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1
PROPUESTA DEFINITIVA SOBRE POLÍTICAS PARA EL PEI DE LA ENSV
2015-2020 DESDE EL V SEMESTRE DEL PFCE
V semestre PFCE
Nov 5/2013
Familia
educadora
2
PROPUESTA DEFINITIVA SOBRE POLÍTICAS PARA EL PEI DE LA ENSV 2015-2020 DESDE EL
V SEMESTRE DEL PFCE
DOCENTES EN FORMACIÓN V SEMESTRE
POLÍTICA Nº 1: “VISIÓN DEL FUTURO”
Hernández Ceballos Juan Pablo
Jaramillo Arévalo Jessica Lorena
Pinilla Valencia Wilber Fernando
POLÍTICA Nº 2: “ATENCIÓN A POBLACIÓN DIVERSA”
Camacho Reyes Lady Katering
Herrera Hernández Julián David
Rodríguez López Adriana Marcela
POLÍTICA Nº3: “PRIMERA INFANCIA Y MADRES COMUNITARIAS”
Cuenca Otálora Reina Isabel
Espinosa Bernal Gina Paola
Garzón Rojas Jesly Tatiana
Sánchez Niño Elizabeth Dayana
POLÍTICA Nº 4: “BILINGÜISMO”
Aguilar Hernández Luisa Fernanda
Díaz Baquero Ronny Yhair
Motta Naranjo Andrés Mauricio
POLÍTICA Nº 5: “CERO MORTALIDAD ACADÉMICA”
Hernández Sanabria Lizeth Andrea
Pardo Enciso Laura Camila
Silva Parales María Eugenia
Zipaquirá Varón Khengee Daviana
A
Mg. SAÚL ROMERO MORALES
PFCE CURSO GESTIÓN EDUCATIVA
Villavicencio
5 de Noviembre del 2013
3
0. PRESENTACIÓN
La presente propuesta se enmarca teniendo en cuenta los aspectos de la GUIA 34
del MEN, relacionada con la guía del curso de gestión correspondiente al V
semestre del PFCE.
Estas políticas, están diseñadas con base al documento llamado “Evaluación
institucional 2013 y plan de mejoramiento 2014-2015 para el seguimiento del PEI
de la ENSV” producto de una construcción grupal entre todos los estudiantes que
componen el V Semestre del PFCE del segundo semestre del presente año en
curso, elaborado el 1 de octubre a partir del historial de evaluaciones
institucionales 2012- 2013; en relación con las directrices establecidas por el MEN,
DNP, PLAN DECENAL DE EDUCACIÓN y el PND (Nacional y territorial).
Es claro que desde la Ley 115 de 1994 (Ley General de educación) existen unas
políticas generales de Gestión Escolar las cuales son: Cobertura, Calidad,
Eficiencia y Pertinencia que deben ser adoptadas por todas las instituciones
públicas y privadas del país, sin embargo, también deben existir unas políticas
propias de acuerdo con la misión institucional (Razón de ser de una institución
educativa) y su relación con el contexto, especialmente en la satisfacción de las
necesidades de su entorno.
En este caso la ENSV, como cuenta con el Programa de formación de docentes,
las políticas que proponemos están enfocados a la visión de futuro, atención a
población diversa, primera infancia y madres comunitarias, bilingüismo y cero
mortalidad académica.
Las anteriores políticas fueron presentadas el día 22 de octubre durante la sesión
de trabajo al señor Rector Mg. Jorge Daniel Bohórquez, donde se complementa
con sus respectivas apreciaciones.
Se espera que esta propuesta continúe siendo analizada por la comunidad
educativa de la ENSV para que las anteriores políticas sean tenidas en cuenta en
la reestructuración del PEI 2015-2020.
4
CONTENIDO
Pág.
0. PRESENTACIÓN…………………………………………………………………………3
1. POLITICA Nº1: “VISIÓN DEL FUTURO”……………………………………………6
1.1 NOMBRE…………………………………………………………………………….6
1.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO……………………………………………..6
1.3 PREGUNTA………………………………………………………………………….7
1.4 REFERENTE TEÓRICO……………………………………………………………7
1.4.1 REFERENTES………………………………………………………………7
1.4.2 ASPECTO LEGAL…………………………………………………………..9
1.4.3
1.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV……………………………….12
1.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS………………………...12
2. POLITICA Nº2: “ATENCIÒN A POBLACIÒN DIVERSA”………………………….14
2.1 NOMBRE…………………………………………………………………………….14
2.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO…………………………………………….14
2.3 PREGUNTA…………………………………………………………………………15
2.4 REFERENTE TEÓRICO…………………………………………………………..15
2.4.1 REFERENTES……………………………………………………………..15
2.4.2 ASPECTO LEGAL…………………………………………………………24
2.4.3
2.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS………………………….34
3. POLÍTICA Nº3: “PRIMERA INFANCIA Y MADRES COMUNITARIAS”………….36
3.1 NOMBRE……………………………………………………………………………..36
3.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO……………………………………………..36
3.3 PREGUNTA………………………………………………………………………….36
3.4 REFERENTE TEÓRICO…………………………………………………………..37
3.4.1 REFERENTES……………………………………………………………..37
RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS
CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y
TERRITORIAL). …………………………………………………………..11
INFLUENCIA EN POBLACIONES DIVERSAS DESDE EL
PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE
EDUCADORES DE LA ENSV. …………………………………………..32
5
3.4.2 ASPECTO LEGAL…………………………………………………………..38
3.4.3
3.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV……………………………….47
3.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS……………………….49
4. POLÍTICA Nº4: “BILINGÜISMO”……………………………………………………50
4.1 NOMBRE……………………………………………………………………………50
4.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO……………………………………………50
4.3 PREGUNTA…………………………………………………………………………51
4.4 REFERENTE TEÓRICO………………………………………………………….51
4.4.1 REFERENTES……………………………………………………………..51
4.4.2 ASPECTO LEGAL…………………………………………………………53
4.4.3
4.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV……………………………….54
4.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS…………………………62
5. POLÍTICA Nº5: “CERO MORTALIDAD ACADÉMICA”…………………………….64
5.1 NOMBRE……………………………………………………………………………..64
5.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO……………………………………………..64
5.3 PREGUNTA………………………………………………………………………….65
5.4 REFERENTE TEÓRICO…………………………………………………………..65
5.4.1 REFERENTES……………………………………………………………..65
5.4.2 ASPECTO LEGAL………………………………………………………….67
5.4.3
5.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV……………………………..74
5.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS………………………74
6. GLOSARIO………………………………………………………………………………78
7. BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………………84
RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS
CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y
TERRITORIAL). ……………………………………………………………47
RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS
CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y
TERRITORIAL). ……………………………………………………………53
RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS
CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL
Y TERRITORIAL) EN CORRESPONDENCIA CON LA
ESCUELA NORMAL. ……………………………………………………..70
6
1. POLÍTICA Nº1: “VISIÓN DEL FUTURO”
1.1 NOMBRE: “DOCENTES CON VISIÓN DE FUTURO”
1.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO
Esta propuesta pedagógica nace desde la mirada crítica reflexiva del actual P.E.I.
de la Escuela Normal Superior de Villavicencio junto al documento Políticas y
sistema colombiano de formación y profesionalización docente donde se puede
observar la clara necesidad de formar docentes adultos idóneos para el desarrollo
de un currículo basado en los avances que se van dando en cuanto a la gestión
escolar donde se pueden ver aspectos esenciales como lo son el desarrollo de
competencias en las nuevas tecnologías, teniendo en cuenta propuestas como lo
es “plan vive digital Colombia” planteadas por el Ministerio de Educación Nacional
que se tiene prevista para desarrollar en los próximos años; la preocupación por
los problemas de convivencia que se están generando en la escuela, donde el
maestro tome conciencia sobre su profesión docente y los actuales cambios que
ocurren en la sociedad y sea partícipe de estas nuevas transformaciones que trae
consigo la “visión del futuro”, apoyados todos estos aspectos en relación con las
actitudes emprendedoras propuestas en la guía 39 del MEN.
7
1.3 PREGUNTA
¿Cómo utilizar las plataformas y redes virtuales desde una estrategia pedagógica
que facilite el acceso al conocimiento y el intercambio de experiencias, frente a los
procesos relacionados con la competitividad y la apertura de mercados?
1.4 REFERENTE TEÓRICO
1.4.1 REFERENTES
El Ministerio de Educación Nacional es la entidad encargada de articular el
sistema de educación a partir que comprenden desde los niveles básicos de
preescolar hasta llegar a la educación profesional de alto nivel, la cual es
competencia del Viceministro de Educación Superior, que, mediante las funciones
de fomento, inspección y vigilancia, orienta la Educación Superior con el fin de
garantizar el ingreso y la permanencia de los estudiantes en este.
Aceptar el desafío de contribuir a impulsar el fortalecimiento de la educación
técnica y tecnológica y con ello la competitividad y la productividad del país,
requiere conocer el contexto en el que se formulan e implementan las políticas
nacionales en el sector educativo. Por qué se decide impulsar este nivel educativo,
cuál es la situación actual de la demanda, qué acciones ha emprendido el
Ministerio de Educación Nacional, que se espera de las instituciones de
educación, del sector productivo, de los gobiernos locales y regionales, y de los
centros de investigación e innovación.
Para el fortalecimiento del plan vive digital, en la vida de cada Colombiano, toma
forma en el marco del congreso de ANDICOM del 28 de octubre de 2010,
referentes que se encuentran en esta página y que a su vez que se complementa
con el plan decenal, en lo que tiene que ver con el uso de las Tic como parte de
los procesos tecnológicos que se deben abordar en educación atendiendo la guía
30 del MEN.
En la formación de los docentes técnicos y competitivos enfocados hacia el sector
productivo se ha de tener en cuenta las agendas y misiones nacionales que se
construyen efectivamente sobre sectores estratégicos productivos que se deben
impulsar para el desarrollo de una mayor productividad entre la pertinencia de los
mismos. Esto es un punto de gran importancia porque se encuentra dentro de la
guía 32 del MEN para la competitividad de la educación técnica y tecnológica para
los educadores que se quieren formar, la cual tiene como objetivo el compromiso
que se adquiere al impulsar el fortalecimiento de esa educación en Colombia.
8
Es aquí donde se hace necesario tener en cuenta lo que plantea la ley 1014 de
2006 en el artículo 1 “El emprendimiento es una forma de pensar, razonar y actuar
centrada en las oportunidades, planteada con visión global y llevada a cabo
mediante el liderazgo equilibrado y la gestión de un riesgo calculado, su resultado
es la creación de valor que beneficia a la empresa, la economía y la sociedad”.
Conscientes de esta realidad, el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, señala a
la educación como “el instrumento más poderoso para reducir la pobreza y el
camino más efectivo para alcanzar la prosperidad”. Reconoce, a su vez, en la
ciencia y la innovación un eje central para el fortalecimiento de todas las esferas,
tanto en lo económico como en lo social. La intención del Gobierno es promover e
implementar una cultura de innovación y emprendimiento en todas las esferas del
Estado.
No cabe duda de que saber manejar computadores es una competencia esencial
en el mundo de hoy, pero mucho más importante es saber utilizarlos con sentido:
para aprender, para solucionar problemas, para mejorar la productividad del
trabajo. Las TIC no sólo ponen al alcance de docentes y estudiantes grandes
volúmenes de información, sino que promueven el desarrollo de destrezas y
habilidades esenciales como son la búsqueda, selección y procesamiento de
información, así como la capacidad para el aprendizaje autónomo. También
amplían las fronteras del aprendizaje al poner a disposición nuevos recursos como
lo es la disponibilidad que nos ofrece el MEN de la página Colombiaaprende y el
uso que los docentes damos de ella.
Dicho de otra manera, las TIC son una herramienta esencial para tener acceso a
la sociedad del conocimiento. El grado en que los países incrementen su
infraestructura de TIC y se apropien de ellas contribuirá a determinar la calidad de
vida de los ciudadanos, las condiciones de trabajo y la competitividad global de la
industria y los servicios
Colombia registra avances significativos en cuanto a la dotación de escuelas con
computadores y la conectividad a Internet, como resultado del programa
Computadores para Educar, así como de los aportes de las entidades territoriales
y de la empresa privada. En 2006 13.795 sedes de Establecimientos educativos
oficiales cuentan con aulas de informática, con lo que puede afirmarse que el 55%
de los estudiantes tienen ya acceso a las TIC.
De conformidad con lo anterior, entendiendo la visión de futuro dentro de este
contexto de emprendimiento como “estructurar un proyecto de vida acorde con las
9
necesidades, las expectativas personales, las oportunidades y las posibilidades
del entorno”, En los establecimientos educativos, el emprendimiento, desde un
enfoque de desarrollo humano integral, permite a la comunidad educativa:
 Construir conocimientos y desarrollar hábitos, actitudes y valores
necesarios para generar acciones orientadas al mejoramiento personal y a
la transformación del entorno y de la sociedad;
 Dar soluciones a las necesidades humanas presentes en la comunidad, con
un sentido de ética y responsabilidad social y una perspectiva de desarrollo
sostenible;
 Promover la cooperación y el trabajo en equipo en todos los miembros de la
comunidad;
 Fortalecer en los estudiantes la capacidad de conseguir y conservar un
empleo, acceder a diferentes alternativas laborales y a posibilidades de
autoempleo;
 Consolidar procesos de articulación del establecimiento educativo con el
sector productivo, la educación superior y la educación para el trabajo.
1.4.2 ASPECTO LEGAL
La constitución política de Colombia de 1991 en los artículos 69, 78, 80 y 88
establecen argumentos que se encuentran relacionados con lo que se pretende en
el planteamiento de la propuesta de la política “visión de futuro” para la ENSV.
A continuación se presentan estos artículos:
ARTICULO 69. Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades
podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la
ley.
En conformidad con lo anterior, de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 y
113 de la ley 115 de 1994, en este proceso el MEN reconoce la idoneidad y
calidad del programa para formar educadores siempre y cuando se cumplan con
los referentes de calidad, por tal razón la ENSV debe tener clara su misión para
así mantener su calidad en el marco de la autonomía (Romero, 2012)
ARTICULO 78. La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios
ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe
suministrarse al público en su comercialización.
Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la
comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el
adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios.
El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y
usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de
10
este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar
procedimientos democráticos internos.
ARTICULO 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los
recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación,
restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores
de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de
los daños causados.
Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas
situados en las zonas fronterizas.
ARTICULO 88. La ley regulará las acciones populares para la protección de los
derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la
seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre
competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella.
También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un
número plural de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones
particulares.
Así mismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño
inferido a los derechos e intereses colectivos.
En consecuencia en la Guía N° 32 del MEN, con base en las políticas y
estrategias lideradas por el Ministerio de Educación Nacional en este campo y con
el testimonio de quienes participaron en lo que hemos llamado alianzas pioneras,
es decir, las alianzas que desarrollaron su trabajo en el marco del Proyecto de
Fortalecimiento de la Educación Técnica y Tecnológica y contaron entre 2006 y
2008 con recursos del Fondo Concursable creado para tal fin, se dio cuerpo a la
estructura y el material que hoy se ofrece y con el que se pretende la
consolidación, sostenibilidad y replicabilidad de las alianzas.
El Ministerio de Educación Nacional es la entidad encargada de articular el
sistema de educación a partir de políticas que comprenden desde los niveles
básicos de preescolar hasta llegar a la educación profesional de alto nivel, la cual
es competencia del Viceministerio de Educación Superior, que, mediante las
funciones de fomento, inspección y vigilancia, orienta la Educación Superior con el
fi n de garantizar el ingreso y la permanencia de los estudiantes en este nivel.
La educación superior es la etapa de formación que sucede a la educación media
o secundaria, al grado once y excepcionalmente, al grado noveno. Su fi n es la
profesionalización, con lo cual se contribuye al desarrollo individual, en cuanto
11
mejora la calidad de vida de los habitantes, y social, ya que ayuda a elevar la
productividad y el crecimiento del país. Lo que podría lograr la ENSV con la
aplicación de esta política es capacitar y contribuir tanto en la formación de
docentes técnicos profesionales teniendo en cuenta que de esta manera podemos
construir el camino propicio para un futuro incierto tanto personal como
profesional, teniendo en cuenta elementos para desarrollar lo anteriormente dicho.
La educación superior colombiana abarca la técnica, la ciencia y la tecnología, las
humanidades, el arte y la filosofía en dos niveles, pregrado y postgrado. A su vez,
el pregrado ofrece tres niveles de formación, técnica profesional, tecnológica y
profesional universitaria, y el postgrado, especialización, maestría y doctorado.
La cultura es entendida como un conjunto de valores, creencias, ideologías,
hábitos, costumbres y normas, que comparten los individuos en la organización y
que surgen de la interrelación social, los cuales generan patrones de
comportamiento colectivos que establece una identidad entre sus miembros y los
identifica de otra organización. (Ley 1014 de 2006, art. 1º).
En la Asamblea General por la Educación realizada en agosto de 2007 se
recogieron los aportes de más de 20.000 colombianos representantes de todos los
sectores de la sociedad al Plan Nacional Decenal de Educación 2006 – 2015. Los
participantes expresaron un gran interés por integrar la ciencia y la tecnología al
sistema educativo, como herramientas para transformar el entorno y mejorar la
calidad de vida. Así mismo, plantearon la necesidad de definir claramente los
objetivos y las prioridades de la educación para responder a las demandas del
siglo XXI, mediante propuestas y acciones concretas encaminadas a asumir los
desafíos de la sociedad del conocimiento. Esto concuerda con las tendencias y los
intereses internacionales que buscan promover una mejor educación en ciencia y
tecnología, como requisito para insertar a las naciones en esta nueva sociedad.
Ley N° 1620 del 15 de marzo de 2013, por la cual se crea el sistema nacional de
convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la
educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
1.4.3 RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS CON EL MEN,
DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y TERRITORIAL).
La relación establecida de esta propuesta con el MEN, Plan decenal y el Plan
Nacional de Desarrollo (PND) ya fueron tratados anteriormente en los referentes
teóricos y legales de la política, por tal razón el vacío que se nota en esta parte del
documento.
12
1.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV
La ENSV desde su enfoque constructivista y modelo pedagógico de la acción y la
construcción asume la visión como una meta, una proyección a futuro con el fin de
alcanzarla ya sea a largo o corto plazo y así superarla. Además, la ENSV se
proyecta ser una escuela líder en la formación de docentes líderes, con
capacidades de comunicación y competitividad con posibilidades de aventurarse
en las nuevas y fuertes exigencias de la sociedad actual, sobresaliendo de esta
manera como docentes emprendedores, capaces de otorgar una educación de
calidad y es allí donde implícitamente se hace evidente no sólo el concepto
adoptado de visión, sino también de futuro.
De igual forma la ENSV a través de la aplicación de esta política podrá viabilizar y
adoptar de manera eficaz y pertinente la normatividad y estrategias que le
permitan mostrar avances de acuerdo con los planes y metas a futuro que fija el
gobierno nacional y el MEN en relación con la misión de la normal.
1.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS
PROGRAMAS METAS DESCRIPCIÓN
Plataformas
virtuales
Establecer
plataformas virtuales
de capacitación
docente.
Con esta se pretende que los docentes
de diferentes instituciones del país
puedan realizar experiencias
significativas a través de diálogos
interculturales que permitan a los
docentes vincular las NTIC en las
distintas capacitaciones pedagógicas
para una formación técnica y competente
para el futuro.
Capacitación
docente continua
Establecer
estrategias de
capacitación
docente en la
aplicación de las
NTIC.
Este programa busca que todos los
docentes logren desarrollar y
potencializar capacidades en la
aplicación de tecnologías, es decir, todo
en busca de la excelencia y la formación
de docentes profesionales líderes.
13
A su vez este apartado tiene como objetivos:
 Formar docentes integrales que por medio de las tics fortalezcan la
profesionalización del saber.
 Formar maestros digitales que respondan de manera asertiva a los cambios
de la sociedad
 Capacitación constante de toda la variedad de herramientas que se pueden
utilizar la internet
 Formación de docentes que ocupen dentro de la sociedad prestigio y poder
de participación activa con la familia
 Acercarnos cada vez a las problemáticas de los niños por medio de las
redes sociales como un medio de defunción de actividades pedagógicas
 Maestros jóvenes con actitud de liderazgo que conformen en su currículo
actividades con sentido social.
Los cursos del actual plan de estudio del PFCE de la ENSV con los cuales esta
política de “visión de futuro” se encuentra entrelazada son las que tienen que ver
con tecnología, currículo, gestión educativa.
14
2. POLITICA Nº2: “ATENCIÒN A POBLACIÒN DIVERSA”
2.1 NOMBRE: “ESCUELA DIVERSA”
2.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO
En este logotipo está plasmado la atención a población diversa, en el encontramos
un rostro compuesto por partes de la cara diferentes, es así como un negro,
palenque, indígena y blanco, conforman un rostro. Este pretende mostrar la
diversidad de razas que tenemos en el país. En la parte inferior encontramos una
barra con los símbolos que identifica cada una de las discapacidades que
encontramos en la población, cabe aclarar que no solo son estas las que
encontramos, solo que esta es una representación de las múltiples que existen.
