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UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y
POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Temas No 3, 4, 5 y 7
ALUMNA:
AURIMAR
ALVARADO
CI. 25.541.501
LESIONES, HERIDAS Y
CONTUSIONES
Son cambios anormales en la morfología o
estructura de una parte del cuerpo
producida por un daño externo o interno.
Las lesiones son producidas por diversos
mecanismos nocivos o dañinos, que alteran
el equilibrio o la homeostasis celular. Puede
darse por diferentes causas
¿Cuándo son un delito?
Es un delito en contra de la vida
y la salud personal cuando se
comete por el que cause a otro
un daño que deje en su cuerpo
un vestigio o altere su salud
física o mental.
CONTUSIÓN.- Son lesiones producidas por la acción de cuerpos duros, romos es decir no tienen bordes
cortantes que actúen sobre el organismo por intermedio de una fuerza más o menos considerable.
ESCORIACIÓN.- Es una lesión superficial de la piel, con destrucción de la epidermis y afectación leve de la
dermis.
HEMATOMA.- Acumulación de sangre líquida intersticial en un espacio formado por la separación de planos de
tejidos
HERIDA POR CONTUSIÓN.- Es una lesión (herida) producida por la acción de un instrumento contundente.
LACERACIÓN.- Es una solución de continuidad de un órgano interno, producida por un agente contundente.
FRACTURA.- Es una solución de continuidad de un hueso, originada por un agente contundente.
MORDEDURA.- Es una lesión contusa producida por los dientes, se debe a un mecanismo combinado dé
presión y de tracción. Las lesiones quedan dispuestas en dos líneas curvas opuestas por su concavidad.
Tipos de
lesiones
ATRICIÓN.- Es la división del cuerpo en múltiples fragmentos que se mantienen en relación, mediante
estrechas bandas de tejidos blandos.
DESCUARTIZAMIENTO.- Es la división del cuerpo en segmentos que quedan separados entre sí.
Nuestro Código Penal distingue las lesiones en su Capitulo II
LESIONES
Artículo 413. El que sin intención de matar, pero si de causarle dañó, haya ocasionado a alguna persona un
sufrimiento físico, un perjuicio a la salud o una perturbación en las facultades intelectuales, será castigado con
prisión de tres a doce meses.
Artículo 414. Si el hecho ha causado una enfermedad mental o corporal, cierta o probablemente incurable, o la
pérdida de algún sentido de una mano, de un pie, de la palabra, de la capacidad de engendrar o del uso de algún
órgano, o si ha producido alguna herida que desfigure a la persona; en fin, si habiéndose cometido el delito
contra una mujer en cinta le hubiere ocasionado el aborto, será castigado con presidio de tres a seis años.
Artículo 415. Si el hecho ha causado inhabilitación permanente de algún sentido o de un órgano, dificultad
permanente de la palabra o alguna cicatriz notable en la cara o si ha puesto en peligro la vida de la persona
ofendida o producido alguna enfermedad mental o corporal que dure veinte días o más, o si por un tiempo igual
queda la dicha persona incapacitada de entregarse a sus ocupaciones habituales, o, en fin, si habiéndose
cometido el delito contra una mujer en cinta, causa un parto prematuro, la pena será de prisión de uno a cuatro
años.
Artículo 416. Si el delito previsto en el artículo 413 hubiere acarreado a la persona ofendida, enfermedad que
solo necesita asistencia medica por menos de diez días o sólo la hubiere incapacitado por igual tiempo para
dedicarse a sus negocios ordinarios, u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de tres a seis meses
Artículo 417. Si el delito previsto en el artículo 413, no solo no ha acarreado enfermedad que necesite asistencia
medica, sino que tampoco ha incapacitado a la persona ofendida para dedicarse a sus negocios u ocupaciones
habituales, la pena será de arresto de diez a cuarenta y cinco días
EJEMPLO
S
• Uno de los casos mas comunes hoy en
día, son las diferentes riñas peleas que
se dan en diferentes espacios, en estos
se tiene la intención de dañar a un
tercero. De acuerdo a los daños
causados se evalúa que clase de lesión
se propino.
Art. 413 Código
Penal
• Se da cuando en el ejercicio de la
profesión lesiona a un tercero. Ocurre
mayormente en los casos de doctores
que por negligencia realizan una mala
praxis.
Art. 420
Código Penal
HERIDAS CAUSADAS POR
PROYECTIL
Son las lesiones que ocasiona el proyectil a su
paso a través de los tejidos del cuerpo humano.
Las lesiones varían según la distancia y la zona
del cuerpo donde penetra el proyectil.
