3. INTENCIONALIDAD COMUNICATIVA
Toda imagen comunica, y en este mundo actual en donde estamos interpelados
continuamente por las imágenes, empezamos a "afinar" el ojo especialmente en
cuanto a lo que lectura de imagenes se refiere. Así entonces, al ver una foto, leemos
todos sus componentes y a partir de allí reformulamos su siginificancia. Este
proceso, por supuesto, resulta subjetivo y es en definitiva, nuestras marcos de
referencias los que nos ayudan a completar la información de la fotografia.
En el caso de la fotografía que
retrata instancias de politica
pública, en el momento de
producirlas debemos tener en
cuenta qué elementos pueden
ponerse en juego a la hora de leer
esas imagenes y qué tipo de
mensaje estaríamos reforzando
con estas.
4. EL
PROTAGONISTA
ES LA ACCIÓN
CONCRETA Nuestra fotografía debe mostrar la acción que da motivo a
esa captura, debemos hacer foco en las acciones que se
realizan, porque hablan mucho más de nosotros y de
nuestras actividades que aquellas fotos en donde lo que
prevalece son las poses rigidas mirando a la cámara.
Por otro lado, no debería ser un modo de regisrar acciones
las fotos tipo selfie, ya que ese estilo le coresponde en todo
caso a funcionarios que construyen su imagen con una
intencionalidad conceta y que ha sido pensado en función de
eso.
5. MUESTRA UNA POLITICA PÚBLICA
Nunca tenemos que dejar de
resaltar que lo que estamos
retratando es una acción más
de una política pública que ha
sido elegida y planificada por
un gobierno que nos contiene
en tanto trabajadores.
6. MUESTRA LA
CANTIDAD DE
PARTICIPANTES
Si el evento que estoy registrando requiere
dar cuenta de la cantidad de personas que
participaron del mismo, debo ser
cuidadoso en cuanto a tomar las fotos
necesarias que lo muestren. Quizás la
altura de la cámara sea un elemento a
considerar.
7. LA COMUNIDAD
ES UN ACTOR
IMPORTANTE
La comunidad del distrito es un actor
importante, poder retratarlos disfrutando
o siendo beneficiados por la política
pública hace más concreta la imagen
obtenida.
8. En los últimos años se
potenciaron las
posibilidades, pero hay
que tener cuidado con sus
fortalezas y debilidades.
CANALES DE
CIRCULACIÓN
DE LAS
FOTOGRAFIAS
10. REDES
SOCIALES
Dependiendo la red
social, el formato de la
imagen será diferente.
Así también la cantidad
de fotos a utilizar.
Privilegia fotos horizontales, no deberíamos
publicar más de 4 o 5 fotos ( En el muro solo
se muestran 3 y el resto queda invisibilizado
a menos que las personas ingerese en la
publicación.
Las fotos horizontales tienen mejor visión, no
es una red que utlice mucho la imagen,
admite hasta 4 cada Tuit, pero lo ideal es
colocar una sola.
En el feed (muro de usuario) las fotos que
tienen mejor visión son las cuadradas. Y
siempre es mejor publicar una sola (a pesar
que la aplicación permite tira de imágenes)
En el caso de las historias, las imagenes
deben ser verticales.
11. PRESENTACIONES
VISUALES
CARTELERA
EXPOSICIÓN
EN EVENTOS
Presentaciones visuales (tipo power point): deben ser
de buena calidad para que en la proyección no se pixele
(minimo 800x600) y dar cuenta de las ieas que se van a
plasmar en la presentación.
Cartelera: Si las vamos a imprimir, tratemos que sean en
alguna calidad fotográfica. No es necesario que sea en
papel fotográfico, puede imprimirse en una imprenta y
pedir que sea con plastificado para que quede brillosa
(imprime además tamaños grandes)
Exposición en eventos: Existe una gran cantidad de
modos de presentación, investiguen en internet y
animense a generar nuevos modos de mostrar el trabajo
realizado cuando vamos a eventos públicos (es posible
salir del afice rígido)
13. “Derecho a la imagen. Para captar o reproducir la
imagen o la voz de una persona, de cualquier
modo que se haga, es necesario su
consentimiento, excepto en los siguientes casos:
a. que la persona participe en actos públicos;
b. que exista un interés científico, cultural o
educacional prioritario, y se tomen las
precauciones suficientes para evitar un daño
innecesari;
c. que se trate del ejercicio regular del derecho
de informar sobre acontecimientos de interés
general.
artículo 53 del Código Civil y Comercial
14. Art. 22
– Derecho a la dignidad. Las niñas, niños y
adolescentes tienen derecho a ser respetados
en su dignidad, reputación y propia imagen.
LEY 26061
Ley de Protección Integral de los Derechos de
las Niñas, Niños y Adolescentes.
15. La Ley de Derecho de Autor (Propiedad
intelectual) 11.723 otorga al fotógrafo los derechos
morales y patrimoniales de su obra, exigiéndole
solo que ésta sea original.
Los Derechos Morales (art. 51 y 52) son perpetuos
e inalienables, solo le pertenecen al fotógrafo y no
se pueden ceder ni negociar.
Derecho a la Paternidad: El autor siempre debe ser
mencionado junto a su obra cada vez que la misma
sea exhibida o publicada.