKHSA Advisory Board will meet at least quarterly and
meetings shall be held in public. Led by the Chair, it is
responsible for providing strategic advice on the running
of UKHSA, assuring the effectiveness of UKHSA’s corporate
governance arrangements, and for advising the Chief Executive
on:
• the development of UKHSA’s corporate plan and annual
business plan
• UKHSA’s financial and performance objectives, and progress
on meeting those objectives
• management performance and effective leadership of
UKHSA within a framework of prudent and effective controls
which enables risk to be assessed and managed
• issues and policies, both within the public health system and
from other government departments, which could impact on
the strategic direction of UKHSA
The UKHSA Advisory Board will establish the
following committees:
• an Audit and Risk Committee. Ian Peters will chair this
committee in the interim, pending the recruitment of another
independent Non-Executive Member with significant
experience of financial leadership at board level. The
committee will look at risk management, corporate
governance and assurance arrangements for UKHSA
• a People and Culture Committee, chaired by Non-Executive
Member Sir Gordon Messenger
• a Science and Research Committee, chaired by Non-
Executive Member Jon Friedland
• an Equalities, Ethics and Communities Committee, chaired
by Non-Executive Member Graham Hart
Mandate. The role of the Public Health Agency of Canada
•Promote health;
•Prevent and control chronic diseases and injuries;
•Prevent and control infectious diseases;
•Prepare for and respond to public health emergencies;
•Serve as a central point for sharing Canada's expertise with
the rest of the world;
•Apply international research and development to Canada's
public health programs; and
•Strengthen intergovernmental collaboration on public health
and facilitate national approaches to public health policy and
planning.
Regional offices in all provinces
Public Health Agency of Canada’s organizational structure
Branches and offices
•Infectious Diseases Programs Branch
•Health Promotion and Chronic Disease Prevention Branch
• Office of the Chief Dental Officer of Canada
•Health Security and Regional Operations Branch
•Strategic Policy Branch
•Chief Financial Officer and Corporate Management Branch
•Emergency Management Branch
•Corporate Data and Surveillance Branch
•National Microbiology Laboratory Branch
•Office of Audit and Evaluation
•Office of International Affairs for the Health Portfolio
The Health Portfolio (Ministry and all agencies)
consists of approximately 12,000 full-time
equivalent employees and an annual budget of
over $3.8 billion.
https://www.canada.ca/en/public-health/corporate/organizational-structure.html
https://www.canada.ca/en/public-
health/corporate/organizational-
structure.html
https://www.canada.ca/en/public-health/corporate/organizational-structure/canada-chief-
public-health-officer/role-chief-public-health-officer.html
In an Emergency
In a public health emergency, such as an outbreak or
natural disaster, the Chief Public Health Officer is
responsible for:
 Briefing and advising Canada's Minister of Health, the
President of the Public Health Agency and others as
appropriate;
 Working with counterparts in other departments,
jurisdictions, and countries, as well as with experts and
elected officials, to communicate with Canadians about
how to protect themselves and their families;
 Personally delivering public health information to
Canadians via media appearances, public statements,
updates to the Public Health Agency web site, and
columns and public advertisements in daily and
community newspapers;
 Providing direction to Public Health Agency staff,
including medical professionals, scientists, and
epidemiologists, as they plan and respond to the
emergency;
 Leading daily national teleconferences as appropriate
with federal government scientists and experts to share
information and plan outbreak responses; and
 Coordinating with jurisdictions through regular
teleconferences with Canada's provincial and territorial
Chief Medical Officers of Health and others.
https://www.canada.ca/en/public-health/corporate/mandate/about-agency/external-advisory-bodies.html
• Departamento de Planificación,
Comunicación e inteligencia,
• Departamento de Preparación y
Respuesta
• Departamento de Vigilancia en Salud
Pública
• Departamento de Protección de la
salud, Evaluación y Asesoría,
• Departamento de Gestión Económica y
Administrativa
Departamentos PHACanada
Departamentos de la AESAP
• Subdivisión de Programas de Enfermedades
Infecciosas
• Subdivisión de Promoción de la Salud y Prevención
de Enfermedades Crónicas***
• Oficina del Director Dental de Canadá***
• Subdivisión de Seguridad Sanitaria y Operaciones
Regionales***
• Subdivisión de Política Estratégica
• Director Financiero y Subdivisión de Gestión
Corporativa
• Subdivisión de Gestión de Emergencias
• Subdivisión de Datos y Vigilancia Corporativa
• Subdivisión del Laboratorio Nacional de
Microbiología***
• Oficina de Auditoría y Evaluación
• Oficina de Asuntos Internacionales de la Cartera de
Salud***
https://www.canada.ca/en/public-health/programs.html
4- Qué podemos-debemos aprender de las
experiencias ajenas.
PAIS INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA SALUD PÚBLICA
EEUU NIH - National Institute of Health CDC Center Diseases Control
FRANCIA
INSERM- Institut National de la Santé et de
la Recherche Médical
Santé Publique France (SPD) - Agence Nationale de
Santé Publique
REINO UNIDO
MRC -Medical Research Council
NIHR - Nat. Inst. for Health and Care
Research
UKHSA- Health Security Agency (former PHE)
OHID Office for Health Improvemente & Disparities
ALEMANIA
DZG Deutsche Zentren der
GesundheitsForschung
Centro Alemán de Investigación en Salud
Robert Koch Institut
SUECIA Swedish Research Council FHM- Agencia de Salud Pública de Suecia
ITALIA CNR Consiglio Nazionale delle Ricerche
CANADA CIHR - Canadian Institutes of Health Research PHAC - Public Health Agency of Canada
JAPON
AMED - Japan Agency for Medical Research
and Development
National Institute of Public Health of Japan
HOLANDA NWO - Dutch Research Council IVM- Nat. Inst. for Public Health & the Environment
ESPAÑA ISCIII - Instituto de Salud Carlos III ISCIII - Instituto de Salud Carlos III
Fuente: elaboración propia con datos de páginas web oficiales.
Organización institucional de la investigación biomedica y de la salud pública en
algunos países (datos actualizados a 2023)
PAIS
AGENCIA DE
SP/CENTRO CONTROL
ENFERMEDADES
EFECTIVOS
(Nº)
PRESUPUESTO-
GASTO ANUAL
LABORATORI
O MICROB.
ENF.
CRÓNICAS
SEDES
TERRITO
RIALES
UE ECDC-Eur.Centre Diseases Control 371 100.700.000 € NO NO NO
EEUU CDC Center Diseases Control 13.000 15.370.000.000
$ SI SI SI
FRANCIA
Santé Publique France (SPF)
- Agence Nationale de Santé
Publique
744 7.400.000.000 € SI SI SI
REINO UNIDO
UKHSA- Health Security
Agency 6.606 6.886.800.000
£ SI NO SI
ALEMANIA Robert Koch Institut 1.500 ?? SI SI
SUECIA
FHM- Agencia de Salud
Pública de Suecia 600 ?? SI SI SI
CANADA
PHAC - Public Health Agency
of Canada 12.000 3.800.000.000
$ SI SI SI
ESPAÑA AESP (PROYECTO 2023) 251 14.266.683 € NO NO NO
Agunas carácteristicas de las Agencias de Salud Pública / Centros de Contros de
Enfermedades de países seleccionados
Fuente: elaboración propia con datos de páginas web oficiales.
• La función de formación en salud pública es parte del mandato de todas
las agencias;
• El asesoramiento científico organizado (comités, etc.) forma parte de la
estructura organizativa y funcional de todas las agencias, y varias
incluyen previsiones para situaciones de emergencia;
• La selección y nombramiento de la persona responsable de la agencia
forma parte de la cultura de gobernanza de cada país. En el CDC su
nombramiento requerirá ‘hearing’ en el Senado.
• La existencia de un órgano colegiado de gobierno es una característica
compartida aunque con configuraciones diferentes;
• Las agencias de países compuestos (USA y Canada) tienen estructura y
funciones para trabajar con las autoridades subnacionales y cuentan
física en todo el territorio (incluso personal ‘empotrado’ localmente);
• Solo el ECD es organismos creado ex novo, todas las demás agencias se
han formado reconfigurando y juntando organizaciones
preexistentes.
4- Qué podemos-debemos aprender de las
experiencias ajenas.
COMENTARIOS DE SÍNTESIS PARA TRATAR
DE EXTRAER ALGUANAS CONCLUSIONES
• Este anteproyecto de ley se limita a construir el esqueleto normativo legal que exige la creación de cualquier agencia (según ley
40/2015); no incluye aspectos tan claves de la AESP como su gobernanza, órganos de asesoramiento y marco de autonomía
para cumplir su misión, etc., aspectos todos ellos que se remiten a la propuesta de ESTATUTO que acompaña al proyecto
hurtando con ello al Congreso la decisión sobre aspectos tan sustantivos de la Agencia como es su gobernanza.
