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Artículos Ley Seguridad Minera
1. Alumno: José Romero Celis Profesora: Luis Hun Día
Asignatura: Legislación Minera Fecha: 25 de Abril de 2014
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Introducción
El presente trabajo consiste en escoger 5 artículos del Decreto Supremo Nº 132
modificado por el 72 – Reglamento de Seguridad Minera, de dicha ley obtendremos los
artículos completos redactados en la Ley.
Con estos artículos ya elegidos se dará un comentario personal tratando en lo posible
desmenuzar párrafo a párrafo para que la idea quede concisa y clara.
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Artículo 140:
En las minas en que se explote azufre u otro mineral cuya suspensión de partículas en
el aire forme mezclas explosivas, se deberán tomar las medidas preventivas necesarias
para controlar el riesgo, contemplándose las siguientes acciones mínimas:
a) Realizar un muestreo periódico y sistemático del aire en los lugares de trabajo,
llevando registros actualizados con los resultados obtenidos.
b) Mantener una venti lación eficiente que permita la dilución del polvo en el aire a
niveles permisibles.
c) Humedecer con agua los lugares de trabajo antes y después de cada tronadura.
En los puntos en que se generen emisiones de polvo, deberá disponerse de
sistemas colectores.
d) Usar solamente explosivos aprobados para este tipo de explotación.
e) Todo equipo con motor a combustión que realice actividades dentro de estas
minas, debe disponer en el tubo de escape de una reji lla o malla que evite la
proyección de partículas incandescentes al exterior.
Comentarios:
En este artículo nos podemos dar cuenta que lo primordial es verificar si la explotación
de una mi na con “X” mineral cuya suspensión de polvo en el aire no se fusione creando
así sustancias explosivas para los trabajadores que estén operando en el lugar y cerca
del.
Lo primordial es cuidar la salud de los trabajadores sin exponer algún riesgo fatal para
ellos. Nos indica 5 acciones mínimas para tener presente si esto ocurriese:
Tener un control continuo y persistente del aire en los lugares de trabajo,
obteniendo así información clave para obtener resultados fidedignos.
Lo primordial es contar con una venti lación eficaz para así tener una menor
cantidad de suspensión de partículas dentro de los márgenes legales.
Posteriormente podemos comentar que la buena manipulación de explosivos
certificados, y a su vez estar humedeciendo las zonas de t rabajo antes y después de
cada tronadura, eliminando drásticamente la emisión de polvo previniendo en un alto
grado los riesgos de la tronadura y lo que conlleva aquella.
Finalmente toda maquinaria con motor a combustión que emanen gases contaminantes
y primordialmente proyecte cualquier particular peligrosa hacia el exterior con un grado
de calentamiento que sea dañino para el ser humano, debe tener instalado una rejilla
para atrapar todas estas particular peligrosas que salen expulsadas.
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Artículo 196:
La Administración de toda faena minera, deberá adoptar las medidas de prevención y
control de incendios, tendientes a resguardar la integridad de las personas, equipos e
instalaciones. En la elaboración y construcción de los proyectos, como también, en las
operaciones, se deberán considerar las disposiciones contenidas en las normas
nacionales e internacionales reconocidas, en lo que le sea aplicable.
Entre otras medidas, se deberá considerar:
a) Contar con los elementos e instalaciones de detección y extinción de incendios.
b) Disponer de la inspección y mantención permanente de estos elementos.
c) Desarrollar e implementar un programa de entrenamiento para su personal en
técnicas de prevención y control de incendios.
d) Organizar y entrenar brigadas bomberiles industriales y de rescate minero.
e) Dictar normas de almacenamiento, uso, manejo y transporte de líquidos combustibles
e inflamables y sustancias peligrosas.
f) Mantener registro de comportamiento de los sistemas de ventilación frente a una
emergencia.
Las brigadas antes mencionadas deberán además estar capacitadas en técnicas de
primeros auxilios.
Comentarios:
En este articulo vemos que la responsabilidad de prevención de incendios, rescates y
resguardo de integridad de personas, en del área de Administración de la minera.
Junto con ello, podemos apreciar las distintas medidas que se deben considerar en
caso de alguno de estos inconvenientes, las cuales son de suma importancia en
cualquier instalación, como son los equipos de detección de incendios, mantención de
extintores, personal capacitado y continuamente retroalimentar su entrenamiento, entre
otras.
Junto con ello necesitan contar con equipos especializados en primeros auxilios y
equipos de rescate. Aunque siempre prevalece la prevención, es necesario que estén
capacitados para solucionar y actuar rápida y efectivamente en caso de atrapamiento o
siniestro.
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Artículo 211:
Las estaciones o lugares destinados a reabastecer de combustible a las maquinas
diésel deberán estar adecuadamente venti ladas, ser de material incombustible y tener
una superficie lisa impermeable, la cual siempre debe conservarse limpia. Deberán
contar con un apropiado sistema de detección y extinción de incendio. Este será el
único lugar autorizado para reabastecer de combustible a la máquina.
El piso de esta área dispondrá de canalizaciones que impidan el libre escurrimiento
ante derrames accidentales y permitan la rápida recolección del líquido.
El abastecimiento de combustible en los lugares de trabajo, por medio de vehículos
especiales, podrá ser autorizado por el Servicio siempre y cuando se solicite mediante
un informe, el cual deberá contener, a lo menos, las características del vehículo y el
procedimiento especifico de abastecimiento. El Servicio tendrá un plazo de treinta (30)
días para responder la solicitud, desde la fecha de presentación de ella en la Oficina de
Parte.
