La Corte rechazó la demanda de Quintela contra DNU
Informacion ambiental
1. La defensa ciudadana
del medio ambiente en el
Proyecto de Ley de
Calidad Ambiental de
Extremadura
Mª Ángeles López Lax
ACIMA
Sonia Ortiga Zarazaga
LOSVERDES
Mérida, 30 abril 2010
2. Convención sobre el acceso a la información , la
participación del publico en la toma de decisiones y el
acceso a la justicia en asuntos ambientales. Hecho en
Aarhus (Dinamarca) ,el 25 de junio de 1998.
“un mejor acceso a la información y una mayor
participación del público en la toma de decisiones permiten:
tomar mejores decisiones y aplicarlas más eficazmente,
contribuyen a sensibilizar al público respecto de los
problemas medioambientales, le dan la posibilidad de
expresar sus preocupaciones y ayudan a las autoridades
públicas a tenerlas debidamente en cuenta [...] de esta
manera se favorece el respeto del principio de la obligación
de rendir cuentas y la transparencia del proceso de toma
de decisiones y se garantiza un mayor apoyo del público a
las decisiones adoptadas sobre el medio ambiente..."
3. CONVENIO DE AARHUS
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
DERECHO A LA PARTICIPACION PÚBLICA
DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA
Artículo 45 CE- Medio ambiente adecuado, obligación de
proteger calidad de vida y defender y restaurar el medio
Directiva 2003/4/CE acceso del público a la información
ambiental
Directiva 2003/35/CE de medidas para participación del
publico de planes y programas
Ley 27/2006 de 18 de julio
Diferentes leyes sectoriales ambientales
Proyecto de ley de calidad ambiental Extremadura
4. ACCESO A INFORMACIÓN.
Problemas
Dificultad para acceder documentos (horarios,
desplazamientos)
Plazo -1 mes, breve en muchos casos
Solo información disponible
Problema obtención copias. No en formato
electrónico/ No on-line
Precio copias
Propiedad intelectual
Desconexión y desconocimiento
administrativo
5. ACCESO A INFORMACIÓN.
Soluciones actuales
Denegación o silencio -> vía contenciosa
Vía contencioso-administrativa: coste, lento
Defensor del pueblo/figuras afines (justicia
Aragón,etc)
Quejas a UNECE sobre convenio de Aarhus.
(escasas)
Quejas ante la UE: saturación
6. PARTICIPACIÓN PÚBLICA.
Problemas
Solo en tramite de información publica
de proyectos
Tardía: no es posible cambiar el proyecto
En planes y programas: solo
asociaciones e interesados
En aprobación leyes: infrecuente
Complejidad, falta de conocimiento
FALTAN SOLUCIONES Y DESARROLLO
7. ACCESO A LA JUSTICIA
Problemas
Publico: Solo si hay violación de acceso a la
información y participación
ONGs : Sólo ellas pueden ejercer control de la
legalidad, 2 años existencia , (utilidad pública)
Faltan periciales.
Coste del procedimiento por complejidad
Lentitud, llega tarde
Falta de preparación ámbito judicial.
8. Proyecto de Ley de Calidad
Ambiental para Extremadura
Tramitación parlamentaria desde 9 /02/2010
Ámbito de aplicación :
Acceso a la información y participación (no justicia)
Educación , responsabilidad ambiental.
Evaluación ambiental de planes, programas y
proyectos ( AAI, AA unificada, licencia ambiental,
comunicación ambiental)
Residuos, suelos contaminados, protección de la
atmósfera, ruido, sistemas de gestión, calidad
ambiental, disciplina y régimen sancionador
Protección del paisaje
9. Proyecto de Ley de Calidad
Ambiental para Extremadura
OBJETIVO: Articulo 1- Desarrollo política medioambiental de
Extremadura, alto nivel de protección medio ambiente , mejorar
calidad vida ciudadanos,
VALORACIÓN :
No protege calidad ambiental existente, Faculta para contaminar
Cubre un vacío normativo aunque Apenas desarrolla normativa
estatal
Valor de recopilación de varias normas a modo de código
Escaso protagonismo de ayuntamientos y ciudadanos
No hace mención a la Directiva y Ley libertad de servicios.