• Convendría revisar las funciones a la AESP pues aquellas de las que habla la exposición de motivos no están reflejadas en la
parte dispositivo de la ley (por ejemplo: su papel internacional, en recursos humanos para la salud pública); los ocho grupos de
funciones de la propuesta de Plan inicial de Actuación no se corresponden con cinco de ley (más uno genérico).
• El diseño de la gobernanza de la AESP, derivado de la ley 40/2015, es el de un ente instrumental del Ministerio de Sanidad,
propio de una organización que “debe asumir el desarrollo y ejecución de las funciones técnicas del Ministerio de Sanidad”
(exposición de motivos). Por otro lado, la exposición de motivos atribuye a la AESP el papel de “fuente independiente y
transparente” de información. El anteproyecto opta por unir, como en el CDC de USA, en la persona del Director la autoridad
administrativa y la autoridad profesional; el contexto político español y el sistema elegido para el nombramiento del Director
hacen poco realista desempeñar con credibilidad las dos funciones en una misma persona.
Por ello parece conveniente crear en la EASP una figura con autoridad personal profesional en salud pública, un Alto
Comisionado de Salud Pública (similar al Chief Public Health Officer); se trataría de un puesto científico-técnico de salud pública
con el máximo nivel y con un sistema de selección-nombramiento especial y un estatus protegido.
Comentarios 1
Sobre el proyecto de ley, de estatutos y el plan de actividades
• El Consejo Rector, que es el órgano de gobierno colegiado de la Agencia, tiene una composición más propia de
un órgano de coordinacion (y ya se crea una Comisión Intersectorial) que de un órgano ejecutivo tipo consejo
de administración.
a) Incluye con voz y voto al consejo al Director de la AESP (teóricamente debiera participar con voz pero sin voto en el mismo para recibir instrucciones y rendir
cuentas);
b) Incluye cinco directivos de agencia/organismos de similar rango y estatus que la AESP y el director de ésta, el cual por lo tanto estaría en condiciones de
inferioridad en relación a ellos para desempeñar algunas de las funciones que tiene atribuidas la Agencia.
c) No cuenta con representantes del Ministerio de Hacienda y Función Pública cuyo papel en las decisiones que implican gasto es bien conocido; están
presentes representantes de los ministerio de Transición Ecológica y Presidencia.
d) Incluye una presencia de escaso peso de las CCAA en el Consejo, tanto en numero (3) como por su carácter rotatorio cada dos años.
e) No justifica la presencia de la FEMP ni de representantes de los trabajadores de la Agencia los cuales cuentan con otras instancias su interlocución con la
Agencia, obviando los problemas de conflicto de interés que plante su presencia en el Consejo Rector.
f) No incluye nombramiento de sustituto al mismo tiempo que el titular (como sí hace la Agencia Francesa de Salud Pública); las previsiones para eventuales
sustituciones de titulares dan la impresión que la participación de mero tramite en el Consejo Rector, no dando importancia a la continuidad y el trabajo en
equipo entre titulares y sustitutos.
g) No se especifica duración del cargo de miembro del Consejo Rector.
h) Se exige rango mínimo de Director General a los representantes de la AGE y Viceconsejero a los de las CCAA lo que por definición excluye (i) perfiles
profesionales con posibilidad de dedicación significativa a su papel en el órgano rector y (ii) conlleva inestabilidad en el puesto dada la naturaleza política de los
altos cargos.
i) PUNTO CRÍTICO. Su composición es la de órgano endogámico de la administración pública que no incluye personalidades externas a la administración como
por ejemplo del ámbito académico, investigación, practica de la salud pública, expertos extranjeros propuestos por el ECDC u otras Agencias de la UE,
miembros del Congreso o del Senado (como si hace la Agencia de SP de Francia). Esta es una consideración de gran relevancia para la operatividad del
Consejo Rector.
• En conclusión: parece necesario replantear la composición del Consejo Rector existente en el proyecto de
Estatutos.
Comentarios 2
Sobre el proyecto de ley, de estatutos y el plan de actividades
• El Director General de la EASP. Literalmente la propuesta de Estatuto (Art. 14.2) dice: “será nombrada y separada por el Consejo
Rector, entre una terna de personas candidatas propuestas por la Presidencia entre profesionales con titulación superior,
atendiendo a criterios de competencia profesional, experiencia en salud pública y en las funciones desarrolladas por la AESAP y en
puestos directivos de la administración pública, una vez oídas las sociedades científicas más representativas en el ámbito de la
Salud Pública.”
• La falta de mayor concreción en el proceso de selección nombramiento y cese de la figura del DG (anuncio público, comité de selección,
examen parlamentario, duración del mandato, cese motivado, etc.) lleva a pensar en un nombramiento estándar de un DG sin peculiaridad
alguna…
• Las funciones que se enumeran de la DG son eminentemente gestoras y no incluyen aspecto alguno relacionado con los requisitos de
profesionalidad científica que enumeran en el Art. 14.2; ello da pie para insistir en la importancia de crear un puesto en la AESP equivalente
al Chief Public Health Officer existente en la Agencia de Salud Pública de Canadá…
• Consejo de Participación (órgano de participación de la sociedad). Se compone de 17 personas, 7 de ellas “de organizaciones más
representativas de la sociedad civil” (2 de las organizaciones sindicales, 1 de la organización empresarial, 1 de las organizaciones de Consumidores y
Usuarios y 2 de las ONGs “cuyo objeto esté relacionado con los fines de la AESP”); incluye además 3 de las “sociedades científicas más
representativas relacionadas con funciones de la Agencia”, 6 de la AGE, 5 en representación de las CCAA y 1 de la FEMP. Esta composición desde
Consejo tiene una justificación difícil pues duplica la presencia en órganos de la agencia de la AGE y de las CCAA, también de la FEMP. La mezcla de
entidades en este Consejo es incoherente por representar y responder a intereses muy diferentes entre sí. Organizar una participación y un
asesoramiento mas eficaz en la AESP llevaría a crear tres órganos diferentes:
(i) un órgano de coordinación de las Autoridades de Salud Pública de las CCAA,
(ii) un Consejo Asesor Científico externo y
(iii) un órgano de participación de agentes sociales y otras organizaciones.
Comentarios 3
Sobre el proyecto de ley, de estatutos y el plan de actividades
• Personal de la AESP. La Agencia contará con plantilla propia de personal y éste podrá ser laboral y tambien provenir de todas las
administraciones publicas, excepto de universidades, (¿olvido o decisión?). La oferta anual de empleo integrada en el oferta de
empleo publico estatal apunta a un escaso nivel de autonomía y flexibilidad organizativa en un aspecto crítico. De momento no se
contempla destinar personal de la Agencia en las CCAA o Aytos como si realizan la Agencias de otros países.
• ORGANOS NO PREVISTOS Y QUE SERÍAN NECESARIOS.
• Un Consejo Científico Asesor Externo, en el que estén presentes, a titulo personal (y a propuesta de sociedades científicas),
expertos de todos los campos de actuación de la AESP (epidemiología, demografía, estadística, sociología, derecho sanitario,
bioética, servicios sanitarios, etc.)
• Un Consejo Asesor Interno, al ser la AESP una ‘organización profesional’ (basada en el conocimiento), debiera preverse la
existencia órganos equivalente a las Juntas Técnico-Asistenciales de los hospitales, como órgano de asesoramiento, consulta
y participación interna de los profesionales de la Agencia.
• Un Consejo de Direccion, como órgano interno y cauce habitual para el análisis y coordinación de las decisiones del equipo
directivo de la Agencia.
• Un Consejo Asesor de Ética en Salud Pública, quizá como un subgrupo del Consejo de Bioética…
• Una Comisión de Coordinacion de Autoridades de Salud Pública (AESP/Consejerías de las CCAA) que integre-incluya las
actuales funciones de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial de Salud, que explicite la red autonómica de
la Agencia y las autoridades de SP de las CCAA, replicando los Competent Bodies de los Estados Miembros con los que se
relaciona la ECDC a nivel de la UE.
Comentarios 4
Sobre el proyecto de ley, de estatutos y el plan de actividades
AUTORIDAD SANITARIA
CENTRAL
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
AUTORIDAD SANITARIA
CCAA
¿A cuántas “brazadas” de distancia institucional?
AGENCIA ESTATAL DE
SALUD PÚBLICA
ISCIII INVESTIGACIÓN
?
ISCIII SALUD PÚBLICA
?
¿Cuántas funciones se
pretenden trasplantar
a la AESP?
La AESP… es un pequeño paso para la Salud Pública que
necesitamos, pero un gran salto para superar el abandono
secular que hemos padecido.

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AGENCIA ESTATAL SALUD PUBLICA CDC?