El logo va encerrado en un círculo azul, representando la pureza, y demostrando
que la diversidad no es sinónimo de diferencia, si no de igualdad, hacemos parte
de un mismo mundo, por lo tanto las diferentes leyes deben proteger y acoger a la
población diversa de la misma manera y con ello brindar en lo posible, infinidad de
oportunidades de la misma manera. Cabe resaltar que no solo es este tipo de
población quienes hacen parte de la igualdad de derechos, pues también,
tenemos a las personas vulnerables, quienes de igual modo hacen parte de este
programa.
15
2.3 PREGUNTA:
¿QUÉ SERÍA PARA LA ENSV POBLACIÓN DIVERSA?
2.4 REFERENTE TEÓRICO
2.4.1 REFERENTES
Las personas que integran una sociedad son diferentes, por lo tanto proveer
educación de calidad a todos sus habitantes significa, entre otras cosas,
responder a las necesidades comunes y específicas de la población diversa
geográfica y culturalmente, lo cual representa un desafío para la educación y la
sociedad, por lo tanto, en Colombia entre 44 millones de personas, se encuentra la
existencia de diferentes tipos de poblaciones, el 25 por ciento de ellos vive en
zonas rurales, el 30 por ciento son afrodescendientes o afrocolombianos, el 1 por
ciento, indígena, y 8.000 son gitanos. Además, el 5 por ciento se encuentra en
situación de desplazamiento forzado, el 13 por ciento vive en zonas de frontera, el
7.5 por ciento son jóvenes y adultos mayores de 15 años que no saben leer y
escribir, y el 10 por ciento presenta algún tipo de discapacidad. Todos y cada uno
comparten un mismo territorio (MEN).
Se presentan cuatro grupos étnicos colombianos: afrodescendientes, raizales,
indígenas y gitanos. Muchas formas de ver el mundo, diversos lenguajes y
múltiples voces que encuentran y construyen su propio espacio educativo. Para
los indígenas, por su parte, la educación no es un ciclo que empieza y termina en
determinada edad: es tan largo como el de la vida; un proceso que no debe estar
separado de lo cotidiano ni de la vida en familia, ni un espacio reservado para los
niños y los jóvenes. Es allí donde se hace visible el concepto de competencia, se
materializa la idea de aprender a hacer, aprender a aprender, y adquirir
conocimientos, habilidades y destrezas para la vida; en este sentido, sus
proyectos educativos no son institucionales sino comunitarios.
La Constitución Política reconoció como patrimonio de la Nación la diversidad
étnica y cultural del país, que se expresa en la existencia de más de 83 pueblos
indígenas, identificados en el CONPES 1994-1998, y 11 pueblos más que forman
parte de procesos recientes de autoreconocimiento, hablantes de
aproximadamente 68 lenguas y 292 dialectos; la presencia de comunidades
afrocolombianas en todo el territorio nacional y de raizales en San Andrés,
Providencia y Santa Catalina, así como de representantes del pueblo Rom
(gitanos de Colombia) concentrados fundamentalmente en Bogotá
(Cundinamarca), Girón (Santander) y Cúcuta(Norte de Santander).
16
Hay que destacar el aporte social e histórico que han hecho estas poblaciones a la
construcción de la nación y de la identidad colombiana, incluyendo la participación
de diversas corrientes de emigrantes de otros países que también conforman la
colombianidad. La educación para los grupos étnicos hace parte del servicio
público educativo y exige al sistema el reconocimiento de la condición de
pluralidad de la sociedad en su conjunto, con propuestas pedagógicas que
permitan, cada vez más, dar respuestas incluyentes a las múltiples expresiones de
la diversidad con la posibilidad de construir nuevas alternativas educativas
(Lineamientos de política para atención a población vulnerable).
El reconocimiento a la contribución étnica en los procesos sociales, económicos y
culturales ha cambiado la visión de sociedad y la idea de nación, marcando la
construcción de nuevos sentidos sociales, nuevas formas de interpretar la propia
realidad, en los cuales reconocer y proteger la diversidad en marcan
prioritariamente las acciones que se deben implementar.
Para garantizar el derecho que estas poblaciones tienen a la educación, el MEN
viene desarrollando una política de inclusión que se expresa en normas jurídicas y
planes de acción, para crear condiciones apropiadas y orientar a las diferentes
entidades gubernamentales del orden nacional, territorial y local, como
gobernaciones, alcaldías, secretarías de educación, instituciones y centros
educativos, organizaciones y personas, para conseguir que la mayor parte de los
niños, niñas y jóvenes pertenecientes a las etnias acceda al servicio educativo,
principalmente a los programas de etnoeducación, con los ajustes necesarios que
permitan que ingresen, permanezcan y se promocionen dentro de los mismos,
según sus condiciones particulares.
La propuesta de etnoeducación es el modelo que se ha formulado para atender a
las poblaciones étnicas, el cual se construye y se reconstruye a partir del
conocimiento y valoración de las diferentes culturas y debe ofrecer un componente
de formación específico orientado por los criterios de integralidad, diversidad
lingüística, participación comunitaria, flexibilidad y progresividad.
A su vez, la población gitana o pueblo Rom, como se autodenominan, está
compuesta por 8.000 personas de las cuales sólo los niños y jóvenes de las
últimas generaciones han accedido a la escuela. Ello obedece a que, durante los
últimos años, su concepción respecto a la educación convencional se ha
transformado. Así, los hombres cursan hasta cuarto y quinto grado de primaria,
mientras las mujeres sólo llegan hasta cuarto grado, toda vez que para ellos lo
importante es aprender a leer, escribir y contar para el desarrollo de sus
actividades económicas, basadas en la venta de animales y algunas artes y oficios
(MEN).
17
Para el pueblo Rom, la libertad y las tradiciones orales son el instrumento más
potente para conservar su cultura y, por esta razón, la gran mayoría de los adultos
no saben leer y escribir. Así como ellos mismos lo afirman: "La implementación de
la educación endógena, desde una perspectiva bilingüe e intercultural y en el
marco cultural de nuestro pueblo, es la alternativa más saludable en cuanto a la
deseable pervivencia de nuestro pueblo. De esta forma se aportaría al pueblo
Rom una educación completa que mantenga en el individuo su identidad como
Rom y que, además, le proporcione los conocimientos suficientes para brindarle la
capacidad de tener una visión real y productiva de la vida social, local y global,
permitiéndole hacer un mejor uso de sus recursos culturales y alcanzando así un
mejor nivel de desarrollo humano" (MEN).
Por otro lado, se encuentra la población con necesidades educativas especiales,
identificada por personas que presentan discapacidad o limitaciones y aquellas
que poseen capacidades o talentos excepcionales.
Las necesidades educativas y la inclusión del concepto de personas con
necesidades educativas especiales, en el sistema educativo, se plantea en la
actualidad como una alternativa efectiva tanto para la comprensión del desempeño
en el aprendizaje, como para la oferta de servicios de carácter educativo y social,
lo cual contribuye significativamente a la construcción de una cultura de atención a
la diversidad.
Las necesidades educativas especiales se refieren a aquellas necesidades
educativas individuales que no pueden ser resueltas a través de los medios y los
recursos metodológicos que habitualmente utiliza el docente para responder a las
diferencias individuales de sus estudiantes y que requieren, para ser atendidas,
de ajustes, recursos o medidas pedagógicas especiales o de carácter
extraordinario, distintas a las que requieren comúnmente la mayoría de los
estudiantes.
El concepto de necesidades educativas especiales hace referencia a aquellos
estudiantes que presentan dificultades mayores que el resto, para acceder a los
aprendizajes que les corresponden por edad, o que presentan desfases con
relación al currículo por diversas causas y que pueden requerir para progresar en
su aprendizaje de medios de acceso al currículo, adaptaciones curriculares,
servicios de apoyo especiales, adecuaciones en el contexto educativo o en la
organización del aula.
Estos apoyos son concebidos de acuerdo con la intensidad de la intervención que
se requiere, el momento de la vida en que se encuentre el niño, niña o joven y el
18
ámbito en que se desarrollen; lo cual sugiere que cualquier persona, en condición
o no de discapacidad, requiere de ayudas personales, materiales, organizativas,
tecnológicas o curriculares a lo largo de su escolaridad, para acceder a los
contenidos ofrecidos por la institución o centro educativo; esta intervención debe
ofrecerse en forma articulada, atendiendo a las necesidades individuales de la
persona.
Es importante aclarar que las necesidades educativas especiales pueden
derivarse de factores relacionados con las dimensiones del desarrollo humano,
tales como: factores cognitivos, físicos, sensoriales, de la comunicación,
emocionales y psicosociales. Así pues, los estudiantes pueden presentar
necesidades educativas especiales por su condición de discapacidad auditiva,
visual, motora, cognitiva, autismo o discapacidad múltiple.
El grupo de personas reconocido con capacidades excepcionales, se refiere a
aquellos estudiantes que obtienen resultados muy altos, fuera de lo común, en
pruebas desarrolladas para medir la capacidad intelectual y predecir el
desempeño académico, así como resultados muy altos en pruebas de
conocimiento general. Poseen altos grados de creatividad y dedicación en las
tareas o actividades emprendidas. El grupo reconocido con talentos
excepcionales se refiere a aquellas personas que poseen un potencial dirigido a
un área de trabajo específico, en donde concentra toda su voluntad y capacidad
(Lineamientos de política para atender a población con NEE)
En el contexto nacional, la Constitución Política de 1991 señala que el Estado
debe promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará
medidas a favor de grupos discriminados o marginados; y protegerá
especialmente a las personas que por su condición económica, física o mental, se
encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta. También dispone que el
Estado adelante una política de previsión, rehabilitación e integración social para
los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención
especializada que requieran. Y plantea que la educación de personas con
limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, es obligación
del Estado.
También se añade la población afectada por la violencia, la población en situación
de desplazamiento, los menores desvinculados de los grupos armados al margen
de la ley e hijos en edad escolar de adultos desmovilizados.
El desplazamiento forzado constituye, por su magnitud y características, una
verdadera crisis humanitaria y una grave violación de los derechos humanos,
19
civiles y políticos, convirtiéndose este grupo de población en el grupo más
vulnerable.
Se entiende por población desplazada todas aquellas personas que se han visto
forzadas a migrar dentro del territorio nacional, abandonando su localidad de
residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, integridad física,
seguridad o libertad personal han sido vulneradas o se encuentran directamente
amenazadas, por alguna de las siguientes situaciones: conflicto armado interno,
disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de
derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario u otras
circunstancias emanadas de las situaciones anteriores, que puedan alterar o que
alteren drásticamente el orden público (Ley 387 de 1997, artículo 1º).
El segundo grupo corresponde a los desvinculados de los grupos violentos que
son todas aquellas personas menores de dieciocho años de edad, que han dejado
de participar por diferentes modalidades (rendición, captura, entrega voluntaria y
bajo el marco de las negociaciones de paz) en las acciones de violencia
orientadas por un grupo armado al margen de la ley.
Por último, el tercer grupo es identificado como aquellos menores de dieciocho
años de edad, que son hijos de adultos que han decidido voluntariamente
desmovilizarse de grupos armados al margen de la ley y acogerse a los beneficios
establecidos en el Decreto 128 del 2003 y que han sido certificados por el Comité
Operativo para la Dejación de Armas (CODA). Este grupo poblacional se ha
asumido como afectado por la violencia debido a que la situación de los padres
conlleva a estos niños y jóvenes a desplazarse de sus sitios de origen,
enfrentándose a las dificultades que este tipo de eventos produce. En apoyo a la
Política Nacional de Reincorporación, el sector educativo facilita las condiciones
para garantizar que los hijos en edad escolar de los adultos que han dejado de
participar voluntariamente en grupos armados accedan y permanezcan en el
sistema educativo.
Por otro lado, se encuentran los menores en riesgo social, se han identificado
como las niñas y niños trabajadores, los adolescentes en conflicto con la ley penal
y los niños y niñas en protección.
1. Niños, niñas y jóvenes trabajadores
Se entiende por menores trabajadores a los niños, niñas y jóvenes que realicen
actividades físicas o mentales, remuneradas o no, dedicadas a la producción,
comercialización o transformación, venta o distribución de bienes o servicios,
realizada en forma independiente o al servicio de otra persona natural o jurídica.
2. Adolescentes en conflicto con la ley penal
20
Se consideran jóvenes en conflicto con la ley penal a los adolescentes de ambos
sexos mayores de 12 años y menores de 18 que han sido autores o partícipes de
una infracción a la ley penal y puestos a disposición de la autoridad competente
(juez de menores o promiscuo de familia).
3. Niños, niñas y adolescentes en protección
El concepto de niños, niñas y adolescentes en protección se refiere a aquellos que
se encuentran en situación de abandono o amenaza grave contra su vida y su
integridad y que requieren el cuidado y la protección necesarios que garantice el
ejercicio de sus derechos.
El Código del Menor en su artículo 30 señala que un niño, niña o adolescente está
en situación irregular cuando “se encuentra en situación de abandono o de peligro,
carezca de la atención suficiente para la satisfacción de sus necesidades básicas,
su patrimonio se encuentre amenazado por quienes lo administren, carezca de
representante legal, presenta deficiencia física, sensorial o mental, sea adicto a
sustancias que produzcan dependencia o se encuentre expuesto a caer en
adicción, sea trabajador en condiciones no autorizadas por la ley o se encuentre
en una situación especial que atente contra sus derechos o su integridad”
Hay otra población que hace parte de la población diversa, los jóvenes y adultos
iletrados, quienes se consideran sujetos de atención educativa las personas
adultas o jóvenes mayores de 13 años, residentes en zonas rurales o urbanas que
nunca accedieron al servicio público educativo formal escolarizado o en su defecto
desertaron prematuramente del mismo, no logrando culminar al menos el 2º o 3
grado de educación básica primaria, convirtiéndose en analfabetos absolutos o
analfabetos funcionales.
En el primer caso, las personas no tienen ningún conocimiento ni dominio sobre
los procesos de lectura y escritura, ni sobre las nociones básicas del cálculo
matemático elemental a partir de los números y sus operaciones básicas de suma,
resta, multiplicación y división. Estas personas encuentran graves limitaciones
para aprender todo aquello que tenga como condición ineludible, la comunicación
lingüística y matemática.
En el segundo caso, el analfabeto funcional es quien habiendo recibido las
primeras nociones o cursado algunos meses, incluso dos o más años de
educación primaria, presenta serias deficiencias para comprender y aplicar lo
aprendido, por no tener las oportunidades suficientes de practicar la lectura o la
escritura, o las operaciones matemáticas en su vida cotidiana.
21
Por otro lado, los habitantes de la frontera, son quienes constituyen una franja
poblacional diversa con una particularidad que influye directamente en las
nociones de identidad: la constante movilidad fronteriza con el país vecino. Las
zonas de frontera tienen una fluida relación económica, social y cultural con los
países limítrofes que les otorga un sentido de identidad regional independiente de
la línea divisoria entre países.
Así, el resto de la población fronteriza se debate entre la identidad nacional y la
regional. Mientras que en las regiones fronterizas existen brotes de xenofobia y
estereotipos negativos que recaen sobre los habitantes del país vecino
reivindicando la identidad nacional, se construye al mismo tiempo una identidad
regional y transnacional con un gran sentido de unidad.
Otro de los factores que influyen también en la condición de vulnerabilidad de las
poblaciones de las zonas de frontera es la convergencia de recursos naturales
explotables, bosques y selvas nativas y territorios indígenas inmersos en el
escenario fronterizo. Esta condición ha generado en las regiones la agudización
de la violencia armada y la proliferación de cultivos ilícitos con los consecuentes
resultados negativos para las comunidades indígenas, campesinas y urbanas que
allí habitan.
Para finalizar, se halla la población rural dispersa. Se estima que el 30% del total
de la población en edad escolar colombiana son niños, niñas y jóvenes que
habitan las zonas rurales y de difícil acceso. Las cifras que sustentan el estado
actual de la educación rural del país destacan las altas tasas de analfabetismo, los
bajos niveles de escolaridad y los grandes índices de deserción. Adicionalmente,
los diversos estudios muestran que la población en edad escolar ingresa de
manera tardía a la escuela y se presenta una vinculación temprana con el
mercado laboral.
La prestación del servicio educativo dirigida a la población rural debe brindar
oportunidades que permitan superar los cambios económicos, especialmente en el
sistema de producción, sufridos por el sector en las últimas décadas. Así mismo,
es necesario que los procesos educativos brinden oportunidades que mejoren la
calidad de vida de sus pobladores, contribuyendo a disminuir los índices de
migración a los centros urbanos.
La población rural requiere de alternativas educativas pertinentes que tengan en
cuenta características geográficas, sociales y culturales, con el fin de acercar la
escuela a las comunidades y disminuir la brecha existente entre el campo y la
ciudad.
22
Para esto, es de especial importancia que las entidades territoriales direccionen
sus esfuerzos hacia la ampliación de cobertura en los niveles de preescolar,
básica secundaria y media, ya que es allí donde residen los principales problemas
de acceso y permanencia al sistema educativo.
También, se deben ofrecer programas de calidad que garanticen contenidos
curriculares, materiales educativos y formación docente acordes con las
particularidades de la zona.
POBLACIÓN CARACTERIZACIÓN
AJUSTE A LA NORMA
Pb.
diversa
M.E.N
Inclusión
decreto
366
SIMAT
Resolución
166
DANE
Formato
C-600
Étnia
Resguardos:
-Wayu
-Witoto
- Otro
X X X
Rom -Gitanos X X
Afrodescendiente
-Negro
-Mulato
-Afrocolombiano
-Palenquero
-Otra nacionalidad
X X X
Raizales
Islas:
-San Andres
-Providencia
-Santa Catalina
X X
Victimas del
conflicto
-En situación de
desplazamiento.
-Desvinculados de
organizaciones
armadas al margen
de la Ley
-Hijos de adultos
desmovilizados
-Victimas de Minas.
X X X
Discapacidad
Cognitiva:
-Sindrome de Down
-Sindrome de
Asperger
-Autismo
-Discapacidad
multiple
Sensorial:
-Sordera
X X X
23
-Hipoacusia
-Ceguera
-Baja visión
-Sordoceguera.
Motora o física.
-Capacidades o
talentos
excepcionales.
Menores en
riesgo social
-Niños, niñas y
jóvenes trabajadores.
-Adolescentes en
conflicto con la ley
penal.
-Niños, niñas y
adolescentes en
protección.
x
Jóvenes y
adultos iletrados.
Mayores de 13 años,
que
nunca accedieron al
servicio público
educativo no logrando
culminar al menos el
2° o 3° grado de
educación
básica primaria,
convirtiéndose en
analfabetos
absolutos o
analfabetos
funcionales.
x
Habitantes de
frontera
Las zonas de frontera:
-Municipios y
corregimientos
colindantes con los
límites de la
República de
Colombia.
Las unidades
especiales de
desarrollo fronterizo:
-Municipios,
corregimientos y
áreas metropolitanas
Pertenecientes a las
zonas de frontera.
Las zonas de
integración fronteriza:
-Áreas de los
x
24
departamentos
fronterizos.
Población rural
dispersa
Zonas rurales y de
difícil acceso
x
2.4.2 ASPECTO LEGAL
La Ley General de Educación establece que la educación para personas con
limitaciones y con capacidades o talentos excepcionales es parte integrante del
servicio público educativo. Señala que los establecimientos educativos deben
organizar, directamente o mediante convenio, acciones pedagógicas y
terapéuticas que permitan el proceso de integración académica y social de dichos
educandos. Sobre la atención de estudiantes con capacidades excepcionales
anuncia que se definirán las formas de organización de proyectos educativos
institucionales (PEI) especiales para su atención. Y deja planteada la necesidad
de contar con unos apoyos para llevar a buen término este proceso.
Entre los fines y objetivos de la educación que esta Ley propone para la población
colombiana, están el pleno desarrollo de la personalidad, dentro de un proceso de
formación integral; la formación en el respeto a la vida y a los demás derechos
humanos, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia,
solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad; la
formación para facilitar la participación en las decisiones que los afectan; el
acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la
cultura; y la formación en la práctica del trabajo. Además de éstos, es importante
destacar dos elementos muy importantes en la educación de la población con
necesidades educativas especiales: la formación para la autonomía y para la
participación social.
El Decreto 2082 de 1996, reglamentario de la Ley General de Educación,
menciona que la atención de la población con discapacidad y con capacidades o
talentos excepcionales es de carácter formal, no formal e informal y se ofrece en
instituciones educativas estatales y privadas de manera directa o mediante
convenio.
El Decreto 2247 de 1997, indica que el ingreso al nivel de preescolar no está
sujeto a ninguna prueba de admisión o examen psicológico o de conocimientos, o
a consideraciones de raza, sexo, religión, condición física o mental y establece
que los procesos curriculares se desarrollan mediante la ejecución de proyectos
lúdico-pedagógicos y actividades que tengan en cuenta: la integración de las
dimensiones del desarrollo humano (corporal, cognitiva, afectiva, comunicativa,
25
ética, estética, actitudinal y valorativa); los ritmos de aprendizaje; las necesidades
de aquellos menores con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales,
y las características étnicas, culturales, lingüísticas y ambientales de cada región y
comunidad.