Pérdida de oportunidad de lograr desarrollo sostenible
Abusa de delegación reglamentaria
CONCLUSION: UN AVANCE QUE NECESITA MEJORAR
10. Proyecto de Ley de Calidad
Ambiental para Extremadura
Principios y fines
Prevención ,cautela,
Solidaridad intergeneracional (desarrollo sostenible)
Información , transparencia y participación
Quien contamina paga,
Restauración
VISIÓN:
- NO NECESIDAD DE PRESERVACION,
- NECESIDAD DE DESARROLLO .
11. INFORMACION ,EDUCACION Y PARTICIPACION
PUBLICA EN MATERIA MEDIO AMBIENTE
Información
Olvida el deber de adquirir y disponer de información
Pretende informar a administraciones ,público e
interlocutores, pero no dice como.
Deber de asistir al publico en el acceso y consulta de
información ambiental
Obligación de promover la participación publica
Informe anual coyuntural del Estado de medio
ambiente, y completo cada cuatro años.
12. INFORMACIÓN. Problemas
ARTICULO 11- Solo si obra en poder de la autoridad,
Denegación por derechos de propiedad intelectual pero
no incluye el titular de la propiedad.
Art .31 bis.1, RDL 1 /1996 de 12 abril: no precisa
autorización del autor cuando la obra se reproduzca,
distribuya, para el correcto desarrollo de procedimientos
administrativos o judiciales. Art 23.2 confidencialidad de
parte del proyecto.
Confidencialidad datos personales -> no cuando ejerce
profesión u oficio.
Información de emisiones en el medio ambiente no puede
ser negada
ART.12; Desestimación por silencio -> ILEGAL
13. PARTICIPACIÓN PÚBLICA
EIA. (art.16) solo tramite de información
pública ->no cumple art. 6 Aarhus que habla
en plural de varias fases o instrumentos en un
mismo procedimiento
EAE. (art .16) No info. pública, consultas
En la elaboración de leyes, muy buen
desarrollo .(art. 17)
Definiciones art.6, de “interesado” y
“personas interesadas” según procedimientos
insuficiente e incompleta.
14. EVALUACIÓN AMBIENTAL
Falta tasa o precio publico por la realización de la
Evaluación por las administraciones
Obligación de control y suministro de información en la
autorización (faltan inspectores)
Comunicación de incidentes (? Acceso a la
información)
Fraccionamiento de proyectos : buen desarrollo.
Efectos sinérgicos
Capacidad técnica y calificación, pero falta autor
Registro publico -> desarrollo reglamentario
¿ publicidad ?
15. EVALUACIÓN AMBIENTAL DE
PLANES Y PROGRAMAS
Ámbito (Anexo I) ordenación del territorio y urbanismo
(PIR, planes parciales, planes especiales) PORN/PRUG, y
otros.
El consejo de Gobierno puede incorporar otros.
Zonas de reducido ámbito territorial decisión caso por
caso con arreglo a criterios definidos.
PROCEDIMIENTO (art. 31): desarrollo incompleto.
Informe de sostenibilidad, consultas, memoria ambiental,
falta documento de referencia que debería ser público
Publicidad y seguimiento.
Incorporación al planeamiento por reglamento
Competencia : Conserjería de Medio Ambiente
16. EIA ORDINARIA (ART 37)- Anexo II
Plazos de caducidad parciales y no totales (3+?+1+2)
Información pública 30 días (hábiles)
Remite a la Ley 1/2008
Consultas a otras administraciones sin plazo
Desestimación por silencio. Novedad.
Publicidad de la DIA en DOE
Incorporación a la autorización de proyecto
Procedimiento especial afección a Red Natura 2000
(LICs/ZEPAs) (ART 38)
Omite referencia a alegaciones en la DIA
Caso por caso ANEXO II.B . Publicidad de la decisión
de no sometimiento a EIA
17. EIA ABREVIADA (ART 40)
Proyectos del Anexo III
No información pública
Consultas administraciones
Desestimación silencio Negativo
Informe de impacto ambiental
¿sustituto autorización?
¿comunicación o declaración
responsable?
No publicidad. ¿ilegalidad?
18. AUTORIZACIÓN AMBIENTAL
INTEGRADA
Reúne en una varias autorizaciones
ambientales
Ámbito : actividades Anexo V
Procedimiento Ley 16/2002 de 1 de julio
Compatibilidad con la EIA
Información pública de 30 días
Información posterior de informes y consultas:
sólo audiencia “interesados”, de acceso público
según art. 6.6. C. Aarhus
Publicidad en DOE de la autorización (omite
referencia a alegaciones)
Desestimación silencio 10 meses,
Caducidad 4 años, Vigencia 8 (renovables)
19. AUTORIZACIÓN AMBIENTAL
UNIFICADA
¿Novedad? Casi igual que la AAI
Proyectos ANEXO VI
Especialidades
Acortan plazos ( Información pública de 20 días,
resolución 6 meses)
Informe de compatibilidad urbanística negativo ->
archivo
Contenido de la autorización-> desarrollo reglamentario
Vigencia indefinida
20. LICENCIA AMBIENTAL
Igual a la del RAMINP ,que deroga.