  • 1. Agencia Española de Salud Pública: ¿el CDC que España necesita? Jose Manuel Freire Jose Ramón Repullo
  • 2. GUIÓN 1.Políticos, altos funcionarios y científicos- expertos; ¿cómo engarzar las tres dimensiones necesarias? 2.Ayudaría mucho aplicar los principios de Buen Gobierno 3.Breve revisión internacional: CDC-USA, ECDC-UE, UKHSA, RKO-D, FHM-Suecia, PHA-Canada… 4.Qué se puede/debe aprender de la experiencias ajenas 1. La AESP; una organización necesaria, largamente esperada, pero con un diseño, tamaño y alcance muy mejorables 2. Lo que sabemos de la AESP 3. Centralización vs Descentralización de las funciones de salud pública en España: cuando la ubicación física puede ser lo de menos…
  • 3. 1- La AESP; una organización necesaria, largamente esperada, pero con un diseño, tamaño y alcance muy mejorables • EL TESORO… la condición de AGENCIA Art. 1.2 La AESAP cuenta con personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, en los términos previstos en los artículos 88 a 97 y 108 bis a 108 sexies de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • 4. ¿Nace ex-novo o a partir de lo pre-existente? • Pregunta de difícil respuesta… • Para ser ex–novo, parece que el tamaño es pequeño, en comparación con las funciones son muy extensas y se extienden a muchos confines de la Salud Pública • Pero para abordar estas funciones, no queda claro como se reorganizan las instituciones actuales: especialmente Ministerio de Sanidad e Instituto de Salud Carlos III
  • 5. No existirán duplicidades, dado que actualmente las competencias de vigilancia epidemiológica que competen al Ministerio de Sanidad están siendo desarrolladas por: • Instituto de Salud Carlos III: realiza las labores de gestión diaria de vigilancia por orden del Ministerio de Sanidad, incluida la asesoría técnico-científica, así como el desarrollo de acciones técnicas. Estas funciones pasarán a ser ejercidas por la Agencia. • Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (en adelante, CCAES), del Ministerio de Sanidad: desarrollo y coordinación de la Red de Vigilancia en Salud Publica. Estas funciones serán mayoritariamente ejercidas por la Agencia.
  • 6. Condicionantes internacionales para su aparición • El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ha establecido, a través de su componente 18, las reformas e inversiones necesarias para la renovación y ampliación de las capacidades del Sistema Nacional de Salud. Concretamente, la Reforma 2 (C18.R02) del sistema de salud pública se centra en la implementación de los tres instrumentos estratégicos y operativos previstos en la Ley 33/2011, de 4 de octubre: la Estrategia de Salud Pública, la Red de Vigilancia en Salud Pública y el Centro Estatal de Salud Pública.
  • 7. • Línea Estratégica 1: Fortalecer la salud pública para mejorar la salud de la población. • Línea Estratégica 2: Modernizar la vigilancia en la salud pública y garantizar la capacidad de respuesta ante los riesgos y las emergencias en salud. • Línea Estratégica 3: Mejorar la salud y el bienestar a través de la promoción de estilos de vida y entornos saludables, seguros y sostenibles. • Línea Estratégica 4: Promover la s alud y la equidad en salud a lo largo de la vida https://www.sanidad.gob.es/ciudadanos/pdf/Estrategia_de_Sa lud_Publica_2022___Pendiente_de_NIPO.pdf
  • 9. 2- Lo que sabemos de la AESP
  • 10. Documento de 442 págs • Texto del Anteproyecto de ley • MAIN (Memoria de Análisis de Impa cto Normativo)
  • 11. Artículo 1. Objeto, naturaleza jurídica y adscripción orgánica. 1. El objeto de esta ley es la creación de la Agencia Estatal de Salud Pública, en adelante, AESAP, y la modificación de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. 2. La AESAP cuenta con personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, en los términos previstos en los artículos 88 a 97 y 108 bis a 108 sexies de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 3. La AESAP se adscribe orgánicamente al Ministerio de Sanidad, a través de la Secretaría de Estado de Sanidad. 4. Dentro de la esfera de sus competencias, le corresponden las potestades administrativas para el cumplimiento de sus fines, en los términos que prevea su estatuto y de acuerdo con la legislación aplicable. En el ejercicio de sus funciones públicas, la AESAP actuará de acuerdo con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre. INDICE DEL PROYECTO DE LEY  Exposición de motivos  Artículo 1. Objeto, naturaleza jurídica y adscripción orgánica.  Artículo 2. Objetivo y fines generales.  Artículo 3. Régimen de personal.  Artículo 4. Régimen económico, financiero, patrimonial y de contratación.  Artículo 5. Régimen presupuestario, de contabilidad y control económico financiero.  Artículo 6. Obligación del suministro de datos.  Artículo 7. Tratamientos de datos de carácter personal.  Artículo 8. Modificación de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
  • 16. Ante esta situación, se hace necesaria la creación de una Agencia Estatal de Salud Pública que amplíe los objetivos previstos inicialmente en base a las siguientes motivaciones: 1. Implementar las reformas organizativas necesarias para hacer frente a nuevos riesgos o amenazas a la salud pública tras las lecciones aprendidas en la pandemia de COVID-19. 2. Necesidad de desarrollar el artículo 47 de la Ley 33/2011 de 4 de octubre, adaptándolo a las necesidades surgidas tras la pandemia de COVID-19. 3. Cumplir con las conclusiones para la Reconstrucción Social y Económica del Congreso 4. de los Diputados. 5. Cumplir lo dispuesto en el Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, y reforzar al Ministerio de Sanidad en el control de enfermedades y crisis sanitarias, especialmente de potencial pandémico. 6. Dar cumplimiento a las Reformas C18.R2 e inversiones C18.I3 del PRTR, para reformar el sistema de salud pública y aumentar las capacidades de respuesta ante crisis sanitarias. 7. Alinearse con lo establecido en la Estrategia de Seguridad Nacional y modernizar y actualizar el Sistema de Vigilancia en Salud Pública. 8. Alinearse con las reformas realizadas por la Comisión Europea para constituir la Unión Europea de la Salud. • Plan Inicial de Actuacion • MAIN (Memoria de Análisis de Impacto Normativo) JUSTICACION DE LA AESP
  • 17. Artículo 7. Órganos de la Agencia Estatal de Salud Pública Los Órganos de la AESAP son los siguientes: Órganos de gobierno: la Presidencia y el Consejo Rector. Órgano de control: la Comisión de Control Órganos ejecutivos: la Dirección General y los indicados en el artículo. Órgano de coordinación: La Comisión Intersectorial. Órgano de participación: El Consejo de Participación. PRESIDENCIA 1. La persona titular de la Presidencia de la AESAP será la persona titular de la Secretaría de Estado de Sanidad del Ministerio de Sanidad. 2. La persona titular de la Presidencia de la AESAP ostenta la representación del Consejo Rector, convoca sus reuniones, fija el orden del día, dirige y preside sus reuniones y ejercerá, además, las siguientes funciones: a) Ostentar la máxima representación institucional de la AESAP tanto a nivel nacional como internacional. b) Proponer al Consejo Rector una terna de candidatos para el nombramiento de la persona titular de la Dirección General de la AESAP, proponer a las que puedan integrar la Comisión de Control, así como proponer el cese de la misma. Propuesta de ESTATUTOS de la AESP
  • 18. Artículo 9. Consejo Rector. − El Consejo Rector es el órgano de gobierno colegiado de la AESAP, al que corresponde velar por la consecución de los objetivos asignados a la misma y ejercer la superior dirección de la misma. − El Pleno del Consejo Rector estará integrado por la Presidencia de la AESAP, la Vicepresidencia, las Vocalías y la Secretaría. − La vicepresidencia es ejercida por la persona titular de la DG de Salud Pública del Ministerio de Sanidad. Tienen la consideración de vocales del Consejo Rector: (13) • La persona titular de la Dirección General de la AESAP. • La persona titular de la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. • La persona titular de la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de información para el Sistema Nacional de Salud. • La persona titular de la Dirección General del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P. • La persona titular de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. O.A. • La persona titular de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, del Ministerio de Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. • Una persona en representación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. • Una persona en representación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. • Tres representantes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, nombrados por un periodo de dos años y con carácter rotatorio, a propuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. • Un representante de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) nombrado por un periodo de dos años y con carácter rotatorio a propuesta de la FEMP. • Un representante de los trabajadores de la AESAP, designado por el conjunto de las centrales sindicales más representativas en el ámbito sanitario. Propuesta de ESTATUTOS de la AESP