El Decreto 3011 de 1997, que reglamenta la educación de adultos, establece en
el artículo 9, que los programas de educación básica y media de adultos deberán
tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2082 de 1996.
El Decreto 3020 de 2002, reglamentario de la Ley 715 de 2001, señala que para
fijar la planta de personal de los establecimientos que atienden a estudiantes con
necesidades educativas especiales, la entidad territorial debe atender los criterios
y parámetros establecidos por el MEN. Además, indica que los profesionales que
realicen acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de
integración académica y social sean ubicados en las instituciones educativas que
defina la entidad territorial para este propósito.
El Decreto 366 de 2009, reglamenta la organización del servicio de apoyo
pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y capacidades o
con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva.
La Resolución 2565 de 2003, establece los parámetros y criterios para la
prestación del servicio educativo a las poblaciones con necesidades educativas
especiales, otorgando la responsabilidad a las entidades territoriales.
En cuanto las poblaciones étnicas, estas son reglamentadas, dirigidas y
protegidas por:
La Ley 21 de 1991- Convenio 169 de la OIT a través de los cuales se hacen
algunas recomendaciones y medidas por tomar frente al manejo que deben tener
los Estados miembros frente a las poblaciones indígenas y tribales. Los artículos
6º, 7º, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 sobre educación y comunicación en los cuales se
establece que los programas y servicios destinados a los pueblos interesados
deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con estos, con el fin de
responder a sus necesidades particulares, conocimientos, técnicas, historia,
sistemas de valores y demás aspiraciones sociales, económicas y culturales.
La Ley general de educación (Ley 115 de 1994) que establece en el capítulo 3º,
la necesidad de brindar una educación pertinente a los grupos étnicos, de acuerdo
con su cultura, lengua, tradiciones y fueros propios y autóctonos.
La Ley 70 de 1993, la reglamenta el artículo 55 transitorio de la Constitución
Política sobre la ubicación y conformación de territorios comunales para las
26
comunidades negras, artículos 2º, 3º, 5º, 6º, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41,
43, 44, 45 y 46, en los cuales se plantea que el Estado debe reconocer y
garantizar el derecho a un proceso educativo acorde con las necesidades y
aspiraciones etnoculturales de estas poblaciones.
El Decreto 804 de 1995 reglamenta la atención educativa a estas poblaciones.
El Decreto 1122 de 1998 por el cual se expiden normas para el desarrollo de la
Cátedra de Estudios Afrocolombianos en todos los establecimientos de educación
formal del país.
La Directiva ministerial 08 de 2003 orienta el proceso de reorganización de
entidades territoriales que atienden población indígena.
La Directiva ministerial 011 de 2004 orienta la prestación del servicio educativo
en entidades territoriales que atienden población afrocolombiana y raizal.
El marco jurídico para la población en situación de desplazamiento se empieza a
configurar a partir del escalonamiento de la situación de violencia interna desde
1995 en adelante. El Estado reconoció de manera explícita el problema y empezó
a diseñar y ejecutar políticas orientadas a su tratamiento, como:
El CONPES 1804 del 13 de septiembre de 1995, en el que se constituye el
Programa Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la
Violencia en Colombia. El 27 de mayo de 1997, se revisa y actualiza este
documento, dando paso al CONPES 2924 de 1997.Através del Decreto 1165 de
abril de 1997, se crea la Consejería Presidencial para la Atención Integral a la
Población Desplazada.
La Ley 387 de 1997, por la cual se adoptan medidas para la prevención del
desplazamiento forzado, la atención, protección, consolidación y estabilización
socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de
Colombia.
El Decreto 173 del 26 de enero de 1998, por el cual se adopta el Plan Nacional
para la Atención a la Población Desplazada por la Violencia. Mediante el Decreto
489 de 11 de marzo de 1999, la Red de Solidaridad asume la función de coordinar
el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada (SNAIPD).
El CONPES 3057 de 1999, en el cual propone el plan de acción dirigido a mejorar
los mecanismos e instrumentos de respuesta institucional al fenómeno del
desplazamiento. El 25 de mayo del 2001, se publica el documento CONPES 3115
el cual se expide como respuesta a la falta de resultados de la política propuesta
en el CONPES 3057.
27
En noviembre del 2001, se expide la Directiva presidencial 6, con el fin de
mejorar la implementación de las políticas de atención a la población desplazada y
ordena la conformación del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población
Desplazada De igual manera, se expide la Directiva presidencial 7 en donde el
Gobierno “reitera su voluntad de trabajar coordinada y concertadamente con las
organizaciones de carácter humanitario a favor de la asistencia a la víctimas”.
La Corte Constitucional ha interpretado el fenómeno del desplazamiento
generando diferente jurisprudencia en el tema, más importantes son 1635 y la T-
025 del 2004. Esta última le impone al Sistema Nacional de Atención Integral a la
Población Desplazada cumplir una serie de obligaciones con la población
desplazada en el cumplimiento de los nueve derechos mínimos vitales.
El Decreto 259 de febrero del 2005, por el cual se expide el Plan Nacional para la
Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, deroga el Decreto
173 de 1998 de conformidad con la Ley 387 de 1997.
En materia de educación: La Ley 387 decreta en su artículo 19, numeral 10, que el
Ministerio de Educación Nacional y las secretarías de educación departamentales,
municipales y distritales adoptarán programas educativos especiales para las
víctimas del desplazamiento por la violencia. Tales programas podrán ser de
educación básica y media especializada y se desarrollarán en tiempos menores y
diferentes a los convencionales, para garantizar su rápido efecto en la
rehabilitación y articulación social, laboral y productiva de las víctimas del
desplazamiento interno por la violencia.
La circular conjunta de julio del 2000 del Ministerio de Educación Nacional y la
Red de Solidaridad Social señala que:
*Las secretarías de educación departamentales, distritales y municipales ofrecerán
el servicio educativo a la población desplazada en cualquier momento del año,
según el nivel educativo y la edad.
*Las instituciones educativas expedirán las certificaciones académicas sobre
grados cursados previamente de la población en edad escolar desplazada que no
cuente con ellas.
*Las instituciones educativas eximirán del pago de costos educativos a la
población escolar desplazada.
El Decreto 2562 de noviembre 27 del 2001, por el cual se reglamenta la Ley 387
de 1997, en cuanto a la prestación del servicio público educativo a la población
desplazada por la violencia y se dictan otras disposiciones.
28
El Decreto 250 de 2005, por el cual se expide el Plan Nacional para la Atención
Integral a la Población Desplazada por la Violencia y se dictan otras disposiciones.
El Decreto 128 del 2003 del Ministerio de Defensa Nacional reglamentó el
proceso de reincorporación a la vida civil de las personas adultas que han
participado en grupos armados al margen y estableció el proceso de atención para
los menores de edad.
La Resolución 2620 de septiembre del 2004 del Ministerio de Educación Nacional
“establece las directrices, criterios y procedimientos para la prestación del servicio
educativo a niños, niñas y jóvenes desvinculados del conflicto armado y menores
de edad hijos de personas desmovilizadas de grupos armados al margen de la
ley”.
Para los menores en riesgo social, en primer lugar para los niños, niños y jóvenes
trabajadores se han realizado una serie de convenios nacionales e internacionales
con el fin de acabar el trabajo de los menores y que estos asistan a las escuelas.
La erradicación del trabajo infantil ha sido promovida por la Organización
Internacional del Trabajo (OIT). En 1973, este organismo promulgó el Convenio
138 que exige a los Estados partes diseñar y aplicar una política nacional que
asegure la abolición efectiva del trabajo infantil y fije las edades mínimas de
admisión al empleo. Este convenio fue ratificado por Colombia mediante la Ley
515 de 1999, la cual establece, entre otros aspectos, como edad de ingreso al
trabajo 15 años.
El Convenio 182 de 1999 sobre las peores formas de trabajo infantil, reconoce
que el trabajo infantil en gran parte es consecuencia de la pobreza y que se
soluciona con un crecimiento económico sostenible que conduzca al progreso
social. Este convenio fue ratificado por Colombia en el 2001, mediante la Ley 704.
La Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños, aprobada por
las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, es el marco sobre el cual se
orienta a los países para que se ocupen de la infancia. La convención otorga al
niño, niña y joven el derecho a la protección contra la explotación económica o
cualquier tipo de trabajo que pueda poner en riesgo su bienestar. La Convención
fue ratificada por Colombia mediante la Ley 12 de 1991, convirtiéndola en un
instrumento de obligatoria aplicación y cumplimiento y en norma de carácter
superior.
29
En segundo lugar se encuentran los adolescentes en conflicto con la ley penal,
donde de igual forma son regidos por normatividad especial que busca su re
direccionamiento y la mejora de la calidad de vida, por lo tanto:
La Convención Internacional sobre los Derechos de la Niñez es uno de los
instrumentos jurídicos dirigido a mejorar las condiciones de vida de la población
infantil a través de la protección integral. Fue aprobada por Colombia mediante la
Ley 12 del 22 de enero de 1991 y recoge las Reglas de Beijing en lo relacionado
con la administración de justicia de menores, estableciendo mediante los artículos
37 y 40, derechos específicos para los niños, niñas y adolescentes en conflicto
con la ley penal.
Las reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados
de libertad, aprobadas mediante Resolución 45/113 de abril de 1991, tienen por
objeto: “Establecer normas mínimas para la protección de menores privados de
libertad en todas sus formas, compatibles con los derechos humanos y las
libertades fundamentales, con miras a contrarrestar los efectos perjudiciales de
todo tipo de detención y fomentar la integración en la sociedad”.
El artículo 45 de la Constitución Política de Colombia define a los adolescentes
como sujetos de derecho y el artículo 67 hace referencia a su educación
específicamente.
El Código del Menor (Decreto 2737 de 1989) define las situaciones irregulares
bajo las cuales puede encontrarse un niño, niña y adolescente, así como las
medidas que deben adoptarse para brindarle tutela.
La ley general de educación de 1994, en su título III, capítulo V, artículos 68 al
71, estableció la educación para la rehabilitación social como parte integrante del
servicio público educativo.
La educación para la rehabilitación social comprende los programas educativos
que se ofrecen a personas cuyo comportamiento individual y social exige procesos
educativos integrales que le permiten su reincorporación a la sociedad.
La Resolución 1515 del 2003 del MEN, en su artículo 2º, estableció los
lineamientos generales para la organización y asignación de cupos y matrícula
para garantizar el acceso al sistema educativo y especialmente el literal a) que
establece la prioridad a las poblaciones en estratos uno y dos y población
vulnerable.
30
Se han establecido diferentes requisitos legales y reglamentarios relacionados con
el servicio de niños, niñas y adolescentes en protección, entre los que se cuenta la
Convención Internacional de los Derechos del Niño. La convención fue
aprobada por Colombia mediante la Ley 12 de 1991.
La Constitución política de Colombia en su artículo 13, expresa la igualdad de
todas las personas y la protección del Estado a aquellas que se encuentran en
circunstancias de debilidad. El artículo 44 consagra los derechos de los niños y
niñas otorgando la categoría de prevalentes sobre los de los demás.
La Ley General de Educación de 1994, en su título III, capítulo V, artículos 68 al
71, estableció la educación para la rehabilitación social como parte integrante del
servicio público educativo. La educación para la rehabilitación social comprende
los programas educativos que se ofrecen a personas cuyo comportamiento
individual y social exige procesos educativos integrales que le permiten su
reincorporación a la sociedad.
El Código del Menor (Decreto 2737 de 1989) define las situaciones irregulares
bajo las cuales puede encontrarse un niño, niña o adolescente, así como las
medidas que deben adoptarse para brindarles protección. Los artículos 30 y 31
definen cuándo un menor se halla en situación irregular y cuándo se encuentra en
situación de abandono o peligro.
La Resolución 1515 de 2003 del MEN, en su artículo 2º, estableció los
lineamientos generales para la organización y asignación de cupos y matrícula
para garantizar el acceso al sistema educativo y especialmente el literal a) que
establece la prioridad a las poblaciones en estratos uno y dos y población
vulnerable.
La Conferencia Latinoamericana realizada en Brasilia en enero de 1997, divulgó el
documento “Los aprendizajes globales del siglo XXI”, acorde con las nuevas
exigencias de la educación y el trabajo para América Latina y los países del Tercer
Mundo. Esta conferencia determinó que en la región era apropiado hablar de
educación de jóvenes y adultos y no solamente de adultos, dado que el
analfabetismo y las carencias de la educación básica han venido afectando en
forma significativa a la juventud, obligada por las circunstancias sociales y
económicas a desistir de su derecho a la educación.
En el contexto nacional, la Constitución Política de Colombia, artículo 68,
establece entre las obligaciones especiales del Estado la erradicación del
analfabetismo.
31
La Ley 115 de 1994, destina el capítulo II a la educación para adultos,
definiéndola como aquella que se ofrece a las personas en edad relativamente
mayor a la aceptada regularmente en la educación por niveles y grados del
servicio público educativo, que deseen suplir y completar su formación o validar
sus estudios.
El Decreto 3011 de 1997, es la norma reglamentaria de la Ley 115 de 1994,
mediante la cual se establecen normas para el ofrecimiento de la educación de
adultos y se dictan otras disposiciones.
El Decreto 114 de 1996, reglamenta la educación no formal, definida como
aquella que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir
conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales sin sujeción al
sistema de niveles y grados establecidos en el artículo 11 de la Ley 115 de 1994.
La Directiva Ministerial 14 de julio del 2004, dispuso por parte del Ministerio de
Educación, lineamientos orientadores de una política nacional para la atención a
jóvenes y adultos iletrados.
Por otro lado, se encuentra la población fronteriza donde: La Constitución Política
de 1991 en sus artículos 337 y 289 abrió la posibilidad jurídica para el
establecimiento de normas especiales en materias económicas y sociales
tendientes a promover el desarrollo de las zonas de fronteras terrestres y
marítimas.
La Ley 191 de 1995, en desarrollo del mandato constitucional, definió tres figuras
territoriales que describen diversos aspectos de las fronteras.
Durante el año 2002 el Departamento Nacional de Planeación expidió el
documento CONPES 3155 que recoge los lineamientos para el desarrollo de la
política de integración y desarrollo fronterizo. El MEN en conjunto con las
entidades territoriales respectivas debe promover a través de los programas de
ampliación de cobertura y mejoramiento de la calidad, el acceso y permanencia en
el servicio educativo.
Por último, se halla la población rural dispersa, donde, la Ley general de
educación, artículo 64, se define que el Gobierno Nacional y las entidades
territoriales promoverán un servicio de educación campesina y rural, formal, no
formal e informal, con sujeción a los planes de desarrollo respectivos. En el
artículo 65 de dicha ley se determina que las secretarías de educación de las
entidades territoriales, o los organismos que hagan sus veces, en coordinación
32
con las secretarías de agricultura de las mismas, orientarán el desarrollo de
proyectos institucionales de educación campesina y rural, ajustados a las
particularidades regionales y locales. El artículo 66 precisa la creación del servicio
social en educación campesina y el artículo 67 propone la creación de granjas
integrales, en el marco de los planes de desarrollo municipales.
El del Decreto 230 de 2002, por el cual se dictan normas en materia de currículo,
evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional, señala, en su
artículo 1, que se exceptúan, para efectos de la promoción, las modalidades de
atención educativa a poblaciones.
En el Decreto 3020 de diciembre de 2002, se establecen los criterios y
procedimientos para organizar las plantas de personal docente y en su artículo 9
señala que, para cada centro educativo rural que cuente al menos con 150
estudiantes, la autoridad competente de la entidad territorial certificada podrá
designar un director sin asignación académica. El artículo 11 señala que, para la
ubicación del personal docente, se tendrá como referencia que el número
promedio de alumnos por docente en la entidad territorial sea como mínimo 32 en
la zona urbana y 22 en la zona rural.
El Decreto 1171 de abril de 2004 reglamenta la Ley 115 de 1994 en lo relacionado
con estímulos para los docentes y directivos docentes de los establecimientos
educativos ubicados en áreas rurales de difícil acceso.
2.4.3 INFLUENCIA EN POBLACIONES DIVERSAS DESDE EL
PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE
EDUCADORES DE LA ENSV.
CURSO CONTENIDO
RELACIÓN CON POBLACIÓN
DIVERSA
Prácticas
pedagógicas en
diversos contextos
Conocer, aprender y
sensibilizarnos frente a
diferentes poblaciones que
necesitan de maestros
preparados para afrontar
casos particulares,
asumiendo el reto de
contribuir a su formación,
Se propone esta práctica para que
los docentes en formación del II
semestre tengan un acercamiento a
diferentes instituciones con las que
la ENSV tiene convenio, ya que
atienden a personas con
Necesidades Educativas Especiales
(NEE), niños y niñas en riesgo
33
sin sacarlo de la escuela ni
dejarle toda la
responsabilidad a la familia.
social, aceleración del aprendizaje,
víctimas de la violencia, entre otros.
Con el fin de estar preparados para
su labor docente, y se enfrentes a
todas las posibilidades de la
cotidianidad de la escuela.
Prácticas
pedagógicas rural
La intención desde esta
práctica pedagógica
investigativa es participar
en los procesos educativos
de una comunidad rural,
para advertir la importancia
e innovaciones de la
metodología “escuela
nueva” como una propuesta
orientada a satisfacer las
expectativas del niño y el
joven campesino; además,
de otro sector de población
vulnerable, que requiere
ubicarse en el mundo, con
pertinencia y en igualdad de
oportunidades, frente a la
sociedad, el conocimiento y
la producción en el contexto
local regional y nacional. En
consecuencia, pretendemos
conquistar una educación
realmente universal, pero
sin desconocer sus
interrelaciones con lo
urbano.
Se propone esta práctica para los
docentes en formación del III
semestre para que tengan la
experiencia de trabajar con las
personas del campo, que necesitan
de una aceleración del aprendizaje,
desplazados, víctimas de la
violencia, entre otros. Con el fin de
vivenciar diferentes experiencias que
les permita preparase para
diferentes situaciones y
problemáticas de la labor docente.
El docente en formación: realizará el
proceso de intervención en el sector
rural, de acuerdo con el plan de
acción del proyecto pedagógico
productivo, articulando las áreas o
dimensiones según el caso en
preescolar y básica primaria, de
conformidad con el modelo de
escuela nueva.
Práctica
pedagógica en
Propiciar ambientes de
enseñanza y de aprendizaje
Se propone esta práctica para los
docentes en formación del IV
34
básica primaria mediados por procesos de
investigación que permiten
a los docentes en formación
reconocerse como sujetos
que indagan y reflexionan
su propia práctica; y a los
niños reconocerse como
sujetos de saber, de
intereses, y experiencias
que se preguntan y buscan
respuestas que les ayude a
comprender el mundo y
construir conocimiento en
colaboración con otros, a
través de la estrategia
pedagógica proyecto de
aula.
semestre, donde se posiblemente
sea su primer campo laboral, a partir
del trabajo por proyectos de aula,
reconociendo los sujetos y los
saberes que circulan en la escuela.
Con el fin de ser maestros diferentes
e innovadores, construyendo
conocimientos y valores con niños y
niñas de 6 a 11 años.
Práctica
pedagógica en
grados iniciales de
escolaridad
Generar momentos de
interacción entre niños y
niñas de 5 y 6 años con los
docentes en formación e
espacios de investigación y
búsqueda de sentido y
significado de las
experiencias
enriquecedoras a través de
la estrategia pedagógica y
didáctica Proyecto de Aula
a fin de potenciar el
desarrollo y la capacidad de
expresión.
Se propone una intervención
pedagógica que le permita a los
docentes en formación del V
semestre un acercamiento, reflexión
y problematización de las formas
como los niños y las niñas
construyen la lengua escrita;
además, conceptualización de las
diferentes concepciones sobre la
enseñanza de la lectura y la
escritura y de las múltiples formas
de expresión del lenguaje de los
niños de 4 a 6 años.
35
2.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS.
PROGRAMAS ESTRATEGIAS METAS
Reconocimiento de la
población diversa que
hay en el área de
influencia de la ENSV
Realizar un estudio de
contexto en la ENSV.
Clasificar las diferentes
poblaciones existentes en
la ENSV
Confirmar que tipo de
atención está en capacidad
de brindar la institución a
las diferentes poblaciones
encontradas en la ENSV.
Se busca identificar
todas las poblaciones
que la ENSV puede
acoger desde las
condiciones
demográficas.
Establecer
mecanismos y
procesos para el
registro de la
población vulnerable,
atendiendo a las
normas y plataformas
vigentes (DANE y
SIMAT)
Crear mecanismos que
permitan a la comunidad
sobre la cual tiene influencia
la ENSV conocer la oferta
educativa para estas
poblaciones.