Las heridas por arma de fuego presentan:
lesión de entrada, trayecto, lesión de salida y
además, lesiones producidas por elementos
acompañantes que en ocasiones agregan su
efecto a los producidos por el proyectil.
¿Cómo podremos saber a qué distancia se hizo el
disparo?
Para conocer el recorrido del proyectil y presenta las siguientes
características:
En los disparos muy cercanos encontraremos carboxihemoglobina (menos
de 1 cm), partículas de pólvora no deflagrada y humo en zona subyacente
(signo de Benassi), despegamiento de los tejidos por efecto de los gases y
tatuaje en el trayecto (músculos, aponeurosis, tejido celular subcutáneo).
-En los disparos a cualquier distancia:
-los trayectos pueden ser rectos o desviados por choque perpendiculares;
oblícuos o tangenciales, pudiendo ser curvos.
-el trayecto puede contener pelos, fibras de ropa, tacos del cartucho,
esquirlas óseas, fragmentos d proyectil.
En toda lesión de entrada los elementos a estudiar son: orificio de entrada, zona de
Fisch, zona de tatuaje y zona de falso tatuaje. El hallazgo de todos estos elementos
variará según la distancia del disparo.
En las armas de fuego, por la llamada “boca de fuego”, salen disparados el proyectil,
fuego, humo y partículas de polvo no deflagrada. El estudio de estos elementos
permiten al forense establecer las características de la lesión de entrada, y con
bastante aproximación, la distancia a la cual se realizó el disparo.
LESIONES
TERMICAS
Quemaduras
Las quemaduras térmicas se producen por el contacto con llamas,
líquidos calientes, superficies calientes y otras fuentes de
altas temperaturas; aun con el contacto con elementos a
temperaturas extremadamente bajas.
El tratamiento inmediato como medida de primeros auxilios para las
quemaduras leves consiste en sumergir el área afectada en agua
fresca para enfriar los tejidos quemados
Primer Grado: e limitan a la capa superficial de la piel epidermis, se les puede llamar
eritema o epidérmicas. Son ocasionadas por la exposición solar, líquidos calientes, o
planchas.
Segundo Grado: Existen las superficiales que solo dañan la segunda capa. Y las
profundas que incluyen la glándulas sudor y de grasa, es un nivel medio.
Una quemadura de tercer grado penetra por todo el espesor de la piel; incluyendo
terminaciones nerviosas, vasos sanguíneos, linfáticos, etc. Este tipo de quemadura no
duele al contacto, debido a que las terminaciones nerviosas fueron destruidas por la
fuente térmica.
HERIDAS POR ARMA BLANCA
Armas blancas, son los instrumentos lesivos
manejados manualmente que atacan la superficie
corporal por un filo, una punta o ambos a la vez.
De acuerdo con este mecanismo de acción se
clasifican las heridas que producen.
1.- Heridas por instrumentos punzantes.
2.- Heridas por instrumentos cortantes.
3.- Heridas por instrumentos cortopunzantes.
4.- Heridas por instrumentos cortantes y
contundentes
1. Se llaman así a las producidas por instrumentos de forma alargada, de un diámetro
variable, pero nunca muy considerable, de sección circular o elíptica, que terminan en
una punta más o menos aguda. En suma, se trata de cuerpos cilindrocónicos alargados
en forma de punta afilada.
Estos instrumentos pueden ser naturales o artificiales. Entre los primeros figuran las
espinas, los aquijones y otras defensas de animales. Son más frecuentes, sin embargo,
los artificiales, entre los que deben citarse; alfileres, agujas, clavos, punteros, flechas,
flores, lanzas, etc.
2. Los instrumentos cortantes se definen por la existencia de una hoja de poso espesor y
sección triangular que obra sólo por el filo. Ciertos objetos actúan accidentalmente como
instrumentos cortantes: láminas delgadas de metal o trozos de vidrio. Los verdaderos
instrumentos cortantes están representados por cuchillos, navajas, navajas de afeitar,
bisturíes, etc.
3. La parte lesiva de los instrumentos corto-punzantes está constituida por una lámina
más o menos estrecha terminada en punta y recorrida por una, dos o más aristas
afiladas y cortantes Según el número de estas aristas, los instrumentos se llaman
monocortantes, bicortantes o pluricortantes.
Entre los instrumentos corto-punzantes más frecuentes en la práctica médico legal
deben citarse las navajas, los cuchillos de punta, los puñales, los estiletes, etc
4. Se llaman así a aquellos instrumentos provistos de una hoja afilada, pero que poseen
un peso considerable, por lo que a su efecto cortante se añade el propio de una gran
fuerza viva. Son ejemplos representativos de esta variedad de instrumentos, los sables,
los cuchillos pesados, azadones y sobre todo, las hachas.