  • 19. P VP a b c d e f g h i i i j k a. La persona titular de la Dirección General de la AESAP. b. La persona titular de la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. c. La persona titular de la Dirección General de Salud Digital y Sistemas de información para el Sistema Nacional de Salud. d. La persona titular de la Dirección General del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P. e. La persona titular de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. O.A. f. La persona titular de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, del Ministerio de Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. g. Una persona en representación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. h. Una persona en representación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. i. Tres representantes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, nombrados por un periodo de dos años y con carácter rotatorio, a propuesta del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. j. Un representante de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) nombrado por un periodo de dos años y con carácter rotatorio a propuesta de la FEMP. k. Un representante de los trabajadores de la AESAP, designado por el conjunto de las centrales sindicales más representativas en el ámbito sanitario. Modelo tradicional de gobernanza institucional hiper- controlada, con 15 miembros, 10 “del mismo equipo” (7 de casa y 3 vecinos)
  • 20. Artículo 14. Dirección General de la Agencia Estatal de Salud Pública. El máximo órgano ejecutivo de la AESAP es su Dirección General, siendo la persona responsable de la dirección y gestión ordinaria de la misma. La persona titular de la Dirección General de la AESAP será nombrada y separada por el Consejo Rector, entre una terna de personas candidatas propuestas por la Presidencia entre profesionales con titulación superior, atendiendo a criterios de competencia profesional, experiencia en salud pública y en las funciones desarrolladas por la AESAP y en puestos directivos de la administración pública, una vez oídas las sociedades científicas más representativas en el ámbito de la Salud Pública. La persona titular de la Dirección General de la AESAP tendrá la consideración de alto cargo, con rango de persona titular de Dirección General, a efectos de lo dispuesto en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, y sus disposiciones de desarrollo, así como a efectos retributivos, de acuerdo con el artículo 21, apartado Tres, de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 o precepto equivalente de las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado. Propuesta de ESTATUTOS de la AESP
  • 21. Artículo 16. Departamentos de la AESAP. La AESAP estará integrada por los siguientes departamentos, que asumirán las funciones indicadas a continuación, a cuyo frente existirá una persona titular de la dirección del mismo: • Departamento de Planificación, Comunicación e inteligencia, que desempeña las funciones de sustitución y apoyo a la Dirección General, en los casos de ausencia, vacante o enfermedad de su titular, así como la de los apartados 4c, 4f, 6b, , y todo el apartado 8, del artículo 5. • Departamento de Preparación y Respuesta que incluye el Centro de Operaciones de Emergencias y desempeña las funciones de los apartados 3 (entero) y 4d, del artículo 5. • Departamento de Vigilancia en Salud Pública que desempeña las funciones de los apartados 1 (entero) y 4a, 4b, 4e y 7a del artículo 5. • Departamento de Protección de la salud, Evaluación y Asesoría, que desempeña las funciones de los apartados, 2 (entero), 4g, 6a, 7b, 7c, 7d, del artículo 5. • Departamento de Gestión Económica y Administrativa, que desempeña las funciones en materia de contratación administrativa, presupuestaria, gestión económica, contabilidad, jurídica, tecnologías de la información, régimen interior y de gestión de recursos humanos. Propuesta de ESTATUTOS de la AESP
  • 22.
  • 23. Conocimiento científico y asesoría Competencia experta (policy capacity) Liderazgo estratégico e implementación
  • 24. 3- Centralización vs Descentralización de las funciones de salud pública en España: cuando la ubicación física puede ser lo de menos…
  • 25.
  • 26. Problemas • La amplitud y complejidad de las funciones de la Salud Pública • El marco normativo consolidado: descentralización radical de competencias (1981) políticamente poco apreciadas y escasamente desarrolladas • El “confortable estado del malestar” • La dificultad para desarrollar la “gobernanza multinivel” • Aunque en la COVID-19 hubo también muchas experiencias ejemplares de coordinación inter-niveles • Un modelo de Estado con fuerte interferencia política, jibarización de su estructura de altos funcionarios, y mala articulación con el mundo científico y experto
  • 27. Los 10 servicios esenciales de salud pública 1. Monitorear el estado de salud para identificar y resolver problemas de salud de la comunidad 2. Diagnosticar e investigar problemas de salud y riesgos para la salud en la comunidad 3. Informar, educar y empoderar a las personas sobre temas de salud 4. Movilizar asociaciones y acciones comunitarias para identificar y resolver problemas de salud 5. Desarrollar políticas y planes que apoyen los esfuerzos de salud individuales y comunitarios 6. Hacer cumplir las leyes y regulaciones que protegen la salud y garantizan la seguridad 7. Conectar a las personas con los servicios de salud personales necesarios y garantizar la prestación de atención médica cuando de otro modo no esté disponible 8. Asegurar la disponibilidad de personal competente de salud pública y de servicios personales de salud 9. Evaluar la efectividad, accesibilidad y calidad de los servicios de salud personales y de salud pública 10. Investigar para lograr nuevos conocimientos y soluciones innovadoras a problemas de salud https://www.cdc.gov/publichealthgateway /publichealthservices/originalessentialheal thservices.html
  • 28. Si la AESP migra a una sede lejana al Paseo del Prado… • Se ahorrará costes de infraestructura… (que deberá asumir la sede que la acoja) • Pero será más difícil mover y reasignar funcionarios… (salvo que se pague más y se haga muy atractiva la movilidad) • La integración en la Agencia de una serie de plazas procedentes tanto del Ministerio de Sanidad (49), como del Instituto de Salud Carlos III, (13). El coste de las mismas, integrado actualmente en el presupuesto de los respectivos organismos, asciende a unos 2,8 M€, que se transferirían a la Agencia. • Posiblemente se potenciará el perfil más académico o científico, y no será fácil conectarlo con la toma de decisiones de las autoridades sanitarias (en un entorno tan inmaduro y politizado de decisión). • Si la autoridad sanitaria central no le ve utilidad para resolver sus problemas, será más fácil que lo congele y deje de potenciarlo.
  • 29. GUIÓN 1.Políticos, altos funcionarios y científicos- expertos; ¿cómo engarzar las tres dimensiones necesarias? 2.Ayudaría mucho aplicar los principios de Buen Gobierno 3.Breve revisión internacional: CDC-USA, ECDC-UE, UKHSA, RKO-D, FHM-Suecia, PHA-Canada… 4.Qué se puede/debe aprender de la experiencias ajenas 1. La AESP; una organización necesaria, largamente esperada, pero con un diseño, tamaño y alcance muy mejorables 2. Lo que sabemos de la AESP 3. Centralización vs Descentralización de las funciones de salud pública en España: cuando la ubicación física puede ser lo de menos…
  • 30. 1- Políticos, altos funcionarios y expertos; ¿cómo engarzar las tres dimensiones necesarias?
  • 31. Me he comprometido a acabar con la lacra del alcoholismo Aquí tiene un montón de evidencia de la relación del alcohol y la salud y lo publicado evaluando intervenciones Si Ministro, pero… en este tema hemos cosechado algunos fracasos… habrá que ir con cuidado… La siempre compleja y conflictiva relación entre políticos, académicos-expertos y altos funcionarios
  • 32. • Los países con un sistema de carreras separadas entre la política y la burocracia (los nórdicos, Reino Unido o Irlanda, etc.) tienen bajos índices de corrupción, burocracias más eficientes y continuamente reforman e innovan, según sea necesarioen cada momento. • Los países con un sistema de carreras integradas entre políticos y burocracia, en los que ambos se entrecruzan dan lugar a organizaciones públicas con mayor potencial de corrupción, niveles de eficacia menores y grandes dificultades para hacer las reformas estructurales necesarias que demandan los nuevos retos en las organizaciones públicas.
  • 33. Atributos TAPIC de la gobernanza • Transparencia • Accountability (rendición de cuentas) • Participación • Integridad • Capacidad 2- ... Ayudaría mucho aplicar los principios e instrumentos de buena gobernanza
  • 34. Principios e instrumentos de buena gobernanza • La buena gobernanza responde a valores de ética publica y virtudes cívicas democráticas. • Implica por supuesto cumplir las leyes, desempeño efectivo y eficiente y servir al interés publico con integridad y ausencia de corrupción. • Tiene exigencias afectan a todo el proceso de toma de decisiones, que ha de responder a procedimientos en los que haya transparencia, rendición de cuentas, participación democrática, garantías de integridad y de capacidad para obtener resultados. • Obliga a utilizar mecanismos e instrumentos de buena gobernanza: órganos colegiados de gobierno, procedimientos reglados para seleccionar, nombrar y controlar a los directivos, reglas de funcionamiento, sistemas de asesoría y evaluación, códigos de conducta, regulación de conflictos de interés, normas de transparencia, etc.