Hacer convenios con las
entidades o los
profesionales
correspondientes para el
registro y la atención
adecuada de estas
poblaciones.
Hacer pública la oferta
educativa
correspondiente a la
población diversa
encontrada en la ENSV
y hacer los convenios
correspondientes para
la adecuada atención a
las mismas.
Influenciar sobre
diferentes poblaciones
que la ubicación
demográfica permite
encontrar.
Prácticas pedagógicas:
en diversos
contextos
rural
en primaria
en preescolar
Intervenciones en los
diferentes espacios
donde se tiene acceso
a la población diversa
tanto en la ENSV como
fuera de ella.
36
3. POLITICA Nº3: “PRIMERA INFANCIA”
3.1 NOMBRE:
PRIMERA INFANCIA (“Infancia, aprendizaje y estado emocional; ejes
fundamentales en el desarrollo humano”)
3.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO
Este logo representa la importancia de la familia y el papel que desempeña en
el desarrollo integral del niñ@ en su primera infancia (desde el nacimientos
hasta los seis años de edad), a través de los espacios de exploración,
indagación e investigación por medio del juego, la lúdica y el acercamiento a
los procesos de lectura y escritura, todos ellos fortalecidos posteriormente en la
escuela.
3.3 PREGUNTA
¿Cómo desde la ENSV se puede influir en la primera infancia entre los cero a
cuatro años?
¿De qué manera la ENSV podría implementar programas de extensión a la
comunidad?
37
3.4 REFERENTE TEÓRICO
Desde el ministerio de educación la primera infancia es considerada como una
etapa fundamental donde la atención, el cuidado y la educación en los primeros
años de vida, no sólo son importantes para el crecimiento, sino también para el
desarrollo de competencias para la vida que permitan a los niños y las niñas
interactuar consigo mismo, con sus pares, adultos y con el ambiente físico y social
que los rodea. “Si comenzamos por los más pequeños, si logramos que nuestros
niños y niñas reciban el cariño, el respeto, la atención, el cuidado y la educación
que se merecen y al que tienen derecho, estamos asegurando no sólo un mejor
país sino también unos ciudadanos comprometidos y solidarios con su desarrollo,
crecimiento y progreso” (MEN, 2009).
En este sentido el desarrollo de habilidades emocionales se constituye como uno
de los referentes a desarrollar y potenciar en los niños y niñas en su primera
infancia, entendiendo por esta “tipo de inteligencia social que influye la habilidad
de supervisar y entender las emociones propias y las de los demás” (Mayer, Di
Paolo y Salovely1990).
3.4.1 REFERENTES
 Documento N° 10: desarrollo infantil y competencias en la primera infancia:
Este documento hace referencia a la política para la primera infancia, en la cual
para garantizar una atención integral a los menores de cinco años, especialmente
a aquellos más pobres y en condiciones de vulnerabilidad, y en el marco de lo
establecido en el artículo 29 del Código de la Infancia y la Adolescencia “Derecho
al desarrollo integral de la primera infancia”, el Ministerio de Educación Nacional,
en conjunto con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y en alianza con
otras entidades públicas y privadas del orden nacional y local, lidera la
implementación de la Política Educativa para la Primera Infancia donde el objetivo
es desarrollar una política que brinde una educación inicial de calidad, incluyente,
equitativa y solidaria. Una educación que permita que todos los niños y niñas,
independientemente del contexto en el que vivan, encuentren espacios educativos
enriquecidos a partir del acompañamiento afectuoso e inteligente de los adultos
con los que comparten día a día su cotidianidad.
 Instrumento de verificación de estándares para unidades de servicio de
hogares comunitarios de Bienestar FAMI:
38
Plantea cada uno de los estándares con los que deben cumplir las madres
comunitarias, para la atención básica a los niños y niñas vinculados a los hogares
comunitarios del Instituto colombiano de bienestar familiar.
 Habilidades emocionales para abordar procesos de aprendizaje individual y
colectivo:
El anterior documento es una investigación realizada en el año 2012, por un grupo
de docentes en formación de la escuela normal, en el cual abordan el tema de las
habilidades emocionales ya que es uno de los aspectos fundamentales a
desarrollar en la primera infancia.
3.4.2 ASPECTO LEGAL
LEY 1098 DE 2006 CÓDIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA.
Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los
adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la
familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin
discriminación alguna (INFANCIA).
DECRETO 4875 DE 2011
Se creó una comisión la cual está encargada de coordinar y armonizar las
políticas, los planes, programas y acciones necesarias para la ejecución de la
atención a la primera infancia. Por ende tendrán las siguientes funciones:
Direccionar los mecanismos y la articulación de la política DE CERO A SIEMPRE,
orientar el diseño e implementación de un esquema financiero, apoyo en la
formulación de la política nacional, coordinación de la política nacional de la
primera infancia, adoptar el plan de acción nacional para así implementar la
estrategia de la primera infancia, dar lineamientos para la priorización de la
inversión, elaborar informes semestrales de seguimiento de la estrategia y por
ultimo expedir su propio reglamento. Por la cual se crea la comisión intersectorial
para la atención integral a la primera infancia –AIPI y la comisión especial de
seguimiento para la atención integral a la primera infancia (DECRETO, 2011)
39
LEY 509 DE 1999
Por la cual se disponen beneficios en favor de las madres comunitarias en materia
de la seguridad social y se otorga un subsidio personal. (LEY, 1999)
LEY 1295 DE 2009
Por la cual se reglamenta la atención integral de los niños y las niñas en la
primera infancia de los sectores clasificados como 1,2 y 3 del Sisben (LEY, 2009).
PLAN DECENAL DE SALUD PÚBLICA
El Plan Decenal de Salud Pública, PDSP, 2012 – 2021, es producto del Plan
Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 y busca la reducción de la inequidad en salud
planteando los siguientes objetivos: garantizar el goce efectivo del derecho a la
salud para todos, mejorar las condiciones de vida que modifican la situación de
salud y disminuyen la carga de enfermedad existente manteniendo cero tolerancia
frente a la mortalidad, la morbilidad y la discapacidad evitables. El Plan Decenal
de Salud Pública, PDSP, 2012 – 2021se sustenta y se articula en normas y
políticas nacionales e internacionales. La Constitución Política de 1991 (Congreso
de la República de Colombia, 1991), establece que Colombia es un Estado Social
de Derecho, organizado de forma descentralizada, con autonomía de sus
entidades territoriales, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la
dignidad humana y solidaria con las personas.
Reconoce a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos en el
marco de la Ley 1098 de 2006, constituyéndose en una plataforma vinculante
tanto de las dimensiones del Plan Decenal de Salud Pública, como de los
procesos intersectoriales implicados en el abordaje de determinantes sociales en
pro de la disminución de las inequidades; resaltando que en este trayecto de vida
se definen las bases sobre las cuales se desarrollan las capacidades, habilidades
y potencialidades humanas, las cuales a su vez, determinan el desarrollo de la
sociedad y las condiciones en las cuales ocurren la pre concepción, gestación,
infancia y adolescencia e impactan la vida presente y futura de las personas y las
posibilidades de progreso de la sociedad a la que pertenecen (DECENAL).
OBJETIVOS DEL DESARROLLO DEL MILENIO ONU
PODEMOS EARRADICAR LA POBREZA 2015.
Los informes periódicos de desarrollo de los objetivos del Milenio, se basan en
una serie de datos originales reunidos por el Grupo Interinstitucional y de Expertos
sobre los indicadores de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, bajo la
40
coordinación del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la
Secretaría de las Naciones Unidas, en respuesta a la petición de la Asamblea
General de que se realicen evaluaciones periódicas de los progresos logrados en
la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. El Grupo cuenta con
representantes de las organizaciones internacionales entre cuyas actividades
figura la preparación de una o más series de los indicadores estadísticos utilizados
para verificar los progresos logrados en la consecución de los Objetivos de
Desarrollo del Milenio. También se ha contado con la colaboración de
profesionales nacionales de la estadística y con expertos externo.
Objetivo 1: erradicar la pobreza extrema y el hambre
Meta 1.A: Banco Mundial
Meta 1.B: OIT
Meta 1.C: FAO y UNICEF
Contribución adicional: ACNUR
Los niños más pobres suelen estar fuera del sistema escolar. Los niños
y los adolescentes de los hogares más pobres tienen una probabilidad tres
veces mayor de no asistir a la escuela que los de los hogares más ricos
.Las niñas tienen mayor probabilidad que los niños de no ir a la escuela
tanto primaria como secundaria, incluso si pertenecen a los hogares más
ricos.
Objetivo 2: lograr la enseñanza primaria universal
Meta 2.A: UNESCO
Todavía hay demasiados niños a los que se les niega su derecho a
enseñanza primaria. Entre 2000 y 2011 la cantidad de niños fuera del
sistema escolar bajó casi a la mitad (de 102 millones a 57 millones). No
obstante, la reducción de este fenómeno se ha enlentecido notablemente,
lo cual significa que probablemente no se cumpla con la meta de lograr una
enseñanza primaria universal en 2015.
Objetivo 4: reducir la mortalidad de los niños menores de 5 años
Meta 4.A: UNICEF y OMS
Los logros en la supervivencia de los niños han sido notables, pero
hay que hacer más para cumplir con nuestra obligación con las
generaciones más jóvenes. En todo el mundo la mortalidad de los niños
menores de 5 años cayó un 41%, pasando de 87 muertes por1.000 niños
nacidos vivos en 1990, a 51 en 2011.A pesar de este enorme logro, se
41
necesitan avance más rápidos para cumplir con la meta de 2015 de reducir
en dos tercios la mortalidad infantil (ONU)
OBJETIVOS DEL DESARROLLO DEL MILENIO ONU, PARA AMERICA LATINA
Y EL CARIBE: RETOS Y ACCIONES
En la década pasada los países de América Latina y el Caribe han hecho
esfuerzos importantes para lograr la estabilidad macroeconómica e implementar
reformas estructurales claves para mejorar la competitividad y las condiciones
sociales. Estos esfuerzos han brindado importantes frutos, tales como la reducción
de la inflación, aumentos en los volúmenes de comercio e inversión, aceleración
del crecimiento durante la primera mitad de la década de los noventa y mejoras
sustanciales en indicadores sociales promedio, tales como el Índice de Desarrollo
Humano de Naciones Unidas. Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos y logros,
la desigualdad y la exclusión social no han disminuido, constituyéndose en
factores de freno al crecimiento económico, la reducción de la pobreza y el
progreso social y político en la región.
En el área de educación, el Banco busca alcanzar los ODM y los otros
compromisos regionales en el área poniendo énfasis en los objetivos de equidad y
calidad ajustados a las condiciones de cada país. Al apoyar las reformas en
educación en la región, el Banco adecua su abordaje a las realidades del país,
incluso la cronología de la reforma, las capacidades de las instituciones
responsables y las condiciones económicas y educativas prevalecientes, poniendo
énfasis en la equidad a través de intervenciones focalizadas, incluida la
educación preescolar.
En las regiones en riesgo de no cumplir con el objetivo respecto a la educación
primaria, el Banco promoverá el ejercicio de los derechos de las poblaciones
marginadas incrementando su ingreso a la enseñanza primaria y su permanencia
en ella hasta completar el ciclo (ONU)
UNICEF desde el año 2001
Todos los años, el Informe Anual resume las principales tendencias que afectan a
los niños en todo el mundo y los resultados que trata de asegurar en su nombre el
UNICEF. La primera sección describe cuestiones, problemas, metas y la labor de
la sede del UNICEF, sus oficinas en 125 países y los 37 Comités Nacionales. La
segunda sección detalla las finanzas, los recursos y la gestión del UNICEF, y
42
ofrece un resumen de las contribuciones, los ingresos y los gastos. Ilustrado con
cuadros, gráficos, fotografías y un mapa de las oficinas del UNICEF y los Comités
Nacionales.
Primera Infancia, etapa de la vida que va desde el nacimiento hasta los 6 años de
edad; la atención integral en la Primera Infancia es la clave para crear un mundo
donde impere la esperanza y el cambio, en lugar de la privación y la
desesperación, y para fomentar la existencia de países prósperos y libres
(UNICEF).
Estado Mundial de la Infancia 2011 – Unicef
El Estado Mundial de la Infancia de 2011: La adolescencia. Una época de
oportunidades examina el estado mundial de los adolescentes; describe los
desafíos que afrontan en materia de salud, educación, protección y participación, y
explora los riesgos y la vulnerabilidad de esta etapa crucial. El informe se centra
en las oportunidades singulares que ofrece la adolescencia, tanto para los
adolescentes como para las sociedades en que ellos viven. Las pruebas
demuestran que la inversión en la segunda década de la vida de los jóvenes es
nuestra mejor esperanza para romper el ciclo intergeneracional de pobreza y
desigualdad, y de sentar las bases para un mundo más pacífico, tolerante y
equitativo.
Los jóvenes de hoy se enfrentan a un mundo cada vez más incierto donde el
cambio climático, la urbanización rápida, la recesión económica y el aumento del
desempleo plantean desafíos sin precedentes. Hay 1,2 millones adolescentes en
todo el mundo, nueve de cada diez de estos jóvenes viven en un país en
desarrollo. Millones de ellos se ven privados de sus derechos básicos a la
educación de calidad, salud, protección se ven expuestas a abusos y explotación.
Reconociendo la necesidad de convertir esta edad vulnerable a una época de
oportunidad, UNICEF ha dedicado su publicación principal, el Estado Mundial de
la infancia de 2011, a los adolescentes. Este vídeo destaca la importancia de
invertir en los adolescentes para romper los ciclos de la pobreza y la desigualdad.
Política de Primera Infancia
La construcción de la política pública para la primera infancia surge como
respuesta a un proceso de movilización social generado a partir de la necesidad
de retomar y dar un nuevo significado a la temática del desarrollo de la primera
infancia en Colombia. La suscripción de acuerdos internacionales ha sido
determinante para que en el país el esfuerzo de organizaciones gubernamentales
43
y no gubernamentales, universidades, centros de investigación y, el Sistema de
Naciones Unidas, entre otros, se haya traducido en una mayor conciencia sobre la
importancia de la población menor de seis años1 y de las madres gestantes.
Es innegable, el consenso existente en torno a la importancia del cuidado y la
atención de los niños en la etapa de primera infancia. Sin el cuidado y atención
que este grupo etáreo demanda, tanto su supervivencia como su desarrollo
psicosocial pueden verse afectados. El reconocimiento de los beneficios de la
inversión pública en programas para el desarrollo de la primera infancia es cada
vez mayor tanto en el ámbito internacional como a nivel gubernamental y entre la
sociedad civil. Es así como, adultos, padres y profesionales de las más diversas
disciplinas, e incluso adolescentes, empiezan a reconocer su propia
responsabilidad y la necesidad de destinar esfuerzos y recursos para favorecer el
desarrollo de los menores de 6 años tanto en el mediano como en el largo plazo.
Así mismo, existe un reconocimiento cada vez mayor por parte de la comunidad
internacional, los gobiernos y las organizaciones de la sociedad civil, de los
múltiples beneficios generados por la inversión pública en programas para el
desarrollo de la primera infancia. Sobre esta base, cabe resaltar la necesidad de
impulsar la construcción de una política pública para este grupo poblacional, a
partir de la cual se vislumbren los mecanismos que posibiliten la protección de los
derechos del niño menor de 6 años, en aras de desarrollar su potencial biológico,
psicológico, social y cultural (UNICEF).
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO- UNICEF
Los derechos de la infancia están plenamente estipulados en la Convención sobre
los Derechos del Niño. Elaborada durante 10 años con las aportaciones de
representantes de diversas sociedades, culturas y religiones, la Convención fue
aprobada como tratado internacional de derechos humanos el 20 de noviembre de
1989.
La Convención, a lo largo de sus 54 artículos, reconoce que los niños (seres
humanos de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico,
mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones. Además la
Convención es también un modelo para la salud, la supervivencia el progreso de
toda la sociedad humana (UNICEF).
44
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
ADOPTADA Y ABIERTA A LA FIRMA Y RATIFICACIÓN POR LA
ASAMBLEA GENERAL EN SU RESOLUCIÓN 44/25, DE 20 DE NOVIEMBRE
DE 1989
Teniendo presente que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la
Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor
de la persona humana, y que han decidido promover el progreso social y elevar el
nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, Reconociendo que
las Naciones Unidas han proclamado y acordado en la Declaración Universal de
Derechos Humanos y en los pactos internacionales de derechos humanos, que
toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ellos, sin
distinción alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política
o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición, Recordando que en la Declaración Universal de
Derechos Humanos las Naciones Unidas proclamaron que la infancia tiene
derecho a cuidados y asistencia especiales, Convencidos de que la familia, como
grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el
bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la
protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus
responsabilidades dentro de la comunidad, Reconociendo que el niño, para el
pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la
familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
Considerando que el niño debe estar plenamente preparado para una vida
independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales
proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de
paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad, Teniendo presente que la
necesidad de proporcionar al niño una protección especial ha sido enunciada en la
Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración
de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre
de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos
23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(en particular, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes de
los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se
interesan en el bienestar del niño, Teniendo presente que, como se indica en la
Declaración de los Derechos del Niño, "el niño, por su falta de madurez física y
45
mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección
legal, tanto antes como después del nacimiento" (DERECHOS).
Compromiso hemisférico por la educación de la Primera Infancia - 2007
OEA
Compromiso
Velar por legislación clara: derechos, niño, familia.
Ampliar cobertura y fortalecer la calidad.
Políticas públicas integrales: atención con equidad, con énfasis en las
poblaciones más vulnerables.
Mejor coordinación intersectorial e inter-institucional.
Aumentar cooperación gobierno, sociedad civil, empresarios, redes
sociales.
Fortalecer la calidad docente.
Adoptado en la novena sesión plenaria celebrada el 16 de noviembre de 2007
LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA), reunidos en la
ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 14 al 16 de noviembre de 2007 para
la Quinta Reunión de Ministros de Educación,
REAFIRMAMOS, después de realizar un balance de las lecciones aprendidas en
el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas sobre la primera
infancia, que es una fase decisiva en el ciclo de la vida del ser humano y su
atención integral nos permitirá enfrentar los retos de la pobreza, la inequidad y la
exclusión social.
ACORDAMOS, para los efectos de este Compromiso Hemisférico, que la
educación de la primera infancia es fundamental en el proceso de desarrollo
integral del niño o la niña desde el nacimiento hasta los ocho años, y reconocemos
que se brinda de forma variable entre los países pero debe incluir el esfuerzo
conjunto de la familia, la escuela y la comunidad para el desarrollo de políticas
públicas efectivas, así como la contribución de los distintos sectores de la
sociedad.
RECONOCEMOS que el acceso equitativo y oportuno a la educación integral de
calidad y adecuada a los contextos locales y a las realidades del mundo es un
derecho humano, un bien público y una prioridad política, incluso en el marco de la
46
atención integral a la primera infancia, y resaltamos la necesidad de dar prioridad
a los grupos más vulnerables y con necesidades educativas especiales.
RECONOCEMOS a la familia como la primera e insustituible instancia de
educación y cuidado de las niñas y los niños, así como el papel de comunidades y
de los gobiernos para promover políticas de acceso equitativo a una educación de
la primera infancia de calidad y su efectiva articulación dentro del sistema
educativo de cada país (INFANCIA).
OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO 2015
En el año 2000 los líderes de 189 países llegaron a un acuerdo llamado
DECLARACION DEL MILENIO para trabajar de manera conjunta para construir un
mundo más seguro, más próspero y más equitativo.
A partir de ello se crearon 8 objetivos los cuales tienen como tiempo límite hasta
el año 2015, dichos objetivos son: erradicar la pobreza extrema y el hambre, lograr
la enseñanza primaria universal, promover la igualdad entre los géneros y el
empoderamiento de la mujer, reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud
maternal, cambiar el VIH y SIDA, y otras enfermedades, garantizar la
sostenibilidad del medio ambiente y por ultimo fomentar una asociación mundial
para el desarrollo (MILENIO).
DOCUMENTO CONPES SOCIAL
Este documento plantea unos objetivos en los cuales se pretende promover el
desarrollo integral de los niños y las niñas desde la gestación hasta los 6 años de
edad, respondiendo a sus necesidades y características específicas contribuyendo
así a la equidad e inclusión social en Colombia.
Por otro lado, plantean unas líneas estratégicas los cuales son las que orientan las
acciones de las políticas en los ámbitos nacional y territorial, por ende dichas
acciones son: ofrecer atención integral a la primera infancia, mejorar la
supervivencia y la salud de los niños y niñas de 0 a 6 años, mejorar los procesos
de identificación en la primera infancia, promover el desarrollo integral de la
primera infancia, garantizar la protección y restitución de los derechos, mejorar la
calidad de la atención integral, realizar seguimiento y evaluación y promover la
comunicación y movilización por la primera infancia (CONPUS).
47
3.4.3 RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS CON
EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y
TERRITORIAL)
Plan decenal
El documento en su capítulo VI plantea el desarrollo de la educación inicial a
través de macro objetivos, objetivos, macro metas, metas y acciones, dadas a
garantizar y norma tizar el servicio educativo en la primera infancia.
