1. La junta del 20 de julio de 1810, creada ante los hechos del Florero de
Llorente, nombró a José Miguel Pey de Andrade como jefe de la Junta, lo
cual lo convierte en el primer jefe de estado.
En marzo de 1811 se conformó lo que podría llamarse la primera Asamblea
Nacional Constituyente y Congreso a la vez en Santa Fe de Bogotá, bajo el
nombre "Colegio Electoral Constituyente del Estado de Cundinamarca"
que con gran esfuerzo, por discordias entre centralistas y federalistas,
promulgó el 4 de abril de 1811 la primera constitución que podría tener
alcance nacional: la Constitución del estado de Cundinamarca la cual
estaba basada en la de Estados Unidos de Norteamérica. Esta asamblea-
congreso nombra al segundo jefe de estado, el señor Jorge Tadeo Lozano por
un período de tres años; sin embargo, por presiones y desacuerdos, la
asamblea-congreso lo hace dimitir el 19 de septiembre de 1811 y nombra, en
su lugar, a Antonio Nariño. CONSTITUCIÓN DE CUNDINAMARCA (30 DE
MARZO DE 1811 Y
Constitución de
Cundinamarca - 1811
2. En esta constitución, por no cumplir con las normas y leyes que el
pueblo quería, fue obligada a cambiarla en 1821 diez años
después. ACTA DE FEDERACIÓN DE LAS PROVINCIAS
UNIDAS DE LA NUEVA GRANADA (27 DE NOVIEMBRE DE
1811)
Se tienen en consideración para expedir esta acta, aspectos
como la larga serie de sucesos ocurridos en la península de
España, antigua metrópoli, desde su ocupación por las armas del
emperador de Francia Napoleón Bonaparte; las nuevas y varias
formas de gobierno que rápidamente se sucedieron unas a otras
sin que ninguna de ellas haya sido capaz de salvar la
3. •Se ordena a las provincias unidas desconocer la regencia de España.
•Se reconoce la independencia, igualdad y soberanía de cada una de las
provincias unidas, garantizándose la integridad de sus territorios, su
administración interior y una forma de gobierno republicano. Se les faculta para
darse el gobierno que más convenga, pero siempre popular, representativo y
análogo al de la Unión.
•se define que todas las provincias estarán prestas a defender la unión,
aportando para ello todos los recursos humanos y económicos del caso.
•se consolida un Congreso de la unión integrado por uno o dos miembros de
cada provincia.
•Se establece como objetivo fundamental de la unión la defensa de la misma y
por ende de cada una de las provincias, por ello se insta a que cada una de
ellas se arme y organice sus respectivos ejércitos.
•Siendo la defensa algo fundamental, se le da poder al congreso para que
establezca el tesoro nacional, y pueda a su vez establecer impuestos, exigir
contribuciones.
4. “El siglo XIX lo gastarán nuestras nacionalidades tratando vanamente de realizar el ideal del
estado gendarme, impasible ante los fenómenos de la vida económica, indiferente a la suerte de
los indios…!” (p. 283)
Había un debate filosófico sobre qué sistema adoptar. La Junta Suprema de Santa Fe se erigió en
Colegio Constituyente, que empezó a sesionar el 27 de febrero de 1811, y quedó sancionada el 30
de marzo.
La nueva constitución, la primera formal y con ese nombre empezaba con el descabellado
reconocimiento a Fernando VII, “siempre y cuando viniera a gobernar personalmente a sus
súbditos y que jurara cumplir fielmente la Constitución”
“Rompió así la tradición tres veces secular de la constitución consuetudinaria del virreinato.”
Mezclaba principios monárquicos y doctrinas liberales, y “brindó la posibilidad a unos pocos
ideólogos de condensar en fórmulas propias el fruto de sus lecturas”
Tradición que aún se conserva!
Misión del gobierno: garantizar los derechos de propiedad, libertad individual entre otros.
“El derecho de propiedad consiste en la facultad que tiene el ciudadano de gozar y disponer
libremente de sus bienes y rentas y del fruto de su ingenio, trabajo e industria”
Ninguno puede ser privado de sus bienes sin su consentimiento, y sólo en caso de necesidad
pública, con una justa indemnización.
“El mecanismo de la Constitución tiene por objeto en muchos aspectos contrarrestar la eventual
mayoría numérica de los no propietarios contra la llamada mayoría cualitativa de los propietarios”
La primera Constitución:
1811
5. •sólo de él se derivaba el poder y la autoridad, constituía
a los ojos de la gran parte de la población algo así como
sacrilegio y un disparate gigantesco; sin embargo, eso
fue lo que con temeridad sostuvieron los tunjanos en la
Constitución de 1811.
Esta se celebró basada en la Constitución
norteamericana de 1776. El proyecto fue redactado por
Jorge Tadeo Lozano y promulgado el 4 de abril de 1811.
Se ocupó de: la organización y funcionamiento de las
ramas del poder; Leyes sobre instrucción pública y
procedimiento penal. Pero duró muy poco debido a que
Cundinamarca rechazaba la monarquía y deseaba
implantar la forma de Gobierno Republicano.