  • 35. 3- Breve revisión internacional: CDC-USA, ECDC-UE, UKHSA, RKI-D, FHM-Suecia, PHA-Canada…
  • 38. 2021 2022 2023 213,9 112,7 100.7 PRESUPUESTO (mill. €) Puestos permanentes Puestos temporales Puestos permanentes Puestos temporales - 222 - 215 2023 2022 Autorizados con cargo al presupuesto de la Unión Autorizados con cargo al presupuesto de la Unión CUADRO DE EFECTIVOS Estimación del número de agentes contractuales (ETC) y de los expertos nacionales en comisión de servicio 2023 2022 154 156 https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.C_.2023.038.01.0024.01.ENG Estado de ingresos y de gastos para el ejercicio 2023 (ECDC) (2023/C 38/05)
  • 39. Governance • Management Board • Advisory Forum • Competent Bodies • Audit Committee CONSEJO DE ADMINISTRACION – Management Board. • El artículo 14.1.2. del Reglamento constitutivo regula esta composición del Consejo de Administración:  (27) un miembro designado por cada Estado,  (2) dos miembros designados por el Parlamento Europeo y  (3) tres miembros que representen y designen la Comisión. • Se garantizará el más alto nivel de competencia y una amplia gama de conocimientos especializados pertinentes. • Los suplentes que representen al miembro en su ausencia serán nombrados por el mismo procedimiento. • El mandato de los miembros será de cuatro años. FORO CONSULTIVO – Advisory Forum.  El Foro Consultivo asesora al Director del Centro sobre la calidad del trabajo científico realizado por el ECDC.  Está compuesto por altos representantes de institutos y agencias nacionales de salud pública, designados por los Estados miembros sobre la base de su competencia científica, y un funcionario de salud pública de la Comisión Europea.  Las asociaciones científicas europeas y los grupos de la sociedad civil también envían observadores al Foro Consultivo.  El Director del ECDC invita a la OMS a asistir a las reuniones para garantizar la sinergia en el trabajo.  El Foro Consultivo es también un mecanismo para el intercambio de información, la puesta en común de conocimientos sanitarios y el fomento de la cooperación en materia de salud
  • 40. “Articulo 17 1. El Director será nombrado por la Junta directiva a partir de una lista de al menos tres candidatos propuesta por la Comisión tras celebrarse un procedimiento competitivo abierto, previa publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y en otros medios de comunicación de una convocatoria de manifestaciones de interés que haya sido validada por la Junta directiva. El nombramiento se hará por un período de cinco años, que podrá prorrogarse por un solo período que no exceda de cinco años. 2. Antes del nombramiento se invitará sin demora al candidato designado por la Junta directiva a realizar una declaración ante el Parlamento Europeo y a responder a las preguntas formuladas por los miembros de esta institución.». Nombramiento del Director REGLAMENTO (UE) 2022/2370 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de noviembre de 2022 que modifica el Reglamento (CE) n.o 851/2004 por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32022R2370&from=ES nuevo 2022
  • 41. Governance • Management Board • Advisory Forum • Competent Bodies • Audit Committee El ECDC en sus relaciones con los Estados miembros coopera con los organismos competentes del ámbito técnico del ECDC, en particular en: (1) el ámbito de la vigilancia (artículo 3, párrafo 2), (2) las respuestas a las amenazas para la salud (artículo 4), (3) los dictámenes científicos, la asistencia científica y técnica, la recopilación de datos y la identificación de amenazas emergentes para la salud (párrafo 4 del artículo 5) y (4) campañas de información pública (párrafo 3 del artículo 12). Las interacciones entre el ECDC y las CCB trabajan a tres niveles sobre la base de una cadena de delegaciones: 1) Las relaciones y coordinación de alto nivel entre el ECDC y los CCB trabajan a nivel de coordinador nacional. 2) Las interacciones estratégicas y generales relacionadas con un grupo específico de enfermedades o funciones de salud pública funcionan a nivel de los Puntos Focales Nacionales. 3) Las interacciones técnicas y operativas relacionadas con un área específica dentro de los dominios de un grupo de enfermedades o de una función de salud pública funcionan a nivel de los puntos de contacto operativos. https://www.ecdc.europa.eu/sites/po rtal/files/media/en/aboutus/Key%20D ocuments/0404_KD_Regulation_esta blishing_ECDC.pdf COORDINACION CON LOS ORGANISMOS COMPETENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS (Competent Bodies)
  • 42.  Austria, Ministerio Federal de Salud  Bélgica, Sciensano  Bulgaria, Centro Nacional de Infecciones y Enf. Parasitarias  Chipre, Direccion de Servicios Medicos y de Salud Pública  Dinamarca, Danish Health and Medicines Authority  Estonia, Health Board  Finlandia, National Institute of Health and Welfare  Francia, Santé Publique France  Alemania, Robert Koch Institute  Grecia, Organización Nacional de SP  Irlanda, Health Protection Surveillance Centre  Italia, Ministerio de Salute  Lituania, Ministerio de Salud  Luxemburgo, Direccion de Salud  Malta, Superintendence of Public Health  Países Bajos, RIVM-Inst. Nacional de SP y Medioambiente  Portugal, Dirección General de Salud Pública  Eslovaquia, Autoridad de Salud Pública  España, Ministerio de Sanidad  Suecia, FHM-Agencia de Salud Pública Coordinating Competent Bodies
  • 43. La agencia "emplea a más de 13,000 personas y ha solicitado $ 9.57 mil millones de autoridad presupuestaria discrecional y $ 5.8 mil millones adicionales de fondos obligatorios del Congreso para el año fiscal 2022". (85% del presupuesto es transferido a la red de SP) The CDC has made a promise to the American people that it will “base all public health decisions on the highest quality scientific data that is derived openly and objectively.” CDC, tasked with the health defense of the nation
  • 45. CDC. Comité Asesor del Director https://www.cdc.gov/about/advisory-committee- director/information.html#print • FUNCIONES: 1) Asesorar al Secretario de Estado, a su Departamento, al Director del CDC sobre políticas y estrategias que permitan cumplir su misión del CDC de proteger la salud con su promoción, la prevención y la preparación, 2) Recomendar prioridades de actividades, mejora los resultados y abordaje de las desigualdades en salud, 3) Presentar directrices para hacer realidad la protección de la salud. • Regulado por ley (Public Health Service Act) y sujeto a la ley FACA (Fed. Advisory Committee Act). • Composición: 15 miembros, de ello 12 expertos en temas relacionados con la misión del CDC; todos tienen consideración de Special Gov. Employees. • Mandatos de 4 años superpuestos. • Tiene capacidad de crear SUBCOMITÉS • Reuniones y documentación son por defecto de acceso público (Sunshine y FACA Act).
  • 46. https://www.cdc.gov/faca/index.html Statutes  Federal Advisory Committee Act (5USC, App)  Government in the Sunshine Act (5USC552(b))  Public Health Services Act: Advisory Councils or Committees (42USC217a) Regulation  Federal Advisory Committee Management (Final Rule)pdf https://www.cdc.gov/faca/laws- regulations/index.html
  • 47. https://www.govexec.com/management/2021/09/republican-senators-look-make- cdc-director-senate-confirmed-position/185376/ “The CDC director “surprisingly” does not require Senate confirmation, despite the agency being one of the “major” components of the Health and Human Services Department, said a fact sheet accompanying the bill” La actual directora fue nombrada directamente, no precisó autorización del SENADO
  • 48. https://www.statnews.com/2020/07/13/cdc- apolitical-island-defenseless/ Sin embargo, la agencia ha enfrentado fuertes críticas a veces, particularmente por su respuesta a crisis y fallos éticos. En 2020, volvió a ser el centro de atención en medio de la pandemia de una nueva enfermedad por coronavirus, COVID-19, y los pasos en falso durante el brote en los Estados Unidos han provocado peticiones y planes de reforma.
  • 49. https://www.statnews.com/2020/09/16/as-controversies- swirl-cdc-director-is-seen-as-allowing-agency-to-buckle- to-political-influence/ …the CDC suffered not only from political interference by the Trump Administration Public health experts at the CDC who led the country’s responses to countless threats over decades — the deadly emergence of HIV, the anthrax attacks of the autumn of 2001, SARS, the H1N1 flu pandemic, and Ebola — have been sidelined and silenced by the administration in the midst of President Trump’s reelection campaign.