Plan Nacional de Desarrollo
3.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV
TERMINO CONCEPTO COMO ES ADOPTADO
PARA LA ENSV
INFANCIA
Primera Infancia, etapa de la vida que
va desde el nacimiento hasta los 6
años de edad.
La atención integral en la Primera
Infancia es la clave para crear un
mundo donde impere la esperanza y el
cambio, en lugar de la privación y la
desesperación, y para fomentar la
existencia de países prósperos y
libres.
Unicef, Estado Mundial de la Infancia
2001
Existe cursos que orientan
tales como:
 Infancia.
 Infancia, música y
danza.
 Practicas
pedagógicas.
48
HABILIDAD
EMOCIONAL
Tipo de inteligencia social que influye
la habilidad de supervisar y entender
las emociones propias y las de los
demás.
Se desarrolla solo en le
Programa de Formación
Complementaria de
Educadores a través de las
practicas por medio del
curso SI mismo, además
existe en la ENSV un
Proyecto investigativo
sobre Habilidades
Emocionales por las
docentes Paula González
y Paola Flórez.
FAMILIA
Es el núcleo de la sociedad esto se
debe, a que la familia, forma a quienes
actuarán en el futuro, dentro de la
sociedad.
La ENSV debe orientar los
procesos de familia y
sistematizar la información
de la SIMAR para
determinar el Número de
Familias conformadas por
mamá y papa, los que son
madre y padre o los que
tiene la responsabilidad
sean madre o padres o
quienes delegan la
obligación a otras
personas.
Por lo anterior, la ENSV
debe realizar un programa
referente a la clasificación
de las familias.
APRENDIZAJE
Proceso por medio del cual la persona
se apropia del conocimiento, en sus
distintas dimensiones: conceptos,
procedimientos, actitudes y valores
(Rafael Ángel Pérez); se va
adquiriendo a través de las
experiencias de la vida cotidiana, en la
cual el estudiante se apropia de los
conocimientos que cree convenientes
para su aprendizaje. (margarita
Méndez González)
La ENSV asume el
aprendizaje como un
proceso de construcción y
reconstrucción de
conocimientos de manera
individual y colectivamente
donde el estudiante es
protagonista de su propio
proceso.
49
3.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS.
PROGRAMAS METAS
Educación a la familia Capacitación a las familias (extensión a
la comunidad)
Educación a madres comunitarias
Convenio Escuela Normal – Bienestar
familiar
Transición de la inteligencia emocional
Desarrollar programas para la
inteligencia emocional
Capacitar a los docentes en cuanto a la
inteligencia emocional y que sea
transversal con la práctica.
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
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Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
Políticas PEI ENSV 2015-2020...
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  • 1. 1 PROPUESTA DEFINITIVA SOBRE POLÍTICAS PARA EL PEI DE LA ENSV 2015-2020 DESDE EL V SEMESTRE DEL PFCE V semestre PFCE Nov 5/2013 Familia educadora
  • 2. 2 PROPUESTA DEFINITIVA SOBRE POLÍTICAS PARA EL PEI DE LA ENSV 2015-2020 DESDE EL V SEMESTRE DEL PFCE DOCENTES EN FORMACIÓN V SEMESTRE POLÍTICA Nº 1: “VISIÓN DEL FUTURO” Hernández Ceballos Juan Pablo Jaramillo Arévalo Jessica Lorena Pinilla Valencia Wilber Fernando POLÍTICA Nº 2: “ATENCIÓN A POBLACIÓN DIVERSA” Camacho Reyes Lady Katering Herrera Hernández Julián David Rodríguez López Adriana Marcela POLÍTICA Nº3: “PRIMERA INFANCIA Y MADRES COMUNITARIAS” Cuenca Otálora Reina Isabel Espinosa Bernal Gina Paola Garzón Rojas Jesly Tatiana Sánchez Niño Elizabeth Dayana POLÍTICA Nº 4: “BILINGÜISMO” Aguilar Hernández Luisa Fernanda Díaz Baquero Ronny Yhair Motta Naranjo Andrés Mauricio POLÍTICA Nº 5: “CERO MORTALIDAD ACADÉMICA” Hernández Sanabria Lizeth Andrea Pardo Enciso Laura Camila Silva Parales María Eugenia Zipaquirá Varón Khengee Daviana A Mg. SAÚL ROMERO MORALES PFCE CURSO GESTIÓN EDUCATIVA Villavicencio 5 de Noviembre del 2013
  • 3. 3 0. PRESENTACIÓN La presente propuesta se enmarca teniendo en cuenta los aspectos de la GUIA 34 del MEN, relacionada con la guía del curso de gestión correspondiente al V semestre del PFCE. Estas políticas, están diseñadas con base al documento llamado “Evaluación institucional 2013 y plan de mejoramiento 2014-2015 para el seguimiento del PEI de la ENSV” producto de una construcción grupal entre todos los estudiantes que componen el V Semestre del PFCE del segundo semestre del presente año en curso, elaborado el 1 de octubre a partir del historial de evaluaciones institucionales 2012- 2013; en relación con las directrices establecidas por el MEN, DNP, PLAN DECENAL DE EDUCACIÓN y el PND (Nacional y territorial). Es claro que desde la Ley 115 de 1994 (Ley General de educación) existen unas políticas generales de Gestión Escolar las cuales son: Cobertura, Calidad, Eficiencia y Pertinencia que deben ser adoptadas por todas las instituciones públicas y privadas del país, sin embargo, también deben existir unas políticas propias de acuerdo con la misión institucional (Razón de ser de una institución educativa) y su relación con el contexto, especialmente en la satisfacción de las necesidades de su entorno. En este caso la ENSV, como cuenta con el Programa de formación de docentes, las políticas que proponemos están enfocados a la visión de futuro, atención a población diversa, primera infancia y madres comunitarias, bilingüismo y cero mortalidad académica. Las anteriores políticas fueron presentadas el día 22 de octubre durante la sesión de trabajo al señor Rector Mg. Jorge Daniel Bohórquez, donde se complementa con sus respectivas apreciaciones. Se espera que esta propuesta continúe siendo analizada por la comunidad educativa de la ENSV para que las anteriores políticas sean tenidas en cuenta en la reestructuración del PEI 2015-2020.
  • 4. 4 CONTENIDO Pág. 0. PRESENTACIÓN…………………………………………………………………………3 1. POLITICA Nº1: “VISIÓN DEL FUTURO”……………………………………………6 1.1 NOMBRE…………………………………………………………………………….6 1.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO……………………………………………..6 1.3 PREGUNTA………………………………………………………………………….7 1.4 REFERENTE TEÓRICO……………………………………………………………7 1.4.1 REFERENTES………………………………………………………………7 1.4.2 ASPECTO LEGAL…………………………………………………………..9 1.4.3 1.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV……………………………….12 1.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS………………………...12 2. POLITICA Nº2: “ATENCIÒN A POBLACIÒN DIVERSA”………………………….14 2.1 NOMBRE…………………………………………………………………………….14 2.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO…………………………………………….14 2.3 PREGUNTA…………………………………………………………………………15 2.4 REFERENTE TEÓRICO…………………………………………………………..15 2.4.1 REFERENTES……………………………………………………………..15 2.4.2 ASPECTO LEGAL…………………………………………………………24 2.4.3 2.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS………………………….34 3. POLÍTICA Nº3: “PRIMERA INFANCIA Y MADRES COMUNITARIAS”………….36 3.1 NOMBRE……………………………………………………………………………..36 3.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO……………………………………………..36 3.3 PREGUNTA………………………………………………………………………….36 3.4 REFERENTE TEÓRICO…………………………………………………………..37 3.4.1 REFERENTES……………………………………………………………..37 RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y TERRITORIAL). …………………………………………………………..11 INFLUENCIA EN POBLACIONES DIVERSAS DESDE EL PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE EDUCADORES DE LA ENSV. …………………………………………..32
  • 5. 5 3.4.2 ASPECTO LEGAL…………………………………………………………..38 3.4.3 3.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV……………………………….47 3.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS……………………….49 4. POLÍTICA Nº4: “BILINGÜISMO”……………………………………………………50 4.1 NOMBRE……………………………………………………………………………50 4.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO……………………………………………50 4.3 PREGUNTA…………………………………………………………………………51 4.4 REFERENTE TEÓRICO………………………………………………………….51 4.4.1 REFERENTES……………………………………………………………..51 4.4.2 ASPECTO LEGAL…………………………………………………………53 4.4.3 4.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV……………………………….54 4.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS…………………………62 5. POLÍTICA Nº5: “CERO MORTALIDAD ACADÉMICA”…………………………….64 5.1 NOMBRE……………………………………………………………………………..64 5.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO……………………………………………..64 5.3 PREGUNTA………………………………………………………………………….65 5.4 REFERENTE TEÓRICO…………………………………………………………..65 5.4.1 REFERENTES……………………………………………………………..65 5.4.2 ASPECTO LEGAL………………………………………………………….67 5.4.3 5.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV……………………………..74 5.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS………………………74 6. GLOSARIO………………………………………………………………………………78 7. BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………………84 RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y TERRITORIAL). ……………………………………………………………47 RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y TERRITORIAL). ……………………………………………………………53 RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y TERRITORIAL) EN CORRESPONDENCIA CON LA ESCUELA NORMAL. ……………………………………………………..70
  • 6. 6 1. POLÍTICA Nº1: “VISIÓN DEL FUTURO” 1.1 NOMBRE: “DOCENTES CON VISIÓN DE FUTURO” 1.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO Esta propuesta pedagógica nace desde la mirada crítica reflexiva del actual P.E.I. de la Escuela Normal Superior de Villavicencio junto al documento Políticas y sistema colombiano de formación y profesionalización docente donde se puede observar la clara necesidad de formar docentes adultos idóneos para el desarrollo de un currículo basado en los avances que se van dando en cuanto a la gestión escolar donde se pueden ver aspectos esenciales como lo son el desarrollo de competencias en las nuevas tecnologías, teniendo en cuenta propuestas como lo es “plan vive digital Colombia” planteadas por el Ministerio de Educación Nacional que se tiene prevista para desarrollar en los próximos años; la preocupación por los problemas de convivencia que se están generando en la escuela, donde el maestro tome conciencia sobre su profesión docente y los actuales cambios que ocurren en la sociedad y sea partícipe de estas nuevas transformaciones que trae consigo la “visión del futuro”, apoyados todos estos aspectos en relación con las actitudes emprendedoras propuestas en la guía 39 del MEN.
  • 7. 7 1.3 PREGUNTA ¿Cómo utilizar las plataformas y redes virtuales desde una estrategia pedagógica que facilite el acceso al conocimiento y el intercambio de experiencias, frente a los procesos relacionados con la competitividad y la apertura de mercados? 1.4 REFERENTE TEÓRICO 1.4.1 REFERENTES El Ministerio de Educación Nacional es la entidad encargada de articular el sistema de educación a partir que comprenden desde los niveles básicos de preescolar hasta llegar a la educación profesional de alto nivel, la cual es competencia del Viceministro de Educación Superior, que, mediante las funciones de fomento, inspección y vigilancia, orienta la Educación Superior con el fin de garantizar el ingreso y la permanencia de los estudiantes en este. Aceptar el desafío de contribuir a impulsar el fortalecimiento de la educación técnica y tecnológica y con ello la competitividad y la productividad del país, requiere conocer el contexto en el que se formulan e implementan las políticas nacionales en el sector educativo. Por qué se decide impulsar este nivel educativo, cuál es la situación actual de la demanda, qué acciones ha emprendido el Ministerio de Educación Nacional, que se espera de las instituciones de educación, del sector productivo, de los gobiernos locales y regionales, y de los centros de investigación e innovación. Para el fortalecimiento del plan vive digital, en la vida de cada Colombiano, toma forma en el marco del congreso de ANDICOM del 28 de octubre de 2010, referentes que se encuentran en esta página y que a su vez que se complementa con el plan decenal, en lo que tiene que ver con el uso de las Tic como parte de los procesos tecnológicos que se deben abordar en educación atendiendo la guía 30 del MEN. En la formación de los docentes técnicos y competitivos enfocados hacia el sector productivo se ha de tener en cuenta las agendas y misiones nacionales que se construyen efectivamente sobre sectores estratégicos productivos que se deben impulsar para el desarrollo de una mayor productividad entre la pertinencia de los mismos. Esto es un punto de gran importancia porque se encuentra dentro de la guía 32 del MEN para la competitividad de la educación técnica y tecnológica para los educadores que se quieren formar, la cual tiene como objetivo el compromiso que se adquiere al impulsar el fortalecimiento de esa educación en Colombia.
  • 8. 8 Es aquí donde se hace necesario tener en cuenta lo que plantea la ley 1014 de 2006 en el artículo 1 “El emprendimiento es una forma de pensar, razonar y actuar centrada en las oportunidades, planteada con visión global y llevada a cabo mediante el liderazgo equilibrado y la gestión de un riesgo calculado, su resultado es la creación de valor que beneficia a la empresa, la economía y la sociedad”. Conscientes de esta realidad, el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, señala a la educación como “el instrumento más poderoso para reducir la pobreza y el camino más efectivo para alcanzar la prosperidad”. Reconoce, a su vez, en la ciencia y la innovación un eje central para el fortalecimiento de todas las esferas, tanto en lo económico como en lo social. La intención del Gobierno es promover e implementar una cultura de innovación y emprendimiento en todas las esferas del Estado. No cabe duda de que saber manejar computadores es una competencia esencial en el mundo de hoy, pero mucho más importante es saber utilizarlos con sentido: para aprender, para solucionar problemas, para mejorar la productividad del trabajo. Las TIC no sólo ponen al alcance de docentes y estudiantes grandes volúmenes de información, sino que promueven el desarrollo de destrezas y habilidades esenciales como son la búsqueda, selección y procesamiento de información, así como la capacidad para el aprendizaje autónomo. También amplían las fronteras del aprendizaje al poner a disposición nuevos recursos como lo es la disponibilidad que nos ofrece el MEN de la página Colombiaaprende y el uso que los docentes damos de ella. Dicho de otra manera, las TIC son una herramienta esencial para tener acceso a la sociedad del conocimiento. El grado en que los países incrementen su infraestructura de TIC y se apropien de ellas contribuirá a determinar la calidad de vida de los ciudadanos, las condiciones de trabajo y la competitividad global de la industria y los servicios Colombia registra avances significativos en cuanto a la dotación de escuelas con computadores y la conectividad a Internet, como resultado del programa Computadores para Educar, así como de los aportes de las entidades territoriales y de la empresa privada. En 2006 13.795 sedes de Establecimientos educativos oficiales cuentan con aulas de informática, con lo que puede afirmarse que el 55% de los estudiantes tienen ya acceso a las TIC. De conformidad con lo anterior, entendiendo la visión de futuro dentro de este contexto de emprendimiento como “estructurar un proyecto de vida acorde con las
  • 9. 9 necesidades, las expectativas personales, las oportunidades y las posibilidades del entorno”, En los establecimientos educativos, el emprendimiento, desde un enfoque de desarrollo humano integral, permite a la comunidad educativa:  Construir conocimientos y desarrollar hábitos, actitudes y valores necesarios para generar acciones orientadas al mejoramiento personal y a la transformación del entorno y de la sociedad;  Dar soluciones a las necesidades humanas presentes en la comunidad, con un sentido de ética y responsabilidad social y una perspectiva de desarrollo sostenible;  Promover la cooperación y el trabajo en equipo en todos los miembros de la comunidad;  Fortalecer en los estudiantes la capacidad de conseguir y conservar un empleo, acceder a diferentes alternativas laborales y a posibilidades de autoempleo;  Consolidar procesos de articulación del establecimiento educativo con el sector productivo, la educación superior y la educación para el trabajo. 1.4.2 ASPECTO LEGAL La constitución política de Colombia de 1991 en los artículos 69, 78, 80 y 88 establecen argumentos que se encuentran relacionados con lo que se pretende en el planteamiento de la propuesta de la política “visión de futuro” para la ENSV. A continuación se presentan estos artículos: ARTICULO 69. Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley. En conformidad con lo anterior, de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 y 113 de la ley 115 de 1994, en este proceso el MEN reconoce la idoneidad y calidad del programa para formar educadores siempre y cuando se cumplan con los referentes de calidad, por tal razón la ENSV debe tener clara su misión para así mantener su calidad en el marco de la autonomía (Romero, 2012) ARTICULO 78. La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización. Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de
  • 10. 10 este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos. ARTICULO 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas. ARTICULO 88. La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella. También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un número plural de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones particulares. Así mismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos. En consecuencia en la Guía N° 32 del MEN, con base en las políticas y estrategias lideradas por el Ministerio de Educación Nacional en este campo y con el testimonio de quienes participaron en lo que hemos llamado alianzas pioneras, es decir, las alianzas que desarrollaron su trabajo en el marco del Proyecto de Fortalecimiento de la Educación Técnica y Tecnológica y contaron entre 2006 y 2008 con recursos del Fondo Concursable creado para tal fin, se dio cuerpo a la estructura y el material que hoy se ofrece y con el que se pretende la consolidación, sostenibilidad y replicabilidad de las alianzas. El Ministerio de Educación Nacional es la entidad encargada de articular el sistema de educación a partir de políticas que comprenden desde los niveles básicos de preescolar hasta llegar a la educación profesional de alto nivel, la cual es competencia del Viceministerio de Educación Superior, que, mediante las funciones de fomento, inspección y vigilancia, orienta la Educación Superior con el fi n de garantizar el ingreso y la permanencia de los estudiantes en este nivel. La educación superior es la etapa de formación que sucede a la educación media o secundaria, al grado once y excepcionalmente, al grado noveno. Su fi n es la profesionalización, con lo cual se contribuye al desarrollo individual, en cuanto
  • 11. 11 mejora la calidad de vida de los habitantes, y social, ya que ayuda a elevar la productividad y el crecimiento del país. Lo que podría lograr la ENSV con la aplicación de esta política es capacitar y contribuir tanto en la formación de docentes técnicos profesionales teniendo en cuenta que de esta manera podemos construir el camino propicio para un futuro incierto tanto personal como profesional, teniendo en cuenta elementos para desarrollar lo anteriormente dicho. La educación superior colombiana abarca la técnica, la ciencia y la tecnología, las humanidades, el arte y la filosofía en dos niveles, pregrado y postgrado. A su vez, el pregrado ofrece tres niveles de formación, técnica profesional, tecnológica y profesional universitaria, y el postgrado, especialización, maestría y doctorado. La cultura es entendida como un conjunto de valores, creencias, ideologías, hábitos, costumbres y normas, que comparten los individuos en la organización y que surgen de la interrelación social, los cuales generan patrones de comportamiento colectivos que establece una identidad entre sus miembros y los identifica de otra organización. (Ley 1014 de 2006, art. 1º). En la Asamblea General por la Educación realizada en agosto de 2007 se recogieron los aportes de más de 20.000 colombianos representantes de todos los sectores de la sociedad al Plan Nacional Decenal de Educación 2006 – 2015. Los participantes expresaron un gran interés por integrar la ciencia y la tecnología al sistema educativo, como herramientas para transformar el entorno y mejorar la calidad de vida. Así mismo, plantearon la necesidad de definir claramente los objetivos y las prioridades de la educación para responder a las demandas del siglo XXI, mediante propuestas y acciones concretas encaminadas a asumir los desafíos de la sociedad del conocimiento. Esto concuerda con las tendencias y los intereses internacionales que buscan promover una mejor educación en ciencia y tecnología, como requisito para insertar a las naciones en esta nueva sociedad. Ley N° 1620 del 15 de marzo de 2013, por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. 1.4.3 RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y TERRITORIAL). La relación establecida de esta propuesta con el MEN, Plan decenal y el Plan Nacional de Desarrollo (PND) ya fueron tratados anteriormente en los referentes teóricos y legales de la política, por tal razón el vacío que se nota en esta parte del documento.
  • 12. 12 1.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV La ENSV desde su enfoque constructivista y modelo pedagógico de la acción y la construcción asume la visión como una meta, una proyección a futuro con el fin de alcanzarla ya sea a largo o corto plazo y así superarla. Además, la ENSV se proyecta ser una escuela líder en la formación de docentes líderes, con capacidades de comunicación y competitividad con posibilidades de aventurarse en las nuevas y fuertes exigencias de la sociedad actual, sobresaliendo de esta manera como docentes emprendedores, capaces de otorgar una educación de calidad y es allí donde implícitamente se hace evidente no sólo el concepto adoptado de visión, sino también de futuro. De igual forma la ENSV a través de la aplicación de esta política podrá viabilizar y adoptar de manera eficaz y pertinente la normatividad y estrategias que le permitan mostrar avances de acuerdo con los planes y metas a futuro que fija el gobierno nacional y el MEN en relación con la misión de la normal. 1.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS PROGRAMAS METAS DESCRIPCIÓN Plataformas virtuales Establecer plataformas virtuales de capacitación docente. Con esta se pretende que los docentes de diferentes instituciones del país puedan realizar experiencias significativas a través de diálogos interculturales que permitan a los docentes vincular las NTIC en las distintas capacitaciones pedagógicas para una formación técnica y competente para el futuro. Capacitación docente continua Establecer estrategias de capacitación docente en la aplicación de las NTIC. Este programa busca que todos los docentes logren desarrollar y potencializar capacidades en la aplicación de tecnologías, es decir, todo en busca de la excelencia y la formación de docentes profesionales líderes.
