La reunión discutió varios temas: 1) los complementos salariales del personal transferido de Endesa, con la empresa manteniendo su interpretación de cómo se calculan; 2) el contrato de relevo, con la empresa reiterando que no es su política; y 3) los pluses variables en vacaciones, con la empresa insistiendo en que sólo los pagará si un juzgado lo dictamina. También se informó sobre un nuevo modelo de gestión del rendimiento y una cláusula de confidencialidad para algunos empleados.
Quinta reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Es...
Comunicado reunión de delegados 15.02.2017
1. I
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Pamplona 10.03.2017
Resumen Reunión de Delegados (Organo de Gestión de Grupo A.E.)
15.02.2017
Orden del día:
- CP10 y CP11
- Contrato de relevo
- Pluses variables en vacaciones
- Modelo de gestión del rendimiento
- Acuerdo confidencialidad
CP10 y CP11 (Complementos salariales personal transferido de Endesa)
La empresa nos informa del motivo por el que no accede a las reivindicaciones de esta S.S.
respecto del abono de dichos pluses, su forma de cálculo y su revalorización.
La empresa nos indica que la forma de cálculo utilizada está basada en su interpretación de
lo establecido en el Real Decreto 742/2016 del 30.12.2016 y por lo tanto entiende que está
abonando correctamente los mismos.
Consultaremos con nuestros servicios jurídicos este último planteamiento de la compañía.
Contrato de Relevo:
Esta vez desde ELA, se consulta sobre este aspecto y la empresa, nuevamente, vuelve a
trasmitir lo mismo que en anteriores ocasiones:
- No es política de la compañía
- Nuestra plantilla es muy joven para tener en cuenta, a día de hoy, dicho aspecto
- Ante situaciones especiales, está dispuesta a obrar de manera excepcional.
2. Unión General de Trabajadores
COMISIÓN EJECUTIVA CONFEDERAL
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Pluses Variables en vacaciones
La compañía, ante la reclamación de ELA, nos traslada que dichos conceptos no van a ser
abonados salvo que sea dictaminado por un juzgado, ya que entiende o interpreta que
durante la negociación del C.C. se pactaron cantidades anuales y que fue por petición de la
parte social su prorrateo en lo concerniente a la nocturnidad y a la disponibilidad. La
representación empresarial nos acusa de mala fe negociadora escudándose en la
justificación antes señalada.
UGT ha consultado a la coordinadora de ELA su intención al respecto y sobre el modo en el
que van a gestionar la demanda, sí de forma individual es decir, ELA como demandante
único, o conjunta (ELA, UGT, CCOO), ya que entendemos que procederán a demandar a la
empresa.
Este pasado lunes, 27.01.2017, ELA nos informó que según sus servicios jurídicos, no se
puede efectuar una demanda de carácter colectivo debido a que son reclamaciones de
cantidad. Tras esta respuesta, desde UGT, vamos a consultar con nuestros abogados para
saber cómo interpretan dicho asunto y proceder según se nos indique.
Modelo de gestión del rendimiento
Se nos informa del cambio en el sistema de Evaluación del Desempeño por el nuevo Modelo
de Gestión del Rendimiento: Se pretende, a través de unos nuevos hábitos y una nueva
herramienta de gestión, mejorar las relaciones laborales dentro de la compañía. Se nos
comunica que se ha tomado esta decisión a la vista de los resultados obtenidos en la
encuesta de clima laboral, en los cuales se percibía cierta preocupación por la forma o por la
falta de comunicación entre la compañía y la plantilla.
Desde RRHH informarán y formarán a la plantilla.
Acuerdo confidencialidad
Nos comunican que al personal de plantilla del departamento de Ingeniería y Construcción,
en concreto en el área “Ofertas”, y debido a su crecimiento y afección a otros
departamentos, se les va a hacer firmar una Cláusula de Confidencialidad.
3. Unión General de Trabajadores
COMISIÓN EJECUTIVA CONFEDERAL
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Manifestamos que dicha cláusula no era necesaria puesto que los trabajadores son
conocedores y mantienen el debido sigilo profesional, que para estos casos exige la
legislación actual.
Pese a nuestra insistencia, la compañía entiende que es necesario recordar al trabajador sus
deberes y nos indica que lo va efectuar de esta manera.
Solicitamos el modelo que se va a presentar a los trabajadores afectados para poder valorar
el contenido.