  • 50. https://www.washingtonpost.com/opinions/2023/01/19/cdc- shortcomings-pandemic-solutions/ Scott Gottlieb is a fellow at the American Enterprise Institute and the author of “Uncontrolled Spread: Why Covid-19 Crushed Us and How We Can Defeat the Next Pandemic.” He was the 23rd commissioner of the Food and Drug Administration and serves on the board of Pfizer. In whittling down the CDC, Congress should also reform a culture that rewards academic achievement over operational execution, shown by the agency’s penchant for withholding actionable data until it can publish its findings in academic journals. The CDC’s priorities now include addressing “the public health consequences of the climate crisis,” “reducing racial disparities in public health,” addressing “the social determinants of health, conditions in the places where people live, learn, work, and play” and “increases in injury and violence prevention programs that will help to address the growing crisis of domestic, sexual, and gun violence.” People can reasonably disagree about the importance of these goals. But there is no dispute that they’re way outside the agency’s core mission of protecting the nation from infectious diseases and imminent public-health threats. Given the CDC’s poor pandemic performance and substandard response to the current monkeypox outbreak, it seems clear these expansive priorities distract the agency from doing its real job. https://nypost.com/2022/08/22/key-to-cdc-reform-is-undoing-mission- creep-tossing-woke-programs/
  • 51. https://www.washingtonpost.com/opinions/2023/01/26/cdc- core-strengths/ The authors staffed the Commonwealth Fund Commission on a National Public Health System. The CDC develops and exercises core capabilities in public health, including epidemiology, laboratory science, communications and public engagement — on its own campus and around the country — by tackling the full range of health challenges facing the nation. Mr. Gottlieb’s suggestion in his Jan. 19 op- ed, “How to fix the CDC: First, make it smaller,” to strip away core public health work from the CDC would undermine the foundation on which effective emergency preparedness rests.
  • 52. https://www.theatlantic.com/ideas/archive/2022/08/cdc-reform- covid/671296/ Thomas R. Frieden is the president and CEO of Resolve to Save Lives and a senior fellow for global health at the Council on Foreign Relations. He was the director of the Centers for Disease Control and Prevention during the Obama administration. Problems. Slowness, impracticality, and lack of strategic thinking Etiology • (slowness and impracticality) too few of the thousands of dedicated expert staff have substantial experience implementing public-health programs in the field • lack of strategic thinking is nearly inevitable in an agency that Congress has divided into more than 150 different budget lines. 3 essential reforms 1. First, Congress must provide the CDC with sufficient, stable, and efficient funding, including flexible emergency- contracting authority. 2. Second, the CDC must exponentially increase collaboration with state, city, and local health departments. (now 600 embedded in depts across the country) locally embedded workforce 3. Third, and most important, the CDC needs to regain its voice and rebuild trust with the American people… to speak with the media at length, sharing the deep knowledge of CDC scientists and the reasoning, dilemmas, and potential shortcomings behind their recommendations and guidance…Rebuilding trust will require hearing from people at its headquarters in Atlanta who have worked One particularly dangerous prescription for reform the public-health equivalent of a quack cure— advocates a “return to the agency’s founding mission,” code for eliminating programs that reduce the burden of the country’s leading causes of death.
  • 55. https://www.folkhalsomyndigheten.se/the-public-health-agency-of-sweden/about-us/brief-facts-and-organization/ FHM – Agencia de Salud Pública Brief facts and organization The Public Health Agency of Sweden is an expert authority with responsibility for public health issues at a national level. Facts  It is a government agency accountable to the Government (Ministry of Health and Social Affairs).  Office locations are both in Solna (Stockholm) and in Östersund.  The number of employees is approximately 600.  The Agency was formed on 1 January 2014 through a merger of The Swedish Institute for Communicable Disease Control and The Swedish National Institute of Public Health.  On 1 July 2015 the Agency assumed the overall responsibility for the country's communicable disease control from The National Board of Health and Welfare.  The Agency is the national focal point concerning international threats to public health.  On 1 August 2021 the Agency was designated official statistics agency for the two areas development of public health and communicable disease control.  The prioritized target groups for the Agency are: • the Riksdag, the Government and Governmental agencies • Regions, Municipalities and County Administrative Boards • Various organizations
  • 56. https://www.frontiersin.org/articles/10.3389/fpos.2022.832518/full El excepcionalismo sueco en la gestión de la pandemia Un caso único de delegación por parte de políticos elegidos en expertos
  • 57. • Departamento de Planificación, Comunicación e inteligencia, • Departamento de Preparación y Respuesta • Departamento de Vigilancia en Salud Pública • Departamento de Protección de la salud, Evaluación y Asesoría, • Departamento de Gestión Económica y Administrativa • Análisis de Salud Publica y gestión de datos. • Comunicación • Condiciones de vida y hábitos*** • Microbiología*** • Control de enfermedades transmisibles y Protección de la salud • Desarrollo y soporte Departamentos de FHM (Suecia). Departamentos de la AESAP
  • 58.
  • 59.
  • 61. 4 instances de gouvernance de l’agence: • Conseil d’administration, • Conseil scientifique • Comité d’éthique et de déontologie. • Comité d'orientation et de dialogue (COD) Composition du Conseil scientifique Le Conseil scientifique compte 27 membres, y compris son président, qui est nommé parmi ses membres, par arrêté du ministre chargé de la Santé, après avis du Conseil scientifique. Les membres sont nommés sur proposition de notre directeur général, pour un mandat de quatre ans, renouvelable, par décision du président du Conseil d’administration, après validation par le Conseil d’administration de la liste des membres. Missions du Conseil scientifique Le Conseil scientifique a pour missions de : 1. Donner un avis sur les orientations de recherche, d’expertise et d’études de Santé publique France ainsi que sur sa politique de partenariat scientifique et de programmation 2. Assister la direction de Santé publique France dans l'élaboration de procédures d'appels à projets 3. Valider et superviser le processus d'évaluation de l'activité scientifique de Santé publique France, et émettre, sur la base des résultats obtenus, des recommandations à la direction 4. Donner un avis sur la nécessité de constituer des comités d’experts https://www.santepubliquefrance.fr/a-propos/notre-organisation/une-organisation-au-service-des-programmes/conseil-scientifique
  • 62.  4 parlementaires  9 membres représentant l'État  2 Santé  1 Travail, Recherche, l’environment, l’éducation nationale, défense, budget , outre-mer (  1 représentant des régimes obligatoires d'assurance maladie  4 représentants des partenaires institutionnels de Santé publique France  3 professionnels de santé  4 représentants d'associations  2 élus représentant les collectivités territoriales  2 personnalités compétentes dans les domaines relevant des missions de Santé publique France  3 représentants du personnel de Santé publique France Les déclarations publiques d'intérêts des membres du Conseil d’administration sont disponibles sur https://dpi-declaration.sante.gouv.fr/dpi- webapp/app/authentification. Lors des séances du Conseil d'administration, sont également présents, avec voix consultatives : •le directeur général de Santé publique France, •l'agent comptable, •le contrôleur budgétaire, •le président du Conseil scientifique, •le président du Comité d'éthique et de déontologie, •le président du Comité d'orientation et de dialogue. Conseil d’administration https://www.santepubliquefrance.fr/a-propos/notre-organisation/une-organisation-au-service-des-programmes/conseil-d-administration
  • 63. https://www.santepubliquefrance.fr/a-propos/nos-principes-fondateurs Santé publique France en quelques mots : En tant qu'agence scientifique et d’expertise du champ sanitaire, Santé publique France a en charge : • l'observation épidémiologique et la surveillance de l'état de santé des populations ; • la veille sur les risques sanitaires menaçant les populations ; • le lancement de l'alerte sanitaire ; • la promotion de la santé et la réduction des risques pour la santé ; • le développement de la prévention et de l'éducation pour la santé ; • la préparation et la réponse aux menaces, alertes et crises sanitaires.