  • 13. 13 A su vez este apartado tiene como objetivos:  Formar docentes integrales que por medio de las tics fortalezcan la profesionalización del saber.  Formar maestros digitales que respondan de manera asertiva a los cambios de la sociedad  Capacitación constante de toda la variedad de herramientas que se pueden utilizar la internet  Formación de docentes que ocupen dentro de la sociedad prestigio y poder de participación activa con la familia  Acercarnos cada vez a las problemáticas de los niños por medio de las redes sociales como un medio de defunción de actividades pedagógicas  Maestros jóvenes con actitud de liderazgo que conformen en su currículo actividades con sentido social. Los cursos del actual plan de estudio del PFCE de la ENSV con los cuales esta política de “visión de futuro” se encuentra entrelazada son las que tienen que ver con tecnología, currículo, gestión educativa.
  • 14. 14 2. POLITICA Nº2: “ATENCIÒN A POBLACIÒN DIVERSA” 2.1 NOMBRE: “ESCUELA DIVERSA” 2.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO En este logotipo está plasmado la atención a población diversa, en el encontramos un rostro compuesto por partes de la cara diferentes, es así como un negro, palenque, indígena y blanco, conforman un rostro. Este pretende mostrar la diversidad de razas que tenemos en el país. En la parte inferior encontramos una barra con los símbolos que identifica cada una de las discapacidades que encontramos en la población, cabe aclarar que no solo son estas las que encontramos, solo que esta es una representación de las múltiples que existen. El logo va encerrado en un círculo azul, representando la pureza, y demostrando que la diversidad no es sinónimo de diferencia, si no de igualdad, hacemos parte de un mismo mundo, por lo tanto las diferentes leyes deben proteger y acoger a la población diversa de la misma manera y con ello brindar en lo posible, infinidad de oportunidades de la misma manera. Cabe resaltar que no solo es este tipo de población quienes hacen parte de la igualdad de derechos, pues también, tenemos a las personas vulnerables, quienes de igual modo hacen parte de este programa.
  • 15. 15 2.3 PREGUNTA: ¿QUÉ SERÍA PARA LA ENSV POBLACIÓN DIVERSA? 2.4 REFERENTE TEÓRICO 2.4.1 REFERENTES Las personas que integran una sociedad son diferentes, por lo tanto proveer educación de calidad a todos sus habitantes significa, entre otras cosas, responder a las necesidades comunes y específicas de la población diversa geográfica y culturalmente, lo cual representa un desafío para la educación y la sociedad, por lo tanto, en Colombia entre 44 millones de personas, se encuentra la existencia de diferentes tipos de poblaciones, el 25 por ciento de ellos vive en zonas rurales, el 30 por ciento son afrodescendientes o afrocolombianos, el 1 por ciento, indígena, y 8.000 son gitanos. Además, el 5 por ciento se encuentra en situación de desplazamiento forzado, el 13 por ciento vive en zonas de frontera, el 7.5 por ciento son jóvenes y adultos mayores de 15 años que no saben leer y escribir, y el 10 por ciento presenta algún tipo de discapacidad. Todos y cada uno comparten un mismo territorio (MEN). Se presentan cuatro grupos étnicos colombianos: afrodescendientes, raizales, indígenas y gitanos. Muchas formas de ver el mundo, diversos lenguajes y múltiples voces que encuentran y construyen su propio espacio educativo. Para los indígenas, por su parte, la educación no es un ciclo que empieza y termina en determinada edad: es tan largo como el de la vida; un proceso que no debe estar separado de lo cotidiano ni de la vida en familia, ni un espacio reservado para los niños y los jóvenes. Es allí donde se hace visible el concepto de competencia, se materializa la idea de aprender a hacer, aprender a aprender, y adquirir conocimientos, habilidades y destrezas para la vida; en este sentido, sus proyectos educativos no son institucionales sino comunitarios. La Constitución Política reconoció como patrimonio de la Nación la diversidad étnica y cultural del país, que se expresa en la existencia de más de 83 pueblos indígenas, identificados en el CONPES 1994-1998, y 11 pueblos más que forman parte de procesos recientes de autoreconocimiento, hablantes de aproximadamente 68 lenguas y 292 dialectos; la presencia de comunidades afrocolombianas en todo el territorio nacional y de raizales en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como de representantes del pueblo Rom (gitanos de Colombia) concentrados fundamentalmente en Bogotá (Cundinamarca), Girón (Santander) y Cúcuta(Norte de Santander).
  • 16. 16 Hay que destacar el aporte social e histórico que han hecho estas poblaciones a la construcción de la nación y de la identidad colombiana, incluyendo la participación de diversas corrientes de emigrantes de otros países que también conforman la colombianidad. La educación para los grupos étnicos hace parte del servicio público educativo y exige al sistema el reconocimiento de la condición de pluralidad de la sociedad en su conjunto, con propuestas pedagógicas que permitan, cada vez más, dar respuestas incluyentes a las múltiples expresiones de la diversidad con la posibilidad de construir nuevas alternativas educativas (Lineamientos de política para atención a población vulnerable). El reconocimiento a la contribución étnica en los procesos sociales, económicos y culturales ha cambiado la visión de sociedad y la idea de nación, marcando la construcción de nuevos sentidos sociales, nuevas formas de interpretar la propia realidad, en los cuales reconocer y proteger la diversidad en marcan prioritariamente las acciones que se deben implementar. Para garantizar el derecho que estas poblaciones tienen a la educación, el MEN viene desarrollando una política de inclusión que se expresa en normas jurídicas y planes de acción, para crear condiciones apropiadas y orientar a las diferentes entidades gubernamentales del orden nacional, territorial y local, como gobernaciones, alcaldías, secretarías de educación, instituciones y centros educativos, organizaciones y personas, para conseguir que la mayor parte de los niños, niñas y jóvenes pertenecientes a las etnias acceda al servicio educativo, principalmente a los programas de etnoeducación, con los ajustes necesarios que permitan que ingresen, permanezcan y se promocionen dentro de los mismos, según sus condiciones particulares. La propuesta de etnoeducación es el modelo que se ha formulado para atender a las poblaciones étnicas, el cual se construye y se reconstruye a partir del conocimiento y valoración de las diferentes culturas y debe ofrecer un componente de formación específico orientado por los criterios de integralidad, diversidad lingüística, participación comunitaria, flexibilidad y progresividad. A su vez, la población gitana o pueblo Rom, como se autodenominan, está compuesta por 8.000 personas de las cuales sólo los niños y jóvenes de las últimas generaciones han accedido a la escuela. Ello obedece a que, durante los últimos años, su concepción respecto a la educación convencional se ha transformado. Así, los hombres cursan hasta cuarto y quinto grado de primaria, mientras las mujeres sólo llegan hasta cuarto grado, toda vez que para ellos lo importante es aprender a leer, escribir y contar para el desarrollo de sus actividades económicas, basadas en la venta de animales y algunas artes y oficios (MEN).
  • 17. 17 Para el pueblo Rom, la libertad y las tradiciones orales son el instrumento más potente para conservar su cultura y, por esta razón, la gran mayoría de los adultos no saben leer y escribir. Así como ellos mismos lo afirman: "La implementación de la educación endógena, desde una perspectiva bilingüe e intercultural y en el marco cultural de nuestro pueblo, es la alternativa más saludable en cuanto a la deseable pervivencia de nuestro pueblo. De esta forma se aportaría al pueblo Rom una educación completa que mantenga en el individuo su identidad como Rom y que, además, le proporcione los conocimientos suficientes para brindarle la capacidad de tener una visión real y productiva de la vida social, local y global, permitiéndole hacer un mejor uso de sus recursos culturales y alcanzando así un mejor nivel de desarrollo humano" (MEN). Por otro lado, se encuentra la población con necesidades educativas especiales, identificada por personas que presentan discapacidad o limitaciones y aquellas que poseen capacidades o talentos excepcionales. Las necesidades educativas y la inclusión del concepto de personas con necesidades educativas especiales, en el sistema educativo, se plantea en la actualidad como una alternativa efectiva tanto para la comprensión del desempeño en el aprendizaje, como para la oferta de servicios de carácter educativo y social, lo cual contribuye significativamente a la construcción de una cultura de atención a la diversidad. Las necesidades educativas especiales se refieren a aquellas necesidades educativas individuales que no pueden ser resueltas a través de los medios y los recursos metodológicos que habitualmente utiliza el docente para responder a las diferencias individuales de sus estudiantes y que requieren, para ser atendidas, de ajustes, recursos o medidas pedagógicas especiales o de carácter extraordinario, distintas a las que requieren comúnmente la mayoría de los estudiantes. El concepto de necesidades educativas especiales hace referencia a aquellos estudiantes que presentan dificultades mayores que el resto, para acceder a los aprendizajes que les corresponden por edad, o que presentan desfases con relación al currículo por diversas causas y que pueden requerir para progresar en su aprendizaje de medios de acceso al currículo, adaptaciones curriculares, servicios de apoyo especiales, adecuaciones en el contexto educativo o en la organización del aula. Estos apoyos son concebidos de acuerdo con la intensidad de la intervención que se requiere, el momento de la vida en que se encuentre el niño, niña o joven y el
  • 18. 18 ámbito en que se desarrollen; lo cual sugiere que cualquier persona, en condición o no de discapacidad, requiere de ayudas personales, materiales, organizativas, tecnológicas o curriculares a lo largo de su escolaridad, para acceder a los contenidos ofrecidos por la institución o centro educativo; esta intervención debe ofrecerse en forma articulada, atendiendo a las necesidades individuales de la persona. Es importante aclarar que las necesidades educativas especiales pueden derivarse de factores relacionados con las dimensiones del desarrollo humano, tales como: factores cognitivos, físicos, sensoriales, de la comunicación, emocionales y psicosociales. Así pues, los estudiantes pueden presentar necesidades educativas especiales por su condición de discapacidad auditiva, visual, motora, cognitiva, autismo o discapacidad múltiple. El grupo de personas reconocido con capacidades excepcionales, se refiere a aquellos estudiantes que obtienen resultados muy altos, fuera de lo común, en pruebas desarrolladas para medir la capacidad intelectual y predecir el desempeño académico, así como resultados muy altos en pruebas de conocimiento general. Poseen altos grados de creatividad y dedicación en las tareas o actividades emprendidas. El grupo reconocido con talentos excepcionales se refiere a aquellas personas que poseen un potencial dirigido a un área de trabajo específico, en donde concentra toda su voluntad y capacidad (Lineamientos de política para atender a población con NEE) En el contexto nacional, la Constitución Política de 1991 señala que el Estado debe promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas a favor de grupos discriminados o marginados; y protegerá especialmente a las personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta. También dispone que el Estado adelante una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran. Y plantea que la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, es obligación del Estado. También se añade la población afectada por la violencia, la población en situación de desplazamiento, los menores desvinculados de los grupos armados al margen de la ley e hijos en edad escolar de adultos desmovilizados. El desplazamiento forzado constituye, por su magnitud y características, una verdadera crisis humanitaria y una grave violación de los derechos humanos,
  • 19. 19 civiles y políticos, convirtiéndose este grupo de población en el grupo más vulnerable. Se entiende por población desplazada todas aquellas personas que se han visto forzadas a migrar dentro del territorio nacional, abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, integridad física, seguridad o libertad personal han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, por alguna de las siguientes situaciones: conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores, que puedan alterar o que alteren drásticamente el orden público (Ley 387 de 1997, artículo 1º). El segundo grupo corresponde a los desvinculados de los grupos violentos que son todas aquellas personas menores de dieciocho años de edad, que han dejado de participar por diferentes modalidades (rendición, captura, entrega voluntaria y bajo el marco de las negociaciones de paz) en las acciones de violencia orientadas por un grupo armado al margen de la ley. Por último, el tercer grupo es identificado como aquellos menores de dieciocho años de edad, que son hijos de adultos que han decidido voluntariamente desmovilizarse de grupos armados al margen de la ley y acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto 128 del 2003 y que han sido certificados por el Comité Operativo para la Dejación de Armas (CODA). Este grupo poblacional se ha asumido como afectado por la violencia debido a que la situación de los padres conlleva a estos niños y jóvenes a desplazarse de sus sitios de origen, enfrentándose a las dificultades que este tipo de eventos produce. En apoyo a la Política Nacional de Reincorporación, el sector educativo facilita las condiciones para garantizar que los hijos en edad escolar de los adultos que han dejado de participar voluntariamente en grupos armados accedan y permanezcan en el sistema educativo. Por otro lado, se encuentran los menores en riesgo social, se han identificado como las niñas y niños trabajadores, los adolescentes en conflicto con la ley penal y los niños y niñas en protección. 1. Niños, niñas y jóvenes trabajadores Se entiende por menores trabajadores a los niños, niñas y jóvenes que realicen actividades físicas o mentales, remuneradas o no, dedicadas a la producción, comercialización o transformación, venta o distribución de bienes o servicios, realizada en forma independiente o al servicio de otra persona natural o jurídica. 2. Adolescentes en conflicto con la ley penal
  • 20. 20 Se consideran jóvenes en conflicto con la ley penal a los adolescentes de ambos sexos mayores de 12 años y menores de 18 que han sido autores o partícipes de una infracción a la ley penal y puestos a disposición de la autoridad competente (juez de menores o promiscuo de familia). 3. Niños, niñas y adolescentes en protección El concepto de niños, niñas y adolescentes en protección se refiere a aquellos que se encuentran en situación de abandono o amenaza grave contra su vida y su integridad y que requieren el cuidado y la protección necesarios que garantice el ejercicio de sus derechos. El Código del Menor en su artículo 30 señala que un niño, niña o adolescente está en situación irregular cuando “se encuentra en situación de abandono o de peligro, carezca de la atención suficiente para la satisfacción de sus necesidades básicas, su patrimonio se encuentre amenazado por quienes lo administren, carezca de representante legal, presenta deficiencia física, sensorial o mental, sea adicto a sustancias que produzcan dependencia o se encuentre expuesto a caer en adicción, sea trabajador en condiciones no autorizadas por la ley o se encuentre en una situación especial que atente contra sus derechos o su integridad” Hay otra población que hace parte de la población diversa, los jóvenes y adultos iletrados, quienes se consideran sujetos de atención educativa las personas adultas o jóvenes mayores de 13 años, residentes en zonas rurales o urbanas que nunca accedieron al servicio público educativo formal escolarizado o en su defecto desertaron prematuramente del mismo, no logrando culminar al menos el 2º o 3 grado de educación básica primaria, convirtiéndose en analfabetos absolutos o analfabetos funcionales. En el primer caso, las personas no tienen ningún conocimiento ni dominio sobre los procesos de lectura y escritura, ni sobre las nociones básicas del cálculo matemático elemental a partir de los números y sus operaciones básicas de suma, resta, multiplicación y división. Estas personas encuentran graves limitaciones para aprender todo aquello que tenga como condición ineludible, la comunicación lingüística y matemática. En el segundo caso, el analfabeto funcional es quien habiendo recibido las primeras nociones o cursado algunos meses, incluso dos o más años de educación primaria, presenta serias deficiencias para comprender y aplicar lo aprendido, por no tener las oportunidades suficientes de practicar la lectura o la escritura, o las operaciones matemáticas en su vida cotidiana.
  • 21. 21 Por otro lado, los habitantes de la frontera, son quienes constituyen una franja poblacional diversa con una particularidad que influye directamente en las nociones de identidad: la constante movilidad fronteriza con el país vecino. Las zonas de frontera tienen una fluida relación económica, social y cultural con los países limítrofes que les otorga un sentido de identidad regional independiente de la línea divisoria entre países. Así, el resto de la población fronteriza se debate entre la identidad nacional y la regional. Mientras que en las regiones fronterizas existen brotes de xenofobia y estereotipos negativos que recaen sobre los habitantes del país vecino reivindicando la identidad nacional, se construye al mismo tiempo una identidad regional y transnacional con un gran sentido de unidad. Otro de los factores que influyen también en la condición de vulnerabilidad de las poblaciones de las zonas de frontera es la convergencia de recursos naturales explotables, bosques y selvas nativas y territorios indígenas inmersos en el escenario fronterizo. Esta condición ha generado en las regiones la agudización de la violencia armada y la proliferación de cultivos ilícitos con los consecuentes resultados negativos para las comunidades indígenas, campesinas y urbanas que allí habitan. Para finalizar, se halla la población rural dispersa. Se estima que el 30% del total de la población en edad escolar colombiana son niños, niñas y jóvenes que habitan las zonas rurales y de difícil acceso. Las cifras que sustentan el estado actual de la educación rural del país destacan las altas tasas de analfabetismo, los bajos niveles de escolaridad y los grandes índices de deserción. Adicionalmente, los diversos estudios muestran que la población en edad escolar ingresa de manera tardía a la escuela y se presenta una vinculación temprana con el mercado laboral. La prestación del servicio educativo dirigida a la población rural debe brindar oportunidades que permitan superar los cambios económicos, especialmente en el sistema de producción, sufridos por el sector en las últimas décadas. Así mismo, es necesario que los procesos educativos brinden oportunidades que mejoren la calidad de vida de sus pobladores, contribuyendo a disminuir los índices de migración a los centros urbanos. La población rural requiere de alternativas educativas pertinentes que tengan en cuenta características geográficas, sociales y culturales, con el fin de acercar la escuela a las comunidades y disminuir la brecha existente entre el campo y la ciudad.