Competencia municipal para actividades
Anexo VII o en ordenanzas
Incompatibles con AAI y AAU pero si con EIA
Información pública de 20 días
Procedimiento -> ordenanzas
Desestimación por silencio en 4 meses
Duración indefinida
Caducidad 3 años inicio o 2 paralizada
Integrada en licencia urbanística
Requiere licencia de uso o actividad
21. CARENCIAS
No se menciona acceso a justicia del articulo 9 del
convenio de Aarhus (justicia gratuita ,etc.)
No se regula la obtención de copias (precios, etc)
Estreno tímido en materias como residuos,
atmósfera, responsabilidad ambiental.
Quien mucho abarca poco aprieta.
22. OTROS INSTRUMENTOS LEGALES
PARA LA DEFENSA AMBIENTAL
QUEJA ANTE DEFENSOR DEL PUEBLO
Defensa de derechos y deberes fundamentales
(Titulo I CE) como el interés general de la protección
ambiental.
Forma:
On-line, www.defensordelpueblo.es
Correo- Paseo de Eduardo Dato, 31, 28010 Madrid
Por fax- 91-3081158
Plazo- 1 año
Actuaciones gratuitas
Tiene que existir intervención de las Adm públicas y
no haber procedimiento judicial
No trata asuntos entre particulares.
23. OTROS INSTRUMENTOS PARA LA
DEFENSA AMBIENTAL
PETICIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO
Cualquier ciudadano de la UE
Asuntos- Derechos ciudadanos, medio ambiente,
protección consumidor ,etc
On-line, www.europarl.europa.eu, peticiones
Por correo Comité de Peticiones,Secretariado, Rue
Wiertz, B-1047 Bruselas
Se le da nº si es procedente, Reunión de comité de
peticiones cada mes
Problema- lento / No vinculante,
24. OTROS INSTRUMENTOS PARA LA
DEFENSA AMBIENTAL
PREGUNTA PARLAMENTARÍA
Cualquier ciudadano europeo, a través de
europarlamentario.
Sobre incumplimiento directiva europea
Plazo breve, 15 días o 3 meses
La Comisión Europea pregunta a Autoridades
Españolas sobre el tema.
Dependiendo de la respuesta , se puede interponer
queja ante Comisión Europea
Sin coste para ciudadano
Problema- no es vinculante
25. MECANISMOS ANTE EUROPA
QUEJA ANTE LA COMISIÓN EUROPEA
Cualquier persona sin interés particular.
Posible vulneración legislación europea, también
medio ambiente
Por escrito, carta, fax o por correo electronico
Escrito- Comisión Europea, Secretaria General, Rue
de la Loi, 200, B- 1049 Bruselas
Por fax- 32-22953913
Por mail- SG-PLAINTES@ec.europa.eu
A la oficina de representación en España
Paseo de la Castellana, 46, 28046 Madrid
26. OTROS INSTRUMENTOS PARA LA
DEFENSA AMBIENTAL
QUEJA ANTE COMISIÓN EUROPEA
Acuse de recibo por parte de Secretaria General en 15
días hábiles a partir de recepción
Escritos registrados como denuncia, acuse de recibo
en un mes desde primer acuse de recibo
Se registran en Registro Central de denuncias
Si la Comisión comprueba que hay incumplimiento por
parte del Estado miembro, abre procedimiento de
infracción contra Estado que puede llegar hasta
Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
Ventajas- abre la vía de infracción hacia el TJCE
Problemas: saturación, solo temas trasversales
27. Direcciones útiles
Convenio de Aarhus
http://aarhusclearinghouse.unece.org
Parlamento Europeo
www.europarl.europa.eu
Comisión Europea
www.ec.europa.eu
Ministerio de Medio Ambiente- Evaluaciones
ambientales
www.mma.es/portal/secciones/evaluacion_ambiental/
Junta Extremadura- Consejeria Fomento (SIGCAT)
www.juntaex.es
www.acima.es