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  • 1. UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO” VICE-RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Temas No 3, 4, 5 y 7 ALUMNA: AURIMAR ALVARADO CI. 25.541.501
  • 2. LESIONES, HERIDAS Y CONTUSIONES Son cambios anormales en la morfología o estructura de una parte del cuerpo producida por un daño externo o interno. Las lesiones son producidas por diversos mecanismos nocivos o dañinos, que alteran el equilibrio o la homeostasis celular. Puede darse por diferentes causas ¿Cuándo son un delito? Es un delito en contra de la vida y la salud personal cuando se comete por el que cause a otro un daño que deje en su cuerpo un vestigio o altere su salud física o mental. CONTUSIÓN.- Son lesiones producidas por la acción de cuerpos duros, romos es decir no tienen bordes cortantes que actúen sobre el organismo por intermedio de una fuerza más o menos considerable. ESCORIACIÓN.- Es una lesión superficial de la piel, con destrucción de la epidermis y afectación leve de la dermis. HEMATOMA.- Acumulación de sangre líquida intersticial en un espacio formado por la separación de planos de tejidos HERIDA POR CONTUSIÓN.- Es una lesión (herida) producida por la acción de un instrumento contundente. LACERACIÓN.- Es una solución de continuidad de un órgano interno, producida por un agente contundente. FRACTURA.- Es una solución de continuidad de un hueso, originada por un agente contundente. MORDEDURA.- Es una lesión contusa producida por los dientes, se debe a un mecanismo combinado dé presión y de tracción. Las lesiones quedan dispuestas en dos líneas curvas opuestas por su concavidad. Tipos de lesiones
  • 3. ATRICIÓN.- Es la división del cuerpo en múltiples fragmentos que se mantienen en relación, mediante estrechas bandas de tejidos blandos. DESCUARTIZAMIENTO.- Es la división del cuerpo en segmentos que quedan separados entre sí. Nuestro Código Penal distingue las lesiones en su Capitulo II LESIONES Artículo 413. El que sin intención de matar, pero si de causarle dañó, haya ocasionado a alguna persona un sufrimiento físico, un perjuicio a la salud o una perturbación en las facultades intelectuales, será castigado con prisión de tres a doce meses. Artículo 414. Si el hecho ha causado una enfermedad mental o corporal, cierta o probablemente incurable, o la pérdida de algún sentido de una mano, de un pie, de la palabra, de la capacidad de engendrar o del uso de algún órgano, o si ha producido alguna herida que desfigure a la persona; en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta le hubiere ocasionado el aborto, será castigado con presidio de tres a seis años. Artículo 415. Si el hecho ha causado inhabilitación permanente de algún sentido o de un órgano, dificultad permanente de la palabra o alguna cicatriz notable en la cara o si ha puesto en peligro la vida de la persona ofendida o producido alguna enfermedad mental o corporal que dure veinte días o más, o si por un tiempo igual queda la dicha persona incapacitada de entregarse a sus ocupaciones habituales, o, en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta, causa un parto prematuro, la pena será de prisión de uno a cuatro años. Artículo 416. Si el delito previsto en el artículo 413 hubiere acarreado a la persona ofendida, enfermedad que solo necesita asistencia medica por menos de diez días o sólo la hubiere incapacitado por igual tiempo para dedicarse a sus negocios ordinarios, u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de tres a seis meses Artículo 417. Si el delito previsto en el artículo 413, no solo no ha acarreado enfermedad que necesite asistencia medica, sino que tampoco ha incapacitado a la persona ofendida para dedicarse a sus negocios u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de diez a cuarenta y cinco días
  • 4. EJEMPLO S • Uno de los casos mas comunes hoy en día, son las diferentes riñas peleas que se dan en diferentes espacios, en estos se tiene la intención de dañar a un tercero. De acuerdo a los daños causados se evalúa que clase de lesión se propino. Art. 413 Código Penal • Se da cuando en el ejercicio de la profesión lesiona a un tercero. Ocurre mayormente en los casos de doctores que por negligencia realizan una mala praxis. Art. 420 Código Penal
  • 5. HERIDAS CAUSADAS POR PROYECTIL Son las lesiones que ocasiona el proyectil a su paso a través de los tejidos del cuerpo humano. Las lesiones varían según la distancia y la zona del cuerpo donde penetra el proyectil. Las heridas por arma de fuego presentan: lesión de entrada, trayecto, lesión de salida y además, lesiones producidas por elementos acompañantes que en ocasiones agregan su efecto a los producidos por el proyectil. ¿Cómo podremos saber a qué distancia se hizo el disparo? Para conocer el recorrido del proyectil y presenta las siguientes características: En los disparos muy cercanos encontraremos carboxihemoglobina (menos de 1 cm), partículas de pólvora no deflagrada y humo en zona subyacente (signo de Benassi), despegamiento de los tejidos por efecto de los gases y tatuaje en el trayecto (músculos, aponeurosis, tejido celular subcutáneo). -En los disparos a cualquier distancia: -los trayectos pueden ser rectos o desviados por choque perpendiculares; oblícuos o tangenciales, pudiendo ser curvos. -el trayecto puede contener pelos, fibras de ropa, tacos del cartucho, esquirlas óseas, fragmentos d proyectil.