  • 22. 22 Para esto, es de especial importancia que las entidades territoriales direccionen sus esfuerzos hacia la ampliación de cobertura en los niveles de preescolar, básica secundaria y media, ya que es allí donde residen los principales problemas de acceso y permanencia al sistema educativo. También, se deben ofrecer programas de calidad que garanticen contenidos curriculares, materiales educativos y formación docente acordes con las particularidades de la zona. POBLACIÓN CARACTERIZACIÓN AJUSTE A LA NORMA Pb. diversa M.E.N Inclusión decreto 366 SIMAT Resolución 166 DANE Formato C-600 Étnia Resguardos: -Wayu -Witoto - Otro X X X Rom -Gitanos X X Afrodescendiente -Negro -Mulato -Afrocolombiano -Palenquero -Otra nacionalidad X X X Raizales Islas: -San Andres -Providencia -Santa Catalina X X Victimas del conflicto -En situación de desplazamiento. -Desvinculados de organizaciones armadas al margen de la Ley -Hijos de adultos desmovilizados -Victimas de Minas. X X X Discapacidad Cognitiva: -Sindrome de Down -Sindrome de Asperger -Autismo -Discapacidad multiple Sensorial: -Sordera X X X
  • 23. 23 -Hipoacusia -Ceguera -Baja visión -Sordoceguera. Motora o física. -Capacidades o talentos excepcionales. Menores en riesgo social -Niños, niñas y jóvenes trabajadores. -Adolescentes en conflicto con la ley penal. -Niños, niñas y adolescentes en protección. x Jóvenes y adultos iletrados. Mayores de 13 años, que nunca accedieron al servicio público educativo no logrando culminar al menos el 2° o 3° grado de educación básica primaria, convirtiéndose en analfabetos absolutos o analfabetos funcionales. x Habitantes de frontera Las zonas de frontera: -Municipios y corregimientos colindantes con los límites de la República de Colombia. Las unidades especiales de desarrollo fronterizo: -Municipios, corregimientos y áreas metropolitanas Pertenecientes a las zonas de frontera. Las zonas de integración fronteriza: -Áreas de los x
  • 24. 24 departamentos fronterizos. Población rural dispersa Zonas rurales y de difícil acceso x 2.4.2 ASPECTO LEGAL La Ley General de Educación establece que la educación para personas con limitaciones y con capacidades o talentos excepcionales es parte integrante del servicio público educativo. Señala que los establecimientos educativos deben organizar, directamente o mediante convenio, acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de integración académica y social de dichos educandos. Sobre la atención de estudiantes con capacidades excepcionales anuncia que se definirán las formas de organización de proyectos educativos institucionales (PEI) especiales para su atención. Y deja planteada la necesidad de contar con unos apoyos para llevar a buen término este proceso. Entre los fines y objetivos de la educación que esta Ley propone para la población colombiana, están el pleno desarrollo de la personalidad, dentro de un proceso de formación integral; la formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad; la formación para facilitar la participación en las decisiones que los afectan; el acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura; y la formación en la práctica del trabajo. Además de éstos, es importante destacar dos elementos muy importantes en la educación de la población con necesidades educativas especiales: la formación para la autonomía y para la participación social. El Decreto 2082 de 1996, reglamentario de la Ley General de Educación, menciona que la atención de la población con discapacidad y con capacidades o talentos excepcionales es de carácter formal, no formal e informal y se ofrece en instituciones educativas estatales y privadas de manera directa o mediante convenio. El Decreto 2247 de 1997, indica que el ingreso al nivel de preescolar no está sujeto a ninguna prueba de admisión o examen psicológico o de conocimientos, o a consideraciones de raza, sexo, religión, condición física o mental y establece que los procesos curriculares se desarrollan mediante la ejecución de proyectos lúdico-pedagógicos y actividades que tengan en cuenta: la integración de las dimensiones del desarrollo humano (corporal, cognitiva, afectiva, comunicativa,
  • 25. 25 ética, estética, actitudinal y valorativa); los ritmos de aprendizaje; las necesidades de aquellos menores con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales, y las características étnicas, culturales, lingüísticas y ambientales de cada región y comunidad. El Decreto 3011 de 1997, que reglamenta la educación de adultos, establece en el artículo 9, que los programas de educación básica y media de adultos deberán tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2082 de 1996. El Decreto 3020 de 2002, reglamentario de la Ley 715 de 2001, señala que para fijar la planta de personal de los establecimientos que atienden a estudiantes con necesidades educativas especiales, la entidad territorial debe atender los criterios y parámetros establecidos por el MEN. Además, indica que los profesionales que realicen acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de integración académica y social sean ubicados en las instituciones educativas que defina la entidad territorial para este propósito. El Decreto 366 de 2009, reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. La Resolución 2565 de 2003, establece los parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a las poblaciones con necesidades educativas especiales, otorgando la responsabilidad a las entidades territoriales. En cuanto las poblaciones étnicas, estas son reglamentadas, dirigidas y protegidas por: La Ley 21 de 1991- Convenio 169 de la OIT a través de los cuales se hacen algunas recomendaciones y medidas por tomar frente al manejo que deben tener los Estados miembros frente a las poblaciones indígenas y tribales. Los artículos 6º, 7º, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 sobre educación y comunicación en los cuales se establece que los programas y servicios destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con estos, con el fin de responder a sus necesidades particulares, conocimientos, técnicas, historia, sistemas de valores y demás aspiraciones sociales, económicas y culturales. La Ley general de educación (Ley 115 de 1994) que establece en el capítulo 3º, la necesidad de brindar una educación pertinente a los grupos étnicos, de acuerdo con su cultura, lengua, tradiciones y fueros propios y autóctonos. La Ley 70 de 1993, la reglamenta el artículo 55 transitorio de la Constitución Política sobre la ubicación y conformación de territorios comunales para las
  • 26. 26 comunidades negras, artículos 2º, 3º, 5º, 6º, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 45 y 46, en los cuales se plantea que el Estado debe reconocer y garantizar el derecho a un proceso educativo acorde con las necesidades y aspiraciones etnoculturales de estas poblaciones. El Decreto 804 de 1995 reglamenta la atención educativa a estas poblaciones. El Decreto 1122 de 1998 por el cual se expiden normas para el desarrollo de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos en todos los establecimientos de educación formal del país. La Directiva ministerial 08 de 2003 orienta el proceso de reorganización de entidades territoriales que atienden población indígena. La Directiva ministerial 011 de 2004 orienta la prestación del servicio educativo en entidades territoriales que atienden población afrocolombiana y raizal. El marco jurídico para la población en situación de desplazamiento se empieza a configurar a partir del escalonamiento de la situación de violencia interna desde 1995 en adelante. El Estado reconoció de manera explícita el problema y empezó a diseñar y ejecutar políticas orientadas a su tratamiento, como: El CONPES 1804 del 13 de septiembre de 1995, en el que se constituye el Programa Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia en Colombia. El 27 de mayo de 1997, se revisa y actualiza este documento, dando paso al CONPES 2924 de 1997.Através del Decreto 1165 de abril de 1997, se crea la Consejería Presidencial para la Atención Integral a la Población Desplazada. La Ley 387 de 1997, por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado, la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia. El Decreto 173 del 26 de enero de 1998, por el cual se adopta el Plan Nacional para la Atención a la Población Desplazada por la Violencia. Mediante el Decreto 489 de 11 de marzo de 1999, la Red de Solidaridad asume la función de coordinar el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada (SNAIPD). El CONPES 3057 de 1999, en el cual propone el plan de acción dirigido a mejorar los mecanismos e instrumentos de respuesta institucional al fenómeno del desplazamiento. El 25 de mayo del 2001, se publica el documento CONPES 3115 el cual se expide como respuesta a la falta de resultados de la política propuesta en el CONPES 3057.
  • 27. 27 En noviembre del 2001, se expide la Directiva presidencial 6, con el fin de mejorar la implementación de las políticas de atención a la población desplazada y ordena la conformación del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada De igual manera, se expide la Directiva presidencial 7 en donde el Gobierno “reitera su voluntad de trabajar coordinada y concertadamente con las organizaciones de carácter humanitario a favor de la asistencia a la víctimas”. La Corte Constitucional ha interpretado el fenómeno del desplazamiento generando diferente jurisprudencia en el tema, más importantes son 1635 y la T- 025 del 2004. Esta última le impone al Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada cumplir una serie de obligaciones con la población desplazada en el cumplimiento de los nueve derechos mínimos vitales. El Decreto 259 de febrero del 2005, por el cual se expide el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, deroga el Decreto 173 de 1998 de conformidad con la Ley 387 de 1997. En materia de educación: La Ley 387 decreta en su artículo 19, numeral 10, que el Ministerio de Educación Nacional y las secretarías de educación departamentales, municipales y distritales adoptarán programas educativos especiales para las víctimas del desplazamiento por la violencia. Tales programas podrán ser de educación básica y media especializada y se desarrollarán en tiempos menores y diferentes a los convencionales, para garantizar su rápido efecto en la rehabilitación y articulación social, laboral y productiva de las víctimas del desplazamiento interno por la violencia. La circular conjunta de julio del 2000 del Ministerio de Educación Nacional y la Red de Solidaridad Social señala que: *Las secretarías de educación departamentales, distritales y municipales ofrecerán el servicio educativo a la población desplazada en cualquier momento del año, según el nivel educativo y la edad. *Las instituciones educativas expedirán las certificaciones académicas sobre grados cursados previamente de la población en edad escolar desplazada que no cuente con ellas. *Las instituciones educativas eximirán del pago de costos educativos a la población escolar desplazada. El Decreto 2562 de noviembre 27 del 2001, por el cual se reglamenta la Ley 387 de 1997, en cuanto a la prestación del servicio público educativo a la población desplazada por la violencia y se dictan otras disposiciones.
  • 28. 28 El Decreto 250 de 2005, por el cual se expide el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia y se dictan otras disposiciones. El Decreto 128 del 2003 del Ministerio de Defensa Nacional reglamentó el proceso de reincorporación a la vida civil de las personas adultas que han participado en grupos armados al margen y estableció el proceso de atención para los menores de edad. La Resolución 2620 de septiembre del 2004 del Ministerio de Educación Nacional “establece las directrices, criterios y procedimientos para la prestación del servicio educativo a niños, niñas y jóvenes desvinculados del conflicto armado y menores de edad hijos de personas desmovilizadas de grupos armados al margen de la ley”. Para los menores en riesgo social, en primer lugar para los niños, niños y jóvenes trabajadores se han realizado una serie de convenios nacionales e internacionales con el fin de acabar el trabajo de los menores y que estos asistan a las escuelas. La erradicación del trabajo infantil ha sido promovida por la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En 1973, este organismo promulgó el Convenio 138 que exige a los Estados partes diseñar y aplicar una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo infantil y fije las edades mínimas de admisión al empleo. Este convenio fue ratificado por Colombia mediante la Ley 515 de 1999, la cual establece, entre otros aspectos, como edad de ingreso al trabajo 15 años. El Convenio 182 de 1999 sobre las peores formas de trabajo infantil, reconoce que el trabajo infantil en gran parte es consecuencia de la pobreza y que se soluciona con un crecimiento económico sostenible que conduzca al progreso social. Este convenio fue ratificado por Colombia en el 2001, mediante la Ley 704. La Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños, aprobada por las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, es el marco sobre el cual se orienta a los países para que se ocupen de la infancia. La convención otorga al niño, niña y joven el derecho a la protección contra la explotación económica o cualquier tipo de trabajo que pueda poner en riesgo su bienestar. La Convención fue ratificada por Colombia mediante la Ley 12 de 1991, convirtiéndola en un instrumento de obligatoria aplicación y cumplimiento y en norma de carácter superior.
  • 29. 29 En segundo lugar se encuentran los adolescentes en conflicto con la ley penal, donde de igual forma son regidos por normatividad especial que busca su re direccionamiento y la mejora de la calidad de vida, por lo tanto: La Convención Internacional sobre los Derechos de la Niñez es uno de los instrumentos jurídicos dirigido a mejorar las condiciones de vida de la población infantil a través de la protección integral. Fue aprobada por Colombia mediante la Ley 12 del 22 de enero de 1991 y recoge las Reglas de Beijing en lo relacionado con la administración de justicia de menores, estableciendo mediante los artículos 37 y 40, derechos específicos para los niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal. Las reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad, aprobadas mediante Resolución 45/113 de abril de 1991, tienen por objeto: “Establecer normas mínimas para la protección de menores privados de libertad en todas sus formas, compatibles con los derechos humanos y las libertades fundamentales, con miras a contrarrestar los efectos perjudiciales de todo tipo de detención y fomentar la integración en la sociedad”. El artículo 45 de la Constitución Política de Colombia define a los adolescentes como sujetos de derecho y el artículo 67 hace referencia a su educación específicamente. El Código del Menor (Decreto 2737 de 1989) define las situaciones irregulares bajo las cuales puede encontrarse un niño, niña y adolescente, así como las medidas que deben adoptarse para brindarle tutela. La ley general de educación de 1994, en su título III, capítulo V, artículos 68 al 71, estableció la educación para la rehabilitación social como parte integrante del servicio público educativo. La educación para la rehabilitación social comprende los programas educativos que se ofrecen a personas cuyo comportamiento individual y social exige procesos educativos integrales que le permiten su reincorporación a la sociedad. La Resolución 1515 del 2003 del MEN, en su artículo 2º, estableció los lineamientos generales para la organización y asignación de cupos y matrícula para garantizar el acceso al sistema educativo y especialmente el literal a) que establece la prioridad a las poblaciones en estratos uno y dos y población vulnerable.
  • 30. 30 Se han establecido diferentes requisitos legales y reglamentarios relacionados con el servicio de niños, niñas y adolescentes en protección, entre los que se cuenta la Convención Internacional de los Derechos del Niño. La convención fue aprobada por Colombia mediante la Ley 12 de 1991. La Constitución política de Colombia en su artículo 13, expresa la igualdad de todas las personas y la protección del Estado a aquellas que se encuentran en circunstancias de debilidad. El artículo 44 consagra los derechos de los niños y niñas otorgando la categoría de prevalentes sobre los de los demás. La Ley General de Educación de 1994, en su título III, capítulo V, artículos 68 al 71, estableció la educación para la rehabilitación social como parte integrante del servicio público educativo. La educación para la rehabilitación social comprende los programas educativos que se ofrecen a personas cuyo comportamiento individual y social exige procesos educativos integrales que le permiten su reincorporación a la sociedad. El Código del Menor (Decreto 2737 de 1989) define las situaciones irregulares bajo las cuales puede encontrarse un niño, niña o adolescente, así como las medidas que deben adoptarse para brindarles protección. Los artículos 30 y 31 definen cuándo un menor se halla en situación irregular y cuándo se encuentra en situación de abandono o peligro. La Resolución 1515 de 2003 del MEN, en su artículo 2º, estableció los lineamientos generales para la organización y asignación de cupos y matrícula para garantizar el acceso al sistema educativo y especialmente el literal a) que establece la prioridad a las poblaciones en estratos uno y dos y población vulnerable. La Conferencia Latinoamericana realizada en Brasilia en enero de 1997, divulgó el documento “Los aprendizajes globales del siglo XXI”, acorde con las nuevas exigencias de la educación y el trabajo para América Latina y los países del Tercer Mundo. Esta conferencia determinó que en la región era apropiado hablar de educación de jóvenes y adultos y no solamente de adultos, dado que el analfabetismo y las carencias de la educación básica han venido afectando en forma significativa a la juventud, obligada por las circunstancias sociales y económicas a desistir de su derecho a la educación. En el contexto nacional, la Constitución Política de Colombia, artículo 68, establece entre las obligaciones especiales del Estado la erradicación del analfabetismo.
  • 31. 31 La Ley 115 de 1994, destina el capítulo II a la educación para adultos, definiéndola como aquella que se ofrece a las personas en edad relativamente mayor a la aceptada regularmente en la educación por niveles y grados del servicio público educativo, que deseen suplir y completar su formación o validar sus estudios. El Decreto 3011 de 1997, es la norma reglamentaria de la Ley 115 de 1994, mediante la cual se establecen normas para el ofrecimiento de la educación de adultos y se dictan otras disposiciones. El Decreto 114 de 1996, reglamenta la educación no formal, definida como aquella que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados establecidos en el artículo 11 de la Ley 115 de 1994. La Directiva Ministerial 14 de julio del 2004, dispuso por parte del Ministerio de Educación, lineamientos orientadores de una política nacional para la atención a jóvenes y adultos iletrados. Por otro lado, se encuentra la población fronteriza donde: La Constitución Política de 1991 en sus artículos 337 y 289 abrió la posibilidad jurídica para el establecimiento de normas especiales en materias económicas y sociales tendientes a promover el desarrollo de las zonas de fronteras terrestres y marítimas. La Ley 191 de 1995, en desarrollo del mandato constitucional, definió tres figuras territoriales que describen diversos aspectos de las fronteras. Durante el año 2002 el Departamento Nacional de Planeación expidió el documento CONPES 3155 que recoge los lineamientos para el desarrollo de la política de integración y desarrollo fronterizo. El MEN en conjunto con las entidades territoriales respectivas debe promover a través de los programas de ampliación de cobertura y mejoramiento de la calidad, el acceso y permanencia en el servicio educativo. Por último, se halla la población rural dispersa, donde, la Ley general de educación, artículo 64, se define que el Gobierno Nacional y las entidades territoriales promoverán un servicio de educación campesina y rural, formal, no formal e informal, con sujeción a los planes de desarrollo respectivos. En el artículo 65 de dicha ley se determina que las secretarías de educación de las entidades territoriales, o los organismos que hagan sus veces, en coordinación
  • 32. 32 con las secretarías de agricultura de las mismas, orientarán el desarrollo de proyectos institucionales de educación campesina y rural, ajustados a las particularidades regionales y locales. El artículo 66 precisa la creación del servicio social en educación campesina y el artículo 67 propone la creación de granjas integrales, en el marco de los planes de desarrollo municipales. El del Decreto 230 de 2002, por el cual se dictan normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional, señala, en su artículo 1, que se exceptúan, para efectos de la promoción, las modalidades de atención educativa a poblaciones. En el Decreto 3020 de diciembre de 2002, se establecen los criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y en su artículo 9 señala que, para cada centro educativo rural que cuente al menos con 150 estudiantes, la autoridad competente de la entidad territorial certificada podrá designar un director sin asignación académica. El artículo 11 señala que, para la ubicación del personal docente, se tendrá como referencia que el número promedio de alumnos por docente en la entidad territorial sea como mínimo 32 en la zona urbana y 22 en la zona rural. El Decreto 1171 de abril de 2004 reglamenta la Ley 115 de 1994 en lo relacionado con estímulos para los docentes y directivos docentes de los establecimientos educativos ubicados en áreas rurales de difícil acceso. 2.4.3 INFLUENCIA EN POBLACIONES DIVERSAS DESDE EL PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE EDUCADORES DE LA ENSV. CURSO CONTENIDO RELACIÓN CON POBLACIÓN DIVERSA Prácticas pedagógicas en diversos contextos Conocer, aprender y sensibilizarnos frente a diferentes poblaciones que necesitan de maestros preparados para afrontar casos particulares, asumiendo el reto de contribuir a su formación, Se propone esta práctica para que los docentes en formación del II semestre tengan un acercamiento a diferentes instituciones con las que la ENSV tiene convenio, ya que atienden a personas con Necesidades Educativas Especiales (NEE), niños y niñas en riesgo
  • 33. 33 sin sacarlo de la escuela ni dejarle toda la responsabilidad a la familia. social, aceleración del aprendizaje, víctimas de la violencia, entre otros. Con el fin de estar preparados para su labor docente, y se enfrentes a todas las posibilidades de la cotidianidad de la escuela. Prácticas pedagógicas rural La intención desde esta práctica pedagógica investigativa es participar en los procesos educativos de una comunidad rural, para advertir la importancia e innovaciones de la metodología “escuela nueva” como una propuesta orientada a satisfacer las expectativas del niño y el joven campesino; además, de otro sector de población vulnerable, que requiere ubicarse en el mundo, con pertinencia y en igualdad de oportunidades, frente a la sociedad, el conocimiento y la producción en el contexto local regional y nacional. En consecuencia, pretendemos conquistar una educación realmente universal, pero sin desconocer sus interrelaciones con lo urbano. Se propone esta práctica para los docentes en formación del III semestre para que tengan la experiencia de trabajar con las personas del campo, que necesitan de una aceleración del aprendizaje, desplazados, víctimas de la violencia, entre otros. Con el fin de vivenciar diferentes experiencias que les permita preparase para diferentes situaciones y problemáticas de la labor docente. El docente en formación: realizará el proceso de intervención en el sector rural, de acuerdo con el plan de acción del proyecto pedagógico productivo, articulando las áreas o dimensiones según el caso en preescolar y básica primaria, de conformidad con el modelo de escuela nueva. Práctica pedagógica en Propiciar ambientes de enseñanza y de aprendizaje Se propone esta práctica para los docentes en formación del IV
  • 34. 34 básica primaria mediados por procesos de investigación que permiten a los docentes en formación reconocerse como sujetos que indagan y reflexionan su propia práctica; y a los niños reconocerse como sujetos de saber, de intereses, y experiencias que se preguntan y buscan respuestas que les ayude a comprender el mundo y construir conocimiento en colaboración con otros, a través de la estrategia pedagógica proyecto de aula. semestre, donde se posiblemente sea su primer campo laboral, a partir del trabajo por proyectos de aula, reconociendo los sujetos y los saberes que circulan en la escuela. Con el fin de ser maestros diferentes e innovadores, construyendo conocimientos y valores con niños y niñas de 6 a 11 años. Práctica pedagógica en grados iniciales de escolaridad Generar momentos de interacción entre niños y niñas de 5 y 6 años con los docentes en formación e espacios de investigación y búsqueda de sentido y significado de las experiencias enriquecedoras a través de la estrategia pedagógica y didáctica Proyecto de Aula a fin de potenciar el desarrollo y la capacidad de expresión. Se propone una intervención pedagógica que le permita a los docentes en formación del V semestre un acercamiento, reflexión y problematización de las formas como los niños y las niñas construyen la lengua escrita; además, conceptualización de las diferentes concepciones sobre la enseñanza de la lectura y la escritura y de las múltiples formas de expresión del lenguaje de los niños de 4 a 6 años.
  • 35. 35 2.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS. PROGRAMAS ESTRATEGIAS METAS Reconocimiento de la población diversa que hay en el área de influencia de la ENSV Realizar un estudio de contexto en la ENSV. Clasificar las diferentes poblaciones existentes en la ENSV Confirmar que tipo de atención está en capacidad de brindar la institución a las diferentes poblaciones encontradas en la ENSV. Se busca identificar todas las poblaciones que la ENSV puede acoger desde las condiciones demográficas. Establecer mecanismos y procesos para el registro de la población vulnerable, atendiendo a las normas y plataformas vigentes (DANE y SIMAT) Crear mecanismos que permitan a la comunidad sobre la cual tiene influencia la ENSV conocer la oferta educativa para estas poblaciones. Hacer convenios con las entidades o los profesionales correspondientes para el registro y la atención adecuada de estas poblaciones. Hacer pública la oferta educativa correspondiente a la población diversa encontrada en la ENSV y hacer los convenios correspondientes para la adecuada atención a las mismas. Influenciar sobre diferentes poblaciones que la ubicación demográfica permite encontrar. Prácticas pedagógicas: en diversos contextos rural en primaria en preescolar Intervenciones en los diferentes espacios donde se tiene acceso a la población diversa tanto en la ENSV como fuera de ella.
  • 36. 36 3. POLITICA Nº3: “PRIMERA INFANCIA” 3.1 NOMBRE: PRIMERA INFANCIA (“Infancia, aprendizaje y estado emocional; ejes fundamentales en el desarrollo humano”) 3.2 LOGO Y EXPLICACIÓN DEL LOGO Este logo representa la importancia de la familia y el papel que desempeña en el desarrollo integral del niñ@ en su primera infancia (desde el nacimientos hasta los seis años de edad), a través de los espacios de exploración, indagación e investigación por medio del juego, la lúdica y el acercamiento a los procesos de lectura y escritura, todos ellos fortalecidos posteriormente en la escuela. 3.3 PREGUNTA ¿Cómo desde la ENSV se puede influir en la primera infancia entre los cero a cuatro años? ¿De qué manera la ENSV podría implementar programas de extensión a la comunidad?