Comentarios:
En este artículo revisamos las estaciones de entrega de combustible, al ser este
altamente inflamable, es importante que cuente con un ambiente limpio y que tenga un
excelente sistema de detección y extinción de incendio. Siendo habilitado como el único
lugar habilitado en la mina para abastecer de combustible a la máquina.
Al encontrarnos en una mina, carecemos de atención de personal capacitado en caso
de siniestro, este debe ser controlado de forma rápida y efectiva por el personal que ahí
trabaja. Es importante mencionar que se puede disponer de vehículos especiales para
el abastecimiento de combustible, siempre y cuando el Servicio lo autorice y lo hayan
solicitado mediante un informe que contenga a lo menos las características principales
del vehículo y enunciar los procedimientos para abastecer a las maquinas.
El Servicio dispondrá de un plazo de 30 días para responder dicha solicitud que se
empieza a contar a partir de la fecha de presentación en la Oficina de Partes.
6. 6 | P á g i n a
Artículo 258:
La cabina o habitáculo de los vehículos y/o equipos que operan en una mina a rajo
abierto, deben ofrecer como condiciones mínimas a sus operadores; seguridad, confort,
y otras tales como:
a) Aislamiento acústico, que garantice niveles de ruido conforme a las normas
establecidas.
b) Buenas condiciones de sellado para evitar filtraciones de polvo y gases. Si es
preciso se deberán considerar sistemas de presurización y acondicionamiento de
aire.
c) Asientos con diseño ergonómico.
d) Climatización de acuerdo a las condiciones del lugar de trabajo.
e) Instrumental y mandos de operación de acuerdo a diseños ergonómicos y con
instrucciones en idioma español.
f) Buena visibilidad (alcance visual).
La cabina de los camiones debe ser construida de acero y con resistencia suficiente
para proteger efectivamente al chofer de eventuales lesiones causadas por la pala o por
rocas que se proyectan durante la operación de carguío.
En el llenado de los neumáticos debe considerarse la recomendación del fabricante de
ellos, en cuanto al uso de nitrógeno (N) comprimido u otro gas comprimido.
Comentarios:
En este artículo podemos informarnos de las medidas de seguridad que deben tener los
operadores de los vehículos utilizados en la mina a rajo abierto.
Entre algunas de ellas vemos la cobertura de las necesidades de confort que se deben
entregar a los operadores tales como sillas con asiento ergonómico ya que pasan
varias horas sentados proporcionándoles una mayor comodidad y así evitar problemas
lumbares, cuidando y protegiendo su salud y seguridad.
Además, hacen mención a sistemas de aire acondicionado lo que es bastante
necesario en minas que están localizadas en el norte del país al ser un clima muy árido.
Conjunto a lo anteriormente señalado, además cuentan con medidas de protección
personal como una cabina de aislamiento acústico, con esto se evitan problemas
auditivos y dolores de cabeza al operador.
Todas estas medidas, proporcionan al funcionario un mejor clima para el desarrollo de
la labor, tanto como protección personal así como de confort.
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Artículo 318:
En todos los procesos en que se utilicen sustancias toxicas, corrosivas, venenosas o
radiactivas, se deberá dar estricto cumplimiento a la normativa legal vigente que regula
la adquisición, transporte, almacenamiento y manipulación de dichas sustancias. Se
deberá, además, cumplir con los siguientes requerimientos:
a) Elaborar y difundir cartillas informativas respecto de los productos que se utilizan.
b) Capacitar formalmente a todo el personal que interviene en la manipulación de estas
sustancias.
c) Disponer de recintos bajo control para su almacenamiento, tratamiento de envases y
residuos, y posterior depositación.
d) Disponer de los elementos, personal capacitado y medios de primeros auxilios para
actuar frente a eventuales incidentes.
e) Elaborar procedimientos específicos para la utilización del, o los productos.
Comentarios:
Este artículo está desarrollado para proteger y regular las sustancias químicas que se
utilizan en un trabajo en mina.
Es importante en este caso que todos los químicos estén debidamente rotulados con
sus componentes y los pasos a seguir en caso de contacto directo con personas,
mencionando en ellos los primeros auxilios que se deben entregar en caso que , las
personas que los usen, tengan alguna reacción alérgica si es que en la faena se
rompen los implementos de protección personal.
Además, debe estar detallada la disolución del químico, en caso de requerirlo,
incluyendo el grado de nocividad para la salud del trabajador.
En caso de trasvasijar el producto en envases más cómodos para su uso, estos deben
estar bien etiquetados y ser envases adecuados para que el líquido no los corrompa y
así evitar accidentes.
Con esto podemos regular que los funcionarios que los utilicen, hagan un buen uso
utilizando las medidas de protección y cuidados que deben tener al manipularlos.
Los químicos deben estar en un lugar adecuado y que el ingreso a este recinto sea
exclusivamente para las personas capacitadas para utilizarlos.
También es importante el traslado de estos, ya sea dentro de la minera como fuera de
esta, debe ser en un transporte adecuado, con sus debidas señaléticas.
8. 8 | P á g i n a
CONCLUSION
Este trabajo se desarrolló al escoger 5 artículos del Decreto Supremo Nº 132
modificado por el 72 – Reglamento de Seguridad Minera, podemos concluir que dicha
ley como dicen fue escrita con sangre por el hecho de que la mayoría de los artículos
se redactaron tomando en cuenta los accidentes graves y/o fatales que ocurrieron en el
transcurso de los años, tomando de estos sucesos las enseñanzas y actuando
proactivamente con la creación de un Decreto Supremo en donde la seguridad y la vida
de los trabajadores cumplen un papel muy importante para la sociedad chilena.