  • 66. Réserve sanitaire Animée par Santé publique France, la Réserve sanitaire est une communauté de professionnels de santé volontaires et mobilisables par l’État (médecins, soignants, techniciens de laboratoire, manipulateurs radio...). Capable d’intervenir dans un délai très court, la Réserve sanitaire tient à disposition un large éventail de compétences pour venir en renfort lors de situations sanitaires exceptionnelles. La Réserve sanitaire peut être mobilisée rapidement pour des missions généralement courtes :  des missions de renfort de l’offre de soins ou médico- sociale, notamment lorsqu’une situation sanitaire exceptionnelle perdure (épidémie, canicule, afflux de population…) ;  des missions de rapatriement ou d’évacuation lors de troubles politiques ou des catastrophes naturelles ;  des missions de renfort de plateaux téléphoniques destinés aux victimes, à leurs proches et à la population ;  des missions de renfort et de prévention lors de grands rassemblements de populations ;  des missions d’expertise et de coordination.  La demande de mobilisation est effectuée par une autorité tierce : ministère chargé de la santé, à la demande d’un autre ministère le cas échéant (Affaires étrangères, Défense, Intérieur…), ou par une agence régionale de santé. https://www.santepubliquefrance.fr/presse/2020/la-reserve-sanitaire-un-renfort-en-cas-de-situations-sanitaires-exceptionnelles https://www.santepubliquefrance.fr/a-propos/nos-principes- fondateurs/reserve-sanitaire
  • 67. UKHSA’s national and local presence
  • 69. CHIEF EXECUTIVE (Medica salud publica, ex CMO Eng) UKHSA Advisory Board (2021-) • CHAIR (alto ejecutivo sanidad, energía, banca) • 5- Non-executive UKHSA Advisory Board members • Medicine, public health, government • Infectious diseases, university, MHRA • Social scientist, HIV • Local Gov. Association • Ex alto cargo Defensa • 3- Associate non-executive UKHSA Advisory Board members • IT, ejecutivo alto nivel • Experiencia en planificación, gestión Servicios Sanitarios • Medicina, vacunas, MHRA • 4- Executive UKHSA Advisory Board members • Chief Medical Advisor, Prof. enf. infecciosas • Chief Scientific Officer • DG Strategy, Policy, Programmes • DG Finance, Corporate Services Perfiles profesionales en el gobierno de la UKHSA (2021-) https://www.gov.uk/government/organisations/uk-health- security-agency/about/our-governance https://www.gov.uk/government/publications/ framework-document-between-the- department-of-health-and-social-care-and-the- uk-health-security-agency
  • 70. https://www.gov.uk/government/organisations/uk-health-security-agency/about/our-governance#ukhsa-leadership-organogram UKHSA Advisory Board The UKHSA Advisory Board will meet at least quarterly and meetings shall be held in public. Led by the Chair, it is responsible for providing strategic advice on the running of UKHSA, assuring the effectiveness of UKHSA’s corporate governance arrangements, and for advising the Chief Executive on: • the development of UKHSA’s corporate plan and annual business plan • UKHSA’s financial and performance objectives, and progress on meeting those objectives • management performance and effective leadership of UKHSA within a framework of prudent and effective controls which enables risk to be assessed and managed • issues and policies, both within the public health system and from other government departments, which could impact on the strategic direction of UKHSA The UKHSA Advisory Board will establish the following committees: • an Audit and Risk Committee. Ian Peters will chair this committee in the interim, pending the recruitment of another independent Non-Executive Member with significant experience of financial leadership at board level. The committee will look at risk management, corporate governance and assurance arrangements for UKHSA • a People and Culture Committee, chaired by Non-Executive Member Sir Gordon Messenger • a Science and Research Committee, chaired by Non- Executive Member Jon Friedland • an Equalities, Ethics and Communities Committee, chaired by Non-Executive Member Graham Hart
  • 71. Mandate. The role of the Public Health Agency of Canada •Promote health; •Prevent and control chronic diseases and injuries; •Prevent and control infectious diseases; •Prepare for and respond to public health emergencies; •Serve as a central point for sharing Canada's expertise with the rest of the world; •Apply international research and development to Canada's public health programs; and •Strengthen intergovernmental collaboration on public health and facilitate national approaches to public health policy and planning. Regional offices in all provinces Public Health Agency of Canada’s organizational structure Branches and offices •Infectious Diseases Programs Branch •Health Promotion and Chronic Disease Prevention Branch • Office of the Chief Dental Officer of Canada •Health Security and Regional Operations Branch •Strategic Policy Branch •Chief Financial Officer and Corporate Management Branch •Emergency Management Branch •Corporate Data and Surveillance Branch •National Microbiology Laboratory Branch •Office of Audit and Evaluation •Office of International Affairs for the Health Portfolio The Health Portfolio (Ministry and all agencies) consists of approximately 12,000 full-time equivalent employees and an annual budget of over $3.8 billion. https://www.canada.ca/en/public-health/corporate/organizational-structure.html
  • 73. https://www.canada.ca/en/public-health/corporate/organizational-structure/canada-chief- public-health-officer/role-chief-public-health-officer.html In an Emergency In a public health emergency, such as an outbreak or natural disaster, the Chief Public Health Officer is responsible for:  Briefing and advising Canada's Minister of Health, the President of the Public Health Agency and others as appropriate;  Working with counterparts in other departments, jurisdictions, and countries, as well as with experts and elected officials, to communicate with Canadians about how to protect themselves and their families;  Personally delivering public health information to Canadians via media appearances, public statements, updates to the Public Health Agency web site, and columns and public advertisements in daily and community newspapers;  Providing direction to Public Health Agency staff, including medical professionals, scientists, and epidemiologists, as they plan and respond to the emergency;  Leading daily national teleconferences as appropriate with federal government scientists and experts to share information and plan outbreak responses; and  Coordinating with jurisdictions through regular teleconferences with Canada's provincial and territorial Chief Medical Officers of Health and others.
  • 75. • Departamento de Planificación, Comunicación e inteligencia, • Departamento de Preparación y Respuesta • Departamento de Vigilancia en Salud Pública • Departamento de Protección de la salud, Evaluación y Asesoría, • Departamento de Gestión Económica y Administrativa Departamentos PHACanada Departamentos de la AESAP • Subdivisión de Programas de Enfermedades Infecciosas • Subdivisión de Promoción de la Salud y Prevención de Enfermedades Crónicas*** • Oficina del Director Dental de Canadá*** • Subdivisión de Seguridad Sanitaria y Operaciones Regionales*** • Subdivisión de Política Estratégica • Director Financiero y Subdivisión de Gestión Corporativa • Subdivisión de Gestión de Emergencias • Subdivisión de Datos y Vigilancia Corporativa • Subdivisión del Laboratorio Nacional de Microbiología*** • Oficina de Auditoría y Evaluación • Oficina de Asuntos Internacionales de la Cartera de Salud*** https://www.canada.ca/en/public-health/programs.html
  • 76. 4- Qué podemos-debemos aprender de las experiencias ajenas.
  • 77. PAIS INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA SALUD PÚBLICA EEUU NIH - National Institute of Health CDC Center Diseases Control FRANCIA INSERM- Institut National de la Santé et de la Recherche Médical Santé Publique France (SPD) - Agence Nationale de Santé Publique REINO UNIDO MRC -Medical Research Council NIHR - Nat. Inst. for Health and Care Research UKHSA- Health Security Agency (former PHE) OHID Office for Health Improvemente & Disparities ALEMANIA DZG Deutsche Zentren der GesundheitsForschung Centro Alemán de Investigación en Salud Robert Koch Institut SUECIA Swedish Research Council FHM- Agencia de Salud Pública de Suecia ITALIA CNR Consiglio Nazionale delle Ricerche CANADA CIHR - Canadian Institutes of Health Research PHAC - Public Health Agency of Canada JAPON AMED - Japan Agency for Medical Research and Development National Institute of Public Health of Japan HOLANDA NWO - Dutch Research Council IVM- Nat. Inst. for Public Health & the Environment ESPAÑA ISCIII - Instituto de Salud Carlos III ISCIII - Instituto de Salud Carlos III Fuente: elaboración propia con datos de páginas web oficiales. Organización institucional de la investigación biomedica y de la salud pública en algunos países (datos actualizados a 2023)
  • 78. PAIS AGENCIA DE SP/CENTRO CONTROL ENFERMEDADES EFECTIVOS (Nº) PRESUPUESTO- GASTO ANUAL LABORATORI O MICROB. ENF. CRÓNICAS SEDES TERRITO RIALES UE ECDC-Eur.Centre Diseases Control 371 100.700.000 € NO NO NO EEUU CDC Center Diseases Control 13.000 15.370.000.000 $ SI SI SI FRANCIA Santé Publique France (SPF) - Agence Nationale de Santé Publique 744 7.400.000.000 € SI SI SI REINO UNIDO UKHSA- Health Security Agency 6.606 6.886.800.000 £ SI NO SI ALEMANIA Robert Koch Institut 1.500 ?? SI SI SUECIA FHM- Agencia de Salud Pública de Suecia 600 ?? SI SI SI CANADA PHAC - Public Health Agency of Canada 12.000 3.800.000.000 $ SI SI SI ESPAÑA AESP (PROYECTO 2023) 251 14.266.683 € NO NO NO Agunas carácteristicas de las Agencias de Salud Pública / Centros de Contros de Enfermedades de países seleccionados Fuente: elaboración propia con datos de páginas web oficiales.
  • 79. • La función de formación en salud pública es parte del mandato de todas las agencias; • El asesoramiento científico organizado (comités, etc.) forma parte de la estructura organizativa y funcional de todas las agencias, y varias incluyen previsiones para situaciones de emergencia; • La selección y nombramiento de la persona responsable de la agencia forma parte de la cultura de gobernanza de cada país. En el CDC su nombramiento requerirá ‘hearing’ en el Senado. • La existencia de un órgano colegiado de gobierno es una característica compartida aunque con configuraciones diferentes; • Las agencias de países compuestos (USA y Canada) tienen estructura y funciones para trabajar con las autoridades subnacionales y cuentan física en todo el territorio (incluso personal ‘empotrado’ localmente); • Solo el ECD es organismos creado ex novo, todas las demás agencias se han formado reconfigurando y juntando organizaciones preexistentes. 4- Qué podemos-debemos aprender de las experiencias ajenas.