  • 6. En toda lesión de entrada los elementos a estudiar son: orificio de entrada, zona de Fisch, zona de tatuaje y zona de falso tatuaje. El hallazgo de todos estos elementos variará según la distancia del disparo. En las armas de fuego, por la llamada “boca de fuego”, salen disparados el proyectil, fuego, humo y partículas de polvo no deflagrada. El estudio de estos elementos permiten al forense establecer las características de la lesión de entrada, y con bastante aproximación, la distancia a la cual se realizó el disparo.
  • 7. LESIONES TERMICAS Quemaduras Las quemaduras térmicas se producen por el contacto con llamas, líquidos calientes, superficies calientes y otras fuentes de altas temperaturas; aun con el contacto con elementos a temperaturas extremadamente bajas. El tratamiento inmediato como medida de primeros auxilios para las quemaduras leves consiste en sumergir el área afectada en agua fresca para enfriar los tejidos quemados Primer Grado: e limitan a la capa superficial de la piel epidermis, se les puede llamar eritema o epidérmicas. Son ocasionadas por la exposición solar, líquidos calientes, o planchas. Segundo Grado: Existen las superficiales que solo dañan la segunda capa. Y las profundas que incluyen la glándulas sudor y de grasa, es un nivel medio. Una quemadura de tercer grado penetra por todo el espesor de la piel; incluyendo terminaciones nerviosas, vasos sanguíneos, linfáticos, etc. Este tipo de quemadura no duele al contacto, debido a que las terminaciones nerviosas fueron destruidas por la fuente térmica.
  • 8. HERIDAS POR ARMA BLANCA Armas blancas, son los instrumentos lesivos manejados manualmente que atacan la superficie corporal por un filo, una punta o ambos a la vez. De acuerdo con este mecanismo de acción se clasifican las heridas que producen. 1.- Heridas por instrumentos punzantes. 2.- Heridas por instrumentos cortantes. 3.- Heridas por instrumentos cortopunzantes. 4.- Heridas por instrumentos cortantes y contundentes
  • 9. 1. Se llaman así a las producidas por instrumentos de forma alargada, de un diámetro variable, pero nunca muy considerable, de sección circular o elíptica, que terminan en una punta más o menos aguda. En suma, se trata de cuerpos cilindrocónicos alargados en forma de punta afilada. Estos instrumentos pueden ser naturales o artificiales. Entre los primeros figuran las espinas, los aquijones y otras defensas de animales. Son más frecuentes, sin embargo, los artificiales, entre los que deben citarse; alfileres, agujas, clavos, punteros, flechas, flores, lanzas, etc. 2. Los instrumentos cortantes se definen por la existencia de una hoja de poso espesor y sección triangular que obra sólo por el filo. Ciertos objetos actúan accidentalmente como instrumentos cortantes: láminas delgadas de metal o trozos de vidrio. Los verdaderos instrumentos cortantes están representados por cuchillos, navajas, navajas de afeitar, bisturíes, etc. 3. La parte lesiva de los instrumentos corto-punzantes está constituida por una lámina más o menos estrecha terminada en punta y recorrida por una, dos o más aristas afiladas y cortantes Según el número de estas aristas, los instrumentos se llaman monocortantes, bicortantes o pluricortantes. Entre los instrumentos corto-punzantes más frecuentes en la práctica médico legal deben citarse las navajas, los cuchillos de punta, los puñales, los estiletes, etc 4. Se llaman así a aquellos instrumentos provistos de una hoja afilada, pero que poseen un peso considerable, por lo que a su efecto cortante se añade el propio de una gran fuerza viva. Son ejemplos representativos de esta variedad de instrumentos, los sables, los cuchillos pesados, azadones y sobre todo, las hachas.