  • 37. 37 3.4 REFERENTE TEÓRICO Desde el ministerio de educación la primera infancia es considerada como una etapa fundamental donde la atención, el cuidado y la educación en los primeros años de vida, no sólo son importantes para el crecimiento, sino también para el desarrollo de competencias para la vida que permitan a los niños y las niñas interactuar consigo mismo, con sus pares, adultos y con el ambiente físico y social que los rodea. “Si comenzamos por los más pequeños, si logramos que nuestros niños y niñas reciban el cariño, el respeto, la atención, el cuidado y la educación que se merecen y al que tienen derecho, estamos asegurando no sólo un mejor país sino también unos ciudadanos comprometidos y solidarios con su desarrollo, crecimiento y progreso” (MEN, 2009). En este sentido el desarrollo de habilidades emocionales se constituye como uno de los referentes a desarrollar y potenciar en los niños y niñas en su primera infancia, entendiendo por esta “tipo de inteligencia social que influye la habilidad de supervisar y entender las emociones propias y las de los demás” (Mayer, Di Paolo y Salovely1990). 3.4.1 REFERENTES  Documento N° 10: desarrollo infantil y competencias en la primera infancia: Este documento hace referencia a la política para la primera infancia, en la cual para garantizar una atención integral a los menores de cinco años, especialmente a aquellos más pobres y en condiciones de vulnerabilidad, y en el marco de lo establecido en el artículo 29 del Código de la Infancia y la Adolescencia “Derecho al desarrollo integral de la primera infancia”, el Ministerio de Educación Nacional, en conjunto con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y en alianza con otras entidades públicas y privadas del orden nacional y local, lidera la implementación de la Política Educativa para la Primera Infancia donde el objetivo es desarrollar una política que brinde una educación inicial de calidad, incluyente, equitativa y solidaria. Una educación que permita que todos los niños y niñas, independientemente del contexto en el que vivan, encuentren espacios educativos enriquecidos a partir del acompañamiento afectuoso e inteligente de los adultos con los que comparten día a día su cotidianidad.  Instrumento de verificación de estándares para unidades de servicio de hogares comunitarios de Bienestar FAMI:
  • 38. 38 Plantea cada uno de los estándares con los que deben cumplir las madres comunitarias, para la atención básica a los niños y niñas vinculados a los hogares comunitarios del Instituto colombiano de bienestar familiar.  Habilidades emocionales para abordar procesos de aprendizaje individual y colectivo: El anterior documento es una investigación realizada en el año 2012, por un grupo de docentes en formación de la escuela normal, en el cual abordan el tema de las habilidades emocionales ya que es uno de los aspectos fundamentales a desarrollar en la primera infancia. 3.4.2 ASPECTO LEGAL LEY 1098 DE 2006 CÓDIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna (INFANCIA). DECRETO 4875 DE 2011 Se creó una comisión la cual está encargada de coordinar y armonizar las políticas, los planes, programas y acciones necesarias para la ejecución de la atención a la primera infancia. Por ende tendrán las siguientes funciones: Direccionar los mecanismos y la articulación de la política DE CERO A SIEMPRE, orientar el diseño e implementación de un esquema financiero, apoyo en la formulación de la política nacional, coordinación de la política nacional de la primera infancia, adoptar el plan de acción nacional para así implementar la estrategia de la primera infancia, dar lineamientos para la priorización de la inversión, elaborar informes semestrales de seguimiento de la estrategia y por ultimo expedir su propio reglamento. Por la cual se crea la comisión intersectorial para la atención integral a la primera infancia –AIPI y la comisión especial de seguimiento para la atención integral a la primera infancia (DECRETO, 2011)
  • 39. 39 LEY 509 DE 1999 Por la cual se disponen beneficios en favor de las madres comunitarias en materia de la seguridad social y se otorga un subsidio personal. (LEY, 1999) LEY 1295 DE 2009 Por la cual se reglamenta la atención integral de los niños y las niñas en la primera infancia de los sectores clasificados como 1,2 y 3 del Sisben (LEY, 2009). PLAN DECENAL DE SALUD PÚBLICA El Plan Decenal de Salud Pública, PDSP, 2012 – 2021, es producto del Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 y busca la reducción de la inequidad en salud planteando los siguientes objetivos: garantizar el goce efectivo del derecho a la salud para todos, mejorar las condiciones de vida que modifican la situación de salud y disminuyen la carga de enfermedad existente manteniendo cero tolerancia frente a la mortalidad, la morbilidad y la discapacidad evitables. El Plan Decenal de Salud Pública, PDSP, 2012 – 2021se sustenta y se articula en normas y políticas nacionales e internacionales. La Constitución Política de 1991 (Congreso de la República de Colombia, 1991), establece que Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado de forma descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana y solidaria con las personas. Reconoce a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos en el marco de la Ley 1098 de 2006, constituyéndose en una plataforma vinculante tanto de las dimensiones del Plan Decenal de Salud Pública, como de los procesos intersectoriales implicados en el abordaje de determinantes sociales en pro de la disminución de las inequidades; resaltando que en este trayecto de vida se definen las bases sobre las cuales se desarrollan las capacidades, habilidades y potencialidades humanas, las cuales a su vez, determinan el desarrollo de la sociedad y las condiciones en las cuales ocurren la pre concepción, gestación, infancia y adolescencia e impactan la vida presente y futura de las personas y las posibilidades de progreso de la sociedad a la que pertenecen (DECENAL). OBJETIVOS DEL DESARROLLO DEL MILENIO ONU PODEMOS EARRADICAR LA POBREZA 2015. Los informes periódicos de desarrollo de los objetivos del Milenio, se basan en una serie de datos originales reunidos por el Grupo Interinstitucional y de Expertos sobre los indicadores de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, bajo la
  • 40. 40 coordinación del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría de las Naciones Unidas, en respuesta a la petición de la Asamblea General de que se realicen evaluaciones periódicas de los progresos logrados en la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. El Grupo cuenta con representantes de las organizaciones internacionales entre cuyas actividades figura la preparación de una o más series de los indicadores estadísticos utilizados para verificar los progresos logrados en la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. También se ha contado con la colaboración de profesionales nacionales de la estadística y con expertos externo. Objetivo 1: erradicar la pobreza extrema y el hambre Meta 1.A: Banco Mundial Meta 1.B: OIT Meta 1.C: FAO y UNICEF Contribución adicional: ACNUR Los niños más pobres suelen estar fuera del sistema escolar. Los niños y los adolescentes de los hogares más pobres tienen una probabilidad tres veces mayor de no asistir a la escuela que los de los hogares más ricos .Las niñas tienen mayor probabilidad que los niños de no ir a la escuela tanto primaria como secundaria, incluso si pertenecen a los hogares más ricos. Objetivo 2: lograr la enseñanza primaria universal Meta 2.A: UNESCO Todavía hay demasiados niños a los que se les niega su derecho a enseñanza primaria. Entre 2000 y 2011 la cantidad de niños fuera del sistema escolar bajó casi a la mitad (de 102 millones a 57 millones). No obstante, la reducción de este fenómeno se ha enlentecido notablemente, lo cual significa que probablemente no se cumpla con la meta de lograr una enseñanza primaria universal en 2015. Objetivo 4: reducir la mortalidad de los niños menores de 5 años Meta 4.A: UNICEF y OMS Los logros en la supervivencia de los niños han sido notables, pero hay que hacer más para cumplir con nuestra obligación con las generaciones más jóvenes. En todo el mundo la mortalidad de los niños menores de 5 años cayó un 41%, pasando de 87 muertes por1.000 niños nacidos vivos en 1990, a 51 en 2011.A pesar de este enorme logro, se
  • 41. 41 necesitan avance más rápidos para cumplir con la meta de 2015 de reducir en dos tercios la mortalidad infantil (ONU) OBJETIVOS DEL DESARROLLO DEL MILENIO ONU, PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE: RETOS Y ACCIONES En la década pasada los países de América Latina y el Caribe han hecho esfuerzos importantes para lograr la estabilidad macroeconómica e implementar reformas estructurales claves para mejorar la competitividad y las condiciones sociales. Estos esfuerzos han brindado importantes frutos, tales como la reducción de la inflación, aumentos en los volúmenes de comercio e inversión, aceleración del crecimiento durante la primera mitad de la década de los noventa y mejoras sustanciales en indicadores sociales promedio, tales como el Índice de Desarrollo Humano de Naciones Unidas. Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos y logros, la desigualdad y la exclusión social no han disminuido, constituyéndose en factores de freno al crecimiento económico, la reducción de la pobreza y el progreso social y político en la región. En el área de educación, el Banco busca alcanzar los ODM y los otros compromisos regionales en el área poniendo énfasis en los objetivos de equidad y calidad ajustados a las condiciones de cada país. Al apoyar las reformas en educación en la región, el Banco adecua su abordaje a las realidades del país, incluso la cronología de la reforma, las capacidades de las instituciones responsables y las condiciones económicas y educativas prevalecientes, poniendo énfasis en la equidad a través de intervenciones focalizadas, incluida la educación preescolar. En las regiones en riesgo de no cumplir con el objetivo respecto a la educación primaria, el Banco promoverá el ejercicio de los derechos de las poblaciones marginadas incrementando su ingreso a la enseñanza primaria y su permanencia en ella hasta completar el ciclo (ONU) UNICEF desde el año 2001 Todos los años, el Informe Anual resume las principales tendencias que afectan a los niños en todo el mundo y los resultados que trata de asegurar en su nombre el UNICEF. La primera sección describe cuestiones, problemas, metas y la labor de la sede del UNICEF, sus oficinas en 125 países y los 37 Comités Nacionales. La segunda sección detalla las finanzas, los recursos y la gestión del UNICEF, y
  • 42. 42 ofrece un resumen de las contribuciones, los ingresos y los gastos. Ilustrado con cuadros, gráficos, fotografías y un mapa de las oficinas del UNICEF y los Comités Nacionales. Primera Infancia, etapa de la vida que va desde el nacimiento hasta los 6 años de edad; la atención integral en la Primera Infancia es la clave para crear un mundo donde impere la esperanza y el cambio, en lugar de la privación y la desesperación, y para fomentar la existencia de países prósperos y libres (UNICEF). Estado Mundial de la Infancia 2011 – Unicef El Estado Mundial de la Infancia de 2011: La adolescencia. Una época de oportunidades examina el estado mundial de los adolescentes; describe los desafíos que afrontan en materia de salud, educación, protección y participación, y explora los riesgos y la vulnerabilidad de esta etapa crucial. El informe se centra en las oportunidades singulares que ofrece la adolescencia, tanto para los adolescentes como para las sociedades en que ellos viven. Las pruebas demuestran que la inversión en la segunda década de la vida de los jóvenes es nuestra mejor esperanza para romper el ciclo intergeneracional de pobreza y desigualdad, y de sentar las bases para un mundo más pacífico, tolerante y equitativo. Los jóvenes de hoy se enfrentan a un mundo cada vez más incierto donde el cambio climático, la urbanización rápida, la recesión económica y el aumento del desempleo plantean desafíos sin precedentes. Hay 1,2 millones adolescentes en todo el mundo, nueve de cada diez de estos jóvenes viven en un país en desarrollo. Millones de ellos se ven privados de sus derechos básicos a la educación de calidad, salud, protección se ven expuestas a abusos y explotación. Reconociendo la necesidad de convertir esta edad vulnerable a una época de oportunidad, UNICEF ha dedicado su publicación principal, el Estado Mundial de la infancia de 2011, a los adolescentes. Este vídeo destaca la importancia de invertir en los adolescentes para romper los ciclos de la pobreza y la desigualdad. Política de Primera Infancia La construcción de la política pública para la primera infancia surge como respuesta a un proceso de movilización social generado a partir de la necesidad de retomar y dar un nuevo significado a la temática del desarrollo de la primera infancia en Colombia. La suscripción de acuerdos internacionales ha sido determinante para que en el país el esfuerzo de organizaciones gubernamentales
  • 43. 43 y no gubernamentales, universidades, centros de investigación y, el Sistema de Naciones Unidas, entre otros, se haya traducido en una mayor conciencia sobre la importancia de la población menor de seis años1 y de las madres gestantes. Es innegable, el consenso existente en torno a la importancia del cuidado y la atención de los niños en la etapa de primera infancia. Sin el cuidado y atención que este grupo etáreo demanda, tanto su supervivencia como su desarrollo psicosocial pueden verse afectados. El reconocimiento de los beneficios de la inversión pública en programas para el desarrollo de la primera infancia es cada vez mayor tanto en el ámbito internacional como a nivel gubernamental y entre la sociedad civil. Es así como, adultos, padres y profesionales de las más diversas disciplinas, e incluso adolescentes, empiezan a reconocer su propia responsabilidad y la necesidad de destinar esfuerzos y recursos para favorecer el desarrollo de los menores de 6 años tanto en el mediano como en el largo plazo. Así mismo, existe un reconocimiento cada vez mayor por parte de la comunidad internacional, los gobiernos y las organizaciones de la sociedad civil, de los múltiples beneficios generados por la inversión pública en programas para el desarrollo de la primera infancia. Sobre esta base, cabe resaltar la necesidad de impulsar la construcción de una política pública para este grupo poblacional, a partir de la cual se vislumbren los mecanismos que posibiliten la protección de los derechos del niño menor de 6 años, en aras de desarrollar su potencial biológico, psicológico, social y cultural (UNICEF). CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO- UNICEF Los derechos de la infancia están plenamente estipulados en la Convención sobre los Derechos del Niño. Elaborada durante 10 años con las aportaciones de representantes de diversas sociedades, culturas y religiones, la Convención fue aprobada como tratado internacional de derechos humanos el 20 de noviembre de 1989. La Convención, a lo largo de sus 54 artículos, reconoce que los niños (seres humanos de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones. Además la Convención es también un modelo para la salud, la supervivencia el progreso de toda la sociedad humana (UNICEF).
  • 44. 44 CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO ADOPTADA Y ABIERTA A LA FIRMA Y RATIFICACIÓN POR LA ASAMBLEA GENERAL EN SU RESOLUCIÓN 44/25, DE 20 DE NOVIEMBRE DE 1989 Teniendo presente que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y que han decidido promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, Reconociendo que las Naciones Unidas han proclamado y acordado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los pactos internacionales de derechos humanos, que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ellos, sin distinción alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, Recordando que en la Declaración Universal de Derechos Humanos las Naciones Unidas proclamaron que la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales, Convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros, y en particular de los niños, debe recibir la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad, Reconociendo que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Considerando que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad, Teniendo presente que la necesidad de proporcionar al niño una protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos 23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en particular, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño, Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, "el niño, por su falta de madurez física y
  • 45. 45 mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento" (DERECHOS). Compromiso hemisférico por la educación de la Primera Infancia - 2007 OEA Compromiso Velar por legislación clara: derechos, niño, familia. Ampliar cobertura y fortalecer la calidad. Políticas públicas integrales: atención con equidad, con énfasis en las poblaciones más vulnerables. Mejor coordinación intersectorial e inter-institucional. Aumentar cooperación gobierno, sociedad civil, empresarios, redes sociales. Fortalecer la calidad docente. Adoptado en la novena sesión plenaria celebrada el 16 de noviembre de 2007 LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA), reunidos en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 14 al 16 de noviembre de 2007 para la Quinta Reunión de Ministros de Educación, REAFIRMAMOS, después de realizar un balance de las lecciones aprendidas en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas sobre la primera infancia, que es una fase decisiva en el ciclo de la vida del ser humano y su atención integral nos permitirá enfrentar los retos de la pobreza, la inequidad y la exclusión social. ACORDAMOS, para los efectos de este Compromiso Hemisférico, que la educación de la primera infancia es fundamental en el proceso de desarrollo integral del niño o la niña desde el nacimiento hasta los ocho años, y reconocemos que se brinda de forma variable entre los países pero debe incluir el esfuerzo conjunto de la familia, la escuela y la comunidad para el desarrollo de políticas públicas efectivas, así como la contribución de los distintos sectores de la sociedad. RECONOCEMOS que el acceso equitativo y oportuno a la educación integral de calidad y adecuada a los contextos locales y a las realidades del mundo es un derecho humano, un bien público y una prioridad política, incluso en el marco de la
  • 46. 46 atención integral a la primera infancia, y resaltamos la necesidad de dar prioridad a los grupos más vulnerables y con necesidades educativas especiales. RECONOCEMOS a la familia como la primera e insustituible instancia de educación y cuidado de las niñas y los niños, así como el papel de comunidades y de los gobiernos para promover políticas de acceso equitativo a una educación de la primera infancia de calidad y su efectiva articulación dentro del sistema educativo de cada país (INFANCIA). OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO 2015 En el año 2000 los líderes de 189 países llegaron a un acuerdo llamado DECLARACION DEL MILENIO para trabajar de manera conjunta para construir un mundo más seguro, más próspero y más equitativo. A partir de ello se crearon 8 objetivos los cuales tienen como tiempo límite hasta el año 2015, dichos objetivos son: erradicar la pobreza extrema y el hambre, lograr la enseñanza primaria universal, promover la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer, reducir la mortalidad infantil, mejorar la salud maternal, cambiar el VIH y SIDA, y otras enfermedades, garantizar la sostenibilidad del medio ambiente y por ultimo fomentar una asociación mundial para el desarrollo (MILENIO). DOCUMENTO CONPES SOCIAL Este documento plantea unos objetivos en los cuales se pretende promover el desarrollo integral de los niños y las niñas desde la gestación hasta los 6 años de edad, respondiendo a sus necesidades y características específicas contribuyendo así a la equidad e inclusión social en Colombia. Por otro lado, plantean unas líneas estratégicas los cuales son las que orientan las acciones de las políticas en los ámbitos nacional y territorial, por ende dichas acciones son: ofrecer atención integral a la primera infancia, mejorar la supervivencia y la salud de los niños y niñas de 0 a 6 años, mejorar los procesos de identificación en la primera infancia, promover el desarrollo integral de la primera infancia, garantizar la protección y restitución de los derechos, mejorar la calidad de la atención integral, realizar seguimiento y evaluación y promover la comunicación y movilización por la primera infancia (CONPUS).
  • 47. 47 3.4.3 RELACIÓN CON LOS CONCEPTOS DIRECCIONADOS CON EL MEN, DNP, PLAN DECENAL, PND (NACIONAL Y TERRITORIAL) Plan decenal El documento en su capítulo VI plantea el desarrollo de la educación inicial a través de macro objetivos, objetivos, macro metas, metas y acciones, dadas a garantizar y norma tizar el servicio educativo en la primera infancia. Plan Nacional de Desarrollo 3.4.4 CONCEPTO ADOPTADO POR LA ENSV TERMINO CONCEPTO COMO ES ADOPTADO PARA LA ENSV INFANCIA Primera Infancia, etapa de la vida que va desde el nacimiento hasta los 6 años de edad. La atención integral en la Primera Infancia es la clave para crear un mundo donde impere la esperanza y el cambio, en lugar de la privación y la desesperación, y para fomentar la existencia de países prósperos y libres. Unicef, Estado Mundial de la Infancia 2001 Existe cursos que orientan tales como:  Infancia.  Infancia, música y danza.  Practicas pedagógicas.
  • 48. 48 HABILIDAD EMOCIONAL Tipo de inteligencia social que influye la habilidad de supervisar y entender las emociones propias y las de los demás. Se desarrolla solo en le Programa de Formación Complementaria de Educadores a través de las practicas por medio del curso SI mismo, además existe en la ENSV un Proyecto investigativo sobre Habilidades Emocionales por las docentes Paula González y Paola Flórez. FAMILIA Es el núcleo de la sociedad esto se debe, a que la familia, forma a quienes actuarán en el futuro, dentro de la sociedad. La ENSV debe orientar los procesos de familia y sistematizar la información de la SIMAR para determinar el Número de Familias conformadas por mamá y papa, los que son madre y padre o los que tiene la responsabilidad sean madre o padres o quienes delegan la obligación a otras personas. Por lo anterior, la ENSV debe realizar un programa referente a la clasificación de las familias. APRENDIZAJE Proceso por medio del cual la persona se apropia del conocimiento, en sus distintas dimensiones: conceptos, procedimientos, actitudes y valores (Rafael Ángel Pérez); se va adquiriendo a través de las experiencias de la vida cotidiana, en la cual el estudiante se apropia de los conocimientos que cree convenientes para su aprendizaje. (margarita Méndez González) La ENSV asume el aprendizaje como un proceso de construcción y reconstrucción de conocimientos de manera individual y colectivamente donde el estudiante es protagonista de su propio proceso.
  • 49. 49 3.5 PROGRAMAS A DESARROLLAR CON SUS METAS. PROGRAMAS METAS Educación a la familia Capacitación a las familias (extensión a la comunidad) Educación a madres comunitarias Convenio Escuela Normal – Bienestar familiar Transición de la inteligencia emocional Desarrollar programas para la inteligencia emocional Capacitar a los docentes en cuanto a la inteligencia emocional y que sea transversal con la práctica.