  • 80. COMENTARIOS DE SÍNTESIS PARA TRATAR DE EXTRAER ALGUANAS CONCLUSIONES
  • 81. • Este anteproyecto de ley se limita a construir el esqueleto normativo legal que exige la creación de cualquier agencia (según ley 40/2015); no incluye aspectos tan claves de la AESP como su gobernanza, órganos de asesoramiento y marco de autonomía para cumplir su misión, etc., aspectos todos ellos que se remiten a la propuesta de ESTATUTO que acompaña al proyecto hurtando con ello al Congreso la decisión sobre aspectos tan sustantivos de la Agencia como es su gobernanza. • Convendría revisar las funciones a la AESP pues aquellas de las que habla la exposición de motivos no están reflejadas en la parte dispositivo de la ley (por ejemplo: su papel internacional, en recursos humanos para la salud pública); los ocho grupos de funciones de la propuesta de Plan inicial de Actuación no se corresponden con cinco de ley (más uno genérico). • El diseño de la gobernanza de la AESP, derivado de la ley 40/2015, es el de un ente instrumental del Ministerio de Sanidad, propio de una organización que “debe asumir el desarrollo y ejecución de las funciones técnicas del Ministerio de Sanidad” (exposición de motivos). Por otro lado, la exposición de motivos atribuye a la AESP el papel de “fuente independiente y transparente” de información. El anteproyecto opta por unir, como en el CDC de USA, en la persona del Director la autoridad administrativa y la autoridad profesional; el contexto político español y el sistema elegido para el nombramiento del Director hacen poco realista desempeñar con credibilidad las dos funciones en una misma persona. Por ello parece conveniente crear en la EASP una figura con autoridad personal profesional en salud pública, un Alto Comisionado de Salud Pública (similar al Chief Public Health Officer); se trataría de un puesto científico-técnico de salud pública con el máximo nivel y con un sistema de selección-nombramiento especial y un estatus protegido. Comentarios 1 Sobre el proyecto de ley, de estatutos y el plan de actividades
  • 82. • El Consejo Rector, que es el órgano de gobierno colegiado de la Agencia, tiene una composición más propia de un órgano de coordinacion (y ya se crea una Comisión Intersectorial) que de un órgano ejecutivo tipo consejo de administración. a) Incluye con voz y voto al consejo al Director de la AESP (teóricamente debiera participar con voz pero sin voto en el mismo para recibir instrucciones y rendir cuentas); b) Incluye cinco directivos de agencia/organismos de similar rango y estatus que la AESP y el director de ésta, el cual por lo tanto estaría en condiciones de inferioridad en relación a ellos para desempeñar algunas de las funciones que tiene atribuidas la Agencia. c) No cuenta con representantes del Ministerio de Hacienda y Función Pública cuyo papel en las decisiones que implican gasto es bien conocido; están presentes representantes de los ministerio de Transición Ecológica y Presidencia. d) Incluye una presencia de escaso peso de las CCAA en el Consejo, tanto en numero (3) como por su carácter rotatorio cada dos años. e) No justifica la presencia de la FEMP ni de representantes de los trabajadores de la Agencia los cuales cuentan con otras instancias su interlocución con la Agencia, obviando los problemas de conflicto de interés que plante su presencia en el Consejo Rector. f) No incluye nombramiento de sustituto al mismo tiempo que el titular (como sí hace la Agencia Francesa de Salud Pública); las previsiones para eventuales sustituciones de titulares dan la impresión que la participación de mero tramite en el Consejo Rector, no dando importancia a la continuidad y el trabajo en equipo entre titulares y sustitutos. g) No se especifica duración del cargo de miembro del Consejo Rector. h) Se exige rango mínimo de Director General a los representantes de la AGE y Viceconsejero a los de las CCAA lo que por definición excluye (i) perfiles profesionales con posibilidad de dedicación significativa a su papel en el órgano rector y (ii) conlleva inestabilidad en el puesto dada la naturaleza política de los altos cargos. i) PUNTO CRÍTICO. Su composición es la de órgano endogámico de la administración pública que no incluye personalidades externas a la administración como por ejemplo del ámbito académico, investigación, practica de la salud pública, expertos extranjeros propuestos por el ECDC u otras Agencias de la UE, miembros del Congreso o del Senado (como si hace la Agencia de SP de Francia). Esta es una consideración de gran relevancia para la operatividad del Consejo Rector. • En conclusión: parece necesario replantear la composición del Consejo Rector existente en el proyecto de Estatutos. Comentarios 2 Sobre el proyecto de ley, de estatutos y el plan de actividades
  • 83. • El Director General de la EASP. Literalmente la propuesta de Estatuto (Art. 14.2) dice: “será nombrada y separada por el Consejo Rector, entre una terna de personas candidatas propuestas por la Presidencia entre profesionales con titulación superior, atendiendo a criterios de competencia profesional, experiencia en salud pública y en las funciones desarrolladas por la AESAP y en puestos directivos de la administración pública, una vez oídas las sociedades científicas más representativas en el ámbito de la Salud Pública.” • La falta de mayor concreción en el proceso de selección nombramiento y cese de la figura del DG (anuncio público, comité de selección, examen parlamentario, duración del mandato, cese motivado, etc.) lleva a pensar en un nombramiento estándar de un DG sin peculiaridad alguna… • Las funciones que se enumeran de la DG son eminentemente gestoras y no incluyen aspecto alguno relacionado con los requisitos de profesionalidad científica que enumeran en el Art. 14.2; ello da pie para insistir en la importancia de crear un puesto en la AESP equivalente al Chief Public Health Officer existente en la Agencia de Salud Pública de Canadá… • Consejo de Participación (órgano de participación de la sociedad). Se compone de 17 personas, 7 de ellas “de organizaciones más representativas de la sociedad civil” (2 de las organizaciones sindicales, 1 de la organización empresarial, 1 de las organizaciones de Consumidores y Usuarios y 2 de las ONGs “cuyo objeto esté relacionado con los fines de la AESP”); incluye además 3 de las “sociedades científicas más representativas relacionadas con funciones de la Agencia”, 6 de la AGE, 5 en representación de las CCAA y 1 de la FEMP. Esta composición desde Consejo tiene una justificación difícil pues duplica la presencia en órganos de la agencia de la AGE y de las CCAA, también de la FEMP. La mezcla de entidades en este Consejo es incoherente por representar y responder a intereses muy diferentes entre sí. Organizar una participación y un asesoramiento mas eficaz en la AESP llevaría a crear tres órganos diferentes: (i) un órgano de coordinación de las Autoridades de Salud Pública de las CCAA, (ii) un Consejo Asesor Científico externo y (iii) un órgano de participación de agentes sociales y otras organizaciones. Comentarios 3 Sobre el proyecto de ley, de estatutos y el plan de actividades
  • 84. • Personal de la AESP. La Agencia contará con plantilla propia de personal y éste podrá ser laboral y tambien provenir de todas las administraciones publicas, excepto de universidades, (¿olvido o decisión?). La oferta anual de empleo integrada en el oferta de empleo publico estatal apunta a un escaso nivel de autonomía y flexibilidad organizativa en un aspecto crítico. De momento no se contempla destinar personal de la Agencia en las CCAA o Aytos como si realizan la Agencias de otros países. • ORGANOS NO PREVISTOS Y QUE SERÍAN NECESARIOS. • Un Consejo Científico Asesor Externo, en el que estén presentes, a titulo personal (y a propuesta de sociedades científicas), expertos de todos los campos de actuación de la AESP (epidemiología, demografía, estadística, sociología, derecho sanitario, bioética, servicios sanitarios, etc.) • Un Consejo Asesor Interno, al ser la AESP una ‘organización profesional’ (basada en el conocimiento), debiera preverse la existencia órganos equivalente a las Juntas Técnico-Asistenciales de los hospitales, como órgano de asesoramiento, consulta y participación interna de los profesionales de la Agencia. • Un Consejo de Direccion, como órgano interno y cauce habitual para el análisis y coordinación de las decisiones del equipo directivo de la Agencia. • Un Consejo Asesor de Ética en Salud Pública, quizá como un subgrupo del Consejo de Bioética… • Una Comisión de Coordinacion de Autoridades de Salud Pública (AESP/Consejerías de las CCAA) que integre-incluya las actuales funciones de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial de Salud, que explicite la red autonómica de la Agencia y las autoridades de SP de las CCAA, replicando los Competent Bodies de los Estados Miembros con los que se relaciona la ECDC a nivel de la UE. Comentarios 4 Sobre el proyecto de ley, de estatutos y el plan de actividades
  • 85. AUTORIDAD SANITARIA CENTRAL AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA AUTORIDAD SANITARIA CCAA ¿A cuántas “brazadas” de distancia institucional? AGENCIA ESTATAL DE SALUD PÚBLICA ISCIII INVESTIGACIÓN ? ISCIII SALUD PÚBLICA ? ¿Cuántas funciones se pretenden trasplantar a la AESP?
  • 86. La AESP… es un pequeño paso para la Salud Pública que necesitamos, pero un gran salto para superar el abandono secular que hemos padecido.